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Todo sobre arrendamientos y desahucios

Modelo de burofax reclamando la renta al inquilino

Modelo burofax reclamando impago de alquiler al inquilino

Publicado el

Te adjunto en este post un formulario o modelo burofax reclamando impago de alquiler al inquilino o arrendatario, en formato word editable, elaborado por mi, para que puedas reclamar al arrendatario moroso las rentas que te debe, con la ventaja de conseguir una prueba válida en juicio.

Es muy frecuente que el arrendador se pregunte si es o no es necesario enviar un burofax al inquilino reclamándole las rentas de alquiler impagadas (o las deudas por suministros impagadas de agua, luz, gas,…).

La enervación del desahucio

El principal motivo por el que el arrendador suele mandar un burofax al inquilino moroso es para evitar la enervación del desahucio.

Si quieres saber más sobre la enervación te dejo enlace a mi post La enervación en el alquiler, pero en resumidas cuentas la enervación es una oportunidad que la ley otorga al inquilino al que se le ha puesto una demanda de desahucio.

El mecanismo enervador consiste en que si el arrendador pone una demanda de desahucio, la ley otorga al inquilino un plazo de 10 días para pagar todo lo que debe. Y si lo hace habrá enervado (parado) el desahucio.

En este caso el inquilino podrá seguir en la vivienda o local (el desahucio solo se puede parar una vez mediante la enervación).

Evitar la enervación con el burofax

Pues bien, la ley permite una fórmula para que el inquilino no pueda parar el desahucio. Se trata de que el arrendador le envíe un requerimiento fehaciente (burofax con certificado de contenido).

En esta caso, si transcurren más de 30 días entre la fecha de recepción del burofax y la fecha de presentación de la demanda, entonces el inquilino ya no podrá enervar (parar) el desahucio.

No es tanta ventaja como parece

Dicho lo anterior, pudiera parecer al arrendador que está más que bien evitar que el inquilino pueda hacer esa «jugarreta».

Aparentemente si.

Pero hay que valorar el «coste de oportunidad», que no es otro que regalarle 30 días más sin pagar al inquilino.

Además, es frecuente que no recoga el burofax, por lo que ya se siembra la duda de si hay que mandar otro, de si servirá en el juicio el burofax que se ha intentado enviar, etc.

Conclusión

En mi opinión y por mi experiencia merece más la pena no embarcarse en la aventura del burofax y no regalar esos 30 días más sin pagar al inquilino, e interponer la demanda de desahucio lo antes posible, pues mientras antes se interponga antes fijará el juzgado la fecha para el desalojo del inquilino.

Pues al fin y al cabo, si el inquilino paga todo lo que debe tras recibir la demanda de desahucio y, por tanto, enerva (detiene) el desahucio, podrá seguir en la vivienda o local, pero va a ser condenado a pagar las costas del proceso, por lo que en realidad no son muchas las ocasiones en las que el inquilino opta por enervar (si acaso en locales en los que se ha hecho una inversión económica importante).

Modelo de burofax

Aún después de todo lo explicado, si estás dispuesto a pedir por escrito al inquilino que pague la deuda contraída, te dejo este modelo de burofax reclamando el pago del alquiler al inquilino, elaborado por mi, y en el que sólo tendrás que completar algunos datos para adaptarlo a tu situación.

Eso si, no olvides que es fundamental que a la hora de enviar el burofax, contrates estas dos opciones:

  • Acuse de recibo: el remitente recibe información del estado de su envío y recibe copia con la firma del receptor.
  • Certificación de contenido: con esta opción el remitente se está garantizando la veracidad del contenido que ha enviado, lo que es esencial a la hora de tener que probar en un hipotético futuro juicio que se ha enviado ese burofax y que el contenido del mismo es el que se dice que es y no otro.

El burofax puede ponerse en Correos.

El desahucio

Si has decidido no enviar el burofax o bien lo has enviado y han transcurrido los 30 días de espera sin que hayas cobrado la cantidad reclamada, tendrás que interponer una demanda de desahucio por impago de alquiler para poder recuperar la vivienda o local, siempre que el arrendatario no lo haya desalojado voluntariamente.

Además de pedir el desahucio por impago, tendrás que valorar la posibilidad de reclamar o no las rentas impagadas en la misma demanda (pues es una opción voluntaria, aunque casi siempre se pide).

Ah, y no olvides que en nuestra sección Archivo Documental encontrarás multitud de contratos y modelos listos para que los utilices.

Y tu…¿has tenido que mandar alguna vez un burofax?

¿Cuál fue tu experiencia?.

¿te ha venido bien mi modelo burofax reclamando impago de alquiler al inquilino?

205 comentarios en “Modelo burofax reclamando impago de alquiler al inquilino

  1. Hola
    Tengo un piso alquilado desde enero, y no ha pagado ningún mes, ni gastos desde entonces.
    A final de este mes me devuelve las llaves y en teoría me firma la devolución de las mismas.
    Aparte le hago un llamamiento en otro documento donde le digo las deudas que debe pagar y que seguramente no querrá firmar.
    Mi pregunta es:
    Para mandar un burofax necesito abogado si luego voy a juicio?,( que es lo que pasará seguramente)
    O lo puedo redactar yo y mandarlo ? ( aunque luego tenga abogado )
    Más que nada para que sea más rápido , ya que entre que se lo comunico al abogado, lo hace y tal, pasa mucho tiempo…además sé el domicilio donde va a ir y a lo mejor pasadas unas semanas ya no está ahí y es más complicado dar con ella.
    Gracias
    Un saludo

  2. Buenas tardes:
    Tengo un local alquilado, con el inquilino siempre he tenido problemas de pago.
    Existe desde mayo de 2019 un auto de homologación del juzgado donde se acuerda que con el incumplimiento del pago de tres mensualidades de rentas se procederá a la resolución del contrato. A parte, me debe más de un año de agua, desde el mes de marzo incluido ha dejado de pagarme el alquiler, lleva cuatro meses sin ingresarme nada, he tratado de ponerme en contacto con él y no hay manera.
    Vía email y vía whatsapp le mandé dos mensajes (que deja en leído) recordándole que no me paga y que no se pone en contacto conmigo , no sé que intenciones tiene y no sé ni por dónde tirar pues necesito el alquiler para poder vivir

  3. Si el inquilino tiene un mes de fianza y un mes de aval , en este caso un local comercial, y dadas las actuales circunstancias, y me dice que no me va a pagar dos meses ¿puedo permutar esos dos meses de fianza y aval y pasados los dos meses, si no hay acuerdo, desahuciar o reclamar deuda? Yo no quiero que se vaya pero además me dice de pagar sólo el 50% los próximos 6 meses y eso no lo veo bien tampoco. De momento 2 meses, este y el siguiente, no va a pagar dice.
    Muchas gracias

    1. Hola Juan Antonio,

      Yo no le recomendaría hacer eso, pues si después se marcha el inquilino puede ocurrir que no esté al corriente del pago de suministros o que el local no se entregue en buenas condiciones; y esto no se podrá descontar de la fianza pues ya se haría consumido en los meses de renta.
      Ni la fianza ni la garantía cumplen la función de pago de renta atrasadas.

      Si no llega a un acuerdo con el inquilino, si bien tenemos que tener en cuenta la circunstancias actuales que son muy difíciles para todos, podrá interponer una demanda de desahucio por impago de rentas.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  4. Hola,
    Tengo un piso alquilado y el contrato es del Julio del 2018, con prorroga de 3 años. Necesitaría disponer de ese piso para uso propio en Septiembre del 2019 ya que tengo que dejar la casa donde vivo por tema de divorcio.
    Hay algún escrito tipo / plantilla para comunicar esta necesidad al inquilino?

  5. Hola,

    Tengo una habitacion de mi casa alquilada, no tenemos contrato escrito, desde un inicio el hombre tiene retrasos en el alquiler, tras pagarme la fianza no tenia dinero para abonar todo el precio del alquiler y le di un plazo de 10 dias para ello, que no cumplió. Le dije que si a final de mes no disponia del dinero abandonase la habitacion. Y otra vez, no lo tenia le dije que se fuera y me dijo que no se iba que llamase a la policia si queria.
    Me pago parte del alquiler en curso pero no todo, le dije que abandonase la habitacion ya que no habia cumplido con su parte y que si lo hacia en un plazo de una semana le devolvia lo adelantado del mes.
    Ahora me dice que hasta el mes proximo no se va a ir y yo ya no quiero alargar este tramite.

    ¿Debo enviarle el burofax e interponer la demanda? He leido que en los alquileres de habitaciones no se rigen por la LAU. ¿Que plazo he de darle? ¿Cuanto me va a costar en tiempo y dinero echarle? ¿Voy a recuperar el dinero que ya me debe y el del tiempo que tarde en irse?

    Muchas gracias

    1. Hola Milagros,

      El contrato que tiene, me dice que es de forma verbal. En este caso y ante la negativa a marcharse, lo más oportuno sería comunicar su voluntad de que abandone la vivienda por impago, no hay obligación de hacerlo por burofax, aunque si es la manera más seguro. Si no se marcha tendrá que interponer una demanda de desahucio.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  6. Buenas noches,
    tengo una casa que está dividida en dos partes, una parte con entrada independiente la tengo alquilada y el inquilino lleva todo el mes dándome largas para el pago…así como su parte de los recibos de varios meses atrás.. La llave de paso del agua así como el contador de la luz lo tengo yo en casa, puedo cortarles el agua y la luz para que la deuda no vaya subiendo?

    1. Hola Miguel,

      No le recomendaría hacer esto, pues pueden acusarle de coacciones.

      Si se producen impagos y se niegan a marcharse lo más acertado sería interponer una demanda de desahucio.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  7. Hola
    Tengo un piso alquilado a 2 mujeres desde hace 4 meses, desde el primer mes se han ido retrasando con el pago cada mes; en el contrato se estipula pagar los primeros cinco días pero terminan pagando cada vez más cerca del fin de mes. Aparte he visto que debe 2 recibos de servicios por lo que me da a pensar que no tienen solvencia.
    ¿Cuanta debe ser la demora en el pago para enviar el burofax? ¿Si mando el burofax, debo dirigirla a las 2 (deben firmar las 2 o basta una)?
    Muchas gracias por su amable respuesta.

    1. Hola Joan,

      Puede enviar el burofax desde el primer día de retraso. El burofax hay en enviarlo a nombre de las dos, pero bastaría que lo firmará uno.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  8. Buenas tardes, en el mes de septiembre puse una demanda de desahuicio a un inquilino por impago. El decreto de deshaucio fue para el 18 de febrero. Como el domicilio del arrendatario en el contrato de arrendamiento estaba indicado en Barcelona, ahí es donde intentaron comunicarle la demanda, y no en Madrid donde radica el inmueble arrendado. Como no se localizó al arrendatario, el juzgado no acudió al día 18 al deshaucio y no aviso hasta el día siguiente dia 19 con una notificación de recepción negativa. Ahora han propuesta una nueva fecha de jucio y desahucio para abril y mayo. ¿Como puede ser? Si el arrendatarioa no recoge la demanda nuevamente, ¿esto cuando termina?

    Gracias

    1. Hola Ramón,

      Ahora no lo habrán notificado, lo que hacen es hacerlo por edictos. Es decir, se plublica en el tablón del juzgado para que no se vuelva a repetir.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  9. Hola muy buenas tardes mi caso es que el dueño del piso no quiere resibir el dinero del pago de la renta porque quiere echarme del piso tengo un contrato que puedo aser para poder pagarle ???

    1. Hola Zukema,

      Puedes consignar el dinero del alquiler en el juzgado.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  10. Buenas tardes.
    En primer lugar quería agradecerles el trabajo que hacen.
    Soy propietario de un piso y mis inquilinos lo dejaron el 27 de diciembre (avisándome dos días). Acudió a la entrega de llaves su mujer, el marido no pudo ir (titular del contrato). Ésta me reclamó la entrega de la fianza y le dije que por contrato me tendrían que haber avisado como mínimo un mes antes, ademas tendría que descontar la limpieza del piso (estipulado en el contrato) y varios desperfectos (tres cortinas rotas, la pata de una mesa quemada, inodoro roto, humedades por condensación,..) que superaba con creces la fianza. Dicho esto la mujer dio un portazo y se fue. Y esta semana me han llegado devueltos los recibos de agua y electricidad de los meses de noviembre y diciembre.
    Mis dudas son:
    ¿Como puedo reclamar los recibos si los teléfonos salen apagados y la vivienda de localización que pone en el contrato es falsa?
    Y la más importante, ¿Puedo entrar a la vivienda sin tener firmado el documento de resolución de contrato y entrega de llaves?
    Espero que me ayuden.
    Muchas gracias.

