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Todo sobre arrendamientos y desahucios

Desahucio por precario de vivienda prestada a alguien

Desahucio por precario de vivienda cedida gratuitamente

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El desahucio por precario de vivienda cedida gratuitamente es la herramienta que el sistema judicial pone a disposición del propietario, usufructuario, etc. para reclamar que le sea devuelta dicha vivienda cuando el ocupante no quiere devolverla.

Concepto de desahucio

El desahucio es un procedimiento judicial o herramienta que nuestro sistema judicial pone a disposición de quien quiere recuperar legítimamente la posesión de un inmueble (dueño, usufructuario, etc) que temporalmente está en manos de una tercera persona que no quiere devolverlo.

Son varios los motivos por los que esta persona puede solicitar al Estado auxilio para recuperar su inmueble a través del proceso de desahucio. Son muchos más de los que aquí menciono, pero voy a exponer los más frecuentes:

Concepto de precario

De todos los frecuentes motivos expuestos arriba, vamos a estudiar en este post el último, es decir, el desahucio cuando estamos ante un precario puro.

Hay «precario puro» cuando el propietario prestó la vivienda gratuitamente a otra persona y, además, lo hizo bajo dos condiciones:

  • No existe renta a cambio del uso del inmueble, es decir, no fue un arrendamiento.
  • No se fijó un plazo de duración determinado o determinable.

Qué hacer antes de iniciar el proceso de desahucio por precario

¿Qué puedo hacer?

Se puede interponer demanda de desahucio por precario sin enviar ningún tipo de burofax al ocupante para que devuelva el inmueble a su dueño, aunque es recomendable hacerlo dado que el porcentaje de efectividad de esta comunicación suele ser bastante alto.

Además, dicho envío ayudará a que en caso de que no logremos que el ocupante devuelva el inmueble, puedan serle impuestas las costas al demandado.

¿Cuánto cuesta?

El coste medio de un desahucio puede rondar los 1.200 euros, sin contar al cerrajero que no siempre será necesario (cuyo coste suele rondar los 100 euros).

¿Cuánto dura el proceso?

Una vez interpuesta la demanda, si todo va bien, habrá Sentencia favorable que indica que el demandado debe desalojar el inmueble.

En cuanto a la duración del desahucio, todo el proceso puede durar entre seis o diez meses.

El proceso de desahucio por precario

El proceso de desahucio por precario se tramita a través de las normas del juicio verbal, según nos indica el artículo 250.1.2° de la ley de enjuiciamiento civil (LEC).

Vamos a repasar en qué consiste este proceso verbal de desahucio por precario.

La demanda de desahucio por precario

El proceso comienza con la presentación de la demanda de desahucio por precario.

Junto con la demanda hay que adjuntar los siguientes documentos:

La demanda se interpone en el Juzgado de Primera Instancia del lugar en que se encuentre el inmueble, y la parte demandada van a ser las personas a quienes se cedió el inmueble inicialmente, incluso aunque éstas entregasen la posesión posteriormente (sin consentimiento del dueño) a otras personas.

La notificación de la demanda

Normalmente es el juzgado quien se ocupa de notificar la demanda de desahucio al ocupante.

Desde que se admite a trámite la demanda (unos 30 días desde que se presenta) el servicio de correos del juzgado puede tardar un mes y medio o dos meses en notificar la demanda.

A mi no me gusta dejar la notificación en manos del servicio de correos del juzgado, así que hace la notificación nuestro procurador, con lo que en lugar de tardar dos meses tarda dos días. Ahí ganamos casi dos meses de tiempo.

Opciones del ocupante

El ocupante puede oponerse a la demanda o no oponerse.

Tienes un plazo de 10 días hábiles desde que recibió la demanda.

Se oponga o no se oponga, habrá juicio.

El juicio de desahucio por precario

Si el ocupante no se opuso a la demanda se celebrará el juicio solo con la parte demandante.

Pero si el ocupante sí se opuso a la demanda entonces se celebrará el juicio y asistirán todas las partes.

