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Todo sobre arrendamientos y desahucios

Gas, agua y luz a nombre del inquilino o del arrendador

Una de las cuestiones que más conflicto generan en materia de arrendamientos se da cuando se produce un impago de las facturas de los suministros que ha consumido el inquilino, dado que el corte del suministro que se provoca puede afectar de lleno a la economía del arrendador, hasta el punto de tener que asumir de su bolsillo el coste de un nuevo contrato y, aún peor, de la deuda generada por el inquilino. Por ello vamos a tratar de descubrir en este post si debéis poner los contratos de suministros de gas, agua y luz a nombre del inquilino o del arrendador.

Antes que nada indicar que en este post voy a hablar de los malos inquilinos, es decir, de aquellos que dejan de pagar las facturas de las suministradoras y dejan «con el culo al aire» al arrendador, que muy posiblemente tendrá que pagar esa deuda y el alta de un nuevo contrato.

Aclaro esto porque en este post puede parecer que estoy criminalizando a los inquilinos y no es esta mi intención. no quiero generalizar y quiero dejar claro desde el principio que en todo momento me estaré refiriendo a los malos inquilinos, que haberlos haylos, tantos como malos arrendadores (ya hablaremos de las malas praxis en las fianzas).

Introducción

Cuando se alquila una vivienda el arrendador está permitiendo el uso de la misma al inquilino a cambio de una renta. Y ese uso se refiere también, entre otras cosas, a que lleguen suministros básicos a la vivienda.

Para recibir un suministro debe existir un contrato firmado entre la suministradora y otra persona, que será la titular del contrato. Una de las partes (la suministradora) está obligada a ofrecer y mantener el suministro de forma constante, y el titular está obligado al pago del suministro. Estas son la principal obligación de cada una de las partes del contrato de suministro.

Por lo tanto, la primera consecuencia es clara: si el titular deja de pagar, la suministradora puede cortar el servicio.

Lo que ocurre en esta materia es que hay tres cuestiones que vienen a “enfangar” esto que parece inicialmente tan sencillo y que inciden directamente en la decisión a tomar:

  • La vivienda alquilada: el contrato de suministro vincula al titular y a la suministradora, pero recae sobre una vivienda determinada, y esto va a suponer un problema importante para el arrendador, como veremos más adelante.
  • La justicia: si la justicia fuese más rápida muchos de los problemas que suceden en esta materia (y otras) quedarían reducidos casi a la mínima expresión. El problema viene en que hay que interponer una demanda de desahucio por el impago de suministros para que el arrendador pueda recuperar la vivienda y, además, el arrendador no puede cortar los suministros, con lo que la deuda sigue y sigue y sigue durante meses. Es decir, la lentitud de la justicia es un condicionante importante a la hora d decidir si se pone el contrato de suministros a nombre del inquilino o si el arrendador lo deja a su nombre.
  • La insolvencia: otro problema es que se firman contratos de arrendamiento con personas de escasa solvencia y cuando el arrendador quiere acudir a la justicia para reclamar cantidades que el inquilino le deba por impagos de suministros resulta que es muy frecuente que el inquilino sea insolvente.

Mi preferencia: a nombre del inquilino

El artículo 20.3 LAU establece que la obligación de pago de los suministros es del inquilino cuando hay contadores individuales. Por tanto, la obligación de pago es del inquilino. Pero esta obligación de pago es respecto al arrendador, no respecto a la suministradora. La obligación de pago respecto a la suministadora será del que se ponga como titular del contrato de suministro.

En mi opinión, son varios los motivos por los que me decanto por poner los contratos de suministros a nombre de los inquilinos.

1.- Coacciones.

Cuando el titular del contrato de suministro es el arrendador, en el caso de que el inquilino deje de pagar su consumo al arrendador y el arrendador deje de pagar a la suministradora, el inquilino podría denunciar al arrendador por coacciones en caso de que llegue a cortarse el suministro.

Este es uno de los primeros pensamientos que pasa por la mente de casi todos los arrendadores (los que tienen el contrato de suministro a su nombre) cuando hay un impago del alquiler. Pero se trata de una acción que, como digo, en muchas ocasiones es castigada como coacción hacia el inquilino, al privarle de uno de los elementos (básicos) con los que contaba la vivienda al ser alquilada.

Y ello en base a que el arrendador tiene la obligación de mantener al inquilino en el goce pacífico de la vivienda, y si lo impide (cortando los suministros, por ejemplo) podrá ser castigado con pena de prisión de seis meses a tres años o multa de doce a veinticuatro meses, como nos lo indica el artículo 172 del Código Penal.

Por lo tanto, si el contrato de suministro está a nombre del inquilino, el arrendador no se va a ver en esa “tentación” porque él no podrá cortar el suministro al estar el contrato a nombre del inquilino,  por lo que no va a poder ser nunca denunciado por coacciones. Fácil!!!.

Está de más indicar que al inquilino no le interesa que le corten el suministro siendo él el responsable, por lo que lo normal es que pague las facturas.

2.-El deudor.

Si el contrato de suministro está a nombre del inquilino, él será el responsable del pago y él será, por lo tanto, el deudor de cara a la empresa suministradora.

Jurídicamente hablando se podría decir que en la deuda del inquilino poco tiene que ver el arrendador. Sin embargo, como dije al principio, resulta que el contrato de suministro recae sobre una vivienda en concreto, y esto en la práctica afecta muy negativamente al arrendador.

¿Y por qué le afecta?.

Pues porque mucha suministradoras exigen, para restablecer el suministro tras un corte por impago, que la deuda sea pagada íntegramente. E incluso algunas no permiten dar de baja el contrato actual y hacer uno nuevo a nombre del propietario mientras no quede saldada la deuda. Por lo tanto, jurídicamente hablando el deudor es el inquilino, pero en la práctica el arrendador se encuentra atado por estas situaciones, viéndose obligado casi siempre a tener que asumir él la deuda (y reclamarla posteriormente al inquilino).

Pero insisto en que, jurídicamente, la deuda es del inquilino, por lo que el arrendador nunca podría ser incluido en un fichero de morosos por esa deuda, y el inquilino sí.

Si el contrato de suministro estuviese a nombre del arrendador, él sería el responsable de la deuda y en este caso, ahora seguro, no se podría hacer un nuevo contrato a su nombre sin pagar la deuda. Además de que se le podría incluir en ficheros de morosos.

3.- La deuda.

Relacionado con el punto anterior, el riesgo en cuanto a la cuantía de la deuda no es el mismo si el contrato está a nombre del inquilino que si está a nombre del arrendador.

Es decir, si el contrato está a nombre del arrendador van a transcurrir muchos meses (hasta que el arrendador recupere la vivienda por proceso de desahucio) en los que el arrendador no va a poder cortar el suministro, con lo que la factura se va a ir hinchando, y la moral del arrendador se va a ir deshinchando, por lo doloroso que resulta tener que estar pagándole los suministros a otra persona cuando en muchos casos cuesta trabajo pagar los de la propia vivienda.

Por el contrario, si el contrato está a nombre del inquilino, van a transcurrir muy pocos meses hasta que se produzca el corte de suministro. A lo mejor le toca al arrendador pagar la deuda para poder dar de nuevo de alta un nuevo contrato, y luego se la reclamará o no al inquilino, pero la deuda no se hará tan elevada como en el caso anterior, que tendrá que haber casi con toda seguridad un procedimiento de desahucio de por medio.

4.- La justicia.

En términos generales, cuando el arrendador es el titular del contrato de suministro y el inquilino deja de pagarle las facturas, por regla general el asunto suele ir abocado a interponer una demanda por parte del arrendador para poder recuperar la vivienda, pues el inquilino suele saber que el arrendador va a seguir pagando los suministros. Y aunque casi siempre el juez condena al inquilino a pagar las costas del procedimiento, prácticamente nunca suele pagarlas pues en muchísimos casos los inquilinos son insolventes (los malos inquilinos, me refiero). Por lo tanto el arrendador tendrá que pagar el juicio y tendrá que pagar los consumos del inquilino. Doble gasto y doble frustración!!!.

Por el contrario, si el titular del contrato de arrendamiento es el inquilino, si deja de pagar sus consumos y se corta el suministro, difícilmente seguirá en la vivienda sin estos suministros, por lo que es más fácil llegar a algún tipo de acuerdo entre las partes para devolver la posesión de la vivienda al arrendador sin que tenga que haber demanda de por medio.

5.- El inquilino da de baja el contrato.

Quizás la mayor desventaja de poner el contrato a nombre del inquilino sea que éste pueda dar de baja el contrato de suministro cuando él quiera, con el coste que supondrá al arrendador dar de alta un nuevo contrato.

Es un riesgo que está ahí y que de todos modos trataremos de atajar con las cláusulas que veremos en los siguientes apartados.

Pero en líneas generales entiendo que es preferible poner el contrato a nombre del inquilino que a nombre del arrendador.

Antes de firmar el contrato de arrendamiento

Antes de firmar el contrato de arrendamiento es importante que el arrendador consulte en alguna/s empresa/s suministradora/s si ese futuro inquilino puede ser titular de un contrato de suministro. Es un buen filtro para detectar a inquilinos reincidentes en el impago de suministros.

En el propio contrato de arrendamiento

En mi opinión es interesante establecer en el contrato de arrendamiento una cláusula en la que quede claro que el arrendatario se obliga, durante el primer mes de contrato, a cambiar a su favor la titularidad del contrato de suministro de la vivienda y que si no lo ha hecho en el plazo de un mes es motivo de resolución del contrato.

Y del mismo modo, es interesante establecer una cláusula que fije que el arrendatario otorga su consentimiento a que, en el momento en que el arrendador lo solicite a la empresa suministradora (normalmente al final del arrendamiento), se produzca un cambio de titularidad, bien hacia el arrendador bien hacia la persona que éste designe. Añadiendo una penalización de “x” euros en caso de no facilitar dichas gestiones.

Al finalizar el contrato de arrendamiento

Una vez que el contrato de arrendamiento termine, si el inquilino no colabora en facilitar el cambio de titularidad o da de baja el contrato, el arrendador podrá acudir a la suministradora con la cláusula en la que el inquilino daba su consentimiento al cambio de titularidad. Y si la suministradora pone problemas con la cláusula y no accede al cambio solicitado el arrendador tendrá que pagar el nuevo contrato de suministro pero podrá ejercer la cláusula penal establecida en el contrato para el caso de no facilitar las gestiones (cosa distinta es que se pueda cobrar la penalización, pero al menos servirá como arma disuasoria contra el inquilino que no colabore en el cambio de titular).

Respecto a los cambios de potencia que pudiera realizar el inquilino durante la vida del contrato, éste estará obligado a reponer la situación a su estado inicial al finalizar el arrendamiento, debiendo sufragar él los gastos. Y si no lo paga se podrá deducir ese gasto de la fianza.

Cláusula de contrato de suministros

Te dejo enlace a un post en el que encontras una cláusula de suministros para cada tipo de contrato y situación Modelo de cláusula de suministros en el contrato de alquiler.

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No olvides que en nuestra sección Archivo Documental encontrarás multitud de contratos y modelos listos para que los utilices.

398 comentarios en “Gas, agua y luz a nombre del inquilino o del arrendador

  1. Hola. Llevo en el mismo alquiler desde Junio 2015. Cuandoe vine a vivir a mi nombre las facturas de luz y del agua. Está correcto así o debería ponerlas a nombre de mi casero como estaba antes con mi número de cuenta?
    Gracias

  2. Un despacho de abogados me está reclamando una deuda de luz de unos antiguos inquilinos de un importe de 65€.la deuda es de 2017 y en esos momentos el contrato del suministro estaba a mi nombre. En aquellos momentos por diferentes problemas no se podía hacer cambio de titularidad del suministro por lo que los inquilinos lo que hacían era abonar a la inmobiliaria que gestionaba el alquiler de la vivienda el importe de las facturas y la inmobiliaria se encargaba de hacer el pago. Actualmente en el piso hay otros inquilinos y se realizó ya hace años un cambio de compañía y los suministros ya no están a mi nombre.
    He hablado con los antiguos inquilinos (los que vivían en el piso cuando se genero la deuda) e insisten en que ellos pagaron todas las facturas en su día, sin embargo, a fecha de hoy se me reclama la deuda de 65€ de abril de 2017 anteriormente mencionada. ¿Qué debería hacer ante esta situación?
    Gracias de antemano.

  3. Aunque en el contrato ponía claramente que el inquilino debía hacer el camio de titular de los suministros antes de 15 días, resulta que solo cambió el número de cuenta para pagarlo, pero no cambió el titular, que sigo siendo yo (propietario de la vivienda). Ahora ha dejado de pagar las facturas y la compañía me reclama a mí su consumo. Para colmo, también ha dejado de pagar la renta mensual ¿Qué me aconsejáis hacer respecto a las compañías? Yo creo que eso debe ser ilegal. La compañía no debería admitir un titular distinto de la factura y de la cuenta bancaria. ¿Podría actuar contra el inquilino por hacerse pasar por mí? ¿Podría reclamar a la compañía? ¿Qué ocurre si la compañía corta el suministro, siendo el inquilino el que devuelve los recibos que le llegan a su cuenta bancaria? Es desesperante que la justicia permita todo esto. Mil gracias por vuestra ayuda. Es de lo mejor que he encontrado en este asunto.

    1. Hola David,

      Si le reclaman el importe, mi recomendación sería abonarla y después repercutir esta cantidad contra el inquilino, pues al final de todo la deuda recae sobre la vivienda que su propiedad.
      En cuanto a la responsabilidad de las suministradores al hacer el cambio de titularidad, las compañías dejan una comunicación hablada recalcando que estos cambio solo los puedes hacer el titular, por lo tanto la responsabilidad volvería ser para el arrendador.
      Por lo tanto tendría que interponer una demanda de desahucio donde además les exijan una indemnización.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  4. Hola buenos días la luz y el gas está a nombre de mis suegros puedo ir a pagarla yo q soy su nuera pregunto por lo de la cuarenta ya q en los Rapipago se debe pagar con las terminaciones del DNI del propietario!??

    1. Hola Susana,

      Sí, no tendrá ningún problema.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  5. Hola, un local comercial alquilado como local de negocio. El inquilino titular y de alta en Actividad de Bar y similares, deja deudas de sumistro de tasas de ayuntamiento, agua y luz; ademas de seis mensualidades de alquiler. Se rescinde por mutuo acuerdo el contrato de alquiler con el arrendador. Al ser insolvente el arrendatario, el arrendador acepta no cobrar las deudas de alquiler de seis meses y se subroga en las deudas de la luz y el agua para que no se corten suministros, tambien las tasas para que se pueda traspasar la Licencia de Apertura de Bar.

    ¿Puede el arrendador, habiendo pagado las deudas de agua, luz y tasas, darlas como GASTOS al declarar el IRPF 2019? Siendo que las facturas y tasas se pagaron estando a nombre del arrendatario. El arrendador justifica los pagos a traves de su cuenta de banco y el contrato privado de RESCINSIÓN del contrato de alquiler.

  6. Buenas tardes, No funciona la caldera de gas y hemos pagado por nuestra cuenta un técnico de Repsol para descartar que hay un fallo en el suministro de gas. Ahora pedimos al dueño de la casa mandar un técnico para arreglar la caldera, pero responde: «Segun las condiciones de vuestro contrato, todas las reparaciones que no excedan de media mensualidadad de renta, son por vuestra cuenta.»

    El contrato dice lo siguiente: CONSERVACION DE LA VIVIENDA: Los arrendatarios quedan obligados a mantener y, en su día, a devolver la vivienda objeto de este contrato en el mismo buen estado en que la declaran recibir. Las reparaciones que sean necesarias por el uso ordinario, y que tengan la condición de pequeñas reparaciones serán de exclusiva del arrendatario. A tal fin se pacta que las que no excedan la mitad de una mensualidad de renta, serán calificadas como «pequeñas reparaciones». Igualmente serán por cuenta del arrendatario las reparaciones que sean consecuencia de un daño doloso y perjuicios que por su neglicencia se ocasionen al arrendador o a los vecions colindantes.

    La caldera suponemos se concidera necesaria para poder habilitar la vivienda, ahora mismo tenemos agua fría. ¿La ley no nos protege en este caso? ¿Tenemos que llamar y pagar un técnico nosotros? ¿Y si hay que cambiar la caldera?

    También está prevista la revisión del suministro del gas dentro de tres meses. Nosotros pagamos cada mes los gastos del uso. ¿Quien debe pagar la revisión obligatoria de la instalación cada cinco años?

    ¡Saludos cordiales, y muchas gracias por responder!

    1. Hola Bene,

      Entiendo que si el calentador se ha roto por el uso normal, y el cambio no excede del 50% de la renta tendría que hacer frente usted.

      Si bien, en mi opinión esa cláusula puede ser desproporcionada en el cantidad; pues los tribunales entienden que una reparación pequeña, por uso normal, que es la que debe pagar el inquilino, suele tener un coste de 125 euros.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  7. Buenos dias.He tenido alquilada una vivienda con bajo comercial durante tres años.El negocio no iba bien asique de mutuo acuerdo con el propietario abandoné la vivienda y el local hace dos años.Los contratos de luz estaban a mi nombre y al irme,el propietario cambió a su nombre el del local pero no el de la vivienda.Recientemente se ha puesto en contacto conmigo la empresa de luz para reclamarme un impago perteneciente a estos dos ultimos años en que yo ya no residia alli y el propietario se niega a pagarlo.Desde la empresa de luz dicen que enviaron numerosas cartas avisando,pero las enviaban a ese domicilio con lo cual yo no me enteraba.Tengo que pagar esa deuda aun sin ser mia solo porque el propietario no hizo el cambio de titularidad??Y es legal,por parte de la compañia de luz,que acumulen asi tal numero de facturas impagadas?gracias,un saludo

    1. Hola Rebeca,

      Tendrá que pagar pues la deuda está a su nombre, sin embargo podrá repercutir está al propietario de la vivienda para que le devuelva la cantidad pagada.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  8. Hola,voy a alquilar una vi ienda y el la inmobiliaria me dicen que el agua ira a nombre del propietario pero la cobraran de mi cuenta bancaria, la misma que del alquiler. Y la luz a nuestro nombre pero en la compañia que ya tiene contratada el dueño. Corro algun riesgo? Si el dueño ahora deve facturas de agua me las cargaran a mi cuenta? Gracias

    1. Hola Lorena,

      Lo correcto sería que si la titularidad sigue siendo del arrendador la cuenta bancaria sería la éste; y usted le haga las transferencias.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  9. Hola por favor alguien me puede ayudar. .llevo 37 días sin luz ni agua. El agua funciona con electricidad , pues va con motor . El casero bajo el general. Y puse una denuncia en la guardia civil. Pues la luz esta pagada ademas va al nombre de la hermana del casero pues hay un contador para cuatro viviendas. En las demás viviendas no hay nadie pues en el ayuntamiento consta solo una.
    Me han asignado una abogada de oficio .todavía no se nada . La abogada no me da soluciones ni siquiera contesta el teléfono ni wapsa solo hemos hablado por teléfono. Mi marido acaba de empezar la rehabilitación que lleva esperando un año. La fisioterapia viene al domicilio. .pero sin luz y agua. ?. No se que podemos hacer. .

    1. Hola María,

      Puede esperar a que inicie y termine el procedimiento, para que se le obligue el propietario a dar luz, o por no tener la vivienda lo necesario para dar cumplimiento al fin por el que se había alquilado, resolver el contrato de arrendamiento.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  10. Hola buenas tardes,
    En mi caso, he alquilado una vivienda hace ya un año y 6 meses. Todos los meses pagamos puntuales el alquiler. Desde el primer mes (al no recibir nada por parte del dueño) tomamos nosotros contacto con la inmobiliaria por el tema de la luz y agua ya que todo esta a nombre del propietario y no quiere cambiarlo a nuestro nombre. Acordamos con el dueño en una cita con la inmobiliaria de que el haria un calculo de que teniamos que pagar el primer mes (descontandonos lo del otro inquilino) y desde ahi, cada mes nos mandaria la factura y nosotros tedriamos que abonar el importe con el siguiente mes corriente del alquiler. Nose si por despiste o por mala fe, este señor nos ha ido dando largas y largas y a dia de hoy no nos ha entregado aun ninguna factura ni de luz ni de agua. El de la inmobiliaria tampoco sabe ya que hacer ya que el dueño nunca cumple con lo acordado. Mi pregunta es: el dueño puede hacer esto y asi sin mas venir por ejemplo mañana y reclamarme todas las facturas de golpe? O dada dicha situación el dueño solo puede reclamarme las facturas de luz y agua de hasta 3 meses atras? Cuales son, ante esta situación (el propietario guardando las facturas y sin querrer darmelas para yo no poder hacer mensualmente los pagos contra mi voluntad, dado que las hemos pedido muchas veces) cuales son mis derechos como inquilino ?

    Muchas gracias

    1. Hola Sonia,

      Normalmente las facturas de la luz suelen venir de dos en dos meses. No obstante si siguen sin dar las facturas, mi recomendación sería que le enviará un burofax reclamándole que se le entreguen las facturas para ver los importes y pagar , para que quede sus instancia de su voluntad de pago.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  11. Hola buenas.
    Alquile un apartamento por 3meses y el contrato decía que yo debo pagar todos los servicios y el no debe regresarme el deposito de la vivienda porque incumplo el contrato del año a si que el deposito es de el yo deje el apartamento y llegaron 2 recibos una de ₡48 mil y faltaba uno más pero debía esperar que llegara el arrendador me exigió firmar un documento donde le iba a pagar ₡100 mil cólones en tal plazo para saldar los recibos cosa que no firme y le estoy explicando que no tengo solvencia económica en estos momentos por lo cual me retrasaré a pagar los recibos, ahora el quiere demandar.
    Que puedo hacer?

    1. Hola Rebeca,

      Siento no poder ayudarle, pero solo conocemos el ordenamiento jurídico español.

      Un saludo.

  12. Hola yo compre un dep el 2016 con subsidio lo cual el dueño anterior no pago la deuda de agua sin yo enterarme q no había pagado me dijo q la pagaría hasta el dia de hoy no se nada de el y quede con la deuda y sigue subiendo y me da miedo ir a esval y q me corten el agua por culpa del q puedo hacer para terminar con esa deuda q el dejo ya q se supone q también pagaría mi consumo pk el no pago cuando correspondía.

    1. Hola Susan

      Le aconsejaría que pagará la deuda para poder volver a tener suministros, si bien esta misma posteriormente podría reclamarla al primer propietario.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  13. En mi caso . La factura de la electricidad esta al nombre de la madre del casero. Qué está fallecida. Hay un contador para cuatro viviendas tres son de sus familiares. El pretende que yo pague todo . La factura entera que la tiene en un buzón de correo. .El caso es que no se debe nada de electricidad y ha bajado la general. Hace diez días estoy sin luz ni agua. Esta denunciado. .

    1. Hola María,

      Hace bien de denunciarlo pues la acción que ha tenido su casero se trata de coacciones. Para cualquier pregunta no dude en escribirnos.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  14. Buenas yo voy a exponer mi caso: la casa es de mi madre pero ella se fue al pueblo a una residencia por lo cual ella en su tiempo le dijo a su nieto que si necesitaba el piso que lo utilizaba es legal; el paga luz agua gas y comunidad pues estaba de titular en la luz y gas, pero mi madre fallecio y ahor su hijo a quitado de titular del contrato de luz y gas a mi hijo y se ha puesto el lo hizo por telefono es legal. siguiente pregunta esta persona que es heredero como yo y otra persona mas dice que hay que darle las llaves de la casa pero como vive mi hijo estoy obligada pues no tengo ni idea.Les pido que me lo dijan pues tengo un lio en la cabeza que no puedo dormir gracias por leerme y espero que esto de cambiar por telefono la titularidad sin permiso del titular este prohibido pues es una gran estafa. gracias

    1. Hola Ascensión,

      El cambio de la titularidad de los suministros depende de cada compañía, pero entiendo que como mínimo exigirían las escrituras. En todo caso, la vivienda pasará a los tres hijos después de la aceptación y división de la herencia.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  15. Buenas, tengo una duda, mi casera quiere cobrarme el gas, agua y luz de meses en los que no he estado en su vivienda, es decir al pasarme facturas, como vienen cada dos meses, un mes si he estado en la casa pero el otro no, ¿tengo que pagarle la factura completa?

