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Todo sobre arrendamientos y desahucios

Quién paga la tasa de recogida de basura. Inquilino o propietario

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Los municipios prestan a los ciudadanos determinados servicios y los ciudadanos pagan, vía tasa, a los Ayuntamientos.

La recogida de basura la pagan los ciudadanos a los Ayuntamientos a través de una tasa y esa tasa se regula en cada Ayuntamiento a través de la respectiva Ordenanza Municipal.

La gran mayoría de Ordenanzas Municipales dejan claro que el hecho imponible de esta tasa es la prestación del servicio de recogida y tratamientos de los residuos (basura). Y a continuación se establece quién es el sujeto pasivo y quién es el sustituto del sujeto pasivo.

El sujeto pasivo de la tasa suele ser en casi todas las ciudades la persona que ocupa la vivienda (el inquilino si la vivienda está arrendada).

Y tendrá la consideración de sustituto del contribuyente el propietario de la vivienda o local.

Y añaden las Ordenanzas que el propietario podrá repercutir, en su caso, las cuotas satisfechas, sobre los inquilinos.

En resumen, las Ordenanzas vienen a decir que hay que pagar un servicio y que el servicio se presta a los inquilinos y por tanto son ellos los que tienen que contribuir al gasto que el servicio supone.

Pero al añadir como «sustitutos» a los propietarios se está diciendo, a las claras, que el responsable último del pago de la tasa es el propietario.

Y de hecho por eso se suele establecer como coletilla final que el propietario puede repercutir la tasa al inquilino (esto sobra en una Ordenanza).

Por tanto, partimos de la base de que es el arrendador o propietario quien tiene que pagar la tasa de basura.

La LAU

El artículo 20 de la ley de arrendamientos urbanos (LAU) se encarga de esta cuestión, viviendo a decir que el arrendador o propietario puede repercutir al inquilino el pago de la tasa de basura.

Es decir, que aunque la obligación de pago de cara al Ayuntamiento sea del arrendador, éste (el arrendador) puede cobrar al inquilino la tasa de basura.

El pacto debe cobstar el el contrato de arrendamiento, y para que tenga validez dicho pacto debe constar en la cláusula cuál es el precio de la tasa de basura de ese año (del año en que se firmó el contrato), y ello para evitar sorpresas de importes muy elevados.

Es decir, si en el contrato no aparece que la tasa de basura de ese año (del año de firma del contrato) es de ….. euros, entonces la cláusula no será válida y el inquilino no estará obligado a pagar la tasa.

Si la cláusula está correcta y el inquilino no paga la tasa al arrendador, ello será motivo de interponer demanda desahucio por parte del arrendador.

No olvides que en la sección Archivo Documental encontrarás multitud de contratos y modelos listos para que los utilices.

45 comentarios en “Quién paga la tasa de recogida de basura. Inquilino o propietario

  1. Hola!,

    Me hace gracias que en este artículo que comente que debe aparecer el importe anual de las basuras y en los contratos base que hay en vuestra página web no aparezca por defecto poner el importe, cuando la tasa de basuras debe pagarla el arrendatario.

    En mi caso, aparece igual que en «Contrato de arrendamiento de vivienda (actualizado 2019)», mi contrato es del 2018, pero no se especifica el importe anual de la tasa de basuras. Creo que la clausula no tiene lugar a dudas y el inquilino lo tienen que pagar desconociendo el importe.

    Saludos

    1. Hola Marcos,

      Lamentamos las molestias. El importe debe ponerse para prevenir al arrendatario de la cuantía que se suele pagar; pues como sabrá estas tasas suelen variar dependiendo de la localización.

      Un saludo.

  2. Buenos días,
    Me acaba de finalizar el contrato de alquiler tras 8 años. Ahora el propietario me reclama los 8 años de la tasa de basura, cuando nunca me ha requerido de pago ni me ha ido informando del importe anualmente, aunque si estaba estipulado en el contrato. ¿Puede reclamármelo con efectos retroactivos y hasta cuanto tiempo atrás? Mil gracias

    1. Hola Lucía,

      Para que el pacto que aparece en el contrato tenga validez es necesario que se hubiese estipulado el importe del año en se firmó en contrato de arrendamiento.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  3. Buenos días,
    Me acaba de finalizar el contrato de alquiler tras 8 años. Ahora el propietario me reclama los 8 años de la tasa de basura, cuando nunca me ha requerido de pago ni me ha ido informando del importe anualmente, aunque si estaba estipulado en el contrato. ¿Puede reclamármelo con efectos retroactivos y hasta cuanto tiempo atrás? Mil gracias

    1. Hola Carlota,

      Para que tenga validez dicho pacto debe constar en la cláusula cuál es el precio de la tasa de basura del años en que se firmó el contrato.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  4. Hola yo he alquilado un local y la antigua propietaria me quiere cobrar de las basuras desde junio hasta diciembre eso es legal o yo solo le tengo que pagar el mes de noviembre y diciembre que es cuando lo he cogido gracias

    1. Hola Vanesa,

      Usted solo debe pagar la parte proporcional de ese impuesto, es decir, la cantidad correspondiente desde que usted es inquilina.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  5. Buenos dias.

