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El nuevo desahucio express contra okupas

Publicado el

El desahucio contra desconocidos ocupantes (desahucio express contra okupas) tiene regulación propia desde el 2 de Julio de 2018 gracias a la llamada «ley anti-okupas». En particular, queda regulado a través del artículo 250.1.4º II de la ley de enjuiciamiento civil. Los plazos se reducen, pero no con la intensidad que sería deseable.

El 2 de Julio de 2018 entró en vigor la Ley 5/2018, de 11 de Junio (también llamada ley anti-okupas), por la que se regula el desahucio contra desconocidos ocupantes o, lo que es lo mismo, el desahucio express contra okupas.

Desde ese momento ya se pueden interponer demandas de desahucio contra okupas bajo la modalidad procesal «express» que te explico en este artículo.

Introducción

En este post voy a explicarte en qué consiste el proceso de desahucio express contra okupas.

En caso de que estés interesado en el proceso de desahucio por temas relacionados con arrendamientos (impago de rentas o finalización del contrato de alquiler) debes ir al post El desahucio express.

Pero si lo que te interesa es el desahucio express contra okupas, aquí te doy toda la información.

Por tanto, entro de lleno a explicarte el proceso judicial.

El proceso de desahucio express contra okupas

El proceso para reclamar las viviendas ocupadas entró en vigor el 2 de Julio de 2018 (hasta este momento se solía utilizar el proceso de desahucio por precario del artículo 250.1.2º de la ley de enjuiciamiento civil, pero ya no es necesario utilizar dicho proceso).

En concreto, se regula en el párrafo segundo (antes inexistente) del número cuatro del artículo 250.1 de la ley de enjuiciamiento civil.

Es decir, se regula en el artículo 250.1.4º, II LEC.

Establece dicho párrafo que podrán pedir la inmediata recuperación de la plena posesión de una vivienda o parte de ella, siempre que se hayan visto privados de ella sin su consentimiento, la persona física que sea propietaria o poseedora legítima por otro título, las entidades sin ánimo de lucro con derecho a poseerla y las entidades públicas propietarias o poseedoras legítimas de vivienda social”.

Se trata, por tanto, de un proceso verbal.

Abogados desahucio okupas

Desahucio express

Quién y ante quién interponer la demanda

Legitimación activa (quién puede poner la demanda de desahucio): la demanda pueden interponerla, principalmente, los propietarios particulares que han visto que alguien ha ocupado su vivienda sin su consentimiento.

Legitimación pasiva (a quién hay que demandar): la demanda hay que interponerla utilizando la expresión “contra los desconocidos ocupantes”, siempre y cuando no conozcamos la identidad de las personas que ocupen la vivienda. Así lo dice el nuevo artículo 437.3bis LEC.

La demanda

La demanda debe ir firmada por abogado y procurador y debe ir acompañada por el título de propiedad de la vivienda, es decir, generalmente por la escritura de propiedad.

En la demanda el abogado debe solicitar, para evitar demoras posteriores, que se realice la inmediata entrega de la posesión de la vivienda y que se fije directamente fecha para el lanzamiento (desalojo). Así se va ganando tiempo.

Ojo, si no se pidiere la inmediata entrega de la posesión de la vivienda, nos iríamos a los plazos del proceso verbal estandard, es decir, diez días desde que se recibe la demanda (artículo 441.1bis LEC, a sensu contrario).

Por esta vía más lenta, si en dicho plazo de diez días no se oponen a la demanda las personas notificadas, se dictará sentencia (artículo 444.1bis LEC). Si fuere sentencia estimatoria, el demandante tendrá que pedir la ejecución para que se realice el lanzamiento (como ves, por esta vía se demora el lanzamiento, aunque tampoco habrán de respetarse los 20 días de espera establecidos por el artículo 548 LEC).

La notificación de la demanda

Una vez que se admite a trámite la demanda, se emite el Decreto de admisión y se notifica la demanda en la vivienda ocupada.

Se notifica a cualquier ocupante que haya en la vivienda (nuevo artículo 441.1bis LEC), y se le informará de su derecho a recibir ayuda de los servicios sociales el día del lanzamiento (desalojo).

En caso de que no haya nadie en la vivienda, directamente se colgará la demanda en el tablón de anuncios del juzgado durante cinco días y, transcurrido dicho plazo, se tendrá por practicada la notificación a los ocupantes.

Desahucio express contra okupas

Las distintas posturas de los ocupantes

Una vez realizada la notificación de la demanda (bien presencialmente, bien en el tablón de anuncios del juzgado), los ocupantes podrán hacer lo siguiente:

  • Presentar en el juzgado un título (contrato) que les permita ocupar la vivienda (por ejemplo un contrato de arrendamiento, si es que existiera). En ese caso, no habría desahucio inmediato y habría juicio (y después desahucio, en caso de que el título o contrato aportado no sea válido).
  • No hacer nada en esos cinco días: en ese caso el juzgado emite un “auto” que ordena el lanzamiento (desalojo).

La experiencia hace pensar que en la gran mayoría de las ocasiones en que los ocupantes presenten título (contrato) no se ordenará el desahucio (por prudencia) y habrá juicio, por lo que al final la reducción de la duración del proceso no va a ser tan real.

El auto del juez

Ante el auto dictado por el juez no se puede recurrir.

Dicho auto ordena que se realice el lanzamiento (desalojo) en la fecha fijada por el juzgado.

El lanzamiento

El lanzamiento o desahucio es el último acto que se realiza en el proceso.

Consiste en que dos (habitualmente) miembros del juzgado, acompañados del procurador y, si lo desea, del cliente, acuden al acto en el que se les quita la posesión de la vivienda a quienes la ocupaban, y se otorga la posesión a su legítimo dueño.

Para que se produzca el lanzamiento no es necesario que transcurran los 20 días hábiles que si que se exigen en otras modalidades de procesos de desahucio. es decir, en estos casos de ocupación inconsentida el lanzamiento será casi inminente.

El lanzamiento (desalojo) se practicará sobre cualquier persona que haya en la vivienda el día en que éste se produzca (artículo 441.1bis LEC).

El precio del desahucio express contra okupas

Respecto al coste de un proceso de desahucio, cada abogado tiene fijados sus honorarios, por lo que los precios pueden variar muchísimo.

Sin embargo, el coste medio se aproxima a las siguientes cantidades, con impuestos incluidos:

  • Abogado: en este tipo de procesos es necesaria su intervención. Suele rondar el coste los 500 euros.
  • Procurador: también es necesaria su intervención. Su coste ronda los 200 euros.

Por lo tanto, estamos hablando de un coste, con impuestos incluidos, de unos 700 euros sin contar al cerrajero que no siempre será necesario (cuyo coste suele rondar los 100 euros).

Desahucio express

Y tu…¿tienes okupas en tu vivienda?.

¿Has tenido que acudir a un proceso de desahucio express contra okupas en alguna ocasión?.