En este caso el abogado del demandante se afirma en su escrito de demanda y el abogado del ocupante se afirma en su escrito de oposición a la demanda. esto es lo que ocurre normalmente.

luego se abre un periodo de prueba, en la que normalmente las partes no suelen aportar nuevas pruebas ya que todo lo necesario ya se habrá aportado en los escritos de demanda y de contestación a la demanda.

Y por último queda el juicio visto para sentencia.

La sentencia

La Sentencia estimará o no las peticiones del demandante. Es decir, le darán o no la razón al propietario.

En caso de ser Sentencia estimatoria, condenará a los ocupantes a que, tras 20 días hábiles contados desde el día siguiente a la notificación de la Sentencia (es el plazo para recurrir), dejen libre el inmueble a disposición del propietario. Y si no lo desaloja se producirá el lanzamiento (desalojo del inmueble).

Igualmente la Sentencia se pronunciará sobre la condena en costas.

El lanzamiento

El lanzamiento es el acto en el que se le quita la posesión del inmueble al ocupante y se le entrega al propietario.

Esto lo hacen personas autorizadas por el juzgado, y levantan un acta de todo lo sucedido (acta del lanzamiento).

La recuperación del inmueble puede ser voluntaria (mediante la entrega de llaves) o forzosa (pudiendo ser necesario el auxilio de un cerrajero para acceder al interior del inmueble).

Desahucio express

56 comentarios en “Desahucio por precario de vivienda cedida gratuitamente

  1. Llevaba viviendo más de 5 años en régimen de alquiler en una vivienda,solo firmé por un año,el casero no le dió importancia a escribir un nuevo contrato de alquiler,no tiene declarada la vivienda como de alquiler.Por problemas personales no pude pagar algún mes,el casero al principio no me dió muchas trabas, pero de repente me dijo que me tenía que ir de la vivienda,en menos de un mes,lo cual hice,mi pregunta es si estoy obligado a pagarle la deuda contraída.
    Espero vuestra respuesta, un saludo, gracias

    1. Hola Roberto,

      Tendrá que pagar la deuda contraída, aunque no se haya declarado el contrato de arrendamiento, que esto llevará acarreado por otro lado una sanción para el propietario.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  2. Hola soy Lourdes, este hombre va Iy viene esta empadronado en otra casa, mi esposo heredó esa vivienda y nos amenaza hasta si Le quitamos del padrón, se cree con derechos que no Le corresponden, en mi caso por ser extranjera me trata bastante mal

  3. Buenas tardes, Le cedimos gratuitamente nuestra vivienda al amigo cariñoso de mi suegra, ella falleció y nunca se hicieron pareja de echo, el se cree con derechos, nos a cambiado la llave de casa, solo ingresamos con su permiso y nos tiene bajo amenaza, yo tengo un pequeño de 6 años y no se si hago bien si llamo un cerrajero y cambiar la llave

    1. Hola Lourdes.

      Si quieres recuperar la vivienda y el amigo cariñoso de tu suegra (qepd) no quiere devolvértela, debes interponer demanda de desahucio por precario.

  4. Buenos días.
    Yo vivía con mi madre en un piso propiedad de ella pero hace 6 años y medio tuvimos que ingresarla en una residencia debido a su estado de salud.
    En ese momento mi hermana fue nombrada tutora legal de mi madre y me propuso un contrato verbal para quedarme a vivir en el piso poniendome de renta los gastos de la vivienda (luz,agua,IBI,comunidad,seguro).Llevo 6 años viviendo en el mencionado inmueble ingresando a traves del banco la renta acordada.
    Ahora quiere vender el piso pues se acordo en una reunion de vecinos la istalacion de un ascensor con una derrama de 9.000 euros y dice que no hay dinero para pagar dicha derrama y aunque yo me estoy haciendo cargo de pagar la derrama ella insiste en vender.
    Hemos tenido una conciliacion en el juzgado sin llegar a ningun acuerdo por lo que presentará una demanda por desahucio.En su escrito de conciliacion reconoce que existe un contrato verbal entre ambos y el pago por mi parte de la renta acordada.
    Siendo estos los hechos mi pregunta es ¿Puede prosperar la demanda o hay posibilidad de que sea desestimada?.¿Que posibilidades tengo de ganar el juicio si llega a celebrarse?
    Muchas gracias.

