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Todo sobre arrendamientos y desahucios

El inquilino se ha ido sin devolver las llaves

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Son muchas, muchísimas, las ocasiones en que tenemos que intervenir a causa de que el arrendatario o inquilino decide dar por terminado el contrato “a su manera”, sin devolver las llaves o sin firmar el correspondiente documento de resolución de contrato. De hecho, en materia de arrendamientos urbanos, después de las demandas de desahucio por impago de rentas, la no devolución de las llaves es la otra causa (la segunda) en volumen de trabajo.

Por lo general tanto el arrendador como el arrendatario ponen mucho celo en que el contrato de arrendamiento manifieste los derechos y obligaciones de las partes de la mejor forma posible. Parece que está grabado en el ADN de todos nosotros que al entrar a vivir a una vivienda de alquiler hay que firmar un contrato de arrendamiento. Y desde luego es una buena decisión.

Sin embargo, no ocurre lo mismo a la hora de finalizar el contrato.

En algunas ocasiones es el inquilino el que no quiere firmar el documento de resolución de contrato por diferentes motivos.

En otras ocasiones son ambas partes (aquellas que se afanaban por firmar el contrato de arrendamiento) las que deciden dar terminado el contrato de palabra y listo!!!.

En resumen, me refiero a lo estrictos que nos ponemos a la hora de firmar el contrato y la ligereza que existe a la hora de plasmar por escrito la finalización del mismo.

Bueno, dicho esto…vamos a entrar en materia.

Desahucio express

El arrendatario se va sin entregar las llaves

Las circunstancias pueden ser diversas. Nos podemos encontrar ante varias situaciones, todas con el denominador común de que el arrendador se queda sin las llaves:

  • El inquilino desaparece sin dejar ni rastro.
  • El inquilino acude a la cita con el arrendador, rinden cuentas, pero se niega a firmar el documento de resolución de contrato, aunque entrega las llaves.
  • Lo mismo que en el caso anterior pero ni siquiera entrega las llaves.

Ante esta situación hay respuestas para todos los gustos, pero a mi me toca dar la respuesta desde el punto de vista jurídico, para evitar problemas posteriores.

Esto es como jugar a la lotería, pero en este caso a la inversa. Me explico…

Hay mucha gente que en estos casos recomienda al arrendador entrar en la vivienda, cambiar la cerradura y volver a alquilar la vivienda o utilizarla para habitarla él mismo. ¿En base a qué?. Pues unas veces en base a la falta de conocimientos jurídicos y otras veces en base a que es muy difícil que el inquilino demande al arrendador por allanamiento de morada, sobre todo en determinadas situaciones, como cuando el inquilino se ha ido a otra ciudad, al extranjero, etc.

La respuesta jurídica

Desde el punto de vista jurídico, y esta es la explicación a por qué no debe el arrendador entrar a la vivienda arrendada en estos casos de no devolución de la llave, el contrato de arrendamiento es sólo el instrumento (un papel) en el que se plasma una intención de ambas partes de alquilar un inmueble, pero el alquiler en sí mismo se manifiesta por el traspaso de la posesión del inmueble desde el arrendador al inquilino.

¿Qué quiere decir esto?

Pues que la posesión es lo realmente importante, pues el contrato puede incluso ser verbal (no existir papel).

Cuando dos partes deciden dar y tomar un inmueble en arrendamiento, hacen un contrato de arrendamiento (verbal o, por lo general, escrito) que regula esa situación de arrendamiento, pero lo esencial es que se traslada la posesión del arrendador al inquilino.

De este modo, el inquilino es el poseedor de la vivienda, y el arrendador es, ya no el poseedor, sino sólo el propietario. Esto es así desde el punto de vista jurídico, y cada arrendador debería tener esto muy presente a la hora de alquilar. Al alquilar se pierde la posesión!!!.

El arrendador o propietario es el dueño, pero una vez que cede la posesión del inmueble a otra persona (en este caso cede la posesión en arrendamiento), el arrendador pierde la posibilidad de poseer esa vivienda hasta que el inquilino le devuelva la posesión de nuevo.

¿Y cómo le devuelve la posesión de nuevo al arrendador?.

Pues de la misma forma que la tomó. Firmando un documento de finalización de contrato en el que manifieste que se devuelve al arrendador la posesión y se manifiesta que se entregan las llaves.

Y si esto no ocurre así, la posesión sigue siendo del inquilino.

Esto quiere decir que si el inquilino no firma el documento de resolución de contrato y no devuelve las llaves, o las deja en cualquier lugar, la posesión sigue estando en poder del inquilino y se seguirán devengando rentas de alquiler hasta que la posesión vuelva a manos del arrendador.

¿Y cuándo vuelve la posesión a manos del arrendador?.

Pues ya hemos llegado al quid de la cuestión.

Si inquilino y arrendador no firman el documento de resolución de contrato y entrega de llaves y, por tanto, no devuelve la posesión de la vivienda al arrendador, será un juez el que tenga que ordenar que le sea devuelta la posesión al arrendador, y para ello previamente tendrá que interponer el arrendador una demanda de resolución de contrato.

De este modo el arrendador podrá recuperar la posesión de la vivienda con toda la tranquilidad que le ofrece que sea un juez quien haya dicho que la posesión es suya, ya que recuperar la posesión de otra forma puede acarrear problemas al arrendador que, literalmente, pueden quitarle el sueño.

¿Cuáles son las consecuencias de tomar la posesión sin orden del juez?.

Como he dicho anteriormente, la posesión es del inquilino hasta que no se la devuelva voluntariamente al arrendador.

Si el arrendador, en vista de que el inquilino no le devuelve las llaves, decide tomarse la justicia por su mano y tomar posesión de la vivienda sin pasar antes por el juzgado, corre el riesgo (por eso decía al principio lo de que es como la lotería pero a la inversa) de que el inquilino le denuncie por allanamiento de morada, además de que le acuse de haberse apropiado de bienes que podrían existir en la vivienda, dinero, etc.

De hecho, ésta es una forma de extorsión por parte de inquilinos. Estos deciden dar por finalizado un contrato de arrendamiento sin firmar documento alguno y el arrendador entra en su vivienda sin tener la posesión (no la tiene por escrito). Y a continuación el inquilino, que se ha servido de pruebas de que el arrendador ha entrado en la vivienda, le exige cierta cantidad de dinero a cambio de no denunciarle por allanamiento de morada.

Y recuerdo que el allanamiento de morada es un delito castigado por el artículo 202 del Código Penal con pena de prisión de 6 meses a 4 años. Por lo que la cosa es seria.

Puedes ver las consecuencias que para el arrendador puede tener entrar en la vivienda en estas circunstancias en el post Qué pasa si el arrendador entra en mi casa sin permiso.

En resumen

Pues bien, todo lo anteriormente mencionado se soluciona de la siguiente forma…

  1. El arrendador que se encuentre en esta situación debe, para no encontrarse con problemas, recuperar la posesión de la forma que he expuesto, es decir, pidiendo que sea un juez el que ordene que le sea devuelta la posesión del inmueble.
  2. Una vez que haya pasado el tiempo y definitivamente recupere la posesión del inmueble (y tras el susto de ver en qué estado está), conviene, y lo repetiré hasta la saciedad, alquilar de nuevo pero con garantías. Pero con garantías “buenas”. De nada sirve pedir la nómina al inquilino. Seamos realistas. Una nómina no garantiza nada. Es una simple venda en los ojos que el arrendador quiere ponerse para alquilar su vivienda rápido. Alquilar una vivienda o un local es ceder la posesión de un inmueble, y eso es una cosa muy seria. Y ello requiere alquilar con verdaderas garantías. Y en mi opinión, las mejores garantías son el depósito, el aval bancario y el seguro de impago de alquiler. Si no puedes acceder a las dos primeras por el coste económico que le suponen al inquilino, te invito a conocer de cerca el seguro de impago de alquiler en mi post El seguro de impago de alquiler analizado a fondo. Cuesta dinero, si…, pero evita muchos problemas, muchos muchos!!!, de los que uno sólo se da cuenta cuando se ha encontrado envuelto en una de estas historias de desahucios, resoluciones de contratos, meses de espera, …

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No olvides que en nuestra sección Archivo Documental encontrarás multitud de contratos y modelos listos para que los utilices.

Desahucio express

211 comentarios en “El inquilino se ha ido sin devolver las llaves

  1. Buenos días, el inquilino se ha ido y me ha mandado una carta certificada con las llaves dentro. Sin embargo en la casa ha dejado a dos amigas suyas viviendo y no pagan. Cabe interponer un desahucio por falta de pago contra el inquilino? O hay que interponer un desahucio por precario? Gracias

  2. Hola , Tengo contrato de alquiler y mi inquilino no me pagaba le dije que se fuera y se fue , pero no me firmó ningún papel y no me entrega llaves, le llamé y me dio su nueva dirección y me dice que si me envía las llaves pero nunca me las envia. Tengo un familiar que necesita el piso en junio, y con el estado de alarma y todo parado no sé qué hacer si puedo entrar o no, cuanto finalice el estado de alarma. Gracias

  3. Buenas tardes, me resultó muy útil tu comentario acerca de la falta de posesión por parte de la extorsión que realiza un inquilino cuando no hace entrega de las llaves y el delito que comete en caso de la condena penal en caso de intromisión en la propiedad.

    1. Hola Rita,

      Nos alegran tus palabras; si necesitas algo más no dudes en consultarnos.

      Un saludo.

  4. Hola buenas noches.

    Se informó a mi inquilino de la finalización de contrato vía burofax pero a la hora de entregar las llaves no se han presentado. Tengo que poner una denuncia para entrar en la vivienda que han abandonado?

    Gracias dé antemano

    1. Hola Elena,

      Lo más acertado es que acuda a la vía judicial para que sea un jueza o juez quien de por finalizado el contrato de arrendamiento.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  5. Buenas tardes,
    En agosto del 2017 redactamos un contrato de arrendamiento..
    El inquilino lleva desde mayo sin pagar( 7 meses), y desaparecido desde entonces, es decir no habita en la casa, y parece ser que se ha desplazado a Vigo a casa de un hermano, hasta ahora el contacto suyo era a través de móvil pero no coge las llamadas ni responde los washaps, dando la sensación que ha cambiado de celular..Disponemos de un contrato de arrendamiento firmado por ambas partes (agosto 2017)..
    No se si posee de sus pertenencias en la casa ya que no hemos entrado aun por miedo al allanamiento de morada..
    Quisiera saber que puedo hacer en este caso?Puedo entrar en la casa aun a sabiendas que el tampoco esta habitando en ella ? Puedo cambiar la cerradura? Como puedo saber si esta sufragando los gastos básicos de la casa(agua, luz,etc..), en caso de que que no sea así me pueden reclamar a mi ?..

    Muchas gracias y un saludo,

    Juan

    1. Hola Juan.

      Como bien intuyes, no puedes entrar en la vivienda, pues hay un contrato en vigor y podrían denunciarte por allanamiento de morada.

      Realmente desconoces si se ha ido o no, por lo que el camino correcto a realizar es interponer demanda de desahucio por impago.

      Si quieres mándame el contrato de arrendamiento a info@abogadosparatodos.net y le echo un vistazo para asegurarme que no habrá ningún problema en caso de poner la demanda.

  6. Hola buen día quisiera preguntarles, me encontraba rentando y el casero mi pidió el inmueble por lo que salo del mismo en 2 meses y se le entregaron las llaves antes de salir del mismo pero no se firmó nada, pero ahora con visitas intimidante a un familiar en donde anteriormente viví me comento que estaba solicitando que se le entregarán las llaves, por lo que supongo y me imagino que cuando yo salí y cerré la puerta e imagino que a su llegada no contaba con las llaves y pues aquí esta mi situación, ya que vivo lejos lo que podría hacer es solo mandarle un mensaje y confirmarle que yo ya le realice la entrega de llaves con anterioridad, basta con eso?

    1. Hola Juan,

      Si usted entregó las llaves al propietario, bastaría con contestarle que ya se lo entregó; ese familiar no tiene derecho a reclamar nada.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  7. Que puedo hacer y que no puedo hacer un inquilino no pago la renta de noviembre saco sus cosas y no entrego las llaves no dijo nada que puedo hacer gracias por sus concejos

    1. Hola Ana,

      Le recomendaría que interpusiera una demanda, para que el órgano judicial de por finalizado el contrato de arrendamiento, y en la misma le reclame al que fue su inquilino la cantidad pendiente.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  8. Hola, como comentas, rente mi vivienda sin contrato escrito, pero el inquino se fue dado que no me pagó las rentas, en este caso ¿él me puede demandar sino cuenta con el contrato que diga que rentó el inmueble en el momento en que ingrese a mi propiedad? ¿Resulta necesario también el juicio de desahucio?

    1. Hola Roberto,

      Si pagó por transferencia bancaria si podrá demostrar que estuvo de inquilino en ese piso.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  9. Una consulta
    Mi inquilino nunca firmó documento de ningún tipo le alquile y se fue sin dejar nada dentro de él departamento las llaves no las regreso y me dice que me las envía por correo y nunca han llegado que puedo hacer si no hay contrato de ningún tipo

    1. Hola Juan,

      Aunque no hay ningún contrato por escrito si se puede entender que hay uno verbal. Si bien entiendo que sería necesario que le envira un documento de resolución del contrato para que sea firmado por él, y así que quede formalizado el fin del contrato.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  10. Si el contrato finalizó y el inquilino no quiere entregarme las llaves, ¿puedo cambiar las chapas?, dejo el inmueble en muy mal estado por lo que no puedo regresarle el depósito.