162 comentarios en “El nuevo desahucio express contra okupas

  1. Buenas tardes Eduardo, me gustaria preguntarte al hilo de las noticias recientes si me aconsejarias mejor denunciar por allanamiento de morada al ser la vivienda mi segunda residencia pero mi morada puesto q la ocupo tres meses al año.
    O por el contrario me aconsejaria mejor seguir la via civil
    gracias

  2. eduardo solo me gustaria preguntarte si este desahucio espres antiokupas se puede interponer por los propietarios aunque no sea su vivienda habitual. gracias por adelantado

      1. Buenas tardes Eduardo, me gustaria preguntarte al hilo de las noticias recientes si me aconsejarias mejor denunciar por allanamiento de morada al ser la vivienda mi segunda residencia pero mi morada puesto q la ocupo tres meses al año.
        gracias

  3. Buenas tardes,
    Resulta que en julio del 2017 interpusimos una demanda por precario contra unos okupas. Finalmente se ha dictado el lanzamiento para el día 10 de diciembre pero me comentan que si cuando aparecemos hay menores, personas mayores o enfermas no se haría el lanzamiento y éste se podría demorar de 1 semana a 2 meses. ¿Esto es realmente así? ¿No podríamos beneficiarnos de la nueva ley aunque el proceso de haya iniciado por la anterior? Me parece muy fuerte que después de 2 años y medio, se dicte un lanzamiento y los okupas puedan todavía ganar más tiempo ocupando un bien inmueble que no es suyo

    1. Hola Eva,

      Estas circunstancias no tienen porque impedir el lanzamiento.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  4. Hola soy Ana vivo de ocupa hace un ańo y me llego una carta de desahucio hoy me llamo mi abogado que ya hay sentencia pero no fecha de lanzamiento cuanto tarda desde la sentencia asta que se produce el lanzamiento gracias

    1. Hola Ana,

      La fecha del lanzamiento debe haberse establecido en el decreto.

      Un saludo.

  5. Buenas tardes, TEngo un problema que me esta sangrando, mi caso es el siguiente. Aquiri una vivienda a medias con mi exmujer, que aun sigo pagando. Al año nos separamos y ella se quedo con la vivienda y la custodia de la niña. Este año , en Abril. mi exmujer se suicido, y desde el dia siguiente a su fallecimiento , 3 hijos de ella , de otro padre, empezaron a ocupar la vivienda. A los hijos de ella los he conocido toda la vida, en ocasiones se que se quedaban en la vivienda y hacian uso de ella. Ahora quiero que abondonen la vivienda , al menos, hasta que arreglemos la herencia de la vivienda, que segun me han comentado, me corresponde el 50% y el 10 % a mi hija, por que la madre tenía otros 4 hijos. ¿ Puedo interponer una demada para desoucuparlos segun la nueva normativa antiokupa? ¿ el hecho de que ya los conociera me impide de alguna manera? ¿ Pueden ellos alegar que al ser herederos legitimos, aunque no se haya constituidos como herederos con una declaración de herederos, tienen capacidad para quedarse con la vivienda. ?

    1. Hola Juan Manuel,

      Los hijos de sus difunta esposa también tiene derecho a estar en la vivida, pues también tiene derecho a herencia.

      Un saludo.

  6. Buenos dias Eduardo,me llamo Alvaro soy de cartaya,el motivo de escribirte es porque necesito asesoramiento de usted mi sitiacion es la siguiente,al dia de hoy vivo de alquiler con mi pareja y nuestros 3 hijos, el 15 de enero de 2020 tengo el lanzamiento de deshaucio por falta de pago…debido a que la empresa donde trabaja cerro despues de 5 años y ahora sobrevivimos con el trabajo a media jornada de mi mujer y los trabajos que me puedan salir ami por fuera,pero en cartaya ni alrededores no hay alquileres de menos de 400€ y tengo que marcharme de la vivienda,e pensado en meterme de okupa de una vivienda del banco,lo que ocurre es lo siguiente,hace 1 mes firme una condicional de 3 años por un delito que cometi hace 9 años cuando era joven…si me meto de okupa en una vivienda del banco.¿que consecuencias legales pueden ocurrirme?

    1. Hola Álvaro,

      Si entra de okupa podrá entenderse que ha reincidido.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  7. Hola estoy en una casa de banko pues me embargaron mi vivienda al kedar sin trabajo y no tenía dnd ir ..madre soltera sin ingresos… vino policía di datos y no se nada de ace año y medio solo que me llaman del banko pido alkiler social y dicen k no porke no tengo nómina… ke van acer un lanzamiento…que es eso???

    1. Hola Almu,

      El lanzamiento es el acto por el cual la echarían de la vivienda.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  8. Hola Eduardo. He comprado una vivienda y me he encontrado okupas viviendo en su interior, que no son sus antiguos propietarios. Puedo acogerme al desahucio express? Gracias de antemano.

  9. Hola,
    Enhorabuena por su magnífico blog.
    Quisiera plantear la siguiente cuestión: somos 3 hermanos propietarios de un edificio. En la escritura se describen 5 fincas (3 locales y 2 pisos de 3 habitaciones cada uno) y se valora en conjunto. La cédula parcelaria distingue únicamente almacén/vivienda y da un valor catastral “almacén” que engloba los 3 locales y un valor catastral “vivienda” para los 2 pisos.
    El edificio ha sido ocupado (con la excepción de uno de los locales), en principio por una persona.
    Mi duda es: ¿sería posible presentar una demanda en bloque para recuperar los dos pisos o es necesario presentar dos demandas, una para cada piso? ¿Y qué ocurre con los locales?

    1. Hola María,

      Podría presentar una demanda en defensa de todas las finca; pues son propietarios.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  10. Hola, a mí me ha llegado una notificación a ignorados ocupantes pero yo era propietario hasta que se hizo la subasta pero nadie me ha informado del desalojo de la vivienda, es decir yo no soy un okupa…..no lo entiendo

    1. Hola Velentín,

      Entiendo que antes de la subas tuvo que haber un procedimiento de desahucio por impago. Si no es así podrá impugnar la subasta.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  11. Lo primero enhorabuena por el blog, es de gran ayuda para mucha gente. Tengo una pregunta que no me ha quedado muy clara, en el caso de que los demandados, en este caso, ignorados ocupantes, no aporten título en los cinco días desde la notificación del decreto en éste se indica que se ordenará la inmediata entrega de la posesión, pero también se fija fecha para el lanzamiento en el propio decreto (en la parte donde dan el plazo de diez días para contestar). En este caso concreto el demandante es una empresa dependiente de un banco, en la demanda no lo indican, pero en el decreto del Juzgado si indican que se ha solicitado la inmediata entrega de la posesión. Mi duda es, si los ocupantes no aportan ningún título en los 5 días siguientes se produciría el lanzamiento antes de la fecha indicada en el decreto? O se emitiría sentencia fijando como fecha la del propio decreto? No entiendo muy bien el concepto de “el Tribunal ordenará la inmediata entrega de la posesión…” en el caso de no aportar nada en esos cinco días. (Días que vencen este viernes y no sabemos muy bien cómo actuar) Muchas gracias de antemano.

    1. Hola Eva,

      El lanzamiento de producirá en la fecha que se ha fijado en el decreto.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  12. Buenas tardes Euardo.
    Se han metido unos okupas en casa. No son inquilinos morosos.
    ¿También te encargas de esto? ¿Y los plazos serían los mismos?
    Gracias

    1. Hola Norman,

      Se les puede exigir daños y perjuicios.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  13. Hola buenas llevo.viviendo en una casa del ayuntamiento de okupa hace 5 años con mis dos hijos. Supuestamente pusieron la casa como en ruina y me han puesto ya el informe de desalojo cuanto puede tardar ese desalojo express y si el ayuntamiento tiene derecho a ayudarme por tener menores gracias un saludo.

    1. Hola Carmen,

      Acude a los asuntos sociales de tu localidad para que puedan ayudarte con los alquileres sociales.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  14. Llevo 4 años ocupando un piso de banco con mis dos hijos menores .. ahora me han dicho que este piso lo ha comprado una financiara y que ya no es ee banco, me dan a negociar que me dan un tanto de dinero para irme, pero yo quiero que me alquilen el piso… es posible ?

