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Todo sobre arrendamientos y desahucios

Mi inquilino no paga el alquiler

Mi inquilino no paga el alquiler. La guía definitiva

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Si el inquilino no paga el alquiler u otras cantidades a las que se ha comprometido como la luz, el agua, etc., el arrendador tiene la opción de acudir a los tribunales para reclamarle el pago de esa deuda e, incluso, el desahucio del inmueble (desalojo), y todo ello en la misma demanda.

En este artículo te voy a contar en qué consiste el desahucio de un inquilino que no paga el alquiler.

Si el problema que tienes con tu inquilino no es de impago de rentas, sino que el problema es otro, entonces te invito a echar un vistazo al post Motivos para el desahucio del inquilino. Pero si es por impago de la renta…sigue leyendo!!!.

Ese procedimiento judicial es denominado de varias formas, siendo las más usuales la de juicio de desahucio, desahucio express, etc. Pero en realidad sólo existe un tipo de juicio para echar al inquilino.

Introducción

La ley de arrendamientos urbanos (LAU) cita varios motivos por los que el arrendador puede pedir que termine el contrato y que se desaloje al inquilino.

Pero en este artículo sólo voy a analizar el más frecuente, que es el desahucio cuando el inquilino no paga el alquiler.

Es el artículo 27.2 LAU el que permitirá al arrendador interponer una demanda de desahucio por impago de rentas o de otras cantidades (suministros, comunidad, etc).

Desahucio express

Desde el mismo momento en que el inquilino sobrepasa el periodo de pago pactado (normalmente los cinco o siete primeros días de cada mes) ya se considera que hay un impago y se puede interponer una demanda de desahucio (aunque se trate de una única mensualidad de renta), tal y como te explico con más detalle en el post Retraso en el pago del alquiler.

Es decir, el arrendador no tiene por qué soportar ningún retraso en el pago de la renta, pues el pago de la renta es la principal obligación del inquilino y no cabe faltar a esa obligación.

Desahucio ante un inquilino que no paga

Dentro de los llamados «juicios declarativos» existen dos modalidades:

  • Juicio declarativo verbal
  • Juicio declarativo ordinario

El proceso de desahucio siempre será del tipo “verbal”. El llamado juicio ordinario no se aplica cuando queremos desalojar al inquilino. Así lo establece la ley de enjuiciamiento civil taxativamente en su artículo 250.1.1º.

Mediante el proceso de desahucio el arrendador pide auxilio judicial al Estado (al Poder Judicial) para que el juez sea el que diga que el contrato de arrendamiento queda finalizado por el incumplimiento del inquilino. Pero no sólo eso sino que, además, ordenará el juez el desalojo del inquilino que no ha pagado la renta.

La demanda de desahucio, que es la que abre el procedimiento de desahucio, ha de presentarse a través de abogado y procurador, excepto en los casos (poco frecuentes) en que la renta mensual del inmueble es inferior a 166 euros al mes.

Mi inquilino no paga el alquiler

En el proceso de desahucio, además de pedir al juez el desalojo del inquilino y que de por terminado el contrato, también puede pedir el arrendador al juez que condene al inquilino al pago de las cantidades que adeuda, así como también que le condene a pagar las rentas futuras hasta el desahucio y las costas que haya tenido que soportar el arrendador por la tramitación del procedimiento.

También se pueden reclamar las rentas adeudadas, en la demanda, a los avalistas o fiadores que aparezcan en el contrato de arrendamiento, en caso de que los haya.

Antes del proceso de desahucio…

Si el arrendador no ha tenido suerte en las negociaciones amistosas con el inquilino, lo primero que cabe plantearse es si ponerse algo más serio y pedir al inquilino que pague pero por escrito y de forma fehaciente.

En muchas ocasiones este mecanismo surte efecto y el inquilino paga. Pero en otras ocasiones sólo sirve para gastar dinero y perder tiempo. Y en estas situaciones el tiempo es lo más importante. En caso de que quieras mandar un burofax al inquilino te dejo un modelo de burofax reclamando al inquilino el pago de la renta.

Lo que nunca debe hacerse antes de iniciar el proceso de desahucio (tampoco durante el proceso de desahucio) es cambiar la cerradura del inmueble, entrar en la vivienda sin permiso, cortar los suministros, dejar de pagarlos (en los casos en los que sea el arrendador el que los pague), etc.

Y ello por una razón muy sencilla; aunque el inquilino no pague, jurídicamente hablando, él es el poseedor de la vivienda en tanto que el contrato no haya sido rescindido por ambas partes o por un juez, por lo que si el arrendador hace alguna de estas cosas, el inquilino podría llegar a denunciarle por allanamiento de morada, por coacciones, etc.

Y de hecho es una práctica muuuuuy habitual por parte de los inquilinos morosos para extorsionar al arrendador. Así que con esto hay que tener mucho cuidado.

Precio del desahucio

Por lo que respecta al precio de un proceso de desahucio, cada abogado y cada procurador puede fijar libremente sus honorarios, por lo que los precios pueden variar muchísimo.

Sin embargo, el coste medio se aproxima a las siguientes cantidades, con impuestos incluidos:

  • Abogado: en este tipo de procesos es necesaria su intervención. Suele rondar el coste los 450 euros.
  • Procurador: también es necesaria su intervención. Su coste ronda los 200 euros.
  • Poder General para Pleitos: se trata de un documento notarial por el que el arrendador otorga poderes al procurador para que sea su representante ante el tribunal. Tiene un coste de unos 40 euros, si bien también se puede hacer en el juzgado de forma gratuita, tras la interposición de la demanda.
  • Cerrajero: sobre unos 90 euros. Sólo será necesario si el inquilino no ha devuelto las llaves y si el arrendador no dispone de copia de las llaves del inmueble.
  • Tasas judiciales: las personas físicas no pagan tasas judiciales. Sólo las personas jurídicas. Y suelen rondar los 150 euros.

Por lo tanto, estamos hablando de un coste, con impuestos incluidos, de unos 700 euros sin contar al cerrajero que no siempre será necesario.

Duración del proceso contra el inquilino moroso

Las leyes españolas obviamente pretenden que el proceso sea lo más rápido posible, pero hay que contar con los recursos económicos del Estado, es decir, hay que tener en cuenta que los juzgados no cuentan con todos los medios que sería deseable y esto hace que hayas demoras indeseadas.

Hace años los desahucios tardaban muchísimo en relación a lo que tardan hoy en día. Podían tardar fácilmente dos años.

Hoy por hoy la duración media de un procedimiento de desahucio, desde que se presenta la demanda, es de unos 5-6 meses.

De todos modos, por si quieres conocer más sobre cuanto tiempo se consume en cada acto que se realiza, te invito a leer Cuánto tarda el juicio de desahucio.

La demanda de desahucio

Tras todo lo analizado hasta ahora…llega el momento de presentar la demanda de desahucio, junto a la que el procurador tendrá que acompañar la siguiente documentación:

  • Contrato de arrendamiento original
  • Poder General para Pleitos
  • Notificaciones fehacientes que se hayan enviado al inquilino reclamándole el pago de la renta

Una vez que se ha presentado la demanda, el inquilino recibirá en el plazo aproximado de un mes un documento (un Decreto) en el que se le notifica que la demanda ha sido admitida y en el que, directamente, ya queda fijada la fecha del juicio y la fecha del lanzamiento (en caso de que no haya juicio). Sólo habrá juicio si el inquilino se opone a la demanda, cosa que no suele ocurrir casi nunca (Decreto de admisión de demanda de desahucio).

Lo que puede hacer el inquilino

Una vez que el inquilino recibe el Decreto anunciando todo lo relacionado con el procedimiento de desahucio, el inquilino podrá actuar de varias formas:

  • Quedarse en el inmueble y no pagar: en este caso, llegado el día del lanzamiento (desalojo), el personal del juzgado accederá al inmueble y desalojará al inquilino, devolviendo la posesión del mismo al arrendador (o al procurador).
  • Pagar lo que debe y entregar el inmueble: es la mejor de las soluciones, desde luego.
  • Pagar la cantidad debida y seguir en el inmueble: Esto es lo que se llama “enervar la acción de desahucio”.
  • Entregar el inmueble y no pagar la cantidad adeudada: en este caso el procedimiento se da por finalizado respecto al desahucio, y continuará respecto a la reclamación de la deuda.
  • Contestar a la demanda oponiéndose a la misma: en este caso hay que celebrar juicio en la fecha que se había previsto en el Decreto.

Si el inquilino quiere oponerse a la demanda, el procedimiento de desahucio terminará con una “sentencia”, y en los demás casos el proceso terminará con un “decreto” (se trata de un decreto diferente al que recibe el inquilino tras la presentación de la demanda). Son dos tipos de resoluciones judiciales distintas, pero a efectos de lo que a nosotros nos interesa tienen efectos muy similares.

En el decreto que da por finalizado el proceso de desahucio cuando no ha habido oposición del inquilino, el juez condenará al inquilino a pagar las costas del proceso (en su caso, que suele ser casi siempre) y se incluyen las rentas que van a vencer hasta la fecha de toma de posesión del inmueble por parte del arrendador.

El lanzamiento

El lanzamiento se regula en el extensísimo artículo 440.3 de la ley de enjuiciamiento civil (LEC).

Una vez que el juez emite su Resolución (Sentencia o Decreto, dependiendo de si hubo o no oposición a la demanda por parte del inquilino), habrá entonces que ejecutar el lanzamiento, es decir, hay que realizar el desahucio o desalojo en el caso de que el inquilino no haya desalojado voluntariamente.

El lanzamiento o desalojo se puede llevar a cabo sin usar fuerza (cuando el inquilino entrega las llaves voluntariamente) o usando la fuerza (cuando no quiere irse el inquilino del inmueble).

La Comisión Judicial tendrá que levantar Acta de lo ocurrido durante el lanzamiento y sobre el estado de conservación del inmueble, pues muy frecuentemente existen daños que el arrendador posteriormente tendrá que reclamar.

Puedes indagar más sobre el lanzamiento en el post El lanzamiento en el juicio de desahucio.

¿Cobraré la deuda?

Transcurrido un plazo de 20 días desde que la Sentencia o decreto dictado por el juez es firme (en esa resolución se condena al inquilino al pago de la deuda), el arrendador dispone de un plazo de 5 años para ejecutar la deuda en caso de que el inquilino no pague la deuda a la que ha sido condenado a pagar.

Esto quiere decir que si el inquilino no paga tras la sentencia o decreto, el arrendador podrá solicitar el embargo de dinero, cuentas, bienes del inquilino deudor para que pague la deuda.

Desahucio express

Y tu…¿estás en la tesitura de que tu inquilino no paga el alquiler?.

¿Has tenido que acudir a un proceso de desahucio?.

229 comentarios en “Mi inquilino no paga el alquiler. La guía definitiva

  1. Buenas tardes,
    Primero gracias por crear esta página para propietarios desesperados como yo.
    Mi inquilina lleva 2 meses sin pagar mensualidad y me debe 500€ en facturas de suministros que están a mi nombre. He enviado burofax con requerimiento de pago, el cuál no ha recibido porque no abre la puerta. Firmamos un contrato temporal y le finaliza en junio de este año. Ella es una mujer de 67 años con una pensión. Puede declararse insolvente? Por favor ayúdeme, gracias!

  2. Buenas tardes:
    Leo el artículo que le ha parecido muy interesante. Pero tengo una duda, actualmente con el nuevo real decreto que ha paralizado los desahucios hasta finales de mayo se puede proceder igual? O con esta nueva normal lo tenemos perdido?
    Gracias por tu atención

    1. Hola Zaida.

      El nuevo real decreto no afecta al inicio del proceso. Es decir, demandas se pueden seguir poniendo.

      De hecho es lo que hay que hacer cuando el inquilino no paga, es decir, hay que poner la demanda de desahucio y después ya veremos si el inquilino pide o no que se suspenda el proceso hasta el 9 de mayo de 2021 (y tiene que cumplir los requisitos de vulnerabilidad).

      Saludos.

  3. Buenas tardes
    A mis inquilinos le acababa el contrato en medio de la cuarentena así que decidí hacerles un papel a mano donde le renovaba un año de contrato, el caso que me han pagado menos de la cuantía acordada por el alquiler, este mes no me han pagado nada, y la verdad que no le doy justificante ninguno de que me entregan el dinero así que no tienen como demostrarlo. Quedamos en persona y me dijeron que se iban a finales de este mes, yo el mes de agosto tanto en persona como por whatsapp les advertí que el día 15 de septiembre necesitaba mi piso para vivir yo, ellos habían encontrado alquilar y me confirmaron que se iban. Ayer me avisaron de que no, en este caso se puede dar por finalizado el contrato? Que puedo hacer?

  4. Buenas tardes,
    actualmente tengo una inquilina que, aparte de no pagar el alquiler desde julio de 2019, me han llamado de la compañía del gas y tampoco lo está pagando. El contrato está a mi nombre.

    Mi pregunta es: En la demanda de desahucio, entiendo que no puedo reclamar estas cantidades, puesto que de momento yo no las estoy pagando, pero ¿puedo hacer constar en alguna parte el hecho de que no lo está pagando? ¿Hay alguna manera de hacerlo?
    Me sería de mucha ayuda una respuesta.

    Muchísimas gracias por adelantado.