    1. Hola Valeria,

      Si no le devuelve las llaves las rentas seguirán devengándose, y podrá reclamarle estas por vía judicial. Al igual que podrña solicitar que el órgano judicial dé por resuelto el contrato.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  11. Buenos días.
    Tengo un piso alquilado a tres estudiantes. Uno de ellos da problemas no dejándonos enseñar el piso para próximos alquileres aunque lo tenemos por escrito en el contrato.
    Dos de ellos se van un mes antes de cumplir el contrato y quieren entregarme las llaves. Lo dejarían limpio y en orden pero sin hacerse cargo de los desperfectos a pueda ocasionar el otro.
    Pueden entregarme 2 de ellos las llaves o hay que esperar a que todos se vayan? Y así finalizar el contrato

    1. Hola Salvador,

      Sí podrían entregarte las llaves. En cuanto a la responsabilidad dependerá que si es solidaria o mancomunada. Si es solidaria responderán hasta el final.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  12. Buenas noches, Dr.

    Tengo un inquilino extranjero que nunca firmó contrato. Incluso, no vive en la habitación (parece que está en su país), pero tiene algunas cosas dentro (nada de gran valor).

    ¿Yo podría entrar a la habitación, retirar suus cosas y cambiarle las cerraduras?

    P.D: Está a días de vencer su garantía. Se le ha enviado mensajes a su whatsapp, los lee y no responde.

    Muchas gracias.

    1. Hola Andrew,

      No le recomendaría entrar en la vivienda. Lo más acertado desde la perspectiva jurídica, es acudir a al juzgado para que sea un juez o jueza quien declare por resuelto el contrato.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  13. Hola lindo día! Una pregunta … Mi inquilino mm o depósito la última renta y me quedo a deber de una pasada , pero me bloqueó de sus teléfonos y no hay como comunicarme con el, ni están en el inmueble desde hace 2 semanas. Que puedo hacer ? Puedo entrar a la casa?

    1. Hola Mabel,

      Lo más acertado sería acudir para que den por resuelto el contrato de arrendamiento. Y además podría reclamar el importe pendiente.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  14. Mi inquilino entrego las llaves y firmo , pero sigue pagando la luz y el teléfono cómo debo proceder aquí ?

    1. Hola Carmen,

      Lo más acertado sería hacer un cambio en los suministros y ponerlo a su titularidad. Y por supuesto comunicarlo por burofax para devolver lo importen, y no le acusen de enriquecimiento injusto.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  15. Mi inquilina abandono el departamento y se fue a Guadalajara según ella esto ya hace un mes, no entrego llaves ni pago servicios ni renta, lo peor es que es extranjera (venezolana), ni a los de la póliza que firmamos le contesta cuando ira a entregar el departamento. quisiera saber que puedo hacer.

    1. Hola Julio César,

      Si no ha devuelto las llaves se entiende que sigue siendo responsable de las rentas. Debe mandar un burofax para que le entregue las llaves y lo más acertado sería añadir un documento de resolución del contrato.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  16. Yo he estado alquilando un apartamento sin contrato, pero ahora se mudo una vecina que es fastidiosa, decidimos irnos habisamos con tiempo a la dueña, y sacamos barias copias de llave que se las devemos de entregar y ella nos las deve de pagar o como hacemos por que ella fue quien nos saco las copias y nos cobro las llaves

    1. Hola Jessica,

      El cobro de la las copia de llaves es algo que se deja a la voluntad de las partes. La ley no dice nada al respecto.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  17. Se afirma (en este post) que «el contrato [de arrendamiento] puede incluso ser verbal (no existir papel)» siendo «igual de válido»… pero, ¿puede aplicarse la misma vara a la ‘resolución de contrato’? … es decir, ¿no sería lo más lógico que un ‘contrato verbal’ pudiese igualmente ser ‘rescindido verbalmente’?

    Intuyo que (desde el punto de vista jurídico) la respuesta será ‘no’, en cuyo caso me resulta de todo punto absurdo que se le otorgue «igual validez» a un contrato de alquiler verbal que a uno por escrito.

    Y tres cuartos de lo mismo (en cuanto a absurdo se refiere) ocurre con los ‘contratos de trabajo verbales’.

    Saludos

    1. Hola Fran,

      Tienen la misma validez, tanto celebración de contrato de arrendamiento como la resolución, el inconveniente que tiene los que se realizan de forma verbal es a la hora de probar el contenido de los mismos.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  18. Excelente, gracias. Pregunta: El inquilino no recibió el fax, no lo firmó y la propiedad está cerrada, es un negocio, el inquilino es propietario del fondo de comercio o patente. Qué pasa ahora y en cuánto tiempo obligan y quien a desocupar.
    Gracias
    La Laguna, Tenerife

    1. Hola Adolfo,

      En principio el tiempo se suele contar auqnue el burofax no lo haya recibido, a no ser que el arrendatario pruebe que no llba podido recogerlo por fuerza mayor.

      Por lo tanto una vez que pases 30 días desde que envío el burofax, si el inquilino no se marcha podrá interponer una demanda de desahucio.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  19. Y esto mismo vale en el caso de una persona en posesión precaria que se retira sin devolver las llaves. Me explico, a esta persona en posesión precaria le hizo un contrato de alquiler una persona que no tiene un contrato válido como propetario. Yo soy el dueño y les he pedido que se vayan, pero creo que le van a entregar las llaves a la persona que les alquiló. Entonces, no sé a quién iniciarle la demanda de desalojo, dado que se van a pasar la posesión sin mi consentimiento.

    1. Hola Marco,

      Entiendo que si ha celebrado el contrato de arrendamiento suplantando su entidad debe reclamarle la posesión a la persona que se hizo pasar por propietario.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  20. Hola! Tengo un caso atípico, el “inquilino” me firmó el contrato de arrendamiento y dentro del mismo se estableció que yo le realizaría algunas mejoras, me entregó cheques para garantizar el depósito en garantía y el primer mes de renta con fechas posfechadas; nunca le entregué la posesion porque quise cobrar uno de los cheques y resultó sin fondos, a lo que me contesto que ya no le interesaba rentar el inmueble, eso me lo hizo saber vía mensaje de texto, a lo que le conteste que me completara el pago de depósito de garantía y el mes de renta adelantada para compensar los gastos de mejoras realizados a lo que se negó e inclusive me dijo que si quería lo demandará, eso fue en el mes de diciembre de 2018, ahora de pura casualidad se me ocurrió volver a intentar cobrar los cheques, y mi sorpresa fue que ya tuvieron fondos; entonces mi duda es, si no entregue nunca la posesion, aún existe algún riesgo? Saludos.

  21. Buenas tardes. Mi inquilina lleva dos meses sin pagar la renta. Hoy me escribe un whatsapp desde un numero que desconozco diciendo que se ha ido a vivir a Alicante con sus dos hijos y que se ha separado de su pareja. Me deja las llaves en el buzon de la vivienda, Puedo entrar en la vivienda y cambiar la cerradura ya?
    Gracias

    1. Hola Sergio,

      Si se lo confirmado por WhatsApp podría. Pero sería más seguro que firmará un documento de resolución del contrato para evitar que niegue haberlo dicho. Ya que si es un número desconocido puede negar haber sido ella quién envió el mensaje.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  22. Buenos días
    Tengo una consulta .mi arrendatario se fue firmó termino de contrato pago todo y el mes de garantía lo dejo para los destrozos y limpieza del inmueble lo cual el mes de garantía no cubre ni el 40 % de los gastos que te tendré que invertir.
    El dejo muchas cosas que podrían ser solo basura para mi. no me entrego llaves .
    Lo llamo y no contesta
    En el contrato que firmamos estipula que el debió hacer una mantención anual de calefont los cuales los 2 están malos .
    Mi pregunta es : puedo entrar y sacar limpiar y cambiar chapas de este inmueble para ponerla nuevamente en arriendo ?
    Muchas gracias

    1. Hola Magdalena,

      Si firmo el documento de resolución del contrato sí podría entrar.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  23. Hola, Lo primero felicitarte por esta web tan informativa.
    He alquilado un local a traves de la inquilina anterior, ella firmo el cese de contrato y yo mi contrato . Con la inquilina apalabre los muebles por un precio y la avise que era excesivo y que confirmaria el valor de las cosas, cuando he entrado ella no ha devuelto las otras 2 copias de las llaves como apalabramos en el gestor a la firma de contratos.
    La he contactado con los precios reales de las posesiones que estoy en proceso de comprar , pues no he pagado aun, solo una entrada. Ella se niega a devolverme las llaves y me esta pidiendo que firme un papel diciendo que la voy a pagar el precio que apalabramos al principio aunque yo la dije que estaba en desacuerdo y tenia que mirar los precios reales antes de finalizar esa transaccion con la anterior inquilina.
    Me amenaza con denunciarme, pero aun no entrego las llaves y eso seria allanamiento de morada pues entrara al trastero a recoger sus pertenencias en algun momento.
    Que puedo hacer?

    1. Hola Diana,

      Si entra en el trastero, como bien dice estaría cometiendo un delito de allanamiento de morada.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  24. Buenas tardes
    Esta mañana hemos firmado las dos partes el contrato de fin de arrendamiento ,con bastantes problema por parte del inquilino y en una primera inspección a solas hemos encontrado una puerta muy deteriorada, cinta americana ,de embalaje y velcro adhesivo en ventanas y rodapiés, además de numerosos trastos, las persianas no funciona ninguna y suciedad, nos han dejado de pagar dos días y falta por liquidar el recibo de agua.
    Nosotros tenemos en poder un mes de fianza, cual es el procedimiento a seguir en estos casos.
    Gracias

    1. Hola Oscar,

      Dependerá de lo que se haya reflejado en el documento de resolución del contrato. Si bien, si han visto esto después, podrán acudir a la vía judicial para que sea un juez quien decida.
      En cuanto a las facturas podrá descontarlas de la fianza.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  25. buenas tardes eduardo, tengo un local montado de cafeteria arrendado, el arrendatario lleva desaparecido y el local cerrado desde el mes de marzo de este año, me debe agua, mensualidades, yo le e mandado msm y llamadas de tf, sin el contestarme, el tf lleva ya 3 meses que ese numero no esta operativo, le e mandado burofax a la direccion que me dio el en el contrato…sin ningun resultado, e hablado con un familiar y me dejo caer que cree que esta encarcelado, ya llevo mucho dinero perdido pues tengo que pagar una hipoteca importante,,,,que me aconseja…si no tengo rastro de el ni de las llaves,,,gracias

    1. Hola José Maria,

      Si o consigue ponerse en contacto con él deberá acudir al juzgado y entablar una demanda para la resolución del contrato y reclamar las cantidades de días.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  26. Hola,

    Mi pregunta es: Los otros propietarios de la empresa han cambiado las cerraduras de un local ¿Es un delito?

    Éramos mi familia y otra familia propietarios de una empresa con varios locales. Yo era administrador y había otro administrador. La otra familia ha cambiado la cerradura de un local sin pedir permiso y sin decir nada. ¿han cometido un delito por restringirnos el acceso siendo propietarios y teniendo posesión?

    1. Hola Eduardo,

      Podrían entenderse que son coacciones según el contexto donde se hayan realizado.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  27. Buenas tardes.

    ¿Y si se han acabado los 5 años de prorroga y le notifico por burofax mi intencion de no renovar y llegada la fecha de abandono de la vivienda ni entrega llaves ni se presenta ni sigue en el domicilio?

    ¿Puedo acceder a la vivienda por que el contrato se ha extinguido en sus prorrogas obligatorias maximas y yo he mostrado como arrendador la voluntad manifiesta de no renovar un periodo mas?

    Gracias por adelantado y uns alduo.

    1. Hola Pedro,

      Lo mejor sería que acudiera al juzgado para que sea un juez quien le devuelva la posesión del inmueble, para evitarse cualquier tipo de problema. Los meses siguientes sino le devuelve las llaves seguirán devengándose las rentas.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  28. Buenos dias.
    La inquilina no quiere renobar contrato. Me recibió con una abogada. Redactó nota de cancelación fecha 1 d Noviembre. Firmamos d mituoacuerdi. Ahora manda WS diciendo entregara llaves el 1 d Octubre en el portal y yo le entrego la fianza. No se…, conteste q contactaria cuando llegue la fecha.y q lleve numero cuenta q tengo comprobar estado vivienda.No tengo clarocomo actuar…
    Agradecería respuesta. Un saludo.

  29. Buen día.. En mi caso podría asesorarme.. Estuve procesado bajo prisión en el 2013 por un delito que no cometí, mis pertenecías se quedaron al interior del departamento que rentaba con mi familia, mi esposa se fue a casa de mis suegros con mis hijos a otra ciudad… El encargado del departamento, despues de un año, ingreso al departamento y extrajo todas las pertenecías y las resguardo en otra bodega misma q se encontraba en la Unidad Habitacional, regreso a los tres años y el encargado en ese entonces me muestra las cosas y me sugiere que realice los tramites de mudanza para que me entregue las mismas.. A los meses le llamo para informarle q ya tengo todo para ir por los muebles y pertenecías.. Mas sin embargo me dice el encargado actual que esas pertenecías ya no existen, que fueron extraídas y que ignora su destino.. Que podría proceder ahí.???

  30. Buenos días, quisiera saber que si después de devolver la fianza a los inquilinos hay posibilidad de reclamar daños que no se tuvieron en cuenta puesto que no pude estar presente en el día de la salida de los inquilinos.