    1. Hola Tania,

      Si llegan a un acuerdo sí sería posible.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

    1. Hola Jorge,

      Podrá reclamar a estas personas los daños que le hayan causados.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  15. Buenas tardes eh ocupado una casa con mis niños la casa llevaba serrada más de 5 años estaba destrozada cuando entre y la e ido arreglando ya me a venido la guardia civil y policía porque los vecinos an llamado resulta que la dueña es de otro país y 5 días después de haber entrado me vino un supuesto sobrino y me dio permiso para quedarme unos meses ahora disen que la dueña no le dio permiso a el para yo estar aquí por lo que me an comentado esta casa tiene problema de papeles x lo visto no an pagado me podría orientar si tendría problemas con asistenta sociales x meter a mis hijos aquí yo e dicho que no me niego a pagar nada la casa tiene agua y luz

    1. Hola Yani,

      Siento que este pasando por esta situación. En su caso es ocupa pues no tiene un contrato de arrendamiento y por tanto la propietaria podrá interponer una demanda de desahucio. Mi consejo es que intente llegar a un acuerdo con la propietaria para poder alquilar la finca, y también puede acudir a asuntos sociales para que le gestiones la ayuda social.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  16. Hola hace hace unos casi cuatro meses vivo de ocupa en un estudio pequeño que es de una empresa, me ha llegado un sobre en donde dice ignorados ocupantes y especifica que la persona que este ocupando debe presentarse el dia 5 u 8 de julio en el juzgado, pero yo no me presente por que estudio todo el dia en la mañana y parte de la tarde, estoy en proceso de asilo político, mi pregunta es, podria tener problemas judiciales (IR A LA CARCEL) o problemas al querer sacar nie comunitario, en pocas palabras cuanto tienpo tengo y que podria pasar?

    1. Hola Sebastian,

      En caso de no presentarse se iniciará el proceso de desahucio.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  17. Hola! te cuento el caso de mi mejor amiga…
    Ella,su pareja y su bebé de meses se acaban de okupar en un piso del banco. Ninguno de los dos trabaja, ella porque no tiene ninguna ayuda para cuidar de el niño, y el porque de momento no lo ha encontrado. El está metido en la RAE por una factura de movil que no pagó hace años..por lo que alquilar,es complicado.
    Hace 10 días que se metieron..lapolicia les tomó los datos y no hubo ningún tipo de problema.
    Ayer apareció un chico en su puerta diciendo que era el nuevo propietario de la vivienda, que hace un par de días habían comprado esa casa. Les ha dicho que en dos días empezará la mudanza les gusté o no.
    Mi pregunta es…cuanto tiempo tendrían para dejar la casa? Habría alguna manera de averiguar si eso es verdad? No estoy muy convencida de que sea cierto, ya que esa casa lleva vacía en torno a 5 años y justamente el vecino de al lado les amenazó con echarles. Creo que se trata de un chantaje o una manera de echarles. Un saludo. Gracias

    1. Hola Patricia,

      Para que tengan que irse debe interponer este nuevo propietario un proceso de desahucio, este suele tener una duración de entre 3 y 6 meses.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  18. Hola, me sabrías decir si el juzgado cobra algo por el juicio? Y si es así, cuanto aproximadamente?
    Gracias por el post, me ha sido muy útil. Un saludo

    1. Hola Eva.

      Tienes que pagar abogado y procurador, pero el juzgado no cobra nada (es un servicio público).

  19. Hola buenos dias tengo muchas dudas estoy muy nervioso ya que nuca me eh visto en esta situacion me quede sin trabajo hace ya muchos meses no temgo dinero me eh metido en una casa ocupa en la que me he asegurado despues de meses de que no se una ni viene nadie hace mas de un año esta vacia casi del todos solo una tele vieja camas sin ni si quiera sabanas mada mas y hoy me ha venido alguien a pucar bo se quien y metio ña llave en la cerradura al ver que no habria parece que se marcho pero estoy dentro de casa asustao y sin saber que hacer me pueden alludar x favor gracias de antemano

    1. Hola Pedro,

      Lamento que se encuentre en esa situación. Pero si la propiedad es de alguien puede interponer una demanda de desahucio. Lo más acertado seria que acudiese a asuntos sociales para que le puedan asesorar.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  20. Hola buenas, mi situación es un poco complicada. Mis padres llevan viviendo como 30 años en la casa en la que vivimos actualmente. Sin embargo, la casa era de mi bisabuela y por tanto, sus hijos son los herederos. La situación es, que mi madre ha sufrido violencia de genero por parte de mi padre, y ahora esta en orden de alejamiento. Él nos quiere quitar la casa, y sus tíos tienen las escrituras, por lo que legalmente les pertenece. Tiene que haber un juicio, tanto por el caso de violencia de genero como por divorcio, pero si nos echaran, mi madre (la victima) y yo, que soy estudiante, nos quedaríamos en la calle, sin poder pagar un alquiler ni a donde ir. Me preguntaba si tendría mas fuerza la ley por herencia, o la ley de protección hacia la mujer. Gracias.

    1. Hola Noemi,

      En su caso no es fuerza entre leyes. Si bien si la vivienda fuese de ambos, su padre sería él que se tendría que ir de la casa. Al igual que si fuese usted menor de edad. Pero en su caso el problema es que los demás propietarios de la vivienda tienen derecho a recuperarla (sus tíos).

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  21. Buenos dias yo estaba al dia con el pago del alquiler hasta que un dia me llegó una carta de la propietaria diciendome que el bloque de 3 viviendas ya no es de ella y es del banco. Así que después de 6 meses llego un aviso de desahucio . Fui rápido al juzgado con el contrato de alquiler desde 2008 y último recibo y me dijeron que me van a citar por la vista con el juez. Pues he tenido la vista con el juez y claro que he tenido una abogada de oficio y antes de la vista pedi hoja simple del Registro de la Propiedad en la cual la sorpresa fue que mi piso no está inscrito en el Registro.Así que la jueza dictaminó que no me van a desahuciar porque el piso no consta el la escrituras y ni la propietaria no dijo de existencia de la segunda planta el día que pidió un préstamo . He ido al juzgado y ahora lo mío está archivado . Mencionó que la propietaria a dado por terminado el contrato de alquiler para cobrar mi fianza. Quisiera saber por favor cuál sería los pasos siguientes del banco .Yo he entendido que no me pueden desahuciar hasta que el banco no pone a su nombre mi piso ( declaración de obra nueva antigua) que he oído que tarda unos 3 años en hacerla.Muchas gracias. Con mucho respeto

    1. Hola Ilena,

      El banco tendrá que poner la propiedad a su nombre antes de proceder a un proceso de desahucio.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  22. Hola, nos estamos planteando comprar un solar con un pequeño garaje. Este solar es propiedad de un banco y consta okupado (okupas q van y vienen, no hay ni luz ni agua) por lo que comprariamos la propiedad pero no la posesión. Es aconsejable esta operación? La situación posesoria donde debe quedar registrada? Puede darnos problemas que conste en la escritura de compra que el solar está okupado en el futuro a la hora de construir?
    Muchas gracias.

