Blog

Todo sobre arrendamientos y desahucios

¿Puede parar el desahucio el inquilino?

Publicado el

Si estás planteándote interponer una demanda de desahucio contra tu inquilino y te preguntas si puede parar el desahucio el inquilino, debes saber que existe una única oportunidad para que el inquilino pueda parar el desahucio una vez presentada la demanda. se trata de la enervación, pero sólo se podrá acudir a esta figura una vez.

Vamos a ver algún concepto básico antes de entrar en detalles.

El desahucio

En materia de arrendamientos urbanos, el desahucio es un tipo de procedimiento o juicio por el que una persona pide ayuda al Estado para recuperar una vivienda o local que tiene entregada en arrendamiento. Se trata de un proceso judicial regulado en la ley de enjuiciamiento civil (LEC).

Lo más frecuente es que se interpongan demandas de desahucio por impago de rentas de alquiler, si bien hay otros muchos motivos, como pueden ser el impago de cantidades asimiladas a renta (luz, agua, comunidad, etc), el incumplimiento en la duración del contrato, la realización de actividades peligrosas dentro de la vivienda, y un largo etcétera.

Pero, como digo, el impago de alquiler es el rey en lo que a motivos se refiere para interponer una demanda de desahucio.

Mencionar simplemente que desde el punto de vista técnico, lo que se pide al juez cuando se interpone una demanda de desahucio es, primero, que de por terminado el contrato de arrendamiento (precisamente por haber incumplido la obligación de pago de la renta) y, segundo, que ordene desalojar la vivienda o local.

Si quieres tener información más detallada sobre el procedimiento de desahucio te invito a leer mi post Desahucio por impago de alquiler.

Motivos del inquilino para paralizar el desahucio

El inquilino tiene una posibilidad para detener la demanda de desahucio que le pueda interponer el arrendador. Y ese motivo es pagar, aunque sea después de la presentación de la demanda.

Así, si el inquilino paga las cantidades que se le reclaman en la demanda el juzgado ordenará que termine el procedimiento y el contrato no finalizará, con lo que el inquilino no va a tener que desalojar el inmueble.

Esta oportunidad que se le da al inquilino es única, es decir, únicamente puede hacer uso de este derecho una vez. Por tanto, si el arrendador vuelve a interponer una demanda de desahucio por impago de rentas de alquiler, el inquilino podrá pagar lo que se le reclama en la demanda, pero el juzgado ya va a tener que dar el contrato por finalizado y ordenará el desahucio, por mucho que haya pagado el inquilino.

Desahucio express

Esta figura se llama “enervación” y si quieres tener más información sobre ella puedes leer mi post Enervación del inquilino en el proceso de desahucio.

Hay un segundo motivo a favor del inquilino. Aunque no es puramente un motivo para paralizar el desahucio, es un motivo para impedir que el arrendador ponga la demanda de desahucio. Puede parecer obvio. El motivo es que el inquilino pague la deuda. Quiero decir con esto que si el arrendador manda un burofax al inquilino (antes de poner la demanda de desahucio) el inquilino tendrá dos opciones, cada una de ellas con una consecuencia muy diferente:

  • El inquilino paga todo lo que se le pide en el burofax en el plazo máximo de 30 días: en este caso el arrendador ya no podrá poner la demanda de desahucio pues ya no hay deuda.
  • El inquilino no paga en el plazo de 30 días: si el inquilino recibe el burofax y no atiende el pago reclamado en el plazo de 30 días, entonces el arrendador puede poner la demanda de desahucio y el inquilino ya no podrá paralizarla, incluso aunque pague en cualquier momento, pues ya le ha dado la ley de enjuiciamiento civil un plazo de 30 días y no lo ha atendido.

Y alguno más…

Además de la posibilidad (sólo una) de enervación que la ley concede al inquilino para que no le desahucien y de la posibilidad que la ley de enjuiciamiento civil le concede (pagar en el plazo de 30 días siguiente a la recepción del burofax), existe otra posibilidad más, aunque suele ser más remota. Se trata de oponerse a la demanda.

En el caso de que el inquilino se oponga a la demanda de desahucio se va a celebrar un juicio y si el juez concede la razón al inquilino muy probablemente no se conceda el desahucio, aunque como digo en pocas ocasiones ocurre esto dado que el impago existe o no existe, y difícilmente se va aa oponer a la demanda el inquilino que no ha pagado, entre otras cosas porque los gastos judiciales se van a encarecer y esto va en su contra porque con mucha probabilidad el inquilino será condenado a pagar las costas del proceso.

Desahucio express

4 comentarios en “¿Puede parar el desahucio el inquilino?

  1. Mi problema es el siguiente. Yo alquilé mi vivienda por no poder pagar la hipoteca , en el trascurso de 3 años me he divorciado y necesito mi vivienda el inquilino no se ha marchado cuando he hecho todo legal mente, mandando burofax y demás…. ahora me encuentro que el inquilino , contesta a mi demanda que es una persona excluida y no tiene donde ir ella tiene una ayuda de alquiler que puede irse donde quiera y se lo pagan. Pues no señores lleva en mi casa ya 1 año sin pagar y yo divorciada con 1 hijo en la calle pagando hipoteca y alquiler ya no puedo mas ahora me dan fecha de juicio pero no de desahucio porque esta señora con 2 coches un c4 y un BMW serie 3 , dice que es una persona con exclusion social. Por favor necesito ayuda ya nose que hacer. Porque no entiendo nada de verdad. Solo quiero volver ha mi casa con mi hijo y no puedo ya pagar al final el banco me va ha embargar la casa como afronto ya el alquiler y la hipoteca? Yo en la calle y una cara dura en mi casa.

    1. Hola María,

      Si ha interpuesto una demanda de desahucio, y la situación es como la describe, donde no le pagan las rentas tendrán que producirse el lanzamiento.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  2. Yo no debo nda de lquiler y me ha desvuciado porque segun el su hija quiere el piso porque y q tie w deprescio

    1. Hola Carolina,

      Entiendo que es por necesidad de la vivienda, en este caso el propietario tendría derecho si cumple lo requisito en la ley.

      Un saludo.

Los comentarios están cerrados.

Nuestros servicios

  • Gestionamos desde el punto de vista legal el desahucio de un inquilino en vivienda de alquiler
    Desahucio express