    1. Hola Janet,

      Sólo debería pagar el mes que usted hubiera estado en la vivienda.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  16. Hola buenas noches,mi caso es que el inquilino lleva 4 meses de no pagar el servicio de luz por lo tanto lo cortaron, entonces el inquilino pone fraude para poder tener el servicio de luz, yo quisiera hacerle saber a la empresa de EPM para que a mí como arrendadora no me cobren el contrabando que tiene el inquilino. Creo que es por medio de un oficio o carta pero no sé cómo hacerlo . gracias

    1. Hola Juleidy,

      Usted como propietaria podría informar a la compañía, llame a la misma para que le informen de los pasos que tiene dar; pues cada empresa utiliza unos mecanismos diferentes.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  17. Buenas tardes, mi contrato dice que el dueño paga por la basura y el agua, el Viernes me dijeron que yo voy a pagar por esos servicios, yo no se tengo desde el 2,010 viviendo aquí y ahora me salieron con esto, el edificio es de 9 aptos y hoy nos están pidiendo este pago, disculpe la molestia y espero su respuesta muchas gracias.

    1. Hola Ana,

      Si en el contrato de arrendamiento no se establecí de manera expresa que usted tenía que pagar estos servicios, no tendrá que hacerles frente.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  18. Buenas, mi pregunta es cómo se puede rescindir la autorización en la compañia de agua para que el inquilino sea titular del contrato de agua. El motivo es porque al dar de alta el suministro se comprueba que existen averías que es antieconómico reparar, pero el inquilino no quiere liquidar el contrato, llama a la policía diciendo que es su domicilio y puede abrir la llave para seguir usando el agua a pesar de las averías causando daños a la vivienda.

    1. Hola Laura,

      Si el contrato de suministros está a nombre de los inquilinos, estos son los que deben pagar las averías.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  19. Hola.Si alguien podía ayudarme.A fallecido mi ex marido,hace un mes.Nosotros estamos divorciados desde 4 años.Cada uno tiene su vida.Donde esta problema?Qué la dueña del piso que alquilaba mi ex marido, me manda mensajes que tengo que pagar yo la factura de agua y basura.Yo no vivo ahí ya años.Esto es normal?Y otra cosa se a quedado con la fianza.Un saludo.

    1. Hola Margarita,

      Sería normal, si usted figurará como titular del contrato de arrendamiento o no hubiese comunicado su separación y salida del domicilio.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  20. Hola. Es un caso complejo. Inquilinos que viven en piso durante 2 años. Al poco de llegar al piso un comercial va al piso y acaban poniendo el piso a nombre del inquilino pero con el numero de cuenta del dueño. Todo continua bien durante 18 meses y a partir de marzo comienzan a Llegar cartas de que se debe el gs a iberdrola. Los inquilinos al pagar el alquiler pagan y tienen firmados los recibis en los que se detalla el dinero de ls fcturas con fecha y firma del dueño. AL irnos del piso nos damos cuenta de que las deudas que ha contraído en nuestro nombre quedan pendientes de pago y asciende a 360 euros. Puedo denunciar al casero por haber recibido el dinero de las fcturas y no haber pagado? Puedo presentar los recibia firmados en los que se detalla a que pertenece cada importe.

    1. Hola Lagar,

      Entiendo que la deuda que está a su nombre debe ser pagada, si bien después estás cantidades podrán ser repercutidas a quien fue su arrendador y no hizo los pagos.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  21. Buenas,

    En caso de que al firmar el contrato , la inmobiliaria (dueña de un conjunto de edificios) se equivoque a la hora de indicar correctamente el número de cuenta del suministro , de agua por ejemplo, y que por tanto otra persona o incluso la propia inmobiliaria esté pagando este recibo , y nosotros no estar pagando , es posible que ahora x meses después o años, nos exijan el pago de todos los recibios que ha estado pagando otra persona/entidad? O podemos negarnos excusándonos es su mala gestión del contrato ??

    Indicar también que cuando entramos en el piso no estaba dada de alta la electricidad ni siquiera y tuvimos que vivir fuera del piso dos semanas hasta que se dio de alta …se nos compensó con dos semanas menos de alquiler pese a tener dos bebes y tener que vivir en casa de un familiar dos semanas , gracias

    1. Hola Gerard,

      Si el error era del número de cuenta, y está estaba especificada en el contrato, y hay constancia de que se estuvieron realizando esos ingresos, la inmobiliaria ahora no puede pretender que se le vuelvan a pagar, sino que tendrá que reclamarlos a la persona que los recibió.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  22. Voy a dejar el piso ,dejé una fianza y ahora el sueño del piso me amenaza con cortar la luz si no le pagó la factura de la luz.puede cobrarse esa cantidad de la fianza?muchas gracias

    1. Hola Cristina,

      Si no paga las facturas, esta mensualidad podrá descontarse de la fianza.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  23. hola buenas tardes
    yo tenia alquilado una vivienda con contracto de 3 años.
    cuando llegado la fecha de terminación me han avisado de la venta de la casa,y yo devuelto las llaves, presentando la ultima factura de luz y agua,y me han devuelto la fianza por terminación del contracto.

    ahor se presenta un buffete de advocados reclamando una deuda de luz que el propitario no pagado mientras negociado la venta que yo estuve fuera del inmueble meses ya.
    que me puede pasar,me pueden reclamar este deuda? gracias

    1. Hola Langenbach,

      Si usted no estaba en la vivienda en los días que le han facturado, entiendo que no debe abonarlos.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  24. HOLA BUENOS DIAS SE ME CORTO EL GAS PERO YA LO HE PAGADO LOS DE LAS SUMINISTRADORA SOLO ME DEJARON UN PRECINTO SI YO LO CORTO PORQUE ESTAN TARDANDO NO LLEGAN A ACTIVAR EL SERVICIO AUNQUE YO ALLA PAGADO ME PUEDEN MULTAR ? Y DE CUANTO PODRIA SER LA MULTA ?

    1. Hola Willy,

      Le aconsejo teeer el ok de la empresa suministradora, no solo para evitar sanciones sino también por seguridad.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  25. Hola,

    He dejado un piso cual estaba de inquilino. Firmamos el finiquito, entrega de llaves y todos los recibos al dia. (las facturas a nombre del dueño) En el contrato ponia que el plazo para entregar la fianza es de 90 dias y que la fianza no se podía usar para pagar recibos pendientes.
    Bien, pasados dos meses el dueño me envía dos recibos (luz y agua) que corresponden a las ultimas facturas del mes que he dejado el piso. Y que no va devolver la fianza hasta resolver este pago.

    Mi preguntas es: Esto es asi? La fianza puede cubrir eso? Ya que dejé el piso con todas las facturas pagadas correctamente y ahora el dueño quiere cobrar estas facturas que son posteriores. Por ejemplo: Dejo el piso el dia 30 de marzo, hasta esta fecha no habia llegado la factura del mes de marzo. Llegan las facturas una vez que ya dejé el piso y el dueño las quiere cobrar y no acepta meterlas en la fianza. El importe de la fianza llega para cubrir estas facturas de sobra

    Gracias
    Un saludo

    1. Hola Rafael,

      Sí la fianza se puede utilizar para estos pagos, hasta el límite de los días que estuvo allí.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  26. Hola buenas noches.
    Somos una familia de dos adultos i de dos niños de 7 y 2 años le hemos pagado al propietario del piso todos los meses. I tuvimos una mala racha i no podíamos pagar el subministro de luz, teniamos un plazo de dos semanas para pagar la deuda antes de esas dos semanas el casero dio de baja la luz.
    Le paguemos la cantidad k se devia ,como que dio de baja el contrato y se hizo uno de nuevo supone un extra en la nueva factura de la luz que en su día dijo que corría a cuenta suya y ahora me vuelve amenazar con cortarme la luz y el agua y echarme del piso. Y hace 1 año se me acabo el contrato i no nos a comentado nada de renovarlo ni nada.
    Que podemos hacer estamos asustados porque no tenemos donde ir con los dos niños pequeños.
    Gracias de antemano.

    1. Hola Joan,

      Si ya han pasados los cuatro primeros años su contrato ha entrado en tácita reconducción. Este ser renovará mes a mes o año a año seg´´un la renta sea mensual o anual.

      En cuanto al hechos de cortar los suministros se puede entender como coacciones y por tanto podrá acudir a la vía judicial para que decida y declare si da lugar a una indemnización y el pago extra en la factura.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  27. Buenos días, mi inquilino dejó la casa por no poder seguir pagando la renta y tener muchísimas deudas por todas partes (era empresario en un pueblo extremeño), ellos pusieron a su nombre gas y electricidad, pero el agua estaba el contrato a nuestro nombre porque es muy difícil cambiar el titular del contrato. El caso es que debe a la compañía de agua 1500 € y es a nosotros a quienes nos embargan si no pagamos esa cantidad. Hemos ido a ponerle una denuncia al ex inquilino en el juzgado para un juicio monitorio, pero dudamos mucho que sirva para algo porque pensamos que se ha marchado a México huyendo de todas sus deudas ¿podemos hacer algo frente a la compañía de agua y que no nos impongan a nosotros el pago de esa deuda? Muchas gracias

    1. Hola Charo,

      La única forma que existe para poder cortar e suministro sin entender que son acciones, es que pueda demostrar que no pueda hacer frente a estos pagos, ya que pondría en peligro su mantenimiento propio y de su familia.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  28. he leido atentamente sus opiniones sobre si el contrato de gastos debe estar a nombre del inquilino o del arrendador, habiendo quedado enterado perfectamente . Muchas garcias

  29. Buenos días,

    mi caso es ligeramente inverso al expuesto aquí en este artículo. En septiembre del 2018 dejé el piso en el que vivía de alquiler, con su correspondiente documento de finalización de contrato, lectura de contadores, revisión de desperfectos y todo libre de cargas.
    En el contrato de alquiler, había una cláusula en la que ponía explícitamente que era el propietario quien debía hacer el cambio de nombre de los suministros; sin embargo tardó hasta 76 días en realizarlo. 76 días en que se me cargaron a mi las facturas, que fueron devueltas a la compañía de suministros ya que pertenecían al propietario. A día de hoy, la compañía me reclama el importe de las facturas a mi, me ha añadido en una lista de morosos por impago, me llaman diariamente de malas formas solicitando el pago inmediato, y el propietario se desentiende de las facturas a pesar de tener toda la documentación firmada e indicada claramente con fecha de salida y lectura de los contadores.
    ¿Qué debo hacer? ¿Puedo demandar al propietario por no cumplir con su propia cláusula del contrato, por lo que me esta suponiendo a mí la inclusión de mi nombre en un fichero de morosos, por los gastos de todas las gestiones que estoy haciendo, etc? ¿Debería pagar el importe de las facturas independientemente del proceso que siga contra el propietario?

    Gracias de antemano.

    1. Hola Adriá,

      Lo que le recomendaría es que pagara las facturas, y después estas cantidades puede reclamarlas al que era su arrendador junto a sus intereses.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  30. Tengo una pregunta.

    Yo soy un inquilino que renta desde octubre 2018 pero atrás de mi casa hay otra vivienda que renta también ellos entraron e. Noviembre del mismo año y se fueron en Julio ahora quedo un adeudo de 1900 dólares ydelos cuales la dueña me cobra 360 por el mes de octubre. Y 1300 de noviembre al mes de abril. Y me dijo que si no pago a más tardar este próximo lunes me multarán y me cortarán el agua. Ahora en Julio salieron los otros inquilinos y a ellos les cobró 300. Como puedo resolver este problema..

    1. Hola Claudia,

      Por la moneda a la que haces referencia, creo que hablas de un problema de fuera de España. En este caso sentimos no poder ayudarte pues solo conocemos el ordenamiento jurídicos español.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  31. Estoy al día de pago del alquiler, hice una transferencia a la dueña se ve que lo recibió 2 días después y le cobraron demora de la hipoteca y ha cogido se ve rabieta y me a cortado la luz y el gas, mi pregunta es eso lo puede hacer?

    1. Hola,

      No podría hacerlo, pues puede entenderse como coacciones y usted podría emprender acciones legales contra ella.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  32. Buenas tardes,
    Tengo un problema con un piso que quiero comprarme ,pero resulta que tiene deudas de agua ,voy al servicio de agua y no me dan de alta si no pago la deuda que no es mía si no del propietario anterior.Que pasos he de seguir ?Gracias

    1. Hola.

      Esa deuda no es tuya por lo que no tienes por qué pagarla. Deben darte el alta aunque no pagues esa deuda.

  33. Hola qué pasa si el inquilino pide la fianza dela compañía de luz y me la mandan a mi ,paso automáticamente a pagar sus facturas.? El inquilino se le acabó el contrato y tengo puesta una demanda porque no sale de la casa
    Es una trampa para mi que soy el arrendatario?

    1. Hola María,

      La única forma que usted asume las responsabilidades, es que acepte ser la nueva titular del contrato de suministros.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  34. Hola buenas tardes, me gustaría hacer una pregunta relacionada con el tema de la luz, mi inquilino a día de hoy debe 5 facturas de luz que ya asciende a 510 euros, el contrato que firmamos de arrendamiento le cumple el 1 de diciembre, yo Le avisaré por carta de acuso de recibo, que no Le renuevo. En el contrata de alquiler pone bien claro que es el quien se tiene que hacer cargo de pagar los suministros, y siguen a mi nombre porque ellos no lo cambiaron, ni el chico de la inmobiliaria, yo tengo en whatsapp la conversación guardada del año 2017, donde mi inquilina me dice que si cambio a su nombre los suministros cosa que no hizo al final. Y mi pregunta yo puedo desvincular la deuda de suministros estando a mi nombre y que le pase al inquilino esa deuda, presentando el contrato de alquiler, recibos de meses de alquiler pagados etc? Yo cuando llamo a iberdrola cada vez me dicen una cosa, esta mañana he llamado y la persona que me a atendido, me ha dicho que podría desvincular esta deuda aunque esté a mi nombre el contrato. Espero que me puedan ayudar con esta duda, muchas gracias buenas tardes.

    1. Hola David,

      Si le debe facturas puede interponer una demanda de desahucio por impago de deudas y no tiene que esperar a rescindir el contrato.

      Un saludo, espeeo haberle sido de ayuda.

  35. Hola, he alquilado mi piso por 6 meses y en el contrato se estipuló que debería cambiar los recibos a su nombre, ya lleva 5 meses y no la ha hecho, tampoco me paga hace 2 meses el alquiler, puedo dar de baja los servicios ya?

    1. Hola Mar,

      No recomiendo dar de baja los servicios, pues podría denunciarlo por coacciones. Lo que debe hacer es interponer una demanda de desahucio.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  36. Mi aquilino se fue sin pagar un duro durante cinco meses me dejo agua y luz cortada pero el gran problema es el gas natural ya que sigue puesto no llegan cartas de ninguna clase y aquilino desaparecido y la última vez me dijo que ni siquiera estava a su nombre no se que hacer

    1. Hola Ana.

      En ese caso solo tienes la opción de interponer demanda reclamando esas cantidades.

  37. Hola vivo de alquiler, y las facturas de luz y agua van a nombre de la propietaria de la casa, cuando le.pago luz o agua siempre me da un recibo como que e pagado mas la factura (( la.carta)).
    Pero ahora me.dice que yo no tengo derecho a tener la factura que se a informado y eso lo tiene que tener ella.
    Yo pienso que es para mi verdad?? Puesto que es lo que yo e consumido.
    Y me.puede hacer falta el.original para poder solicitar cualquier ayuda.
    Es asi?? Gracias

  38. hola quien tiene que pagar el prorrateo del recibo del agua subido por una averia en las tuberias del edificio el inquilino o el propietario gracias

    1. Hola Manuel,

      Entiendo que esa avería en obligación del propietario.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  39. Falta un caso. Como inquilino finalizas el contrato, dejas los recibos pagados, te devuelven la fianza y entregas las llaves…
    Y luego al señor casero se le va olvidando realizar el cambio de titularidad… Empiezan a llegar facturas al EX inquilino…
    El ex inquilino llama al casero, pero nunca tiene tiempo o se le olvida volver a hacerse cargo del contrato.
    El ex inquilino llama a la suministradora y le cuenta la situación, y ésta le dice que lo siente, pero que el contrato figura a su nombre y mientras tanto las facturas le seguirán llegando, que si las devuelve la deuda quedará a su nombre y que si quiere puede dar de baja los suministros. Pero como el sr casero es muy listo añadió una cláusula que penaliza al inquilino en caso de dar de baja los suministros. Porque además ha leído en este post que tiene todas las de ganar si le cortan la luz.

    ¿Cómo se procede en este caso?

    1. Hola,

      Lo más recomendable sería pagar las facturas y después repercutir vía judicial estos gastos al propietario junto con los daños que usted haya podido sufrir por esta situación.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  40. Buenas tardes, mas o menos la información me ha servido, pero yo tengo otro caso que expongo a continuación;
    el contador del agua de un bajo esta a nombre del inquilino, nosotros rompimos contrato alquiler bajo en el 2001, y todo correctamente, ahora bien he ido a la planta baja que la hemos estado gastando de trastero y he decidido acondicionarla ( ya que esta hecha un desastre), he pedido dar de alta luz y agua, y la sorpresa viene cuando los de aguas potables me comentan que ese contador no se ha dado de baja y existe una deuda de un gasto minimo de 18 años, aparte vinieron y tomaron lectura del contador, pues desde la ultima lectura fue en el 2001, y el importe que me dicen de consumo sube a unos 5000€, seguramente alguna fuga o una cisterna o…, ya que el inquilino anterior lo tenia todo correctamente pagado. (pero no dio de baja el contador y ahora me comenta aguas que me tendre que hacer cargo de lectura. Esto no se como cogerlo, unos me dicen que no me preocupe, que el contrato no esta a mi nombre, pero los de agua van directamente a por mi, el propietario de la planta baja. me puedes orientar.

    1. Hola Rafael,

      Dependerá si en el contrato de arrendamiento se establecía la obligación de dar de baja el contador o suministro o no. Si bien, lo que es cierto es que si no se paga la deuda que hay sobre la propiedad, normalmente las suministradoras no dan un nuevo alta.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  41. Si alguien me puede ayudar? He alquilado recientemente un piso, y cuando me llegó la factura del gas, no coincide la lectura que facturan con la real, habiendo una diferencia de aproximadamente 2000.00 € que se han dejado de cobrar.
    Mi pregunta es, soy yo quien tiene que hacer todos los trámites con la suministradora y con la oficina del consumidor para solucionar este problema o la inmobiliaria debe entregarme el piso con todos los servicios y documentos legales en forma, o sea con los servicios en punta para yo hacer el cambio de titular, pues en la inmobiliaria me dicen que no es responsabilidad de ellos.
    Gracias

    1. Hola Marí Ángeles,

      Lo primero que debe hacer es averiguar si el error se debe a un erro de la suministradora o a una deuda pendiente. Si es una deuda pendiente usted no debe hacerse cargo de ella.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  42. He alquilado un piso con garaje, pago mi mensualidad como se dice en el contrato “mediante recibo girado a mi cargo”.
    El titular de los contratos de agua y luz es una sociedad mercantil, y quiere continuar siéndolo, yo solo he cambiado su cuenta por la mia.
    Pago la comunidad de propietarios como esta estipulado en el contrato también simplemente dando mi numero de cuenta a la gestora de fincas.
    Tras pedir bajar la potencia contratada cuando he cambiado la cuenta pagadora a mi nombre, me han cobrado a parte de por eso, por el cambio de nombre de la sociedad, antes se llamaban de una forma y lo han cambiado al nombre que aparece en mi contrato y ese cambio lo pago yo. Yo solo tengo los recibos del banco y no tengo acceso a las facturas. Mi pregunta es: ¿os parece todo correcto y normal? Gracias

    1. Hola María,

      Ese cambio en el nombre de la empresa, si se refiere a la misma empresa, este gasto lo tendrá que cubrir la mercantil.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  43. Buenos días,

    Quería saber si hay alguna norma que autorice al inquilino a cambiar la titularidad del contrato de luz sin autorización del propietario. En la suministradora me aseguran que «se puede cambiar llevando el contrato de alquiler» pero Yo no lo he autorizado.

    1. Hola Alfonso,

      Puede hacerse si así se ha plasmado por las partes en el contrato de arrendamiento.

      Un saludo, espero haberle así de ayuda.

      1. Y si no hay acuerdo por las partes? Es decir, en el contrato no figura nada. Una vez firmado, el propietario indica que no quiere cambiar la titularidad y el inquilino advierte que no esta de acuerdo y que él si desea cambiarla. En este caso, si el inquilino la cambia incurre en alguna responsabilidad? Las empresas solo le piden el contrato de alquiler y fotocopia de su DNI (en ningun momento autorización del antiguo titular)…

  44. Buenos días,
    Tengo un piso en alquiler, con los últimos inquilinos cancelamos el contrato y me dieron el ultimo recibo que tenían para cambiar el contrato a mi nombre.
    Al intentar cambiar el titular solo me dejaron el cambio en la luz, en el gas había realizado un contrato de tarifa plana, pago mensual igual durante todo el año, la compañía me indico que era la inquilina quien tenia que realizar la baja de esta contratación, para posteriormente pasarla a mi nombre. Da de baja el contrato y pongo el contrato del gas a mi nombre.
    Alquilo el piso y el nuevo inquilino lo pone a su nombre y cambia la compañía de suministro.
    La compañía de suministro que realizaba el servicio a los primeros inquilinos me cargan a mi cuenta con el nombre de la anterior inquilina deudas pendientes y una penalización por anular el contrato de «tarifa plana del gas», me pongo en contacto con la compañía suministradora y esta me comenta que en el contrato a mi nombre no existe ninguna deuda y que puedo devolver los recibos (lo tengo grabado en el móvil).
    Posteriormente se pone en contacto conmigo esta empresa y me dice que al poner el contrato a mi nombre asumo las deudas de este y las devoluciones que se realicen sobre este contrato, ellos me indican que cuando yo realice el cambio no existía ningún cargo, pero que es así la ley.
    ¿Tengo alguna responsabilidad sobre los contratos que el inquilino realiza con compañías de suministro?, el nuevo inquilino esta en otra compañia y tiene suministro sin ningún problema.
    ¿Que tengo que hacer?
    Muchas gracias

    1. Hola Jesús,

      Por regla general no debe asumir deudas antiguos, sobre todo por el hecho que es un nuevo contrsto. Si bien es cierto, que para darle una mejor respuesta debería leer las cláusulas del contrato de suministro.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  45. Terminamos un contrato de alquiler, y a a hora de hacer la cuenta final de los gastos de suministros el propietario quiere cobrarnos por lectura legal cuando la compañia electrica le facturo por estimada. Es legal? Puedo negarme y pagar solo lo que a el le han facturado?

    Saludos

    1. Hola Jon,

      Debe repercutirte el importe que parezca en la factura, es decir, el que le haya sido cobrado.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  46. Y que sucede conmigo?.Soy inquilina con contrato al dia.Van a poner los contadores de agua individuales en mi bloque.Pero el piso esta en un limbo por asi decirlo.el supuesto propietari en Colombia q pasa del piso y el banco a punto de embargar.q hago?

    1. Hola Mar,

      Lo primero que debe hacer es ir al banco para que le expliquen la situación del inmueble e intentar llegar a un acuerdo. Si su problema es que nadie quiere recibir el pago de la renta puede depositarla en el juzgado.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  47. Tengo una casa alquilada (soy el inquilino)pagó religiosamente todos los meses,pero el contrato de la la luz està a nombre del propietario.¿Puede èste cambiar de compañìa cuando le plazca e incluso contratar un seguro de luz,sin previo aviso pese a que somos nosotros los que pagamos la luz y en ese caso nos obliga a pagar el seguro ?