    Un saludo

    1. Buenas tardes Paula.
      Tienes que justificar haber pagado esos importes para poder reclamarlos.
      Puedes poner en la demanda que no te lo han pagado, pero no tiene sentido porque como no lo vas a reclamar no va a servir de nada ponerlo en la demanda (es más, solo puede servirte para perjudicarte, por ejemplo, si el inquilino se opone a la demanda por eso que has puesto, con lo que habría juicio y, con ello, se retrasaría el desahucio.
      Saludos.

  5. Buenos días,
    Tengo una inquilina desde Noviembre de 2019 que está dando muchos problemas con los pagos. En el mes de enero dejó de pagar dos meses de los cuales conseguí que pagara uno y el otro decidimos que contara como pago la fianza. En estos momentos debe de nuevo tres mensualidades. Cada vez que nos ponemos en contacto con ella para reclamar la deuda nos pone una excusa y promete pagar en tal fecha, cosa que no cumple.
    Como ya no confiamos en ella preferiríamos que dejara el piso pero tengo algunas dudas. Sé que se puede proceder al deshaucio por impago pero me gustaría evitar el proceso judicial. Tengo preparado el burofax para reclamar la deuda pero aunque consigamos que pague ya no estamos cómodos con ella y nos gustaría que se fuera.
    Teniendo en cuenta que el 1 de Noviembre de 2020 se cumpliría un año de la firma del contrato ¿cual sería la fórmula correcta para la no renovación del mismo?
    Una de las clausulas del contrato es esta:
    «El arrendamiento se establece por un plazo de 6 meses, a contar desde el día 1 de Noviembre de 2019. De acuerdo con la legislación vigente a la firma de este contrato, el arrendatario tendrá la facultad de su renovación anual hasta que el arrendamiento alcance la duración de 3 años; no habrá lugar a dicha renovación si el arrendatario notificase por escrito la renuncia con al menos 30 días de antelación a la finalización del plazo pactado o cualquiera de sus prórrogas anuales.»
    Pero no me queda clara la situación del arrendador.

    Atentamente,
    Almudena

  6. Hola
    Tengo una inquilina desde el mes de enero de 2020, sólo me pagó Enero y la fianza, porque no le gustaba el piso y se iba a ir, no pagó febrero, con la crisis del Covid se quedó sin trabajo, ( no sé si ahora trabaja o no )….yo le comentaba que tranquila, que ya se iría arreglando el tema y que me pagara lo que pudiera. El caso es que ni me paga el alquiler ni las facturas de luz ( que nunca cambió a su nombre ), desde enero, por lo que me debe 6 meses más luz.
    Este mes de Junio, me ha firmado un escrito que le mandé, como que deja el piso el 31 de Julio por motivos personales.
    Mi pregunta es:
    Si no se va del piso, yo podría entrar, al tener el documento firmado por ella de que se va?
    Osea, cambiar cerradura y volverlo a alquilar, ya que ella me ha firmado con que deja el inmueble; no sé si habría algún problema si no se quiere ir aún teniendo el documento firmado.
    Supongo que los gastos que me debe, tendré que recurrir a un abogado para demandarla.
    Muchas gracias por todo
    Un saludo
    Javier

    1. Hola Javier.

      Es un documento a futuro, en el que se compromete a irse, pero ello no quiere decir que se vaya a ir.

      Por tanto, si no se va y firmáis un documento conforme a que te ha devuelto las llaves y tú las aceptas, no podrás entrar.

      En ese caso tendrías que poner demanda de desahucio por impago.

      Saludos.

  7. Buenos días Eduardo,
    Lo primero, gracias por esta página ya que es de gran ayuda a la hora de ver que sucede con los alquileres y los desahucios de forma sencilla. Te escribo porque tengo un inquilino que durante la crisis del Covid19 ha ido mes a mes reduciendo el pago de la renta por el piso alquilado hasta llegar a pagarme nada por el mismo. Aunque, al principio firmamos un complemento del contrato que él me garantizaba el 50% del pago durante esta crisis, los meses posteriores ha decidido pagarme lo que según él podia. Obviamente durante el estado de alarma no se podia hacer nada, pero con el estado ya finalizado quería saber mis opciones para proceder a realizar el desahucio porque casi seguro que no querrá pagar lo que me debe y hacer honor al contrato que firmamos ambos. Muchas gracias por adelantado.

    1. Muchas gracias por haber contactado conmigo Juan.

      Si quieres mándame el contrato de arrendamiento y le echo un vistazo para asegurarme que no vaya a haber ningún problema en caso de tener que poner la demanda.

      También necesitaré los documentos/mensajes en los que habéis llegado al acuerdo de reducir la renta y durante cuánto tiempo.

      Saludos

  8. Buenos dias Eduardo, yo tengo mi inquilino que lleva mal pagando la cota desde el Noviembre del 2018, a dia de hoy me debe desde el mes de febrero y aunque no se niega a pagar siempre me estas mintiendo dándome largas al pago que nunca llega, ya estoy al limite y no se que hacer ya que el contrato se vence el 20 de Octubre de este año, necesito tu consejo ,si denunciarlo o esperar a que me devuelva la vivienda y luego reclamarle los impagos por via judicial,

    1. Buenas tardes. A mi me pasa exactamente lo mismo. Mi inquilino lleva 3meses sin pagar y ahora con todo lo del covid no sé qué opciones hay. Se acaba el contrato en noviembre. Que me aconsejáis hacer? ffumado@hotmail.com

  9. Buenas tardes.

    El 13 de febrero de 2017, alquilé mi casa, por un periodo de un año. Por el primer ano he recibido la vigencia por los primeros 12 meses. Después, el contrato se prorrogará por plazos anuales.

    En el contrato escribe que hasta mínimo tres años. Desde entonces el inquilino es mal pagador. Ahora no me ha pagado de tres meses y muy frecuente los pagos están efectuados parcialmente. En el contrato escribe también que llegado el pazo máximo de tres anos pactados, sin denuncia el arrendador a lo arrendatarias con un plazo mínimo de 30 días, el contracto se prorrogara por plazos anuales siempre previo acuerdo entre las partes para concretar condiciones de pago.

    En el día de 20 del mayo 2020 hemos hecho un acuerdo en que escribe que debido a las circunstancias del Covid 19, la mensualidad de alquiler correspondiente al mes de Abril y Mayo 2020, no están abandonadas ya que el arrendatario no tiene derecho a paro, ni esta en ningún ERTE ni nada. Debido a todo esto, el arrendador se acoja a la Fianza para subsanar el mes de Abril y Mayo que arrendatario no puede abandonar, hasta que no se mejore dicha situación

    Me gustaría saber qué puedo hacer con la situación actual excepcional que estamos viviendo. Como menciono anteriormente, el inquilino dejó de pagar y tenía esos problemas también antes del Covid 19. El contracto ya es de tres años (13 de febrero de 2020). Si no he denunciado el contacto con 30 días antes del fin de los tres años, significa que el contrato será en vigor hasta 13 del febrero de 2021 o puedo notificar el inquilino con un plazo mínimo de 30 días que el contrato se finalizaría y porque yo no quiero prorrogar dado es mal pagador? Puedo mandarlo un preaviso de 30 días? Estoy cubierto del plazo que marca el ley y que es mencionado en el contrato, ya que tres años del contrato caducaste en el día del 13 de febrero 2020? La regulación especial sobre evacuaciones durante este período dado que el inquilino no tiene una alternativa de vivienda se aplicara a mí como una persona física?
    Cuál serían los siguientes pasos a tomar?

    Muchas gracias.

    Saludos.

    1. Hola Roxana.

      Ya ha pasado febrero de 2020 sin que hayas denunciado el contrato, así que hasta febrero de 2021 no puedes echarlos.

      Lo que sí que puedes hacer es poner demanda de desahucio por impago, pero solo en caso de que haya impago.

      Según he entendido, ahora mismo no hay deuda porque han utilizado la fianza para pagar abril y mayo.

      Por tanto, habrá que esperar al 6 de junio para poner la demanda (si para el 6 de junio no te ha pagado).

      Saludos.

  10. Tengo un inquilino que entró en Febrero del 19 a vivir en mi piso solo ha pagado una mensualidad desde entonces no me ha vuelto a pagar nada le he llamado y no me coge el teléfono le he mandado e-mails y me ha contestado diciéndome que no puede pagar y que no va a pagar porque tiene derecho a estar en la vivienda sin pagar su contrato termina en agosto y a día de hoy no ha dado señales de vida se lo he mandado e-mails se le han mandado mensajes de texto solicitando que se ponga en contacto con nosotros para poder solucionar el tema se la intentado ayudar en el pago y nada no hay noticias me gustaría saber qué puedo hacer porque tengo una hipoteca de esa vivienda y no puedo hacer frente a la hipoteca de la vivienda si no me pagan el aquíler

  11. buenos días,
    Tengo un compañero de piso desde finales de 2019 sin contrato.desde que empezado a vivír me dado cuenta que este persona es muy desordenado,mal tratador y ladron.por que me robado casi 600€ desde mi habaitacion y solo me ha pagado medio mes de marzo no me ha pagado mes de abril ni mayo. Yo le avisando que se vaya de mi piso y que me paga pero dice que no tiene no se puede ir ni pagar me.me gustaría saber en este situación que puedo hacer y como le puedo desahucio de mi piso.
    Un saludo.

  12. Hola, tengo inquilino desde finales de 2019 y mal pagador desde entonces, solo me ha pagado el mes de enero y medio mes de febrero, no me ha pagado suministros y me gustaría saber que puedo hacer. Él dice que no se va y que no paga porque puede estar en mi piso según la ley dos años sin pagar nada.

    Dejó de pagar antes de que todo esto del covid-19.

    Gracias, un saludo.

  13. Hola, tengo inquilino desde Diciembre de 2019 y mal pagador desde entonces, solo me ha pagado el mes de enero y medio mes de febrero, no me ha pagado suministros y me gustaria saber que puedo hacer y que no con la situacion actual excepcional que estamos viviendo.
    dejó de pagar antes de que todo esto del covic sucediera.
    gracias

  14. Hola mi inquilinos ya con este mes son 4 meses los que llevan sin pagar.
    Para solicitarle el pago de todo lo que deben puedo ir directamente a la guardia civil a ponerles una denuncia?
    Muchas gracias, un saludo.

  15. Buenas tardes;
    El 1 de abril de 2016, alquilé mi casa en Huelva, por un periodo de un año, ya que trabajo en Valencia, y en febrero de 2020 necesitaba recuperar mi vivienda, ya que por motivos laborales y de salud de mi padre, me volvía a vivir de nuevo a Huelva.
    Se mandó burofax de rescisión el día 26-02-2020, diciéndole que no renovábamos el contrato el cuál terminada el 1 de abril de 2020, pero que le dábamos un mes más, hasta el 1 de mayo, para desalojar la vivienda.
    La entrega de dicho burofax fue fallida en primera entrega por ausente el 27-02-20, y entregado el 02-03-2020.
    Y aquí ya me surge las 2 primeras preguntas:
    1) Pasada esa fecha de contrato inicial por un año de contrato de alquiler, comprendo que se renueva por tácita renovación, ¿pero esta es por meses o por años?
    2) No sé si para una hipotética denuncia valdría como fecha de preaviso, ¿el primer intento fallido de entrega o la fecha de entrega efectiva del burofax? Si fuera la segunda la válida, y como la recibe el 2 de marzo hasta el 31 de marzo, son 30 días. ¿Estaría dentro de plazo que marca la ley, ya que el contrato caducada el 1 de abril?
    Recibido el burofax por el inquilino, me dejo de pagar el mes de abril, he intentado ponerme en contacto con él, pero no hay manera. Y le quedan días para devolverme la vivienda. No sé si el dejar de pagar fue por el burofax, o porque quiere usar la fianza como último pago de la vivienda.
    ¿Cuál serían los siguientes pasos a tomar?
    Muchas gracias.
    Saludos.

    1. Hola Diego.

      Efectivamente si quisierais prorrogar el contrato, entraría en situación de tácita reconducción.

      Pero como has mandado burofax pues impides que se prorrogue y el inquilino se tendrá que marchar llegado el 1 de mayo.

      El tema del burofax, no creo que de problemas pues tu lo has mandado dentro de la fecha.

      Lo que si que puede darte problemas es la situación por el COVID. Me refiero a que si tu inquilino pide la prórroga del contrato en base al real decreto 15/2020, es posible que el juez lo conceda. El inquilino tendría seis meses de prórroga, con lo que podría quedarse en la casa hasta finales de año. Sin embargo es curioso porque el real decreto establece que se pueden prorrogar los contratos que terminen el día 2 de abril o después, y el tuyo termina el 1 de abril. Pero meterte en esa «guerra» va a ser perder mucho tiempo, así que, en resumen, si el inquilino te pide prórroga del contrato por COVID, lo mejor que haces es concedérsela, y si no se va a los seis meses pues tendrás que poner demanda de desahucio.

      Por contra, si el 1 de mayo no te ha pedido la prórroga ni te ha devuelto las llaves, podrás poner demanda de desahucio por expiración de plazo.

  16. Buenas tardes. Tras la situación actual como podemos hacer ante un inquilino que ha dejado de pagar los gastos en noviembre del 2019 y ahora la renta mi madre tiene q pagar la hipoteca y bo sabemos como proceder tienen contrato renovado de un año hasta febrero de 2019. Espero su respuesta y muchas gracias de antemano

    1. Hola Lidia.

      Habría que mandar burofax reclamando los gastos desde noviembre y la renta actual. Y si no te paga habría que poner demanda de desahucio.

