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IGC (Índice de garantía de competitividad)

El IGC en el alquiler (Índice de Garantía de la Competitividad)

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El IGC en el alquiler se aplicará cuando el inquilino y el arrendador hayan pactado en el contrato que la renta se va a actualizar en base al IGC o cuando hayan pactado que se actualizará aplicando algún índice pero sin especificar cuál o siendo la cláusula de difícil aplicación.

El Índice de Garantía de la Competitividad es una alternativa al tradicional IPC (que no desaparece) para servir como referencia a determinados servicios y productos a la hora de actualizar los precios.

El IPC

Históricamente el IPC español ha sido superior al de la eurozona, y ello debido, entre otros factores, al incremento de precios en “segunda ronda”. Esto nos hacía perder competitividad respecto al resto de Europa.

Esta “segunda ronda” significa que hasta ahora determinados precios se incrementaban (en nuestro caso, la renta de los alquileres) en base al IPC, que es un Índice que subía o bajaba en función a las subidas o bajadas de los precios de unos concretos servicios y productos (gasolinas, alimentos, textil, etc).

Esto provocaba que al subir el IPC automáticamente subieran proporcionalmente las rentas de los alquileres y el de todos los productos y servicios ligados al IPC. Las subidas del IPC “tiraban hacia arriba” del precio de casi todos los demás productos y servicios (las rentas del alquiler, entre otras), y no existía un tope máximo.

Por lo tanto, el IPC hacía que los precios de muchos servicios y productos asociados al IPC subieran más de lo que lo hacían los precios de la “zona euro”, que aunque usaba el IPC no basa las subidas de precios principalmente en este Índice, lo que suponía una pérdida de competitividad de la economía española.

El IGC

Todo esto hacía, como digo, que la economía española perdiera competitividad.

Por este motivo, la Ley 2/2015 de desindexación de la Economía Española pretende establecer el IGC como Índice de referencia para los incrementos de precios, y dejar el IPC como una alternativa subsidiaria.

Poniendo como ejemplo las rentas de los alquileres, el nuevo artículo 18 de la ley de arrendamientos urbanos (ha sido añadido precisamente por la Disposición Final Primera de la ley 2/2015) establece que cuando las partes pacten que la renta se actualizará en base a un sistemas de Índices, pero no se establezca cuál será ese Índice, en ese caso se aplicará el IGC).

Para lograr que el IGC sea mucho más estable que el “volátil” IPC, lo que ha hecho el gobierno es establecer unos factores correctores, tales como:

  1. Tope máximo y mínimo: el IGC tendrá un tope máximo del 2% y un “suelo” del 0%, por lo que no cabrá la actualización a la baja de la renta del alquiler si las partes han sometido las actualizaciones de la renta al IGC. Este es uno de los elementos que impedirá que los precios (la inflación) se disparen hacia arriba.
  2. Basado en IPC de la “zona euro”: otros de los factores que impedirán que la inflación se dispare es que a partir de ahora el IGC va a tomar como base los datos del IPC de la zona euro que es, como he indicado, más bajo que el que tradicionalmente hemos tenido en España.
  3. Factor corrector histórico: además de estar basado en el IPC de la zona euro, se aplicará un factor corrector (reductor), es decir, se restará un porcentaje correspondiente a la pérdida de competitividad de la economía española acumulada desde 1999.

Finalmente, según indica la propia Ley 2/2015, será el Instituto Nacional de Estadística el que, mensualmente, nos facilite el índice de variación del IGC. Y por supuesto se podrá seguir consultando en la web del INE tal y como se hacía hasta ahora con el IPC.

Como curiosidad, el primer índice que se publicó del IGC (de enero de 2014 a enero de 2015) es del -3,37%.

Si quieres conocer cuales son los métodos actualmente vigentes para actualizar la renta del alquiler, dependiendo de la fecha de celebración del contrato de arrendamiento, te invito a leer el post Cómo se actualiza la renta en el alquiler de vivienda.

No olvides que en nuestra sección Archivo Documental encontrarás multitud de contratos y modelos listos para que los utilices.

2 comentarios en “El IGC en el alquiler (Índice de Garantía de la Competitividad)

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