    1. Hola Lore,

      No os puede obligar pagar el seguro se la luz pues no son las condiciones que vosotros aceotasteis en el contrato.
      En cuando al cambio de compañía podría hacerlo siempre que no os perjudique.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  48. Hace poco me separe, de mi pareja de hecho, el piso estaba a nombre de los dos y me compro su parte, pero por complicaciones en la relación llegué a cortar linea de luz, gas, Internet e incluso la linea d su móvil pues yo era titular de todo ello y aasi lo hice. Y sobre todo porque el no me atendía al teléfono para yo ppir las buenas no llegar a esto, sino ponerlo a él de titular. Mi pregunta es:Tiene alguna repercusión si el toma medidas?

  49. Hola soy Darío, mi casero va a colocar el contrato de luz a mi nombre, todavía que tenga que pagar el alta , más las facturas, más los impuestos derivados, que tengo que pagarle su hipoteca también? se encarecen los costes y el arrendatario evita sus impuestos y la casa es de el, esta bien que tenga que pagar las facturas y el arriendo que es lo más correcto, pero sus impuestos por que los tengo que pagar yo, es decir los impuestos derivados, si al final es su casa , no mia ademas me ha subido el alquiler, hay cosas que son abusivas, yo entiendo que hay buenos inquilino y están los otros lo que veo que al final le pagó su hogar con mi bolsillo y hasta sus impuestos

    1. Hola Dario,

      Entiendo que te refieres al pago del IBI, si bien puedes llegar a un acuerdo con el arrendador. Pues esta metería se deja a la voluntad de las partes.

      Cómo en todas las meterías, la legislación tendrá que adaptarse al avance de la sociedad.

      Un saludo. Ante cualquier cuestión no dude en consultarnos.

  50. Buenas tardes.

    Consulto.

    Vivo en la ciudad de Rosario y estoy por poner en alquiler un monoambiente.
    Quisiera saber si es posible poner a nombre del inquilino el servicio de aguas sa siendo que en Rosario no es medido por consumo, si no por m2 de la propiedad en cuestión.
    Dentro del monto de alquiler incluyo impuestos que los estaré pagando yo, y a agregaré una clausula de servicios a nombre del inquilino, pero no sé si podrá el servicio de agua ya que aquí es como es cobrado como «impuesto»…

    Aguardo comentarios.
    Muchas gracias por el espacio.
    Saludos.

    1. Hola María,

      Ciudad del Rosario salvo error creo que está en Argentina, siento no poder ayudarte, pues solo manejamos el ordenamiento jurídico de Argentina.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  51. Muy buenas tardes tengo una pregunta yo rento sin contrato pero el único que tengo es con la CFE y me la cortaron por falta de pago lo cual dejé de Acer porque descubrí que tenía el medidor cambiado osea el mío estaba en de otro departamento y medio cuenta porque me apareció de repente muy alta la cuenta y fui ala comisión y no me pudieron resolver yo pagaba 120 y de repente 600 pues no iba a pagar esa cantidad y able con la propietaria y se negó a pagar la diferencia el caso que e decidido dejarle el depa pero sigo siendo el afectado pues como lo dijo la cuenta sigue subiendo que puedo aser

    1. Hola Lorenzo,

      Creo que me hablas desde México. Siento. No poder ayudarte pero solo tenemos conocimiento del ordenamiento jurídico español.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  52. Hola! Viví en España de Septiembre 2017 a Septiembre 2018. Ahora, después de unos meses la dueña del piso nos dice que tenemos un deuda de gas que lo que hemos estado pagando ha sido el consumo mínimo y no el valor real marcado por el contador. Por favor, me gustaría saber si es posible que en este caso se pueda demandar al avalista que es Español las inquilina somos extranjeras y regresamos a nuestros países. Pd: El arrendador puede poner en el contrato que dejemos todo los objetos que compramos para el piso( cama, escritorio, sofá) porque nuestra arrendadora puso eso en el contrato y no sabemos si es legal. Muchas gracias.

    1. Hola Marcela,

      Si hay alguna deuda puede hacerse responsable al avalista. Si bien, la cláusula de dejar las cosas compradas para el piso, no sería legal salvo que fuese por alguna reducción de renta.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  53. Hola:

    Mi novio y yo teniamos teniamos un contrato de coarrendamiento con 2 compañeros de piso. El agua la luz y demas gastos estaban a nombre de mi novio. Al irnos del piso pagamos todas las facturas para que nos devolvieran la fianza, un compañero de piso nos pago todos los gastos y el otro aun no. Estamos detras de el y no nos coge el telefono ni responde a los whatsapps. Queremos demandarle para que nos pague los 128 euros que nos debe.

    ¿Que debemos hacer?

    Saludos

    1. Hola Ahinoa,

      Por esa cantidad lo más aconsejable es inicia un proceso monitorio, donde no se necesita ni abogado ni procurador.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  54. Buenas. Mi caso es un tanto diferente: el inquiino se marcha de la vivienda y quedan pendientes unos 30€ por facturar, así que la compañia emite una primera factura a final de mes que el inquilino paga, como siempre, y una vez le liquido la fianza reteniendole esos 30€ devuelve esa primea factura y no paga la segunda con lo que hay una deuda de unos 90€, ahora el nuevo inquilino me dice que la compañia no le hace un nuevo contrato mientras esa deuda no este saldada, el problema que veo es que posiblemente cuando yo vaya a la compañia no me van a dar datos de esa devolucion ni una factura por esa deuda a mi nombre con los conceptos claros para reclamarle a mi primer inquilino. Que hago?

    1. Hola Antonio,

      Lo que suele ocurrir es que la empresas no dan nuevas altas hasta que no se paguen las deudas. Si usted hace el pago de la deuda, después siempre puede pedir la restitución de esa cantidad y una indemnización al que fue su inquilino.

      Un saludo, espero habele sido de ayuda.

  55. Buenos dia;

    Hace un mes deje mi piso de alquiler, el arrendador se iba hacer cargo, del cambio de titularidad y como no pudo, por faltarle unos documentos, se lo encargo a una inmobiliaria. La cuestión es que hace un mes y me están facturando la luz y el gas y me la van a cargar a mi cuenta, porque esta domiciliada ahí. Ya se lo he comunicado a la Inmobiliaria varias veces y me dicen que si, pero no me comunican que Iberdrola le pidió un correo y una lectura real del gas y a mi no me comunicaron nada. Puedo dar de baja a los suministros, ya que no veo intención de que nadie lo cambie y creo que ya hay un nuevo inquilino.

    Muchas gracias.

    1. Hola Milá,

      Si eres la titular del contrato de arrendamiento si podrías darlo de baja.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  56. Hola,
    Necesito ayuda. Hace dos años que estamos de alquiler y día si día también se va la luz sin saltar el automático, es decir he de bajar yo el diferencial y volver a subirlo para volver a tener luz. Esto nos pasa si encendemos un barrita de una estufa eléctrica y un calefactor . La potencia contratada es de 2,2kw, la titularidad está a nombre del propietario y el recibo domiciliado en mi número de cuenta. Estoy desesperada (tenemos un bebé) he pedido al propietario que suba la potencia de luz pero como el boletín está caducado no se puede hacer, he llamado a un electricista para que me hiciera el boletín y dice que la instalación eléctrica está muy mal que es un peligro (ya me han petado dos interruptores, no hay toma tierra…) y que habría que revisar y realizar instalación nueva. El propietario se niega a arreglar nada. Por favor qué potencia de luz es necesaria u obligatoria que el propietario ofrezca? qué puedo hacer? dónde puedo denunciar o dirigirme? Mi niño pasa frío y es un peligro vivir así. Muchas gracias!

    1. Hola Míriam,

      Si el propietario no realiza las reparaciones necesarias para que la vivienda sea destinada a su fin, podrá rescindir el contrato de arrendamiento.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  57. BUENAS
    ALQUIEN ME PODRIA DECIR QUE DEBO HACER SI EL PROPIETARIO DE LA VIVIENDA ME PASA UNA FACTURA DE LUZ QUE NO CORRESPONDE A LA FACTURA DE LA VIVIENDA QUE ALQUILO
    HE LLAMADO AL PROVEEDOR Y ME HAN DADO A ENTENDER QUE NO ES LA FACTURA QUE CORRESPONDE PERO SIN DARME LA CERTEZA PORQUE NO SOY EL TITULAR,HE SOLICITADO LA INFORMACION VIA CORREO ELECTRONICO Y ME SOLICITAN COPIA DEL DNI DEL TITULAR.
    COMO PUEDO COMPROBARLO SI EL CONTADOR DE LA FACHADA DE MI VIVIENTA ESTA SELLADO Y NO PUEDO VER SU NUMERO.
    LA DIRECCION DE LA FACTURA NO ES EXACTAMENTE LA MISMA PERO COMO LA VIVIENDA DEL PROPIETARIO ESTA PEGADA A LA QUE ALQUILO LA DIRECCION SE SUPONE QUE ES LA MISMA
    QUE DEBO HACER PARA SABER CUAL ES LA FACTURA QUE ME CORRESPONDE

    1. Hola Alejandro,entiendo por sellado te refieres a que está en un caja cerrada, esta se puede abril, para así mirar el número del contador y ver si coincide con el de la factura que le ha entregado su arrendador.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  58. Hola,
    Me han renovado el contrato y ahora me exigen cambiar la titularidad de la luz (antes estaba a nombre del propietario pero domiciliado a mi cuenta). Mi duda es que en la cláusula no me dejan dar de baja cuando finalice el contrato,así que no tengo ningún seguro de que no me.lleguen recibos que no son míos. Tampoco estipula cuanto tiempo tengo para hacer el cambio de nombre.Es eso legal? Adjunto cláusula:

    – El arrendatario adquiere la vivienda con los suministros dados de alta,
    obligándose en hacer el cambio de nombre a su favor en las compañías de
    los servicios (agua, luz y gas), pero no se puede dar de baja en el momento
    de la renuncia o caducidad del contrato, por haber adquirido dicho contador
    en funcionamiento y dado de alta. El incumplimiento de dicha obligación
    supondrá el pago de una pena convencional por los daños y perjuicios
    que ello comportaría a la propiedad, equivalente a una mensualidad de
    renta.

    1. Hola Alba

      Sí te hacen ser la titular del ontrato de suministros no pueden restringirse tu derecho a darte de baja como titular del mismo. En esa clase se tendría que añadir por ejemplo que en el caso que el arrendador no hiciera el camundo io de titularidad en cierto tiempo el inquilino podra darse de baja.

      Un saludo espero haberle sido de ayuda.

  59. Tengo un contrato de arriendo de una vivienda vigente desde el 2010, servido y sin deuda pendiente en ningún aspecto. En el mismo predio en que se encuentra mi domicilio existe otro inmueble, separado, de la misma propietaria, pero con la limitación de un sólo marcador de agua potable, (por lo que la cuenta de ambos domicilios sale en una sola boleta) la arrendadora y propietaria tiene un contrato vigente con una empresa constructora (la arrendataria) en que los gastos de agua, luz y cable están incorporados, y ella (la empresa constructora) paga mensualmente, sin embargo, la arrendadora NO PAGA NI SE HACE CARGO DEL CONSUMO DE SUS NUEVOS INQUILINOS, NI DE LA DEUDA CUMULADA, del consumo de agua potable de sus nuevos inquilinos desde hace ya un año, costo o gasto que he debido asumir yo, ante el obvio corte que se produce si no se cancela oportunamente. Entonces, ¿Cómo puedo demandar ante tribunales a la propietaria del inmueble y exigir la restitución de lo cancelado por mi parte, pero, que NO me corresponde asumir? En síntesis, la propietaria cobra a su nuevo inquilino el consumo de H2O, pero, no lo paga a la sanitaria (ESVAL) lo que me obliga a cancelarlo aprovechando ella conocer razones de salud de mi pareja. O sea, una especie de «extorsión»

  60. Hola! Mis padres tienen alquilado un piso a una familia, pareja, estando la mujer embarazada y otra niña pequeña de 4 años. El caso es que cuando se les acabó el contrato dejaron de pagar la cuota mensual. Al cabo de los meses nos empezaron a llegar cartas de la liz, la cual anteriormente estaba a su nombre. Mi pregunta es si puedo reclamar a la suministradora de la luz como ha cambiado el nombre del contrato sin consentimiento del propietario? Creemos que la misma casa de fincas ha hecho el cambio de nombre, eso se puede hacer?? Estan en proceso de desahucio en el mes de febrero pero todos estos meses la deuda aumenta.Gracias por todo.

    1. Hola Raquel,

      La suministradora, en el desarrollo de un cambio de titularidad, advierte que ese cambio solo puede hacerlo el que va a ser el titular del contrato de suministro. Por tanto eso debe reclamarlo al inquilino.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  61. En mi caso somos inquilinos.
    Firmamos el contrato el 06 de agosto, en el cual indicaba que la responsabilidad del cambio de titularidad de los suministros es nuestra.

    Por ello les pedí las facturas, para tener el CUPs. Me dijeron de esperar a la siguiente factura.

    El 3 de septiembre les reclame las facturas, el 06 me las dieron.

    El 14 intente cambiar las titularidades. Y me di cuenta que en solo me habian pasado las facturas por el lado que no venía el CUPs.
    Conseguí cambiar el agua.

    No así la de la electricidad, y no se la del gas (pedi cambio de titularidad y de compañía, y todavía está en trámite)

    El 28 me cortaron la luz, pues el anterior inquilino dio de baja todos los suministros.

    La pregunta es, ¿A quien corresponden los gastos de la nueva alta de la electricidad? (Y en el.peor caso el del gas)

    1. Hola Carlos,

      El alta tendrá que pagarla el inquilino, pero si entiendes que la culpa es del arrendador podrías reclamar una indemnización.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  62. Hola!

    ¿El arrendador está obligado a cambiar la instalación de electricidad de un local «recien» arrendado (almacén de 41 metros), estando esta instalación en funcionamiento pero algo antigua (unos 10 años de antigüedad)?. Siempre había pensado que los locales comerciales se entregaban en bruto y el arrendatario se ocupaba de montar la instalación eléctrica según sus necesidades.

    Gracias y un saludo.

    1. Hola Ernesto,

      El arrendador solo esta obligado a hacer las reparaciones necesarias para usar el local al destino que se había establecido.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  63. Hola,
    Alquile una vivienda desde el año 2013 hasta el 2017. En un principio tenía los servicios de luz y gas con Gas Natural. Todos los servicios tenían que estar, por contrato, a nombre de la empresa propietaria de la vivienda. A lo largo de la estancia en la vivienda, se realizó un cambio de Gas Natural a Iberdrola. (año 2015 aproximadamente). Para la fecha de entrega del piso, (junio 2017), todas las facturas de suministros estaban en orden (de lo contrario no podíamos devolver la vivienda. La vivienda a sido alquilada y desocupada desde que la entregue en junio de 2017 hasta hoy
    Ahora en Octubre 2018, recibo una llamada de la propiedad reclamándome 1200 euros en concepto de luz y gas de la empresa Gas Natural de facturas entre 2015 y 2016. Desconocía hasta hoy esas facturas y desconozco si pertenecen a los servicios contratados durante mi estancia en la vivienda. Evidentemente si son consumos que he realizado, los abonaré, la pregunta es: ¿que obligación tengo a pagar si no están a mi nombre? , ¿como es posible hacer un cambio de suministro con tantas facturas pendientes?. ¿Qué puedo hacer para solucionar esta situación?.
    Muchas gracias

    1. Hola Gabriel,

      Si usted estuvo en esa fecha como inquilino tiene obligación de pagar los suministros.

      En cuanto a los cambios de compañía desconozco sus procesos internos, pero en un primer momento es posible, pues la compañía antigua puede seguir reclamando la deuda.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  64. Hola, al terminar mi anterior contrato de alquiler, la arrendadora se quedó un mes de fianza para pagar las últimas facturas de luz y agua. De las anteriores (el contrato sólo duró 6 meses) nunca nos presentó recibos (somos una pareja sin hijos), nos decía cuánto era sin mostrar nada. Después de tres meses de abandonar el pequeño apartamento de dos habitaciones, y teniendo en cuenta que el mes de fianza era de 800 euros (nos cobró dos meses de fianza y sólo nos devolvió uno), le reclamamos las facturas y que nos reintegre lo que resta de los 800. Dice que no le ha sobrado nada y después de mucho insistir, nos manda facturas con una dirección de suministro de la misma calle, pero con distinto número y por casi 200 euros. En la factura pone «vivienda unifamiliar», pero en lugar de 8 B, que era nuestra dirección, pone Número 10 (donde hay tres viviendas con puertas distintas a pie de calle: 10 A, B y C. Más un 8A, aparte del minúsculo apartamento 8B que alquilabamos (también con entrada independiente). Con los datos de las facturas me he metido en la suministradora de agua y además descubro que, aunque en la factura la dirección de suministro es el número 10 y aparece como vivienda unifamiliar, en el contrato figura otra dirección de suministro, la de la arrendadora en otro punto de la ciudad. Cómo es posible? Por otro lado, por fin he podido ver las facturas anteriores y son igual de altas, pero durante los 6 meses que vivimos allí nunca nos cobró esa barbaridad, sino muchísimo menos. Alguien me podría guiar? Muchísimas gracias!

    1. Hola Maria,

      Por lo que me dices todas las viviendas estarían conectadas a un mismo contador, por lo tano vosotros solo tendrías que pagar la parte proporcional.

      Si no llegáis a un acuerdo, podéis ir a la vía judicial, para que sea un organismo judicial quien aclare la situación.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  65. Buenas. Mi caso es algo extraño. Alquilamos la vivienda y no cambiamos el titular del contrato. Por lo tanto la deuda de la inquilinos a morosa se a generado a nuestro nombre. La hemos demandado judicialmente por los impagos de alquiler y por lo que nos debe de los suministros. La sorpresa fue cuando fuimos a ver a un vecino y nos dimos cuenta que tenia luz. La cía había cortado el suministro por impagos.. Avise a la cía de lo que sucedía y me dice que hay un nuevo contrato a nombre de la inquilina morosa… La pregunta es… Puede dar un nuevo contrato sin presentar un contrato de alquiler?.por que si es así esta chica a presentado el contrato que tenemos que es con fecha anterior a la deuda( dado que la a hecho ella). Yo he hablado con. La cía y estoy a la espera de repuestas… Gracias de antemano
    Un saludo

    1. Hola Aurelio,

      Normalmente las compañías no dan de alta un nuevo contrato si existe una deuda, es algo extraño. De todas formas este nuevo contrato las deudas irían íntegramente a los inquilinos, y si no lo pagasen también podrías reclamarlo en vía judicial.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  66. Hola hace 4 años di de baja suministro gas con endesa y me están reclamando factura de actual inquilino q puedo hacer

    1. Hola Esther,

      Si lo dio de baja no tiene que hacer ningún pago, pero llegado el momento tendrá que demostrar que lo hizo, igual tiene guardado alguna carta donde se habla de la baja.

      Sino lo ha pagado tendrá que pagar, pero puede reclamar esa cantidad a los que se han beneficiado.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  67. Hola :
    Mi problema es que hace 30 años vendimos un piso y no cambiamos el nombre del titular del contador de luz , ahora endesa nos reclama unas facturas impagadas del año 2017 , han vueto a vender el piso y,los nuevos propietarios han contratado otra compañía . ¿ Me pertenece pagar estás facturas ? Atentamente .Mari

  68. Hola:
    Tengo un piso arrendado y mi inquilina ha dejado de pagar. Finalmente el juez ha dictado decreto de deshaucio express y he recuperado mi casa. La inquilina se ha ido antes y no puedo localizarla. El contrato de electricidad estaba a su nombre pero no en la compañia que yo tenia antes. Ella cambio de compañia se supone que suplantando mi identidad. Ahora no se que compañia suministra electricidad a mi casa, si esta cortada, dada de baja o si tiene deuda. No tengo recibo y me dicen que no puedo cambiar la titularidad ni dar alta ni nada ?qye puedo hacer?

    1. Hola Yolguera,

      Entiendo que llamando a Endesa, y dando la dirección de la propiedad tienen que poder darte alguna información, entiendo que para cambiar el contrato igual te piden el decreto de lanzamiento.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  69. Hola! Tengo el siguiente inconveniente: alquile un dto y en el contrato de alquiler decía que tenía que cambiar de titular los servicios. Cuando me dirijo a la empresa de electricidad, me dice que también tienen que cobrar el medidor porque había pedido la baja (esto no lo comunicaron en el contrato ni personalmente) y que no solo tiene un costó extra sino que también tarda más días en conectarse. Por lo que nos acercamos a la inmobiliaria y nos dijeron que se hacían cargo del costo del medidor pero que no tenían la culpa de q no pudiéramos mudarnos por falta de electricidad. Nosotros pedíamos que el siguiente mes se consideren los días que tardamos en mudarnos. Puede ser que tarden 10 días hábiles, por lo que estaríamos regalando medio mes de alquiler . Tenemos algún chance de que contemplen la situación?

    1. Hola Gonza,

      Si el piso no tiene las condiciones para ser habitable pueden rescindir el contrato de arrendamiento.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  70. Hola, tengo un caso de que mi exinquilino a dejado de pagar la última factura de la luz que estaba a su nombre, Ahora tengo otro inquilino que ya tiene el cambio de nombre y va al suyo, mi pregunta es la siguiente, yo soy el propietario y quería saber si endesa puede dar de baja la luz o el contador dejando al nuevo inquilino sin luz sabiendo que ahora está a nombre de mi otro inquilino y que el si pagará, ósea que sólo será una factura del otro.

    1. Hola Moises,

      Sí podría cortar el suministro. Esa factura tendría que pagarla el que fue su inquilino, o usted y después reclamárselo.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  71. Buenas,
    En mi caso, acabamos de darnos cuenta de que después de dejar el piso en el que estábamos alquilados (hace más de un año) , el casero no dio de baja la domiciliación del recibo del gas y nos lo han seguido pasando. No nos hemos dado cuenta hasta ahora porque hemos estado fuera y estamos alquilados en otro sitio pero además tenemos una casa en propiedad, y con tanto lío de recibos no nos habíamos dado cuenta. ¿Qué podemos hacer?

    1. Hola Elena,

      Entiendo que tu seres la responsable de pagar estos recibos frente a la empresa suministradora, pero puedes ejercer tu derecho de repetición frente al que efectivamente consumió, es decir, frente a la persona que ha estado en el piso.

      Por supuesto, entiendo que ya lo ha hecho, es dar de baja el contrato de suministro.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  72. Muy buenas!esto de tener lis suministros al nombre del inquilino se ve que no lo prefieren todos.aunque sea para los proprietarios este blogspot,yo soy el inquilino.resulta que tuve un fallo hace tiempo… Los típicos de iberdrola que te buscan a casa y me cambiaron la factura a mi nombre.no vi que en mi contrato pone «prohibido cambiar titular suministros»el proprietario me dijo que volverá a cambiarlo al nombre de la empresa,pero luego q no lo dejan porque tengo un año de contrato de luz y q se espera a q pase.llame a iberdrola y de allí me dijeron q no pasa nada,sigue con el contrato,solo q hay q hacer una solicitud. Aora yo me pregunto» que pasa si me voy??me sancionará por incumplimiento de contrato por cambiar el nombre sin darme cuenta? Y en que consta el incumplimiento por esta causa?

    1. Hola November,

      Lo más sencillo sería que agregarais un anexo al contrato donde se refleje que se ha producido el cambio de titularidad y que el arrendador está de acuerdo en este punto.

      Si no hacéis este anexo, cuando se marche tendrá que cambiar la titularidad del contrato de suministros a nombre del arrendador, y puede que este le pida que pague los gastos de gestión por haber incumplido el contrato.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  73. Buenos dias, tengo un problema y me gustaria saber si alguien puede aconsejarme. Gracias de antemano.

    Una amiga esta compartiendo piso con un geta. Ella esta empadronada en ese piso y el compañero de piso que tiene el contrato a su nombre, lleva mas o menos 10 meses sin pagar el alquiler, ya ha puenteado el contador del agua, no paga la luz y como electricista que es, ya ha dicho que punteara el contador de la luz. ya han recibido el primer aviso del corte del gas.