    1. Hola María,

      Deben tener en cuenta que esta compra es una operación arriesgada, ya que desconoce como esta la vivienda. En el registro de propiedad es donde debe hacerse constar el estado de la vivienda.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  23. Tengo un contrato de alquiler llevo 3 meses sin poder pagar se me vence ahora y debo entregar las llaves no tengo donde ir con un niño de 7 años no tengo recursos que pasará cuanto tiempo me puedo quedar

    1. Hola Crucita,

      Si no abandona la vivienda, podrá interponer contra usted con demanda de desahucio.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  24. Hola buenas, hemos sido expulsados de una vivienda propiedad de un banco, solo había datos de mi pareja míos y de mi pequeña no, automáticamente hemos vuelto a ocuparla, podría pasarle algo a mi pareja por seguir en esta propiedad, muchas gracias

    1. Hola Sonia,

      Podrán interponer una demanda de desahucio y proceder al lanzamiento.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  25. Buenas,
    estamos vendiendo un piso que estuvo alquilado hasta agosto de 2018 y hemos firmado un contrato de arras que caduca en junio. El comprador está gestionando la hipoteca, pero esta semana descubrimos que lleva casi un mes ocupado por una mujer y su hijo menor, quien afirma que pagó por la llave una suma de dinero considerable a un individuo que le aseguró que el piso era de un banco. El comprador está dispuesto a prorrogar las arras, pero debe abandonar próximamente su piso de alquiler afectado por un plan urbanístico, por lo que la duración del proceso judicial es importante para contemplar otras opciones. Podrían informarme sobre la demora para desalojos en casos similares en Barcelona?
    Muchas gracias.

    1. Hola Iván,

      Depende de la saturación del juzgado, puede oscilar entre cuatro meses.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  26. En mi comunidad hay un piso del banco donde se metieron unos okupas, se que lo han denunciado. Creo que vinieron a identificarles y no abrieron la puerta. ¿Existe en internet alguna pagina donde pueda ver el tablón de anuncios del juzgado de valladolid para confirmar si han publicado la notificación? ¿cuanto tiempo suelen tardar estos desahucios siendo el piso ocupado de un banco?
    Gracias

    1. Hola Belén,

      Tendrá que scurdir a la sede del juzgado para verlo en el tablón. Los procesos de desahucio dependen de la saturación del juzgado, en torno a 3 y 4 meses.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  27. Hola!
    Queria saber cuanto se tarda en echar unos okupas ,si la casa es del banco.Es la segunda o la tercera casa que ocupan en el mismo pueblo y en las casas del mismo banco Son gente muy conflictiva
    Muchas gracias!
    Un saludo!

    1. Hola Verónica,

      Puede dependerá de la saturación del juzgado, suele estar en torno a 3 y 4 meses.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  28. Hola,buenos días soy okupa hace 4 meses ya me e empadronado en este domicilio como okupa hace unos días atrás el presidente del edificio se acercó a nosotros y nos dijo que el dueño se desentendio de este piso hace unos 12 años atrás y desde entonces no se sabe nada que me puede pasar o que puedo hacer

    1. Hola Alexander,

      Intenta ponerte en contacto con él para poder alquilarlo. Sino no saldrá de esta situación.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  29. Hola,
    Una vez que los okupas han recurrido y el caso está en la audiencia provincial, ¿cuanto suele tardar el dictamen del/la juez/a?
    Gracias

    1. Hola Pepe,

      Depende de la saturación del juzgado, que puede ser entre un mes y dos.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  30. Hola estoy en mala ssituación he pagado para una casa de banco para ocuparla y ahora resulta que tiene dueño, esta completamente vacía pero con agua y luz. Que me puede pasar???

    1. Los dueños están fuera en América y la compraron en 2017 y no han venido desde esa fecha . Sela han podido embargar?? Que hago me hecharan rapido??

  31. Hola buenas tardes
    vivo en una casa de ocupas esta mañana me había llegado una carta de un juicio verbal e resulta que me están pidiendo que pagar 500 € por cada mes y me piden una fianza de 3000 € si puedo hacer recurso para rebajar la mensualidad del piso
    Garcías

    1. Hola,

      Entiendo que pueden llegar a un acuerdo. Aunque no creo que las partes acepten una rebaja en las mensualidades atrasadas.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  32. Hola, voy a okupar una casa abandonada que está desde hace 2 años casi..el patio con hierbajos.. Y dentro de la vivienda tiene que hacerle muchos arreglos, Le falta hasta fogones para cocinar, es decir una casa no habitada por nadie. Estoy arreglando la, Hay agua caliente y luz.. Como puede ser?..si no vive nadie.. No se quien son dueños, no llegan ni cartas.. No se si serán extranjeros.. O que hayan fallecido..
    Que hago corto el agua y la luz? Y la pongo por mi cuenta? Me podéis explicar como esta la ley a día de hoy? Que derechos tiene el okupa?.. CREO QUE CAMBIA AL HABITAR UNA RESIDENCIA NO HABITADA Y ABANDONADA.. Cuanto puede tardar desahuciarme.? Si demuestro que es una casa abandonada que la estoy arreglando.

    1. Hola Lucía,

      Lamento que estés pasando por esta situación. Si bien yo te recomiendo que no procedas a okupar, pues se considera un hecho delictivo.

      Un saludo, y deseo que la situación mejore.

  33. Hola yo tengo una duda me llegó la carta el día 12 del mes pasado y pone q me dan 30 días para irme lo que la carta pone fecha del día 2 del mes pasado desde cuándo cuenta desde que la recogi o desde el día 2

    1. Hola Virginia,

      Desde el día 2, siempre que sea certificada or por burofax.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  34. Hola he ocupado un piso con mis dos hijos de 2 años, resulta que es de propietario y no reside en la comunidad de Madrid desde hace 10 años, si me denuncia cuanto tiempo tengo para abandonar el piso?? En el Juicio podríamos llegar a un acuerdo.?
    Muchas gracias un blog estupendo!

    1. Hola Antonio,

      Depende de la saturación de los juzgados, pero entorno a 4 meses.

      Un saludo.

  35. Hola buenas tardes, me veo en una situación muy mala hemos estado un año en casa de familiares y amigos con dos niños, y hace una semana compramos una llave de una casa ya que ya no teníamos donde más ir y lo poco que teníamos compramos la llave, aquí no viene nadie pero he buscado la casa en internet y está en venta por varias inmobiliarias, ahora tenemos miedo la casa estaba vacía completamente pero y si es de un particular? Qué debo hacer? Nunca hemos vivido está situación

    1. Hola Sheila,

      Porfavor detallame en que consiste la venta compra de llave, para poder ayudarte.

      Un saludo.

      1. Buenos días !!! Llevo 5 años ocupando una vivienda con niños y de mas y hay un desahucio a nombre del anterior ocupa pero no a mi nombre el lunes es el lanzamiento la denuncia esta puesta del propietario al otro antiguo ocupa pero no a mi qe hago me quedo me voy ayuda urgente

    2. Hola!! Soy propietaria de un piso que tuve que alquilar por necesidad, vive en él una médico jubilada, con el que se fue a vivir su hija y sus nietos cuando dicha hija se divorció. Ahora me comunica que se va del piso por desavenencias con su hija. Qué puedo hacer si se va pero su hija y sus nietos no se van? Sólo está en el contrato la médico. Si rescinde el contrato, debo entender que todos los ocupantes deben irse y podría entrar yo en el piso?

  36. Hola buenas tardes una pregunta estoy en un piso de ocupa en el cual me e empadronado que está embargado pero el propietario aún tiene algo de poder me an citado a un juicio el 2 de mayo cuánto tiempo tengo hasta que sea el lanzamiento contando desde el día 2? Gracias

    1. Hola María,

      Depende de la saturación del juzgado, pero en torno a unos cuatro meses.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  37. Hola,
    ¿Es necesario el pago de una fianza para interponer la demanda de desalojo de los okupas?