  17. Buenas noches, soy Rocio.
    Tengo unos inquilinos dentro de mi casa que me deben 5 meses, todo han sido buenas palabras hasta la decisión de irse por no poder pagarme. Me han firmado un compromiso de abandono de la vivienda a 31 de este mes y compromiso de pagar los meses pendientes.
    Dudo mucho que me paguen al dejar mi casa, puedo denunciarles a posteriori con éxito?
    Gracias x adelantado

  18. Hola, estoy pensando en comprar una vivienda con alquiler garantizado, y de momento (he llamado hoy para solicitar una cita) solo se que el propietario que se quedará de inquilino tiene 57 años y es pensionista. Mi pregunta es la siguiente, si resulta que la pensión del inquilino es baja, si no paga ¿podré solicitar y conseguir el desahucio? o por el contrario al no tener recursos no habrá manera de que se vaya (se que mi pregunta parece carente de escrúpulos, pero estamos hablando de una vivienda de 30.000 euros, no soy ningún potentado, solamente quiero intentar mejorar poco a poco).
    Muchas gracias por su tiempo y un saludo.

    1. Hola José Enrique,

      Si el contrato es de compraventa y no le paga el alquiler, tendrá que marcharse de la vivienda.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  19. Hola, tengo una habitación alquilada, mediante contrato, dentro de mi piso, donde yo también resido, y el inquilino ha decidido no pagar la renta este mes, aduciendo que no tiene dinero, aunque me consta que eso no es cierto. Por contrato, debe abonar la renta entre los días 1 y 5 de cada mes. Sólo le cobro 160 euros mensuales, así que creo que puedo presentar la demanada sin abogado ni procurador, ¿no? ¿Hay algo específico sobre el alquiler de habitaciones que deba considerar en este caso? Gracias.

    1. Hola Jose Luis.

      Puedes presentar la demanda sin abogado y sin procurador si solo quieres reclamar la deuda.

      Pero si lo que pretendes es reclamar la deuda + el desahucio, entonces si que tienes que hacerlo mediante abogado y procurador.

  20. Hola, He alquilado un piso en el año 2000 y he firmado un contrato de 5años y desde entonces no he vuelto a firmar ninguno sigo en el mismo piso y hace un año el propietario me pidió que le subiera el precio y lo hice sin firmar nada, y ahora mi hizo un contrato de un año con la prórroga de 5años y me dijo k es la ley nueva … donde se aplica la ipc u todo, mi pregunta es aún que he firmado mi primer contrato en 2000 ami también se me aplicará la nueva ley?? Le firmó el contrato ??

    1. Imane,

      Si no firma el nuevo contrato entiendo que el propietario rescindirá el primero.

      Si firma un nuevo contrato, se le aplicará la nueva ley, en esta los contratos de arrendamiento de vivienda habitual se podrán prorrogar a petición de usted como arrendatario hasta el 5 año.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  21. Buenas tarde. Alquile la casa que me dejó mi madre a una pareja. Le hice un contrato por un año .(1/09/2018) .Todos los meses a pagado con retraso y con problema. En mes de agosto le mande un burofax informando que el 1/09/2019 se termina el contrato. A partir de mes de septiembre dejó de pagarme el alquiler más agua y electricidad me debe 945€ . No me responde Ami llamada y ni a la puerta. Cuál será los pasos que debo hacer. Gracias y un saludo!

  22. Hola,tengo una chica alquilada con una hija de 15 años,le cobro 450 euros,le hice un contrato de un año,prorrogable hasta los cinco en febrero de este año,me esta pagando con retraso las mensualidades y los servicios de consumo y como habla con los vecinos que están también de alquiler en la misma finca y le dicen que pagan menos (400 euros),me exige que cuando cumpla el año le baje la renta,yo le he dicho que no,y me amenaza con no pagarme etc.etc.le comento que si no me paga le pondré una denuncia,y me contesta que como tiene una hija que no la van a tirar.
    Comentar que vive de subvenciones y ayudas al alquiler.
    ¿Como el contrato esta hecho en febrero de este año,aunque pone que puede estar hasta cinco años,no estaría en vigor todavía lo de los tres años ,mas la prorroga de uno?
    si decidiera bajar la renta le tendría que hacer contrato nuevo?
    ¿Que problemas podria tener en caso de intentar via judicial acabar con el contrato?
    Gracias.

    1. Hola Juan.

      Tu contrato debió ser de tres años, pero como has puesto que se prorroga hasta cinco pues hasta febrero de 2024 no terminaría el contrato.

      La inquilina no pueda exigirte que le bajes la renta (se ha firmado un contrato y esa es la renta). Sin embargo, si quieres bajársela puedes hacerlo sin firmar un nuevo contrato (firmáis un anexo indicando que pactáis una bajada de la renta y listo).

      Hasta 2024 no puedes interponer demanda por expiración de plazo, pero lo que si que puedes es poner demanda por impago, en caso de que deje de pagarte.

      ¿Problemas?. Que haya menores puede retrasar el proceso alguna semana, pero al final el juzgado ordena el desahucio, haya o no haya menores (para ello se avisa a servicios sociales, por si es necesaria su intervención).

        1. Hola Eduardo,¿podría hacer efectiva la clausula que hay en el contrato,de irme a la vivienda para vivir yo y mi mujer,avisándole con los meses de antelación adecuados?,ya que ha pasado año y tres meses de contrato y me debe un mes y cuatro recibos de luz…¿habría algún problema?,simplemente para deshacerme de esa inquilina,que según me ha dicho un vecino esta alquilando habitaciones.
          Un saludo.

  23. Hola, buenas tardes. Mi tío tiene un pequeño piso alquilado a una chica Italiana, el caso es que he visto el contrato y el comienzo es de él 1/01/2018. Y terminó 31/12/2018. Por lo que está vencido, aúnque no esta registrado y el alquiler se lo cobra la hermana que vive al lado. Ha seguido viviendo ahí u hace siete meses que no le paga. Ya le ha pedido que se vaya y no hace caso, cuando le toka en la puerta no le abre. Y tiene desconectado el portero, así es imposible notificarle por burofax. ¿Que puede hacer? Gracias anticipadas.

  24. Hola buenas tardes yo soy inquilina y tengo una inquietud quisiera saber q causa me corresponde a mi xq voy a dejar de pagar y a seguir viviendo en el inmueble xq económicamente no lo puedo pagar y tengo mis nenas muy pequeñas y siquiera saber q medidas puede tomar mi locador para sacarme

    1. Hola Andrea,

      Le pondrán una demanda de desahucio y al final se producirá el lanzamiento.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  25. Buenas tardes, tengo un piso alquilado desde hace ya 6 años, con muchos problemas para conrar, me deben 5 meses atrasados, ahora la persona que le tengo efectuado el contrato se ha ido sin decir nada y se ha quedado una conocida suya que vivía con ella también pero que tampoco paga, tiene dos hijos uno de ellos un poco autista, que puedo hacer??

  26. Hola. Mi inquilino hace dos meses que no me paga el alquiler, La Luz ni el agua. Lo que debo hacer es empezar con el proceso para el desahucio, pero además tengo otra preocupación. En el apartamento que alquiló hay una habitación cerrada que contiene cosas mías y el no puede acceder a ella, algo expresado en el contrato, pero como el inquilino no me contesta ni las llamadas, ni a los mensajes ni a la puerta no puedo entrar sin su consentimiento. ¿Que opciones tengo para acceder a esa habitación para ver qué todo está en orden y poder sacar las cosas de allí por si decide entrar y destrozarlo todo?

    1. Muchas gracias por haber contactado conmigo.

      Si quieres mándame el contrato de arrendamiento a info@abogadosparatodos.net y le echo un vistazo para asegurarme que no vaya a haber ningún problema en caso de tener que poner la demanda. Y reviso así el tema de la habitación.

      Saludos.

  27. Buenas tardes, tengo una duda. Tengo un piso alquilado, pero junio, julio no me han pagado ni el luz, en 15 de agosto han salido de piso sin pagarme, me han entregado las llaves pero no tengo ningún documento firmado que me han dejado a entrar. Que puedo hacer? Como puedo recuperar mi dinero?

    1. Hola David,

      Si le deben dinero, podrá una demanda para que le adeuden los abonos pendientes.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  28. Buenas tardes,

    Nosotros somos inquilinos de una vivienda hace más de 5 años, la propiedad está cobrando rentas por encima de lo legal, puesto que es una vivienda protegida y no está liberalizada. No ha presentado fianza en ningún registro y no se hace cargo de los desperfectos, ni mucho menos pone mejoras en la vivienda.
    Nos han aconsejado dejar de abonar esa renta; y ceñirnos a los máximos legales.
    Me gustaría que me diera su opinión.

    Saludos y gracias

    1. Hola Cristina,

      Lo más oportuno sería regularizar la situación, pues esa vivienda no puede ser alquilada.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  29. Hola. He tenido un inquilino que no ha pagado el ultimo mes y se ha ido avisando con quince dias de antelacion. No ha aparecido para ver el piso y devolver las llaves. Cuando hemos ido a ver el piso lo ha dejado en tan malas condiciones que hemos tenido que pintarlo de nuevo y contratar a una limpiadora. Se nos cayo el alma a los pies porque el piso estaba hecho una autentica pena, con un agujero en una puerta, el tirador del horno arrancado y nos ha desaparecido un sofa. Esta persona se ha ido a vivir a otra ciudad y aunque nos hemos puesto en contacto con el por whatsapp nos ha bloqueado. Que podemos hacer para recuperar el dinero que nos ha dejado a deber y solicitar que abone la parte correspondiente de las reparaciones que no cubre la fianza?

    1. Hola Ruben,

      Si no llegan a un acuerdo y se niega a pagar los daños casados, tendrán que acudir a la vía judicial, para que sea un juez o jueza quien decida.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  30. Tengo esa situación, me deben 6 meses, y no pagan me dan largas pero en mi caso es que el contrato fue un papel escrito por mi y firmado por las dos partes yo estoy pagando luz y agua y la mensualidad que debería recibir es de 150€ quiero que se vayan que hago por favor ayúdenme.

    1. Hola Salvador,

      Si no le pagan la renta, tendrá que interponer una demanda de desahucio por impago de rentas.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  31. Me gustaría hablar directamente
    Con un letrado para el problema que tengo con mis aquilino que últimamente tendría que pagar del 1 al 5 y no está cumpliendo con el contrato que puedo hacer

  32. Hola, la inquilina de mi suegra no le paga desde hace meses ni alquiler ni agua ni luz y ya le han cortado luz y agua (que está a nombre de mi suegra). Dice que se ha buscado otro piso y la verdad es que por aquí aparece muy poco. No está localizable nunca en el móvil y no conozco su nueva dirección ni trabajo ni nada. Pero no me devuelve las llaves y todos los meses me escribe un mensaje diciendo que ya se va a ir, pero más más. Yo le escribo wasaps que o no lee o no contesta. Me da miedo entrar a ver si ha vaciado el piso por si me denuncia (encima), o por si ha metido ahí a alguien.
    Puede orientarme? Solo quiero saber si puedo entrar y cambiar la cerradura sin que me denuncie.
    Gracias anticipadas

    1. Hola.

      Si no te autoriza a entrar no puedes entrar.

      Es decir, no puedes entrar si no tienes un documento que ponga fin al contrato o bien si no tienes algún mensaje o email en el que te diga que da el contrato por terminado y que puedes entrar en la vivienda.

      1. Hola,
        Mi situación es diferente, y tu respuesta me ayuda pero necesitaría aclaración: en mi caso, hemos dado aviso al inquilino con dos meses de antelación tal como indica la ley, de que tendrá que abandonar la vivienda porque tenemos necesidad del uso de la misma para un familiar de primer grado (demostrable). Antes, el inquilino pagaba siempre a tiempo pero desde el aviso ha pasado un mes y no ha pagado la mensualidad. Tememos que no pague tampoco el segundo mes, aunque lo que más nos importa es que abandone la vivienda el día indicado ¿podríamos acceder a la vivienda el día que cumplen dos meses del aviso, el cuál ha recibido mediante burofax? Es decir ¿sería suficiente prueba para considerar el contrato como terminado, o en ese día tampoco podríamos acceder a la vivienda o cambiar la cerradura si lo vieramos necesario?
        Muchas gracias de antemano.

  33. Mi tio iso la estupides de ayudar un estupido inquilino i ahora no se quiere salir esta aseindo trabajos de carroseria ilegal en terreno i no ay contrato mi ti lo iso disque de buena gente ahora la propiedad esta nombre de mi abuelo falleso ase tiempo yo tengo todos los recivos de luz i agua, como lo puedo sacar,me pisio 30mi pesos para salirse

    1. Hola Roosvel,

      Entiendo que me hablas desde fuera de España, desde aquí solo conocemos el ordenamiento jurídico español.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  34. Hola, mi inquilino lleva sin pagar el alquiler desde Marzo, todos los meses me dice que se va, o que me va a pagar pero no hace nada de las dos cosas.

    Que puedo hacer? Cortarle el agua ya que esta puesta a mi nombre?