    1. Hola Andrés,

      Lo más acertado es acudir al juzgado e interponer una demanda de resolución de contrato y en la misma reclamar las deudas pendientes. No se aconseja entrar en la vivienda pues podría demandarlo a usted.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  11. Buenos dias,

    Tengo un inquilino que no ha pagado la mensualidad de diciembre y tampoco el mes actual, Enero, dicen que quieren pagar pero indirectamente que no quieren hacer como otros que no pagan y tardan 6 meses en echarles, le he dado de plazo hasta justo ahora pero estoy viendo como hago el siguiente movimiento, creo que no van a pagar, es una pareja que se pegan entre ellos, ha avalado la madre, se le han llevado detenido y los vecinos están hartos de ellos, ruidos, los perros se mean en el portal (en el contrato pone que no se admiten mascotas, pero lo he permitido… lo iban a seguir teniendo y no se iban a ir, este punto es el menos importante aunque harán desperfectos, puertas, etc)

    Lo importante, si no pagan ahora, tendria que enviarles un burofax notificando el restraso y que tienen que hacerlo efectivo antes de X, o abandonar la vivienda, verdad?

    El siguiente paso si no cumple ninguno es poner una demanda con un abogado, verdad? Hay más opciones aqui?

    Por que se recomienda que si no es muy relevante evitar ir a juicio? En mi caso serian 1200 e + desperfectos, aunque estos no los pagarían a no ser que sea a través de juicio…

    Muchas gracias.

    1. Hola Estrella,

      En su caso sino pagan me temo que tendrá que ir a juicio. Lo más recomendable es enviar un burofax donde se le inste a abandonar la casa y pagar lo que se debe en un plazo de treinta días. Si llegado ese momento no han pagado y no se han marchado, podrá interponer una demanda de desahucio.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  12. Hola Buenos dias tengo un piso en alquiler en el que el inquilino me descuenta del mismo la instalacion de una antena en cuanto un tecnico mio ha revisado la instalacion y detecta que es una interferencia del propio repetidor de television que afecta a todos los vecinos de esa parte de la ciudad.Le dejamos un televisor y el inquilino pudo verla perfectamente una semana por lo que es un problema de su televisor que le afecta dicha interferencia.
    Tiene derecho a descontarme la instalacion de una antena nueva ajena a la comunitaria?.Muchas gracias

    1. Hola Francisco,

      No podría descontarlo. Es más si retiene esa cantidad de las renta se estaría produciendo un incumplimiento del contrato.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  13. Hola buenas tardes !!!
    En primer lugar felicitaros por la información que falicitais , que es de gran ayuda para mucha gente que se encuentra en situaciones incomodas y no deseadas.
    En mi caso soy propietario de un piso que estoy alquilando desde el més de Agosto y a partir del siguiente més de Septiembre el inquilino ha dejado de pagarme. Según és es porque está invirtiendo en una nueva empresa y le deben dinero y por eso no puede pagarme ahora mismo.

    Durante los tres meses de impago he mantenido con el un discurso cordial y comprensivo porque no quería entrar en ningun tipo de disputa; pero hace exactamente dos semanas le comenté que necesitaba el dinero y no podía esperar más tiempo. Le di de margen hasta el dia 5 de Diciembre ( es decir mañana ) para que me pagara, pero todo esto mediante mensajes de teléfono y no por el burofax que aconsejais.

    Sospechando que no me va a pagar le dije que si no se efectuaba el pago debía abandonar el piso a final de més de Diciembre. Él está de acuerdo con la situación y me dijo que no había problema y que lo abandonarà a final de més.

    ¿Qué me aconsejais en este caso?

    ¿Debo hacer la denuncia?
    ¿Que coste me va a suponer todo el tramite judicial?
    ¿Puedo hacer visitas de otrosposibles inquilinos si el está de acuerdo?
    ¿Debo contratar algun abogado? ¿Los hay gratuitos?

    Ando hecho un lio y me sería de gran ayuda algun consejo.
    GRACIAS

    1. Hola Isaac,

      Si no se ha marchado del piso puede enviarle un borofax instandole a que abandone la vivienda y a abone las deudas, dándole un plazo de 30 días de margen.
      Si llegado el momento no se marcha puede interponer una demanda de desahucio.
      Si es condenado el inquilino, se le condenará en las costas del juicio.
      Y puede solicitar la asistencia jurídica gratuita.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  14. Hola buenos dias, soy compañera pero no llevo temas de desahucios, leyendo tu post me parece que estás muy puesto en el tema, me gustaria comentarte un asunto que me ha entrado: contrato de alquiler de fecha 15 de mayo de 2015; el plazo del contrato se concierta por 6 meses y hay un párrafo que dice literalmente «no obstante la parte arrendataria tiene el derecho a prorrogar obligatoriamente el presente contrato hasta que el arrendamiento alcance una duración mínima de cinco años……» , releyendo la Ley ese plazo se acorta ahora a 3 años si no me equivoco. Pero mi duda es la duración de 6 meses, como cuento esa prórroga?? Se me hace un lío. El cliente quiere resolver el contrato porque le debe dos meses de alquiler y unas facturas de luz y agua, y claro leyéndote veo que no tiene sentido el burofax porque nos tememos que lo pague y siga en la vivienda. Con lo cual que me recomiendas qué haga? Estoy echa un lío, no sé si presentar desahucio por falta de pago o resolución del contrato por vencimiento. Como lo ves? Gracias

  15. Buenos días,
    En primer lugar quería agradarles el trabajo que hacen. Toda la información en su página web resulta muy útil y profesional.
    Quería hacerles una consulta: mi inquilino me debe una parte de la renta del mes de agosto, todo el mes de septiembre y octubre. El contrato estipula el pago entre el día 1 y 10 de cada mes, por meses anticipados. Cada vez que he hablado con mi inquilino me da mil excusas y promete pagar en breve. Le he dado el plazo hasta el día 10 de octubre para abonar todo la deuda. Sin embargo no me fío de que lo haga. Por consiguiente quiero enviarle un burofax. Mi pregunta es la siguiente: ¿en el burofax hay que darle aún el plazo de 30 días para que regularice su situación, o le puedo poner menos plazo? He pensado indicarle 10 días laborales. ¿Será válido ante la ley?
    Agradezco su respuesta.

    1. Hola Minos,

      Es recomendable dejar las 30 días por si se llega a situación judicial que no se produzca la enervación.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  16. Buenos días,en septiembre de 2008 firmé un contrato de alquiler de vivienda como inquilina y el día 1 de septiembre de 2018 el propietario rescindió el contrato mediante documento en el que hacía constar la entrega de llaves y una deuda de renta de 700€ del año 2010.Firmé únicamente la entrega de llaves ya que la deuda creo que ha prescrito, hace 2 días me han notificado mediante whatsapp el inicio de procedimiento de arbitraje para reclamar dicha deuda, agradecería me diera su opinión sobre como debo actuar,muchas gracias

    1. Hola María,

      La deuda no puede prescribir pues el contrato seguía vigente.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  17. Buenas tardes . Encantado de saludarte Eduardo .
    mi problema es que tengo un piso alquilado a un inquilino ( contrato de 5 meses , de temporada turistica , de 1 mayo a 30 septiembre ) y es moroso de los meses de agosto y septiembre . Con el deposito que me dio me cubre uno de los dos meses , pero quedaria pendiente el otro , ademas de que no tengo muy claro que las condiciones en que me lo deje a final de este mes sean las adecuadas .
    Al reclamarle el pago , siempre me dice , que mañana , mañana y mañana . Y ya empiezo a estar un poco a la expectativa de lo que tiene pensado hacer .
    crees que es buena idea lo de enviarles un burofax faltando tan poco para terminar el contrato ?
    muchas gracias

    1. Hola Juanjo,

      Como ya debe las rentas puedes enviarle un burofax reclamándole las cantidades, y sino cumple con su deber, puede acudir a la vía judicial.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  18. Hola,

    Soy arrendador de un piso, en el contrato hay 2 arrendatarios viviendo alli durante 2 años, esta semana la mujer nos ha comunicado via whasapp que se separa y abandona la vivienda, al preguntarle a el cual era su intencion, nos dice que se quiere quedar, pero nosotros no queremos que siga con el contrato porque durante estos 2 años han sido malos pagadores, asi que siendo solo uno no tenemos ninguna garantia de su solvencia.

    Al irse uno de los arrendatarios del contrato ¿el otro tiene derecho a quedarse? Entiendo que seria necesario hacer un anexo en el contrato. Si ya sabemos que no es solvente para hacer frente al pago el solo ¿que podemos hacer? No queremos que se quede hasta que se cumplan los 3 años

    Gracias anticipadas por su tiempo

    1. Hola Silvia,

      Depende la como se haya redactado el contrato. Lo normal es que el arrendatario pueda quedarse si hace frente al pago de las rentas. Si esto ocurrira siempre puede interponer una demanda de desahucio.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  19. Hola Eduardo,
    Tengo un piso de mi propiedad alquilado en Villajoyosa. El inquilino no ha pagado los meses de junio y julio. Desde hace unos 6 meses no tengo manera de contactar con él porque ha dado de baja el teléfono. Me he personado en el edificio para hablar cara a cara con él pero no me abre la puerta del domicilio. El contrato de arrendamiento venció el 31 de octubre de 2016 y no se ha vuelto a renovar (entiendo que tiene validez legal hasta diciembre de 2018.) Ya me están llegando avisos de las empresas de suministros en el sentido de que hay varias cuotas sin pagar. No tengo esperanza de que reciba burofax o notificación alguna porque se ha encerrado en la vivienda y no atiende a nadie. Por favor, aconséjame cómo proceder para forzar el desalojo o desahucio de la vivienda.
    Muchas gracias.

  20. Hola Eduardo,
    El plazo de pago del burofax,ha de ser obligatoriamente de 30 días,o puede ser de 10 ?
    Muchas gracias,un saludo.

    1. Hola Emmanuel.

      Se puede poner la demanda de desahucio antes de los 30 días, pero en ese caso hay que dar al inquilino la opción de enervar.

      Sin embargo, si transcurren 30 días y no ha pagado, se puede poner igualmente la demanda de desahucio, pero el inquilino ya no podrá enervar.

  21. Tengo una inquilina que me debe tres meses de alquiler. Le he enviado al principio del tercer mes un burofax. ¿Cuáles son los pasos siguientes y de cuánto tiempo estamos hablando? Es en Alicante capital. Gracias.

    1. Hola Emilio.

      Yo no soy muy partidario de mandar burofax, pues suele ser una opción que acaba dando problemas.

      Si quieres pásame el contrato de arrendamiento y el burofax a info@abogadosparatodos.net y les echo un vistazo.

  22. Hola Eduardo.

    El contrato es legal.

    No te va a dificultar el hecho de que haya menores, frente al desahucio por impago.

    Si quieres que lo instemos en tu nombre mandanos copia del contrato a info@abogadosparatodos.net y nos ponemos en contacto contigo para estudiar el caso, sin compromiso.

    Un saludo

  23. Buenos dias Eduardo.Quizas este poniendo la tirita antes de tener la herida,pero ya se transparenta la sangre.
    El caso es que no quiero que aumenten las deudas;Hay impagos de recibos de hace 2 meses,firmamos un contrato por 6 meses(prorrogables si una parte no decia lo contrario),Aqui viene la primera pregunta,es legal este contrato? .La segunda pregunta,los inquilinos acaban de ser padres,me va a dificultar algo el desahucio por impago esta condicion de menores en el hogar?.Gracias

  24. Hola Carmen,

    Lo mejor es pedirá el desahucio y el lanzamiento,

    Si quieres que interpongamos en tu nombre las acciones judiciales en tu nombre ponte en contacto con nosotros al email info@abogadosparatodos.net y te llamamos.

    Saludos

  25. Buenos días Eduardo, tengo un inquilino que lleva dos meses sin pagar el alquiler y varias facturas de gas, luz y agua, no trabajan y tienen ayudas, son gitanos y tienen un niño de unos 8 años.
    Cada vez que hablo con ellos solo me dan buenas palabras.
    El contrato comenzó el 1 de noviembre de 2016.
    Qué puedo hacer?
    Muchas gracias y un saludo

  26. Hola Maria

    Lo mas acertado es pedir la resolución del contrato al juez de tu localidad, pare evitar problemas

    Si deseas que te instemos las acciones judiciales, ponte en contacto con nosotros al email info@abogadosparatodos.net y te llamamos.

    Un saludo

  27. Mi nombre es Cati,
    Muchas gracias por la información y por el borrador del Burofax.
    Lo único que no sale en el burofax es cuando el inquilino también debe las facturas de electricidad, agua, basuras… mi pregunta es: ¿debe reflejarse en el burofax? o se entiende que con el contrato de alquiler será suficiente, y ¿quien paga las costas, en el caso de juicio?
    Un cordial saludo

  28. Hace unos años y por mediación del anterior inquilino alquilé, verbalmente, una cochera cerrada de mi propiedad, en el sótano de un inmueble en el que existen otras cocheras, todas cerradas., por una renta de 60 euros. Con el arrendatario quedamos en que la dejaría el 20 de junio, por necesitarla mi familia y porque en algunas ocasiones no había pagado el importe de alguna mensualidad ,al igual que en la actualidad. Todo ello consta en determinados whassapp. Llegado el día señalado fue imposible ponernos en comunicación con el mismo, por diferentes formas (móvil, whassapp), al igual que durante todo este tiempo hasta el día de hoy, sin que haya contestado a ninguna de nuestras llamadas; teniendo conocimiento de no residir en el domicilio que nos indicó, aunque sí del lugar de trabajo. Qué procedimiento debería seguir?