    La pregunta es, al estar ella empadronada en ese domicilio, le pueden salpicar las multas que puedan surguir si los pillan las compañias de servicios a los que estan estafando , o por el contrario solo le afecta al geta y vago que tiene el piso alquilado a su nombre??

    Muchas gracias

    1. Hola Jordi,

      Entiendo que las sanciones serán para quien se el titular del contrato de suministros.

      Un saludo. espero haberle sido de ayuda.

  74. Hola!! Tuve alquilado mi apartamento a una inquilina que se fue, me quedé con la fianza xq me avisó con algo menos de un mes y me ha llegado 4 meses despues un recibo de gas. El contrato de gas esta a mi nombre ¿puedo reclamarselo o se supone que se devenga de la fianza? (el contrato esta a mi nombre y no ha dejado ninguna factura más)

    1. Hola,

      Puedes descontarlo de la fianza.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  75. Buenas tardes mi consulta es la siguiente resulta que me voy del piso y el arrendador no quiere ponerse como titular del nuevo contrato de luz y de gas hasta que pasen 20 días y nos llegue la última factura yo quiero darme de baja que me puede pasar . Ya que el Señor desde día uno que me fui está viviendo en el y todo lo que gaste de luz y de gas lo tengo que pagar yo de mi bolsillo

    1. Hola Álvaro,

      Puedes darte de baja del contrato de suministros, el importe que queda de esos días el arrendador podrá descontarlo de tu fianza o hacer el pago directamente al arrendador de esos días.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  76. Hola, mi problema es el siguiente: He tenido unos inquilinos durante 5 años en un piso y se han marchado el 31 de diciembre de2017. Hasta la fecha todo correcto y fenomenal. Los suministros a mi nombre (arrendador) y la cuenta de pago la de los inquilinos. Una vez que se han marchado hago la inspección del piso, les comunico todos los desperfectos que hay y les digo que con la fianza no pago ni la mitad de lo que me cuesta arreglar los desperfectos. Se quejan y dicen que no les parece bien ni justo. A raíz de aquí, el último recibo del gas correspondiente al consumo de diciembre no lo han pagado, lo han devuelto, y la he pagado yo.. En febrero han cortado la luz del piso. Aunque en el contrato de alquiler decía que no podían hacer ninguna modificación en cuanto a suministros, han cambiado la luz a su nombre, yéndose a otra compañía y sin avisarme. He tenido que volver a dar de alta la luz con el consiguiente coste de alta. A partir de aquí, puedo denunciar al inquilino reclamándole el importe del gas, más el importe del alta de la luz, más la diferencia entre la fianza y el coste real de los arreglos del piso? Gracias

    1. Hola Emilio,

      Si con la fianza no te da para cubrir los desperfectos y estos no se han hecho por por el uso normal de la misma, podrás reclamar estas cantidades judicialmente, al igual que los importes que no te haya pagado, y quizás pedir una indemnización que cubra el alta del suministros por haber incumplido la clausula que establecisteis.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  77. Mi situación es diferente los que no pagan no son inquilinos son como la misma familia por lo tanto no hay contrato ni nada, y aparte de no pagar reclaman dicen que por que ellos deben pagar , y muy a parte de que toda la noche dejan la tv prendida y la luz prendida hasta las 11 am y si les decimos que por favpr apaguen ni nos hacen caso .

    1. Hola Karl,

      Pero supongo que al menos habrá un contrato de arrendamiento verbal, y el pago de la renta.

      Si no quieren pagar podéis entablar un proceso de desahucio por impago.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  78. Buenas noches! Tengo una casa en alquiler, el recibo de la luz está domiciliada en la cuenta del inquilino pero el contrato está a mi nombre. Llevan 4 meses que no pagan la luz y me temo que seguirá en aumento… tengo entendido que no se puede hacer un cambio de titularidad hasta que no paguen las facturas que deben. Qué puedo hacer? Al final voy a tener que pagar yo sus facturas?

    Muchas gracias

    1. Hola María,

      Tendías que interponer una demanda de desahucio por impago, y en este mimo proceso tendrás que reclamar también la cantidad debida.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  79. Hola. He leído la respuesta a la entrada anterior y mi duda es la siguiente: puedo demandar a la arrendadora por cobro indebido cuando ha sido la empresa suministradora de electricidad quien ha recibido el pago?

    Gracias

  80. Buenas tardes. Agradecería ayuda con el siguiente problema. En 2008 alquilamos un piso durante un año para uso de nuestra hija, entonces estudiante, y para ello domiciliamos los pagos en nuestra cuenta . Al término de la estancia, el arrendatario , también titular del contrato de la luz nos dijo que él mismo se encargaría de gestionar los cambios en Endesa. Nosotros nos confiamos y en 2016 para nuestra gran sorpresa, comprobamos que habíamos estado pagando todos los recibos de la luz del inmueble hasta esta fecha, ascendiendo el total a mas de 6000 euros. Cuando contactamos con el arrendador para informarle del incidente nos contestó que era culpa nuestra por no haber dado de baja el suministro. Conservamos el contrato de arrendamiento donde sí figura nuestra obligación al pago de los suministros, pero de ninguna manera se menciona quién tenía que hacer las gestiones. Ahora dice que ha destruido todos los contratos de arrendamiento con sucesivos inquilinos y que le es imposible saber sus nombres para reclamarles el dinero de las facturas. Y que ´ella no se ha beneficiado de nada. Puesto que siendo ella la titular y durante todo este tiempo Endesa le envíaba a ella los recibos, es muy sospechoso que no estuviera al tanto. ¿Debe y puede el inquilino pedir a Endesa el cese de envio de facturas domiciliadas una vez finalizado el contrato de arrendamiento sin el consentimiento del titular? ¿Qué podemos hacer? Muchas gracias por su atención.

  81. Hola. ¿Qué podemos hacer si el propietario no cambió el nombre del contrato cuando nos fuimos? Hace dos años nos mudamos y le avisamos reiteradament al propietario que cambiara el nombre del contrato. Nos dijo que ya estaba, pero sólo había cambiado la domiciliación. Ahora han vendido el piso y los nuevos propietarios tienen una deuda con la compañía del gas de 300€ a nuestro nombre. ¿Qué acciones legales podemos emprender contra el que fue nuestro casero? ¿Podemos cambiar nosotros el nombre de la cuenta al del anterior propietario? Muchísimas gracias.

    1. Hola Anna,

      Mi recomendación sería que pagarás la deuda que tienes con la suministradora, para así poder dar de baja el contrato. Y después interponer una demanda para ejercer tu derecho de repetición, es decir, que te devuelva el dinero que has pagado a la suministradora, contra el propietario de la vivienda.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  82. Buenas tardes,
    Hace dos años mi pareja y yo alquilamos un piso. El alquiler estaba a su nombre, pero por estar como moroso decidimos poner a mi nombre la luz y el agua.
    Hace un mes que cortamos y el me está dando largas para cambiarlo.
    Tiene pendiente de pago la ultima factura y me dicen que me de de baja directamente, pero, no se si puedo tener problemas si lo hago.
    Si me podeis dar una solucion os lo agradeceria mucho.

    1. Hola Nekane,

      Como tu estas de titular puedes darte de baje, pero te recomiendo que avises al arrendador de la situación de los suministros.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  83. Hola. Llevo mas de un año viviendo de alquiler en la misma finca. Hasta hace poco no pagaba el agua porque estaba a cargo de la comunidad. Ahora han decidido que cada vivienda tenga su contrato, lo cual me parece perfecto. La agencia que gestiona mi contrato de alquiler se puso en contacto conmigo para que diera de alta el suministro del agua. Ahora tengo el contrato a mi nombre y la empresa suministradora de agua me exige pagar una cantidad por el contrato y el contador que tiene que instalar.
    Mi pregunta es: Soy yo la que tiene que abonar esta cantidad o debería ser el propietario de la vivienda?
    Si yo lo pago… cuando me vaya, al dar de baja el contrato, se llevarían el contador… con lo cual el siguiente arrendatario debería pagar otra vez el alta del contrato mas el contador… otra vez… No sería mas lógico que el propietario se hiciera cargo de este pago y yo diera mi consentimiento a la agencia para que una vez se finalice mi contrato gestione el cambio de nombre sin tener que dar de baja el contrato? Puedo exigir esto? Gracias.

    1. Hola Debora,

      Esta materia la Ley la deja a la voluntad de las partes, por tanto sois vosotros los que tenéis que llegar a un acuerdo.

      Si bien es legal que el arrendador no quiera hacer estas acciones y las deje en mano del inquilino incluyendo su coste.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

    2. Hola Debora,

      En cuanto a dar de alta a los suministro es un materia que la ley deja a la voluntad de las partes.

      Pero sería legal que tu arrendador no quiera hace estas acciones y la deje en manos del inquilino, incluyendo su coste.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  84. Hola. Tengo un inquilino moroso. El contrato de suministro de luz esta a mi nombre. Si bajo la potencia de luz al mínimo sería coacción? No cortaría el suministro seria bajar la potencia al mínimo ya que no paga.

    1. Hola Carmen,

      Mi consejo es que no bajes la potencia de la luz. Pues podría considerarse como coacción, pues la obligación del arrendador es mantener al arrendatario en el goce pacífico de la vivienda.

      Envíele un borofax reclamándole las cantidades, y si no paga, establezca una demanda de desahucio y para el cobro de las cantidades que le debe.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  85. Hola,tengo una situación un poco rara y no sé qué hacer yo estaba de inquilina junto a mi novio hasta el día 31 de agosto y después nos fuimos a otro piso y resulta que el dueño nos cuenta que cuando tramitó el cambio de titularidad de Endesa pues que le dijeron que tardaba unos 21 días por lo que la factura siguiente llegaría a nombre de mi novio que era el antiguo titular de Endesa,bueno pues el problema es que hay una factura del día 13 de agosto hasta el día 1 de octubre de Endesa a nombre de mi novio está impagada y a nosotros solo nos corresponde pagar 13 días ya que dejamos ese piso el 31 de agosto , aparte a nosotros nos cobraron la factura de agua de dos meses y solo nos correspondía pagar un mes ya que en septiembre no estábamos ahí en fin con esto quiero decir que teníamos pendiente supuestamente de arreglar cuentas con ellos pero no quieren dar señales de vida y estoy muy preocupada porque he llamado Endesa y dicen que no van a cortar el suministro del antiguo piso simplemente que mi novio queda como moroso con un saldo negativo y no sé qué hacer ante esto. Toda esta información la sé porque he llamado a las compañías de suministro ya que nosotros como cosa lógica no recibimos facturas al no vivir ya ahí

    1. Hola Sara,

      Es una situación complicada. Lamento que paséis por ella.

      Yo te recomendaría que pagases la deuda, y que le pidieses a la suministradora que te enviara por correo el pago de la factura. Después reclama la deuda al arrendatario por burofax, y si esta vía no funciona, no tendrás más remedio que seguir por la vía judicial.

      Un saludo, espero haberle ayudado.

  86. Hola. Pienso que el locador tiene que tener los impuestos a su nombre (luz, agua, gas), y el locatario podría tener a su nombre, ej., el cable TV.
    En el contrato se establece que el inquilino debe pagar los impuestos de agua, luz, gas y expensas ordinarias junto con el pago mensual (las expensas extraordinarias quedan a cuenta del dueño).
    Si el inquilino no desea pagar los impuestos de agua, luz, etc., la inmobiliaria puede dar de baja el contrato (por incumplimiento) y que el dueño cobre los impuestos adeudados del mes o meses de depósito. Si el tema está escrito en el contrato, no veo motivos de preocupación, el inquilino moroso lleva en estos casos la posibilidad de ser desalojado por incumplimiento del contrato (y de perder dinero).
    En síntesis, no creo que sea necesario poner los impuestos a nombre del locatario, es riesgoso económicamente. Saludos

    1. Hola Yon,

      En mi opinión, los riesgos sí que existen. Aunque la mejor forma de evitarlos es establecer cláusulas en el contrato de arrendamiento para evitar futuros problemas, como por ejemplo establecer que cuando el arrendador lo solicite se puede hacer un cambio en la titularidad del suministro. También se pueden hacer cosas previa a aceptar el cambio de titularidad del contrato de suministro al arrendatario, como sería informarse con la suministradora si antes ha habido algún problema con esta persona.

      Un saludo

  87. Hola Andres.

    Es abusiva pero legal y común en todas las normas municipales del estado.

    Se me ocurre que la paguéis y repitáis la deuda pagada contra los bienes de la herencia de la inquilina, ya fallecida.

    Un saludo

  88. Buenas noches, nuestro caso particular es el siguiente. La compañía de aguas de mi municipio nos remite una carta en la que nos reclama una deuda de aproximadamente 500€ correspondiente al tercer cuatrimestre de 2015 de una inquilina. Esta señora se murió en 2016 y se hizo el cambio de titularidad a nuestro nombre en 2017. Comentamos a la compañía de aguas que nosotros no éramos titulares del suministro en 2015 y nos dicen que eso se hace así porque lo estipula la normativa municipal y que así lo vienen haciendo.La normativa municipal en estos términos:
    «Artículo 64.—Cambio de titularidad por cesión del contrato de suministro.
    El cambio de titularidad se realizará a petición del nuevo ocupante de la vivienda o
    local objeto de suministro. Para ello, deberá acreditar su condición de propietario,
    arrendatario o titular del derecho de uso de dicha vivienda o local.
    El cambio de titular sólo se efectuará si el suministro no está resuelto y si la
    instalación existente es suficiente para satisfacer las necesidades del nuevo cliente, sin
    perjuicio de que cuando se realice el cambio de titularidad se proceda a la actualización
    de las características del suministro. Cuando se produce el cambio de titularidad, el
    nuevo titular asume la deuda que pudiera existir, así como el importe, en su caso, de la
    fianza constituida y los derechos y obligaciones sobre el contador que pudiera tener el
    anterior titular.» ¿No es abusiva esta norma? ¿Podemos negarnos a pagarla? ¿Qué pasos deberíamos dar? He de comentar que cuando se hizo el cambio de titularidad nadie nos informo acerca de la existencia de una deuda. Muchas gracias

  89. Hola soy lucia y estoy de alquiler yo pago los suministros menos el alquiler ya que mi ex marido dejó a deber de alquiler a la casera 1900€ la casera no quiere hacerme contrato y así que estoy sin contrato y pagando los suministros de luz y de agua no se que derechos tengo y estoy embarazada y sin trabajo que puedo hacer

    1. Hola Luchy,

      Tu situación es complicada dado que estas sin contrato y en precario.

      Para poder pedir que te haga contrato deberías ponerte al corriente en rentas.

      Entiendo que tu situación es mas de asuntos sociales de tu localidad.

      Saludos

  90. Jose Miguel,

    Paga y luego reclama. El que que cumple previamente con su obligación goza de mejor derecho.

    Un saludo

    1. Asi lo hare. Para reclamar q tengo q ir a consumo? Y en este caso q beneficio o compensacion puedo recibir con esa reclamacion? Gracias

      1. Hola Jose Miguel.

        Yo se lo reclamaría el importe al propietario por pago indebido.

        Y se lo descontaría de la próxima renta comunicándoselo por burofax, para que quede constancia..

        Saludos

  91. Buenas en mi caso he contratado el alquiler de una vivienda en el mes de junio y 15 dias despues me han cortado el suministro del gas. En estos dias antes del corte yo le solicite el cambio de titular. Cuando el arrendador fue a cambiar la titularidad se dio cuenta que el contrato del suministro estaba a nombre de un anterior inquilino y no podia restablecer el servicio.
    Conclusion, todo este tramite me ha supuesto estar un mes sin gas en el domicilio por lo que yo me he negado a pagar una mensualidad que ahora me reclama el arrendador amenazandome con emprender acciones legales.
    Mi pregunta es si puedo negarme a pagar dicha mensualidad o tengo que pagarla y denuciar los hechos.
    Gracias

  92. Hola Isabel,

    A los 5años, pero el problema es que no le estas pagando la renta íntegramente y podría instar el desahucio por lo que mandale un burofax de que te entregue las facturas en fecha o que domicilie el pago en tu cuenta.

    Un saludo

  93. Hola buenos días tengo un problema vivo desde hace 8 meses en un piso y nunca me ha llegado factura de la luz, hemos llamado y dicen que no me consiguen en la base de datos de clientes pero que debe ser algún error de sistema que vuelva a llamar luego, y así nunca me han dado respuesta ni de baja el servicio, ni reclamado el pago, ni nada, hasta que hace poco he hablado con la administradora del piso y parece que la luz sigue estando a nombre del antiguo inquilino que tiene impagos desde mucho antes de nosotros llegar al piso a vivir, pero no han podido contactar con el por qué es un estudiante chileno que ahora vive en su país y no responde los mensajes. la administradora dice que ellos van a pagar las deudas que tenía el inquilino anterior, y yo pagaré los gastos generados por mi que continúan a nombre del inquilino anterior para poder hacer un cambio de titularidad del servicio, el problema viene por qué en mi periodo de facturación vienen unas cantidades exorbitantes de pago 400€ mes, aquí trabajamos nunca estamos en casa y no usamos si no lo normal, nunca habíamos pagado tanto lo más alto que he pagado son 120€ cada dos meses, me exigen el pago inmediato de unos 2000€ por qué al parecer el inquilino anterior dejo contratada una alta potencia, yo no tengo como hacer frente a ese cobro, que derechos tengo? Que puedo hacer?

  94. Buenas, en mi caso yo soy la inquilina. La Luz esta en nombre del propietario el cual me pasa la facturas y yo le hago un traspaso de dinero. El problema está en que pasan los meses y no me manda las facturas, aunque continuamente se lo recuerdo y acumula unas con otras, ¿estas facturas llegan a prescribir si no me las pasa?

  95. Soy propietario de una casa que alquilo desde hace años. En 2014 firme un contrato con unos inquilinos donde figuraba que eran responsables de las facturas de gas, luz y agua (todas a mi nombre). Las facturas de luz y gas las pagaron debidamente, pero las de agua (que llegaban a través de la comunidad de vecinos) no les llegaron nunca, rescindimos el contrato en 2016. Ahora Ullastres me pide que pague las deudas de agua desde 2012. Los actuales inquilinos me han abonado su parte correspondiente, pero no se como proceder para cobrar a los antiguos la parte que consumieron mientras vivian alli. ¿Puedo demandar?

  96. Buenas tardes.
    Soy Ana de Madrid. Tengo un piso alquilado y a la vuelta de mis vacaciones he recibido una carta de iberdrola como que yo habia puesto una reclamacion. He llamado a iberdrola para que me explicaran y me indican que es en relacion al piso alquilado. Es decir, la inquilina ha utilizado mis datos sin mi consentimiento.
    ¿Seria legal? ¿Cómo puedo actuar?
    Muchas gracias.
    Un saludo.

  97. Buenas noches yo soy inquilina hace poco empeze a alquilar en el contrato que firmé con la duedueña dice que en la vivienda cuento con gas natural luz agua todo a su nombre al pasar los meses las facturas no llegaban nunca a su nombre al hablar con ella me dice que llegan al nombre de «x»persona y tampoco a lo cual cortan el gas de todo los Dptos del lugar por fuga cortan la luz de mi vivienda al hablar con algunos vecinos me dicen que al inquilino anterior le habían sacado el medidor por falta de pago y la luz que estaba recibiendo yo supuestamente se la robaba a un vecino a lo cual nada que ver por que jamas toque nada ajeno menos electricidad no entiendo y al fin y al cabo no se que hacer si ir a la empresa me cobran la deuda ami

  98. Y si es el arrendador el que se niega a poner contadores de agua para cada vivienda y quiere cobrar el agua «al azar» dividiendo por vivienda sin importarle si en una vivienda hay 4 personas y en otra 1 con la diferencia de consumo que, en realidad habría? El inquilino se puede negar?

    1. Hola Ana

      Que no le pagaría hasta que me dijera el importe de lo que he consumido. Es tu derecho.

      Un saludo

  99. Buenas tardes Carlos
    Cien gracias por tu blog, por la información que das y por tu ayuda desinteresada.
    Mi caso es el siguiente: en el contrato de arrendamiento pusimos que el importe del consumo de electricidad era de cuenta y cargo exclusivo del arrendatario el cual lo abonaría directamente a través de su cuenta del Santander nº X.
    FECSA no admite que la empresa (titular del contrato) haga el cambio de cuenta corriente.
    Le hemos explicado al inquilino, de todos los modos posibles y con todo lujo de detalles, como tiene que hacer el cambio de titularidad y de cuenta con FECSA. Su «gran» gestión pasa sólo por una llamada de teléfono a la compañía.
    El inquilino lleva más de 60 días haciéndose el sueco y las facturas de FECSA siguen viniendo a nosotros y no a él.
    FECSA me dice que dé de baja el suministro, pero he leído tus comentarios sobre coacciones, y no me quedo muy tranquila.
    He pensado en resolver el contrato por via judicial porque no ha cumplido con su obligación de hacer el cambio.
    También he pensado en pasar por el banco el recibo de FECSA junto con la mensualidad.
    ¿Que te parece todo esto? ¿tienes alguna idea distinta?
    Sea lo que sea, gracias por tu opinión

    1. Hola Pilar.

      Las dos vías son posibles. resolver el contrato por incumplimiento o bien girar mes y consumo por el banco al inquilino, las dos tienen la consideración de renta.

      No cabe mucho mas, un abrazo

  100. Hola,yo alquilo y la dueña ,me hizo un contrato en el cual decia que tenia medidor tanto de luz como de gas,el de luz esta a nombre mio pero eñl de gas esta a nombre de ella el tema es que ella puso un medidor interno y no le funciona ,compre uno yo y no me lo quizo aceptar.el tema es que ella me hace pagar por usar una cocina sola contra lo que ellos son dos termotanques una cocina dos calefactores ,me aperece injusto que puedo hacer?Espero su respuesta.

  101. Hola,voy a alquilar una vivienda.La luz tiene que ir a mí nombre al estar el piso a mí nombre?O puede estar a nombre de otra persona sin problema?

  102. Hola y gracias por el blog y la importante informacion y ayuda que prestan.
    Mi problema es que he alquilado un piso que cuenta con piscina y servicios varios a la comunidad,en el contrato de alquiler pone por escrito que la comunidad y sus servicios serán abonados por la parte arrendadora o sea que yo en teoria no pago nada por la comunidad,sólo por los servicios de recogida de basura,el alquiler del piso y una cochera con garaje.
    Mi sorpresa viene cuando pido una llave de la piscina para usarla y tambien un mando a distancia de entrada a la cochera
    al conserje del edificio y me pregunta que cual es mi piso,se lo digo y me dice que no tengo derecho a usar ningun servicio de la comunidad y tampoco mi cochera y garaje porque el propietario del piso debe unos cuantos de miles de euros(1 kg de las antiguasp pesetas aprox.) por impagar la comunidad.Y que tengo que hablar con el administrador del edificio para resolver la situacion…
    Me podrian ayudar o orientarme,acabo de comenzar este alquiler y ya me esta robando el sueño…¿La deuda de comunidad pueden exigirmela? ¿Puede un administrador negarme los servicios que me vendio una inmobiliaria? Gracias por su ayuda.

    1. Hola Rafael,

      Hay un claro incumplimiento del contrato por parte del arrendador en cuanto a los servicios que disponesnes, que te dan derecho a resolver el contrato o a exigir una una compensación en la rebaja de la renta.

      Queda a tu opción.

      Un posible acuerdo seria que parte de tu renta se destine al pago de los atrasos de comunidad, pero ese acuerdo tiene que ser a tres bandas y en documento anexo al contrato

      Un saludo

  103. Tengo un inquilino que lleva seis meses sin pagar la Luz lo que se traduce en 500 euros de recibo, he llamado a la compania y me han dicho que puedo cambiar el contrato a su nombre y domiciliarlo en su cuenta… supongo que eso no es » delito» yo no voy a suplantarle solo voy a dar los datos que el inquilino me proporciono a mi y hacer lo que deberia de haber hecho el.
    Me puede causar esto algun problema sabiendo que llevan meses enviando cartas a mi nombre para que paque los recibos?