  35. Buenas tardes Edouardo,
    Tengo exactamente la misma situacion que Eva, pero ademas estoy al extranjero, y pago el suministro de agua por ellos. No me contestan al telefono y tampoco a la agencia. La agencia me dijo que mandaron la carta de burofax ante ayer.
    Estoy muy preocupada, tengo miedo que se queden o/y que destruyen la casa.
    Se puede interponer una denuncia al ayuntamiento o a la guardia civil ? No se que hacer mas… Gracias por du ayuda

    1. Hola Adeline,

      Puede interponer una demanda de desahucio. Si bien este trámite sólo es posible en los juzgados.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  36. Buenos días,
    Tengo una inquilina que todavía no me ha pagado el mes de junio y Julio a pesar de que en el contrato pone que debe pagar en la primera semana del mes. Lleva así pagando con mucho retraso años. Quiero echarla porque además es una persona difícil y no quiero saber más de ella.

  37. Yo puse una demanda a mi inquilino porque me pagaba todos los meses 7 u 8 días tarde y eso me fastidiaba el pago de mi alquiler, porque la casa estaba muy sucia y descuidada(el jardín lleno de malas hierbas y sin cortar, basura por los suelos etc.) y porque necesitábamos la vivienda para nuestro uso propio. Aún sí el juez dio la razón al inquilino y dijo que tenía derecho a quedarse 3 años. LOS DUEÑOS ESTAMOS TOTALMENTE DESPROTEGIDOS POR LA JUSTICIA, a ti te parece que el juez va a aplicar la ley(si demuestras que no tienes otra vivienda y la necesitas, te la devuelven, el retraso en el pago de la renta es motivo para la finalización del contrato ) Pero siempre le dan la razón a los inquilinos. Un consejo NO ALQUILEIS.

    1. Hola María José.

      Para poner demanda por necesidad de la vivienda hay que tener las cosas muy claras, pues es un proceso bastante arriesgado (bajo mi punto de vista). Y de hecho, mira lo que te ha pasado.

      En tu caso no hay deuda, así que esa suerte que tienes, porque la mayoría de mis clientes si que acuden a mi cuando hay deuda. Y a la enorme mayoría de ellos el juez les da la razón.

      Así que no es cierto que el juez siempre de la razón a los inquilinos. Sencillamente has perdido un juicio y necesitas consolarte diciendo que el juez siempre da la razón al inquilino, pero eso es absolutamente incierto.

      Habría que ver los motivos por los que has perdido el juicio, pues es fácil decir que el juez da la razón a los inquilinos, pero habría que ver si realmente tenían ellos la razón.

      Lo que pasa que muchas veces la avaricia rompe el saco, y en tu caso, que estabas cobrando la renta (con retrasos, vale, pero no hay deuda) me temo que has querido utilizar otra vía (necesidad del arrendador) para dar el contrato por terminado, y me da la impresión de que el juez no se lo ha creído.

      Saludos.

  38. Hola tengo una duda te pueden desalojar de tu vivienda si alguien te visita y se queda con tigo 1 o 2 noches pero no vive con tigo solo se queda debes en cuando ? Puede ser razón de un desalojo ?

    1. Hola Sandra,

      Un visita no es motivo de desahucio.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  39. Buenas noches! Si el inquilino no paga.Puedo venir con la policia y echarlo de la vivienda? Y luego reclamar la deuda en el juzgado. Asi será más rápido de tenerla vacía.

    1. Hola Cristina,

      Tendrá que interponer una demanda de desahucio, es la vía correcta.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  40. Y si yo soy inquilino y me han denunciado con un desahucio a los 5 meses de entregar las llaves ,todo firmado entre abogados,osea vi que no podia continuar con el alquiler y a los 4 meses entregue las llaves y la posesion al dueño y me encuentro a los 4 meses que me denuncia para desahuciar l a vivienda que ya no poseo y pide en la demanda junto al desahucio el pago de las mensualidades y para colmo el alzamiento previsto para el mes de julio
    Lo mas grande es que se ha llegado hasta el juicio verbal en repetidas ocasiones he presentado el documento donde se expresa la entrega de la posesion al dueño,pero o no se enteran o no se que esta pasando,me podriais indicar que os parece el asunto

    1. Hola Julio,

      Me parece algo muy extraño. Debería saber más todas las circunstancias para poder aconsejarte. Si bien, quizás lo que están pidiendo es la indemnización por incumplimiento del contrato.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  41. Hola tengo un piso en propiedad y desde hace 8 años tenemos unos inquilinos, una pareja mayor de 80 años, hasta ahora no hemos tenido ningún problema pero en enero de este año se ha torcido todo,en el bloque hay varios ocupas y el hombre a su edad ha decidido que si hay gente que no paga porque va a pagar el. Muy inteligente por su parte. Despues de intentar llegar a un acuerdo y poder entender xq de esta decisión, empezó a buscar problemas en el piso como excusa para dejar de pagar, Total que en marzo al ver que iban pasando los meses y no me pagaba, decidí enviarle un burofax pidiéndoles que abandonaran el piso y dejarán abonados los meses y las facturas de consumo que tampoco habían pagado. Al empezar a mover todo para echarlosb me di cuenta que el contrato que teniamos hacia 4 años que estaba caducado, yo no lo he tenido en cuenta todos estos años. Al enviarles el burofax se pusieron al dia con los pagos y me pidieron que les arreglará un par de cosas del piso y empezaramos de cero, una de ellas la calefacción, por lo visto no les calentaba bien pero yo desconocía ese problema. Así que lo hiceb se le arregló y ahora otra vez no me están pagando ni abril ni de momento lo que llevamos de mes de mayo tampoco y la excusa es por daños y perjuicios que han pasado frío y no me van a pagar el mes de abril. Mi pregunta es? Deberia de tener un contrato actualizado para hacer una demanda? No quiero recibir mas dinero quiero que se vayan del piso. Si empiezo a tramitar la demanda y cogen y me pagan lo que nos deben a medio trámite, que pasa? Se paralizaria todo? Debería de devolverlo? Gracias por vuestra ayuda.

    1. Hola Cristina,

      No, pues se entiende que su contrsto está en tácita reconducción por lo tanto se encuentra en vigor, no sería necesario un nuevo contrato para interponer una demanda de desahucio por impago de deudas.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  42. Buenos dias mi madre que es una señora mayor y viuda con una pensión de 400 euros tiene el piso alquilado a un funcionario del inem debe un mes de alquiler y dos recibos de luz y uno de agua. Los cuales he tenido que pagar yo. Le ha estado dando excusas y no paga. He ido a cobrarle el alquiler y los suministros y a parte se reirse en mi cara y decirme que no le da la gana de pagar me ha amenazado de muerte y me ha puesto el puño cerrado en la cara y que como le vuelva a pedir el dinero me rompe el piso y me mata jurando por Jesucristo. Que puedo hacer en este caso? No tengo testigos ya que o me esperaba tal reacción.

    1. Hola María,

      En cua do al contrato de arrendamiento, puede iniciar una demanda de desahucio por impago.

      Respecto a las amenazas, debería acudir a la policía y denunciar los hechos.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  43. Hola Eduardo,

    Gracias por este increíble blog. Tengo una duda: Mi marido y yo nos atrasamos con la cuota de alquiler y como era de esperar, el propietario hizo uso del seguro contratado y nos pidieron el piso. Ahora bien, teníamos un fiador solidario. Las cuotas que quedamos a deber, se las están embargado a mi marido de su nómina. En este caso, también le embargarán la nómina a nuestros avalista o solo a nosotros?

    Muchas gracias!

    1. Hola Catalonia,

      El fiador solo sería responsable si no pueden hacer pago a la deuda, es decir, por ejemplo en el caso que su marido dejará de percibir la nómina y no pudieran cobrar, en ese caso irían contra el avalista.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  44. Buenas noches
    Mi madre tiene un piso alquilado a tres chicas estudiantes, el padre de una de ellas se presentó en la firma del contrato solo para decirle a mi madre que era abogado de manera prepotente.
    El caso es que entraron en septiembre de 2018 y tenían dos meses de fianza y por contrato que eso no se utilizaría como renta y que si se iban antes del cumplimiento del contrato, un año, tendrían que pagar una mensualidad. Que es lo de menos.
    El caso es que el señor prepotente nos manda un burofax avisando de que no van a pagar y de que tomemos la fianza como renta que se van en dos meses y diez días y esos 10 días ya lo pagarán cuando se vallan.

    Mi madre no tiene mucho dinero para pagar abogados ya que ese dinero lo utiliza para pagar otra cosa, así que le da miedo encima complicarse.

    Sería lo más sensato denunciar ya ? Burofax? Ya que normalmente pagaban el 1 y este mes todo apunta a que ya no pagan. O simplemente esperar a que se vallan, la verdad es que es lo que menos deseo porque me parece que utilizar tu profesión para estafar como ha hecho este señor en lugar de ayudar me parece de ruin.

    1. Hola Francisco,

      La fianza no puede utilizarse para el pago de rentas. Podrán interponer acciones legales desde el primer día de retraso en el paso. Yo les animaría a defender sus intereses.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  45. Buenas tardes:
    Tengo un piso alquiloado desde septiembre a un matrimonio (mis cuñados) ellos solo me han pagado octubre, noviembre y la mitad de diciembre, el piso es de mi madre y ella ya esta harta a fecha de 14 de marzo de que ya no le hayan pagado nada mas ni la luz ni el agua desde septiembre. Mañana voy a proceder a enviarles el burofax ¿el plazo debe de ser de 30 dias?¿puedo poner otro plazo? ¿puesto que ya tengo mensajes y whatapps informandoles de todo y llamadas avisando de buena fe podria ser inferior el plazo en el burofax? los suministros no se cambiaron de nombre y siguen a nombre de mi madre pero en el contrato se especificó que corrían por su cuenta ¿eso también se puede reclamar no?.Muchas gracias.Un saludo

    1. Hola Desire,

      El plazo acertado es de 30 días. Y por supuesto que deben hacer frente tanto a los pagos de la renta como a los de suministros.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  46. Buenas tardes.
    Tengo un piso alquilado desde el 27 de marzo de 2017, el encabezamiento pone.
    CONTRATO DE ARRENDAMIENTO TEMPORAL COMO VIVIENDA HABITUAL.
    El contrato era por 6 meses,hasta el 27 de septiembre de 2017,si pasados esos meses le interesara se porrogaria el mismo.
    Los pagos serian antes de dia 8 de cada mes y las facturas cuando las presentara el arrendador.
    Fue pagando ,pero retrasandose .
    Al dia de hoy tiene las facturas pasadas pagadas.
    El alquiler lo pago hace 6 semanas ,pero se correspondia al mes de octubre de 2018.
    Desde hace 15 dias le estoy pidiendo por wsat. :que haber si me paga los 2 meses de 2018 ,noviembre y diciembre.
    Lee los wsat., pero no contesta .
    Tambien posimos en contrato que cualquiera de la partes podia anular dicho contrato,:AVISANDO CON 2 MESES DE ANTELACION.
    Que devo hacer ?.
    Quiero que se valla y me page la deuda.
    COMO EMPIEZO.??
    Espero respuesta muchas gracias.
    Un saludo

  47. Buenas tardes, quería saber si existe algún registro donde se puedan inscribir los inquilinos morosos ??, la ley de arrendamientos está hecha única y exclusivamente para beneficiar al arrendatario y si el arrendador quiere recuperar su vivienda ya tiene que interponer una demanda, incurriendo en unos gastos de abogado y procurador que rara vez recuperas.
    Por esto, sabeis si existe alguna base de datos o algún registro donde se pueden añadir a las personas que son inquilinos morosos y que son unos profesionales de la estafa ???

    gracias.

    1. Hola Juan,

      No tengo conocimiento de ningún registro de tal características.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

    2. Hola si existe un fichero de inquilinos morosos se llama FIM Ibérica.
      La página web es http://www.fimiberica.com, todos lo que hemos sufrido o estamos sufriendo el impago de rentas y ya que nos encontramos desamparados por la ley, por lo menos con este fichero podemos conseguir que otros propietarios no tengan que pasar por el mismo calvario.
      Demos publicidad a este fichero para ayudarnos entre todos y que no se vuelva a repetir.

  48. Buenas tardes:
    Tengo un piso en propiedad alquilado desde el 14 de agosto, en el contrato aparece el pago del 1 al 5 y siempre pagan a partir del 10, me deben 2 facturas de luz y el día 7 de octubre, me mandan un WhatsApp diciendo que el piso tiene muchos fallos y que no vale lo que pido, después de pasar parte al seguro, sólo han podido arreglar la parte de la fontanería, ya que al electricista no le abrieron y ahora dicen que lo han arreglado ellos. Nunca quieren quedar conmigo para tratar los desperfectos, sólo quieren que les baje el alquiler. Hoy mismo, me han dicho que a partir del mes que viene, me van a pagar la mitad y que les denuncie si quiero.
    Tengo varias dudas:
    ¿Pueden retrasarse en el pago todos los meses?
    ¿Como pueden reclamar desperfectos 2 meses y medio después de alquilarlo? No sé si lo han roto ellos.
    Me han dicho (antes de amenazar con pagar la mitad), que les devuelva la fianza y se van.
    Gracias y un saludo

    1. Hola Jesús,

      Deben pagarte en el plazo marcado. Y por supuesto deben pagar las facturas. Antes esto puedes interponer una demanda de resolución del contrato por impago de rentas y comenzar con el desahucio.