    1. Hola Nadia,

      Sí se podría, tendrían que presentar una demanda para reclamarlos, pero debe ser usted quien pruebe que existen y que los han causado los inquilinos.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  31. hola buenas,le arrende una casa a una señora por seis meses con contrato firmado con un codeudor solidario, y solo duro viviendo dos meses en la casa y se volo este fin de semana dejando la casa desocupada y no entrego llaves,
    Mis preguntas son:
    1) Que debo hacer para hacerle efectivo el contrato que teniamos pactado a 6 meses?(por incumplimiento a clausulas del contrato)
    2) Debo o puedo ingresar a la vivienda con otro juego de llaves que tengo de mi propiedad
    3) Tengo que poner algun denuncio antes de ingresar ala vivienda? o debo hacerme acompañar por la autoridad competente ? (policia)

    Gracias por Su Atencion

    saludos,
    Enoc

    1. Hola Enoc,

      Si no te ha entregado las llaves, ni firmado documento de resolución del contrato lo mejor sería que acudiera al juzgado y interpusiera una demanda de solución del contrato.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  32. Hola Eduardo, mi nombre es Marta y aunque suene a ficción esto es lo que me ha ocurrido. He estado 15 años viviendo de alquiler en un piso en Madrid y el pasado mes de Marzo recibí un burofax en el que se me informaba de la extinción del contrato por parte de la Administradora de Fincas que me alquilaba y me daban una fecha en la que debía abandonar el piso. Me sentó muy mal pero sabía que era legal , de manera que ni me quejé, ni reclamè, ni nada , me puse frenèticamente a buscar piso ( los que vivan en Madrid entenderan perfectamente lo literal de la expresión) y me fuí un día antes de la fechas en que cumplía el contrato. Un mes y medio despùes me han seguido pasando recibos y cuando les he llamado pidiéndoles explicaciones, me dicen que es que no he devuelto las llaves. Y esta es la parte que se complica. Aunque resulte inverosímil yo estaba esperando a que ellos me citasen para ir a firmar algún documento de fin de contrato y darles las llaves, pero me dicen que me tenía que haber presentado yo, y yo no tenía ni idea de que estaba obligada a ir aunque no me citasen previamente. He leído el contrato y aunque dice que yo debo entregar las llaves como te digo , estaba esperando a que me llamasen. Tengo a todos mis vecinos de testigos de la mudanza y puedo demostrar también el pago de la empresa de transportistas que vació la casa ( la alquilè vacía), también puedo demostrar que llevo un mes y medio viviendo en otro lugar ¿En qué cabeza cabe que yo les regale casi mil euros mensuales sin estar viviendo allí y con mis gastos actuales a la vez.? Es tan absurdo, pero te aseguro que no actuè de mala voluntad pues esto solo me està perjudicando a mi, ha sido desconocimiento puro y sè que eso no me exime pero al no poner expresamente en el burofax nada referente a la entrega de llaves….. ¿Tengo alguna opciòn de ganar un posible juicio?

    1. Hola Marta,

      Tu tendrías la obligación de entrar las llaves, o a unas malas depositarlas en un juzgado o notario. Si no lo has hecho se entiende que se siguen devengando la renta pues ellos en teoría no pueden entrar en el piso.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  33. Si en el contrato de arrendamiento hay un parrafo que diga algo asi como:
    » El contrato es de 2 años de duracion (de tal fecha a tal fecha), una vez llegada la fecha de finalizacion del contrato, y si alguna de las partes no desea renovar el contrato, este dara por finalizado…»
    Si el arrendatario se va de la vivienda o local arrendado sin entregar las llaves y llega la fecha de finalizacion de contrato ¿ tiene que firmar tambien la rescision de contrato ? ¿ o al tener esa clausula el contrato no seria necesario, ya que no hay ninguna renovacion de contrato ?
    Gracias por adelantado.

    1. Hola Gabriel,

      Siempre es recomendable y necesario firmar un documento de resolución del contrato donde aparezca la entrega de llaves, el estado en el que quedo la vivienda, si hay alguna deudua pendiente y el estado de la fianza.

      Si no le ha entregado las llaves, se siguen devengando las rentas al arrendatarioy podría reclamareselas.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  34. Buenos días, le voy a exponer el caso.
    Mi marido tiene un piso en otra ciudad y mi suegra siempre se ha ocupado de gestionarnos el alquiler. En septiembre alquilamos en piso a 3 estudiantes, que pagaron el mes en curso y el de fianza. Y nada más… Tras varios avisos, burofax y una denuncia en comisaría, en diciembre estábamos convencidos de iniciar un desahucio.Ellos llevaban unos 2 meses sin responder a nada.
    Entonces mi suegra empezó a actuar por su cuenta: les cortó la luz y el agua, ante lo que ellos cambiaron de compañía y los dieron de alta de nuevo. En Navidades, cuando ya teníamos medio apalabrado con un abogado iniciar los trámites de desahucio, mi suegra les cambió la cerradura y les dejó sus cosas en el rellano (poca cosa porque se veía que no vivían allí).
    Le ha llegado a mi marido una demanda judicial por EXTORSION. En la declaración, el denunciante dice que solo llevaban un mes sin pagar (falso) y reclama un portátil que le ha desaparecido y que no tenía donde pasar la noche. (Lo del portátil se lo ha inventado). Dice que ese día intentaron ponerse en contacto con él, pero mi marido no tiene ninguna llamada suya.
    Mi marido ya ha declarado en su ciudad ante el funcionario del juzgado asistido por un abogado de oficio que él no estaba allí y que no presenció los hechos. Pero ahora nos toca esperar la citación del juicio y contratar un abogado.
    ¿A qué penas se expone él y hasta qué punto es responsable él y no mi suegra? ¿Qué nos recomiendas, aparte de no dejar a mi suegra gestionar nuestros asuntos nunca más?
    Por cierto, el piso ya ha sido alquilado de nuevo desde hace un mes.
    Gracias por su atención.

    1. Hola Laura,

      La pena por coacción oscila entre seis meses a tres años, o multa de 12 a 24 meses, según la gravedad de la coacción o de los medios empleados. Entiendo que la responsable es tu suegra, pero pueden entender que fue siguiendo instrucciones de su marido (poniéndonos en el peor de los casos), entiendo que el tribunal condenaría solo en multa.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  35. La inquilina me entregado las llaves y firmado la finalización del contrato.
    Pero a dejado muchos enseres en la vivienda.
    Que tengo que hacer. Me puedo desacertado de ellos o los tengo que guardar.
    Quiero vaciar la vivienda.

    1. Hola Leonardo,

      Puedes comunicar que venga a recogerlos y sino lo hace se entiende que son bienes abandonados y podría tirarlos.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda,

  36. Buenos días quisiera consultar en el caso de que haya Sido una inmobiliaria la que arrendó mi casa. Y los inquilinos hayan dejado la casa sin entregar la llave, quien es el responsable de solucionar el tema? Porque la inmobiliaria dicen que ellos solo se hacen cargo de cobrar y entregarme el dinero. Que esté problema lo debo arreglar yo sí quiero hacer juicio. Solo están tratando de que devuelvan las llaves y no se pueden comunicar.

    1. Hola María Inés,

      Entiendo que este problema debe resolverlo usted con el que era el inquilino. Hasta que no le devuelva las llaves las rentas de los meses que pasen hasta la entrega tendrá que pagárselas.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  37. Mi arrendador no me da la cara, después de que me hizo un escándalo exigiendo que le desocupe la casa a gritos y amenazas, sin importar el contrato, le notifique por correo certificado buscando la dirección porque no me la quiso dar, lo cite no llegó a lala entrega, no me contesta el celular, tampoco me ha pagado la cláusula de indemnización, que hago necesito entregarle las llaves y que me pague la multa por terminar sin regionalismo el contrato.

    1. Hola María,

      Puedes dejar las llaves en le Notario o el Juzgado a través de una conciliación judicial.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  38. Muy buenas noches!
    Tengo una pregunta.
    He arrendado mi apartamento por 6 meses con un contrato que tenía fecha de vencimiento el día 31 de marzo, nos comunicamos por correo que dejaría la casa ese día y lo hizo, me dejó un juego de llaves y me dijo que podía entrar a partir de las 8 de la noche. Así lo hice entre ese día pero se ha llevado el otro juego de llaves y me dijo que me las devolvería cuandocuando le page la deposición ya le he pagado pero no me devuelve las otras llaves que puedo hacer?
    Gracias de antemano por su respuesta.
    Atte
    Mila

    1. Hola Marisol,

      Advierte que hasta que no te devuelva las llaves se siguen devengando a él las rentas, por lo tanto tiene que seguir pagandote. Si no lo hace tendrás que acudir al juzgado.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  39. hola buenas noches mira mi caso es que le alquile la casa a una pareja y a su hija .. a los ocho dias los vecinos se quejaron de que el marido llegaba cada dia con diferentes motos u autos y consumian drogas .. por eso yo decidi pedirles la casa .. ella me pidio la oportunidad que le arrendara por dos meses .. pero ella decide irse antes no me entrega llaves me insulta y pide la devolucion de un dinero que se deja como deposito para cancelar los recibos que ella aun no ha cancelado .. yo ingrese a la vivienda para mirar en que condiciones y le ella deja unas cosas en la casa dentro de las cosas hay unas placas de un carro de un vecino que el señor tomo el señor me dice que va a demandar porque la persona que vivio a mo casa le robo las placas .. lo cual yo le entrego las placas del carro .. y le digo que si estaba en mi casa a parte estas personas consumia. Drogas dentro de mi casa que puedo hacer como debo poner la denuncia si el contrato fue verbal .. y aun no me entregan las llaves

    1. Hola Carolina ,

      Tendrás que interponer una demanda de resolución del contrato, aunque el contrato sea verbal es igual de válido.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  40. Estoy en un local de alquiler y quiero rescindir el contrato, hay maquinaria frigorífica que no puedo sacar de inmediato, si entrego las llaves al propietario ¿pierdo la maquinaria o me ha de permitir el acceso al local durante un tiempo para poder sacarla?, ¿puedo traspasar el negocio después de haber entregado las llaves?. Gracias.

    1. Hola Francisco,

      Cuando desistas del contrato mi recomendación es que firméis un documento de resolución del contrato donde se establezca como queda el local, la fianza, y si hay o no algún adeudo. Tendrás que sacar las máquinas antes de dar las llaves del local, por lo tanto cuando firmes este documento las máquinas deberían estar fuera. No podrás traspasar el negocio una vez que hayas entregado las llaves.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  41. Buen día

    Necesito saber si yo como propietario a quien me despositaron las llaves de mi propiedad en una escribanía quedando obligaciones pendientes de parte de mi inquilino, al recibirlas pero a disconformidad, puedo aún en esa situación iniciar acciones legales para poder reclamar las obligaciones pendientes de mi inquilino.Gracias
    Saludos

  42. Un añadido a mi consulta anterior del que me acabo de acordar, ya en su dia habia dicho que habia perdido las llaves por que es un poco despistado (entre risas lo comento) y como esos dias estaba enseñando una habitacion y estaba muy liado le di mi juego de llaves para que el pudiera entrar y salir. Ahora pensando en esto, y sabiendo que no es una persona muy de fiar, como puedo estar yo seguro de que no tiene los dos juegos de llaves o mas si hizo copias, y aunque de forma magica las llaves que perdio esta ultima vez las encuentre y las devuelva o las deje en la entrada o en el buzon o donde quiera, no puedo estar seguro de que no me mintio y que no tiene tambien el otro juego de llaves guardado. En ese caso el podria llamar a la policia y decir que no las devolvio supongo, por lo que lo mas seguro no seria con entrega de llaves o como este caso que parece que pierde siempre las llaves con lo que no puede devolverlas, cambiar la cerradura, no tanto por mi, como por la tranquilidad de los inquilinos que me pidieron por whatsapp que cuando dejara el piso cambiara la cerradura por que temen que puedan entrar y hurtar mas cosas de sus habitaciones mientras no estan en casa como han dicho que viene sucediendo hasta ahora.

    gracias de nuevo

    1. Hola Mclago,

      Cuando salga del piso que firme un documento de resolución del contrato donde se disponga que ha perdido los dos juegos de llaves. No entres en la habitación hasta que no se haya firmado este documento, además añade la fecha de la salida y el estado en que se encuentra la vivienda.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  43. buenas noches, vera en mi caso lo que ocurre es que tengo un piso de 3 habitaciones alquilado en Galicia a tres personas, dos chicos y una chica. Uno de los chicos es tremendamente problematico hasta el punto de que la chica no esta viviendo en piso. Se hablo con el y firmo un contrato de rescision de mutuo acuerdo con fecha de salida para irse del piso a lo que los demas inquilinos estan encantados pero el problema esta en que siempre que se le dice que ya paso la fecha para irse del piso, pone alguna excusa. Hoy me lo encontre y me dijo que mañana ya se iba que habia encontrado otra habitacion y ya que la actual no tiene ningun tipo de cerradura que pasara por alli que ya el la tendria vacia por que lleva 40 dias viviendo en el piso y las habitaciones estan amuebladas con lo que solo tiene ropa, y que ya lo deja en la entrada del edificio para poder ir llevandolo a lo largo del dia si no molesta y que si se deja algo arriba, en la habitacion que lo tire o lo baje y lo deje con las demas cosas pues le dije que tendria que entrar para limpiarla antes de volver a alquilarla. Hasta ahi todo bien pero luego me dijo que lo unico que no me podia dar las llaves por que las habia perdido, y claro no se si fiarme.

    Entonces mi duda es si mañana puedo ir al piso, saludar a los inquilinos y entrar en la habitacion para limpiarla y ponerla apunto para las fotos y como dijo si se dejo algo (en vez de tirarlo se lo bajaria a la entrada del edificio y lo pondria con las demas cosas que viera por alli, que imagino seran bolsas o alguna caja) o como ha firmado un contrato de rescision de mutuo acuerdo pero es una persona propensa a mentir.