    1. Hola esperanza,

      No solo no es delito, sino que es lo normal que el consumo este a nombre de quien esta obteniendo el consumo y el obligado a a su pago.

      El problema será que cuando corten la luz por falta de pago, presumiblemente para poder hacer un nuevo contrato, te harán pagar lo adeudado.

      Nada impide que luego se lo reclames tu al inquilino.

      Un saludo

  104. Buenas tardes
    He tenido un inquilino en un local de negocio durante varios años.Ahora me ha dejado las llaves y una factura importante ya que hace meses que no me pagaba el alquiler.El arrendatario se dio de alta como titular en los servicios de agua y luz y al dejar el local se ha dado de baja.
    Me informa la empresa suministradora de agua que ha dejado una deuda de 440 euros y que yo como propietario del local soy el responsable de pago según la ley.Cuando pregunto ¿Qué ley? me contestan que RD ley 2/2004 de haciendas locales,articulo 23.
    Y mi pregunta es ¿es esto cierto?.
    Gracias

    1. Hola Javier,

      El único responsable del pago de la luz y el agua, y contra quien la empresa suministradora tiene acción legal es contra el que ha realizado el consumo, en tu caso el antiguo inquilino.

      El problema es que en la mayoría de las cosas estas empresas no hacen nuevos contratos hasta que no se abonen lo adeudado.

      Puedes reclamar todo lo que abones mas las cantidades que dejo de pagar por renta contra el inquilino, si el monto es importante merece la pena poner demanda.

      El real decreto que te comunican no tiene que ver con lo que estamos hablando

      Un saludo

      1. Buenas tardes
        Leo en una sentencia que tendrán la condición de sustitutos del contribuyente:
        «En las tasas establecidas por razón de servicios o actividades que afecten o beneficien a los ocupantes de viviendas o locales,los propietarios de dichos inmuebles,quienes podrán repercutir,en su caso las cuotas sobre los respectivos beneficiarios».
        No es este el caso que me afectaria a mi?.
        Muchas gracias

        1. Hola Javier, entiendo que esas tasas se refieren a basura, no ha consumo de agua y luz.

  105. hola un pregunta no se si es injusticia pero llevo 4 años en una tienda y la dueña me hace pagar una renta la cual nunca incumplo lo hago puntual ni un día antes ni un día menos la cuestión es que también pago la luz de toda la casa o semi edificio en cuestión al principio pues dije esta bn por que son una familia reducida y no gastaban mucho las boletas de luz salían con un monto no elevado puesto que yo puse focos ahorradores y la verdad en mi tienda es de ventas y de luz no usamos nada hay una radio para los empleados y una TV led la cuestión es que la dueña alquilo mas cuartos a otras personas y abrió un tipo negocio de comida la cual puso muchos electrodomésticos refrigeradores y todos los focos de su casa son de 100 y 200 whats la boleta de luz es como pagar otro alquiler y si le digo algo me da a la idea que me dirá búsquese otra tienda como puedo hacer para que ella me ponga un medidor aparte una ves le dije y me dijo que el Internet que hay a lado paga mas de luz y no se queja y le dije que el Internet tiene 25 maquinas prendidas todo el día y se enojo demaciado me puso unas caras solo se fue din decir nada en fin pido ayuda o algún consejo

    1. Hola Jhon,

      En modo alguno te tienes que hacer cargo de la luz de la vivienda contigua o negocio del arrendador, solo el consumo de tu tienda.

      Por supuesto se puede instalar un medidor en cada vivienda e individualizar el pago.

      Tan solo si pagas una renta bajísima entienda que te interese quedarte

      Un saludo

  106. Buenas tardes tengo una pregunta espero pueda ayudarme..como puedo hacer una carta para contar que el contrato de luz esta a nombre del arrendador pero soy yo la inquilina quien lo paga..solo es para un tramite para comprobar que yo hago los gastos..

    1. Hola Alicia,

      Poned los datos personales delas dos partes y a continuación un MANIFIESTAN

      Que los gastos de la luz están siendo abonados por la arrendataria aunque el titular del contrato es el arrendador, lo que en prueba de su conformidad, y para surta sus efectos allí donde fuese preciso, se firma en Madria a 13 de Junio de 2017

  107. Buenas tardes,

    yo quería preguntar respecto de las obligaciones que un inquilino tiene después de que finalice el contrato.
    Resulta que el piso que alquilamos tenia problemas con la contratación de suministros, me explico, cuando firmamos el contrato y al cabo de unos meses no nos llegaban las facturas de gas y agua le avisamos al arrendador en varias ocasiones que no nos llegaban, al final el propietario se puso en contacto con las compañías de suministro que a su vez éstos les decían que no se generaban facturas porque había no se qué problema con los contadores (cosa del edificio ya que consta de 4 plantas independientes cada una).
    Cuando finalizo el contrato y pasados unos 5 meses, nos dijeron que les debíamos dinero para el agua, que ya había venido el inspector para ver qué pasaba con e suministro de este piso (nosotros ya no estábamos viviendo allí).
    ¿Entonces me pueden reclamar algo en este caso, había una clausula en el contrato de alquiler que decía que son de cuenta del arrendatario los gastos derivados de la adquisición, conservación, reparación o sustitución de los contadores de suministro y el importe de sus consumos.
    ¿No sería obligación del arrendador que el piso esté en las condiciones necesarias para que yo me haga cargo de la titularidad de los contratos y por tanto pagar las facturas? Pero ni se arregló la cosa de los contadores ni nada mientras vivíamos allí. Me pueden demandar?
    No sé que hacer ni como actuar.
    Por favor, estaría muy agradecido si me respondiesen
    Gracias.

    1. Buenas tardes Juan,

      En relación al cambio de los contadores, si los han puesto, la obligación de su coste termino con la extinción del contrato. Y es de cuenta del dueño de la finca que esta tenga sus contadores.

      En cuanto al importe de las facturas por suministro que tu hayas consumido, aunque no estes en local la deuda es tuya y exigible a ti.

      Un Saludo

  108. Buenas tardes,
    mi caso es similar a alguno que se ha expuesto por aquí.
    Tengo un bar alquilado, pero la inquilina me informo cuatro días antes de fin de mes que dejaba el bar. Nos debía meses de alquiler y de IVA.
    Fuimos el día 31 a por la recogida de llaves, pero nos dejo las llaves en una mesa y se negó a firmar un documento en el que figuraba la entrega de llaves y la rescisión del contrato.
    Ahora tenemos una posible nueva inquilina, pero nos hemos encontrado que debía al ayuntamiento las tasas de agua (1200€), la licencia de la terraza (500€) y dos meses de luz, factura que asciende a 850€. Le han cortado el suministro, pero no han cursado la baja. Según la compañía (Viesgo), nos dicen que hasta que no se salde la deuda no dan de baja el servicio ni cambio de titularidad. El contrato estaba a nombre de la anterior inquilina, pero si quiero tener luz en el local me veo obligada a pagar yo la deuda. ¿Que puedo hacer?

    1. Hola Vega,

      Jurídicamente las deudas son de tu antigua inquilina, y las compañías solo podrían ir contra ella.

      Pero efectivamente ciertas empresas suministradoras como en tu caso, se niegan a realizar un nuevo contrato al nuevo inquilino, mientras no se pague la deuda existente. Y siento que vas a tener que hacer el pago para poder dar luz y agua al nuevo inquilino.

      Dado el montante de la deuda, no descartes reclamarlo judicialmente a la antigua inquilina.

      Si quieres ponte en contacto con nosotros al correo info@abogadosparatodos.net

      Un saludo

  109. Buenas tardes, Seria una opción viable que siendo titular del contrato de suministro el arrendador podríamos poner los datos bancarios del inquilino?. Gracias.

    1. no me la da dudo que tenga ya que a dia de hoy no trabaja.entonces lo que me interesaria seria bajar la potencia o dejar de pagar las facturas a mi nombre y que la cortara la compañia en tres meses .¿seria legal en un juicio?

  110. hola . tengo una inquilina que lleva 8 meses sin pagar l<as rentas. aparte el suministro de agua y luz esta ami nombre y a mi cuenta por lo que tambien me las debe. la deuda ya asciende a casi 5000 euros .he decidido demandarla ya que agoto el contrato de 5 años y una rrenovacion de 1 año queda 1 mes para que caduque ya tres meses atras firmo una carta en la que ya le dije que no iba a rrenovar . aun asi dice que no se va .ya sin contrato. ¿puedo dejar de pagar los suministros y que las compañias le corte ? o ¿puedo cortar yo el suministro? ya que las medidas legales duran aqui en alicante 8 meses.ES UNA VERGUENZApero bueno a tragar que somos españoles honrraos

    1. por otra parte ¿puedo bajarle la potencia del contrato? ya que lo tiene todo electrico con una tarifa del 5,5 bajar a 1,2 kw

  111. Buenas noches, me voy del piso actual a otro. Soy la titular tanto en agua como en luz. El piso es de nueva obra y di de alta todo por primera vez. Hoy informó al presidente que posiblemente me marche del piso y que tengo que hacerlo cuanto antes porque el chico del otro piso puede hacerme cambio de titularidad y no hacerme «la putada», perdón por la expresión, de tener que dar de alta el suministro de nuevo.. pero me dice el presidente que no puedo dar de baja, que espere a que encuentre (en unos días………. que a mi parecer puede ser un mes o vete a saber..) un nuevo inquilino para que negocie el cambio de titularidad y tal….. El caso, es que de esa forma tendría que pagar (la factura de agua y luz sin yo estar, porque como digo me iría del piso en unos días) + (perdería el pago del contador que en su momento hice) porque.. como voy a esperar a que alguien entre al piso y que luego no me quiera pagar (o como dice el presidente «negociar») el alta………… estoy obligada?? O puedo decirle que me he informado en ambas compañías (luz y agua) y que voy a dar de baja el día en que salga por la puerta.. espero me hayáis entendido, gracias.
    *el contrato dice en la última cláusula que avise con dos meses de antelación la finalización del contrato.. y no quiero que me diga que «joder ya que me has avisado de un día para otro que te vas, qué mínimo que te esperes a que entre otra persona y hagas cambio de titularidad» porque lo veo capaz….

    1. Buenas tarde Nay,

      No estarías obligada a negociar ni esperar al nuevo inquilino, al salir del piso para dar de baja los suministros.

      Ten cuidado si existe alguna penalización por dejar el piso antes de finalizar tu contrato de arrendamiento.

      Aprovecha el cambio de titularidad del nuevo piso

      Un saludo

  112. Hola, en 2009, cuatro primos recibimos una casa en herencia. Alquilamos esa vivienda con tan mala suerte que el inquilino no pagó ni el alquiler ni algunos recibos de luz, lo que pridujo el corte de suministro . El inquilino se marchó sin problemas, el problema es que a fecha de hoy, la casa sigue sin luz porque no se ha usado esa casa pero actualmente hay una persona interesada en comprar la casa. El contrato estaba a nombre de mi tia que falleció y ahora no sabemos si esa deuda está pendiente o ha prescrito.

    1. Buenos días Ana,

      En principio opera el 1966 del Codigo Civil, y el plazo de prescripción seria de 5 años.

      A priori, estaría prescrita, el problema es ver si la empresa suministradora ha interrumpido ese plazo de prescripción con reclamaciones posteriores.

      Un saludo

  113. Buenos días :

    Tengo un inquilino que a finales de junio hará tres años que le tengo arrendada la vivienda. Me gustaría que se marchase porque me da muchos problemas para cobrarle, arrastra una deuda de 3 meses y me va pagando cuando quiere y lo que le viene bien.Se que le tengo que avisar un mes antes de que no quiero renovar.
    El PROBLEMA, ……no firmamos contrato, y no creo que se quiera ir .
    Como puedo hacer para que se marche? Yo he declarado los ingresos derivados de su arrendamiento,solo que el contrato físico no existe. ¿Sería una buena opción intentar firmar un contrato con carácter retroactivo y si sigue sin pagarme iniciar un tramite de desahucio ? o …. si no quiere firmar, ¿que opciones tengo?
    Espero tu respuesta.
    Gracias por tu ayuda.

    1. Buenos días MF,

      El hecho de que no tengáis contrato de alquiler suscrito por escrito, no quiere decir que no sea plenamente valida su forma verbal.

      Si necesitas que te gestionemos su desahucio y lanzamiento por falta de pago, ponte en contacto con nosotros al email info@abogadosparatodos.net

      Un saludo

  114. Tengo una duda acerca de la factura de luz. Mi casero toma una foto del lector a final de mes y me pone el monto que debe pagarse y lo manda por email. Nunca he recibido una factura detallada y no tengo forma de validar que ese es el monto que hay que cancelar mensualmente. Eso lo hace con todos los pisos del edificio. ¿Que podria hacer para asegurarme de que no esta cobrando de más? Gracias.

    1. Buenos días Ernesto,

      Tu obligación del pago del suministro, debe estar individualizado y facturado.

      Por lo que puedes exigir que te envie la factura correspondiente a tu consumo, y no un tanto alzado o estimativo.

      Ponte en contacto con la empresa suministradora

  115. Buenos días, he estado de alquiler 4 años, el agua y la luz están a nombre de la dueña del piso, quedemos que ella me mandaba las facturas por email y yo le ingresaba la cantidad que corresponde en su cuenta. Así se hizo los dos primeros meses y luego me empezó a decir que no tenía tiempo de enviarme las facturas… Se las he estado pidiendo 4 años miles de veces y nunca tenia tiempo… ahora que he dejado el piso me reclama que le pague la luz y el agua de los 4 años que he estado viviendo ahí aún a pesar que yo se lo he reclamado muchas veces.
    Estoy obligada a pagarse los o ya no porque no tengo nada que ver con el piso?
    Gracias

  116. Buenas tardes, Carlos
    Tengo una vivienda alquilada desde hace un año, los contratos de luz, agua y gas están a mi nombre.
    Ya desde el principio ha ido pagando al límite los recibos de las suministradoras, que se domiciliaron en su cuenta.
    Antes de fin de año le mande mensaje con los avisos que había hasta ese momento y me pidió que dejara de molestarle con el tema de lo que debe.
    En estos momentos debe los recibos de luz y agua desde enero y uno antiguo de gas (ha pagado uno posterior).
    He recibido carta certificada de aviso suspensión de suministro de agua y varias llamadas del departamento de cobros de iberdrola.
    Le he dejado copia del aviso de corte de suministro de agua que vence este viernes, de iberdrola no he recibido carta pero es posible que la hayan enviado certificada a la viviena alquilada y ella no me de el aviso de correos y por eso me esten llamando por teléfono.
    La renta de noviembre y diciembre no me la ha pagado y los cinco meses de 2017 si los ha pagado, imagino que lo ha hecho porque ha pedido una subvención.
    Llegados a este punto y pensando en emprender acciones legales¿que hago si ella no paga los recibos que vencen ya? ¿dejo que corten el suministro?
    Muchas gracias por tu atención

    1. Hola Maria,

      Ponte en contacto con nosotros ( info@abogadosparatodos.net ) y envíanos el contrato de arrendamiento, si te parece, para que te podamos asesorar de forma personal y confidencial, de las acciones que debes tomar.

      Un saludo

  117. Hola Carlos,
    felicidades por el blog, es muy útil y clarificador. Soy propietario de un piso, la semana pasada conseguimos desahuciar al inquilino que lo arrendó el cual llevaba 1 año sin pagar la renta. Aparte de dejar el piso como una pocilga ha dejado pendiente de pago varios suministros por un valor superior a los 2.000 €.
    Yo soy el titular de los suministros y tengo 4 cuestiones a plantear:
    –1. ¿ puedo reclamar judicialmente o a Consumo al administrador de fincas al cual contraté para alquilar el piso por no informarme de la conveniencia o no de realizar el cambio de titular de los suministros?. En el momento de la firma del contrato, hace 2,5 años, no se me infomó y dí por sentado que lo lógico era realizar dicho cambio de titularidad
    -2. Entiendo que no puedo dar de baja los suministros si no pago previamente las deudas. Si decido no pagar ¿llegará un dia en que cortarán los suministros? En caso afirmativo ¿dejarán las compañīas de facturar por un servicio que ya no prestan?
    -3. ¿pueden presionar las compañías y adoptar represalias cortando el servicio que me prestan en el domicilo donde vivo habitualmente como 1a residencia?
    – 4. Y por ůltimo: en el caso de que corten los suministros por impago, ¿podré darlos de alta con las mismas cias. poniendo de titular a mi esposa?

    Gracias adelantadas y perdón por tantas preguntas. Como observarás todas ellas están orientadas a no pagar la deuda contraida por el inquilino. No sé si lo conseguiré…

    1. Gracias Flo por tu confianza en nosotros.

      Te aconsejo que en primer lugar vayas a consumo y luego la via judicial, pero si puedes reclamarle al administrador de fincas por no asesorarte en cuanto a la obligaciones que asume el titular del suministro.

      El administrador de fincas tiene un seguro de actividad y puede dar parte del «siniestro»

      A efectos de obligación del pago para la suministradora, eres tu como titular, pero coincido contigo en no hacerte cargo de una deuda que no te corresponde. La empresa no te la reclamara judicialmente pero si te impedirá contratar de nuevo sin hacerte cargo de la deuda.

      Cuando corten el suministro por impago no te facturaran mas dado que no están prestando ningún servicio, por lo menos en las compañías que conozco, pero no se en tu caso concreto.

      Nada impide que el alta la haga tu esposa o con un contrato nuevo de arrendamiento.

      Un saludo y suerte

  118. Hola,
    tenemos un local comercial alquilado y aunque el inquilino está dispuesto a poner los suminsitros a su nombre resulta que el agua es de gestión municipal y nos obligan a ponerlo a nombre del propietario. con lo que nos hacen responsables de los pagos. La empresa de la mancomunidad que lo gestiona dice que es una norma municipal y que ellos no pueden hacer nada.
    ¿Es esto legal? Puede un Ayuntamiento exigir que un contrato esté a nombre del propietario cuando el inquilino es identificable a través del contrato y está dispuesto a ponerlo a su nombre? me da la impresión de que esa norma va en contra de algún derecho fundamental del propietario e incluso del inquilino.

    1. Buenas tardes Begoña,

      Me imagino que se trata de una ordenanza municipal que establece dicha obligación por parte del propietario.

      La ley no exige que los contratos de suministros este a nombre del inquilino, sino que por autonomía de la voluntad de las partes asi lo acuerdan, pero esta voluntad no puede ser contraria a las normas, y aunque pueda ser injusta la ordenanza l es.

      Por lo que me temo que vas a tener que acatarla, dado que ya sabes que sino sanción.

      Un saludo

      1. Hola Carlos
        Gracias por tu respuesta. Mi duda era que un ayuntamiento pueda hacer una ordenanza en la que haga responsable del suministro a quien no está realizando dicho gasto. Como en otras consultas leo que las deudas no son del local sino de quien realiza el gasto y que no las heredan los siguientes que soliciten un suministro, pensaba que el ayuntamiento no podia obligar a alguien que no realiza el gasto a ser el responsable de ello, no dandole la oportunidad de que se responsabilice quien si realiza ducho consumo. Siendo además el inquilino quien ha hecho la solicitud del contrato en la compañía suministradora. Que ocurriría si fuesen ocupas? Tambien seríamos responsables de sus consumos? Tengo entendido que no podriamos dar de baja el suministro. Gracias

  119. Buenos días Mayra,

    En primer lugar dudo mucho que haya puesto una demanda, dado que por la materia se ventila por un procedimiento complejo, el ordinario, y tiene unos costes altos.

    Si ha denunciado en la guardia civil o policía, archivan el asunto porque es tema civil y no penal.

    La fianza la puedes aplicar al pago de las facturas pendientes, el resto se lo entregas a ella, si lo hubiere.

    Guarda todas las comunicaciones por si acaso tienes que contestar a la demanda, pero como te digo lo dudo mucho.

    Un saludo

    1. Buenos días, Carlos

      Muchas gracias por tu respuesta, comentarte que así lo hice y aunque la supuesta denuncia aun no me ha llegado a mi domicilio, pienso cada día que pasa es que tienes razón, seria alguna forma de presionar ya que al no estar a nombre mío los suministros tarde mas de 3o días en conseguir las facturas para adjuntarle al correspondiente email y así poder liquidar la fianza, a día de hoy me dice que hay un suministro que tiene doble facturación y mi respuesta al email ha sido: «Si crees que la empresa te ha tarificado por duplicado deberías ponerte en contacto y que procedan a devolverte esa diferencia». según mi punto de vista yo lo veo así ; ¿hice bien?..
      Un saludo y muchas gracias por tu valioso tiempo.

  120. Alquile mi vivienda y la inquilina dejo deudas de los tres suministros (agua, luz y gas), la fianza no le he podido devolver 1.- Porque por no me facilitaba un numero de cuenta por mas que insisti.
    2.- Porque tenia pendiente las facturas que le solicitaba que se pusiera en contacto con las empresas suministradoras y no hay manera de que pague.

    He esperado casi dos meses desde que se resolvió el contrato y ahora me dice que me ha denunciado porque no le devolví aun la fianza y mi respuesta es que estoy esperando que se salden las facturas pendientes y ella me solicita las facturas , cosa que estoy vendida ya que al no estar a mi nombre los servicios tengo que esperar que lo envíen al domicilio.

    Mi pregunta es llegando al punto de la denuncia corro peligro si únicamente se devuelve el saldo restante de la fianza cargando los gastos pendientes?.

  121. Buenos días?
    Qué ocurre en el caso de que tu casero no te haya pasado las facturas y te las reclame todas de golpe? 2 años en mi caso.
    Gracias

    1. Buenos días Alberto,

      Me temo que tendras que pagárselas, dado que las rentas o cantidades asimiladas a la renta, como son los suministros prescriben a los 5 años.

      Te aconsejo que llegues a un acuerdo con el de pagarlo poco a poco, un saludo

  122. Buenos días: soy inquilino desde hace ya tiempo, y he pagado La Luz y gas lógicamente cuando me correspondía, el contrato está a nombre del casero y en la factura aparece servicios que tengo/tiene contratados (aparte del consumo) servigas completa y servielectric xpress. Que he estado también pagando, y yo no he solicitado ningún seguro. Le voy a decir que me los quite a partir de ahora. Debería pedirle que me devuelva la suma de los seguros de los recibos anteriores??
    Muchas gracias 😉 es genial

    1. Buenos días Carlos,

      Tu obligación como inquilino, es la de pagar aquellos consumos que pueden ser individualizados y de los que goce la vivienda y hagas consumo de ellos, no asi, si no lo has asumido en tu contrato de arrendamiento de un seguro de la misma que esto le compete al arrendador.

      Por tanto entiendo que el pago de los seguros es de cuenta del arrendador y si has abonado dichas cantidades le puedes pedir su devolución.

      Un abrazo y espero haberte sido de ayuda.

    1. Buenos días Rafael,

      En cuanto a la titularidad del suministro, en quien debe recaer, la LAU no establce nada al respecto, solo el obligado al pago.

      Por lo que cabe libertad de pacto. Si en vuestro contrato habéis establecido que el titular del suministro sea la arrendataria, podras exigirle su cumplimiento, incluso judicialmente si se niega.

      Sino habéis establecido nada, no puedes obligarlo a ello.

      Un abrazo

  123. Mi inquilina lleva 4 meses y no quiere cambiar el contrato de suministros. Qué puedo hacer?

    1. Rafael, tu inquilina esta obligada al pago de los suministros, pero lo del cambio de los suministros no termino de entenderlo, hablas de la titularidad?

      Necesito mas datos, un saludo

  124. Hola buenas tengo una duda. Estoy de alquiler y me cambio ya de cass porque llevo mas de mes y medio sin agua caliente por una averia de la caldera y la propietaria se niega a pagarla me dice k lo tengo k pagar y en consumo y un abogado m a dicho k es la prooietaria kien lo tiene k pagar. Y ahora tamb como me cambio kiero kitarme de la luz pork me cambio ya a la casa nueva y no se como hacer para darme de baja y se ponga el prooietario a su nombre. No kiero dar de baja el servicio pork no es plan de hacerle esa faena a pesar k nos tenga sin agua caliente. Pero si k kiero kitarme de ese contrato. K ouedo hacer?