      No pueden tampoco reducir por si mismo la renta.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  49. Buenas tardes,

    Soy propietaria de un piso que tengo alquilado desde el mes de febrero de este año.

    Tal como se indica en una cláusula del contrato, el pago de las mensualidades debe hacerse entre los dias 1 y 5 de cada mes; pese a eso, la inquilina que tengo no ha cumplido ni un sólo mes con esos plazos y a medida que han pasado los meses, se ha ido retrasando cada vez más en el pago. Viven allí ella y su hija.

    Ella tiene (o tenia) un buen trabajo que le hace pasar algunos dias fuera del país.

    Me comentó que habia tenido un accidente fuera del país y que el coste del hospital le habia ocasionado muchos gastos y que estaba esperando a cobrar del seguro para ponerse al dia. Eso fue ya en mayo.

    Siempre me pone excusas y nunca me contesta ni a los whattsapps (es como hablar con una pared).

    El dia 6 de agosto le envié un burofax certificado con acuse de contenido reclamándole la deuda que tenia del mes de julio y del mes de agosto y dándole un mes para que pagara o presentaria la correspondiente demanda judicial.

    Le dejaron el correspondiente aviso en la vivienda al no encontrarla por lo que, cuando me llegó la notificacion, le envié un whatsapp indicandole que tenia en la oficina de correos un burofax esperandola por el impago de dos mensualidades y que, si no hacia frente al pago en el plazo indicado, procederia a iniciar el procedimiento judicial.

    A ese mensaje si me contestó y me dijo que me iba a pagar en unos dias.

    A la semana su hija me hizo el ingreso de un mes pendiente (julio) y ella me dijo que me habia hecho una transferencia tambien del mes de agosto que la recibiria en unos dias. El ingreso del mes de julio lo recibí pero la transferencia que me aseguró que me habia hecho me ha mentido otra vez (ya hace mas de una semana que segun ella la hizo y el dinero no ha llegado). Cuando le pido ese comprobante de que ha hecho la transferencia todo son excusas y me dice que es su empresa la que me hizo el ingreso y que me espere porque el ingreso ya lo recibiré… ) y ahora, al verse de nuevo pillada por la mentira de nuevo vuelve a desaparecer e ingorar mis mensajes sin contestarme.

    La verdad es que ya no puedo mas con tantas mentiras y el que ni siquiera me conteste. Qué es lo que debería hacer? Al darle de plazo hasta el 5 de setiembre para abonar las cantidades pendientes, aunque me haya pagado un mes, entiendo que la única solución es demandarle ya que si no lo abona antes ya tendría pendientes entonces los meses de agosto y setiembre (porque ha incumplido de nuevo el plazo estipulado en el contrato)… ?? Muchas gracias de antemano

    1. Hola María,

      Si no paga en el tiempo acordado y ya debe mensualidades, puede interponer una demanda de desahucio donde también se reclamarían las cantidades debidas.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  50. Hola muchas gracias por la información. Tengo un inquilino que lleva con retrasos desde hace ya 2 años. La luz se la han cortado por impago qunque ha pagado la deuda sigue la luz cortada y acumula una deuda de gas de 600 e. No vive en la casa. Pero se niega a abandonarla. Los suministros están a mi nombre y me lo reclaman a mi. Hicimos un contrato anual renovable a los 3 años y acaban de pasar esos 3 años. Como puedo echarlo y reclamar los suministros ?
    Al no dar señales de vida el podría entrar en la vivienda ya que el contrato termino?
    Gracias

    1. Hola Víctor.

      Si no le has mandado burofax el contrato se prorroga, por lo que no puedes entrar en la casa.

  51. Hola buenas tardes,

    A traves de cruz roja alquilamos el piso a una familia de Siria.

    Cruz roja mensualmente y durante dos años ha ayudado a esta familia economicamente…con la que pagaba el alquiler.

    Pasado este tiempo…Cruz Roja dijo a la familia Siria que se tenia que buscar un piso mas economico porque ya no iban a recibir sus ayudas. A lo que dijeron que no…que se querian quedar en el piso (hasta enero del 2020 no venceria el contrato, los 3 años).

    A fecha de hoy, nos deben 5 meses de agua y la mensualidad del alquiler no es integra desde hace dos meses…nos ingresan 50euros menos.

    Hemos hablado con Cruz Roja para que medien para q lo pague o se marche de la vivienda…y aun haciendo lo que pueden…nos han dicho que la familia no se quiere ir y que no pueden hacer mas…vamos, que se desentienden. ( El contrato esta firmado por nosotros y el sirio….en ningun lado pone que se hace cargo Cruz Roja).

    Ademas de esto, el seguro de hogar nos ha dicho que no nos renueva…por la cantidad de averias gordas que hemos tenido estando ellos y es que el piso no lo estan cuidando nada.

    Con ellos siempre nos hemos portado bien, pero ultimamente no responden a nuestras llamadas ni whassap para hablar y dialogar con ellos. Nos gustaria solucionarlo hablando o incluso ayudandoles a buscar un piso mas economico…pero creemos que va a ser muy complicado.

    Como procederiais vosotros? Que nos recomendais?

    1. Hola Mari,

      Si no conseguís llegar a un acuerdo con la familia, y no os pagan las cantidades debidas, siempre podéis plantearos interponer una demanda de resolución del contrato y reclamar las cantidades debidas.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  52. Hola, va hacer 4 años q tengo el piso a ni inquilina alquilado, el año pasado la tuve que mandar un burofax reclamando 3 meses que me debia y al mes me lo pagó. Ahira van hacer 5 meses que ne debe, la escribo por whatsapp y siempre me dice quecesta intentando recaudar el dinero, pero esto ya es la gota que colmó el vaso y no aguanto mas. El domingo la daré un escrito en mano tipo burofax para que me lo firma como recibido reclamando lo que me debe. Se que no me lo va a pagar. Cual es el siguiente paso que debo hacer?, Porque ya quiero que se vaya. Un saludo

    1. Hola Yolanda,

      Interponer una demand de desahucio.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  53. Buenos dias, las estamos pasando canutas, tenemos a 2 inquilinas (una persona mayor y su hija de 43 años con deficiencia mental) ambas crean muchos problemas en el edificio, iniciamos hace 6 meses un proceso de desahucio despues de 9 meses de impago (no teniamos dinero para iniciar los tramites antes) estamos pagando la hipoteca del inmueble alquilado y todo esto a hecho que estemos en un apuro economico muy grande, ahora mismo estamos viviendo en casa de mis padres porque por su culpa no podimos afrontar nuestro alquiler e hipoteca a la vez, teniamos el desaholojo el dia 14 de este mes y 2 dias antes nos han dicho que como pobrecitas ellas no tienen donde ir les dan otro mes hasta el 24 de julio, ahora se nos rie a la cara y nos dice que no podremos hecharla por ser mayor y que podemos esperar sentandos a recuperar el piso… Todo esto es desesperante tenemos una nina pequeña y estamos malviviendo por culpa de esta escoria, puede paralizar el proceso mas ? Es verdad que no se la puede hechar por ley ? Esto es muy frustante…

    1. Hola Ana.

      Comprendo tu desesperación.

      No obstante, sería muy muy raro que les concedan una segunda prórroga.

      A tu pregunta de si pueden quedarse ahí para siempre, rotundamente no. Se les va a desalojar casi con total seguridad el 24 de julio, dado que es la fecha que os han dado tras la solicitud de prórroga.

      Pero de todos modos, pregúntale a tu abogado que seguro que conoce muy bien el proceso y et sabrá asesorar mucho mejor que yo.

  54. Buenas tardes,

    Mil gracias, le mantendré informado. La entrega de llaves serás sábado 26 de esta mes, espero…

    Atentamente

    Ignacio

  55. Buenas noches, mi nombre es Ignacio y me gustaría saber cómo puedo afrontar una deuda por parte del inquilino de mas de 2.000 euros en agua, luz y gas que me debe. Cuando éste se marcha a finales de mes. Entiendo que la única solución sería demandarle..
    Un saludo

    1. Hola Ignacio.

      Espérate a finales de mes.

      Si se marcha podrás reclamar solo la deuda, mediante un monitorio (si sabes dónde vive) o un verbal (si no lo sabes).

      Pero si no se marcha habrá que poner demanda de desahucio. estaré encantado de poder ayudarte si así lo necesitas.

  56. Hola le cuento mi caso tenia alquilado el piso a un matrimonio pero se an separado y ahora vive la esposa en el piso pero no paga asi no se que hacer por q el arrendamiento esta a nombre del ex por lo tanto contra quien hay que poner la demanda ella no figura en el contrato.un saludo Mariana

    1. Hola Mariana.

      Demanda de desahucio frente a él. Y si por algún motivo no la desahucian a ella habría que poner una nueva demanda frente a ella, pero suele funcionar con la primera.

  57. Buenas tardes! Mi nombre es Mikaela,necesito un consejo! Vivo de alquiler con mi marido y mi hija desde un año y medio! El primer contrato fue por un año,luego la dueña no quizo renovarlo,vivimos ahora de alquiler pero sin contrato! Debo cuatro meses de alquiler,hable con la dueña y le pedi que de los cuatro meses dos podrian cubrirse con las dos fianzas que deje al entrar en el piso,se niega,me dice que la fianza no se toca! Quiero pagar,aunque sea poco a poco,pero nececito tiempo para tener ingresos! La doña me dijo que el dia 1 de Mayo me vaya de su casa! Que hago,a donde voy a ir sin dinero y sin nada! Que puedo hacer?

    1. Hola Mikaela,

      Siento que esté pasando por esta situación.

      Al deber cuatro meses de fianza, la arrendadora puede interponer si no se marchan una demanda de desahucio. La única vía sería poder llegar a un acuerdo con la arrendadora.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  58. Mi inquilino es una empresa de madrid que ha enviado a unos trabajadores a malaga , donde se sitúa el domicilio. Varía en algo que en inquilino sea una S.L.?

    1. Hola Carlos,

      No varía, sino te pagan la renta podrás interponer una demanda de desahucio por impago de rentas.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  59. Hola! Tengo un amigo q es propietario de un piso q alquilo a una pareja con un contrato. Todo bien, hasta q empezó a pagar con retrasos de meses. El problema gordo vino cuando mi amigo le llegó una notificación de multa del ayuntamiento por alquiler turístico. Al inquilino se le ocurrió de realquilar el piso…
    Obviamente, después de esto, le dijo q se marchara del piso y q le pagara la deuda. El inquilino paso de todo. Ante esto, lo han denunciado y tienen juicio el mes q viene, han pedido desahucio express. Ahora resulta, q el abogado de su inquilino ha contactado con el, q se ha ido del piso pero las llaves las tiene el abogado. Como puede recuperar mi amigo su piso y q le pague la deuda? Gracias

    1. Hola Rocío,

      Lo mejor sería continuar adelante con el proceso, y que sea el órgano judicial quien decida.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  60. Hola Eduardo,
    Tenemos un contrato de una vivienda de arrendamiento por un año y que venció en 1 de Marzo del 2018. No hemos renovado el contrato. Del primer año debe 200 €.
    El Inquilino llamó a mi Madre el 10 de Marzo para decirle que NO podrá pagar este mes de Marzo y que lo haría más adelante.
    ¿Cúal es nuestra situación actual, por el asunto de la renovación sin hacer?
    ¿Cuándo debemos mandar el burofax y empezar con el proceso de desahucio…?

    Gracias de Antemano y un Saludo.

    1. Hola Luis,

      Si os debe esa cantidad, podéis interponer una demanda de desahucio por impago de rentas. Si bien antes, puedes enviar un burofax reclamando la deuda y pidiendo la resolución del contrato por incumplimiento de la obligación del pago de renta.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  61. hola tengo una casa alquilada el contrato vencio mayo 2o17 2 años se han acogido prologa asi finaliza el proximo mayo hace 4 meses no pagan la renta no ay con quien tratar los llevo juzgado quisiera saber cuanto se puede demorar? y si el que se termine el contrato va a mi favor?en mayo seran los tres años era de 2 el conytrato muchas gracias por su respuesta

    1. Hola María,

      Debes interponer una demanda de desahucio por impago de renta. Este proceso suele tardar entre 5 y 6 meses.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  62. Buenos dias,

    Mi madre esta en proceso de desahucio con su inquilino ya que no ha pagado el alquiler durante 20 meses. La fecha de lanzamiento de desahucio es el 25 de Junio. El juicio era el 13 de marzo pero ya que no se ha opuesto a la demanda, la abogada de mi madre la llamo el pasado viernes para decirle que el inquilino no se ha opuesto y por tanto no se celebra.

    El inquilino ya no vive en la vivienda desde hace 1 año por que la casa esta sin sumistro de luz. El contrato de luz estaba a nombre del inquilino anterior y no cambiaron el contrato de nombre, no pagaron las facturas y le cortaron el sumistro.

    Yo acabo de volver del extranjero despues de 8 años, tengo mujer y dos niños. Necesito una vivienda y me gustaria acceder a ella puesto que es de mi madre y este impresentable no paga, no vive en la casa y no quiere entregar las llaves.

    Que me aconsejais, que puedo hacer? Estoy ya desesperado. Vaya una verguenza de justicia que tenemos.

    Muchas gracias de antemano, espero su respuesta.

    Un saludo,
    Raul

    1. Hola Raul,

      Siento que estés pasando por esta situación.