    1. Hola María Luisa,

      No sería necesario.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  38. Hola me llamo Rosa hace 4 mese estoy okupando un piso del Banco mi marido mi bebe de dos años yo y mis dos perros me están llegando cartas las primeras dos decían que yo estaba incurriendo un delito de usurpación típico de código penal y que por la sircuntancia requerian formalmente para predeceder al inmediato desalojo del inmueble y que si en el caso de un mes no me he ido que se verán obligados a a emprender acciones judiciales, hoy me llegó otra carta que decia que habian venido pero que yo no.estaba y que me presente en la oficina de la sac penal me puede explicar que puedo hacer y cuanto me.queda aquí me sacaran tan rapido con mi hijito pequeño y mi familia … esta casa es del banco puedo llegar algún acuerdo para pagar un alquiler social o un alquiler o algo no se que hacer me veo en la calle….. porfa espero respuesta ……

    1. Hola Rosa,

      Siento que este pasando por esta situación tan desagradable. Y espero que se solucione pronto.

      En cua to al proceso, si interponen una demanda de desahucio, depende del juzgado pero el tiempo sería entre 4 y 6 meses. Si bien, lo más acertado sería llegar a un acuerdo con el banco para poder iniciar un contrato de arrendamiento.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  39. Hola, recientemente he heredado una vivienda donde vivía mi padre y un sobrino que lleva allí toda la vida.
    A esta persona le he comunicado, tanto verbalmente como a través de un burofax, que tras la firma de aceptación y adjudicación de herencia, soy el único propietario del piso donde el vive y que por motivos personales necesito que desaloje dicha vivienda.
    El burofax se lo envíe hace un mes y en el le pedía que desalojara el piso cómo máximo el día 10 de febrero.
    Todo parece indicar que va a hacer caso omiso y no va a marcharse voluntariamente.
    Me podíais aconsejar que pasos tengo que dar para poder disponer de mi propiedas?
    Por si es de interés, debo decir que yo tengo llaves del piso y por lo tanto puedo acceder a el.

  40. Buenos días.
    Hace 5 meses inicie un tramite de compra de una vivienda del banco, por diversos errores de la documentación en el registro de la propiedad (que ya se están subsanando) se ha demorado hasta ahora la compraventa de la vivienda. Yo fui a ver la vivienda hace meses y de momento lo que tengo desde el mes de agosto es un contrato de arras con el banco y la señal de reserva pagada a espera de poder hacer la compraventa.
    Resulta que hace unos días han entrado ocupas a la vivienda que estoy en tramites de compra, y la verdad estoy preocupado.
    He informado al banco de la situación, pero tengo la duda de si llega el momento de firmar la compraventa y los okupas están todavía dentro ¿que alternativas tengo? ¿podría utilizar el desahucio express?
    Muchas gracias

    1. Hola Javier,

      Si ya tiene conocimiento de esto, debería antes de seguir con la compra instar al banco para que solvente este situación. Entiedo que no lo harán y le daran largas. Llegado el momento que usted ya sea el propietario sí puede utilizar este proceso.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  41. Hola, han ocupado la casa de mi tía que estaba vacía. Hemos denunciado la ocupación y la han citado en el juzgado en cuestión de un mes y pocos días. Tengo que entender que será para poner fecha para el desahucio? Podemos cortar el agua y la luz?

    1. Hola María

      No le recomiendo cortar los suministros pues podría demandarlo por coacciones.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  42. Hola buenas. A ver como explicarme (no se hablar muy bien español). Vivo en un piso de aproximadamente 3 años. He pagado el alquiler hasta ace 7 meses. He dejado de pagar porque ha venido un hombre del banco y me ha dicho que no tengo que pagar mas el alquiler al dueño (porque se lo ha llevado el banco) si no al banco pero eso va a durar. Hasta en dia de hoy que me han llamado y me han dicho que se han equivocado del numero del piso y que tengo que firmar un papel para dejar claro cual es el numero de piso a donde vivo. Ahora viene mi pregunta… Si no voy a firmar nada y pagar nada que me puede pasar? Enzima me pide mucho dinero de alquiler. Pienso mudarme pero aun no tengo un contrato bueno para alquilar un piso nuevo. Nececito un poco de tiempo para arreglar todo. Gracias

    1. Hola Redid,

      Entiendo que dejo de pagar cuando el piso pasó a manos del banco. En este caso dejó de cumplir con sus obligaciones y por lo tanto podrían desahuciarle.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  43. Buenas tardes, agradezco mucho si me pudieran confirmar si el plazo de un año desde perturbación o despojo es aplicable también al nuevo proceso judicial de desahucio exprés, de modo que la demanda deba presentarse antes de transcurrido el año desde el despojo. Muchísimas gracias. A su disposición para lo que pueda ser de ayuda.

    1. Hola Mónica,

      No opera la interrupción de un año a contar desde el acto de la perturbación o el despojo en la posesión.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  44. Y que ocurre con los enseres que hay en la vivienda si se los roban o los rompen?.
    Y que ocurre si un propietario presenta una denuncia express contra un inquilino para poderlo echar? tocan en mi vivienda, por casualidad no me encuentro, y cuelgan la notificacion en el juzgado? Ni que yo me pasara por los juzgados todos los días…

    1. Hol Antonio,

      Normalmente dejan una notificación en la vivienda. Pero sí, la normativa es esa.

      Si dañan los bienes de la vivienda podrá pedirle la indemnización por lo causado.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  45. Tengo vecinos okupas. Las casas son del mismo banco donde compre mi casa. Les informo sobre el tema y siento que me dan largas.
    Como puedo actuar particularmente?

    1. Hola Rocío,

      Cualquier vecino puede puede denunciar una ocupación. Si bien es difícil que prospere.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  46. Hola. Estoy viviendo en un ñiso hace 4 años. Pero hace 2 años q tengo nuevo contrato y lo tengo para 5 años. El piso ha sido embargado y desde entonces no pago el alquiler a nadie pq no habia nadie a quien pagarlo. Me ha llegado la carta de juzgado q tengo q ir presntar el contrato y recibos pero el hombre q funciono como una imobiliaria me ha dicho q no voy yo ñero q ira el con su abogado pues no fui y el en final tampoco. Pues luego me ha llegado la carta de juzgado q por no presentar este contrato ya no tengo derecho permanecer en el piso. El piso han comprado en la subasta y una parte es del banco y otra de una empresa. Ahora despues de unos meses se han contactado conmigo pa ofrecerme seguir alquilando piso con nuevo contrato. Pero lo q pasa es q piden contrato de trabajo y yo no trabajo aunque tengo ingresos de mi pais pero no demonstrables osea supongo q no me lo van a alquilar. Mi preguntas son:Por si acaso si me lo alquilan, me ñueden pedir q les pagara la fianza aunqje he pagado al anterior y no me la ha devuelto? Segunda pregunta es:Si no van a quierer alquilarmelo es alguna cosa q puedo hacer para quedarme aqui? Y la tercera prwgunta es: Si me van a quierer desalojar de aqui pues masomenos cuanto tiempo puede tardar hasta q lo consiguen? Gracias y saludos

    1. Hola Lily,

      Entiendo que pueden palnatar una demanda de desahucio por precario contra usted. Que puede tardar entre 8 y 12 meses.

      En cuanto a la fianza si deciden alquilaserlo podrán pedirle una nueva fianza, pues ha estado dos años sin pagar.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  47. Buenos dias,nuedtro cado és mezcla de prooietarios particulares y banco,somos 3 hermanos que recibimos por herencia 4 pisos en un bloque de 23,5 son de otro propietario particular y el resto del banco hace 1mes han entrado ocupas.mi pregunta és que pasa en estos casos?el banco pone denuncia penal y los propietarios civil,com lo que los tiempos som muu diferentes, hay alguna opcion para que la demanda del banco habiendo particulares tambien se acelere? Nos encontramos que cuando desalojan inocde los pisos lo vuelven a ocupar de immediato por lo que desalojar los particulares no nos sirve de nada si no desalojan todo a la vez.las personas ocupantes son delincuentes fichados y han montado ahi su cuartel general,tienen una mafia montada dentro,no nos dejan entrar ni en las zonas comunes.