    1. Tendras que enviar un burofax a la arrendadora, comunicándole tu deseo de dar por resuelto el contrato por un grave incumplimiento del contrato por su parte, al no haber agua caliente en la casa y exigir la devolución de la fianza.

      Manifiestale que en caso de no obtener respuesta por ello, te veras obligado en dar de baja el suministro que esta a tu nombre.

      Un saludo y suerte

  125. Buenas noches tengo una duda, yo estaba de alquiler en un piso durante 3 años hasta que decidí mudarme, a la hora de entregar las llaves a la dueña la dije que había unos recibos pendientes y me dijo que sin problema, que los descontaba de la fianza y me devolvía el resto y yo acepté porque quería pagar claro está, me dijo que iba a pintar el piso y que no habría problema, me devolvería la fianza descontando los recibos, cual fue mi sorpresa que al día siguiente me dice que no me devuelve la fianza porque tiene que pintar y hay 4 cosillas (indignificantes) que tiene que arreglar, yo acepté porque no podía hacer más, pero al cabo de 2 meses me reclama los recibos que me dijo en su día que se cubria con la fianza…cuando me dijo que no me devolvía la fianza di por hecho que no me devolvía el resto pero que los recibos se pagarían de ahi, pero no, no me devuelve la fianza y tengo que pagar los recibos.
    Que puedo hacer o que debería hacer??
    Un saludo

    1. Realmente existe mala fe por parte de la arrendadora, por eso es tan importante firmar un documento de finalización de contrato y entrega de llaves, y en el documentar todos los pagos que se hacen con cargo a la fianza.

      Yo no atendería la reclamación que te hace, dado que la responsable de los suministros es ella.

      En caso de que te llegue la demanda en el plazo que te dan para contestar exígele que te devuelva la fianza o que con ella lo aplique a las facturas y la pintura, tal como quedasteis.

      Un saludo y suerte

      1. Le he pedido a la dueña del piso las facturas de lo que ha tenido que arreglar que yo dejé mal y no me las ha querido dar, ni ningún tipo de informacion, es mi dinero yo creo que tengo derecho a saber que ha hecho con ello…

  126. Mi caso es que como.inqui al intentar cambiar el titular al.teemino.de facturación de fin de ocupar la vivienda la propietaria es incontratable por ser morosa en la compañia eléctrica
    Me puede reclamar algo al dar de baja el suministro aunque figuraba en el contrato que no podría dar de baja pero si cambiar el titular que resulta que es ell y morosa

    1. Hola Juan.

      Es algo que tendrás que hablar con la dueña.

      No obstante, me imagino que la suministradora te pondrá problemas para hacer eso, ya que no querrán quedarse sin cobrar.

      1. Di de baja el contrato de suministros sin problemas ya que las ultimas facturas estan domiciliadas en .mi cuenta
        El problema es que al ip intentar cambiar los suministros ella es morosa
        El padre de la propietaria lo ha vuelto a alquilarpor inmobiliaria de nuevo como no recibi respuesta por tlf decidi dar de baja la nueva inquilina queria cambiar de compañia eléctrica el caso es que segun contrato no podia dar de baja pero si cambiar de titularidad
        Me dice la de la inmobiliaria que podria pedirme el representante osea su padre de la propietaria morosa los costes de alta de la luz nuevay ezo que se ha quedado con mi fianza
        Esta alquilando un piso mediante inmobiliaria con problemas de morosidad de la propietaria por ezo deje el piso

        1. Y el contrato de luz también estaba ami nombre
          Lo que intente es cambiar a nombre de la propi la titularidad y no se podia por ser morosa y por eso lo di de baja

  127. Como inquilino, firme un contrato y el inmueble tenía una deuda en agua y luz, podría ser una de las soluciones que yo reconociera la deuda como mía y hacer un nuevo contrato, ya está el agua cortada

    1. Hola Roberto. Si, sería una solución, siempre que la suministradora acepte.

  128. Buenas Eduardo,
    Soy la inquilina de un piso y el gasto del suministro del gas esta a nombre del arrendador. Hasta ahora el pago del gasto del gas lo ha hecho él y llevo 9 años en este piso. En el contrato de alquiler pone que el gas corre a mi cuenta. Pero él en su día no cambio la titularidad del contrato.
    ¿Podría de golpe pedirme todos los gastos ocasionados hasta ahora por mi parte? ¿Eso es legal si el contrato de suministro esta a su nombre?
    Gracias y un saludo

    1. Hola Beatriz.

      Te puede pedir/reclamar los últimos cinco años de facturas, pese a que el contrato esté a nombre del arrendador.

  129. Muy intersante todos los comentarios.
    Yo soy inquilina y tengo domicliados los recibos de luz, agua y gas. El titular es el dueo del piso, yo solo llamé para que me cargaran los recibos a mi nombre en mi banco.
    Si no se paga un recibo, quien es el responsable? muchas gracias

    1. Hola María.

      El responsable ante la suministradora es el casero, y la responsable ante el casero eres tu.

      1. Mi casera ha dado orden al banco para que devuelvan los recibos de agua y luz, los tiene a nombre de una empresa de la que fue titular ella, su marido y ahora su hija. No tengo contrato de alquiler y siempre he pagado en mano. Ahora me van a cortar los suministros. El piso lo tiene a nombre del hijo( 20 años) que vive y estudia con ellos. La empresa se lo cedió a él, pero fue ella quién nos alquiló el piso hace tres años. Estoy cansada de pedirle el contrato por escrito, y siempre se hace la sueca, ahora sé que no lo declara y eso a mí me perjudica incluso para pedir ayudas de alquiler. Ha optado por hacer que me dejen si luz y sin agua pues tampoco quiso domiciliar los recibos en mi cuenta. Siempre todo en mano. Debe 480€ de comunidad ( que yo a ella le he pagado con las mensualidades). ¿ Qué puedo hacer?
        Gracias.

  130. Saludos, tengo una duda que sucede si el inquilino hizo un nuevo convenio con la compañía suministradora de luz sin el consentimiento del dueño de la propiedad. y luego se fue sin pagar. ¿que responsabilidad tiene la compañia por hacer contratos con un inquilino sin autorización del dueño? el servicio lo cortaron por no pago y la deuda llega casi a l millon de pesos. por que si el servicio esta cortado siguen cobrando a la casa cerca de 20 mil pesos mensuales.

    1. Hola.

      Esa actitud de la suministradora es tan corriente en México como en España y otros paises, y ciertamente es bastante cuestionable.

      Y otra actitud cuestionable es que las suminitradoras tratan de cobrar a los propietarios en estos casos. Sin embargo, la defensa está en que la suministradora no puede cobrar al propietario en caso de que el suministro esté a nombre del inquilino. Es cierto que insisten y tratan de presionar para que pague el propietario, pero no tienen derecho a cobrar una deuda que corresponde a un deudor diferente.

  131. Tienes toda la razón, se criminaliza al inquilino. Hay infinidad de casos donde el propietario no accede al cambio de suministros, no pasa factura y tras un largo plazo de tiempo pone un monitorio. Así, cuando el inquilino no es de los «malos» resulta que es solvente y honrado. Se vé teniendo un pago desorbitado. No encuentro ningún post que ayude en referencia a esto, si nos puedes ayudar lo agradecería

    1. Hola Noelia.

      Creo que el caso que dices es cuando la titularidad es del arrendador y éste no accede a poner la titularidad a nombre del inquilino.

      En ese caso el inquilino es responsable de los consumos.

      Si el arrendador no le pasa los recibos tendrá el inquilino de ser responsable de acercarse a la suministradora para cerciorarse (si le dan la información) de cuál es el consumo. O en cualquier caso de ir guardando para pagar después de golpe, ya que hasta los cinco años no prescriben esas deudas.

      En cualquier caso, siempre podrá el inquilino reclamar al arrendador los perjuicios que hubiera tenido por esa práctica del arrendador.

      De lo que no hay duda es que se trata de un consumo realizado por el inquilino que debe pagar el inquilino mientras no haya prescrito.

  132. Buenas tardes,
    Hace tres días fui a ver un piso a través de una agencia, me gustó y al día siguiente firmamos un contrato por un año.
    Ese mismo día trasladé todas mis cosas al piso y dormí allí esa noche. Al día siguiente cuando me fui por la mañana había luz, sin embargo al regresar a casa por la tarde ya no había luz. Le escribí a la casera para preguntarle si sabía que podía haber pasado con la luz y que además el primer día ya no funcionaba el calentador. Simplemente me contestó «La luz te dije que fueras a Fenosa a contratarla» «El agua tiene que calentar si no hay luz no calienta».
    El caso es que he ido a Fenosa y parece ser que la casera ha dado de baja el suministro por lo que ahora me piden 161.24 euros por volver a darlo de alta. En el contrato no dice en ningún sitio que yo deba hacerme cargo de ese gasto, y lo que yo entendí cuando hablamos sobre eso es que debía hacer un cambio de titularidad (gratuito).
    He hablado con la agencia y tampoco entienden la actitud de la casera por lo que me han dicho que van a hablar con ella. El problema es que mientras tanto yo sigo sin tener luz.
    ¿Hay algo que pueda hacer al respecto (a parte de pagar el enganche)? ¿Esto es motivo de rescinsión de contrato? En caso de que así fuera, ¿estaría la casera obligada a devolverme la fianza y la primera mensualidad?
    Muchas gracias por adelantado.

    1. Hola Genda.

      Si el contrato nada dice al respecto entonces es obligación de la arrendadora que los suministros estén dados de alta.

      En mi opinión deberías razonar con ella y si no entra en razón pues tendrás que seguir pagando la renta y el alta, y reclamárle ese importe judicialmente (lo malo es que la reclamación va por la vía del proceso ordinario, largo y costoso).

      Pero vamos, que la razón la tienes tu si es tal y como dices.

  133. Hola. soy arrendador y mi problema es que en mi caso el inquilino moroso se trata de una inmobiliaria, que se ofreció a gestionar el alquiler. Tenian deuda en rentas de alquiler y de suministros de luz y agua que están a mi nombre.
    Me dijeron que iban a hacer el cambio de nombre y no lo han hecho.
    Les he enviado un burofax y han pagado renta, pero no la cantidad pendiente de luz y agua. El consumo de luz de la última factura ha sido desorbitado y en total deben ya tres facturas de cada suministro.
    Además el mes de fianza no me lo dieron porque dijeron que lo iban a depositar en el Instituto correspondiente.
    Yo no tengo constancia de que lo hayan hecho.
    Me siento engañado y estafado y encima con recibos pendientes a mi nombre.
    Muchas gracias y un saludo.

    1. Hola Emilio.

      Si no te pagan los suministros y ya los has reclamado por burofax puedes reclamarlos judicialmente.

  134. Buen post. Yo me encontraba en las dos situaciones, arrendador de mi casa y arrendatario por traslado en el trabajo. Me sucede lo siguiente: A la hora de devolver la casa alquilada, me descuentan de la fianza un dinero para hacer frente a la luz y al agua que se han podido ocasionar en 9 días del mes. Ahora, como el suministro estaba a mi nombre, me llega la factura a mí de la luz de todo el mes y el casero me va dando largas. Total por o días me sale la broma por 114€, ¿qué se puede hacer en un caso así?

    1. Hola Fernando.

      Lo que no entiendo es por qué el arrendador se queda con la fianza para posibles recibis de luz, si la luz está a tu nombre!!!.

  135. Hola buenas!

    Mi situación es la siguiente: al finalizar el contrato de arrendamiento de un local, la empresa arrendataria deja a deber casi 3000 euros de luz y está cortada. Tenían contrato a su nombre.
    La suministradora no nos tramita la baja.
    ¿Puede que otra suministradora nos de el alta? o directamente la cía. eléctrica?
    Por lo que leo, estoy temiendo… ¿tengo muchas posibilidades de tener que pagar y denunciar al deudor? el problema es que creo que van a disolver la empresa… una S.L. de varios hermanos.

    muchas gracias, saludos!

    1. Hola Daniel.

      La suministradora no puede obligarte a pagar una deuda que no has contraido tu.

      Pide la hoja de reclamaciones…

  136. Hola, me gustaría exponerle mi caso. He estado de alquiler en un piso durante dos años y medio. Los recibos de luz los domicilié en mi cuenta tal y como me dijo el arrendador pero los de agua dijo que prefería que no, que conforme le llegaran a él me los iría pasando, anualmente o por factura. Yo le dije que prefería pagarlos según le llegaran. Durante estos dos años y medio yo he pagado mis mensualidades puntualmente y mis recibos de luz pero los de agua le insistí en sucesivas ocasiones que me los mandara y nunca lo hizo. Ahora, al irme, me ha venido con todos los recibos de agua de este tiempo más recibos de basura de 73 € anuales. En total me tenia retenidos caso 550 € y lo que ha hecho es quedarse con la fianza (350 €) y me dice que le sigo debiendo 200 €. Esto se puede hacer así?
    En el contrato sí pone que los gastos de suministro será de cuenta del inquilino, pero… puede estar durante dos años y medio sin pasármelos y cobrarlos luego todos juntos???

    1. Hola María.

      Mientras la deuda no prescriba (y no ha prescrito) puede reclamártela, incluso de golpe.

  137. Hola, llevo 2 años y medio de alquiler en un piso y hasta ahora he pagado todas las mensualidades, las facturas de la luz me llegan al piso y están todas pagadas. Pero resulta que desde que llegué nunca me llegaron facturas del agua (cuyo contrato y titular están a nombre de la inmobiliaria propietaria del piso) y ahora me llamaron pidiéndome todos los atrasos del agua de esos casi 2 años y medio. Mi pregunta es si debo pagarlos ya que nunca me llegó factura ninguna hasta este mes que la inmobiliaria me envió la primera? Y si al estar a nombre de la inmobiliaria no es un error por parte de ellos al no enviarme las facturas nunca y ahora exigirme todos los atrasos de golpe? Yo a partir de ahora voy a pagar las facturas de agua que me envien pero las anteriores debo pagarlas? Un saludo y disculpa las molestias.

    1. Hola Rubén.

      Si, tienes obligación de pagarlas, pues es una deuda que no ha prescrito y por tanto te la pueden reclamar.

      Habla con ellos a ver si te pueden fraccionar el pago.

  138. Hola yo y mi pareja estamos hace cuatro meses viviendo en la casa de mi suegra, esta estuvo 5 años alquilada y al quedarse vacía emos ido nosotros a cuidarla. La cuestión es que el inquilino dejo una deuda de 936€ de agua y dio de baja el contador. Los subministros han quitado todo y ahora queremos contratar otra vez el agua y me pide la deuda sino no, no nos da de alta. Ni quiero ni podemos pagar esa deuda!! Que hacemos???

    1. Hola.

      Diles a la suministradora que si no te conceden el alta que te den la hoja de reclamaciones y que vas a ir a quejarte a consumo, porque tienen obligación de darte de alta el suministro aunque no se pague esa deuda.

  139. Buenas tardes,

    He alquilado un piso cuyo contrato de la luz estaba a nombre del antiguo inquilino. Cuando he ido a realizar el cambio de titularidad me han comentado que ese mismo día el antiguo inquilino ha dado de baja el contrato. Mi duda es, la nueva alta de la luz ¿ corre a mi cuenta o a la del arrendador?.
    Indicar que en el momento de alquilar el piso tenía luz.

    Muchas gracias

    1. Hola Vanessa.

      Si te lo dieron con los suministros de alta debe pagarlo el arrendador.

  140. Hola, yo y otras personas alquilamos habitaciones en un piso compartido que gestiona una agencia. Las facturas de gas y luz son a nombre de la agencia. En el contracto de alquiler de las habitaciones los gastos de luz y agua se pagan a parte y cada mes. Como las facturas son bimestrales, la agencia hace un calculo aproximativo ( de los contadores) y nos informa de cuanto tenemos que pagar. Como la ultima factura nos ha parecido muy cara hemos pedido las facturas (ya que nunca las hemos pedido) pero solo nos han enseñado la ultima. Non hemos negado de pagar los gastos corriente mientras que no nos enseñen las facturas solicitadas. Supongo haya un articulo de ley que establezca que el arrendatario enseñe las facturas de gastos de agua y luz incluso si los suministros están a su nombre para que justifiques los gastos que cobra. Me podrías facilitar ese articulo o ley?
    Espero una pronta respuesta gracias

    1. Hola Adele.

      No es necesario que eso lo ponga ningún artículo.

      Sencillamente mientras no te presente una factura no tienes obligación de pagarle.

  141. Me mude de piso y por contrato tenia que dar un mes para que hiciesen el cambio de titularidad en los suministro, los nuevos inquilinos no lo han cambiado y la propietaria no quiere hacerse cargo de la deuda, el problema es que no puedo darlo de baja porque el contador esta dentro de la vivienda y los inquilinos no quiere abrir la puerta que puedo hacer en este caso?

  142. Hola, en octubre hizo dos años que vivo en un piso de alquiler del que nunca me han facilitado contrato. El piso es de unos conocidos desde hace muchos años. Pago en mano, tanto las mensualidades, como los suministros. Resulta que nos hemos empadronado en el piso y ahora por eso, quieren que me vaya. Me he enterado que la propiedad está a nombre de uno de los hijos y yo pago a la madre y los suministros, a nombre de una empresa que fué o es de la familia, ésta cedió la titularidad del inmueble al hijo.
    Me dicen que me vaya, que el hijo necesita la vivienda, cosa que no es así pues estudia y vive con sus padres.
    Quieren devolver los recibos de agua y luz para que la empresa que los suministra, de la orden de corte.
    También me han dejado caer, que si no me voy, estarán día si, día no, detrás de mí, tocando a casa, diciendo que no pago porque…como les pago en mano, no lo podría demostrar.¿Ésto es legal?
    Gracias.

    1. Hola Yolanda.

      Empezando por el final, efectivamente si no puedes demostrar que has pagado podrán poner contra ti una demanda de desahucio y la ganarán, pues no podrás probar que has pagado.

      Por lo tanto, el arrendador tiene la situación bien atada.

      1. Buenas noches:
        En alguna ocasión, para comunicarme el importe de los recibos de agua y luz, me han mandado foto del mismo o cifra por wattshaap, del resto ha sido en conversación telefónica antes de venir a cobrar. Conservo algunas de las conversaciones y fotos mantenidas por wattshaap. Eso podría servir como prueba de que si pago? Demostrar el pago de las mensualidades del alquiler, no se me ocurre cómo. Además, en la situación en la que nos encontramos ahora, ya ni me cogen los 400 del alquiler, en cambio siguen Mandándome correos con el importe de los suministros. Como los pago si no quieren cogerlo, tan solo que nos vayamos? Podría depositarlo en juzgado, en una comparecencia explicando la situación?
        Siguen llamándome, incluso a una de mis hijas, como 18 veces seguidas en un día. La semana pasada el marido vino al portal insultando, volvió a amenazar con venir a tocar al timbre para increparme, incluso venir detrás de mí gritando que no le pago y que ésta situación la mantendrá hasta que me vaya. Este modo de proceder imagino que no es legal, cómo lo puedo frenar?
        Si las pruebas que tengo sirven para demostrar mi buena voluntad frente a los pagos, hasta cuándo se supone que tenemos derecho a permanecer en la vivienda? Es obvio que esto lo debo frenar de alguna manera, mas desconozco cómo hacerlo, al menos hasta que pueda encontrar otro piso, mientras tanto no tenemos dónde ir. No es justo éste proceder, yo estoy al corriente con los pagos. En el caso de interponer demanda de desahucio, que tipo de desahucio pondrían y en qué se basarían si no hay contrato escrito? De cuanto tiempo estamos hablando? La primera interesada en solucionar la situación soy yo. Entiendo que el planteamiento de ellos tampoco se sostiene con su manera de proceder, por muy «suyo» que sea el piso, suyo «relativo» pues como comenté, la antigua empresa se lo «cedió» al hijo y yo con el hijo no tengo contacto, siempre he pagado a su madre.
        Quisiera saber cuáles son mis derechos y cómo hacerlos valer. Cómo defenderme ante esto? Me parece un abuso y me siento coaccionada y amenazada. Yo cumplo y siempre lo he hecho.
        Por favor, me urge saber cómo actuar.
        Gracias.

  143. Hola buenas, yo tambien tengo un problema con mis inquilinos. Se han ido del piso teniendo el contrato del agua a su nombre y debiendo 5 meses. Mi pregunta es si para volver a alquilarlo y hacer un cambio de titularidad del agua, tienen que estar antes pagados los recibos que deben.

    1. Hola Alberto.

      Como casi siempre ocurre la suministradora tratará de que seas tu quien pague esa deuda. Sin embargo, no hay obligación de hacerlo, pues el titular del contrato de suministro es el anterior inquilino, por lo que solo pueden ir contra él.

      Y si necesitas nuevamente suministro tendrás que solicitarlo y tendrás que cursar un alta nueva (con el coste que ello conlleva, claro).

  144. Hola buenas tardes! Mi problema es al contrario, yo soy antigua inquilina. Cuando entramos a vivir de alquiler hicimos cambio de titular de luz y gas Fenosa , ya hemos dejado el piso todo correcto pero queda pendiente que el propietario haga el cambio de titular de luz y gas que lleva un mes y no hace más que ponernos excusas tontas como que ahora no le dejan que han cambiado el contador,…. unas cuantas nos ha dicho… y la paciencia se nos acaba, nosotros fuimos muy rápidos en hacer el cambio y el se está aprovechando… al final voy a a pagar por algo que no estoy consumiendo… que hago? Lo doy de baja? Hay alguna otra forma posible? Siempre se habla del inquilino malo, pero yo este año he vivido con el arrendatario malo.. desde que arrendamos su piso salimos perdiendo pagando por arreglos y cosas que le pertenecían… y esto último ya lo esperaba claro… un saludo

    1. Hola Patricia.

      Efectivamente si el arrendador no colabora en hacer un cambio de titularidad a su favor, puedes dar de baja el contrato de suministro. Será el arrendador quien salga perdiendo, pues tendrá que gestionar un nuevo alta en el futuro, con el coste que ello conlleva.

  145. Hola, acabo de alquilar un piso y después de pagar el primer mes x adelantado y la fianza, me entero que tengo que pagar el alta de los suministros xk lo dieron de baja y encima tengo k pagar el boletín de gas nuevo xk estaba caducado el anterior.

  146. Hola. Tengo un piso alquilado y mis inquilinos no pagan el agua desde hace varios meses. La comunidad me exige el pago de dichas facturas y me presionan con denunciarme de no hacerlo. Pueden denunciarme si no asumo esa deuda? No deberían denunciar a mis inquilinos por no asumir su deuda?.

    1. Hola Carlos.

      El camino es que la comunidad te reclama a ti y tu le reclamas a tu inquilino.

      Para poder reclamar a tu inquilino es necesario que previamente le mandes un burofax. Si no te paga en el plazo que indiques podrás interponer contra ellos una demanda de desahucio, en cuyo caso el burofax enviado será prueba fundamental, motivo por el que es conveniente que no contenga errores…

      Por mi parte, quedo a tu disposición para cuanto necesites en info@abogadosparatodos.ent

  147. Buenos dias,
    La consulta es sobre mi mamá. Ella estaba alquilando hasta el 28 de octubre, cuando decidimos rescindir el contrato. Ella puso las cuentas a su nombre (Telefono y GAS) pero actualmente estoy viendo por internet que la inmobiliaria y quien quiera que sea no esta pagando las cuentas de teléfono que por cierto siguen estando a nombre de mi mama por que el cambio de titularidad lo tienen que hacer ellos. Ellos tienen un deposito sobre el cual deberían estar pagando los gastos que correspondan hasta el periodo que mi madre habito el departamento, pero que pasa si no los pagan? Por que la deuda recae sobre mi madre si ellos no hacen el cambio. Por ultimo… supongo que la solución sera dar de baja a los servicios, pero encima tendríamos que estar pagando la deuda que la propietaria y la inmobiliaria (responsable administrativo) estarían dejando que se acumule. Que se hace en estos casos?
    Mi mamá cumplir con todo y no es justo lo que hacen, me he cansado de llamar y enviar mails para que paguen la factura, y ellos argumentan que la factura del teléfono «aun no llego», aunque se las envíe por mail… no la han pagado… y repito… estos servicios siguen a nombre de mi madre lamentablemente.
    Me parece que hay muchas cosas que perjudican al propietario que alquila pero también muchísimas cosas mas que perjudican al inquilino, cuando el propietario es un irresponsable y por consecuencia elige una inmobiliaria especuladora.