      Tendrás que esperar a la fecha del lanzamiento.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  63. Buenos días don Eduardo:
    Mi inquilino le venció un contrato de alquiler el 31-12-2017 que era a tres años, pero antes de su vencimiento hicimos una prórroga de contrato a un año más o sea hasta 31-12-2018 con un aumento de alquiler de cien euros, pues bien el mes de Enero ha pagado , el Febrero ya no ha pagado y ahora me dice que quiere dejar el piso, Puedo pedir el cobro total de hasta el 31-12-2018 ya que fué él el que quiso prorrogar el contrato o bien dejo que se vaya para evitar más problemas?
    Gracias por anticipado

    1. Hola Manuel.

      Si es una prórroga no puedes cobrarle lo que queda de año, sino que se puede ir libremente.

  64. Buenas tardes. Tengo un piso en propietat en Reus. Hace ya un año que interpuse una denuncia a los inquilinos por impago del alquiler. Me gustaria saber cuanto más puede llegar a tardar este asunto en mi ciudad (en tu otro post no aparecia). Tambien queria saber si el hecho de que los inquilinos tengan un hijo pequeño o que ella se quedara embarazada de nuevo podria retrasado todo aun mas. Gracias de antemano

    1. Hola Carol.

      Estoy llevando un proceso ahora mismo en Reus y se está retrasando bastante, así que no me resulta extraño lo que me estás contando.

      Sobre el tema de los menores, puede afectar pero no suele haber retrasos por esos motivos de más de un mes y medio o dos meses.

  65. Buenas tardes, he estado leyendo los comentarios de la página y mi caso es parecido al de Teresa.

    Mis padres poseen varias viviendas para alquilar y en una de ellas vive una familia compuesta por una pareja y tres niños. Deben ya tres o cuatro meses y siempre utilizan a los niños de excusa por el impago. A mis padres, que además de estar enfermos y ser muy mayores ya, son muy buenas personas, les sabe mal y le van creyendo su palabra de que cuando tengan dinero pagarán. Sin embargo, el tiempo pasa y la realidad es que cada vez se acumula más deuda.

    Ella es viuda, y los tres hijos son de ella con su pareja fallecida, por lo que, aunque no se la cantidad exacta, debe cobrar pensión de viudedad al igual que los niños de orfandad (tal y como ampara la ley). Según he leído por internet, el mínimo rondaría los 800 euros. Además, su actual pareja trabaja en una empresa de mi pueblo, por lo que sé que percibe una nómina con el sueldo mínimo interprofesional como poco. Por tanto, ellos tienen ingresos suficientes como para hacer frente al pago del alquiler pero aún así no lo hacen.

    ¿Qué debo hacer? ¿Existe alguna manera de comprobar el dinero que cobran cada mes y así poder enfrentarme a ellos? (ya que siempre le «lloran» a mis padres que no han cobrado siendo mentira) Al presentarles el burofax, ¿con firmarmelo como que lo recibe sería suficiente para que sea válido ante un juez? ¿Qué pasos debería seguir y cómo me recomiendas que negocie con ellos?

    1. Hola.

      No se puede averiguar de antemano cuánto cobran.

      No obstante, lo que tienes que hacer si no te pagan es interponer demanda de desahucio para recuperar la vivienda lo antes posible.

      Una vez que hayas recuperado la casa, ya será momento de ver si reclamas vía embargo las deudas acumuladas, pero lo primero es recuperar la vivienda.

      Si quieres mándame a info@abogadosparatodos.net el contrato de arrendamiento y le echo un vistazo para asegurarme que no vaya a haber ningún problema en caso de poner la demanda.

  66. Buenas tardes Eduardo:
    Tenemos una vivienda alquilada a una familia con tres hijos menores. Desde el principio empezó a haber retrasos en las mensualidades hasta que desde el pasado mes de agosto no han vuelto a pagar nada. Se les envío un burofax reclamándole la deuda y avisándoles de que debido a los impagos no estábamos dispuestos a renovar el contrato que cumple su primer año el próximo 1 de febrero. Nos dijeron que no podían pagar, pero que se marchaban antes de que se cumpliera el contrato y ahora, a una semana de tener que abandonar la vivienda, nos dicen que no tienen donde ir y que no se marchan y nos han hecho un ingreso de una mensualidad. Nosotros les hemos dicho que lo que queremos es que se vayan pero argumentan que no van a dejar a sus hijos en la calle. Ya se nos ha acabado la paciencia y estamos dispuestos a denunciar la situación y llegar al desahucio si un juez lo considera pertinente, pero no sé qué posibilidades tenemos y si deberíamos ponernos en contacto con los servicios sociales ya que siempre se escudan en sus hijos menores y no creo que tengamos que responsabilizarnos nosotros de ellos… Además nosotros también estamos pagando un alquiler en otra ciudad, a parte de la hipoteca de la vivienda que ellos ocupan.
    Un saludo y gracias de antemano.

  67. Buenos días Eduardo,

    mi inquilino ha dejado de pagarme este mes y me dice por escrito, que no lo hará hasta que no arregle unos problemas de humedades. Me informó en diciembre, y no he conseguido, por las fechas, que fuera alguien a solucionarlo hasta la semana pasada. A pesar de hacer todo lo que está en mi mano, dice que me va a descontar, cuando me pague, los gastos de calefacción y en su caso los médicos por una infección en sus vias respiratorias por moho.

    Puede dejar de pagar la renta alegando que la casa no tiene condiciones de habitabilidad? En caso de que me ponga una denuncia por lo penal, como ha llegado a decir, esta podría interferir o parar un proceso de desahucio interpuesto por mi?

    Gracias. Un saludo,

    1. Hola Enrique.

      Normalmente los jueces no admiten ese tipo de motivos, sino que si el inquilino tiene problemas de salud debe reclamarte una indemnización a través de otro tipo de procedimiento, pero no dejar de pagarte.

      1. Buenos días Eduardo,

        gracias por tu respuesta. Creo que voy a iniciar el proceso de desahucio.
        Tengo una confirmación por escrito a traves del email del inquilino, de que no va a pagarme el mes de enero, de hace un mes.
        Es suficiente esta comunicación solicitando el pago y su posterior contestación negándose, para evitar la enervación, o es necesario el envio del burofax y esperar otro mes.
        Una vez iniciado el proceso, ya no me interesa que pueda pagar y quedarse en la casa.

        Muchas gracias. Un saludo,

        1. El email es muy fácil e manipular, por lo que si la parte contraria impugna su validez habría que aportar un informe pericial sobre la autenticidad del email… un roollo vamos.

          Por tanto habría que mandar burofax con copia certificada y esperar otro mes. Pero… ¿y si no coge el burofax?. Pues ya tenemos otro problema añadido. ¿Le dará el juez validez?.

          En mi opinión, y es lo que suelo hacer en el 90% de los casos, lo mejor es poner demanda sin burofax y dando opción a enervar, pues por mi experiencia sólo suelen enervar cuando se trata de locales comerciales, pero en viviendas prácticamente nunca.

  68. Hola, tengo alquilada una casa desde hace 6 meses a un matrimonio extrangero con 3 hijos. Por unos porblemas con la calefacción por radiadores que está costando solucionar, han decidido unilateralmente pagar menos importe de alquiler hasta que estén solucionados los problemas (un 25% menos). El problema se reduce a algunos radiadores que no calientan lo suficiente y que después de varias actuaciones de técnicos siguen funcionando mal. La casa tiene además aire acondicionado con bomba de calor, por lo que el problema no tiene porque afectar a su confort. ¿ Tienen algún derecho a pagar menos por ese motivo ? ¿ Cuál seria la mejor manera de actuar ? Me gustaría no aplicar las prórrogas del contracto al finalizar el primer año, ¿ podría se este un motivo suficiente ? ¿ Una vez finalizado el contrato, podría deducir los importes que no han pagado de la fianza que tengo depositada (4 meses) ?
    Gracias !!

    1. Hola RR,

      No podrían descontar ese importe de la renta, pues estarían incumpliendo el contrato de arrendamiento y podrías interponer una demanda de desahucio.

      Si es como me lo cuentas, parece que no afecta a la habitabilidad de la vivienda, pero si afectará estarías obligado a realizar todas las reparaciones que sean necesarias para conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido. Si no lo hicieras podrían rescindir el contrato.

      En cuanto a no seguir con las prórrogas si te pagan las rentas en su debido momentos, y cumplen sus obligaciones, y siempre que sea un contrato de vivienda habitual entonces el contrato se renovaría hasta los 3 años.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  69. HOLa llevo 5 meses sin cobrar el alquiler de mi piso, ya mande el burofax pero no me han contestado. Desde agosto no me contestarán al whassap ni a las llamadas y la última vez me dijo que si volvía a llamar me iba a denunciar por acoso . He ido a la policia y me ha dicho que ahí no se puede denunciar. Que hago? Como tengo que hacer legalmente? Donde acudo? Alguien me puede ayudar gracias

  70. Un inquilino que se salta todas las cláusulas, No animales, tiene animales, no paga los suministros, calefacción a cuenta del propietario. Paga la fianza y el 1º mes, nunca pago más, lo llaman dos veces al juzgado, no aparece, y tarda el juzgado un año en desahuciarle!!!. Resulta insolvente, no hay nada que hacer, te dicen que mala suerte y el inquilino a joder a otro propietario.
    Parece que los propietarios de viviendas están sosteniendo a los profesionales de viviendas. No compensa alquilar viviendas aún pagando la multa que quiere poner el gobierno por tener una vivienda cerrada.
    En Alemania, un inquilino no paga, en 24 horas va la policía y lo echa. En España, como en todo, vamos tirando de la carreta. Todo lo que cuentan en internet q la nueva ley al mes el inquilino está fuera es mentira. pobres a los que nos coge. No hagáis caso de todo lo que dicen, hay que pasar por ello, no se lo deseo al peor enemigo.

    1. Hola.

      Vaya, si que has dicho cosas.

      La culpa es de todos… ¿menos de ti?.

      Hay que empezar a mirarse un poco más el ombligo cuando se trata de responsabilidades.

      Cuando alquilas una vivienda estás asumiendo un riesgo. Un riesgo de impago.

      ¿HAS PENSADO EN ASEGURAR ESE RIESGO?.

      Por qué no trasladas a una aseguradora el riesgo de impago?.

      De esa forma aunque el sistema judicial siga siendo lento, tu cobrarías tu renta.

      Lo dicho (para ti y para los que culpan a los demás -o al Estado- de sus desgracias), hay que tener claro que alquilar es un riesgo, y simplemente con el gesto de pagar un precio, el riesgo se va.

  71. Buenas, tengo un inquilino en un apartamento que no me ha pagado los dos últimos meses, también debe los recibos de la luz que está a mi nombre pero se lo pasan por su cuenta (yo no he pagado esos recibos con lo que imagino que le habrán cortado la luz o estarán a punto) entiendo que por esto no podrá denunciarme ya que le pasan las facturas por su cuenta y yo no se si debe o no debe dinero.
    Esta persona no me coge el teléfono ni tampoco la puedo localizar, mi pregunta es si puedo rescindir el contrato ya que acaba el día 22 de diciembre avisandole un mes antes, y si una vez rescindido puedo entrar a mi apartamento.
    Tengo también un documento de la empresa garantia de alquiler que hice en su día y que no se si valdra de mucho.
    Gracias de antemano.
    Un saludo.

    1. Hola Manuel.

      Si se produce un corte de suministro podrías verte afectado, pues si la inquilina te denuncia por coacciones (permites el corte de luz para lograr que se vaya) podría verse retrasado el hipotético proceso de desahucio (en caso de que lo inicies).

      Dada la situación en la que estás, si quieres mándame el contrato de arrendamiento a info@abogadosparatodos.net y le echo un vistazo para asegurarme que no vaya a haber ningún problema en caso de poner la demanda.

      Lo del alquiler garantizado habría que verlo también.

  72. Buenos días. Tengo una casa alquilada desde Enero y a la inquilina ya en Febrero le tuve que llamar la tención para que ingrese el dinero.En Junio dejó de pagar parte, En Julio lo mismo a lo que se sumaba lo anterior y en Agosto igual. Todo lo atrasado lo pagó el 28 de Agosto con lo cual ya estaba al día. La fecha de pago la tiene del 1 al 10. Este mes me lo ha ingresado el día 29 a última hora. Debe la luz, no ha pagado mas que el mes de Marzo, fui a Iberdrola y me comentaron que toda la deuda que se acumule se la cobrarán a ella ya que está el contrato a su nombre; y el gas .está en las mismas condiciones ¿ qué puedo hacer?

    Un saludo.

    1. Hola Maite.

      por ahora poco puedes hacer, ya que no hay deuda.

      En el momento en que se acumulen dos mensualidades (aunque con una sería suficiente) se podría poner demanda de desahucio.

  73. Hola, mi problema es el siguiente.. mis inquilinos me deven 2 mensualidades y las facturas de la luz y el gas, es mas se las reclamo y me amenazan con miseria, encima que no me pagan tengo que soportar esto, necesito ayuda. Gracia

  74. Tenemos un problema Eduardo, nuestro tio tenía un chalet con un contrato privado sin pagar renta pero con horas de trabajo mensuales en concepto de renta y el pago de los suministros, el tio falleció, el contrato ya ha vencido los 5 años, no han hecho los trabajos, no han pagado los suministros dentro del contrato, siguen en la casa fuera de contrato sin pagar los suministros y por fuera la casa es una gitaneria( arboles pintados, bolsas de basura en lo que era el jardín, porque ahora ya no tiene césped, se lo han cargado, lleno de cacas de perro, de mondas de naranja etc y por supuesto siguen sin realizar trabajos en la finca. ¿Cómo es posible que tengamos que pagar los suministros a esta gentuza? Se les ha puesto un deshaucio pero como hacer para no pagarles más sin que lo consideren una coacción. Gracias de antemano.