    Esa es mi duda por que hace 5 dias que tenia que haberse ido pero al pedirme quedarse unos dias mas para la mudanza y yo decirle que por unos dias mas no pasaba nada para que pudiera hacer la mudanza tranquilo, no se si puedo entrar o no.

    un saludo y gracias de antemano por tomarte la molestia de leerlo

  44. HOLA BUEN DIA. RENTE MI CASA POR 6 MESES, ESTO INICIO EL 1 DE DICIEMBRE DEL 2017 ESTAMOS EN MARZO Y NO ME HAN DEPOSITADO ME LLAMO LA HIJA DE LA PERSONA QUE ESTA RRENTANDO EL DIA 6 DE MARZO QUE SU MAMA VA A DESOCUPAR LA CASA Y QUE ME VA A ENTREGAR LAS LLAVES PERO SOLO ME DIO LARGAS Y AHORA YA NO ME CONTESTA EL CELULAR NI SU HIJA NI LA MAMA. MI PREGUNTA ES TENGO QUE DEMANDAR?

    1. Hola Lety,

      Si no te están pagado la renta, lo mejor es que interpongas una demanda de desahucio por impago de rentas y así reclamar la cantidad.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  45. Hola,
    Vivo en México y se que las leyes no son iguales, pero de todas formas me gustaría que me orientaran.
    Mi inquilino abandono la vivienda hace dos semanas, no entrego llaves, ni tampoco contesta las llamadas, solo se limita a responder uno que otro mensaje diciendo que si quiere que me devuelva las llaves le mande dinero para enviarlos por paqueteria ya que no se encuentra en la ciudad, el contrato se venció hace 5 meses y solo se hizo un acuerdo verbal para continuar con el arrendamiento de la vivienda por seis meses mas, es decir aun tenia contrato de palabra, en el departamento se aprecian algunos muebles desde fuera y el medidor de la energía eléctrica no esta empotrado en su lugar, el inquilino dejo un adeudo de dos meses de electricidad, contacte al fiador para saber si el tiene contacto con el inquilino pero de igual forma comenta que no, que no le contesta la llamada, la vivienda esta ubicada en una zona muy insegura y me preocupa que vayan a intentar entrar en ella para sustraer cable o lo que se encuentre dentro, que puedo hacer?, el fiador puede firmar el termino de contrato aun sin tener las llaves?

    1. Hola Rogelio,

      Es que no puedo orientarse si quiera, desconozco el ordenamiento jurídico de México.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  46. buenas noches !soy garante de mi esposo por una vivienda , la.cual termino el.contrao del 31 de diciembre, el no hizo entrega de llaves , hasta el 09 de febrero , el dueño le dice que debe abonar todo el mes de enero y febrero mas un 100% por indemnización por cada mes , un.total de 8 mil pesos por mes , mi pregunta es febrero corresponde mes completo ? o una fraccion del 01 al 09 del mismo mes ?

    1. Hola Noelia.

      Pese a que desconozco la normativa mexicana (aunque durante unos años si que estaba al día en ella), casi con toda seguridad te digo que solo debes pagar por los 9 días de febrero (y por los 31 de enero, claro).

      No tienes que pagar por días de febrero que no se han disfrutado.

  47. Hola Eduardo, mi inquilina está avisada por burofax, el cual ha firmado de que necesito la vivienda para mi y que tiene dos meses , he dejado transcurrir el primer año de contrato, y ya he podido hacer el requerimiento. Ahora lo que no entiendo es cómo va a firmar el documento de finalización y entrega de llaves si no la avisa nadie, porque ella sola no va a presentarmelo a mi, pero lo que entiendo menos, es cómo voy a poner en el documento de finalización que desperfectos ha ocasionado en la vivienda si no me entrega las llaves, cuando tampoco puede entregarmelas sino lo firma. Si me da las llaves, no puedo entrar si no firma, sería allanamiento, entonces? cómo se qué desperfectos a causado? No le encuentro lógica. Por otro lado, debo comunicarle que tenemos que firmar y entregarme las llaves? pero ¿cómo se lo digo? porque no nos hablamos, y no responde, y si lo hace, lo hace de malas maneras. Pero sigo sin entender, como voy a entrar primero sin firmar, y ver que destrozas ha hecho, si la ley no me permite entrar si no firma. Que lio. Algo no está bien, Estoy convencida de que no se va ir, y es necesario comunicarle este documento de finalización? porque no le veo lógica tengo que ver la vivienda antes de que me firme, pero no puedo entrar, a la normativa porque no le veo sentido. Saludos

    1. Se me olvidaba algo importante, se que hay destrozas, porque ya las pude ver, no sé las que hay ahora, pero si pongo en ese documento todo esto, no lo firma ni dormida. Entonces es mejor perder que más perder….porque a parte de que me hace falta la vivienda, desde que entró no ha parado de molestarme y su comportamiento ha sido insoportable, que aún lo es. Mejor no pongo nada, y así lo firma, y que se marche. Pero tener que devolver una fianza que no va a cubrir los daños que ha causado, y los que estará causando….Querrá entrega de llaves con fianza en ese momento también, y yo no estoy dispuesta a ello. No me aclaro.

      1. Hola Mariví,

        Si tu arrendador no quiere firmar el documento de finalización del contrato y proceder a la entrega de llaves mi recomendación sería que interpusieras una demanda de desahucio.

        Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  48. Buenas Licenciado mi madre tiene un problema ella es una adulta mayor de 78 años, ella y mi papá viven del alquiler de unos locales hace dos meses se le comunico por escrito vía correo a uno de los arrendatarios de un local comercial que se le vencía el contrato y que no se le iba a renovar y se justifico bien porque. Bueno él desocupo el local y instalo su negocio en otro lugar, él tenía que desocupar el local el 15 de diciembre del 2017 y efectivamente asi lo hizo pero hasta la fecha no ha devuelto la llave del local, el local esta vacío. Consultamos a dos abogados uno dice que hay que proceder ha hacer el desahucio y otro dice que se puede proceder a habrir los candados con un notario y dos testigos que den fe pública de que el local esta vacío y que se toma posesión del bien. Realmente estoy confundida, que es lo que hay que hacer. Si usted pudiera ayudarme a aclarar lo anterior por favor.

    1. Hola Marilú,

      En mi opinión, si el que era tu arrendatrío no te ha devuelto las llaves y no firmó un documento de resolución del contrato para poder recuperar las llaves y con ello la posesión del local tendrás que interponer una demanda de resolución del contrato y que sea el juez o jueza quien ordene que las llaves te sean devueltas.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  49. Teníamos un piso alquilado desde 2014. El inquilino iba más o menos pagando hasta hace 4 meses. Le llamábamos y le mandabamos mensajes y no contestaba. Por fin lo localizamos en diciembre, llegamos a un acuerdo con él, nos devolvió las llaves – nos lo firmo en un papel – y nos pidió unos días más para terminar de sacar sus cosas. Cual fue nuestra sorpresa cuando fuimos a entrar en el piso y estaba aún lleno de ropa, aunque no había nadie. Sacamos casi todo y nos marchamos. Por la tarde nos llamó el antiguo inquilino diciendo que no podía entrar, ya que habíamos cambiado la cerradura. Fue a la policía y nos denunció. Por la noche intentó forzar la cerradura y llamamos a la policía. Tomaron nota y se marcharon. En qué situación nos deja todo lo que ha pasado

    1. Hola Mari Carmen,

      Pues debería saber que pone en concreto el documento de resolución del contrato que firmastes, si ponía fecha, y que ponía en cuanto a la entrega de llaves. Si bien lo que deberíais haber hecho es sino había abandonado la vivienda, avisar a la policía o interponer una demanda de desahucio, pues podría ser allanamiento de morada siempre que él denunciase, aunque no creo que lo haga por la cantidad que os debe.

      Un saludo, espero haberle sido de ayudo.

  50. Hola buenas tardes!

    Rente un apto por contrato a un año! debido a circunstancias ajenas debo de cambiar de ciudad, hasta el momento solo llevo 6 meses, quiero ceder el contrato y estoy buscando a los nuevos inquilinos pero la inmobiliaria les coloca muchos requisitos entre los cuales se encuentran un estudio de credito que equivale al 25% del canon de arrendamiento, fiadores y piden un mes de anticipo de arriendo, mas el arriendo normal y una comision por arrendar el inmueble, el cual tambien se la cobran a uno como inquilino.
    por lo que noto la inmobiliaria no quiere arrendar para que yo pague los dos canon de arrendamiento que imponen de multa para poder entregar, que puedo hacer en esta situación, debido que la inmobiliaria esta exigiendo mucho dinero a los nuevos inquilinos, y estos pues no aceptan debido que piden mucho…. y el tiempo va pasando y no quiero tener que pagar otro mes de arriendo!.

    muchas gracias por su colaboracion!

    1. Hola Mayerly,

      Siempre podrías desistir del contrato. Si en el contrato habéis estipulado indemnización en casos de desestimiento, la cantidad sería de una mensualidad de renta por cada año de contrato que reste por cumplir.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  51. agradeceria que me contestaran lo antes posible que puedo hacer si el inquilino se fue a primeros de diciembre sin terminar el contrato no contesta al telefono no devolvio la posesion ni las llaves no pago ningun recibo que pasos debo seguir para recuperar la posesion y las llaves el pago de todos los recibos y las mensualidades que se van generando, gracias

    1. Hola María,

      Mi recomendación sería que interpongas una demanda de desahucio.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  52. hola me gustaria saber las costas que tendria demandar al inquilino y si necesito abogado, el contrato es de temporada por habitacion con derecho zonas comunes, se fue sin entrega de llaves y sin finalizar el contrato, como localizarlo para la entrega de burofax los otros inquilinos dicen que no saben nada de el si llamo al telefono sale el contestdor de vodafon le tengo dejado algun mensaje que se ponga en contacto conmigo pero no me contesta gracias

    1. Hola María,

      Si no puedes enviarle un borofax , entonces no tendrás más remedio que presentar una demanda de desahucio. Se necesita abogado y procurador procurador, el coste es entorno a los 700 euros, pero suele depender de los honorarios de abogados y procuradores. Si bien suele ocurrir que en estos casos se sanciona al demandado con el pago en costas.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  53. hola me llamo Elena. tengo una casa donde hace 6 meses el inquilino no quiso firmar renovación de contrato por inmobiliaria, no pagó alquileres,ni impuestos por 2 ños., fuimos a mediación, no se presentó. Inicié juicio de desalojo,y por cobro, ya que es una casa costosa, se tenía que presentar al juzgado el 14 de diciembre, no se presentó. Pero el 4 de diciembre se fuga, sin dar aviso y sin entrega de llaves. Mi abogado dice que él no puede recibir las llaves, que nosotros entremos y veamos inmueble??? Primero, no tenemos llaves, segundo no tenemos posesión, los tiempos judiciales son eternos Además inquilino se manejó siempre mintiendo… dice q va a entregar llaves???después de insistentes presiones nuestras, ya que vivimos en otro país se dificulta todo; creo que lo mejor sería entrega a mi abogado, firmar una posesión y filmar inmueble. No va a ir a juzgado y no creo de abogado….No se, estoy desorientada, ya que entra feria judicial y van a pasar 2 meses más.Hicimos todos los pasos legales desde agosto, pero por inquilino estafador más abogado que se rige estrictamente y demasiado lento, mi casa está abandonada, Sería prioritario recuperar llaves y proseguir con juicios??? que opina???

    1. Hola Elena,

      Siento que estés pasando por esta situación.

      Desde un punto de vista jurídico, decirte que en estos casos la posesión es lo que realmente importa (el inquilino desde que se firma el contrato es el poseedor de la vivienda). El propietario pierde la posesión hasta que el inquilino no se la devuelva, y esto ocurre con la entrega de llaves y la firma de resolución del contrato de arrendamiento. Si esto no ocurre, no se te devuelve la posesión, y por lo tanto continuarán devengándose rentas de alquiler.

      Si bien como no te han devuelto las llaves, tendrás que esperar que una jueza o juez que ordene que le desea devuelta la posesión; si no espera los tiempos corre el riesgo que el inquilino lo denuncie por allanamiento de morada.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  54. Hola Eduardo, buenas tardes, tengo un piso alquilado a un inquilino problemático, despues de 5 años con muchos problemas de pagos en el alquiler y en los suministros, el próximo 7 de enero hemos acordado a priori que sale, este señor me adeuda un mes y 6 días de alquiler, unos 1650 euros de luz (12 meses y no se la han cortado, los recibos van a mi nombre), 880 de comunidad y unos 250 de agua, en total unos 4500 euros, la vivienda en cuestión esta en Baleares y yo vivo en Gerona, por lo que ir a recoger las llaves y que no las quiera entregar por negarse a firmar el fin de contrato, es un rieso muy costoso y elevado que tengo, me gustaría saber tu opinión para saber como actuar, y también me gustaría saber si puedo firmar con el una entrega de llaves y posteriormente le puedo reclamar via judicial para evitar enfrentamientos.

    Muchas gracias

    1. Hola Rafael,

      Puede ceder a alguien un poder para que pueda actuar por ti y así firmar el documento de resolución del contrato, donde tiene que plasmarse que se te han entregado las llaves y si puede ser el importe de la deuda.

      Otra opción es que te dejará las llaves en una Notaría y que allí se firmará también el domuento de resolución del contrato.

      Por supuesto que si no le paga estas cantidades y a pesar de haber firmado el documento de resolución del contrato puede interponer una demanda para el pago de la deuda.

      Un saludo, espero haberle ayudado.

  55. Hola Sandro,

    Aunque no hayáis firmado el contrato se entiende que se hizo verbalmente, y por lo tanto es completamente válido.

    A pesar de tu corta estancia en el piso, en este caso, tu arrendador puede quedarse con la fianza en concepto de la indemnización que establece el artículo 11 de la La ley de Arrendamientos urbanos en caso de desistimiento del contrato. Es más podría haberse quedado con todo el importe, correspondiente al mes de alquiler por no haber avisado con 30 días de antelación.

    Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  56. Hola Eduardo. Alquilé un piso y pagué 340 euros para el primer mes y más 340 euros por la fianza (680€ ao todo), estuvo tres días y salí del piso,
    Entré el Viernes y entregué las llaves el domingo. El dueño del piso me devolvió 340 y se negó a devolver la fianza, dijo que yo perdería el dinero.
    No llegamos a hacer contrato ni nada, yo quede en el piso sólo tres días y no me gustó, ¿tengo algún derecho de recuperar ese valor?
    Muchas graacias por là informacíon.

  57. alquile la vivienda ha una persona jubilada pero a los tres meses se fue a vivir con el un hijo mayor de edad unos 48 años esa persona a fallecido y el hijo no quiere entregar las llaves, el hijo no trabaja y no puede pagar el alquiler ni luz,agua,comunidad,,, es una persona violenta y esta rompiendo muebles y cosas del piso
    si el contrato es a nombre de la persona fallecida tiene otros dos hijos que me firmarian el fin de contrato por fallecimiento de su padre, esta persona tiene una vivienda heredada de sus padres donde podria ir a vivir con su otro hermano si me firma uno de los hijos al haber fallecido a quien le hice el contrato puedo cambiar la cerradura ellos tienen copia de las llaves

  58. Buenas tardes, Espero pueda ayudarme con mi inquietud.

    Durante varios meses estuve viviendo como inquilino en un apartamento en la ciudad de cartagena, tanto el Señor Arrendador como yo dimos por terminado el contrato de manera consensual, Pero no hice la entrega de las llaves del apartamento, debido a que las extravie dias atras, ¿Que debo hacer como arrendatario?

    Muchas gracias, espero su respuesta…..

    1. Hola Eliezer.

      Comunicarle por escrito, tu voluntad de terminar con el contrato, burofax, e indicar la fecha que te fuiste y el motivo de la no entrega de llaves.

      Un saludo

  59. Mi inquilino envía whatsapp comunicando que el 15 octubre dará por prescindido el contrato. Ese día entramos en la vivienda y resulta que arrancó el fregadero y el grifo de la cocina, dejando cables pelados sin bombillas. Le digo que no le devuelvo la fianza y él se marcha sin firmar ni entregar llaves amenazando con denunciarme. La vivienda está vacía. El arrendatario alquiló hace un mes otra vivienda en una calle cercana. Puedo entrar?

    1. Hola Sara.

      Pese a que lo ideal sea firmar un documento de finalización de contrato y entrega de llaves, en tu caso puede tener validez jurídica el mensaje que te remitio.

      Para mayor tranquilidad tuya, seria conveniente que le remitieses burofax, en la que le comunicas que a la vista del mensaje te remitio en la que te devuelve la posesión del inmueble, que no puedes hacer los mismo con la fianza, dado que existen desperfectos. y que quedas si quiere a instancia de hacer un documento de liquidación de contrato.

      A mi juicio si puedes entrar en la vivienda, con estos pasos que te indico.

      Un saludo

  60. Hola, te comento no problema,

    Realice una promesa de arriendo verbal con una persona de la cual, por medio s engaños se hizo pasar por un funcionario de las fuerzas armadas. Del cual su esposo que es carabinero, lo avaló en todo. Es así como se confío en ello y se entregó las llaves por medio de un tercero, para que se quedarán a la casa, con la condición que estos se podrían al día en un día específico. Lo cual no ocurrió, se les llamo y nada se dieron por incomunicados. Se fue a la comiseria donde ella trabaja y tendré que colocar un reclamo y denuncia. Mi problema es que ella esta en santiago y presentó verificado médico y el esta desaparecido. Lo que dejaron dos perros dentro s la propiedad. Hemos ido a ver si están 2 veces y no hay nadie. La vas esta sola con Lo animalitos. Hable.con una abogada y me dice que como no hay contrato y son apenas 12 días. Es difícil la situación y sacarlos. Lo que podría hacer es colocar una constancia s abandono e ir con un carabinero que conste su no hay nadie para abrir la casa. Puedo hacer eso?, si tengo pruebas de su se ha ido y no hay nadie?,

    1. Bueno atocar que ellos ya tienen una denuncia por abandono de propiedad de otra persona, su tampoco entregaron llaves.

      1. Hola Celia.

        Por lo que veo están en precario, por lo que tienes que pedir el desahucio por ese motivo. No poseen contrato.

        Si quieres mandanos copia del contrato a info@abogadosparatodos.net y vemos la acción judicial que pueda ser mas efectiva para tu caso.

        Un saludo

  61. Hola, gracias por compartir vuestro conocimiento con nosotros.

    Mi duda es la siguiente: a un inquilino que se le ha terminado su contrato el 31 de Agosto y que envia un burofax comunicando que a partir del 1 de septiembre da por finalizado el contrato con los dueños del local, pero no entrega la llaves. En estos momentos ¿el propietario podría entrar en el local?

    1. Hola Marta.

      Si no se acredita la devolución de las llaves no se puede entrar en el local (salvo que te lo permita expresamente el arrendatario).

  62. Hola Eduardo,
    Mi inquilina me informo la semana pasada que se iba del piso, dice que no tiene manera de devolver las llaves. ¿Si firma la resolución de contrato, la posesión del piso vuelve a ser mia aunque no devuelva las llaves? Su contrato acababa en diciembre y pagaba mediante transeferencia, así que no puedo seguir cobrando el alquiler.

    Un saludo y
    Muchas gracias

    1. Hola Sergi.

      La entrega de llaves en sí no es necesaria, pero si lo es la entrega de la posesión (que suele manifestarse con la entrega de llaves pero no es obligatorio).

      Por lo tanto, si te van a firmar un documento es importante que diga que la inquilina da el contrato por terminado y que, además, te autoriza a tomar posesión de la vivienda incluso usando servicios de cerrajería dado que le ha sido imposible devolverte las llaves (de esta forma no te equivocas).

  63. Buenas noches
    Tenemos un inquilino que nos notifica por WhatsApp que ha te dio que salir del país y que por razones personales no volverá!
    Así que ha escrito que su hijo mayor de edad que está en la vivienda actualmente nos entregaría las llaves y que la otra semana nos estregaría las llaves el hijo!
    Aparte debe 5 mensualidades de agua
    Puede ser legal que su hijo firme la finalización del contrato y entregarnos las llaves?
    Aun así ,que por nuestra conveniencia asumamos la pérdida del impago de dichos recibos?
    Aparte nos notifica que el mes que se debe se cobre de la fianza
    Con una autorización vía WhatsApp a su hijo valdría ?
    Gracias

    1. Hola.

      Por el mensaje que te ha mandado parece que el hijo está correctamente autorizado para devolver las llaves, así que no hay problema.

  64. Buenos días
    En el momento tengo un problema con una casa que compre pero la señora la tenia alquilada y la gente que estaba viviendo en ella no se quería ir,se demoraron en desocupar 4 meses,la que era la dueña de la casa fue a recibirle pero ellos terminaron el trasteo a la media noche y no puedo esperar las llaves quedaron en que las dejaban donde un vecino pero ellos no lo hicieron. Yo necesito hacerle unos arreglos urgente a esa casa y no sabemos que hacer aunque la que era la dueña nos autorizo a ingresar y cambiar la cerradura pero no se si se pueda muchas gracias por su colaboración

  65. Hola,me gustaria saber los.costes que tendria demandar alquilino y si.se a ido con las llaves ,sin finalizar el.contrato como localizarlo para la entrega de los burofax,gracias.

  66. Hola Santi,

    Preavisando tu intención de no renovarlo con 30 días de antelación no tendrías que indemnizar al arrendador

    Tu contrato es anual renovable, no es de 5 años.

    Un saludo

  67. Hola Eduardo
    Tengo un contrato de alquiler que pone:

    El plazo de duración del presente contrato es de un año, a contar desde el día 1 de Agosto de 2015. Prorrogándose por anualidades hasta un máximo de cinco prórrogas, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador, con treinta días de antelación como mínimo a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera de las prórrogas, su voluntad de no renovarlo.
    Una vez transcurrido el primer año, en caso de desistimiento y abandono anticipado de la vivienda por parte del Arrendatario, éste deberá comunicarlo con un mes de antelación y compensar al arrendador con una cantidad equivalente a una mensualidad de la renta en vigor por cada año del contrato que reste por cumplir. Los períodos de tiempo inferiores al año darán lugar a la parte proporcional de la indemnización, contando desde que el Arrendador haya tenido constancia de tal situación de abandono o renuncia unilateral.

    El piso lo voy a abandonar el 01 de agosto 2017, es decir, transcurrido los 2 años dede la firma del contrato. Tengo que imdenizarles con una mensualidad de la reta por los 3 años que quedan de las prorrogas ?

    muchas gracias

  68. Hola, estoy de alquiler en un piso que dejé a final de mes, a la entrega de llaves no nos pusimos de acuerdo el propietario y yo por el tema fianza y desperfectos.
    Intenté repetidas veces llegar a un acuerdo, contratar un pintor (en el contrato no pone nada de dejar paredes pintadas) etc
    Ha puesto la negociación muy difícil, aún así yo siempre receptiva a solucionar la situación
    En una ocasión deje las llaves a la inmobiliaria que llevaba este contrato para que dejaran ver el piso al propietario una vez más para que comprobara q se estaba haciendo lo que él pedía.
    Solo quedaba cuadrar lo de la pintura, y no me daba confianza de que haciendo esto estuviera satisfecho, así que le propuse que cogiera el dinero del presupuesto del pintor de la fianza o que firmara algún documento dejando constancia de que me devolvería la fianza una vez pintando el piso.
    En este momento, fue cuando volvió a la inmobiliaria y cogio las llaves del piso sin haber firmado yo antes.
    Que puedo hacer?
    El suministro del agua un está dado de alta

  69. Buenos días Javier, tengo un piso alquilado a dos amigas y una de ellas ha decidido abandonar el piso llevándose las llaves y se niega a firmar la finalización del contrato hasta que le devuelva su fianza pero como hay desperfectos en el mobiliario le indico que no se la devuelvo. La otra que queda quiere quedarse con el piso pero con contrato nuevo a su nombre. Qúe tengo que hacer?

    1. Hola Raquel.

      No puedes firmar un nuevo contrato estando el otro en vigor, por lo que tendrás que finalizar ese contrato judicialmente (si no lo consigues amistosamente, como parece ser el caso).

      Por lo tanto tendrás que interponer demanda de desahucio por impago si te dejan de pagar. Si no te dejan de pagar no podrás pedir la finalización del contrato, sobre todo por la dificultad de probar que la otra chica se ha ido.

  70. Hola,
    Mi inquilino ha firmado e contrato con la agencia (lo tengo alquilado a través de una) declarando que deja el domicilio el día 31 de Abril. Contrato de rescisión firmado por su parte, pero ahora está ilocalizable. Es decir, ¿qué ocurre si tengo la rescisión de contrato, pero llega el día de entrega de llaves y no da señales de vida? ¿podría dar por sentado que ha abandonado el piso y puedo entrar en él? ¿o es necesario que entregue las llaves y además del contrato firmado me asegure de alguna manera de que ha abandonado e piso en la fecha estipulada? ¿sería allanamiento de morada?
    Muchas gracias

    1. Buenos días Javier,

      Entiendo que si ha firmado la rescisión del contrato, y expresando su voluntad de dejar el inmueble, supliría la entrega de llaves, y podrias entrar en la vivienda sin ningún problema.

      Un saludo

  71. Bueas tardes, firmamos resolución de contrato de mutuo acuerdo con reconocimiento de deuda, pero no me han devuelto las llaves, se considera tomada la posesión, o debeo de interponer demanda para recuperar la posesión el local. Saludos

  72. Hola soy una inquilina que le alquilo una habitación a un amigo pero no está incluido en el contrato, se marchó del piso pero no me aviso y le he llamado y dejado mensaje y no me responde. El caso es que se llevó las llaves. Puedo denunciar esta situación? Me da miedo que entre cuando yo no esté

    1. Hola Mily,

      Intenta hablar con el propietario, y dile que un amigo se llevo unas llaves del piso y temes que pueda entrar a fin de cambiar la cerradura.

      Seria un detalle por tu parte que los gastos del cambio de la cerradura te hicieras cargo, por no haberle comunicado al arrendador el subarriendo.

      un saludo

  73. Buenas noches una pregunta durante varios años e tenido un piso de alquiler hace tres meses me fuy a probar suerte en un trabajo a las afueras no quería dejar el piso por si el trabajo me iva mal bueno la cosa es que una amiga que en aquel momento lo necesitaba me dijo que mientras estaba yo fuera ella viviría allí y se haría responsable de los pagos del piso bueno la cuestión es que en el trabajo me ha ido de maravilla y me quedo a vivir aquí ahora viene el problema
    Aviso a las fincas de lo que me pasaba y de que en un mes abandonó el piso ellos encantados así podrán subir la renta se lo comento a mi amiga y se niega a irse pero no solo eso el piso está todo absolutamente todo es mío y no deja que me lo lleve es más a cambiado el bombin dice que como los últimos dos meses lo pago ella que no se va ni entro yo a llevarme nada . Que puedo hacer ? Gracias por atenderme

    1. Pat comunica la situación a la inmobiliaria dado que tu amiga esta en precario y sin tu consentimiento.

      La inmobiliaria tendrá que poner el desahucio sino se va.

      Realmente puedes denunciar a tu amiga por coacciones y apropiación indebida, la situación es rocambolesca.