  148. Hola buenas mi situación es la siguiente : soy inquilino y alquile un piso en 2010. Resulta que la factura estaba domiciliada en la cuenta del propietario y yo le iba pagando junto al alquiler. Hace 3 años el propietario falleció y se quedaron 4 sobrinos del propietario como herederos de mi piso y unos cuantos más. Yo no había cambiado la forma de pago. Así pasó el tiempo y me cortaron la electricidad porque se había dejado de pagar el suministro debido a que estos herederos habían cerrado la cuenta. Ahora yo me encuentro con La Luz cortada y tuve que pagar 600€ por facturas pendientes que no se habían pagado. Y ahora hice un nuevo contrato a mi nombre. La pregunta es :pueden tomar estos herederos alguna represalia en mi contra por haber puesto el suministro y nuevo contador a mi nombre?

    1. Hola martín.

      Depende de lo que diga el contrato, pero en principio no creo que tomen ninguna represalia por ello.

      1. El contrato sigue a nombre del fallecido y aún no lo han cambiado me parece que es por que tienen que resolver lo de la herencia saludos

  149. Hola, tengo un problema. Tengo un piso alquilado con una inquilina que no me paga y el contrato de luz está a mi nombre. En principio estaba domiciliado en su cuenta pero ella lo ha debido cambiar y ahora se paga en entidad bancaria. No solo ha cambiado la forma de pago si no que ahora aparece su nombre en las facturas en vez del mio aunque la titular del contrato sigo siendo yo. Esto lo hizo sin mi conocimiento y consentimiento. Resulta que hace tiempo que no me mandaban facturas y me he dado cuenta de este cambio y de que debe dos ultimas facturas. Estoy en pleno proceso de echarla pero se está alargando todo porque se la sabe todas, ahora ha vuelto a retrasar el procedimiento pidiendo abogado de oficio. Mi pregunta es, si no pago esas facturas y le cortan la luz, me puede denunciar?

    1. Hola Pepe.

      Acostumbro a no dar mi opinión cuando el tema ya está en manos de otro abogado.

      Es él quien debe aclarar tus dudas.

  150. Hola Eduardo, vendimos un piso hace 20 años, ahora es otro dueño, resulta que no se cambio el titular del contrato de luz, ahora la persona que vive allí no paga la luz, la suministradora nos reclama las ultimas facturas. ¿Que soluciones hay?

    1. Hola José Luis.

      Pues si voluntariamente no quiere pagar pues mala solución le veo.

      Tendrás que valorar la opción de no pagar más allá de los últimos 5 años, por haber prescrito esa deuda. pero lo posterior tendrás que pagarlo.

  151. Buenas noches, estoy a punto de alquilar un local comercial para una pequeña tienda y el propietario me acaba de decir que sólo existe un contador de luz para su piso y el local. Supuestamente los cables que alimentan el local vienen del piso y no del contador.
    Estoy un poco liado y no sabemos muy bien lo que podemos/debemos hacer? esta obligado a instalar un nuevo contador para el local con su consecuente instalacíon de cableado y su alta? puedp no poner nada ami nombre y pagarle la luz que consuma a el sin desgravarme la factura? puedo cambiar la titularidad del contador y ponerlo a mi nombre y que el me pague a mi su parte?? Estamos buscando la forma menos engorrosa y legal de hacerlo.

    Un saludo y muchas gracias de antemano.

    1. Hola David.

      Me imagino que las normas del municipio indicarán que sea obligatorio que el local tenga su propia instalación eléctrica.

      Todo lo que no sea hacer eso os podrá dar problemas en el futuro, o no.

  152. Buenos días,

    Llevo 2 meses y medio alquilado. El estudio en el que vivo es la mitad de una casa que han dividido en dos. Hay un contador general para la vivienda y otro para el piso de mi vecina, de manera que mi casero calcula mi consumo restando del general lo de mi vecina.

    La cosa es que yo quiero domiciliarme la luz a mi cuenta, porque mi casero no nos enseña los recibos, nos mando un documento en el que nos calcula él nuestro consumo de manera prorrateada.

    He hablado con mi vecina de domiciliar el contador general a mi nombre y luego pagar la mitad cada uno. Eso al casero le tiene que dar igual mientras paguemos las facturas, ¿no?

    El se niega a enseñarnos los recibos y también se niega a que nos domiciliemos tanto luz como agua.

    Un saludo

  153. Hola!
    En mi caso es el contrario, alquilamos un piso por fincas, y hace un mes que hemos finalizado el contrato y nos hemos mudado. Hasta aqui todo ok. Enviamos un email a las fincas para avisar con el tiempo que debiamos. El contador de la luz sigue a nuestro nombre y nuestra direccion bancaria, pero no podemos dar de baja el contador de la luz porque todavia no nos han devuelto la fianza; las fincas se lavan las manos y me dicen que esos temas lo lleva la propietaria..

    1. Hola Gemma.

      El contador y la fianza son cosas distintas, es decir, puedes dar de baja tu contrato de luz y ello no quiere decir que no te vayana devolver la fianza.

      Hasta aquí la parte legal.

      Sin embargo, en la práctica está claro que si das de baja la luz es posible que no te devuelvan la fianza y tendrías que reclamarla judicialmente.

      Por tanto tendrás que valorar esas dos opciones.

  154. Hola buenos dias. El pasado dia 14 del mes de Agosto he dejado un bar en el que estaba de inquilina. Tengo los contractos de los suministros de agua y de luz a mi nombre y nunca he dejado de pagar mis facturas. Ahora que me voy la arrendataria no me quiere devolver la fianza hasta que yo pague las últimas facturas de agua y luz . Me han dicho que la factura del agua solo la podré pagar el mes de Noviembre. Lo que pasa ahora es que yo no le quiero devolver las llaves del local hasta que me pague lo que me debe….quiero saber si ella puede hacer lo que me esta haciendo y si yo tengo que devolverle las llaves del local?

    1. Hola Ana.

      Mientras tu no le devuelvas las llaves los meses siguen avanzando, por lo que te podría reclamar más meses de renta.

      Lo que dice la dueña es medianamente lógico. Existe un plazo de 30 días para que te devuelva la fianza. es cierto que en este caso ese plazo se va a superar, pero le puedes reclamar intereses (que serán ridículos, de apenas unos céntimos).

  155. Hola
    Se han ido unos inquilinos y han dado de baja el contrato de luz
    He llamado a la compañia y me dicen que hasta dentro de 3 o 4 dias no es efectiva la baja y despues de eso tendre que solicitar el alta y que puede tardar hasta 13dias….
    Desconozco el coste de todo esto
    Ahora mi principal preocupacion es el alta porque ya tengo el piso alquilado
    Solucion ????!

    1. Hola Maite.

      Tendras que esperar y pagar una suma cercana a los 200€, aunque esto depende de cada suministradora.

  156. En enero pasado dejé el piso en el que estaba de inquilino y di de baja el contrato del gas que estaba a mi nombre. El arrendador me reclama 800 euros por dar de alta de nuevo el contrato del gas, de los que 70 euros corresponden al alta en si y el resto a modificaciones que ha tenido que realizar en la instalación.
    Entiendo que si la baja no debería haberla hecho, que la hice por desconocimiento, estaría obligado unicamente a pagar el importe del alta y no los cambios en la instalación que creo que corresponderían al arrendador por no ajustarse a la normativa y en ese caso incluso la responsabilidad sería del arrendador por alquilar sin tener la instalación actualizada.
    Por favor, indicadme qué debo contestar a la reclamación del arrendador.
    Muchas gracias.

    1. Hola Jacinto.

      Si tu eras el titular del contrato de suministro estás en tu derecho de darlo de baja sin tener que oagar nada ala rrarrendador, salco que el contrato de arrendamiento diga algo al respecto, en cuyo caso habrá que hacer lo que diga el contrato.

  157. Buenas. . .en este caso yo soy la inquilina. A la firma del contrato puse a mi nombre el contrato de la luz con endesa con domiciliación bancaria. Y el contrato de la luz sigue a nombre de mi arrendador pero con domiciliación en mi cuenta. En diciembre o enero como muy tarde nos cambiamos de piso por una herencia familiar. Que debo hacer? Ir a dar los suministros de baja…quitar las domiciliaciones…debo ir a las oficinas¿? o puedo hacerlo por internet. Asesorarme un poco porque es la primera vez que estoy de aquiler y estoy un poco perdida. Gracias de antemano.

    1. Hola Eliosa.

      Creo haber entendido que la luz está a tu nombre y el agua a nombre del propietario, y el pago de ambos suministros domiciliados a tu cuenta.

      Si esta es el caso sólo podrás dar de baja el suministro de luz, ya que tu eres la titular.

      Debes decirle al arrendador que modifique la forma de pago del agua, eliminando tu cuenta bancaria y eligiendo otra modalidad.

  158. Buenos días,

    somos inquilinos en una finca antigua, donde se conseguía el agua por el pozo, pero ahora el pozo se ha secado y la finca no tiene el alta de suministro de agua, ni contador. Mi pregunta es: el valor de esa instalación, para poder tener agua en la finca, a quién le pertenece?
    Si el pago le perteneciera a el arrendador, puede negarse a pagar esa instalación?

    1. Hola Cristina.

      Si el arrendador no se ha comprometido a esos gastos no le corresponden a él, sino a ti en caso de que quieras disfrutar de ese servicio.

  159. Hola, mi inquilino no me paga desde marzo la mensualidad y tampoco el agua y la luz. El contrato finaliza el 1 de septiembre pero no estoy segura de su intención de marcharse… una vez finalizado, puedo dar de baja la luz y el agua?

    1. Hola Ernesto.

      Un alquiler no termina cuando termina el contrato de arrendamiento, sino cuando el inquilino devuelve la posesión de la vivienda al arrendador.

      Por lo tanto, para que vuestra rlación de arrendamiento finalice, el inquilino tendrá que devolverte las llaves.

      Mientras esto no ocurra no podrás cortar los suministros pero te arriesgas a que el inquilino te ponga una denuncia (penal) por coacciones y que, por tanto, el juez te condene como autor de un delito de coacciones, cuyas multas son cuantiosas.

      En caso de que el inquilino no te devuelva la vivienda el uno de septiembre, lo que te recomiendo es que inmediatamente contactes con un abogado especialista en desahucios y os pongáis manos a la obra con el desahucio.

      Por mi parte, quedo a tu disposición para lo que pueda ayudarte en info@abogadosparatodos.net

  160. Estimado Eduardo:

    Gracias por el aporte de tu post que me parece muy interesante.
    Comentas que en el caso de tener el contrato a nombre del arrendador, aunque es posible realizar el corte de suministro, este podría ser considerado como coacción por un juez y traer consecuencias importantes.
    Mi pregunta es doble. Por una parte me gustaría saber si sería posible realizar un contrato de alquiler que incluyera además de la renta, los pagos de los suministros energéticos(luz,gas..etc), de tal forma que el inquilino en su renta mensual(variable cada mes) pagara por ambos conceptos y en caso de no hacerlo, si podría ser posible el corte. En este caso el contrato estaría a nombre del arrendador.
    Por otra parte, hay proyectos en marcha para establecer un sistema de suministro de luz y gas a través de un modelo de prepago, como ya existen en otros países como UK, en el cuál el arrendatario paga por anticipado el suministro de luz recargando su cuenta y si no paga, no hay luz-gas. En el caso de que la vivienda tuviera instalado este sistema y el contrato estuviera a nombre del arrendatario, si éste no hiciera recarga para restablecer la luz, ¿tendría consecuencias para el arrendador?. Se supone que la referencia a este sistema de pre-pago aparecería en el contrato de alquiler, lógicamente.
    Un cordial saludo y gracias por anticipado.

    1. Hola Igor.

      Se utilice el sistema que se utilice si el contrato de suministro está a nombre del inquilino al arrendador no le puede afectar que el inquilino deje de pagar o de prepagar.

      El problema está cuando el contrato de suministro está a nombre del arrendador.

      En ese caso él es el responsable de que en la vivienda haya suministros. Una cosa es su obligación y otra la obligación de pago del inquilino.

      El arrendador no puede cortar el suministro aunque se establezca el sistema que propones porque su obligación es mantener los suministros en vigor y si el inquilino deja de pagar debe obligarle a pagar por a través de garantías (depósito, seguro, aval) pero si jo hay garantías debe pbligarle a pagar judicialmente pero no puede tomarse el arrendador la justicia por su mano.

  161. Hola soy inquilino desde hace 3 años y acabo de descubrir que mi arrendador tiene la luz de la bajera con el piso y que va instalar un arcón de congelado y me dice de mantanerlo joven las facturas eléctricas a cambio de no subirme el alquiler,que debo decirle ya que de momento quiero estar en el piso pero sin que me suba el alquiler

  162. hola,yo es que tengo el piso alquilado,y tengo la luz dada de alta con endesa y ahora me ha llamado la inquilina de pasarse a iberdrola,tengo que ir yo con ella para hacer el cambio?o no hace falta,el contrato esta a mi nombre pero las facturas van a su numero de cuenta corriente

    1. Hola.

      Lo lógico es que en Endesa exijan que el cambio lo hagas tu, como titular del contrato.

  163. Buenas noches
    Mi duda reside en si el arrendatario puede cambiar las tarifas de luz y agua, cuando el quiera sin llamarme ni tenerme en cuenta.
    A la firma del contrato, solo cambio la cuenta bancaria, así que el recibo me lo cobran a mi, pero no se hizo cambio de titularidad. He llamado a la compañía de luz, y me dicen que el titular puede hacer lo que le venga en gana, sin preguntarme. Me ha cambiado la tarifa de la luz, por otra que la verdad no me viene nada bien, pero a parte de esto, me ha hecho un contrato de mantenimiento, dando mis datos personales, sin preguntarme ni pedir consentimiento ni nada.
    En mi contrato hay una clausula que dice que mis datos no serán dados a terceros, pero entiendo que lo ha incumplido.

    que puedo hacer para que me vuelva a cambiar el contrato al anterior, y que cargue el coste.

    En cuanto al contrato de mantenimiento que ha realizado, me entere porque llego el documento del contrato para su firma, aunque la operadora me dio toda la información muy detallada la verdad, y me dijo que lo podía dar de baja, ya que era mi cuenta bancaria, aunque el titular fuera el (se lo puso a su nombre)

    que me recomiendas? comentarte que el arrendador es un poco………………..brusquito por decirlo así, y tengo miedo que me quiera echar del piso, pago rigurosamente, pero ahora no puedo permitirme un cambio de piso con el coste que acarrea.

    gracias de antemano, saludos

    1. Hola Virginia.

      El titular del contrato de suministro puede hacer y deshacer lo que considere necesario, excepto que haya alguna limitación en el contrato de arrendamiento.

      Quién pague el consumo es una cuestión sin importancia en este aspecto (aunque se que a ti te afectará pues eres el que realiza los pagos).

  164. buenas, tengo unos inquilinos morosos de hace meses, y me deben de luz y agua, dos años y medio, llevan cuatro sin pagar la mensualidad por que no estan dispuestos a irse, mi pregunta es la siguiente, si yo pongo el consumo de luz al minimo, ¿seria coaccion? ya se q no puedo cortarla, pero si abaratar mientras se van o hago tramites de desahucio.

    1. Hola Fran.

      Respecto a lo que mencionas hay sentencias que toman esa acción como coacciones y otras que no. No hay una doctrina pacífica.

      En cuanto al desahucio, si te decides a seguir adelante, quedo a tu disposición en info@abogadosparatodos.net

  165. Hola!! he recibido una demanda por parte de una compañía de gas, es un requerimiento del juzgat dret civil. Fuí inquilina de ese piso, la demanda es de unas facturas sin pagar de varios años en los que yo ya no vivía ahí pero no hicimos bien el cambio de titular de contrato, con el administrador de la finca y aunque tengo firmado un rechazo de contrato y se ve claramente que yo no viví ahí en esas fechas, como el contrato con la empresa de gas va a mi nombre, la demanda va hacia mí.
    Me gustaría saber qué derechos tengo, al no ser la propietaria del piso, si legalmente, a pesar de estar a mi nombre el contrato de gas, si puedo alegar que es el propietario de la finca el que ha de hacerse cargo de ello, y más al demostrar que hay una renuncia del contrato con ese piso. Porque no sé hasta qué punto, el propietario, debe hacerse cargo de la demanda puesto que no es mi casa y encima no he vivido allí ese tiempo que indican las facturas sin pagar. Lógicamente, la empresa de gas, me ha demandado a mí porque van a mi nombre y estaban domiciliadas en una cuenta del banco que no uso y se estuvieron devolviendo las facturas durante tiempo (fallo mío el no haberme dado cuenta antes), pero ahora, me piden a mi que pague, cuando tengo la hoja de renuncia del alquiler desde el primer mes en que se reclaman esas facturas. Muchas gracias.

    1. Hola Ana maría.

      La suministradora tendrá que reclamarte a ti, y tu tendrás que reclamar posteriormente a quien corresponda (a quien haya realizado ese consumo).

  166. Hola!
    Mi caso es el siguiente, estuve dos años en un piso de alquiler. Cuando llegue al piso tuve que asumir los contratos de los suministros que estaban a nombre del anterior inquilino y cuando deje el piso puse por email a la agencia y al propietario del piso los datos de contadores (lectura, numero de contador que había leído y numero de contrato). Al parecer el contador que leí de la luz no fue el correcto y di una lectura superior a la que luego ha llegado en la siguiente factura con lo cual tampoco tengo mucho a lo que agarrarme para reclamar la parte que no ha sido mía.
    El problema es que este mismo contrato de luz es el único sobre el que no han cambiado la domiciliación y sigo constando como titular. Ya he reclamado varias veces al propietario pero no he conseguido nada.
    Si decido que voy a dejar de baja el suministro porque ya no tengo ninguna relación con ese piso y lo comunico por mail al propietario sin tener acuse de recibo ¿me puede denunciar alguien por ser yo la cuasante directa de que dejen tener luz? Me imagino por ejemplo el caso de que los nuevos inquilinos pierdan la comida del frigorífico y quieran reclamarme esas pérdidas por el valor que quieran inventarse.
    Gracias!

    1. Hola Silvia.

      Tu no serás la responsable, pues ya has finalizado tu vínculo con el arrendador. Así que es el arrendador el que debería preocuparse.

      No hace falta que le mandes una notificación fehaciente. basta por email.

  167. Mi inquilino gasta casi mil euros de entre agua y liz pero esta a mi nombre y lo tengo que pagar yo que puedo hacer ?

    1. Hola Davinia.

      Que barbaridad!!!.

      Me imagino que gasta esa cantidad y a ti no te la paga.

      En ese caso lo que tendrías que hacer es interponer una demanda ded esahucio por impago de suministros.

      Quedo a tu disposición para cuánto necesites en info@abogadosparatodos.net o en 644 49 88 00.

      1. El problema es que el agua y la luz esta a mi nombre, dice que tiene una tuberia rota, mandanos a un fontanero pero no abre la puerta. Ya no sabemos que hacer para sacarla de ahi, ya que es un inquilino conflictivo . Y siempre amenaza que nos llevara a jucio si le cortamos el agua o la luz porque en el contrato esta a nuestro nombre.

        1. Pues blanco y en botella.

          Tienes en casa a un moroso profesional.

          Si no te paga voluntariamente tendrás que poner una demanda de desahucio para que sea el juez quien lo desaloje.

          Puedes contactar conmigo cuando quieras en info@abogadosparatodos.net

  168. buenas tardes mi consulta es la siguiente estoy x firmar un contrato de alquiler x 24 meses. tengo q hacer el cambio de titularidad de ambos servicios luz y gas pero la inmobiliara me dio a entender que el departamento tiene deudas en sus servicios, mi pregunta es que me afecta a mi si hago el cambio de titularidad de los servicios?? podre realizar eso

    1. Hola Victor.

      A ti no te pueden reclamar una deuda de un contrato de suministro del que no eres parte.

  169. Normalmente no encuentro información sobre mi caso. Resido en una vivienda en alquiler desde hace casi 1 año. Al entrar en la vivienda, los suministros estaban a nombre del anterior inquilino y realice el cambio de nombre de todos y cada uno de los suministros una vez se hizo firmó el contrato de alquiler. Como los suministros se facturaban cada 2 meses, al anterior inquilino le dio tiempo a recuperar la fianza y dejar recibos pendientes correspondientes a su periodo de facturación más del periodo de 30 dias que la vivienda estuvo sin alquilar entre dicho alquiler y el mio. El importe de los recibos asciende a 250€. Dispongo de fotos de los contadores antes de la firma del contrato. Ni el arrendador ni la empresa intermediaria del alquiler se quisieron (ni quieren actualmente) hacerse cargo de dichos pagos. Por evitar el corte de suministros yo afronté la deuda en su momento.

    ¿Cómo podría reclamarle al arrendador? Al menos la parte que corresponde al periodo sin alquiler.

    Por otro lado, para evitar mayores problemas, considero que el día que decida abandonar la vivienda los suministros no deben seguir a mi nombre (como hicieron con el anterior inquilino). En caso de que el arrendador se niegue al cambio de titularidad, ¿puedo legalmente dar de baja los suministros a partir del día del fin del contrato a pesar de que yo recibí la vivienda con los suministros dados de alta?

    Muchas gracias

    1. Hola Antonio.

      Puedes dar de baja los suministros cuando desalojes la vivienda.

      Respecto a lo que has pagado, en realidad esa deda tendría que haberla pagado el inquilino anterios. No obstante puedes reclamarsela al arrndador judicialmente, pero dudo que te merezca la pena.

      1. Buenas tardes:
        Yo estoy en la misma situación que en el comentario anterior.
        Al entrar en la vivienda tuve que hacerme cargo de unos recibos sin pagar de luz, gas y agua. Ahora que he abandonado el piso, le reclamo esos recibos al propietario. Al no hacer caso a mi reclamación, he optado por no pagar mis consumos pendientes (cambio de titularidad ya realizado), consumos que ahora me reclama el propietario. Le he dicho que como él no se hace cargo de los que asumí yo en su momento, yo tampoco me hago cargo de los 32 días que me corresponderian.
        He obrado bien? Me pueden reclamar esos consumos? Y si lo hacen…podría reclamar los recibos de los que yo me hice cargo en su momento?.
        Gracias

  170. Buenas tardes, tengo una duda y a ver si pueden ayudarme.
    Vivo de alquiler desde Noviembre, con el agua y la luz aparte ,la casera me pasa la factura del agua y la luz íntegros( están domiciliados a su nombre y ella me trae el recibo a casa), respecto al agua no hay problema, pero con la luz llega mi dilema, tengo que pagar yo la totalidad de la factura en la que van los gastos(» por potencia contratada, por energía consumida, regularización y otros conceptos,impuesto electricidad, alquiler equipos de medida y control, IGIC reducido , IGIC normal») o solo debería de pagar la energía consumida ?
    Muchísimas gracias !!

  171. Me voy de un piso de alquiler a otro.
    La luz del 1er piso está a nombre del dueño y el agua a nombre de mi marido fallecido.
    ¿Tengo que ir a la compañía del agua a darme de baja? ¿y a la de la luz?
    ¿O basta con que lo notifique en el banco donde pago los recibos para que no me pasen más de los que no me correspondan pagar?
    Como las compañías de agua y luz será las mismas en mi futuro piso, si tengo que ir a ellas ¿aprovecho y doy de alta a mi nombre a la vez que doy de baja lo de mi piso antiguo?