    1. Hola Olga.

      Si están domiciliados los pagos, cuando no exista saldo, cortaran suministros.

      Seguro podréis acreditar la existencia de gastos necesarios vuestros de supervivencia que os impiden atender dichos recibos. A mi juicio no habría coaccion pero Olga siempre nos movemos en el ámbito penal, y ya sabes que nuestro criterio es desahuciar y nunca cortar suministros

      Un saludo

  75. Hola, quisiera saber si despues del desalojo,
    Para embargarle lo que a quedado de deuda, gastos de abogado y procurador en caso de decreto, o desperfectos en la vivienda, tengo que pagar otra vez abogado?

    1. Hola isabel.

      Cada abogado puede hacer lo que quiera. No obstante, hay que poner una nueva demanda para embargar, por lo que normalmente casi todos los abogados te volverán a cobrar por ese nuevo proceso.

  76. Hola, buenas noches.
    Mi problema es el siguiente.
    Yo tengo un contrato verbal con mi inquilino , ya que son apartamentos turísticos y no se pueden registrar, bueno , el caso es que entro a vivir el día 5-9-2013 ,el 5-9-2016 ya le informamos que queríamos subirle la mensualidad ,nos pidió que por favor no lo subiéramos hasta enero porque tenía un problema personal , accedimos esperar a enero , llegada dicha fecha se negó a pagar la subida , le pedimos que debía abandonar la vivienda ,ya que como el contrato es verbal es renobable mensualmente, a lo que el inquilino nos reclamó que como ya lleva tres años el contrato se había renovado por un año automáticamente,lo cual nos informamos y era cierto,aún así nos aseguró que abandonaría la casa en junio , después no que junio le venía mal que se iría en julio , pasado unos días nos comunicó que septiembre , llegado este mes nos dice que no se va hasta el día uno de octubre , que tiene que recoger sus cosas y que lo hará cuando pueda , a todo esto este mes de septiembre no nos pagó la mensualidad , no siendo esto todo nos dice que le surgió un problema y que no se va hasta el 15 de octubre .
    Mi pregunta es , que hago ante esta situación ? Porque no quiero tenerle otro año dentro de la vivienda ,incumplió lo acordado metiendo un perro en la vivienda sin comunicarlo,llevó a su novia a vivir con el sin avisar , debe los 4 años de suministro de agua y de luz , de verdad este inquilino es una pesadilla y lo único que quiero es saber qué hacer o donde ir para que se vaya ya .
    Gracias y espero vuestra respuesta .

  77. Buenos Dias, tengo un piso alquilado y los inquilinos me adeudan cuatro meses de alquiler, así mismo también adeudan cinco facturas de luz y dos de agua. Él posible problema es que el contrato (por escrito) Finaliza el 26 de Octubre del 2017, no me cogen el teléfono y no tengo noticias de nada. Qué me aconseja hacer. Muchas Gracias

  78. Hola :
    Tengo un inquilino que no paga el agua ni los alquileres y en su dia se puso en el contrato que tenia darse de alta su nombre pero solo la domicilio para evitar gastos de enganche la compañía me reclama la deuda puedo pedir a la compañía que me de de baja y tengo que pagar lo que el resta aunque esta domiciliada a su nombre .

    Saludos y Muchisimas gracias

  79. Hola!!estoy viviendo de alquiler y tengo un contrato de 3 años,pagando cada mes,el día 17 de agosto se cumplen solo 2 años y el dueño me dijo que tengo que buscarme otro piso porque el va vender el piso.mi pregunta es :el puede vender el piso si hay un contrato que todavía no se termina??

    1. Hola Valentina.

      Puede vender el piso pero contigo dentro.

      El arrendador solo puede dar por terminado el contrato (antes del tercer año) si es para habitarlo él. Si es para venderlo no puede echarte.

  80. Hola, tengo alquilada la vivienda a un matrimonio marroquí desde hace dos años con un contrato que se renueva automáticamente cada año, pero hace dos mese que no quieren pagar, ya le hemos mandado el burofax y todavía se niegan dicen que nos veremos en el juzgado. Mi pregunta es; el juez siempre desaloja al inquilino por no pagar? Gracias. Un saludo.

    1. Hola Yolanda.

      Si, siempre van a ser condenados a ser desahuciados si no pagan.

      Si quieres mándame el contrato de arrendamiento a info@abogadosparatodos.net y le echo un vistazo para asegurarme que no vaya a haber ningún problema en caso de poner la demanda.

  81. Hola,
    Mi problema es el siguiente. Tengo alquilada mi vivienda desde enero y desde el primer mes he tenido que estar reclamando el pago del alquiler. Por contrato debería pagarme entre el 1 y el 5 pero nunca ha pagado antes del 10. He aceptado la situación aunque como te digo he tenido que reclamar el pago todos los meses. Hoy es dia 17 y después de 10 días reclamandole el pago aún no he recibido nada. Pero es que encima me he enterado de que le han cortado la luz porque debe casi 500€ desde marzo. Lleva 3 meses fuera del país según ella por un tema personal pero aunque tarde ha seguido pagando. Hoy ya me aparece el teléfono apagado y no tengo como localizarla. El contrató de luz está a su nombre por cierto. Que tengo que hacer? Aunque me pagará este mes puedo reclamarle que abandone la casa por incumplimiento de contrato?
    Gracias

  82. Buenos días, tengo un inquilino que me debe 2 meses de alquiler y su disculpa es que se confunde con la transferencia. El caso es que quiero tramitar la orden de desahucio y me gustaría saber si los contratos con derecho a compra tienen la misma línea a seguir. En este caso el inquilino nos ha adelantado 6000€ que se descontarán en caso de ejecutar la orden de compra.

    Un saludo.

    1. Hola Samuel.

      Un contrato de arrendamiento con opción a compra tiene dos partes. Una de arrendamiento y otra de (posibilidad) de compraventa.

      Por lo tanto, si el inquilino no cumple con las condiciones del arrendamiento (pago de la renta) se puede pedir al juez que de por finalizado el contrato y te devuelvan la vivienda.

      Si quieres mándame el contrato a info@abogadosparatodos.net y le echo un vistazo y te digo.

  83. Buenos días, mi inquilino se va del país un año, quiere seguir pagando las mensualidades etc., pero no me fío ya que tiene que des empadronarse etc., Hay alguna forma de atar que si no abona la mensualidad le desalojo? Más que nada porque no veo fácil ponerme en contacto con el si sale de España.
    Gracias

    1. Hola Fernando.

      No puedes hacer nada. Sólo esperar a que se produzca el impago y, en ese momento, poner demanda de desahucio.

      Si quieres mándame el contrato a info@abogadosparatodos.net y le echo un vistazo para asegurarme que no vaya a haber ningún problema en cuando llegue el momento de poner la demanda.

  84. Hola. En mi caso esta a punto de hacer yn mes que no me paga. Segun la inquilina poe que cambio de cuenta bancaria y es funcionaria…y se lo mandaron a la anterior…en fin. Entre el 1 y 5 de agosto hace el mes. Esty esperando a que haga el mes. Te pido consejo…bien mando burofax reclamo deuda ò mando burofax reclamo deuda y les doy dias para que se vayan….en burofax se deberia decir que si no paga le demando.
    Es la primera vez q alquilo.

  85. Muy buenas,
    Tengo una inquilina que para el mes de Mayo decidió por su cuenta enviarme solo 100€ de alquiler. Ella paga 200€ mes. Y me dice que reste la cantidad de la fianza que es de 300€. Ella tiene un contrato hasta 31 de Julio y aun tiene que pagar los gastos. A dia de hoy no ha pagado ni los 100€ que faltan de mayo ni los 200€ de Junio. Es de Grecia. Como puedo hacer?

  86. Muy buenas, mi inquilina se fue sin pagar el mes de junio y julio. Dejó las llaves en la habitación.
    Siendo una cantidad menor de 2000€ puedo ir al tribunal yo mismo no?
    Pero, tengo sus datos, es española pero se fue a vivir en el Reino Unido. Como funciona en ese caso? Tengo una direccion española pero ya quien sabe si es de sus padres o de quien. Como se actua en estos casos?
    Muchas gracias.

  87. Hola
    Verá, tengo que desaldesalojar la vivienda de alquiler porque mi casera quiere alquilarla más cara y nosotros no.podemos pagar esa cantidad. Me viene con una carta diciendo que debo x lo menos 3400€ de los cuales eso es mentira, además siempre hemos tenido problemas porque no nos daba las facturas de alquiler, no firmó el contrato último que nos hizo, o sea que es si estuviésemos sin contrato. Estuvimos 1 año sin termo porque no nos lo quiso arreglar, con la luz del baño hizo lo mismo y la arregle yo, vivimos aquí mis padres y yo, mi padre cobra ahora 426€ pero debemos mucho y yo mis 426 se los queda un banco de un préstamo que pedí al banco cuando estaba trabajando. Tengo este mes para abandonar el piso, mi madre no cobra nada, mi padre tiene obesidad mórbida y casi no se puede mover.tengo una hija de 6 años a la que no puedo pasar nada porque no lo cobro y yo no puedo pagar una supuesta deuda que ahora dice que debo.tampoco tenemos donde quedarnos ni otro piso porque no hay dinero, vivimos de caritas y Cruz roja.que puedo hacer?puede contestarme por mi correo por favor? Mil gracias

  88. Hola,

    Queria consultaros, tengo un piso alquilado y llevan dos meses sin pagarme y no me cogen el teléfono ni me pagan.
    Resulta k mirando el contrato no pusimos fecha de fin pero ya es la 3 vez que se lo renovamos y siempre fue por un año pero ahora no queremos que sigan ahí ya que solo nos dan problemas, tuvieron la luz y el agua y yo tuve que pagar el enganche y todo. Quiero echar los por no pagarme y por fin de contrato como puedo hacer? Es un problema que no pusiera el tiempo exacto?
    Gracias

    1. Hola Rebeca.

      No es un problema que no hayas puesto fecha de finalización.

      Mándame el contrato a info@abogadosparatodos.net y le echo un vistazo para asegurarme que no vaya a haber ningún problema en caso de tener que poner la demanda de desahucio.

  89. Muy buenas,
    Mi inquilina se ha ido del piso dejando las llaves y no quiere pagar el mes de junio. Ademas su fianza cubre solo parte de los gastos. Su contrato era de 12 meses. Y solo me envío un whatsapp diciéndome que se iba a ir el 15 de Mayo.
    Yo lo que quiero es que pague el mes de junio y julio y los gastos. No hay desahucio.
    Gracias.

    1. Buenos días Marco,

      En tu caso, tendrías que presentar demanda en reclamación de cantidad, por los meses y suministros dejados de abonar, en los juzgados de tu localidad.

      Si quieres que estudiemos tu caso y presentemos la reclamación ponte en contacto con nosotros en el correo info@abogadosparatodos.net y te llamamos

      Un saludo

      1. Hola, tengo un problema parecido al que se comenta. El inquilino no pagaba el mes y me puse en contacto con él y me dijo que se iba de repente. Me hizo entrega de las llaves y quedó por escrito. Me ha dejado adeudado una cantidad que se ha comprometido a pagarme en un mes como máximo pero no me fío. Puedo poner en el juzgado la reclamación? o debo esperar? la verdad es que no me fío porque han sido muchas mentiras pro su parte. Como he de proceder? Muchas gracias de antemano.

        1. Hola Frida.

          Puedes poner una demanda cuando quieras. No tienes que esperar a ver si el inquilino cumple o no.

  90. Muy buenas:

    El contrato con mi inquilino vence mañana día 16 de mayo. No hemos renovado el contrato puesto que me debe la mensualidad de abril y la de mayo, y aunque él paga los suministros a través de su cuenta bancaria, sé que también ha habido problemas en este sentido. No le he comunicado con antelación que no se renovaba el contrato puesto que mi pareja le advirtió de que si no se ponía al corriente de los pagos antes del 16, que fuera sacando sus cosas porque el 16 cambiaba la cerradura. Si sigue en el piso sin contrato, ¿qué puede ocurrir? Voy a enviarle el contrato que firmamos a su correo por si me puede orientar. Gracias.

  91. Hola, el juez dictaminó día de juicio y alzamiento pero mi inquilino alegó y solicitó abogado de oficio. Cuánto se podría dilatar más? Son ya 7 meses. Gracias.

  92. Hola Eduardo.
    Tengo una inqulina desde noviembre del año pasado y lleva desde enero pagando el dia 25, pero marzo ya no lo ha pagado, no responde wassap ni teléfono.
    ¿Tengo q enviar burofax y esperar 30 dias más para denunciar?
    En caso de ir con abogado, ¿Esos costes los devuelve en inquilino?
    Las empresas que se dedican a echar al inquilino cuando denuncias ¿son legales?
    Muchas gracias.