  29. Buenas tardes,

    Estamos pensando en enviar burofax a nuestros inquilinos, tras tres meses de impago. En principio, solicitaremos el pago de la deuda y posteriormente, si no se produce realizaremos denuncia por impago. Antes de ello, me gustaría que me aclarase tres dudas:

    – por desconocimiento, no depositamos la fianza en el IVIMA, ¿puede esto conllevar algún problema al iniciar una denuncia por desahucio?
    – ¿sería aconsejable depositarla antes de enviar burofax?
    – ¿entra dentro de la legalidad que el inquilino cambie la cerradura de acceso a la vivienda sin autorización del arrendador?

    Gracias y un saludo

    1. Hola Sandra.

      No es un impedimento para instar el desahucio por falta de pago.

      Si deseas que te instemos las acciones judiciales, ponte en contacto con nosotros al email info@abogadosparatodos.net y te llamamos para darte una respuesta mas concreta a tu caso.

      Un saludo

  30. Hola Eduardo, no me queda muy claro lo que propones en caso de que queramos desalojar a un inquilino que no paga: si hay que anunciarle con un burofax, y esperar 30 días a interponer la demanda, o directamente, poner la demanda.

    En mi caso, yo como propietario, estaría dispuesto a no reclamar las dos mensualidades que no han pagado, y que dejaran libre la vivienda a la mayor brevedad posible. ¿cuáles serían los pasos? .

    Los arrendatarios son una pareja con un niño: el chico ha abandonado a su familia y la mujer dice que no puede seguir pagando, pero tampoco abandona la vivienda.

    1. Hola Miguel.

      Lo que propongo en el post (en la «conclusión» puedes verlo) es no menadar burofax (salvo contadísimas ocasiones) pues no suele merecer la pena hacerlo.

      Propongo poner la demanda directamente y, además, lo más rápido posible. Es la mejor fórmula para defender los intereses de aquél a quien no le devuelven su vivienda ni le pagan.

      Por otro lado, por supuesto que si llegas a un acuerdo como el que tu propones siempre es mejor eso que meterte a pleitear.

  31. Hola Francisco,
    Tengo un inquilino que me debe unas dos rentas mas recibo de agua y luz, el me dice que me va a pagar, pero me va dando largas, y le estoy dando ultimátum de que le voy a poner una demanda, pero el no cambia. Estoy harto de estar detras suya, entoces queria que me dieses un consejo sobre que podria hacer? Si poner la demanda? Mandarle un burofax?…
    Gracias.

  32. Buenos días Eduardo. En mi caso, tras finalizar el contrato de alquiler de tres meses sin tener problemas de pago, la inquilina se ha negado a firmar el nuevo contrato (que era de seis meses y la inquilina lo quería de un año de duración), pero no ha abandonado la vivienda, se niega a hacerlo y lleva actualmente sin pagar dos meses de alquiler, tres meses de luz, tres meses de comunidad y el recibo de la basura. Cuando ha pagado, le he dado su recibo y el dinero me lo ha dado en mano.Le hemos dicho que se vaya de la vivienda, sin más, y que me hago cargo de los costes que no ha pagado, pero se niega a abandonar la vivienda. Yo lo que quiero ahora es recuperar lo que me debe y que se vaya de la vivienda, porque además me da problemas en la comunidad de vecinos.
    Soy de la provincia de Córdoba: podrías llevarme tu el caso, comenzando con el burofax? qué coste tendría todo esto?
    Gracias de antemano por la respuesta.

  33. Buenas tardes,

    si el contrato de arrendamiento está hecho a nombre de los dos arrendatarios, marido y mujer, en caso de envío de burofax ha de hacerse uno a cada parte, un burofax dirigido a ambos? Deberán decepcionarlo en este caso ambas partes o solo con que uno lo haga es válido? Muchas gracias. Un saludo.

    1. Hola Elenau.

      Yo en estos casos siempre mando dos burofax y así nunca he tenido problemas.

  34. Buenos dias Eduardo,

    Lo primero decirte que he encontrado el post muy interesante y he me he decidido a exponerte mi caso.

    Tengo un piso alquilado desde octubre de 2012 y aunque en el contrato pone que el pago ha de hacerlo del 1 al 5 del mes el inquilino hace el pago un poco cuando le viene bien.

    En varias ocasiones nos ha dejado un mes e incluso dos sin pagar y posteriormente se ha puesto al día y a la de un par de meses otra vez lo mismo.

    En la actualidad nos debe un mes desde agosto de 2015. Tras hablar en varias ocasiones quedamos en que con la paga extra de Julio nos abonaba lo que nos debia.

    Hemos tenido mucha paciencia, igual demasiada…

    Hace mes y medio nos dice que 2 fuegos de la vitro le han dejado de funcionar (funcionan otros 2) y nos exige la reparacion con un tono bastante subido y llegando a amenazarnos. Le indique que para sustituirsela necesitaba que me pagase el dinero que nos debe y finalmente atendio a razones.

    El lunes me mando un mensaje diciendome que ya me podia pagar pero a fecha de hoy no lo ha hecho. Parece que condiciona el pago a que le pongamos la vitro nueva. La verdad es que ya estamos cansados de la situacion. Que nos recomiendas hacer?

    1. Hola Bego.

      Yo en tu lugar le arreglaría la vitrocerámica.

      Es algo importante en una vivienda.

      Si a los dos o tres días no te ha pagado todo lo que te debe le mandas burofax reclamando la deuda.

      Me imagino que te pagará, pero si no lo hace podrás poner una demanda de desahucio en el mes de septiembre y tendrá que desalojar la vivienda.

      Para que esto fuera así de rápido convendría que hicieras todo esto en el presente mes de Julio.

  35. Buenas tardes Eduardo, me gustaria que me ayudaras, tengo una inquilina que en el mes de diciembre se hizo la renovación de su contrato , el dia 15 del mes pasado me dijo que se iba por una situación personal ( todo por wassap) y que ese mismo fin de semana me llamaba para entregarme las llaves, pasada una semana no me habia comentado nada por lo que la llame para indicarle que no habia pagado el mes y tampoco se habia ido , y que como comprenderia la fianza no es medio de pago y más teniendo en cta. que esta pendientes importes de agua que no ha pagado. En resumen despues de esa conversación ni se va ni paga y ya es el segundo mes . No puedo contactar telefonicamente con ella ya que entiendo que me ha bloqueado y en la vivienda no esta viviendo nadie pero ella si sigue cobrando su nómina pq me he informado.

    Entiendo que mandarle un burofax a estas alturas es innecesario mi intención es que si voy a juicio , reclamarle tanto las mensualidades, suministros y penalización puesta en su contrato por incumplimiento del mismo asi como los gastos judiciales , entiendo que ella al tener nomina aunque no sea muy alta en caso de ganar se le puede hacer un embargo en la nomina ? . Tu llevas casos en Las Palmas de G. C?

    1. Hola Pilar.

      Disculpa la demora.

      Si, llevo asuntos también en Las Palmas.

      Por lo que comentas, puedes poner, desde luego, una demanda reclamando las rentas adeudadas, pues no te ha devuelto las llaves y, por tanto, las mensualidades siguen contando.

      Quedo a tu disposición para cuanto necesites en info@abogadosparatodos.net

      1. Y si mientras se hace la demanda me entrega las llaves puedo recogerlas ? y tambien puedo reclamarle en la misma demanda las costas y gastos?

        Cuanto tiempo puede durar este proceso y más teniendo en cuenta las fechas en las que estamos.

        Muchas gracias,

        Pilar.

        1. Puedes coger las llaves en cualquier momento, y también puedes reclamar las costas en la demanda.

          El proceso puede durar hasta octubre-noviembre aproximadamente.

  36. Hola,
    Tengo una inquilina que por lo que se le han embargado el coche y por lo que veo no tiene mucha intencion de pagarme, de momento solo han pasado 4 dias. Me deberia haber ingresado del 1 al 5 de este mes, estamos a dia 9 y por su actitud parece que no va a pagarme….
    Ya se que es un poco pronto, pero como me han comentado los vecinos que es algo problematica. Si no paga preferiría tenerla fuera lo antes posible.

    Si me deberia haber pagado este mes del 1 al 5, ¿cuando puedo enviarle el Burofax para empezar el proceso?

    un saludo y gracias.

    1. Hola Pablo.

      Qué tal ha ido la cosa con tu inquilina.

      ¿Ha pagado?.

      1. Pues me dijo el jueves q me habia hecho na transferencia y la sigo esperando. 🙁 mala pinta tiene.

  37. Buenos días.
    Tengo un contrato de alquiler de 2007 en el que se fija prórroga tácita cada año si no se denuncia por una de las dos partes con un máximo de cinco años pero a fecha de hoy, en 2016, no hemos firmado otro contrato.
    No tengo especial interés en desahuciar a mis inquilinos aunque me deben tres meses y quiero reclamarles el pago.
    ¿Qué hago para cobrar? ¿Y con respecto al contrato?
    Muchas gracias.

    1. Hola Dionisia.

      Puedes iniciar, sin necesidad de abogado ni procurador, un proceso monitorio reclamando esas rentas.

  38. Si…ese burofax mandé,el mas completo,pero el rastreo de envio me dice que estan a la espera de que lo recojan.

    Leyendo varios de tus apartados me encaja la idea,de tratar de conseguir amistosamente que me devuelva la posesion de la vivienda firmando un dia concreto de salida entre las dos partes (viendonos cara a cara) por que parece ser que no recoje carta alguna por lo que he conseguido averiguar por vecinos que ven que hace con la correspondencia,asi que no sé si serviria tampoco ponerle una demanda si no recoje la carta o las tira directamente a la basura como me cuentan.

    En todo caso te llamaria o escribiria a donde me indicas,viendolo una montaña imposible el asumir los gatos que implica esto,por que o pago la hipoteca de esa casa o la demanda….
    Muchas gracias por contestar,al menos hay quien nos puede dar luz a estos problemas
    Saludos.

    1. Hola Victoria.

      Si se interpone una demanda y no la recoge al final lo que se hace es que se anuncia en el tablón de anuncios del juzgado y aunque no la vea el inquilino allí anunciada, pues se da al inquilino por enterado y comienza el proceso, produciéndose finalmente el desahucio.

      Quedo a tu disposición para cuanto necesites.

  39. Hola Eduardo,de nuevo os escribo para comentar que la situación que os describo el 11/Abril es mas de lo mismo,ese mismo dia decidí ir a pedirle a buenas que pagara,me dió lo que faltaba ingresar de ese mes alegando que pretendia ingresarlo,la hice firmar un recibo,quedamos que se pondria al dia en la fecha indicada en contrato (del 20 al 25).
    Actualmente ni siquiera ha pagado,me dijo por whassap que me lo habia ingresado,le pedí foto del ingreso…y desde el 28 de Abril no sé nada…por que es otra mentira decidí mandar el burofax,donde señalando la clausula 5 resolvemos el contrato por impago y se le pide ponerse al dia de deudas de alquiler y suministros abandonando la vivienda en 15 dias desde la recepción,pero no lo recoge,ahora me veo obligada una de dos…a presentarme en la vivienda y yo misma darle una copia para que se dé por notificada,o ademas interponer una demanda de desahucio.

    Esto es un calvario por que la vivienda esta hipotecada,me obliga a pagar por delante rezando de que luego me paguen a mi,y ya comenté que la alquilé por irme a muchos km a buscarme la vida donde vivo de alquiler…ahora viendo el tema de una demanda veo que tendria que pagar de donde no tengo,si nuestro sueldo vá destinado a pagar lo que ella no paga, más mi alquiler…es que no hay forma de denunciar estos abusos??

    1. Hola Victoria.

      Es que es un verdadero fastidio pasar por estas situaciones.

      Lo único que puedo recomendarte en este caso es que me escribas a info@abogadosparatodos.net o que me llames al 644 49 88 00 y analicemos la opción de poner una demanda inmediatamente.

      El burorax que has mandado debió ser de los que son con acuse de recibo y copia certificada (de los aue cuetan unos 26 euros en Correos). El rsto de burofax no sirven oara nada a efectos de prueba.

      En fin, quedo a tu disposición para cuánto necesites.

  40. HOLA; TENGO UN INQUILINO QUE SIEMPRE ME HA PAGADO EN MANO Y LE HE DADO RECIBOS, LLEVA YA 3 MESES QUE SOLO ME HA PAGADO 80 EUROS, TODOS LOS INGRESOS HAN SIDO EN MANO CON SU RECIBO CORRESPONDIENTE, EL CONTRATO ES DE MARZO 2013, PUEDO ENVIARLE UN BUROFAX YA COMO MEDIDA PREVIA A LA PRESENTACION DE LA DEMANDA? LA PRUEBA DE IMPAGO SON LOS RECIBOS NO FIRMADOS POR MI NO? UN SALUDO Y ENHORABUENA POR LA WEB

    1. Hola Antonio.

      Efectivamente la prueba del impago es que el inquilino no tiene recibos firmados por ti.