    1. Hola Rodolfo,

      Siempre hay posibilidad de que una demanda sea desestimada, pero que la jurisprudencia tiene establecido que el pago de suministros, ibi, etc., no supone una renta, y por lo tanto el pago de esas cantidades no hacen que estemos ante un contrato de arrendamiento (aunque sea verbal) sino que la situación sigue siendo de precario.

      Es decir, el precario sigue siendo precario aunque el precarista pague determinados gastos (suministros, ibi., etc) que en ningún caso suponen renta.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  5. Hola buenas:
    Mi caso es el siguiente. Alquile mi vivienda a una persona, todo con contrato legal. Pasado el tiempo se vinó a vivir con él un primo, al que nunca conocí. Los pagos me los hacía indistintamente uno u otro. En mayo de 2018 el inquilino me dijo que a lo mejor en septiembre de 2018 se iba de la vivienda y legustaría que se quedase su primo allí. Yo le dije que me avisasen para esa fecha y hablábamos. No me dijeron nada. En octubre el primo me dijo que debía cambiar la caldera porque se había estropeado y comencé a mosquearme cuando me pasó un presupuesto en el que venía el nombre del primo no del inquilino con el que tengo el contrato y no accedí. Desde octubre no han vuelto a pagarme la renta. Le he reclamado los pagos al inquilino con el que tengo el contrato y me ha llamado la abogada del primo y me comenta que yo tengo un contrato verbal con el primo y que no se va a ir. ¿Cuando hice el contrato verbal? Yo no lo hice. Me he enterado por vecinos que mi inquilino no vive allí desde hace dos años y el primo vive con su mujer y su hijo de los que yo no tenía constancia alguna. Por favor me dicen cómo debo proceder para que se vayan. En enero finalizaba el contrato con el inquilino y le avise con el tiempo correspondiente para que rescindir el contrato y ahora me encuentro con la sorpresa del primo.

    1. Hola Luís,

      Quien tiene derecho a estar en el piso es el. Titular del contrato de arrendamiento. Fuera de estos, si la habita otra persona sería un okuoa, y podría interponer una demanda de desahucio.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  6. Hola, recientemente he heredado una vivienda donde vivía mi padre y un sobrino que lleva allí toda la vida.
    A esta persona le he comunicado, tanto verbalmente como a través de un burofax, que tras la firma de aceptación y adjudicación de herencia, soy el único propietario del piso donde el vive y que por motivos personales necesito que desaloje dicha vivienda.
    El burofax se lo envíe hace un mes y en el le pedía que desalojara el piso cómo máximo el día 10 de febrero.
    Todo parece indicar que va a hacer caso omiso y no va a marcharse voluntariamente.
    Me podíais aconsejar que pasos tengo que dar para poder disponer de mi propiedas?
    Por si es de interés, debo decir que yo tengo llaves del piso y por lo tanto puedo acceder a el.

    1. Hola Pedro.

      No puedes tomar posesión de la vivienda si tu sobrino no quiere marcharse, sino que debe ser el juez quien le desposea a él de la vivienda y te otorgue la posesión a ti, como legítimo propietario.

      Por tanto, el para el día 11 tu sobrino no se ha marchado tendrás que interponer demanda de desahucio por precario.

      Si finalmente no te devuelve las llaves estaré encantado de ayudarte. Puedes encontrarme en info@abogadosparatodos.net

      1. Gracias por la respuesta.
        Una duda, yo me presento en la vivienda el día 11 y él insiste en no abandonarla, ¿simplemente me marcho e inicio los trámites para poner una demanda de desahucio por precario o es importante que primero ponga una denuncia en comisaria?

        Lo dicho, muchas gracias

  7. Buenas tardes,
    Le dejamos un piso a nuestra hija y a su pareja para ayudarles. Ha pasado casi un año y ahora queremos que se vayan porque sólo ha servido para que mi hija se deje el trabajo y la pareja ni lo busque. Además él tiene malos comportamientos con el vecindario.
    ¿Podemos exigir que la pareja deje el piso?.
    No tenemos contrato ni nos han pagado nada de alquiler. Sólo tienen los recibos de agua y luz a nombre de mi hija.