    1. Hola Daniel.

      No puedo hablarte de la legalidad o no de esas empresas, pues no me he pues no me he puesto a fondo a investigar su operativa.

      Mándame si quieres el contrato de arrendamiento a info@abogadosparatodos.net y le echo un vistazo para asegurarme que no vaya a haber ningún problema en caso de poner la demanda.

  93. Buenas tardes,
    Queremos comenzar el proceso de deshaucio sobre el inquilino puesto que nos debe dos mensualidades y suministros. El contrato comenzó en Enero.
    La cuestión es que nos propone que le devolvamos la fianza y él se va (sin pagar lo adeudado), y nos hemos negado.
    Nos avisa que él es pensionista, que paga manutención de sus hijos y que el resto de la nómina la tiene embargada, y que así ningún juez lo va a echar de casa.
    Tiene razón?

  94. Buenas tardes, tengo alquilado un piso por 3 meses, solo me han pagado mes y medio de alquiler, el resto me lo deben, además de todos los suministros, solo tengo la mitad de una mensualidad de fianza, el contrato ya ha terminado esta sin contrato, no contestan las llamadas de teléfono ni wasap, no me puedo poner en contacto con ellos, ya que no meda oportunidad.
    Mi pregunta es, que puedo hacer legalmente, yo puedo entrar en el piso, ya que el contrato termino?.
    Un saludo y muchas gracias.

  95. Hola
    Tengo un piso alquilado y acabo de enterarme por el portero dela urbanización de que se han largado del piso y que han dejado las llaves dentro del buzón. Deben 3 meses y me han comunicado por whats que el mes de enero lo pagan con la fianza.
    Me encuentro totalmente indefensa. Debían pagar entre el 1 y 5 de cada mes y siempre ingresaron más tarde xq así me lo solicitaron…. Mi pregunta es: ¿para qué sirve el contrato? Se van con total impunidad a sabiendas de que no les va a ocurrir nada y mientras los propietarios tenemos que hacernos cargo de sus deudas.
    Le agradecería que me dijese si puedo hacer algo. Los teléfonos están apagados o simplemente no responde,

    Muchas gracias

    1. Hola Berta.

      Tal y como te he comentado por email, y reproduzco de nuevo para el resto de lectores, puedes entrar en la vivienda porque el inquilino ha dejado una nota al portero diciendo que deja las llaves…

      En cuanto a la deuda, podrás hacer la reclamación sin abogado ni procurador por ser la deuda menor a 2000 euros.

      En el juzgado te informarán y te darán un formulario para interponer la demanda.

      Esto es así por ser sólo una reclamación de renta, ya que si hubieras tenido que poner una demanda de desahucio si que te haría falta abogado y procurador.

      Así que después de todo has tenido la suerte de que te han entregado las llaves.

      Suerte.

  96. hola. yo he alquilado mi piso a una pareja estranjera de Dinamarca. No me han pagado el alquiler desde hace 6meses ya y mi pregunta es si yo voy a juzgado sin que ellos estan aqui..que se puede hacer? es que ellos se fueron a su pais…o otro pais no tengo ni idea entonces como lo hago para que me pagen por los 6meses que estuvieron vivendo aqui?

  97. Hola

    Tengo un inquilino que entró a vivir en Marzo al piso y hasta Agosto ha pagado bien, pero al ver que en Setiembre no me pagaba me puse en contacto con él y me dijo que se había confundido al hacer la transferencia y en cuanto se lo devolvieran me pagaba, tenía serias dudas de lo que me contaba pero bueno, en este mes, Octubre, todavía no he cobrado ni el anterior ni este, he estado varios días intentando ponerme en contacto con él, para que si no puede pagarme llegar a un acuerdo para que deje la vivienda, pero nada, ni vía telefónica, ni vía Whatsapp. Así que leyendo esta página le he puesto un burofax pero no lo recoge. Mi duda ahora es que pasos debo seguir. ¿Tengo que esperar 30 días a partir de que lo recoja? ¿Si no lo recoge no puedo hacer nada?

    Saludos

    1. Hola María.

      Mi consejo es poner la demanda sin esperar a que recoja o no recoja el burofax, pues a día de hoy te debe dos mensualidades y eso es motivo suficiente para poner la demanda.

      Si quieres mándame el contrato de arrendamiento a info@abogadosparatodos.net y te confirmo que no contenga nada extraño que pueda impedir poner la demanda.

  98. Hola,tengo un inquilino que me debe cerca de 3.000€. No me quiere pagar ni entregar las llaves ni el contrato. Dice k el contrato no lo entera porque está regulando su residencia . Me gustaría saber si existe alguna manera de paralizar su situación de residencia a raíz del incumplímiento del contrato de Alqiler o comunicarlo a la delegación de gobierno en el gabinete de extranjeria, etc.. Hay alguna vía ? A parte dudo k vaya a juicio ha k vive en Marroco. Y ni vive tampoco en mi casa arrendada.

    1. Hola Karim.

      La respuest a tu pregunta es que no.

      La única forma legal de que recuperes tu vivienda es interponiendo una demanda de desahucio.

  99. Hola, tengo un piso alquilado y hace unos dias que le cortaron la luz, la i n quilina me llamo diciendome que la luz estaba pinchada desde hace 2 años y medio. Ella esta alli desde hace un año y nueve meses y nunca me dijo que no recibia facturas de luz. La he ayudado a poner un contador nuevo pero evidentemente pagandolo ella. Ahora no me paga el alquiler y no me contesta a mis llamadas. Que hago??

  100. Hola,mis padres alquilaron en julio de este año su piso,del que aun pagan hipoteca, a una vecina con dos niños de los que recibe una pequeña pension de470euros y otra de400 del padre de otro de sus hijos….pero estos tres meses no nos paga,mis padres an tenido la paciencia y la compresion por cada excusa que a puesto,pues dice que los asistentes sociales no la pagan,ke an retrasado el pago,kel exmarido no le a dado la pensión…en fin,mis padres no pueden acerse cargo de su hipoteca y su nuevo alkiler,pues son pensionistas con pension baja.
    Han ablado con ella muxas veces y habian acordado que hoy mis padres tendrian ke volver a su casa y ella marxarse donde sus padres u otros familiares…y ella estaba de acuerdo.
    Pero ayer llamo y les dijo a mis padres ke los servicios sociales le an dixo ke mis padres no pueden exarla pues su contrato es por un año,y ke si mi padre sige insistiendo son amenazas,pero no paga!!Mis padres no pueden acer frente a ambos gastos,una hipoteca de270 y su alkiler actual de210 mas los gadtos de luz y gas y agua con 750euros ….que podemos hacer??De antemano,gracias

    1. Hola Mónica.

      Por muy tajante que te parezca, en estos casos lo más efectivo es interponer demanda de desahucio lo antes posible, ya que cuanto antes la pongas antes recuperarás la vivienda.

      Quedo a tu disposición para cuanta información necesites en info@abogadosparatodos.net

  101. Hola Eduardo,mi nombre es Antonia.Queria preguntarle que tengo que pedir para ir a vivir al piso que le tengo alquilado a una pareja con su hija,ya que no me pagan y no puedo hacerme cargo del alquiler del piso en el que ahora vivo y si despues de estar alli viviendo lo puedo vender,ya que se que no lo puedo volver alquilar en tres años.Muchisimas gracias Eduardo

    1. Hola Antonia.

      Depende de la fecha del contrato de arrendamiento.

      ¿De cuándo es el contrato?.

      1. es de 2011 o 2012 muchisimas gracias pero me entere de que se podia hacer con contratos de renta antigua,con los nuevos no(no se si estoy equivocada)que podria hacer pasra poder vivir en ese piso ya que no puedo hacerme cargo del piso en el que vivo de alquiler?estoy desesperada,espero su respuesta muchisimas gracias

        1. Hola Antonia.

          Tienes tres opciones:

          – Convencer por las buenas a los inquilinos para que se vayan.

          – Interponer demanda de desahucio ya!!!. Así recuperarías la vivienda seguramente en octubre-noviembre.

          – Interponer la demanda de desahucio ya, pero ofreciendo en ella el perdón de la deuda si te entregan la vivienda de firma inmediata. En este caso, si aceptan la oferta, recuperarías la vivienda seguramente en septiembre o, con suerte, antes. Si no aceptan la oferta nos iríamos al caso anterior, es decir, la recuperarías seguramente en octubre o noviembre.

          Mi consejo es que si no logras que te paguen, que tomes la decisión inmediatamente.

          Quedo a tu disposición para cuanto necesites.

  102. Perdón he enviado el mensaje anterior sin terminar Sigo:
    Me pregunta es cual es el primer paso que te dar para iniciar los trámites de desahucio.La he dicho que no pasa nada que ella me pague y se vaya.La he dicho que no hace falta preaviso ni nada pero me temo que eso no va a pasar.gracias

    1. Hola Lara.

      Lo que deberias hacer es enviarle un burofax con certificación de contenido para que se ponga al día en la renta.

      Si en el plazo de 30 días no te ha pagado puedes interponer una demanda de desahucio.

      Quedo a tu disposición para lo que necesites.

  103. Hola quisiera hacerte una pregunta.Mi inquilino cada vez se va retrasando más en el pago A tal punto que este mes el día 22 de pago sólo 200 de los 370 euros que me debe

  104. HOLA buenas:
    En mi caso alquile un piso a un chico con duración de un aňo…todo iba bien y decidí que siguiéra el alquiler pero ya sin contrato..todo iba bien hasta que me llego una carta de iberdrola con una factura a mi nombre de 870e y di de baja el suministro ya que el dice que jamás a manipulado nada (luz y agua a mi nombre)..y que no me va a pagar ni un mes más hasta que no de de alta la luz (ya que el iba al día en todos los pagos)..bueno hace 5 meses que no me paga y ya no se que hacer…un saludo

    1. Hola Antonio.

      Una situación comprometida.

      Los dos os habéis tomado la justicia por vuestra mano.

      Tu nunca debiste haber dado de baja los suministros. Le tuviste que haber reclamado esa deuda por otros medios.

      Y él no tiene derecho a no pagarte la renta, si bien el hecho de que le hayas dejado sin suministro hace que sus motivos ganen bastante peso.

      Aunque no hayais firmado un nuevo contrato, contrato como tal existe.

      En mi opinión deberíais llegar a un acuerdo porque no es normal que esté en la vivienda sin pagarte.

      Si tienes algún problema en la comunicación con el inquilino quedo a tu disposición para tratar de arreglarlo. Puedes escribirme a info@abogadosparatodos.net

      Saludos.

  105. Hola. Necesitaría asesoramiento. Mi caso es el de un inquilino que lleva sin pagarme desde abril de 2014, pero el caso es que no se encuentra en la vivienda desde entonces. Estoy ya en trámites de despacio porque solicite la justicia gratuita y me la concedieron en julio, pero todo va muy lento y todavía ni si quiera se ha podido celebrar el juicio porque el inquilino no ha sido notificado. Ahora mismo parece ser que el procedimiento tiene que seguir por el lanzamiento de edictos pero yo estoy desesperada y creo que son muchos meses ya los que han pasado y seguramente me queden otros tantos.
    Necesitaría que este proceso concluyera en la mayor brevedad posible porque no puedo entrar a mi vivienda.
    Muchas gracias.

    1. Hola Natalia.

      Estas cosas llevan su tiempo.

      Si tienes justicia gratuita seguro que el letrado que te asiste está haciendo lo mejor para tus intereses.

      Suerte!!!.

  106. Mi inquilino ayer 8 de abril me dijo que se va el 1 de mayo sin cumplir los 6 meses y además debe 2 meses de alquiler. El motivo de no pagar e irse es por una gotera en un edificio comunitario ya reparada. Qué puedo hacer? La renta es de 350 € mes y el contrato lo firmó el 1 de febrero.

    1. Si la gotera convierte la civienda en inhabitable sería causa de resolución del contrato. Pero como no es el caso y además ya está arreglada, no es motivo para ello, por lo que podrás exigirle el cumplimiento del contrato hasta, por lo menos, que el contrato cumpla seis meses. Si la vivienda está en condiciones la gianza deberás devolversela siempre y cuando cumpla con la indemnización que debe darte.

  107. Hola de nuevo. Y qué hacer si tras mandar el burofax no ha sido entregado y tampoco lo recogen con el aviso en la oficina de correos?

  108. Hola. Tenemos un local comercial (bar) alquilado desde el mes de julio del 2012. El inquilino lleva sin pagarnos 2 meses, y el que está en curso dudamos que lo pague. Que proceso podemos iniciar? burofax? la mensualidad es de 1500€. Es necesario que lo haga un abogado? Espero la respuesta, muchas gracias. Un saludo.

    1. Hola Marta.
      Cada caso es un mundo, pero la experiencia nos demuestra que estos pequeños retrasos se terminan convirtiendo en grandes retrasos. Por tanto, lo mejor es que contactes con un abogado lo antes posible (efectivamente es necesario abogado y procurador) para ir preparando la demanda.
      Si tienes alguna consulta más no dudes en consultarnos.
      Saludos.

          1. Bastaría con utilizar uno de los modelos que tenéis como ejemplo no?que beneficios existe al mandarle ésto?como documento donde consta lo que debe no?

          2. Nuestro modelo serviría. La finalidad es que quede constancia del contenido del texto que se envía al inquilino y de su recepción, entre otras cosas, para iniciar la posterior reclamación de las rentas debidas.

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