    1. Hola Marta.

      Debes cursar la baja o un cambio de titularidad a nombre del dueño en el contrato del agua del primer piso. Respecto a la luz no debes hacer nada (sólo quitar la domiciliación si es que pagabas tu por banco los recibos).

      Respecto al nuevo piso, debes darte del alta en luz y agua si así lo has hablado con el arrendador.

  172. Hola tengo un piso alquilado, el contrato de luz y agua están a nombre del inquilino, me dejo de pagar la renta y le desahucie, ya tengo las llaves, ahora me quedan que pagar los recibos del agua pendientes por él , es mi obligación según quiero entender de todo lo anterior, pero no hay modo de que la deuda sea del que la contrae, puesto que el contrato está a nombre del inquilino, la suministradora tiene copia del contrato ,que la piden para darle de alta, y en él se reseña el hecho y las obligaciones del inquilino , entonces creo que si la suministradora lo acepta deberían cobrárselo al deudor, eso ocurre con la luz, yo solo pago el enganche o alta, ¿ porque en luz si y en agua no?, es una pregunta que me hago.

    1. Hola Leo.

      Si los suministros están a nombre del inquilino la deuda es de él.

      Es decir, no te pueden exigir a ti pagar esa deuda.

  173. Buenas tardes, mi historia es la siguiente: compre un local donde el propietario dice que no había suministros de lis ni de agua, con el tiempo descubro que el suministro del agua si está dado de alta y lleva sin pagar varios años y sin tomar lectura del contador también varios años. Hablo con la suministradora del agua y no me deja dar de baja el contrato y dar de alta un nuevo suministro, dicen que para dar de alta un nuevo suministro tiene que estar al día de pago el agua, a mí me lo pueden reclamar el pago? Estoy un poco perdido y no sé cómo actuar, el tema está en que al no tomar lectura del contador durante años la cuantía adeudada es muy elevada.

    1. Hola Jose Francisco.

      A ti no te pueden reclamar un suministro cuyo titular es otra persona.

      1. No me lo pueden reclamar ok, pero claro dicen que la deuda es con el local y que para dar de alta un nuevo suministro no se puede tener deuda por lo que sí el anterior dueño no paga y cortan el agua, cuando yo quiera dar de alta según ellos no voy a poder, y todo esto se Complica más porque el local lo tengo alquilado y amenazan con cortar el agua y es que me veo impotente y perdido ante todo esto.

        1. La deuda no es del local.

          Las deudas son de las personas, no de los inmuebles.

          Insiste, pide el libro de reclamaciones, pues tienen obligación de ofrecer suministro.

  174. Hola hace 3 meses alquile un piso y la luz y el agua esta al nombre del arrendador y le pasan los recibos por el banco y al dia siguiente me pide el dinero,coaccionandome,el me puede obligar a pagarle ya,cuando yo tengo unos dias para pagarlo,sin que pase a fecha de corte? Muchas gracias.

    1. Hola Nica.

      Coaccionarte no puede hacerlo, desde luego.

      Sin embargo, tu obligación de pago existe desde que te presenta los recibos.

  175. Alquile el piso en febrero a una mujer que no me ha pagado el alquiler desde entonces. Además me ha quemado la cocina y roto la lavadora y el lavavajillas. Le he comprado una lavadora nueva. Bueno, como había tenido problemas antes, le pedí la cuenta del banco para domiciliarle la luz y el agua, pero dejándome a mi como titular. Yo estoy viviendo en un piso de alquiler y así lo tenemos aquí. A mi me cobran la luz y el agua pero esta a nombre de los dueños. Bueno, resulta que ha devuelto el recibo de luz y me dice que yo tengo la obligación de pagarlo. Yo estoy desempleada y me cuesta pagar el alquiler de donde vivo y la hipoteca del piso que tengo alquilado, del que no me pagan.. La compañía me ha comunicado que le van a cortar la luz.. Yo estoy deseando ya que esta dando problemas a la comunidad de vecinos y estos han amenazado con denunciarme. Y espero que de esa manera se vaya. Pero mi pregunta es: me puede denunciar por no pagar yo la luz?? Si ella me dio su cuenta y ha devuelto el recibo???

    1. Hola Antonia.

      Pues si, podría denunciarte. Otra cosa es que con el historial que cuentas el juez le diera la razón o no (entiendo que no).

      De todos modos… ¿no te has planteaso interponer una demanda de desahucio inmediatamente?.

  176. Hola acabo de arrendar un local comercial a un nuevo inquilino y el arrendatario anteriror ha dejado impagados dos recibos de luz. Cuando el nuevo inquilino ha intentado hacer el cambio de nombre del contrato la compañia le dice que no lo realizará si no se hace cargo de los recibos pendientes y si no es así amenazan con cortar la luz en dos meses.
    No comprendo como pueden reclamar la deuda de uno a otro y amenazar con el corte de luz. Tengo firmados el contrato de resolución del inquilino anterior y el contratro del inquilino entrante con la misma fecha.
    Como debemos proceder…? Gracias.

    1. Hola Marc.

      Debes insistir, pedir la hoja de reclamaciones, etc.

      Una persona nunca puede ser responsable de la deuda de otra persona, salvo que haya dado su consentimiento (como ocurre con el avalista respecto al inquilino, por ejemplo).

  177. Me gustarīa saber qué puedo hacer si llevo 5 meses de alquiler con una agencia y no me ha llegado ni un recibo de luz ni de agua. Una decena de veces les he dicho que averiguen qué pasa. Ellos dicen que la propietaria del piso seguro que lis tiene domiciliados y que algún día me vendrå con todos los recibos juntos… yo sólo quiero que me lleguen los recibos cuando toca y pagar y no estar estresada sin saber qué pasa. Gracias

    1. Pues lo único que puedes hacerr es ahorrar para cuando te presente todas las facturas de folpe.

      Y si tienes suerte y se le pasa pues a lo mejor prescriben tus obligaciones (a los tres años de cada recibo).

  178. Mi arrendatario tenía el gas y la luz con gas natural contratado junto y solían venir unos 120€ cada dos meses. Sin avisarnos ha separado la luz y el gas y ahora pagamos más de 190€, y eso que hemos estado de vacaciones y no en el pos la mayor parte del tiempo. ¿Es eso legal?

    Encima nos dice que como nos queda poco tiempo en el piso que ya lo deja así cuando con el mismo motivo se puede usar para no cambiarlo.

  179. Hola yo tengo un problema con el alquiler de mi vivienda, se la alquile a unos extranjeros sin tarjeta de residencia española, el contrato solo va a nombre de la señora, me pagaron el mes de fianza y 6 meses de golpe. A los 5 meses tenían que hacer el pago de los siguientes 6 meses. Una de las cláusulas imprescindibles del contrato era que pusieran los suministros a su nombre. Yo la verdad me despreocupe un poco del tema. Resulta que ya deben 2 facturas de agua que asciende a 400 euros y 6 facturas de la luz que asciende a 1900 euros. Lo curioso es que debiendo 6 facturas no les hayan cortado el suministro. Que puedo hacer y como puedo hacer para no pagar esa deuda?
    Si procedo al desahucio es posible justificar ante la compañía de luz que yo no puedo cambiar de nombre el contrato, sino soy el titular o por lo menos eso es lo que te dicen ellos mismos.
    Hemos puesto una denuncia en la policía contra la compañía eléctrica, ya que a mi compañera de trabajo por una factura de 100 euros y pagada les cortaron la luz y a esta gente que lleva 6 sin pagar de tal importe no les han cortado la luz, desde diciembre les estamos pidiendo explicación ante el no corte del suministro habiéndose explicado la situación, nos han dado excusas varias hasta incluso me han llegado a decir que no podían cortar porque el contador está dentro, cosa que es mentira. La sensación que me da es que como saben que hay inquilinos y yo me tendré que hacer cargo de la deuda me están engordando la deuda cada vez más pero creo que 1.900 euros de luz es una barbaridad. He llegado a hablar con ellos y no pagan porque no les da la gana, en el exterior de la casa tienen juguetes nuevos, que ni yo puedo permitirme comprarle a mis hijos. Valorados dos de ellos es 600 euros.
    Agradecería tu respuesta para saber hacia donde tirar.

  180. solo digo que es una verguenza como esta la ley, que protege al inquilino que no quiera pagar por vivir ni por los recibos que consume. Deberia haber una asociacion de arrendatariios que defiendan igualdad de derechos, y que si una persona no paga automaticamente `pueda ser deshaolojada de la casa.
    Vaya leyes que tenemos en España. por eso seremos siempre un pais tercermundista.

    1. Completamente de acuerdo contigo. Las leyes favorecen a los delincuentes. La Justicia es lenta e injusta. Los inquilinos morosos tienen todas las de ganar, pueden aplazar los desahucios (en mi caso he tardado casi un año en deshacerme de un moroso), tienen abogados y procuradores de oficio…… se declaran insolventes y el propietario no solo no cobra la mensualidad, si no que se queda con las deudas de luz, agua….y las viviendas destrozadas.
      Esto tiene que acabar

  181. tenia una casa en alquiler, los inquilinos se han marchado, dejándome de pagar cinco meses de alquiler, han cortado la luz y el agua, por impago de varios recivos , de agua todo un año, y cuatro meses de luz, la luz esta a nombre del inquilino el contrato y el agua a mi nombre. Mi intención es demandarles próximamente.

    1. Hola, yo estoy en un caso muy parecido al de Rafael.
      Mis inquilinos se marcharon a mediados de Julio dejandome a deber esa quincena, dos meses de agua y cuatro de luz. El agua como estaba a mi nombre, la pagué yo; la luz estaba puesta a nombre de la hija de la inquilina (que no vivía en mi casa) y tuve que hacer un alta nueva de contrato ya que al no pagar lo que debían, dieron de baja la luz.
      De qué manera legal puedo reclamarles el pago de lo que me deben y los deperfectos de la casa y muebles que se han llevado?
      (por burofax descartado porque no sé su nuevo domicilio)
      Gracias de antemano por su ayuda

      1. Hola Inma.

        Para reclamar rentas y suminustros tendrás que interponer demanda verbal, para la que bo te hará falta abogado y procurador si reclamas menos de 2000€.

        Si quieres reclamar daños en la vivienda, tendrás que interponer demanda ordinaria (hace falta abogado y procurador).

          1. La propiedad del inmueble no tiene nada que ver con la titularidad de los suministros.

  182. Mi inquilino no ha estado pagando las facturas de agua, y la empresa suministradora me reclama 4200 euros a pagar en 30 dias. Ademas resulta que cuando firme contrato con este, no cambio el titular del agua, que era otro inquilino que tube antes. Y ahora resulta que como el primer inquilino es in solvente me reclaman la deuda a mi, amenazandome con embarguarme.
    Es posible esto.

    1. Hola Manuel.

      Esta es una práctica muy frecuente en las suministradoras, pero no es viable jurídicamente.

      Tu no eres el titular del contrato, lor lo que no eres responsable de esa deuda.

      1. Muchas gracias por responderme…
        Tengo que preguntarte como consigo que me restablescan el suministro de agua, si solo hay una suministradora y esta dice que soy el responsable sudsidario y no me deja contratar. Tengo demandarlos y en que sitio? Juzgados o industria?..
        Gracias de nuevo.

        1. Empieza por pedirles la hoja de reclamaciones. Y si no te hacen caso vete a la oficina de consumo de tu localidad.

  183. Hola, con la nueva ley cortar la luz a un inquilino moroso, es una falta leve, que puede llevar una multa de 300 euros, Me pregunto si no trae a cuenta más cortarle la luz, y asi tendria que abandonar el piso que esoerar seis meses al desahucio,
    Agradeceria respuesta.

    1. Hola Sebas.

      Independientemente de multas, cortar la luz a ipun inquilino puede llegar a ser considerado como coacciones. Eso es un delito con consecuencias bastante…desagradables.

  184. me ha llegado una carta diciendo que estoy en una lista de moros por tener una deuda con compañía de electricidad. Resulta que cuando firmé la bajo del piso que estaba alquilando quedamos con la inmobiliaria que hacia los cambios del titular con el nuevo inquilino. Resulta que no hice y tengo una deuda de unas facturas que van a mi nombre pero que el consumo es del nuevo inquilino.
    en el contrato que firmé, ni el de entrada ni en el de salida habla del cambio de titular de los subministros. Solo en el de entrada habla de que me debo hacer cargo de ellos el primer día de entrada.
    Por lo que veo es culpa mía y debería haberme dado de baja en subministros? No puedo reclamar nada a la inmobiliaria? ni a los nuevos inquilinos que son los que se benefician de todo?
    aix… me da una rabia… y por que pagamos a una inmobiliaria si es así de incompetente? Espero que pueda hacer algo y no deba pagar la deuda de los otros…

    1. Hola Pilar.

      Poco se puede hacer en estos casos, excepto dar de baja o cambiar los suministros de forma inmediata, cosa que me imagino que ya habrás hecho.

  185. Buenos días.

    Le cortaron la luz a mi actual inquilino, hicimos cambio de titular y de cuenta, pero el anteior inquilino devolvió la factura. Como puedo reclamar a la compañia de luz?… ya que la desuda creo que tiene caracter personal del anterior inqiulino.

    1. Efectivamente Eliseo.

      Los contratos obligan a las personas titulares, no a otros.

  186. Hola buena quería saber si el que te alquiló el piso te puede cojer el y corta el la luz y el agua ya le denunciamos por estafa y el hombre cojio y nos a cortado el mismo que a llevado a un amigo suyo a cortarno la luz y el agua y keria saber si es legal eso

  187. Buenos días,

    Soy el propietario de un piso alquilado desde hace 2 años. En el contrato de alquiler está claramente especificado que el inquilino tiene la obligación de cambiar la titularidad de los contratos.

    Recientemente me he dado cuenta de que el inquilino no ha cambiado dicha titularidad y lleva varios meses sin pagar ni el agua ni la luz.

    Se pueden dar de baja los suministros?

    Gracias

    1. No, pero puedes pedir judicialmente la finalización del contrato por incumplimiento de esa cláusula.

      Y por supuesto, por impago de esos suministros.

      Pero no puedes dar de baja los suministros. Tienes muchas opciones de recibir una denuncia por coacciones si lo haces.

      Quedo a tu disposición para cuanto necesites.

  188. Hola, tengo un piso alquilado hace 6 meses y acabo de descubrir que no se ha pagado ningún recibo de luz ( ahora quiero averiguar de agua). Los contratos están a mi nombre pues lo único que ha hecho el inquilino (me acabo de enterar) es dejar de domiciliar los recibos. Es de apuntar que el alquiler (de momento ) lo paga puntual. Que puedo hacer legalmente? Es verdad que hasta los 12 meses sin pagar no cortan el suministro?

    1. Cada suministradora aplica unas normas distintas en cuanto al plazo de corte.

      Tu eres el responsable del,pago ante la suministradora, y el inquilino lo es ante ti.

      Por lo tanto, si el inquilino no te paga esos rcibos, podrás tanto pedirle que te los pague como pedir el desalojo por ese impago. Tu decides lo que te interesa más.

  189. Buenas tardes, en mi caso el inquilino está sin contrato, porque es la expareja del anterior inquilino que se quedó ocupando el piso. Lleva cinco meses sin pagar y no quiere irse. Los contratos están a su nombre. Ayer llamé a la compañía eléctrica y pude comprobar que haciéndome pasar por el inquilino puedo dar de baja el contrato. Entiendo que entonces no sería coacción, porqué figuraría que él mismo da de baja su contrato. De esta manera él no podría dar de alta otra vez el suministro de electricidad, porque que le exigirían contrato en vigor (que no existe) y sería la forma más rápida de que se fuera. ¿A que me expongo? Muchas gracias de antemano por la página.

    1. Hola Felipe.

      Te expones a la comisión de un delito por suplantación de identidad, en el caso que se pudieses demostrar que fuiste tu quien hizo esa llamada.

      Además, si el inquilino se niega a admitir que él dió de baja el suministro posiblemente tuvieran que volver a darle el alta, incluso sin contrato.

  190. Hola.yo soy inquilina y tengo pensado no estar mucho en el alquiler (aunque llevo unos meses) pero el anterior inquilino se puso de titular en los suministros, y ahora el propietario me exige que me ponga yo (dado que el anterior inquilino se queja de que sigue de titular)
    Sinceramente yo me niego a ponerme de titular porque es algo temporal y no creo que tenga obligación. Pero me dice que el anterior inquilino amenaza con dar de baja los suministros… ¿ es esto posible?
    Gracias

    1. Hola Alberto.

      Habría que ver qué dice el contrato respecto a la titularidad de los contratos de suministro.

  191. Hola, tengo una duda, alquilé un piso y el inquilino se fue sin pagar la luz, lo volvi a alquilar y el nuevo inquilino no se dio de alta en mas de un mes, en ese tiempo cortaron la luz, tuve que pagar los recibos pendientes porque aunque no estaban a mi nombre , la compañía me obligaba a pagarlos porque no me daban el reenganche, y ahora el inquilino nuevo me exige el pago de dicho reenganche, yo no sé si he de pagarlo ya que creo que su obligación era haber ido en el momento en que firmó el contrato, a las distribuidoras para ponerse las facturas a su nombre y no esperar tanto tiempo, le ruego que me conteste.
    gracias

    1. Hola Maite.

      Ese gasto debe soportarlo tu actual inquilino, pues debió hacer esa gestión en el momento de la firma del contrato.

  192. Hola:
    Como propietarios tuvimos una experiencia real del suministro de electricidad con un inquilino que dejó de pagar el alquiler y en desahucio pagando nosotros todos los gastos.
    El caso fue que él tenía a su nombre el contrato de suministro de electricidad y el problema es que para cambiar el nombre del titular del contrato o dar de alta a nombre del propietario, según se opte por pagar o no la deuda pendiente del inquilino, la compañia de electricidad solicita en función de la antigüedad del contrato vigente y/o de la antigüedad de la vivienda y de sus instalaciones un BOLETIN OFICIAL firmado por un profesional de la electrcidad con carnet acreditado, el cual tiene un coste económico, aunque el gran problema no es el pago de ese Boletín … el gran problema es que las instalacciones eléctricas no cumplan la normativa vigente por lo que el propietario ha de hacer las reformas eléctricas necesarias que pueden ser pocas o si la instalacción es antigüa la reforma puede llegar a ser del total de la instalacción eléctrica del piso incluido un cuadro eléctrico completamente nuevo y mientras no puedes alquilar el piso.
    En nuestro caso pagamos el Boletín y una pequeña reforma, pero aprendimos la lección y actualmente mantenemos la titularidad del suministro eléctrico, aunque somos conscientes del riesgo si el inquilino no paga alquiler y en consecuencia tampoco pagará suministros.
    Nos satisface toda la información que facilitas en tu página. Saludos.

    1. Hola María.

      Muchas gracias por darnos a conocer tu experiencia.

      Esa es la idea…a más experiencias contadas, más y mejor información tendremos todos.

      Un abrazo.

      1. Hola,tengo una situación un poco rara y no sé qué hacer yo estaba de inquilina junto a mi novio hasta el día 31 de agosto y después nos fuimos a otro piso y resulta que el dueño nos cuenta que cuando tramitó el cambio de titularidad de Endesa pues que le dijeron que tardaba unos 21 días por lo que la factura siguiente llegaría a nombre de mi novio que era el antiguo titular de Endesa,bueno pues el problema es que hay una factura del día 13 de agosto hasta el día 1 de octubre de Endesa a nombre de mi novio está impagada y a nosotros solo nos corresponde pagar 13 días ya que dejamos ese piso el 31 de agosto , aparte a nosotros nos cobraron la factura de agua de dos meses y solo nos correspondía pagar un mes ya que en septiembre no estábamos ahí en fin con esto quiero decir que teníamos pendiente supuestamente de arreglar cuentas con ellos pero no quieren dar señales de vida y estoy muy preocupada porque he llamado Endesa y dicen que no van a cortar el suministro del antiguo piso simplemente que mi novio queda como moroso con un saldo negativo y no sé qué hacer ante esto. Toda esta información la sé porque he llamado a las compañías de suministro ya que nosotros como cosa lógica no recibimos facturas al no vivir ya ahí

        1. Buenas !! A mí me pasó algo parecido .. y tuve que pagar unos días de luz y 2 meses de agua porque venía tb con meses de atraso y sólo me correspondía uno.
          Me tocó pagarlo porque los recibos estaban a mi nombre y, aunque yo ya no estaba en el piso, la titular era yo y la titular de la deuda también y por más que le reclamé al casero no pagó lo que le tocaba y yo tuve que asumir la deuda en su totalidad porque si no me ponían de morosa a mí.

    2. Para información de todos, soy inquilina e iba pagando en el banco las facturas de la luz, un recibo de Julio se me pasó porque no me llegó notificación y se quedó impagado; curiosamente seguí pagando los posteriores . Siete meses más tarde, Endesa me corta la luz y automáticamente dan de baja el contador. Llevo 2 semanas sin electricidad mientras el instalador colecciona papeles con el arrendador. Lo último es una copia del recibo de la contribución y los ms2 de la vivienda, por esto llego el boletín rechazado de Industria. El paso siguiente será mi suicidio?

    3. Hola, yo he sido inquilino de un local comercial durante más de 9 años y tuve que hacer un cambio de potencia por no tener suficiente para mi negocio, todo por mi cuenta por su puesto. el problema es que al rescindir el contrato de arrendamiento yo podía ( y debía )haber dado de baja el contrato , pero la propietaria me dijo que le tenia que dejar el local con luz, a lo que yo accedí . Pues en varias ocasiones le comunique que debía poner el contrato a su nombre,de lo que no hizo caso , después de un año la compañía me reclama a mi una deuda de un año de los gastos mínimos de contrato , yo le comunique a la propietaria que debe asumir esos gastos ya que yo no tengo nada que ver con el local , pues nada la suministradora me quiere meter en proceso judicial y que asuma yo la deuda y en su caso las costas del proceso. yo esperaba que cortaran el suministro ya que el local está alquilado de nuevo y así el nuevo inquilino exigiera a la arrendador el pago de la deuda para restablecer el suministro. Pero nada de eso ha pasado.No le cortaron el suministro y la compañía me reclama a mi. Que puedo hacer?

    4. «el gran problema es que las instalacciones eléctricas no cumplan la normativa vigente «.
      Usted se queja de que debe actualizar la instalación eléctrica de SU PROPIEDAD a la normativa vigente; es decir, que alquila una vivienda que, al no cumplir los requisitos legales, supone un grave peligro (electrocución, incendio, etc.) para los inquilinos. No quiero imaginarme qué pasaría en caso de que algún inquilino sufra daños por tal causa. Entonces, no se va a quejar usted de reformar su propio piso. ¡Qué poca vergüenza!
      A propósito, ¿no desea usted que le reforme el piso el Estado o la Comunidad Autónoma, como hacen ya en varias de ellas, y seguir viviendo de las rentas de la especulación inmobiliaria?

    5. Buenas tarde
      Mis padres han alquilado una vivienda el pasado año a una chica con dos hijas menores necesitaba el dinero ya que es pensionista de autónomos y con ese sueldo vive mi madre y el la chica aparentemente estupenda empieza a pagar pero al cuarto mes empiezan los problemas
      Dejo de pagar la luz y los recibos empezaron a devolverse por el banco porque no había suficiente saldo en la cuenta ya que tampoco ingresaba la mensualidad
      Y la compañía eléctrica se la corto por falta de impago a los dos días de cortarla ella pago las facturas atrasadas de luz pero ya era tarde la luz la cortaron (supongo que estaba bien asesorada) a los dos o tres días mi padre recibe una demanda por ella del corte de suministro
      No sabemos que hacer nos han dicho que el juzgado de ayamonte va muy lento y queremos demandaela
      Necesitan el dinero y su casa, actualmente debe 2,400€ y nos han dicho vecinos que Le han visto luz en la vivienda, si estaba cortada? No lo entiendo
      Que podemos hacer?

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