  8. Buenos días,
    Le expongo mi problema:
    Mis padres vivian en un piso de alquiler con un contrato de renta anitgua. Cuando mi padre murió, el propietario puso a la venta el piso con mi madre como inquilina y lo compramos mi marido y yo. Mi madre vive en el piso sin pagar ninguna renta. Hasta ahí todo bien. El problema viene cuando meses después mi hermano se va a vivir con mi madre de forma temporal, de esto hace ya casi 7 años… en casa de mi madre se ha llegado a una situción que ni mi madre ni mis hermanas queremos que mi hermano viva allí, ya que es una persona que colabora 0 en casa (y mi madre tiene 73 años), le ha impuesto unos perros que mi madre no quiere, no hay buena convivencia porque a la mínima que mi madre le dice que haga algo se discuten (de echo no la habla desde hace meses) además de que económicamente le ayuda bien poco… (mi madre cobra una paga no contributiva…) Le hemos dicho por la buenas que se vaya pero no le da la gana. El tiene unos ingresos pero en negro…Además de que le hemos dicho varias veces que se busque un trabajo y no le da la gana, no ha hecho ni el intento. El problema más grave es que esto le está afectando a la salud a mi madre del estres y ansiedad que está pasando…
    Que pasos deberíamos seguir para deshauciarlo??
    Gracias de antemano

    1. Hola Montse,

      Entiendo que si tu madre tampoco quiere que este allí, podéis interopner una demanda de desahucio por precario.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  9. Buenas noches.
    Poseo una vivienda en concepto de alquiler desde hace 8 años. Hace unos meses y tras iniciar ina relación de pareja, elle se vino a vivir conmigo y di mi conformidad para que se empadronara en mi vivienda. Ella no ha pagado en momento alguno ni parte de la renta del alquiler, ni ningún tipo de suministro, corriendo yo con todos los gastos. Tras una grave intervención quirurgica a la que he sido sometido y a consecuencia de la cuál sigo hospitalizado en rehabilitación, siendo muy probable que me queden secuelas permanentes (hemiplegia parcial de la pierna derecha); mi pareja después de discutir en reiteradas ocasiones conmigo a pesar de mi estado y situación y tras decirme que no sabe si podrá soportar esta situación y que me deja y noquiere saber más de mi; asegura primero que va a devolverme las llaves de mi piso y se va a ir, para posteriormente decir que no piensa devolverme las llaves y que no se piensa ir.
    Lógicamente en mi estado y tras ver su reacción, únicamente quiero que abandone mi casa, me devuelva las llaves y terminar con esta situación. El problema es que mi ingreso hospitalario va para muy largo (meses) y no sé que hacer, ya que en este punto no me fio de ella, ni de lo que pueda hacer con el piso (meter gente, etc) .
    Qué puedo hacer?
    Muchas gracias por anticipado y saludos cordiales.

  10. Hola, mi padre ha fallecido hace varios meses, tenia una relacion de amistad con otra persona desde hace mas de 10 años y vivian en la propiedad de mi padre.
    Ahora la amistad de mi padre está en la casa y no se va, me dice que no puedo entrar sin llamar y pedirle permiso. Quiero recuperar la vivienda para poder vivir en ella, pues yo vivo de alquiler y tengo derecho como heredero a vivir en la casa de mi padre, eso creo , no? Está esa persona en situacion de precario?, cuanto tiempo puede pasar si puedo recuperar la vivienda? , Muchas gracias, un cordial saludo.

    1. Hola Enrique.

      Si, está en precario.

      este tipo de proceso puede durar unos 10 meses.

  11. Buenas tardes,

    Desde el 2007 vivo en la vivienda de mi madre porque estaba enferma y la he cuidado todo este tiempo sola, ha fallecido hace poco, ahora habrá que hacer las gestiones de herencia, ya los otros hermanos (dos) han venido a preguntarme que cuando me voy, están haciendo las gestiones en una gestoría y no me han incluido ni me han dado el nombre de la gestoría.

    Mis preguntas son las siguiente:
    Tengo que además de pedir el testamento de mi madre también el de mi padre fallecido hace veinte años?

    Me pueden echar de la vivienda? estoy parada

    Tengo alguna posibilidad de vivir aquí unos años mas?