    1. Hola Gloria,

      Para evitar lo que comentas lo mejor sería interponer una demanda de desahucio contra los okupas desconocidos por todos los propietarios. Si bien en el nuevo procedimiento no podrán servirse de las ventajas de la nueva normativa.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  48. Buenas tardes,
    Muchas gracias de antemano por la información que nos proporciona.
    El pasado mes de agosto firmé un contrato de arrendamiento con una señora que era inquilina del piso que me arrendaba. En el contrato ponía que tenía capacidad legal para realizarlo. A finales de octubre empecé a comunicarle mi intención de renovar el contrato por un plazo similar (tres meses), no recibí respuesta por parte de ella, hasta que la semana pasada me envió un contrato en el que me renovaba por un mes, le comuniqué que no era lo pactado y que necesitaría más tiempo para encontrar una vivienda.
    Hoy he recibido una llamada de un señor que dice ser el propietario amenazándome de desahucio el día 30 de noviembre porque me informa que el contrato de arrenamiento que tiene mi arrendadora no le permite subarrendar la vivienda.
    Le he dicho que no tengo contrato con él, y que en todo caso este problema debe solucionarlo con su arrendataria. Yo por mi parte, tendré que arreglar mi situación con mi arrendadora.
    En estos momentos no sé qué hacer, no sé si podré verme en la calle la semana que viene sin que yo haya hecho nada, pues he pagado todos los meses mi alquiler antes del día 5 con transferencia bancaria.
    ¿Qué me aconsejan hacer? El propietario no quiere escucharme y solo me ha amenazado por teléfono con desahuciarme en una semana.

    1. Hola Ana,

      El contrato de subarriendo que es el suyo, termina cuando lo hace el principal. Entiendo que el contrato de arrendamiento principal ha terminado por incumplimiento del mismo, y por lo tanto también el suyo.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  49. Ola, ace 11 meses k estoy ocupando un piso de bankia. bibo km mis 4 ijos. Aora la comunidad me a puesto una denuncia por actibidades peligrosas e insaluvre hunida a la k ya tengo del banco. tanvien devo 2000€ a naturgy por la luz k la contrate por no tener k enganchrme a naide. La comunidad puede hecharme por acer obras en mi kasa y ponerme el gas natural? puedo denunciar yo a la comunidad por kerer hecharme a mí y amis ijos? kuanto puede tardar para k me hechen?

    1. Hola Yanira,

      Si usted fuera la propietaria de la vivenda y la comunidad hubiera actuado así podría ser condenada en costas, pero entiendo que también la ha denunciado por ocupación de la vivenda.

      El proceso de desaúco puede tardar entre cuatro y seis meses.

      Si bien te recomiendo que intentes llegar a un acuerdo para un alquiler social con el banco.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  50. Hola , estoy pensando comprarme un piso del banco que nos indican que tiene okupas
    Cuanto tiempo se tardaria en echarlos ? es seguro que se vayan ? se podria hacer por esta via express?

    1. Hola Gumma.

      Las primeras demandas que se están poniendo bajo la modalidad del nuevo desahucio express en la situación que comentas (no te han okupado la vivienda sino que ya estaban okupadas antes de comprarla) no las están admitiendo. Es decir, las están admitiendo como demandas de desahucio normales, pero no se pueden acoger a la ventaja del desalojo inmediato (que por otra parte te digo que no es tan inmediato). Así que en el caso que comentas el proceso puede durar unos 5-6- meses.

  51. Hola soy Juan. Mis tíos tienen una vivienda en propiedad pero fallecieron y los dos herederos viven y trabajan en londres desde hace muchos años. Se an metido un okupa con la familia pero todavía no viven están arreglando la vivienda y dicen que como se están gastando dinero en arreglarla no los mueven ni dios mis primas quieren recuperarla para vivir en un futuro no lejanos ¿que pueden hacer yo le e ofrecido mi ayuda ya me dirás

    1. Hola Juan.

      En el caso que comentas los que pueden pedir la recuperación de la vivienda son tus tíos, que son los propietarios.

  52. Hola,
    me preguntaba si os consta de algún desahucio que se haya realizado por la aplicación de la «ley antiokupa» de la que hablais.
    Por saber si en la práctica la cosa se reduce como cabía esperar.

    Saludos

    1. Hola Paco.

      Hace unos días me ha llegado una sentencia que da por finalizado el preceso que puse bajo esta nueva modalidad (nuevo desahucio express contra okupas).

      Puse la demanda el 1 de septiembre y el proceso ha terminado ahora, a principios de noviembre.

      Sin embargo, ahora tiene que ser firme la sentencia y deben poner fecha de lanzamiento, es decir que hasta mediados de enero no habrá lanzamiento.

      También comentarte que no se trataba de una okupación sino que era una persona que fue propietaria de la vivienda y por impagar cuotas hipotecarias el banco embargó la vivienda y mi cliente terminó comprándola.

      Puse la demanda bajo la nueva modalidad a sabiendas de que a lo mejor el juez no le daba encaje.

      Al final el juez dijo que no había lugar a pedir el lanzamiento inmediato (que es la esencia de este proceso) precisamente porque no había okupación, sino que al comprar mi cliente la vivienda ya estaba con gente dentro).

      Así que al final se ha convertido en un proceso por precario, pero hemos tenido suerte de que se ha tramitado muy rápido.

      Espero que esta respuesta te aclare un poco tu pregunta.

      Saludos.

  53. Hola estoy de ocupa desde hace 2 mese la vivienda tiene propietario cuanto tiempo tardaría en venirme el desahucio?… Me darían algún tiempo de margen?..y si la dueña/o te dice que te va hacer un contrato y te pide los datos y resulta que es mentira puedo hacer yo algo en contra de eso?

    1. Hola Carmen,

      El proceso de desahucio puede tardar unos cuatro meses, depende del trabajo que tenga el juzgado que lo trámite.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  54. Buenas tardes, entré en una vivienda de Okupa, una vivienda que era de una promotora y que está en quiebra, no es de ningún titular en activo, unos vecinos nos han denunciado por el simple hecho de okuparla no molestando a nadie, ni teniendo nada que ver como la mayoría de okupas.. el resto de vecinos están encantados con nosotros, incluso dicen que lo prefieren, pero esta información imagino es indiferente.
    La cuestión es que hace unos días vinieron dos agentes de policía de paisanos a identificarnos, me identifique voluntariamente en la vivienda, le di mi dni y mis datos.. la cuestión, pueden deshauciarme si el denunciante es un vecino? y ademas estando la casa al nombre de una promotora en quiebra que ni siquiera ha sido la denunciante.. o es imposible el desahucio sino es el propietario o la entiedad el que denuncia? Agradezco por favor me digan, es en Málaga, y si el proceso de desahucio no se evita así, cuanto tiempo suele tardar? GRACIAS.

    1. Hola Ahinoa,

      Los vecinos pueden interponer una demanda de desahucio. Si el proceso siguiese adelante puede tardar unos cuatro meses, depende de la densidad de trabajo del juzgado donde de trámite.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  55. buenos días
    Estoy esperando fecha para el lanzamiento de mi vivienda, mi inquilina solicitó asistencia gratuita y llevo más de un año con el proceso.
    Mi pregunta es la siguiente, si en el momento del lanzamiento hay otra persona dentro de la vivienda, la desalojarán o tengo que empezar otro procedimiento?
    Saludos

    1. Hola Manuel.

      Normalmente la desalojarán, excepto que aporte título para vivir en la vivienda (cosa que no podrá hacer porque carece de dicho título).