      Un saludo

      1. Buenas tardes Carlos al final he podido devolver las llaves del buzón y del portal e firmado la renuncia del piso espero recuperar almenos la fianza económica del piso ya que todo lo mío se ha quedado dentro y se niega a irse es surrealista

  74. Le comunico a mi inquilino que le subo el alquiler de arrendamiento al vencimiento del contrato por Whatsapp con más de dos meses de adelanto.Me comunican que dejan el piso un mes antes, no pagan la renta y le darán las llaves al portero. Vía burofax le digo que iré personalmente a por las llaves y a comprobar el estado de la vivienda y firmar la rescindir.No he obtenido respuesta..En el caso de hacer la entrega al portero y teniendo los WhatsApp de ellos…Puedo dar por rescindido el contrato o debo perdonarme a la policía para evitar denuncia de allanamiento de morada? Puede la policía acompañar al domicilio ante esa situación? Tengo ya personas interesadas en la vivienda y no quiero demoras.Graciaa

    1. Buenas tardes Marta,

      Los casos judiciales que conozco personalmente, y en los que me he encontrado esta situacion, la comunicacion por whatsapp para dejar la vivienda y entrega de llaves al portero o vecino, el juez lo ha tenido por valida a efectos de resolucion unilateral del contrato de arrendamiento de la vivienda por el arrendatario. Ya que la entrega de llaves es voluntad inequivoca de cesar en la posesion del inmueble.

      Ahora podras pedir judicialmente las rentas dejadas de abonar y los daños si existen en la vivienda a dichos inquilinos si lo deseas.

      Un saludo

  75. hola.
    mi caso es con un negocio, el cual arrende hace años, hace dos años el inquilino dejo de pagar y despues de intentar solucionarlo de buenas decidi interponer demanda de desahucio, en junio tengo fijado el juicio, sin embargo hace unos meses vi que el negocio estaba totalmente abandonado y en serio deterioro el cual si seguia por mas tiempo no tendria posibilidad de arreglar pues es zona protegida y si se terminaba de caer no podria volver a levantarlo por lo cual entre en el entendiendo que habia abandonado el local y lo he restaurado. ahora me interpone demanda pidiendo que salga del inmueble porque hay un proceso judicial y que le restituya el inmueble cuando el lo habia abandonado.
    que debo hacer?

    1. Buenos días Juan,

      Efectivamente es el Juzgado de Instancia es el que te tiene que restituir en la posesión del inmueble, dado que existe un contrato de arrendamiento vigente, mientras no se resuelva lo contrario.

      Te aconsejo que para el juicio acredites, que lo que hiciste es realizar obras de conservación del inmueble dado que se encontraba en estado ruinogeno por abandono del inquilino, por lo que cumpliste con tu obligación como arrendador.

      Un abrazo

  76. Hola,tengo un piso alquilado por un año y quedan 5 meses para que se cumpla el año.El inquilino me ha dejado las llaves en el buzon y se a ido ,deviendome 900€ . No me ha avisado con 30 dias de antelacion de que deja el piso.Le he dicho que tiene que firmar un documento de fin de contrato con disconformidad, el se niega a firmarlo y yo le he dicho que el contrato sigue en vigor y que la deuda aumentara,me dice que el solo pagaria hasta cuando dejo las llaves en el buzon.mi duda es si existe algun documento que especifique que me entrega las llaves y no ponga nada que tiene deudas y yo luego reclamarlas,se puede hacer eso? o al no poner nada de deudas luego no las puedo reclamar?

    1. Hola David.

      El problema es que, tal y cmo tu dices, mientras no te firme un documento (o haya testigos) el contrato sigue en vigor.

      Esto te obligaría a poner demanda de desahucio por impago de rentas para no caer en el error de entrar en la vivienda y que el inquilino posteriormente regrese a la vivienda exigiendo que el contrato sigue en vigor o, aún pero, te extorsione…

      Con la firma de un documento como el que mencionas puedes reclamar posteriormente la renta adeudada. Pero si realmente quieres estar tranquilo la única opción es interponer la demanda de desahucio por impago.

      Si quieres mándame copia del contrato de arrendamiento a info@abogadosparatodos.net y le echo un vistazo para asegurarme que no vaya a haber ningún problema en caso de poner la demanda.

      1. Gracias Eduardo.Con ese documento de entrega de llaves,si lo firma claro,puedo cambiar las cerraduras de la puerta de entrada a la vivienda?y con ese documento puedo recuperar la fianza?,La fianza la tengo depositada en hacienda de Valencia.

  77. Buenas, mi caso es yo soy inquilino, cuando fuimos a ver la casa la única objeción que le puse fue que el colchón debía estar en perfectas condiciones, entró y la casa estaba muy sucia tuve que limpiarla antes de entrar durante dos días, hice un video el cual publiqué en Facebook, bien la primera noche el colchón era infumable no se podía dormir, y al plantearselo me dice que no es su problema y le dije que quería rescindir el contrato. Bien me reclama la fianza por lo que hablo con mi abogado y me dice permanezca durante 6 meses y un mes antes le avise con 30 días de que dejó la casa. Me pide un mes de indemnización por cancelar el contrato yo no estoy de acuerdo. Que debo hacer

    1. Buenas tardes Jesus,

      En primer lugar el arrendador debe entregar el piso con unas minimas condiciones de habitabilidad y limpieza, y dado el precio de un colchon debe suministrar uno que pueda destinarse para su uso normal.

      La indemnizacion que te quiere aplicar seria para el caso de que esté expresamente pactada en contrato.

      Eso si debes al menos cumplir los 6 meses.

      Intenta que te firme un documento en el que pagues tu el colchon y que el acepte que en el proximo mes se descuenta de la renta.

      Un abrazo

  78. Buenos días Raul,
    alquilé un piso a una pareja y durante dos años todo ha ido bien. En noviembre de 2016 se fueron a otro piso pero no hemos firmado la finalización del contrato ni me han devuelto las llaves ni yo he devuelto la fianza. El caso es que me enviaron un burofax reclamando la fianza y dando por finalizado el contrato, desde entonces intento devolver la fianza y recuperar las llaves pero no me contestan ni se ponen en contacto conmigo. También he enviado un requerimiento notarial pidiendo la devolución de las llaves y consignando la fianza para que la recojan, pero hacen caso omiso, ha finalizado el plazo y no hay noticias de ellos (no están desaparecidos pq el notario pudo hacerles entrega personalmente).
    Llevo 4 meses sin poder alquilar la vivienda y sin que ellos me paguen la renta. Puedo reclamar todo esto judicialmente? y los gastos como luz y agua que sigue teniendo la vivienda?

    gracias de antemano.

    1. Hola Ana María.

      Hasta que no se devuelvan las llaves no se puede dar por finalizado el contrato, por lo que para recuperar la posesión de la vivienda de forma totalmente legal tendrás que interponer demanda de desahucio.

      Quedo a tu disposición en info@abogadosparatodos.net

  79. Rente una casa pero no firme contrato la desocuparon y no me entrego las llaves puedo demandar?
    Que me conviene hacer?
    Muchas gracias excelente blog

    1. Hola Verónica.

      No es que puedas demandar. Es que debes hacerlo.

      Piensa que mientras no hayan devuelto las llaves y firmado un documento de resolución de contrato, el contrato sigue en vigor.

      Quedo a tu disposición para cuanto necesites en info@abogadosparatodos.net

  80. buenos dias agradezco la valiosa ayuda, mi casa se rento por medio de inmobiliaria y la inquilina de un dia para otro dijo estar molesta y que se marchaba a ella aun no se le ha terminado el contrato de arrendamiento le faltan tres meses pero desocupo hace 15 días y no ha devuelto las llaves dejo grandes destrozos y ademas pega avisos publicitarios en mi fachada para que sepa a donde atiende ahora que debo hacer por que yo no quiere mantener estos avisos y estoy tratando de tener paciencia para que ella entregue las llaves y no caer en el riesgo de que me demande es terrible puesto que a ella se le ayudo con muchas cosas

  81. puede un inquilino despues de haber firmado un contrato de rescicion y habersele devuelto el deposito y el haber devuelto las llaves, denunciar o demandar al propoietario por algunna razon???? me manda carta documento despues de 2 meses q se fue . no puede obtener carta xq estoy en mi trabajo y al llamar al correo me dicen q no puedo ir a buscarla qe puedo hacer???? gracias

    1. Hola.

      Me extraña que sea el propietario quien te haya demandado, aunque puede hacerlo si, por ejemplo, se ha encontrado la vivienda con muchos deterioros.

  82. Hola, Eduardo en mi casa tengo el caso de que se arrendo el local para un fruver el contrato se realizo por 6 meses y el tan solo lleva dos meses, lleva mas de una semana desaparecido e los números de celulares que tenemos no responde incluso ya se encuentran apagados. Por supuesto ya se le venció el arriendo pero también a omitido el pago de este. Que podemos hacer pues este es el único ingresos que tenemos.

  83. El inquilino ha abandonado el piso dejando parte de los muebles en la vivienda. No quiere del ver la llave, y no se sabe de su paradero. Según lo leído, para recuperar la llave hay que denunciar, pero no se da con su paradero y los burofax se dejan en los buzones porque en las direcciones que tenemos no se ha encontrado nadie para su entrega.
    Preguntas:
    Sí el inquilino ha desaparecido o se ha muerto, que establece la ley para su recuperación?
    Si en este periodo se produce una fuga de agua y está dañando al vecino de abajo y hay necesidad de entrar para reparar la avería, ¿Como se puede entrar en el piso?. Esto se podría llamar caso de fuerza mayor. Podría valer cualquier otro ejemplo.
    Si al cabo de 8 o más meses se celebra el juicio y el inquilino se declara insolvente ¿ Que tipo de castigo establece la ley por el daño causado?
    Espero su aclaración.
    Un saludo

    1. Hola Alejandro.

      En el caso que planteas o bien el contrato ha terminado o bien sigue y el inquilino ha dejado de pagar la renta.

      Por lo tanto lo que hay que hacer es interponer una demanda de desahucio, bien por finalización de plazo, bien por impago.

      La demanda hay que interponerla para que vaya al domicilio arrendado. Como no hay nadie en esa casa, la ley establece que en esos casos la demanda se cuelga en el tablón de anuncios del juzgado y de esa forma se da por notificado al inquilino (se entere o no se entere de ese hecho). Transcurridos diez días sin que el inquilino se oponga a la demanda (no se opondrá porque no se habrá enterado de nada) el juzgado decreta que se realice el lanzamiento o desalojo.

      En cuanto a las sumas impagadas, si el inquilino es insolvente y no tiene nada, nunca se llegará a cobrar la deuda, aunque nunca se sabe si puede cambiar su situación.

      1. No entiendo a la justicia. Una persona sin tener motivo alguno se lleva las llaves de tu casa , desaparece, no responde, no puedo entrar en mi casa, hay que interponer una demanda para que un juez autorice a entrar en tu vivienda, te puedes llevar 6 u 8 meses para recuperarla, te produce un daño de 4000 a 6000 € sin contar el que tiene que reparar algunos daños en el piso, efectuar la pintura y la limpieza de la casa , y no hay ningún castigo por todo ello al declare insolvente. Todo es muy lamentable y no se puede hacer nada. Se siente uno impotente por este tipo de justicia, incapaz de privar como mínimo de libertad a la persona que hace daño a otra por hacerlo. Algo no funciona en nuestro sistema de impartir justicia.

  84. Hola Eduardo,

    Hace unos meses hice un contrato en precario, de un local comercial para 5 meses. La fecha de finalización de contrato ha finalizado y la otra parte, no ha devuelto las llaves del local, (creo que se ha ido a vivir fuera del municipio donde esta el local). A la fecha de finalización de contrato, retiro todas sus pertenencias y ya no lo ha vuelto a abrir.

    ¿Que podría hacer para recuperar la posesión del local?

    Un saludo y muchas gracias.

    Carlos.

    1. Hola Carlos.

      Disculpa la demora.

      Si no te devuelve la posesión voluntariamente tendrás que interponer una demanda de desahucio por precario para poder entrar en el local con todas las garantías, pues si optas por entrar sin hacer esto te expones a riesgos innecesarios.

  85. hola, he alquilado una vivienda a traves de una inmobiliaria. El inquilino rescindio el contrato antes de que finalice, pero la propiedad esta destruida y no se le aceptan las llaves hasta tanto no repare los daños. Mientras tanto no tengo llaves de mi inmueble.Que pasos debo seguir yo como propietaia+ y que se le debe demandar al inquilino hasta que devuelva el inmueble++

    1. Hola Silvia.

      Mientras no tomes las llaves el piso sigue alquilado, por lo que tendrás que presentar una demanda de desahucio para que sea el juez quien te permita recuperar la vivienda.

      Posteriormente tendrás que interponer una demanda reclamando los daños existentes en la vivienda.

      Son dos procesos distintos.

      Quedo a tu disposición para cuanto necesites en info@abogadosparatodos.net

  86. Buen día!
    Alquiler el departamento por medio de una inmobiliaria. Avise con 30 dias de anticipación que me iba del departamento y hable con la inmobiliaria para informar esto. Mande la carta a documento correspondiente avisando que me ibaa la dueña, y cuando llego el final del mes me fui.
    Espere que me avisen para firmar el contrato y entregar las llaves pero no lo hicieron hasta un mes despues. por medio de mensajes de whatsapp desde la inmobiliaria me pidieron que deje la llave en la guardia del edificio, hice eso que me pidieron.
    Hoy casi tres meses despues la dueña dice que debo pagarle los tres meses de alquiler mas expensas mas intereses.
    reclama mucho dinero, cuando yo hice las cosas como lo pidio la inmobiliaria.
    que debo hacer?
    Muchas gracias!

    1. Hola mauro.

      Tendrás que guardar todas las pruebas que tengas y si te reclaman judicialmente tendrás que aportarlas para defenderte.