    Puedo cambiar la cerradura de la puerta? todo el mundo entra y sale y no me fio que se lleven cosas sin hacer inventario que ya lo han intentado.

    Yo pago el agua y la luz y hable con el presidente de la comunidad y deja en suspenso el pago de la comunidad y ascensor hasta que esté resuelta la sucesión y la nueva titularidad porque dice que ahora a la muerte de la propietaria es como si no tuviera dueño el piso.

    Estoy intentando recuperarme física y psicologicamente del machaque que ha sido cuidar un enfermo de alzheimer que ha sido devastador, actualmente me encuentro fatal y solo tengo ganas de estar acostada todo el tiempo.

    Muchas gracias por su atensión y espero poder recibir algo de orientación.

    Saludos cordiales.

    1. Hola Lola,

      El primer paso que tenéis que hacer es adjudicar la herencia, solo así pueden pedirte que abandones la vivienda, si todavía no lo habéis hecho no pueden echarte.

      Después tienen que comunicarte a través de un documento fehaciente, el más común un burofax, que quieren que abandones la vivienda.

      En cuanto que cambies la cerradura no es viable porque ellos ahora también les pertenece la vivienda.

      Si bien otra solución sería que tu compraras sus partes, o que llegarais aun acuerdo.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  12. Buenos dias, primero de todo muchas gracias por su respuesta. Mi caso es que en 2010 alquile una casa y en 2013 la vivienda fue embargada por ejecución hipotecaria por una inmobiliaria crediticia. Mi contrato de alquiler ya expiró y no estoy pagando renta alguna. Estoy empadronadas en la vivienda y pago recibos. Los nuevos titulares del inmueble no se han puesto en contacto conmigo en ningún momento, estoy como en el olvido. La única información de la que dispongo es porque la he obtenido yo del registro de la propiedad. Como debería actuar en este caso? Sigo esperando a que sean ellos quien me hagan algún tipo de propuesta o quieran desalojarme? Mi situación es de precario? Gracias de nuevo por su ayuda. Un saludo

    1. Hola Jessica,

      Mi recomendación sería que te pusiese en contacto con quien ahora sea el propietario de la vivienda, pues podrían reclamarte todos los meses que llevas viviendo sin pagar el alquiler, además de interponerte una demanda de desahucio.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

    2. Hola Jessica, yo estoy en la misma situación, como se ha solucionado tu situación al final? Muchas gracias

  13. Gracias por la atención.
    Soy usuario de una vivienda de mi antigua Empresa (hoy jubilado), la cual nos la facilitó hace unos 30 años y por la que nunca hemos pagado alquiler ni ha existido ningún contrato. Esta vivienda no estaba ligada al puesto de trabajo y cuando se nos entragaron las llaves estaba sin utilizar. El contrato de suministro eléctrico está a nuestro nombre, es el único documento que nos relaciona con la vivienda. El burofax para la entrega de la vivienda ha llegado a los 7 años de estar en situación de jubilado.
    Le hemos escrito (somos varios en la misma situación) al Despacho que lleva el caso con el objetivo de que le comunique a la Empresa propietaria, nuestro interes en comprar dichas viviendas o formalizar un contrato de alquiler. La respuesta es que la propietaria solo contempla el deshaucio.
    Durante todo el tiempo los costes de mantenimiento han sido por nuestra cuenta, por lo cual no se encuentran en estado de ruina.
    ¿Que posibilidades tenemos si queremos seguir utilizandolas, ante la negativa a cualquier negociación?
    Un saludo.

    1. Hola Jara,

      Necesitaría más información para darte una respuesta más detallada.

      Pero por lo que me comentas, si no llegáis a un acuerdo la propietaria puede pedir el desahucio estaría en su derecho. Sin perjuicio de las posibles reclamaciones que podéis hacer a la empresa que me comentas.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  14. Hola, si somos dos hermanos que pagamos al 50% la hipoteca de un piso, donde vive otro familiar con nuestro consentimiento, gratis… puedo yo sola echar o demandar por desahucio al familiar que vive de gratis o debo contar con el consentimiento de mi hermano que también paga la hipoteca?, gracias.