  56. Buenas tardes,

    Agradecería cualquier indicación respecto a la situación siguiente:

    ¿En el caso que en una vivienda conviva una familia y uno de ellos invite -a la vivienda familiar- a un tercero a pasar unos días y luego esta persona no quiera irse, que procedimiento hay que seguir? El del art. artículo 250.1.4º, II LEC; el del art. 250.1.2º LEC o el del art. 250.1.4º LEC.

    Entiendo que el «invitado» está en situación de precario. ¿Eso implica que no pueda usarse el procedimiento del art. 250.1.4º, II LEC? ¿Debería usarse entonces el procedimiento del art. 250.1.2º LEC o el del art. 250.1.7º LEC.?

    1. Hola Ramón.

      Con la ley en la mano habría que aplicar el precario, pero estoy convencido que para todas las situaciones de okupación se va a terminar empleando el 250.1.4º.II LEC, por sentido común.

  57. Buenas tardes,

    Agradecería cualquier indicación respecto a la situación siguiente:

    ¿En el caso que en una vivienda conviva una familia y uno de ellos invite -a la vivienda familiar- a un tercero a pasar unos días y luego esta persona no quiera irse, que procedimiento hay que seguir? El del art. artículo 250.1.4º, II LEC; el del art. 250.1.2º LEC o el del art. 250.1.4º LEC.

    Entiendo que el «invitado» está en situación de precario. ¿Eso implica que no pueda usarse el procedimiento del art. 250.1.4º, II LEC? ¿Debería usarse entonces el procedimiento del art. 250.1.2º LEC o el del art. 250.1.7º LEC.?

    Gracias de antemano,

    1. Hola Ramon,

      Siguiendo la línea del Tribunal Supremo, entiendo que sería una situación de Precario, por tanto sería el 250.1.2 de la LEC.

      Un saludo, espero habre sido de ayuda.

    2. Buenas estoy pensando entra en una casa y tengo las llaves la casa es una herencia que está en venta y está desabilitada de hace 2 o 3 años no tiene ni agua ni luz y han kitado ambos contadores no viene nadie a verla por dentro de la vivienda no hay ni un tipo de documento de los dueños está vacía un saludo

  58. Hola hace 3 años que okupe un piso de sareb y tengo dos hijos pequeños,tuve juizio y salio absuelta y yo misma me puse en contacto con el banco pa explicarle la situación etc me llamo una chica me cojio datos me pregunto cuando estaria dispuesta a pagar le dije cuanto antes para poder estar tranquila me dijo que mandaria los datos a un chico de Barcelona para poder tramitar alquiler social y estoi esperando aun desde abril 2018 cuanto tarda eso?aun tienen que pedirme l documentacion ha entregar y todo,cuanto suele trdar

    1. Hola Jan,

      Siento no poder ayudarte, pero desconozco como trabaja esa empresa. Te recomendaría que volvieras a insistir.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

    2. Hola,Ami me pasó lo mismo,yevo 3 años de okupas en una casa de sareb,vino una chica q era una mediadora,me pidió un montón de papeles y alfinal no me a arreglado nada,hace unos días me tengo una carta q me denuncia por usurpación,y dentro de poco tengo un juicio,nosé loq tengo q hacer,

  59. Hola buenas tardes, me llamo justo y quiero saber, llevo en el próximo mes de febrero cinco años de inquilino y la finca por lo visto lleva dos o tres años embargada, ahora viene un un comprador y quiere que me vaya, que puedo hacer, gracias

    1. Hola Justo,

      Que la finca este embargado no afecta al arrendamiento, pero la cosa cambia cuando es adjudicada a tercero, en este caso el contrato de arrendamiento finalizaría salvo que el contrato esté inscrito en el Registro de Propiedad.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  60. Buenas, tengo un piso ocupado y inmerso en tramite judicial ya cerca de los 4 años. Recientemente he visto a estás personas sacar sus cosas y hablado con ellos manifestaban que recogerán unas pertenencias que les quedaban y nos avisarán.La sorpresa es que les han dado las llaves a otra pareja con niños y entrevistados con ellos ,se niegan a marcharse….esto es un cachondeo…que puedo hacer para recuperar mi vivienda sin grandes demoras y dentro de la legalidad. Gracias y un saludo

    1. Hola Manuel,

      Si estas inmerso en un proceso judicial, debes esperar que este se resuelva, no queda otra.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  61. Estimado Eduardo,
    ¿Se puede presentar para interponer la demanda una nota simple como título de la propiedad? Si tengo que pedir copia autorizada pierdo unos días…
    Gracias y recibe un cordial saludo.

    1. Hola Daniel.

      Es preferible una mayor prueba.

      Por ejemplo, desde la web de Registradores puedes pedir una certificación de dominio, que tiene mucha mayor carga probatoria.

  62. Buenos días:

    En abril compré un piso de banco en una finca donde viven okupas gitanos de los conflictivos (están allí huyendo de otro sitio donde mataron a un chico). Se quieren hacer con el bloque y no respetan nada, ni instalaciones, ni horarios de sueño, ni nada y ahora por la noche se dedican a picar a los timbres para ver si hay alguien y a la que no haya nadie ocupar. La policía local ya no viene porqué tienen miedo de esta gentuza y estamos solos ante el peligro. He hablado con el banco y me dijeron esto:

    «Distinguido cliente,

    Nos complace ponernos en contacto con usted, para informarle que su consulta/petición , con nº de seguimiento 2049659 ha sido solventada y se ha dado la siguiente resolución:

    Se interpuso demanda para el desahucio de los ocupantes ilegales con fecha 14/09/2017, fue admitida a trámite el 19/10/2017 y la sentencia se notificó el 23 de marzo 2018. Se está a la espera de ejecución de la sentencia. Por desgracia, no se puede hacer nada para acelerar los tiempos judiciales. Un saludo».

    ¿Es normal que aun no se haya ejecutado la sentencia? ¿Cuánto tiempo de media se tarda en ejecutar una sentencia así?
    Mientras tanto, ¿cómo podemos evitar los vecinos que ocupen más pisos?

    Muchas gracias.

    Un saludo,

    1. Hola Silvia,

      Normalmente este plazo depende de la saturación del juzgado.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  63. Hola mi problema es que llevo en una casa 3 meses donde es un edificio entero de ocupas pero tiene dueño y ayer yo no estaba en casa estaba mi marido y llego la dueña con su abogada para comunicarme que me tenia que ir que ese piso tenia dueño…mi pregunta es cuanto tiempo tengo para desalojar la casa? Puede venir de un dia para otro y decirme que me vaya?

    1. Hola Noemi,

      Entiendo que el tiempo hasta que se produce el desalojo una vez interpuesta la demanda es de 3 o 4 meses,

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  64. Buenas noches, en primer lugar felicitarles por la informacion tan clara que ofrecen.
    Mi consulta rapida, una sociedad tiene que vender un hostal ( por necesidad ) dentro se pone a vivir un socio minoritario, sin permiso, se puede pedir el desahucio expres para hechar a este ocupa ilegal ??
    Muchisimas gracias por la respuesta.

    1. Hola Pedro.

      El proceso es muy novedoso y aún se tienen que dictar sentencias que vayan marcando la linea a seguir.

      Pero me temo que ante tu pregunta no se podrá aplicar el nuevo desahucio express contra okupas, ya que el ocupante en este caso no es un tercero ajeno.
      Más bien habría que pedir el desahucio por la vía del desahucio por precario (250.1.2º LEC).