      Puedes mandar ahora el burofax.

      Si deseas que sea yo quien te elabore y envíe el burofax quedo a tu disposición en info@abogadosparatodos.net

  41. Hola, me han mandado un burofax anunciando que si no pago una comisin a una inmobiliaria me pondran una demanda, me han dado 5 dias desde la recepcion del burofax. Han pasado 10 dias y no me ha llegado ninguna demanda…Tienen algun tiempo maximo para poner la demanda?
    Y si no tienen tiempo, tengo que estar siempre asustado pensando que lo pueden hacer cuando quieran?
    Puedo demandarles yo para evitar esa espera tan angustiosa?

    1. Hola.

      Que raro!.

      No te pueden poner una demanda de desahucio, pero si una reclamando esa cantidad. Todo depende de los que hayas firmado con la inmobiliaria.

      1. A lo mejor me he explicado mal, una notificación de que si no pago una comisión a una inmobiliaria me demandaran. No me ha demandado aún, me piden dinero no me quieren desahuciar. Quería saber si hay un tiempo límite para poder hacer una demanda, después de notificar ese burofax.

        1. No hay plazo para poner la demanda, salvo el de prescripción de la deuda, de cinco años.

          1. O sea que tengo que estar 5 años preocupado?
            Yo tengo testigos que podrían testificar en caso de juicio.. Pero claro…dentro de 3 años por ejemplo, a lo mejor ni se acuerdan de lo que ha ocurrido . Como puedo adelantar el proceso? Hay alguna manera de exponer los comentarios de los testigos ante notario por si acaso para que contarán en un futuro?

          2. Pero más que de testigos es un asunto de si debes esa cantidad o no. Es decir, ¿has firmado con la inmobiliaria algún documento que te comprometa a tener que pagar la cantidad que te están reclamando?.

  42. tengo un inquilino que paga cuando quiere pero dentro del mes , el contrato dice que el pago se hace del 1 al 5 de cada mes, despues averia que tiene en la casa, cisternas, antena, lo que sea me la descuenta de la renta mensual tiene contrato especifico de un año del 1 de octubre del 2015 al 1 de octubre del 2016, mas dice el contrato que bien por parte del arrendador o arrendatario si no quiere seguir solo tiene que avisar por los medios legales, nos hace falta la casa para vivir nosotros, es suficiente mandarle con 60 dias de antelacion la no renovacion del contrato por tener necesidad de ocuparla nosotros. GRACIAS.

    1. Hola Jose.

      Si vas a ocupar la vivienda como tu vivienda habitual entonces si puedes pedirsela con dos meses de antelación y tiene que devolvértela.

      1. los 60 dias son naturales o hay que descontar sabados y domingos-

        MUCHAS GRACIAS POR SU AYUDA LES PEDIRE A UDS. QUE ME DIGA O UDS LLEVEN ESTE ASUNTO

        1. Siempre recomiendo descontar festivos, sábados y Domingos.

          Por dos motivos: por no dar motivos al contrario para oponerse por no aplicar esos días. Y por evitar que te toque un juez que interprete que hay que descontar esos días.

          Yo siempre que puedo actúo descontando todos esos días.

  43. Entiendo entonces,que aunque deban dinero del mes de diciembre,y deban de abril,ya que la fecha de pago era dia 20 marzo,y estamos a 11 de Abril y no han dado mas que 300 euros a cuenta…no puedo pedir que se vayan? Primero tengo que pedir que se pongan al dia,dandoles una fecha o una semana por ejemplo?

    1. Si puedes pedir que se vayan.

      Pero seguramente se van a poner al día y los gastos en los que vas a incurrir van a caer en saco roto.

      Por eso te decía que es preferible buscar pruebas (burofax) de cara a una posible demanda de desahucio posterior, con la que podrás demostrar que ya les advertiste de que no querias retrsos, y aún así se han seguido retrasando.

  44. Hola,me resulta muy interesante esta pagina,son muchas las dudas al respecto que he podido resolver.

    Mi situación es la siguiente:
    Por motivos de la crisis,decidimos buscar trabajo en otra localidad lejana a la habitual,habiamos reformado nuestra casa con mucho esfuerzo y nos costó mucho dejarla…a los 8 meses de irnos,viendo que donde nos habiamos mudado empezabamos a encontrar trabajo y una casa alquilada decente,decidimos alquilar la nuestra anterior,pues no podiamos con la hipoteca y el alquiler de la casa actual mas gastos…

    El matrimonio al que le alquilamos,desde el primer mes nos tomaba el pelo,por ejemplo tenian una llave para ir metiendo sus cosas y cual es la sorpresa que cuando voy a recoger el resto del dinero del primer mes mas fianzas (solo habia abonado la fianza) y darle las llaves restantes…ya habian dormido alli y ni habia ingresado,ni tenia el dinero restante,a la semana acabó ingresandolo,pues en persona les dije que estaban como ocupas practcamente,yo enseguida desconfié,pero mi marido me pedia paciencia.

    Para resumir diré,que llevan casi dos años,y que solamente los tres primeros meses han pagado dentro del plazo,siempre se acogen a que pueden pagar el ultimo dia (dentro de los 7 que tienen) y al final acaban pasando 9 o 10 dias,lo que a mi me pone en situacion de tener que pagar yo la hipoteca y luego rezar para que ellos paguen,y temblar si no lo hacen por que entonces no podria yo pagar el mio dias despues…desde diciempbre/15 me deben parte de esa mensualidad, en febrero pagaron 9 dias despues del plazo tope,siempre le pido que me avise si no vá a poder para que yo pueda cubrir los pagos,el 29 de marzo me dijo que me ingresaria 300 euros y la semana siguiente el resto de cuota,ingreso esa cantidad pero a fecha de hoy sigo esperando y ya le queda una semana para tener que ingresarme mayo,he decidido que no los quiero como inquilinos,siempre me mienten con las fechas,las facturas….queria mandarles un burofax dandoles de plazo un mes para desalojar la vivienda,es decir hasta el 11 de mayo…seria correcto? o los 30 dias son para la demanda?
    En el contrato pone que las dos partes se avisaran con el plazo de un mes.

    Gracias de antemano.

    1. Hola Victoria.

      Los temas de retrasos son complicados.

      El burofax deberías enviarlo advirtiendo que no vas a consentir ningún retraso más y pidiendo que se pongan al día con la deuda existente hasta el momento, y le das un plazo.

      Si vuelven a retrasarse entonces ya si podrías interponer una demanda de desahucio con mayores garantías de éxito.

      Pero mandarles ahora un burofax pidiendo el desalojo, puedes hacerlo pero dudo que tenga éxito.

      En cualquier caso, quedo a tu disposición en info@abogadosparatodos.net por si quieres que elabore yo el burofax y haga el envío.

  45. Hola Eduardo,
    necesito enviar a mi inquilina un burofax para que cese las actividades molestas, ya que los vecinos se han quejado de continuas peleas entre la pareja, acudiendo la policía; mi pregunta es si tienes algún modelo o plantilla para esto que me pueda ser útil o conoces alguna web donde se puedan obtener.
    Agradecidísima, como todos los lectores de tu web, por todas tus aportaciones.

  46. hola buenos días, en mi caso un ayuntamiento me debe cinco meses de alquiler y en mayo se cumple el contrato. que escrito de aviso puedo presentar. gracias

  47. Hola, en mi caso tengo unos inquilinos que llevan meses pagando alrededor de 50 E menos de lo pactado en el contrato, además hace poco que se ha cambiado el sistema de calefacción central por uno con contadores individuales y se niegan a pagar (4 meses ya), están en el sexto año de contrato , firmamos el contrato a traves del plan alquila de la CAM sometiendonos al arbitraje en caso de desacuerdos. ¿Como procedo?Les envío un burofax reclamando las cantidades ¿y que añado respecto al arbitraje?, si es que hay que poner algo…
    Saludos y gracias

    1. Hola Miguel Ángel.

      Tendrás que seguir las instrucciones del convenio arbitral para saber cómo proceder.

  48. HOLA MI CASO ES EL SIGUIENTE;
    TENGO UN CHALET EL CUAL ESTABA VENDIENDO, Y EN OCTUBRE ME VINO UNA PERSONA CONOCIDA, PARA ALQUILARSELA, ENTONCES YO AL CONOCERLO DE VISTA PUES ACCEDÍ A DEJARLA EN ALQUILER. LE PUSE EN EL CONTRATO LA FECHA DE PAGO DEL 10 AL 15, PAGANDO EN NOVIEMBRE EL DÍA 15, EN DICIEMBRE EL DÍA 15 Y EN ENERO EL DÍA 19, EL DE FEBRERO AÚN NO ME LO HA PAGADO DICIÉNDOME QUE TIENE HASTA UN MES PARA PAGARME, DESPUÉS DE HABLAR CON ÉL HASTA EN 4 OCASIONES, ME TOREA DICIÉNDOME QUE ME VA A PAGAR QUE SI EL MIÉRCOLES, DESPUÉS QUE SI EL VIERNES, EL MARTES, EL… HASTA UN WHATSAPP DICIÉNDOME SU MUJER QUE AYER LUNES 29 U HOY MARTES 1 DE MARZO ME PAGARÍA SU MARIDO QUE LE DIERA UNA FACTURA DE LUZ Y AGUA DEL MES PASADO QUE LE HACIA FALTA. MI PREGUNTA SON LAS SIGUIENTES.

    – ¿DEBO MANDARLE YA EL BUROFAX ?( O ESPERO A QUE LLEGUE EL DÍA 15 DE MARZO)
    – ¿CON QUE FIN QUERRÁ LAS FACTURAS ?( YA QUE A ELLOS LE DEBEN DE LLEGAR)
    – ¿LE PUEDO DECIR QUE NECESITO LA VIVIENDA PARA MI USO? (YA QUE NO QUIERO TENERLO COMO INQUILINO, SI EN 4 MESES ME ESTÁ HACIENDO ESTO ¿QUE NO VA A HACER CUANDO LLEVE 1 AÑO?

    MUCHAS GRACIAS.

    1. Hola Agustín.

      Hasta que no transcurra un año no puedes solicitar la vivienda para tu uso.

      El burofax puedes mandarlo cuando quieras, pero te recomiendo esperar al 16 de marzo.

      Lo de las facturas…ni idea.

  49. Hola, buenas noches
    Primeramente, gracias de antemano, viendo la implicación y dedicación que muestra para resolver nuestras dudas.
    Tengo un apartamento alquilado con contrato de un año prorrogable desde Abril de 2015. La inquilina debe actualmente tres mensualidades y ya hubo anteriormente demoras en las mensualidades. Esta vez no me coge el teléfono, ni contesta mensajes y cuando lo ha hecho indica que va a hacer la transferencia en el momento y no la hace, es decir, cuenta mentiras para ganar tiempo.
    La mandé burofax (el 17 de enero) reclamando las mensualidades y puse de plazo 15 días. Creo que tengo que darle un mes más (pasados los 15 días) para iniciar los trámites legales.
    Una de mis dudas es (teniendo en cuenta la fecha del fin del primer año de contrato): si al final ella paga en el mes y medio para parar el desahucio, nos ponemos en los primeros días de marzo. De esta forma no dispongo de treinta dias para avisarla de que no quiero renovar el contrato y viendo como están discurriendo los acontecimientos no quiero que continue en mi casa ni un día más de lo necesario. Es decir, lo de enervar la acción de desahucio, se refiere a pasados los 15 días que la indico o al mes y 15 días desde el burofax?
    Debería mandarla otro burofax indicandola la NO renovación del contrato para el caso de que pagara la deuda en estos días?
    Perdone si no me he sabido explicar o si hay algún tema que no he entendido bien sobre los plazos.
    Muchas gracias de antemano

    1. Hola de nuevo Conchi.

      Te has explicado muy bien.

      Verás, es interesante poner la demanda si a los 30 días de mandar el burofax no te ha pagado. Pero no 30 días después de los 15 días que tu le has dado, sino a los 30 días desde que ella recogió el burofax.

      Espero que el burofax que mandaste fuese el caro, es decir, el que Correos cobra sobre 26€. Es el único que tiene fuerza probatoria en juicio.

      Y sobre lo de que no quieres que siga en la vivienda, yo me imagino que el contrato que habéis firmado es de vivienda habitual. Si ese es el caso entonces tu no tiene la facultad de impedir que siga en la vivienda al acabar el primer año. Es decir, es ella quien decide si sigue o no, y tu tienes que aceptar su decisión.

      Sin embargo, si estamos hablando de un contrato de temporada, entonces si que puedes impedir que siga otro año y tendrás que mandar un segundo burofax porque de lo contrario te tendrás que «tragar» a esta inquilina un año más (en caso de que te pague lo que te debe, claro).