  87. Hola Eduardo,
    Tengo un piso alquilado, el contrato finalizó el 31 de Agosto pero el inquilino aún jo se ha marchado. He contactado con él en varias ocasiones vía mensaje de texto o telefónica para comunicarle que debe dejarlo, sacar sus cosas, devolver las llaves pero no hace ni caso. La fecha y hora límites que le habíamos dado era hoy 1 a las 12:00 pero no estaba.

    He subido a la vivienda porque sí estaba un compañero de piso (le permitimos subarrendar las habitaciones porque si no no podía pagar el alquiler), y faltan cosas: cuadros, un sofá, una cama… no me importa tanto eso, como el hecho de recuperar las llaves. ¿Qué puedo hacer? También debería conseguir que firme algún tipo de contrato de finalización por lo que he entendido en su entrada, no?
    Gracias de antemano por su tiempo.

    1. Hola Beatriz.

      ¿Se ha solucionado ya tu problema con este inquilino?.

      En caso de que no quiera firmar nada ni devolver las llaves tendrás que poner una demanda de desahucio.

      Quedo a tu disposición para cuanto necesites en info@abogadosparatodos.net

  88. Muy interesante esta entrada de su blog. Tengo una duda. Si un arrendatario de local de negocio firma un acuerdo de resolución de contrato y entrega de llaves pongamos que a 3 meses vista, pero llegado el día de la entrega efectiva de las llaves no se presenta a la hora fijada ¿El documento de acuerdo de resolución de contrato firmado 3 meses antes es suficiente para el arrendador tome posesión del local aún sin haber recibido las llaves o hay que acudir a la justicia?

    1. Hola Alfredo.

      Hay que acudir a la justicia puesto que sin entrega de la posesión no se materializa la resolución de contrato, es decir, no puede tomar lícita posesión del local el arrendador.

  89. Hola Eduardo.
    Mi vivienda la alquiló un matrimonio. Hace un mes manifestaron su intención de marcharse. Pasado el mes y sin tener noticias de ellos les pregunte vía WhatsApp cuando abandonaban la vivienda y me contestaron que la dejaron vacía el día 25 y que me han dejado un juego de llaves en el salón. Que el otro juego me lo entregara ella cuando pueda. Mi consulta es: Es suficiente para poder entrar en la vivienda a ver si hay desperfectos y si puedo alquilarla de nuevo ya?
    Muchas gracias por su ayuda.
    Realiza una gran labor.

    1. Hola jose.

      Disculpa la demora.

      Esto solo puede contestarlo un juez, pero en mi opinión lo mejor es que firmen un documento de finalización de contrato para que puedas entrar con total tranquilidad en la vivienda.

      Y si no lo hacen pues tendrías que interponer una demanda de finalización de contrato, pues de no hacerlo la situación se podría volver en tu contra si se dan determinadas condiciones.

  90. Hola Eduardo.
    Ante un inquilino que manifiesta la voluntad de finalizar el contrato de arrendamiento, abandona el piso, se va a otra ciudad, no aparece cuando quedo con él para firmar la resolución del contrato, manifiesta por teléfono que sí, que él ya se ha ido, que quiere entregarme las llaves y no puede porque está fuera y que me autoriza por teléfono a entrar en mi vivienda….. Ante esta situación, ¿sería válido un documento firmado por él y enviado por correo certificado con acuse de recibo, en el que se refleje su voluntad de terminar el contrato y autorizarme para entrar en la vivienda?. ¿Tendría este documento la misma validez que una resolución de contrato firmada por las dos partes?
    Muchas gracias y un saludo

    1. Hola Jose.

      Sería válido, al menos en lo que respecta a la posesión, es decir, ese escrito te permitiría entrar en la vivienda y sería el momento en el que dejarían de devengarse rentas de alquiler.

  91. Buenos días, antes que todo agradecerte que compartas tus conocimientos de una manera tan altruista.

    Me ocurre lo siguiente: Mi inclino ha hace unos meses dejó d pagarme las rentas estipuladas en contrato. Ante esta situación y ya que no atendía al teléfono) me desplacé hasta la vivienda en cuestión y me llevé la sorpresa de que ya no esta viviendo allí, tenía el piso subarrendado a otras personas ( algo prohibido en el contrato de arrendamiento). Cuando puse al día a los subarrendatarios estos me dijeron no saber lo que estaba pasando y que ellos se querían quedar, por lo que empezaron a abonarme a mí la renta . Mi problema es el siguiente: ¿ como reclamo lo que mi inquilino me debe? ¿ debo solicitar desahucio o simplemente reclamar cantidades?

    1. Hola Javier.

      Si das la situación por buena estarás consintiendo que existe una cesión, es decir, que el antiguo cede a los nuevos el contrato de arrendamiento y por tanto los nuevos ocupantes son los nuevos inquilinos o arrendatarios.

      Esto quiere decir que tendrás que reclamar solo las cantidades al inquilino original.

  92. Hola, queria hacer una consulta.
    Mi inquilina me envia el dia 1 de Agosto un sms comunicando que no renueva (acabaria el 31 de Agosto). Le replico via sms que no hay problema, pero le recuerdo que debe estar al corriente de pagos y de suministros, y que la fianza no esta para pagar cuotas, sino posibles daños y suministros pendientes. No me responde y no ha pagado este mes. Como hizo un cambio de telefono, para asegurarme, le envio sms a los dos moviles, y le digo, todo por sms, que prepare un documento comunicandome el fin de contrato por si el sms no tiene validez, para evitar problemas.
    Como tuvimos fricciones hace unos meses, no le dejo pasar ni una. El plazo para pagar el mes es del 1 al 7, y el dia 9 presento un monitorio por impago de Agosto.
    La semana que viene tengo que ir a finalizar el contrato, pero como no da señales de vida, me huelo que ha cogido y se ha marchado sin mas y pasa de contestarme.

    La pregunta es:
    Puedo entrar el dia 31 de Agosto al piso, con testigos, y cambiar cerraduras y dar por finalizado el alquiler?. O tengo que aguantarme las ganas y pedir una autorizacion al juzgado?. Eso significaria irnos a Septiembre o mas tarde. Podria ampliar en este caso el monitorio inicial para incluir estos meses adicionales, o que la resolucion del juzgado de ‘toma de posesion’ de la vivienda ya se pronuncie al respecto? .
    Podria aguantar sin alquilarlo de nuevo uno o dos meses, pero no mucho mas.
    Gracias

    1. Hola Óscar.

      El juzgado no te va a dar una autorización para entrar, puesto que existe un contrato en vigor en favor de tu inquilina.

      Sólo si interpones una demanda de desahucio el juzgado te dará esa autorización, pero claro, dentro de cuatro o cinco meses.

      Por supuesto en la demanda de desahucio se reclaman las rentas que se devenguen hasta que recuperes la vivienda, y la inquilina te las tendrá que pagar.

      Si no haces las cosas así y decidds hacer lo que has pensado te puedes encontrar con el problema de una denuncia penal por allanamiento de mirada en caso de que a la inquilina le apetezca «buscarte las cosquillas».

      Por mi parte, quedo a tu disposición en info@abogadosparatodos.net en caso de que valores hacer las cosas correctamente e interponer la demanda de desahucio.

      1. Hola a todos. Hoy es 12 de Octubre y voy a poneros al dia de como ha quedado el tema mio.

        La inquilina se marchó, dio a entender, pèro no lo dijo de forma clara, que el ultimo dia estaria en el piso, pero en realidad no fue así. Dejó las llaves en el buzón y se largó.
        Con dos testigos entré en la vivienda, advirtiéndola por sms que lo iba a hacer.
        La vivienda estaba en condiciones aceptables, aunque eso de limpiar debajo de la cama no debía ir con ella.
        Tomé fotos de los contadores por si acaso, estuve varios días limpiandola y la volví a poner en alquiler.

        La inquilina, al recibir mi sms me responde con que ‘deje de amenazarla’, y se pone en contacto con un abogado.
        Yo, que anteriormente había puesto un monitorio, viendo que no había daños, que el abogado me comunica que le pase la liquidación de desperfectos y consumos, y que hablo con el abogado para remarcarle que solo quiero que me deje pòr escrito que termina el contrato, decido desistir del procedimiento.

        La justicia es tan lenta que tardaron un mes en presentarse en ‘mi vivienda’ para notificarle el monitorio a la inquilina. Ella la se había marchado, claro.
        Resulta que mi desistimiento se produce una semana antes de que intentasen entregar la notificación a la demandada, asi que ahora recibo un certificado del juzgado de que la demandada está ilocalizable, que yo he desistido (una semana antes de que intentasen notificar) y que, como he desistido, me toca pagar costas, que no me dicen las que son. Alguien lo sabe?. Me suena a 100 euros mas un porcentaje del importe de la demanda, pero no estoy seguro.

        Volviendo al tema, el abogado contacta conmigo por email para indicarme que su ‘cliente’ (lo hace como favor, sin contrato de servicios, supongo que debe ser un familiar o conocido) quiere que le pase la factura de los desperfectos y los consumos pendientes para proceder a la liquidación.
        Contacto por teléfono con el y le digo que lo único que quiero es un escrito de que se cancela el contrato, que él, como abogado, sabe que ciertos actos no son validos por sms (como despidos, que hay sentencias al respecto).
        Habla con ella y me responde que esta dispuesta a firmar un documento de fin de contrato, siempre que le acredite que están los cambios de suministros hechos y le justifique los desperfectos. Le doy a este correo validez plena y procedo a alquilar de nuevo el piso.

        Los desperfectos me los ha arreglado un amigo, a precio de amigo, así que no se los voy a pasar, pero le podía haber pasado, por una compañía de reparaciones, una factura del orden de 100 euros o mas.
        Y de los suministros, tuve el fallo de no hacer el cambio de titular inmediatamente, el día después de marchar ella, , ya que tenía el piso alquilado de nuevo, decidí esperar a la firma, pero esta tardó 10 días mas de la cuenta, y en ese momento se intentó hacer el cambio de suministros, cuando ya habían pasado 2 semanas desde que la otra se fue.

        Alguna factura estaba en curso entretanto, y la compañía se negaba a hacer el cambio mientras no estuviese pagada dicha factura.

        Ahora parece que ya están todos los suministros cambiados, y creo que a la susodicha no le llegará ninguna factura de más, por lo que CASI puedo asegurar que al fin se resolverá todo y el abogado de la otra me facilitará un documento firmado de fin de contrato.

        Cuando a la nueva inquilina le lleguen las facturas tendremos que ver la parte que corresponde a ella, la parte mía (los días en que no hubo inquilino en el piso, unos 15 días), y la de la antigua inquilina, pero estamos hablando de migajas, porque los consumos han sido nulos, ya lo he comprobado, y en algunos casos se paga una cantidad por días transcurridos, pero no creo que supere los 5 o 10 euros en total.

        Espero no tener mas sobresaltos y que todo acabe bien. Me da la sensación de que he jugado con fuego, pero que por fortuna no me he quemado. Me va a costar la reparacion, algún pequeño desajuste en las facturas, y las costas de un intento fallido de monitorio, que la otra ni se ha enterado que se lo puse.

        Gracias.

        1. Hola Óscar.

          Aunque te condenen a pagar las costas, no vas a tener que pagar nada, pues no se han generado costas y, además, en el monotorio no es preceptivo abogado ni procurador.

  93. Hola Eduardo, el inquilino y nosotros no coincidimos a la hora de entrega de llaves por varios motivos, él necesita marcharse antes y nosotros por que vivimos a 900km no es imposible estar antes…nos ha comentado la idea de dejárselas a un vecino nuestro, sería válido aunque no firmemos el Documento de resolución de contrato??.
    Gracias.

    1. Es muy importante que se firme un documento de resolución de contrato.

      Dile que autorice al vecino para que éste firme en su nombre a finalización del contrato y entrega de llaves.

  94. Hola. He comunicado a mi inquilino que, por motivos económicos, debo ocupar la vivienda. Se lo comuniqué por burofax, ya que no me quiso firmar el aviso que le entregé. El plazo son dos meses, pero yo le di más. Incluso le dije que si necesitaba una semana más después de la fecha para efectuar la mudanza, que no le iba a cobrar.

    Hace unos dias me llamó para decirme que ya habia encontrado piso y quedamos para el dia 8 de Agosto para hacer la entrega de llaves. El problema es que me reclama 300 euros en concepto de dos meses de fianza, y me dijo que eso es lo que habló con mi padre, que le hizo un recibo del mes de alquiler pero no le hizo ninguno de la fianza, y que no va a devolverme las llaves hasta que no se los devuelva.

    Mi padre falleció hace dos años, pero a nosostros nos dijo que le pagó un mes de fianza. Por más que he buscado no he encontrado ese recibo, pero él tampoco lo tiene. Además me dijo que tenia todos los suministros pagados, pero fuí a la compañia de aguas y me dijeron que debía un recibo, además de los que están en proceso de facturación.

    La fecha que le puse en el burofax es el 30 de Septiembre. ¿Debo esperar a esa fecha para poder entrar en el piso si no me devuelve las llaves?¿Si se va y no me devuelve las llaves, como debo proceder?

    Espero su respuesta y le doy las gracias por ello.

    1. Hola Jose Vicente.

      Si no te devuelve las llaves no debes entrar en la vivienda, ni ahora ni en septiembre, pues te juegas que te denuncie por allanemiento de morada (el contrato terrmina cuando hayáis firmado la finalización del contrato).

      Respecto a la fianza, la ley dice que en viviendas la fianza es un mes, por lo que se da por hecho que es un mes (y si él dice que son dos, que lo demuestre).

