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Indemnización a peatón por atropello

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Cómo se tramita y cuál es la indemnización a peatón por atropello?

La ley de tráfico no hace distinción en cuanto a derechos indemnizatorios entre conductor, ocupante, ciclista, peatón, etc. Es decir, la ley lo que señala es que el culpable de causar unos daños a otra persona tiene que pagarlos. Y como a continuación la ley señala que es obligatorio tener un seguro que cubra la responsabilidad civil por los hechos derivados del tráfico, pues será la aseguradora la que responda por estos daños.

El proceso, por tanto, es como si hubiera sido conductor contra conductor, por lo que os remitimos a nuestra página general de accidentes de tráfico para que localicéis toda la información que necesitéis. La aseguradora del conductor culpable tendrá que indemnizar al peatón por los daños físicos que se le han ocasionado. Además, también será indemnizado por los gastos médicos, de traslados, gastos famacológicos, etc., que haya realizado el peatón.

Al igual que en el caso del conductor no culpable, al peatón no culpable se le indemnizará con las cantidades que cada año establece el baremo.

Podéis ver en video o en texto nuestro artículo indemnización por esguince cervical por accidente de tráfico para que veáis cómo se aplica el baremo.

Y al igual que el conductor no culpable, el peatón no culpable tiene derecho a elegir libremente un abogado que le asesore e interponga en su nombre la correspondiente reclamación a la compañía contraria para cobrar la indemnización.

Gracias por compartir este artículo si lo viste útil 😉

En Abogados Para Todos te damos asesoramiento telefónico totalmente gratuito (o por email) si has sido víctima de un accidente de tráfico. Y si necesitas defender tus derechos o reclamar una indemnización te ofrecemos nuestros servicios jurídicos y toda nuestra experiencia en esta materia. Contacta con nosotros.

2 comentarios en “Indemnización a peatón por atropello

  1. Muy bueno!! La verdad que se podría hacer una maestría con tus posts, muchas gracias por toda esta info!! y un blog impecable!

    1. Guau Carlos. Muchas gracias por tus palabras. Así da gusto seguir trabajando el blog. Un saludo y celebro que te guste.

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