      Cualquier duda que tengas, cualquier cosa, pregúntamela por aquí o en info@abogadosparatodos.net

      A ver si por vergüenza te vas a quedar sin hacer bien las cosas.

      Estoy a tu disposición para cuanto necesites.

  50. buenas tardes Eduardo, soy copropietaria junto a 2 personas mas de un local-comercial y primera planta para vivienda, esta arrendado todo al mismo inquilino que tiene actividad en el local de hostelería, y al día de hoy 21 de enero, deben todas las mensualidades desde agosto del 2015 inclusive. En el contrato la clausula decimoquinta dice que: son causas de resolución, además de las generales de la ley, la falta de pago de dos mensualidades. hay que enviarles el burofax reclamando el pago, primer paso para interponer posteriormente la demanda por desahucio. o se puede ir directamente al desahucio?’
    muchas gracias por su atención

    1. Hola Consuelo.

      No es obligatorio el envío del burofax.

      Además en este cso no te lo recomiendo porque te haría perder un mes más.

      El sentido que tiene el burofax es que el arrendatario pague,my difícilmente te va a pagar ya toda la deuda con el retraso tan grande que lleva acumulado.

      En otros casos si que lo recomiendo, pero en este caso te recomiendo pasar directamente a la demanda de desahucio.

      Quedo a tu disposición para cuanto necesites en info@abogadosparatodos.net

  51. Hola Eduardo,

    Mi caso trata sobre amenazas que estoy recibiendo del expropietario de la casa. Por lo visto, llevaba 4 años sin pagar la hipoteca y ahora el Banco tiene la propiedad. El Banco nos ha respetado en contrato de alquiler y ahora no tenemos con ellos.

    El expropietario no deja de molestarme y amenazarme para que abandone la vivienda con intención de ociparla en ilegalmente.

    Como debo proceder? Puedo denunciarle?

    Muchas gracias de antemano!

    1. Hola Edmundo.

      Efectivamente es una coacción que puedes denunciar.

  52. Buenas noches, le expongo mi caso: Tengo un apartamento alquilado, con contrato de un año prorrogable que cumpliría el 30 de marzo de 2016. La inquilina, que ya tuvo otra demora de 2 meses en el pago, me debe actualmente Noviembre, Diciembre, y va camino de Enero de 2016. Desde primeros de diciembre (dí de margen un mes de demora) la he mandado mensajes de wassap porque hasta ahora era el modo de comunicarnos y no me contestaba. Mi situación personal es bastante delicada y ella la conoce. La puse de límite para pagar la deuda 31 de diciembre y hasta hoy, 2 de enero no se ha dignado a responderme argumentando que está esperando un pago que la deben para pagarme a mí. Yo estaba decidida a mandarle ya el burofax, pero reclamando unicamente las deudas de una forma mas «formal», no me gustaría entrar en temas judiciales en el burofax por el temor que tengo a que al final me destroce la casa, no me pague y esto se complique más. Me recomienda que lo haga así?, luego no tendrá ninguna validez el burofax si no le he indico las medidas legales que conlleva???
    Si sigue así (pagando con 2 o 3 meses de retraso), tampoco me interesa como inquilina,¿si accede a pagarme en el plazo puedo hacerla firmar una claúsula de cobro de intereses por retraso en las mensualidades o algo así?
    Muchas gracias de antemano
    Un saludo y Feliz Año

    1. Hola Conchi.

      Esto es una decisión que tienes que tomar tu, pero si no estás satisfecha con la postura de la inquilina deberías mandarle un burofax.

      Quedo a tu disposición para cuanto necesites.

      1. Muchas gracias Eduardo
        Como ahora no me contesta a las llamadas telefónicas, ya voy directamente al burofax. Como por desgracia no creo que sea «efectivo» si tengo que dar más pasos me pondré en contacto con vosotros. Muchas gracias por todo. Un saludo

        1. Pues muchas gracias por tu confianza.

          Espero que tengas mucha suerte, y deseo que acudas al blog cada vez que tengas una duda en materia de arrendamientos.

  53. Buenos dias Eduardo:

    En agosto de 2014 alquile un piso por UN AÑO indicando que a partir del año la prorroga seria por meses.
    A fecha de hoy (28 de diciembre) me debe el mes de noviembre y de diciembre y gastos de agua, luz y gas por valor de 250 euros, lleva 2 meses dandome largas y creo que no me va a pagar:
    ¿como puedo reclamarle la deuda? y en caso de no pagar ¿pudo echarle del piso aduciendo que ha pasado un año, o tengo que esperar 3 años para echarle?

    un saludo

    1. Hola Julián.

      En primer lugar, en caso de que estemos hablando de contrato de vivienda habitual (que me imagino que así es) la cláusula de las prórrogas por meses no es válida, sino que las prórrogas serán anuales. Por lo tanto, la prórroga actual termina en agosto de 2016 y, además, el inquilino tiene derecho a otra prórroga más, es decir, hasta agosto de 2017.

      Sin embargo, lo cierto es que existe una deuda, y eso es motivo suficiente para que exijas judicialmente y EN CUALQUIER MOMENTO la finalización del contrato. Para ello habrá que interponer una demanda de desahucio por impago de alquiler y de suministros.

      Quedo a tu disposición para cuanto necesites en info@abogadosparatodos.net

  54. Hola Eduardo:

    Soy arrendador.Tengo un inquilino con contrato hasta el 17 de este mes de Diciembre.
    Dando por buena la comunicación de éste por llamada teléfónica (no escrita) el pasado 29 de Noviembre, le informé a su vez, que como recoge el contrato, cara a tener un plazo razonable para gestionar la resolución y dar continuidad con un nuevo inquilino, debe avisar con un mes de antelación, con lo que, si no fuera así, la vigencia del contrato lo sería hasta enconces.
    Su respuesta en un principio es que se va el día 17 y paga hasta el día 17, no el 29.
    Mi pregunta es:
    ¿Aunque finalice el contrato el día 17 de Diciembre, y el plazo de 30 dias llegue hasta el 29, se considera la primera o segunda fecha para la resolución y obligación de pago?
    ¿Si no se firma la resolución del contrato, se entiende vigente el mismo y por tanto el pago del alquiler como tal?
    ¿Cual es el plazo mínimo una vez la falta de pago, para presentan la reclamación de cantidad?
    Gracias.
    Un saludo.

    1. Hola Miguel.

      Si hablamos de un contrato de vivienda habitual (no de temporada), el inquilino tiene que preavisar con 30 días de antelación.

      Por lo tanro, tiene obligacion de pagarte hasta el 29 de Diciembre.

      En cuanto a los impagos de rentas, basta con el impago de una mensualidad para poder interponer demanda de desahucio y reclamación de cantidad.

  55. Buenas noches eduardo, mi caso es un poco largo d contar pero necesito asesoramiento. Yo era inquilina en una vivienda de la emv y fue asi durante casi 5 años, la emv vendio el edificio a una empresa privada la cual segun ellos compraron la deuda tambien, yo debia varios recibos y no podiamos hacer frente a la deuda y a los recibos y optamos x intentar negociar cn ellos la solucion q nos daban no era solucion xq seguiriamos cn la misma renta y optamos x dejar el piso en febrero de 2014 presentandoles un escrito donde dice q no podemos hacer frente a la deuda y nos marchamos del piso y solicitamos q nos perdonen la deuda, esto lo tengo sellado x la empresa, el dia q nos dijeron les llevamos las llaves y les firmamos un papel dnd pone q no tenemos deudas de suministros presentando las facturas d baja correspondientes y nos dieron un reconocimiento d deuda el cual no firmamos. En casi dos años no hemos recibido ninguna notificacion ni nada hasta hoy q recibi un burofax diciendome q tengo menos d 20 dias para pagar la deuda y si no me meteran en el afne, y estoy desesperada no se q hacer te agradeceria q me aconsejaras xq voy contra reloj y evidentemente estoy en paro y tengo dos menores y no puedo hacerme cargo de la deuda. Gracias de antemano

    1. Hola Lydia.

      Pues si efectivamente esa deuda existe y no ha prescrito, podrán reclamártela.

      Si ellos no te han firmado ningún documento en el que te perdonen esa deuda podrán reclamarla tal y como dices que han hecho.

  56. Buenas tardes Eduardo,
    Te escribo porque mi inquilino me anunció hace quince días que abandonaba la vivienda, pero ni ha hecho ingreso de la mensualidad correspondiente a este mes, ni de los pagos que le he pasado correspondientes a los gastos de suministros.
    El contrato que firmo es de uno año y en el se estipula que el abandono de la vivienda con anterioridad a esa fecha supone una penalización de un mes de alquiler. Dado el historial de esta persona, que ha incumplido ya otros términos del contrato de alquiler (como por ejemplo la contratación de un seguro de alquiler a mi nombre), me temo que ni voy a cobrar el último mes ni tampoco el mes de penalización, ni por supuesto los gastos de los suministros. Si esto no ha ocurrido a la entrega de llaves…
    ¿Que cantidades puedo reclamarle? Según LAU el contrato el inquilino tiene que estar un mínimo de un mes. Si el ha firmado un contrato por un año, ¿se le puede reclamar la penalización?
    Cualquiera que sea la cantidad que puedo reclamarle, como tengo que proceder y cuanto tiempo tengo que dejar pasar? mi temor es que abandone la vivienda y no tenga forma de localizarle para mandarle un burofax.
    Gracias de antemano por tu ayuda.

    1. Hola Feli.

      Si el contrato es de vivienda habitual la cláusula de cumplir un año de contrato es inválida, ya que el inquilino se puede ir tras el sexto mes. Eso si, te tendrá que preavisar treinta días antes de irse, con lo que tiene que pagarte treinta días de renta desde que te avisó. Sin embargo, es posible que si puedas hacer valer la indemnización del artículo 11 LAU por desistimiento del inquilino, que será una u otra en función del número de meses que falten hasta que el contrato cumpla los 12 meses.

      Si te recomiendo mandarle el burofax ahora que aún está en la vivienda.

  57. Hola, soy inquilina de un piso cuyo contrato firme el 1 de octubre. En mi contrato se me incluye tanto el alquiler de la vivienda como de una plaza de aparcamiento en el mismo edificio. El agente inmobiliario nos dijo que podíamos disfrutarla sin coste adicional y que se nos adjudicaría una plaza. Ahora una vez voy a pedir esa plaza nos dicen que ha sido un error de redacción de contrato y que el sueño no tiene eescrituras de ninguna plaza de aparcamiento por lo que no tenemos derecho a usarla con el precio del alquiler. Ya hemos intentado llegar a un acuerdo pero nos piden más dinero si queremos disfrutar de esa plaza. ¿Cuales son las medidas que podemos tomar en esto, enviar burofax pidiendo el cumplimiento de adjudicación de plaza?. Un saludo.

    1. Hola Doris.

      Tendréis que llegar a un acuerdo. De lo contrario puedes mandar un burofax reclamando que pongan a tu disposición la plaza de aparcamiento que se establece en el contrato. Y en caso de que no pueda ser, pues otra similar.

      Y si no cumplen lo que les pides en el plazo que les concedas, tendrás que reclamr tu derecho por la vía judicial.

  58. Hola, mi caso es el siguiente, en agosto vino una chica interesada en alquilar mi piso a partir del 15 de septiembre por un año, formalizamos el contrato, entregó 2 meses de fianza y los 15 días de septiembre,nos pusimos de acuerdo en que el pago se alquiler será del 1 al 10 de cada mes, el 5 de octubre me dijo que se quedó sin trabajo y que no podía pagar el alquiler y que no le quieren dar ayudas la asistenta social, no se cómo actuar, sin embargo ya me están llegando facturas de suministros que están a mi nnombre y que ella no puede pagar, vive con dos hijas y un nieto en el piso. Que debo hacer? Gracias

    1. Hola Vanessa.

      En estos casos, cuanto antes actúes antes recuperarás la vivienda.

      En mi opinión deberías envuar burofax con acuse de recibo y certificación de contenido de forma inmediata.

      Quedo a tu disposición para cuanto necesites en info@abogadosparatodos.net

  59. Hola y gracias por este blog mi tema es el siguiente después de tres meses intentando cobrar las mensualidades sin éxito y después de una y otra excusa que nos ha puesto sin poder cobrar el alquiler y ahora ya no coje el telf ni whatsapp optaremos al burofax pero mi pregunta es otra…los recibos de luz y agua los pago yo…y van a mi nombre puedo hacer algo al respecto como ponerlo a su nombre… cortar la luz…, dejar de pagarla o que puedo hacer esto nos pilla de novatos
    Y de personas confiadas

    1. Hola Luisa.

      No puedes cambiarla de nombre ni cortar los suministros.

      Lo único que puedes hacer es reclamar la deuda amistósamente y, si no, judicialmente.

      Quedo a tu disposición para la elaboración y envío del burofax.