  15. Tenemos un piso en el que hay una pareja de mayores que llevan viviendo allí hace más de 20 años.El piso era de mi tío el cual falleció hace 5 años y ahora ha pasado a ser de mi padre.Ellos nunca le pasaron dinero a mi padre y no consta que le dieran nada a mi tío en vida,hemos intentado hablar con ellos y hacer un contrato oficial y les hemos pedido una renta de 50€ y ellos se niegan por qué dicen que es mucho dinero.Lo hemos puesto en manos de un abogado y ahora estamos tramitando un desahucio.Me preocupa que ellos nos amenazan diciendo que tenían un contrato de por vida con mi tío y que tienen un papel firmado y que de allí no se van a ir.Ellos tienen también un abogado y desde entonces están ingresando en el juzgado 20€ mensuales a cuenta de alquiler.Mi pregunta es: es posible que puedan seguir viviendo allí toda su vida pagando únicamente ese dinero? Tiene validez un «contrato de por vida» si el antiguo propietario ya falleció.Muchas gracias.

    1. Hola Monica.

      Existen contratos indefinidos o acogidos a prorroga forzosa.

      Necesitaria verlo para poder darte una respuesta adecuada, es que hay una maraña legal y jurisprudencial al respecto y es necesario ver la fecha de contrato y que se pacto en las clausulas.

      Siento no poder darte mejor respuesta sin esos datos.

      Un saludo

  16. Hace año y medio que mi hijo de 19 años y yo vivimos en un piso propiedad de mi madre.
    Hicimos un contrato en precario firmado por dos hermanos y por mi siendo los tres apoderados de mi madre.
    Tras un procedimiento judicial mi hermana ha asumido la tutela de mi madre,recientemente incapacitada y nos reclama el piso para uso de su propietaria.
    ¿Tiene algún valor el contrato?

    1. Hola Ramon,

      Si ella es usufructuaria del inmueble, que entiendo que lo es al fallecimiento de tu padre, podrá anular vuestro contrato dado que el uso y disfrute del inmueble le corresponde a ella mientras este viva y no a vosotros.

      Un saludo

  17. Buenos días mi caso es el siguiente: Yo y mi pareja de hecho vivimos en casa de madre en situación de precario (puro). Mi madre es la usufructuaria, y mi hermana la propietaria. Aunque sí hemos ido pagando el mantenimiento de la casa como compensación por vivir allí gratuitamente. Por desavenencias varias ahora nos quiere hechar de casa. Aún sabiendo que yo no tengo trabajo. De momento me citaron el día 25 de julio de 2017 en el juzgado de paz a fin de practica del acto de conciliación. Yo no me presenté porque me pilló por sorpresa y no tenía nada preparado. Me causará algún prejucio no haberme presentado? Me pueden volver a citar? Entonces yo no sabía muy bien de que iba la historia, pero el otro día rebuscando sus papeles, ví que nos había puesto una demanda de deshaucio por precario, contra mi y mi pareja. Pero solo me citaron a mí. A mi pareja no. (Es legal eso?..) .. La pregunta importante es..¿Puedo poner un recurso contra esa demanda de deshaucio? Que más puedo hacer? Muchas gracias por su ayuda.

    1. Hola Alejandro.

      Ante una demanda de desahucio por precario puedes oponerte. Y si la resolución final no estás de acuerdo podrás interponer recurso.

  18. Buenas tardes mi pregunta es puedo iniciar un desahucio por precaria compré una vivienda que estaba ocupada pues era de una separación y ella tenía el uso de la vivienda al comprarla yo.yo la deje vivir sin alquiler ni nada pues a mi e ese momento no me hacía falta la vivienda el caso es que ahora me e quedado parada y no tengo donde vivir estoy de alquiler por lo que ella se está enriqueciendo a mi costa pues vive en mi vivienda sin pagarme nada puedo poner desahucio por precario ? Y si en el caso de que pudiera y perdiese cuanto me podría salir si me condenan a costa y todo

  19. Buenos días Carlos: te comento mi caso. Acabamos de hacernos herederos de los bienes de mis padres. Uno de mis hermanos, somos 7, lleva viviendo en una casa heredada desde que falleció mi madre, hace ahora ocho años. No quiere irse para poder vender la casa, ni quiere quedarse con ella por un valor pactado. Que podemos hacer? Muchas gracias por su ayuda.

