Blog

Todo sobre arrendamientos y desahucios

El inquilino se ha llevado los muebles

Tanto si la vivienda o local han sido recuperadas a través de un procedimiento de desahucio como si no, en caso de que al entrar en el inmueble se descubra que e inquilino se ha llevado los muebles, el arrendador tendrá que inteponer denuncia en la comisaría de policía. Ahira bien, para el éxito de la misma es muy importante que exista inventario en el contrato de arrendamiento.

Por norma general el propietario de una vivienda o local suele esperar con ansiedad el momento en que pueda recuperar su vivienda, sobre todo cuando han existido problemas de impago con los inquilinos.

La secuencia lógica suele ser que el inquilino deja de pagar, que la relación se enturbia, que falta comunicación, etc.

Hasta ese momento el objetivo número uno del arrendador es recuperar la vivienda.

En unas ocasiones, para recuperar el inmueble, es necesario interponer demanda de desahucio por no acceder el inquilino a irse del inmueble.

Y en otras ocasiones no hace falta llegar al desahucio judicial, porque el inquilino haya dejado las llaves del inmueble en cualquier lugar (buzón, vecinos, etc) sin firmar ningún documento de resolución de contrato y el arrendador ha decidido entrar en el inmueble, lo cual suele ser un error.

El caso es que el arrendador suele esperar con ansiedad la llegada del momento en que recupere el inmueble, pensando que ese es el final de la historia que le ha tenido tan preocupado en los últimos tiempos.

Pues bien, suele ocurrir con frecuencia que cuando el arrendador recupera el inmueble tras estos problemas mencionados, es frecuente que el inquilino haya causados destrozos en el inmueble, tales como roturas de elementos o, directamente, la sustracción o robo de los muebles de la vivienda o local.

Cuando el inquilino se ha llevado los muebles de la vivienda o local, el arrendador tendrá que interponer denuncia en la comisaría de policía, tanto si la sustracción de los muebles ha sido descubierta habiendo mediado un desahucio como si no. En el caso de que hubiera mediado desahucio conviene dictar al representante del juzgado que haya acudido al lanzamiento (desahucio) que levante acta del estado en que ha quedado la vivienda o local, acta que servirá como prueba en la denuncia que se interponga.

La clave del éxito de la denuncia que se interponga será la existencia o no de inventario en el contrato de arrendamiento, y son muchos los contratos que se hacen sin mencionar detalladamente los muebles del inmueble.

Por lo tanto, si no existe inventario se puede interponer igualmente denuncia, pero el éxito de la misma va a resultar difícil por no existir pruebas de que la vivienda haya sido alquilada con muebles. Más bien al contrario, de no existir inventario se da por supuesto que la vivienda se alquiló sin muebles.

En el caso de que en el contrato de que en el contrato de arrendamiento si exista inventario, el arrendador tendrá que interponer denuncia en la comisaría de policía, aportando como pruebas en ese momento o posteriormente copia del contrato de arrendamiento y copia del acta realizada en el momento de producirse el lanzamiento en el procedimiento de desahucio.

En al caso de que el arrendador haya recuperado la vivienda por una vía diferente a la del desahucio, conviene que haga acudir a la vivienda a un Notario para que de fe del estado del inmueble, siempre en caso de que exista, como ya he indicado, inventario en el contrato de arrendamiento, pues de no existir las posibilidades de éxito se reducen muchísimo.

Si crees que esta información te ha sido útil TE PIDO UN FAVOR. Puedes contribuir a que también resulte útil a tus contactos compartiéndola a través de los botones sociales 😉

No olvides que en nuestra sección Archivo Documental encontrarás multitud de contratos y modelos listos para que los utilices.

Un comentario en “El inquilino se ha llevado los muebles

  1. Hola, buenas tardes,
    le comento mi caso particular, tengo una inquilina,la cual ha cambiado de domicilio y ha dejado en mi casa a su madre. recientemente le he comunicado por burofax mi intención de no renovarle el contrato, que vencería a 1 de diciembre de 2018.
    su madre, que ocupa actualmente la vivienda, sin que hay mediado consentimiento escrito por mi parte, me ha llamado por teléfono para decirme que el sofá y la mesa de centro ya no están en la vivienda porque se han estropeado, uno porque sus gatos lo destrozaron y la mesa porque era extensible y se ha roto por el uso, lo cierto es que se los han llevado de mi vivienda.
    en su defecto me ofrece poner un sofá de segunda mano, que nada tiene que ver con el que yo compré de «paquete» y que ella estrenó, cuyo valor fue de 400 euros. yo me he negado a que introduzca ese sofá en mi vivienda, a lo que me ha ofrecido 200 euros al momento de abandonar la vivienda, (que además, me avisa el día 19 de octubre de que se va el 30 del mismo mes, cuando el contrato recoge que debe avisar con treinta días naturales de antelación). y que lo demás que yo estimara que debía abonarme fraccionadamente a partir del mes de diciembre, pero que, en ningún caso, me abonaría más de 100 euros. de modo que pretende pagarme 300 euros a lo sumo por el sofá y la mesa que ha desaparecido del mobiliario de la vivienda, y que asciende en total a 540 euros. En su momento, no se le cobró fianza, por lo que no tengo a dónde asirme.
    En el contrato está detallado todo el mobiliario con el que cuenta la vivienda.
    por mi parte le voy a pedir el importe total de lo que me ha costado, en caso de que se niegue, ¿qué puedo hacer?

Los comentarios están cerrados.

Nuestros servicios

  • Gestionamos desde el punto de vista legal el desahucio de un inquilino en vivienda de alquiler
    Desahucio express