  65. Hola yo estoy ocupando una casa ha e 4 años y el dueño me la dejo ahora me ha llegado una carta del juzgado por precario que dicho dueño pide la vivienda yo tenia derecho a justicia como así lo he hecho…me acojo al desahucio exprés la carta me llegó en junio.. Muchas gracias

    1. Hola Elena.

      Si te prestó la casa no eres ocupa, sino precarista.

      Por tanto, el propietario si quiere recuperar la casa tendrá que poner demanda por precario, no acogiéndose al nuevo desahucio express.

  66. He comprado un piso a través de la cesión de un embargo. El piso supuestamente estaba alquilado al que se lo han embargado,antes de la compra me puse en contacto con este señor y me decía que hablaría conmigo cuando tuviera los papeles del piso, ahora que los tengo me intento poner en contacto con el, le digo que soy el nuevo propietario y que tenemos que hablar y no hay manera.
    Lo puedo considerar como okupa y aplicar la nueva ley ??? Si no es así como puedo proceder ???

    1. Hola Jose Juian,

      Entiendo que si es alquilado debe tener un contrato de arrendamiento, y por lo tanto no es Okupa. Parece sabías del contrato de arrendamiento y por lo tanto tendrías que respetarlo, si bien siempre puede comunicarte por burofax con él, pues aunque no quiera recibirlo se entenderá por entregado. Si deja de pagar la renta o algun suministro, entonces podrás entablar una demanda de desahucio. También una vez llegado el vencimiento del contrato puedes comunicarle tu intención de no seguir con el arrendamiento, pero recuerda hacerlo con 30 días de antelación.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  67. Hola, se ha presentado una denuncia por delito leve de usurpación y tras la vista que no ha podido celebrarse por no poder notificar al denunciado, se ha fijado fecha para que se celebré nuevamente en un par de meses. Es necesario también presentar la demanda para el desahucio exprés o como se debería actuar? Gracias

    1. Hola Gra,

      Solo tienes que esperar que se celebre la vita, y allí decidirá el órgano judicial.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  68. ¿Como es posible que en este país no se respete la propiedad? Cualquiera puede meterse por la fuerza en tu casa y dejarte en la calle impunemente. El propietario tiene que gastarse el dinero y el tiempo en demostrar que su propiedad es efectivamente suya. Es absolutamente demencial. No creo que ocurra en otro país del mundo.

    1. Hola Francisco.

      Esta ley será un gran avance, aunque va a seguir habiendo problemas en las notificaciones. Al final el proceso durará 3-4 meses mínimo.

      Pero es un avance de gigante respecto a los 12-18 meses que se tardaba hasta ahora.

      No obstante, te doy la razón en que debería ser aún menos tiempo, pero nos topamos con la falta de recursos de la administración y con un sistema muy burocratizado.

  69. Hola, soy okupa de un piso de un banco, me dejaron una carta del juzgado el 15 junio 2018 k tenia que salir el 20 de julio 2018 y k seria por la forza, pk vendría los mossos, esa ley es para pisos de bancos también? Me pieden echar tan rapido? Es asi el procedimiento de desahucios??

    1. Hola Giovanna.

      La notificación que has recibido es, seguramente, la parte final de un proceso de desahucio que se inició hace meses. Por tanto, no es que el nuevo desahucio express sea tan rápido, sino que te han notificado que vas a ser desahuciada después de que ya haya terminado un proceso de desahucio que iniciaría el banco hace meses.

      1. Entonces ahora no se puede hacer nada mas? ha sido todo muy rapido, y la carta no viene a mi nombre, viene a nombre de otra persona, no tenía que identificarme antes?

      2. Gracias Eduardo por tu atencion, al final he conseguido el telefone del abogado del banco, expuesto mi problema y aguardo respuesta
        Un saludo

  70. pero entonces si compras una casa con okupas dentro no eres banco ni fondos buitre si la compras para vivir no eres particular

    1. No se presupone que el que consintió fue el banco y el paricular si no consiente tiene derecho a que se le aplique la nueva norma?

  71. Y si es un arrendatario que ha metido a otra persona a vivir con ella que no figura en el contrato, y se le ha terminado el contrato de alquiler, se debe demandar contra uno, ambos o quę se hace? Gracias

  72. Y en el caso de un inquilino al que se le ha terminado el contrato pero sigue luego sin irse aunque se le haya notificado por burofax?

    1. Hola Isabel.

      En ese caso habría que poner demanda de desahucio por expiración de plazo, es decir, no serviría el nuevo proceso sino que habría que aplicar el que se aplica contra los inquilinos.

    1. Hola María.

      En ese caso no podrá acudirse a la nueva norma, pues el propietario nuevo no podrá alegar que se han metido en su casa sin consentimiento (ya que la compra es posterior a esa posible falta de consentimiento).

      Por tanto, el nuevo propietario tendrá que pedir la recuperación de la vivienda pero no por la vía nueva (250.1.2ºbis LEC) sino por el proceso establecido en el artículo 250.7º LEC o por el 250.4º LEC), o sea, que el proceso no será tan rápido en el caso que planteas.

      1. Estimado Eduardo,
        Ante todo, felicitarte por tu exquisito blog y atención que ofreces al público en general y compañeros de la materia.
        En relación a esta cuestión, tengo intención de interponer una demanda ante una vivienda adquirida por el nuevo propietario, ocupada ilegalmente con anterioridad a su adquisición, cuando era propiedad del banco.
        En mi opinión, salvo mejor criterio, se solicita el procedimiento exprés (y no seguirá el procedimiento standard) a tenor del art. 250.1.4.º «Las que pretendan la tutela sumaria de la tenencia o de la posesión de una cosa o derecho por quien haya sido despojado de ellas o perturbado en su disfrute.
        Podrán pedir la inmediata recuperación de la plena posesión de una vivienda o parte de ella, siempre que se hayan visto privados de ella sin su consentimiento, la persona física que sea propietaria…».
        El demandante cumple en este caso el requisito formal de ser persona física, y verse perturbado del disfrute de la vivienda, que en este caso sí se da (no resulta despojado de la posesión pero sí perturbado de ella, desde el momento en que pretende tomar posesión de la vivienda y no puede).
        Creo que con justo título el demandante puede ejercitar la acción de desahucio exprés al cumplir todos los requisitos.
        Eduardo, me interesa conocer tus argumentos si opinas lo contrario, ya que si un particular (persona física) compra una vivienda de banco, se encuentra impedido y, por tanto, perturbado de la posesión pese a una previa okupación ilegal. Entiendo que la demanda interpuesta por persona física no puede ser derivada al procedimiento standard.
        Gracias y recibe un cordial saludo.

        1. Hola Daniel.

          Estoy de acuerdo con tu interpretación.

          Puede que inicialmente haya dudas, pero al igual que las okupaciones se han terminado resolviendo mediante el precario (que inicialmente no era el proceso indicado para ello), pienso que las okupaciones anteriores a la compra se terminarán resolviendo por el nuevo 250.1.4º.

    2. Hola quetal juan dice soy okupa de una vivienda de banco. Yebando 2 años okupandola y esprando el lanzamiento.vino un chico mandado por una impresa de madrid. Diciendo que tengo que dejar la vivienda porque lancomprao.y sino meboy que se pondra ala altura que este el proseso del banco y pidira el desaucio. Pero yo fui al juzgado imedijeron que el banco acanselao el proceso y que ya esta archibao el lanzamiento. Mipregunta es el nuevo propetario mepuede demandar por de saucio expres..muchimas gracias.saludos.

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