    1. Hola Yolanda.

      la forma de recuperar la vivienda si tu hermano no quiere irse es interponiendo demanda de desahucio por precario.

      Quedo a tu disposición para cuanto necesites en info@abogadosparatodos.net

      1. Buenos días Eduardo y muchas gracias por tu contestación. Era lo que nos imaginábamos. Quería comentarte si este tipo de casos se «gana» siempre. Te entrecomillo gana porque realmente creo que perdemos todos. Si tengo bien entendido, cuando el piso queda vacío sale a subasta, es así? Muchas gracias de nuevo. Un saludo.

        1. Si la mayoría del resto de hermanos está de acuerdo en recuperar la vivienda entonces no hay obstáculo para ganar el pleito (si bien la decisión es siempre del juez).

        2. Correcto.

          Si no os ponéis de acuerdo terminaría saliendo a subasta si alguno lo solicita.

  20. Buenas tardes Eduardo,

    tengo una pregunta para ti, espero me puedas ayudar,
    Estoy a punto de comprar un piso, actualmente hay una persona de 66 años viviendo en el, el propietario dejo que viviera gratuitamente y lleva como 8 años, nunca hicieron un contrato, ya que se conocen hace mucho, le dejo que se empadronara y le dijo que si algún día lo llegara a vender que se tendría que ir, lo que pasa es que ese día llegó, se lo comento al inquilino, incluso le dijo que que le ayudaría a encontrar algo, pero ahora resulta que el inquilino no quiere salir del piso y esta empecinado en que nadie le puede sacar de allí ya que esta empadronado y lleva muchos años dentro. mi pregunta es, si yo llego a comprar el piso con esta persona dentro, tengo alguna posibilidad de sacarlo? mi miedo es comprarlo y que tenga a este hombre allí hasta que fallezca.

    1. Buenas tardes Claudia.

      Antes de comprarlo, el vendedor debe vendértelo libre de arrendatarios y precaristas.

      Por lo que es obligación del propietario instar el desahucio por precario, para poder recobrar la posesión del inmueble y que pueda vendértelo asi.

      Nosotros podríamos isntar el desahucio, una vez analicemos la documentación, si os poneis en contacto con nosotros.

      En caso de que adquieras con el. tendrías que instar tu el desahucio.

      Un saludo

  21. Hola, gracias de antemano por la respuesta.
    Tengo un piso a nombre de mi hermana y mio. Desde q lo compramos han vivido nuestros padres mediante un contrato verbal. He de decir q la relacion con nuestro padre jamas fue buena.
    Mi madre fallecio y le dijimos a él q mientras quisiera seguir viviendo alli, podria hacerlo. Las condiciones eran las mismas: pago de contribucion, comunidad y suministros.
    Hace 1 año q no paga ni contribucion nu comunidad (estos gastos los asumimos nosotras). Dice q quiere irse a otra localidad pero q quiere q le demos el usufructo del piso (q evidentemente no se le va a dar)
    Cada vez q hblamos con el nos amenaza. La situacion se ha descontrolado. Podemos hacer un desahucio por precario? Llegariamos a echarlo de casa?
    Temo sus represalias pero no me queda otra solucion.

    1. Hola Soledad.

      ¿El piso está escriturado a nombre de tu padre y tu madre, o al tuyo y de tu hermana?.

      Si estás en este último caso podríamos interponer demanda de desahucio por precario.

  22. Gracias por resolvernos la dudas.
    Mi situación es la siguiente.
    Soy uno de los 4 propietarios de un piso. De los cuatro, tres queremos ponerlo en venta.
    El cuarto propietario vive en el piso desde hace 50 años ya que era el piso donde vivía mi abuela y él es hijo suyo.
    Hace ya 4 años que mi abuela falleció y su hijo, el que vive en el piso,no paga renta ya que los otros tres propietarios no se la pedimos, eso sí, él nos dijo que dejaría el piso en tres años y ya van a hacer 4.
    Cada vez que le pedimos que acelere su mudanza a otra vivienda nos pone plazos mäs lejanos en el tiempo.
    Nos urge ponerla a la venta , pero él parece sentirse cómodo en el piso y no da muestras de querer poner de su parte para su venta.
    El ha pagado el IBI de los últimos 4 años.
    Qué derechos tenemos los que queremos vender el piso? y él, qué derechos tiene? Se le puede desahuciar?
    En caso afirmativo…su porcentaje del piso lo pierde?
    Graciad

    1. Hola Jorge.

      Si no se va podéis interponer una demanda de desahucio.