  95. Buenas tardes. Hasta hace 3 días vivía alquilada en un piso muy viejo, que tenía inundaciones de aguas fecales cada 3 meses aproximadamente, de las cuales el dueño nunca quiso hacerse cargo. La relación con el casero, como os imaginaréis no era buena desde hacía algún tiempo.
    La semana pasada vacié el piso, lo limpié todo y se lo dejé perfecto para entregárselo, después de haberle avisado de que me iba hacía ya 30 días.
    A él le pareció bien, quedamos hace 3 días y le hice entrega de las llaves. Discutimos y me quedé tan cabreada que no firmamos ningún tipo de documento conforme le entregué las llaves. La fianza le dije que se la podía quedar en concepto de un mes que me había quedado sin pagar.
    Mi pregunta es: ¿cuáles son las consecuencias de no haber firmado la entrega de llaves? Sé que ese mismo día metió a una familia a vivir allí (no sé si con contrato o no), así que me imagino que el que lleva las de perder es él en caso de problemas, pero este tema me está quitando el sueño.
    Gracias por leerme.

    1. Hola Ana.

      Al no haber dejado documentada la finalización del contrato los dos podréis tener problemas en caso de que el otro quiera buscar las cosquillas.

      El dueño puede reclamarte rentas hasta hoy. Tu puedes decir que esa vivienda sigue siendo tuya y que ha entrado otra gente.

  96. Hola Eduardo,
    Tengo una duda, tengo un inquilino que la semana pasada firmó la comunicación que a final de mes rescindía el contrato y se haria la entrega de llaves dando por finalizada nuestra relación. Llegado el día de la entrega de llaves tiene que firmar algún documento más? En un principio la fianza no se le devolverá ya que a fecha de hoy me debe 3 meses. Si llega el día y no me entrega las llaves que puedo hacer?
    Muchas gracias por tu tiempo.

    1. Hola Laura.

      El documento que ha firmado en realidad no sirve de mucho.

      Lo que si que es necesario es que firme, el día que te entregue las llaves, un documento en el que diga que queda resuelto (terminado) el contrato, que te entrega las llaves y que la fianza te la quedas tu por los motivos que sea. Y si no quieres poner nada de la renta que te debe pues no lo pongas (posteriormente podrás reclamárselo).

      Si no te firma este documento (o no te entrega las llaves) tienes el problema de que no tienes prueba de que el contrato ha finalizado, por lo que pueden surgir problemas en el futuro.

  97. Mi inquilino ha hecho un nuevo destrozo en la vivienda . El seguro no me cubre el arreglo. He pagado varios arreglos este ultimo año y me he negado a pagar este ultimo destrozo que ha realizado. Como consecuencia de ello el inquilino me ha llamado diciendo que se va de la casa, que prepare el fin de contrato para firmarlo a fin de mes y que solo me entregará las llaves, si en el acto, ese mismo día le pago la fianza.
    En la casa vive otro inquilino que comparte con él el piso y que quiere quedarse , va a buscar nuevo compañero de piso, aunque me ha comentado que si no encuentra compañero de alquiler, al no poder pagar el piso solo, si pudiera ser que yo no le penalizara si se va. Yo le he dicho que no le penalizaré ya que no ha sido culpa suya el quedarse solo.
    Este inquilino me abriría la puerta y yo no tendría problema, una vez firmado el fin de contrato con el primero, en entrar a comprobar como me ha dejado la vivienda antes de pagarle la fianza (por si hubiera hecho algún destrozo) ni tendría problema para enseñar el piso a un nuevo inquilino. ¿El inquilino que se va no tiene obligación de entregarme las llaves cuando firme el contrato?
    A mi me parece que legalmente una vez que ha firmado el contrato, no debería quedarse con las llaves de un piso que pertenece y está alquilado a otras personas. ¿No debería yo una vez firmado el fin de contrato, si no me entrega las llaves, cambiar el bombín de la cerradura para evitar la entrada del que se ha ido y de que pueda original cualquier desperfecto, ya que me ha demostrado que no es una persona de fiar?. Ese gasto de cambio de bombín,¿ no debería descontárselo de la fianza, junto con los recibos pendientes de agua, luz y gas? Ya que es un gasto de cerrajero que él me obliga a hacer, al no quererme entregar las llaves.
    En el contrato de alquiler pone que la fianza se entregará en el plazo de un mes desde el fin del contrato. Si yo espero este mes para pagársela seguramente no me va a querer entregar las llaves el día de la firma de fin de contrato. Yo creo que el fin del contrato si querrá firmarlo, pues de lo contrario tendrá que hacerse cargo del recibo de los meses siguientes.
    Yo pensaba entregarle la fianza a los 5 días de irse si en el acto de firma de fin de contrato me las entrega, por hacerle un favor y no verle más, pero temo que ese favor vaya contra mi, ya que si le doy ese dinero antes de tiempo, pienso que como no puede alquilar un piso solo, tratará de convencer al otro inquilino para que deje mi piso y ese dinero de la fianza lo darán de fianza para otro nuevo piso, haciéndome a mi el perjuicio de dejarme el piso vacío sin inquilinos, justo a principio de verano que es más difícil alquilar. Y sin haberme dejado la opción de poner un anuncio y enseñar el piso a otros nuevos inquilinos
    Ya me están perjudicando al no poder enseñar el piso a nuevos inquilinos hasta que se vayan y así me perjudicarían haciéndome perder el alquiler de un mes o dos. Yo creo que debo darle la fianza al mes de abandonar el piso para que no me perjudique tanto. A Vd. ¿Qué le parece?.
    Por otro lado me alegro de que se vaya, es un inquilino conflictivo y con poca educación que no me ha creado más que problemas.
    Muchas gracias. Espero que me conteste lo antes posible.

  98. hola,en su momento interpuse demanda de desahucio po impago el inquilino tra s 5 meses de impago se marcho y en un allamada me dice que deja las llaves en el buzon, y no he vuelto a saber nada mas ya hace un mes.
    que puedo hacer? todos me dice que lo comunique al juzgado que dara por terminado el proceso y cambie la cerradura. es correcto?

    1. Hola Jose.

      El problema es que no hay prueba de que el inquilino te haya dicho eso, por lo que puede exigirte en cualquier momento colver a la cicienda.

      Es más, puede incluso denunciarte por allanamiento de morada.

      Yo en tu lugar continuaría con el proceso de desahucio.

      1. tambien dispongo de un mensaje en el movil donde me indica su intencion de abandonar el piso, entregar las llaves y no causar mas problemas, es esto suficiente prueba?

        1. Es un indicio. Podría servir.

          Pero si el inquilino se empeña en decir que esa era su intención pero que nunca llegó a entregarte las llaves… la posesión de la vivienda sigue siendo del inquilino.

          El juez podría darle o quitarle la razón pero ya tendrías el problema encima de la mesa.

  99. TENGO UN LOCAL ALQUILADO PARA PELUQUERÍA, LA INQUILINA ME AVISO CON DOS MESES DE ANTELACIÓN QUE DEJABA EL LOCAL, PACTAMOS LA ENTRA DE LLAVES EN EL LOCAL, YO REALIZO LA ACTIVIDAD EN EL LOCAL DE ALADO, A PASADO VARIOS DIAS Y NO SE NADA DE ELLA ? QUE PUEDO HACER¿ MUCHAS GRACIAS

    1. Hola Javier.

      Por extraño que parezca, si no te ha decuelto la posesión tendrás que interponer una demanda de desahucio por impago de rentas para que sea el juez el que te devuelva esa poesión.

      Si no lo haces así y entras por tu cuenta en el local corres el riesgo de que la arrendataria vuelva algún día ynte diga que qué haces dentro del local que ella tiene alquilado, y que te pueda meter en un buen lío.

      Quedo a tu disposición para cuanto necesites en info@abogadosparatodos.net

  100. Buenos días. Mi consulta es, rente un departamento con 2 amigos. Uno de ellos, muy conflictivo, ya no puede pagar su parte de los gastos y decidió irse a fin de mes. Pero ya ha dejado entender que no entregará su copia de la llave y que va a mudar sus cosas sin prisa y cuando tenga tiempo.
    Por otro lado hemos llegado a un acuerdo con el dueño del departamento, básicamente que ahora seremos 2 personas y no 3.
    Lo que quiero saber es si el día 1 del próximo mes podemos echar al 3er inquilino y exigirle su copia x la llave, ya que no queremos que se meta a la casa ni que se vaya a llevar algo que no es suyo mientras no estamos, o que vaya a dañar algo del departamento y luego nos lo hagan pagar a nosotros.
    Gracias

    1. Hola Raúl.

      Mientras ese inquilino no firme la dinalizacion del contrato y la devolucion de las lleves, sigue siendo oficialmente inquilino, por lo que puede entrar cuando quiera y no se lo puedes impedir.

      Si no quiere firmar tendrás que acudir a un juez para que sea él quien siga que el contrato de ese inquilino ha terminado.

  101. Hola buenos dias. Tengo.unos inquilinos morosos a los que les deje me no me.pagaran 3 meses. Cual es mi sorpresa que en diembre me llaman las compañias de luz y agua que estoy en el departamento jurídico.pq no pagan desde febrero y que ademas la luz está dada de baja, cosa que no es así pq hicieron mal el.corte de suministro. Les dejé hasta este mes para pagar ya que el 1 toca renovar contrato. Como no han pgado la.luz y el agua han decidido no pagar tampoco el.alquiler. les he enviado un burofax solicitando el pago de todo lo que se me debe a fecha 17/2/2016. Y que de no ser asi el contrato queda rescindido el dia 1. Ahora bien que he de hacer el dia 1 para recoger las llaves? Y en el caso de que no me abran o se nieguen a abandonar la.viviemda?. Muchas gracias de antemano y muchas gracias.por su trabajo

    1. Hola Noelia.

      Si el día 1 te entregan las llaves debes dejar todo bien documentado para evitar problemas futuros.

      Y en caso de que no te las entreguen, o ni siquiera acudan a vuestra cita, en ese caso tendrás que interponer una demanda de desahucio.

      Quedo a tu disposición en info@abogadosparatodos.net para lo que necesites.

      Si quieres puedes mandarme copia del burofax que has enviado para ir echándole un vistazo, a ver qué tal está.

  102. Disculpe, un inquilino no me a devuelto las llaves de la bodega q le arrende trabaja enfrente de mi domicilio huzo varios desperfectos en el inmueble le pidio a mi esposo q los reparara y q le pagaria pero se niega ha pagar yo le tome fotos de como estaba la bodega antes de las reparaciones tambien deve el recibo de luz en este caso q devo hacer

    1. Hola Elia.

      Si no te ha devuelto ls llaves no habéis firmado ningún documento de finalización de contrato, tendrás que interponer una demanda de desahucio para que desaloje el inmueble.
      Y además en esa demanda tendrías que reclamarle el recibo de agua.
      En cuanto a las reparaciones tu marido se puede cobrar con la fianza.

  103. Hola Eduardo,

    Tengo dos preguntas para dos situaciones distintas, y me gustaría que me responda brevemente su opinión al respecto:

    1.- El supuesto es: arrendatario, a la fecha final del contrato, no esté de acuerdo con firmar el documento de finalización de contrato (por diferentes motivos) en un contrato de temporada (piso de estudiantes) sin posibilidad de prórroga. En este caso, al aceptar las llaves, podría reclamar las deudas y desperfectos (que queden acreditados delante del inquilino) a través de reclamación judicial? No tengo claro si al aceptar las llaves de acepta «una completa finalización de contrato», dejándome sin posibilidad de exigir las deudas que tenía.

    2-. En el mismo supuesto que antes, pero arrendatario incumple el contrato unilateralmente dejando el piso varios meses antes (es de temporada). En este caso, podría no aceptar las llaves, inquilino podría consignar las llaves en un juzgado o notaría, y mi pregunta es ¿podría recoger las llaves el día de la finalización del contrato, sin tener el problema de un posible delito de allanamiento de morada, ya que el contrato de temporada especifica la finalización del contrato sin prórroga y el inquilino ya entregó las llaves (aunque no a mí) dando por asentado el abandono de la posesión?

    Muchas gracias y le felicito por su excelente blog.

    1. Hola Jose.

      En el primer caso, la aceptación de las llaves no supone aceptar que tidas las demás obligaciones ha quedado finiquitadas, por lo que podrás reclamar lo que consieres oportuno.

      Y en el segundo caso, puedes aceptar las lkaves y entrar en la vicienda, ya que las han puesto a tu disposición. Y posteriormente podrás reclamar lo que consideres oportuno pues el resto de obligaciones no han sido correctamente finiquitadas.

  104. Buenas tardes,
    Gracias por esta orientación. Estoy en una situación exactamente igual como usted la describe en su BLOG. Un inquilino se ha marchado de la vivienda, no ha devuelto las llaves, me comunico mediante mensaje de texto que abandonaría la vivienda, y no han devuelto las llaves, yo tenia mas o menos conocimiento de lo que es el allanamiento de morada, por eso no he querido hacer lo que todos me sugieren que haga, que entre a la vivienda y cambie la cerradura, solo llevan tres días de haberse marchado, y lo que no quiero es que pase mas tiempo…Acudiré a interponer una demanda contra esta persona, hasta ahora no había querido hacerlo por que se que le voy a causar trastornos en su trabajo, pero no me queda mas remedio en vista de que no contesta el teléfono ni tampoco a los mensajes donde le pido que por favor hagamos esto mes sencillo y no ocasionar problemas que van a ser peor para ellos.
    Gracias una vez mas por tan valiosa información….

    1. Hola Ignacio.

      Si te lo puedes permitir realmente es la opción más segura para recuperar tu vivienda.

      Quedo a tu disposición por si deseas que nos encarguemos nosotros del asunto.

      1. y si es el propietario el que se niega a coger las llaves y una vez finalizado decide entrar al piso y cambiar la cerradura ?? al haber terminado el contrato y saber que ya no vivimos allí y ya no tenemos pertenencias allí?? eso se puede hacer??

        1. Hola Sandra.

          El propietario no puede entrar en la vivienda sin el consentimiento del inquilino, aunque haya terminado el contrato.

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