  60. Hola.
    Os expongo mi caso.

    Estaba reformando mi vivienda con la intención de alquilarla para el mes de septiembre. Resulta que a mediados de agosto mi inquilina se pone en contacto conmigo diciendo que esta muy interesada en la vivienda, y que si le podemos hacer el favor de alquilarsela para mediados de agosto, que le corria mucha prisa. Aceptamos, firmamos el contrato, paga el medio mes correspondiente al mes de agosto y el mes de fianza.
    Tras llevar unos dias en la vivienda, se queja de que la pintura no esta bien y demas…… ( no nos dio tiempo a repasarla ). Bueno, pues llegamos al acuerdo de pintar el piso, asumiendo yo el pago. Ella me dice que un conocido suyo le da presupuesto, y como es menos que la mensualidad, llegamos al acuerdo de que le paga ella el trabajo y me ingresa la diferencia.
    A dia de hoy, no se si ha pintado, si no lo ha hecho, no me ha ingresado ningun dinero correspondiente al mes de septiembre….. No me coge el telefono, no responde a mis whatsapp ni a mis correos, y si el primer mes ya empieza fallando con la renta….. en cuestion de una semana deberia pagar el segundo, y sinceramente, dudo mucho que lo haga. ¿ Que me recomiendan ?

    Perdon por el toston.
    Gracias

    1. Hola Jose.

      Lo que te recomiendo es que actúes inmediatamente.

      Como de la pintura no hay nada por escrito, te recomendaría enviar burofax reclamando el mes de septiembre.

      Si no te paga ya tendrás base para interponer demanda de desahucio.

      Y si te paga…pues perfecto. Servirá para advertirle que no te andas con tonterías.

      Quedo a tu disposición para cuanto necesites.

      1. Muchas gracias.
        Ya le envié el burofax reclamando el mes de septiembre y recordando el próximo plazo del mes de octubre.

        Y En caso de que no recoja el burofax? Consta como si lo hubiera leído,no?

        Gracias

          1. Bueno, pues ya estamos inmersos en el mes para el pago del alquiler, y hasta ahora nada. Sin noticias ni de ella ni de su dinero. Ya son dos los meses que adeuda, y el burofax no lo coge.

            Pasamos al segundo paso? ( la demanda ).

            La verdad es que todo este tema de demandas me echa un poco para atras, a la vez que me asaltan las tipicas dudas de si al final me terminara costando el dinero…..de si destrozara la vivienda…..

            Muchas gracias por tus consejos.
            Un saludo

          2. Hola Jose.

            Disculpa la demora en contestarte.

            Pero como han pasado 4 días desde tu mensaje aprovecho para preguntarte si te han pagado septiembre u octubre, o ambos.

          3. Hola.
            Pues a día de hoy nada. Ningún ingreso…. Tampoco da señales de vida.
            A parte del burofax le mande un wasap y un correo, pero nada

  61. hola Eduardo,
    Mi inquilino me debe actualmente 5 meses. Me lleva diciendo meses mediante mensajes whatsapp que me pagará pero que tiene problemas con su empresa. De todas formas me ha comunicado que tiene intención de abandonar la vivienda en octubre. Ya no puedo esperar más y estoy dispuesto a enviarle burofax. Mi pregunta es si puedo reclamarle además de las mensualidades adeudadas la penalización correspondiente por abandonar la vivienda antes de la finalización del contrato. El contrato finaliza el 30 de junio de 2018 y en el contrato figura una penalización de 1 mensualidad por año y de todos los meses hasta finalizar el mes corriente. Es decir, si abandona en octubre, debería pagar 8 meses hasta junio de 2016 y dos meses más por los años que quedarían hasta el 2018.

    Muchas gracias por toda su información, es muy interesante y útil.

    Carlos.

    1. Hola Carlos.

      No puedes reclamarle en el burofax indemnización por irse antes de tiempo porque aún no se habrá ido cuando lo reciba. Si acaso, podrás avisarle de que si se va en esa fecha tendrá que indemnizarte con ….. euros.

      De todos modos, veo extrañísimo el modo de indemnización que me comentas. En caso de que el contrato sea por tres años, tedrá que pagarte dos mensualidades y media. No ocho.

      Además, no es lo mismo que el contrato sea de tres años de duración (como tu dices) que de un año prorrogable a tres, pues en ese caso la duración del contrato no es de tres años, sino de uno, y entonces tu indemnización sería de media mensualidad.

      En fin, quedo a tu disposición en info@abogadosparatodos.net si necesitas que elabore/envíe yo este documento. te va a merecer la pena para evitar posibles errores que puedan perjudicarte en un hipotético juicio de desahucio en caso de que no desaloje la vivienda.

      1. Hola,
        Gracias por su pronta respuesta,

        Entendido que no puedo reclamarle porque no ha abandonado la vivienda´.

        El contrato es de 5 años y la penalización se estableció a razón de una mensualidad por año que quedase hasta terminar el contrato y todas las mensualidades pendientes hasta terminar el año en curso. El año en curso terminaría el 30 de junio de 2016 por lo que serían 8 meses [desde octubre de 2015 a junio de 2016 ambos inclusive] más 2 mensualidades por los 2 años que quedarían hasta junio de 2018.
        Mi idea no es enriquecerme por esta penalización, en caso de encontrar otro inquilino le devolvería los meses correspondientes pero he descartado ofertas por tener contrato por 5 años con este inquilino y si ahora me deja tendré la casa inhabitada hasta encontrar uno nuevo, esa penalización es para cubrir el posible tiempo que estaría la casa sin habitar y yo sin percibir esos ingresos.

        Muchas gracias por su aclaración y espero entienda ahora cómo se diseñó el apartado de la penalización en caso de abandonar la vivienda antes de finalizar el contrato.
        Entiendo que esa cláusula es legal y reclamable al estar firmada por el inquilino dentro del contrato de alquiler.
        Le agradecería me lo aclarase,

        Carlos

        1. Hola Carlos.

          Por lo que entiendo (corrígeme si me equivoco) se trata por tanto de un contrato elaborado con la nueva normativa entrada en vigor el 6 de Junio de 2013 (en concreto el 30 de Junio de 2013) y de una duración inicial de 5 años.

          En caso de que asi sea, en mi opinión la cláusula que mencionas no tiene validez, es decir, considero que se está infringiendo el artículo 11 LAU que fija cláramente y de antemano cuál va a ser la indemnización en caso de desistimiento del inquilino. Y esa indemnización es de una mesualidad de renta por año que reste de contrato. Por tanto, la indemnización será de tres mensualidades de renta).

          La penalización de tener que pagar hasta el final de la actual anualidad de contrato es contraria al artículo 6 LAU, por aminorar los derechos del inquilino del artículo 11.

          Es decir, penalizar al inquilino en más de lo que se fija en el artículo 11 LAU vulnera el artículo 6 LAU, por lo que la cláusula ha de tenerse por no puesta.

          1. Muchas gracias por su aclaración, el contrato es del 16 de junio de 2013 por lo que entiendo aplica lo que usted comenta no teniendo por tanto validez la cláusula establecida aunque esté firmada por el arrendatario.
            Desconocía esto y le agradezco la información,

            Carlos

  62. he mandado un burofax a mi iquinila avisandole que en 60 dias tengo que volver a mi vivienda para uso personal, notificandole el impago del mes que no me a pagado, ella SI lo ha recibido que hago si no se va , aparte he pagado a un abogado 250 € por nada,puesto que me dijo que la sacaria enseguida por impago y ahora me dice que para mediados de septiembre si la demanda se aprueba o como se diga, yo pago de esa vivienda una hipoteca aparte pago el alquiler de donde estoy viviendo,soy un ppensionista y tengo que pagar 2 viviendas 2 luz 2 aguas, pero encima me obligan a pagar a mi y no a poder cambiar la cerradura de mi casa ni acortarle el sumistro ,a quien protege la ley creo que alos sinverguenzas

    1. Hola Pedro.

      Si no se va tendrás que interponer una demanda de desahucio. No te queda otra alternativa.

  63. Alquilé mi casa de Alcalá de Henares en Febrero de 2013. En el contrato se especifica que es por un año prorrogable hasta cinco y que «si durante el tiempo pactado la parte arrendadora necesitara el piso para uso propio, la arrendataria tendría un periodo de 60 días desde la notificación para dejar el piso libre».
    Llevo años viviendo en otra ciudad, pero quiero volver a Alcalá y quiero vivir en mi casa.
    Los inquilinos deben el alquiler del mes de Julio, además de dos recibos de gas. Hace un par de semanas les comuniqué en persona que estaba pensando en volver a vivir en Alcalá y que necesitaría mi casa, que lea avisaría cuando lo supiera seguro. Desde ese día les he reclamado por teléfono y de buena manera el alquiler que deben y los dos recibos de gas, pero me dan largas. Sospecho que piensan no pagar hasta que se vayan.

    Qué puedo hacer? Sería bueno ponerles un burofax comunicando que necesito la casa y que tienen dos meses para dejarla, según el contrato y además reclamarles la deuda? O es mejor un borofax solo para reclamar la deuda y en un par de semanas otro comunicando que quiero ocupar la vivienda?
    O qué hago?

    Muchísimas gracias!

    1. Hola Carmen.

      Si no quieres teneproblemas es indispensable enviar burofax notificando que quieres que desalojen la vivienda en un plazo de 60 días. Y en el mismo burofax les reclamas las rentas impagadas.

      Si quieres quedo a tu disposición para la elaboración y envío del burofax de forma que no incurras en errores a los que mas tarde puedan agararse los inquilinos para no desalojar la vivienda.

      En ese caso necesitaría que me mandases el contrato a info@abogadosparatodos.net para revisarlo y ver que todo esta correcto.

      1. Muchísimas gracias por su ayuda y por una página tan interesante y eficaz. Contacto por email con ustedes, y por supuesto comparto!

        Un saludo,
        Carmen

        1. Tengo una duda: Qué ocurre si después de enviar el burofax -y gastarse el dinero- avisando de que deben dejar la vivienda según consta en contrato en 60 días, el inquilino no recoge el burofax y por tanto no se da por enterado? ¿Tengo derecho a entrar a los 60 días a mi casa? ¿cambiar la cerradura? o qué hacer en ese caso?

          1. Hola Carmen.

            En ningún caso podrás entrar en la vivienda o cambiar la cerradura si el inquilino jo recoge el burofax. La posesión sigue siendo de él y podría incluso denunciarte por allanamiento de morada (delito con pena de privación de libertad).

            El camino que debes tomar en ese caso es tratar por todos los medios que estén a tu alcance (email, whatsapp, etc) que el inquilino se entere de que tiene un aviso en su buzón de correos para que recoja el burofax.

            Si sigue sin recogerlo, posteriormente con tu copia certificada del burofax y con el mensaje que le hayas mandado, tendrás que interponer una demanda de desahucio, y lo más normal (aunque no siempre ocurre) es que el juez de por buenos tus intentos de notificar al inquilino que se tiene que ir.

            Y deberían desahuciar al inquilino.

            Aunque seguramente se resolverá antes de tener que llegar hasta la fecha del lanzamiento.

            En fin…quedo a tu disposición para cuanto necesites.

  64. Hola, voy a intentar exponer lo mas claro posible, para que las posibles respuestas se puedan hacer lo mas ajustadas posibles al problema…se trata de contrato de alquiler de local comercial que por motivos de impago de los alquileres, a principios de año firmamos por mutuo acuerdo ambas partes la resolucion del contrato con entrega de llaves y posesion del inmueble, ademas del reconocimiento de la deuda de alquileres atrasados con aval de un tercero.

    Llevamos desde principio de año haciendo gestiones de cobro sin resultado, sin negar la deuda pero sin pagar.

    El inquilino al entregar las llaves y la posesion del local dejo en el local diferentes enseres y mobiliario, asi como las mejoras realizadas en el local al inicio del contrato tales como instalacion e iluminacion, aire acondicionado, puerta acceso local, escayola, etc

    En principio mis preguntas serian: Que derechos y que opciones tengo con la resolucion del contrato firmado? Puedo proceder alquilar el inmueble? Puedo considerar que lo dejado en el local al hacer la entrega de llaves es de mi propiedad? Que puedo o debo hacer con los enseres y muebles?

    Quedo a la espera de las respuestas y sugerencias.
    Gracias y saludos

    1. Hola.

      Si ya habéis firmado el dcumento de resolución del contrato y te han entregado las lleves, entonces podrás disponer del inmueble sin ningun problema. Es decir, lo pyedes ocupar, lo puedes alquilar, etc.

      Respecto a los bienes que ha dejado el arrendatario en el inmueble (me imagino que en el documento de resolución no se ha mencionado nada sobre ellos), tienes varias opciones:

      – Depositarlos en algún lugar apto para ello pagando tu los portes y reclamando al inquilino estos gastos.

      – Enviar un burofax al inquilino (si conoces su dirección) diciéndole que tiene 15 días para contactar contigo y desalojar completamente el inmueble. Y le adviertes que en caso de no hacerlo considerarás esos bienes abandonados. En ese caso podrás quedártelos o tirarlos (o si son muchos podrás llamar a algún servicio gratuito para que se los lleven, como al ayuntamiento, a alguna asociación, etc).