      Finalmente recuperaréis la cicienda, aunque el ocupante desalojado seguirá siendo copropietario.

  23. Alquilo la casa con contrato de seis meses prorrogables asta un máximo de dos años a una pareja con menores el contrato lo firmó el y ahora se a ido dejando a la pareja y dos menores dentro an pasado los seis meses y me an firmado la rescinsion del contrato los dos pero ella creo que no va a irse en la fecha prevista por que no tiene recurso que hago??el de momento me está pagando aún habiéndose ido.que puedo hacer para recuperar la vivienda pues esa situcion ya no me interesa.GRACIAS.

    1. Hola Luis.

      Si no se va voluntariamente habrá que interponer demanda de desahucio por expiración de plazo.

  24. Hola, muchas gracias por su ayuda por adelantado. Tengo una duda, cual es la posible protección que pueda alegar el desahuciado por situación de precario? Gracias, un saludo
    Ignacio

    1. Hola Ignacio.

      Protección ninguna.

      Si no hay contrato no tiene posibilidad de estar en la vivienda.

      Otra cosa es que intente alargar el proceso algunas semanas eligiendo, por ejemplo, abogado de oficio si tiene derecho a él.

      Pero poco más.

  25. llevo en precario contrato privado a mi nombre mlas herederas despues de 25 años me desahucian tengo derecho a la vavienda

    1. Hola Mom.

      No entoiendo nada de lo que me has querido decir 😉

      Te agradezco si puedes ser más claro para ver si puedo ayudarte.

  26. Hola. Lo primero de todo agradecer al equipo de Abogados para Todos por su generosidad por compartir este blog en internet, me ha sido de gran utilidad.
    Se me plantea una duda respecto al desahucio y me gustaría poder compartirla con vosotros y que me deis vuestra opinión: una persona que se aloja en un hostal-pensión, mediante contrato verbal, y se pacta la tarifa del hostal: 25 € al día. Se queda alojado durante un mes (que paga) y luego sigue alojado pero sin pagar, y así hasta llevar 8 meses, que no paga y tampoco se va. Se le ha requerido por burofax para que pague las rentas debidas y se vaya y no lo hace. ¿Podría plantear en este caso un desahucio por precario? Yo creo que la solución es un precario normal, pero tras la reforma operada en la LAU en 2013, se excluye de su ámbito de aplicación en su art. 5 apartado e) «la cesión temporal de uso de la totalidad de una vivienda amueblada y equipada en condiciones de uso inmediato, comercializada o promocionada en canales de oferta turística y realizada con finalidad lucrativa, cuando esté sometida a un régimen específico, derivado de su normativa sectorial». Este establecimiento esta en la Comunidad Valenciana pero nada se regula en ella sobre los desahucios de establecimientos hoteleros. ¿Debería irme a la vía penal por un delito de usurpación del artículo 245.2? O plantear un desahucio normal? O un desahucio precario? Muchísimas gracias por vuestra ayuda

    1. Hola Pilar.

      Hay contrato, aunque sea verbal. Y seguramente hay justificación del pago de los 25 euros/día durante 30 días.

      Por lo tanto hay contrato.

      Cabe la opción de hacer ver que el contrato fue por un mes, en cuyo caso habría que interponer demanda de desahucio por expiración de plazo contractual. Y también cabe la opción de alegar que el contrato no tiene una duración determinada, ante lo que el Código Civil nos dice que el contrato dura un año. En este caso habría que interponer demanda de desahucio por impago de rentas de alquiler.

      Al fin y al cabo debes interponer demanda de resolución de contrato y desahucio así como, si quieres, reclamar las cantidades adeudadas.

      Quedo a tu disposición para cuanto necesites.

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