  65. Buenos días Eduardo.
    Espero que puedas iluminar mi ignorancia en cuanto a estos tipos de contratos. Mi caso es el siguiente:
    Mi inquilino se marcha a finales de mes de la casa y pretende que me cobre de la fianza este mes. Lo cierto es que no ha sido un inquilino modelo pero para lo que hay por ahí no me puedo quejar. No quiero que me pague a cargo de la fianza el último mes ya que con toda seguridad me dejará deudas de agua y luz y casi seguro algun desperfecto. ¿Qu é debo hacer si persiste en su intención, teniendo en cuenta que a finales de mes se irá y si te vi no me acuerdo?

    1. Hola Francisco.

      Ese es un problema de difícil solución.

      Si tiene claro que no te quiere pagar el último mes, y teniendo en cuenta que la prioridad número 1 en estos casos es recuperar la vivienda, lo mejor es firmar un documento de resolución de contrato en el que él te entrega las llaves y dejáis claro que el último mes no te lo ha pagado debido a que unilateralmente ha querido asignar la fianza al pago del último mes; y tu manifiestas tu disconformidad con esa práctica al quedar el contrato carente de fianza para reparar los daños que se observen en los próximos 30 días…

  66. No quiero abusar pero me gustaria si pudieras respinder esta duda fustrante…
    ¿por que si hay n buen contrato dondeesta firmado que n caso de impago de una renta o el incumplimiento de las clausulas estipuladas y aceptadas hay que enviar burofax y despues demandar para esperar a que desahucien y te quedes sin cobrar esos meses de demora legal? Si el contrato dice que en el caso anterior mencionado el contrato quedaria totalmente rescindido…. No entiendo porque no puedo ir a mi casa y recuperarla. Porsupuesto en el caso que me ocupa en el cual no hay ningun tipo de intencion de pagar ni de solucionar esto por parte de los inquilinos. La verdad es que con esta ley es muy faci.vivir de alquiler y no pagar. Eso si…. hay que tener estomago!!! Bueno Eduardo ojala pudieras contestsrme que el contrato queda rescindido y puedo entrar en mi casa y ayudar a esta gente a recoher sus cositas….
    Muchas gracias!!

    1. Hola Anne.

      Disculpa el retraso en contestarte.

      Lamentablemente el contrato sólo podrá finalizar cuando lo diga un juez. Esto es así para garantizar los derechos de los inquilinos, en este caso.

      Imagina que un arrndador dice que su inquilino no le paga y entra en la casa para recuperar su vivienda. Cómo demuestra el inquilino que el arrendador miente?. Pues eso es un proceso judicial.mEs el proceso por el que tienes que pasar para demostrarle al juez que no te estas inventando que el inquilino no te paga, sino que es verdad. Y una vez que se lo demuestres al juez, éste dará el contrato por finalizado y te permitirá recuperar tu vivienda.

      Sé que es difícil de entender, pero se trata de garantías.

      Quedo a tu disposición para cuanto necesites. Todo lo que quieras aquí estoy para ayudarte.

  67. Hola Eduaro. Tengo una duda.. ¿Hay plazo minimo de dias que se concde para el pago de deuda para incluir en burofax de reclamacion de deuda y posible desahucio?no se si puedo decir 10 dias…. Ya me diras.Muchas gracias

    1. Hola Anne.

      No hay plazo mínimo.

      Un plazo de 10 días es perctamente suficiente y no te va a suponer ningún problema.

      1. La verdad Eduardo es que es una maravilla que entiendas el derecho asi. Nos veas como afectados y no solo como clientes. Eres de gran ayuda.
        Muchisimas gracias por tu respuesta

  68. Mil gracias por haber publicado los ejemplos y responder ante tantas dudas de modo sencillo y claro. No tenía muy claro cómo debía redactar un informe de este tipo, pues estoy pasando por un caso similar y necesito redactar uno, y debo confesar que me ha sido de gran ayuda. Muchas gracias 🙂

  69. Antes que nada, muchas gracias por la información aquí detallada, es gratificante poder acceder a este tipo de información de una manera tan sencilla y eficiente.
    Mi consulta va un poco más allá. Mi inquilino no paga hace más de dos años a pesar de reiterados avisos vía SMS… Hemos intentado evitar un procedimiento judicial pero estamos decidimos a enviar el burofax cuanto antes. Sin embrago, a la hora de redactarlo me gustaría expresar mi deseo de, en el hipotético y milagroso caso que ingrese la cantidad antes de los 30 días, abandone de igual manera el local. No estamos dispuestos a que continúe haciendo uso del mismo ya que acumularíamos más tiempo posteriormente de impagos con los nervios y la impotencia correspondiente. Cómo podría añadir este deseo en el burofax? Está dentro de la ley mi derecho a no querer seguir aguantando sus deudas?
    Muchísimas gracias de antemano,
    Un saludo

    1. Hola Cati.

      Es sencillo, pero tal y como indicas, seguramente no lo harán.

      Lo que puedes decirles es que si desalojan en el plazo de 30 días les perdonas la mitad de la deuda, por ejemplo.

      No obstante, quedo a tu disposición en info@abogadosparatodos.net si quieres que elabore yo el burofax con las menciones legales oportunas, los plazos legales, etc.

      Es importantes que notifiques correctamente ya que la cantidad que te deben tiene que ser ya important y, sobre todo, lo más importante es que recuperes el inmueble.

  70. Buenas tardes;
    mi caso es un poco largo de explicar pero haber si me puedes orientar, pues ya no se que hacer con mi arrendadora.. hace como dos meses me cortaron la luz (estaba a nombre de la antigua inquilina y sólo cambiamos la cuenta bancaria, en el contrato no me obliga a cambiar los suministros), la antigua inquilina dio de baja el suministro y yo estuve 66 días fuera de mi casa …al final tuve que mandarle un burofax para presionarla y así fue como me dio el alta de la luz, evidentemente no pagué esos 2 meses que estuve fuera…, pero ahora que quiero reclamarle la comida que se me estropeo por este corte de luz y los suministros mínimos que entiendo que si no estuve, debe pagarlos ella, dice que no quiere pagármelos y cómo mucho la mitad…no es justo, después de todos los problemas que me esta ocasionando esta mujer, creo que es justo que lo pague ella. También viendo como es, me vendrá la primera factura del alta de la luz, la cuál no tengo que pagar yo, pues fue negligencia suya y veo que tampoco me la querrá pagar ( puso los suministros a mi nombre)…por favor necesito ayuda con esta señora, me va a volver loca y sólo quiero vivir tranquila que para eso pago y que me pague lo que es mio… muchas gracias

  71. tengo una inquilina en mi piso con un contrato no registrado por un año, en este momento necesito el piso para vivir y ademas este mes no me a pagado el alquiler estoy mirando un modelo de buro fax para enviarle pero no encuentro que tengo que hacer en este caso
    gracias

    1. Hola Emilio.

      En qué fecha se firmó el contrato.

      Si quieres puedo hacerte yo el envío del burofax anunciando que no quieres que continúe en la vivienda y anunciando el impago de alquiler.

      Si lo deseas puedes ponerte en contacto conmigo en info@abogadosparatodos.net

  72. Buenas Eduardo,

    Si en el contrato he añadido para notifications fehacientes, el email de la inquilina morosa ademas del domicilio arrendado, TIENE igual validwz que un burofax? O Es tb recommendable enviar el burofqx y enviarlo tambien y en que orden ?
    Gracias de antemano

    1. Hola Inés.

      Yo no me fiaría de la validez de un email, aunque se haya puesto como lugar de notificaciones.

      Es preferible un burofax, del que si que queda constancia del contenido, del texto, de quien lo recoge, etc. Con un email no puedes probar todos estos extremos.

  73. Hola Eduardo, el 25 de Agosto le hice un contrato de 6 meses a mi inquilino. Me ha costado que me pague todos los meses, pero el mes de Enero no lo ha pagado ni el último recibo de luz y agua, y el de Febrero tampoco se ve que vaya a pagarlo (su mes empezaba el 25 de Enero realmente).No coge el teléfono ni contesta mensajes. El día 25 de Febrero es el último día de nuestro contrato y quiero que salga. ¿qué puedo hacer? Muchas gracias qué derechos tengo? envío burofax?

    1. Hola Cristina.

      Mi recomendación es que te esperes a ver si te devuelve la vivienda el día 25. Y si no lo hace pues tendrías que plantearte inmediatamente interponer demanda de desahucio.

      Por supuesto, sigue estos días intentando contactar con él.

      Quedo a tu disposición para cuanto necesites.

      1. Pero no debería enviarle ya un burofax para comunicarle que el día 25 acaba el contrato y no quiero renovar? si no le he enviado ya la comunicación ya se renueva automáticamente? No me gustaría llegar a denunciar, creo que estoy a tiempo o no?

        1. Si no dices nada pasados 15 días desde la finalización del contrato, se renueva por tácita reconducción.

          El burofax tiene un coste (de unos 30 euros si lo encias con certificación de contenido).

          Por eso te recomendaba esperar. Si te devuelve la vivienda el 25, te has ahorrado esos 30 euros. Y si no te la devuelve si que tendrás que enviarle burofax.

          Ojo, desconozco si el contrato dice algo referente a prórrogas. En caso afirmativo tendrás que tener en cuenta lo que diga.

  74. Hola Eduardo,
    Voy a empezar la tramitación con el envío del burofax pero quería saber el periodo mínimo que tengo que dar por medio de este burofax al inquilino para que pague. No ha pagado septiembre, (octubre si), noviembre, diciembre ni enero. Por otro lado, la localidad está a 500km de donde resido: poner una denuncia en dicha localidad supone perder un día de trabajo (autónomo… que te voy a contar) y el coste de desplazamiento… ¿no hay otra solución?
    Gracias y realmente… felicidades por tu blog.

    1. Hola Pedro.

      En cuanto al burofax, puedes poner 15 días de plazo. Sin embargo, si quieres asegurarte que no te paralicen la futura demanda de desahucio, no deberás interponerla antes de que pasen 30 días desde que recibieron el burofax.

      En cuanto a la demanda, podemos llevar los trámites nosotros, presentarla nosotros, etc.

  75. Hola Eduardo , tengo un piso en Cádiz alquilado y la inquilina lleva dos meses sin pagar hemos hablado amistosamente con ella para que antes del 31/01/2015 pueda pagar los retrasos si no pues tendremos que hacerlo por vía judicial , como puedo confeccionar el burofax ? , podrías por favor asesorarme de como hacerlo y llevar esta situación acabo . Un saludo desde Madrid. .

    1. Hola Tamara.

      Se trata de que le envíes un burofax (con certificación de contenido y acuse de recibo) diciendole que le das un plazo de diez días para que te pague la deuda o, de lo contrario, tomarás las medidas legales oportunas.

      El burofax te va a costar en Correos unos 30 euros.

      Si no estás segura de hacerlo bien puedo hacerlo yo. Si quieres puedes contactar conmigo en info@abogadosparatodos.net

  76. Hola. Tengo un problema con una inquilina que me debe ya casi 4 meses de alquiler de un local-bar. Me dispongo a enviarle el primer burofax pero no sé a que dirección, si a la de mi local, dónde se la puede localizar con facilidad a la hora de que le enteguen dicho burofax, o a su domicilio particular, que es el que figura en el contrato de arrendamiento, pero que es bastante difícil que se la localice allí y se le entegue el burofax, ya que está todo el día en mi local, dónde realiza su actividad profesional. Gracias.

    1. Bernat buenas tardes.

      Envíaselo a su domicilio si es ese el que aparece en el contrato.

      No hay problema en que no esté allí frecuentemente, pues el servicio de correos le dejará un aviso en el domicilio indicando que tiene que pasar por la oficina de correos para recoger el burofax.

      Suerte!!!.

      Si necesitas asistencia posteriormente ya sabes donde estamos.

      1. Hola Eduardo. Muchas gracias por tu respuesta. Me queda un duda al respecto. Si finalmente a esta persona se le envía el burofax y no se le localiza en casa, y como tu comentas, se le deja una aviso para que lo recoja en correos: en el supuesto de que no vaya a recogerlo ¿en qué situación se queda el asunto?, Pasados los 30 días de plazo para el pago según indico en el burofax sin respuesta ¿puedo presentar la demanda correspondiente aunque ella no haya recogido nunca el burofax en Correos?

        Gracias de nuevo.

        1. Muy buenas de nuevo.

          Es una situación complicada.

          Hay sentencias que avalan que un burofax no recogido es una notificación realizada. Es decir, en ese caso se podría interponer la demanda de desahucio y la parte arrendataria no tendría derecho a enervar la acción de desahucio. Sin embargo también hay sentencias que no avalan esta linea jurisprudencial.

          1. Muchas gracias de nuevo Eduardo. Lo que no entiendo, después de lo último que me has comentado, ¿por qué tengo que enviar el bvrofax a la dirección que tengo en el contrato, a sabiendas de que no se la va a localizar en su casa, cuándo la tengo trabajando todo el día justo debajo de mi casa, que es dónde tengo el local? Yo lo que quiero es que le llegue el burofax… ¿Por qué me tango que exponer a que no sea así cuando sé perfectamente dónde está disponible?

          2. Hola Bernat.

            Tu piensas que recogerá el burofax en el local, pero a lo mejor ve que es tuyo y no quiere recogerlo.

            Sin embargo, si lo envías al domicilio, le dejarán aviso. Puede que vaya a Correos a recogerlo, y problema solucionado. Pero también puede que, al igual que te acabo de decir, no lo recoja al ver que es tuyo.

            Hay jurisprudencia que indica que un burofax no recogido es un burofax notificado. Lo que no puedo garantizarte es que esa misma regla se aplique si envías el burofax a un domicilio distinto al que se ha puesto en el contrato como domicilio para notificaciones. Si yo fuera el abogado del inquilino me agarraría a eso para oponerme a la notificación, con lo que habrás perdido el dinero del burofax y algún mes y tendrías que empezar de nuevo.

            En un caso tan transparente como un impago de rentas, enviar el burofax a un domicilio distinto al que aparece en el contrato es dar opciones a la otra parte para estar más tiempo en el inmueble, por los motivos comentados.

  77. Buenas Eduardo!

    Mira te comento, yo vivia de alquiler y por impago de piso de dos meses la propetaria me cambio de carradura, en la cual estavan todas mis pertenencias dentro; Ropa Television, Camas etc….
    Yo la denuncie en agosto paso todo , ahora en febrero tengo juicio.
    Ella en su declaracion de la denuncia dice que ella no cambio la cerradura yo llevo testigos del dia que me encontre la cerradura cambiada.

    No me puedo ni vestir porque todo lo tengo ahi estoy desesperado teniendo que dormir en casa de amigos/as por no poder encontrar nada a tiempo.

    Mi pregunta es que puedo reclamar en el juicio i que debo de decir? en la denuncia yo admito que yo le debia dos meses.

    La casera me cortava el suministro del agua teniendo testigos necesitaria un poco de asoramiento pofavor ya que no me entra abogado de oficio por este tema.

    Muchas gracias espero una respuesta

    1. Hola Alejandro.

      En tu situación yo habría cambiado de nuevo la cerradura con ayuda de un cerrajero.

      Que debas dos meses de renta no da derecho al arrendador a hacer eso ni a cortarte los suministros.
      Ahora podrás hacer lo que te digo (ya que eres el legítimo arrendatario) y retirar la denuncia o esperar al juicio.

      Saludos.

      1. Voy a continuar con la denuncia por el simple echo de las coacciones y mis pertenencias han sido tiradas ala basura.

        Que puedo reclamar: Tenia mucha ropa, television, maletas, cama de matrimonio, papeles personales ( nominas de trabajo, contratos de trabajo, renta de hacienda…) que puedo pedir?

        y aparte daños y prejuicios?

        1. Puedes reclamar todos los daños económicos que hayas sufrido, los gastos que hayas tenido que soportar, etc.

      2. ,si dejas de pagar al casero que se fastidie pero cuando el casero pone su remedio el inquilino le tacha de todo hizo bien la justicia es lenta y si eres un moroso hay que darte una lección,no me das ninguna pena

  78. Hola Eduardo, me surge una duda respecto del alquiler impagado:
    Si el inquilino no ha pagado el mes anterior ni el actual, y según contrato ha de pagarlo en los 7 primeros días del mes…. ¿le puedo reclamar por burofax los 2 meses a partir del día 7 o sólo podría reclamarle el mes anterior?
    Y si en respuesta al burofax ingresa sólo el alquiler del mes pasado…. ¿eso es enervar o tendría que abonar todo lo reclamado?

    En caso de tener que interponer demanda me gustaría acudir a tí pero no sé si se puede porque el piso está en Madrid.

    Gracias por tu atención.

    1. Hola Rebeca.

      No hay ningún problema con que tu estés en Madrid. Aunque nosotros estemos en Granada, casi todos los desahucios que llevamos son en Madrid. Tenemos allí un procurador de confianza, que es lo importante.

      Yo estaría encantado de que contases conmigo.

      En cuanto al burofax, puedes reclamar los dos meses desde el día siete, y tendrían que pagarte esos dos meses íntegros para considerar que hay enervación.

      Quedo a tu disposición para lo que necesites.

      1. Gracias Eduardo, voy a enviar el burofax y a ver que pasa… en caso de que no paguen te avisaría para iniciar la demanda. Saludos.

  79. Buenos días Eduardo,
    Yo tengo una consulta pero contraria al tema, yo soy el arrendatario y mi arrendador quiere cobrar un importe por consumo de agua que inicialmente estaba incluído en el pago del alquiler y ahora me llegó un carta indicando que mi consumo de agua del 2014 es de xxx,xx y que a partir del 2015 debo pagar una cantidad de (el total del año 2014 dividido entre 12 meses).
    Al hablar con el propietario de la finca me dice que debo pagar esa cantidad incluída en mi mensualidad el alquiler del piso, por lo que el Banco pagará la suma extra sin mi concentimiento.
    La finca sólo tiene un medidor de agua para todos los 6 pisos y el propietario ha dividido el consumo del año entre 6. Yo le he pedido que nos instale medidores de agua para cada piso y así pagar nuestro consumo justo (yo vivo solo y mis vecinos tienen 5 ó 6 personas en sus pisos) y el consumo no puede ser igual para todos. El propietario se ha negado a pagar el medidor de agua, dice que si lo piede, entonces yo debería pagar el medidor.
    He rechazado el recibo del mes de enero de mi bando pero quiero pagar la mensualidad del alquiler.

    ¿Puedo/debo enviar un burofax? en vista que el propietario no quiere llegar a un acuerdo.
    En el contrato dice que yo me encargo de pagar todo consumo de electricidad, Internet, gas u cualquier otro RECIBO de consumo que tenga en mi piso… pero no tengo ninguno de agua.

    Gracias de antemano por tu respuesta.

  80. Buenos días.
    Tengo unos inquilinos con un contrato de arrendamiento a pagar mensualmente que me comunicaron con anterioridad a un mes que iban a dejar la vivienda, pero dos días después de que se cumpla el año, es decir, los inquilinos entraron un 19/12 y deberían abandonar la vivienda el 18/12 del año siguiente. Me han ingresado la mensualidad más 2 días de más, pero ahora no quieren hacerse cargo de los desperfectos que me han causado durante este año. Mi pregunta es, Si se quedan dos días de más a los que en teoría sería la mensualidad, ¿puedo exigirles el mes entero aunque me entreguen las llaves y rescindamos el contrato el día 20?
    Muchas gracias
    Juan

    1. Hola Juan.

      Tendría que ver el contrato, pero aparentemente me atrevería a decirte que si, que tienen que pagar el mes entero si así lo quieres tu, pues los meses se pagan anticipadamente y al haber comenzado una mensualidad están obligados a pagarla entera.

  81. Buenas noches, tengo el piso alquilado, en obtubre me notificaron por telefono que dejaban el piso él el dia 26 y ella el dia 29. Él dejó el piso el día que indicó y entregó las llaves pero ella, a pesar de que no esta viviendo allí no ha devuelto las llaves y aun tiene cosas dentro de la casa. Tengo que resaltar q los meses que estuvieron nunca pagaron la luz ni el agua y el ultimo recibo del alquiler lo pagaron en septiembre. Me recomiendan mardar un burofax a ella indicando que ella dijo por telefo que se iba y que se daba por rescindido el contrato dado el abandono del piso y que si en 48 horas no recoge sus cosas las perdera. Eso puedo hacerlo? que me recomendais.

    1. Hola Ana.

      Te recomiendo que contactes con ella y le digas que mientras no se firme un documento de resolución de contrato y de entrega de llaves el contrato no está terminado, por lo que podrás reclamarle las rentas y suministros que se vayan generando. Esto es así porque supuestamente tu no puedes entrar a la vivienda hasta que ese documento esté firmado.

      1. El problema es que no me coge el telefono, me es imposible contactar con ella. Incluso me puse en contacto con su abogado que es el administrador de mi finca y a él también le da largas.

          1. El contrato es de un año y supuestamente finalizaba este mes, sigo en la misma situacion y no me patece ir a juicio, alfinal no me quedara otra

  82. Hola, esta información es muy útil.
    Me gustaría saber si para abrir un proceso monitorio es necesario enviar antes el burofax y esperar un mes, o por el contrario podemos abrir el proceso monitorio y enviar el burofax al mismo tiempo, por si´se oponen a la demanda y llegamos a juicio, que vayan pasando los 30 días de espera del burofax para ir a juicio.
    Gracias.

    1. Hola David.

      No sé exactamente cuál es la situación.

      ¿Tienes actualmente la posesión del inmueble, o aún no?. Te agradezco si me puedes aclarar algo la situación.

      Saludos.

  83. Estimado Eduardo,

    He leido el burofax, me imagino que es solo un ejemplo pero si fuese un caso real, porque se tarda 3 meses el propietario en enviar el burofax? tengo entendido que se puede interponer una demanda por desahucio al cumplir el mes de impago, no es correcto? en este caso lo ideal seria enviar el burofax no mas tarde de 15 dias despues de cumplirse el primer impago. cual es tu opinion?
    Saludos
    Francisco

    1. Tienes toda la razón Javier.

      Es un ejemplo inventado y no había caído en la cuenta. Veré si puedo modificarlo en los próximos días.

      Saludos.

  84. Estimado Eduardo,
    El 15 de julio he entregado las llaves, hasta la fecha (pasan mas de 3 meses desde la fecha de entrega de llaves) no se me ha devuelto la fianza (700 euros) correspondiente.
    Pregunto:
    ¿ Estoy aun a tiempo para presentar mi reclamación enviando un burofax?
    Aclaro que he intentado en muchas ocasiones contactar para entrar a un acuerdo y no logrado que mi excasero diera de la cara.
    Muchas gracias por tu respuesta
    Un saludo
    Percy

    1. Hola Percy.

      Por supuesto que estás a tiempo.

      Debes saber que el «impacto» que recibe el arrendador cuando el burofax lo recibe de un despacho de abogados es mucho mayor que si lo hace directamente el inquilino, motivo por el que desde este momento nos ponemos a tu disposición.

      Puedes contactar directamente con nosotros en info@abogadosparatodos.net

      Saludos.

      1. Hola !! K podria hacer yo. Tengo inquilinos quw no pagan hace tres meses y me han dicho a la cara que no tienen dinero entonces k mo pagaran . Que tengo k hacer? Como proceder?

      1. Buenos días,
        tengo un inquilino que a principios de octubbre me comunicó(telefonicamente) que ese mes sería el ultimo que estaría en el piso, para avisarme y por si quería ir buscando inquilino para el mes de novimebre. El dia 15 por wasap le informe que tenía unas personas interesadas y que ibamos a firmar con ellos el contrato de arras para entrar en noviembre. El me respondio al wasap que le parecia bien y que el no aun no habia firmado el contrato pero que no creia que tendría problemas y que dejaría el piso sobre el dia 31 de octubre. El dia 24 me llama y me dice que al final la casera a la que le iba a alquilar el piso le ha surgido un problema y que como no se lo alquila que no se va. Le decimos que se tiene que ir y dice que no, le comentamos que nosotros ya tenemos firmado el contrato de arras con otras personas para que entren en noviembre y nos dice que no se va y que se busquen otra cosa. Me gustaría saber si le tengo que mandar un burofax instandole a que deje el piso el dia 31 de octubre como nos dijo y que sino lo hace daremos por rescindido el contrato el 30 de noviembre, preavisandole con un mes de antelación. Y si la dirección a la que tenemos que mandarle el burofax es a la dirección de la vivienda que le tenemos alquilada que es donde reside, aunque en el dni ponga otra. El contrato era anual prorrogable por anualidades salvo que el inquilino nos avisara de su no continuidad en el piso como fue el caso.

        1. Hola Ana.

          El contrato sólo se puede dar por finalizado en el momento oportuno (al tercer año).

          En el caso que comentas lo maximo que podrías conseguir es que el inquilino te pagara los daños y perjuicios que hayas sufrido como consecuencia de su arrepentimiento. Es decir, que si tu tienes que devolver las arras duplicadas a quien te entrgó la señal, entonces podrás reclamar esa cantidad a tu inquilino. Pero si no le devuelves las arras duplicadas no sufrirás ningún perjuicio, por lo que no podrás reclamar nada.

          Y todo ello sin entrar a valorar la solidez de la prueba que tienes, es decir, comunicaciones por vía whatsapp, que dificulta mucho el asunto en caso de juicio.

      2. Hola, Eduardo, necesitaría información sobre 2 meses de impagos de luz, que los inquilinos me dejaron a deber mas, me gustaría saber si tengo derecho a reclamar los pequeños desperfectos ocasionados en la vivienda, una vez entregada la fianza, a demás se marcharon del piso sin que yo pudiera comprobar que estuviera todo como se les entrego… incluso reribo amenazas por parte de los inquilinos, y afirmaciones de que no me vas a pagar nada. Espero tu respuesta.
        Gracias!

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