    Soy copropietaria en un 12% de una vivienda heredada de mi madre hace mas de 10 años, donde ha estado empadronada siempre y exclusivamente una de la propietarias cuyo porcentaje de titularidad era del 25 %, sin que exista contrato ni pago alguno del uso y disfrute al 100% de dicho inmueble por parte de esa señora, ya que su pensión era escasa y se la teníamos cedida. Hace unos meses, la señora se ha trasladado a una residencia social, por lo cual ya no esta empadronada allí, permaneciendo la casa vacía.

    Para mi sorpresa, el Ayuntamiento pretende girarme a mí la tasa de recogida de basura -como copropietaria y con caracter retroactivo- de dicho inmueble, porque según parece la inquilina no la pagó nunca.

    Al adjuntarles entonces un certificado de empadronamiento de la señora entre otros documentos y nota del registro de la propiedad donde se contempla los porcentajes de propiedad de todos los dueños, me dice la funcionaria que me van a liquidar a mi esa tasa porque, primero, el contrato de agua estaba a nombre de mi madre aunque lo pagase la señora y segundo, que respecto a la tasa de basura «la ley contempla ir contra cualquiera de los copropietarios» y que yo posteriormente vaya contra el resto de dueños para que me abonen cada uno su parte según su porcentaje de participación (a lo que estos se niegan, porque además no hay buenas relaciones).

    Es eso cierto? Tengo que resignarme a pagar si no quiero meterme en un pleito contra la administración y/o propietarios? Gracias y disculpas por la extensión.

  6. Hola

    Llevo 40 años viviendo de alquiler en diferentes viviendas y nunca me habia ocurrido esto. Ahora hace un año que tengo en alquiler la presente vivienda y esta mañana se ha presentado el arrendador diciendome que el habia pagado la Tasa de Basuras y reclamandome el pago de su importe. Yo he leido mi contrato y no veo por ningun lado mencion a ello. Quizas no se leer entre lineas. ¿Podrian por favor indicarme, si de acuerdo con la clausula que les escribo textualmente a continuacion, tengo la obligacion de hacerle efectivo ese importe al arrendador?.

    «Seran a cargo del arrendador los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, tributos, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualizacion y que correspondan a la vivienda arrendada.
    Seran a cargo del arrendatario todos los gastos que deriven de servicios o suministros con los que cuente la vivienda que sean susceptibles de individualizacion mediante aparatos contadores. Dentro de este concepto queda incluido el importe del recibo de la luz y cualquier otro semejante.»

    Pido disculpas por un texto tan largo y les quedo muy agradecido por su atencion.

    Jose Luis

    1. Hola José Luis,

      Con esta cláusula yo entendería que la tiene que pagar el propietario. Pero si bien, como consejo te diría que en el próximo contrato lo especificaras.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  7. Hola buenas tardes, estoy de arrendataria en un piso de estudiantes en la provincia de Jaén. En nuestro contrato, se señala que se nos obliga a satisfacer gastos y servicios de agua, luz, teléfono, gas o cualquier otro que pudiere ser individualmente asignado por contrato o medido por contador. en base a esto nuestro arrendador nos cobra la cuota de mejora en la factura del agua, así como el impuesto de basura. Estamos obligados a pagarlo?

    1. Hola Bea,

      En cuanto al pago de la tasa de basura sí os corresponde pagarla como arrendatarias, al igual que la tasa de mejora.

      Un saludo, espero haberle ayudado.

  8. Hola Cristina.

    No tendrías que devolverla por compensación de créditos, pero siempre y cuando en el contrato este recogido que ella tiene la obligación de pago.

    Un saludo

  9. Hola, el año pasado alquilé mi piso a finales de junio y la inquilina ha dejado el piso en agosto de este año, el año pasado pagué yo la tasa de basura de todo el año y ella ha pagado la tasa de basura del año en curso , ahora me reclama la parte proporcional de este año porque lo pago en mayo y ha dejado el piso el 31 de julio, mi pregunta es, si yo pagué el impuesto del año pasado de todo el año y ella entró en el piso en junio de 2016 y ha dejado el piso el 31 de julio de 2017, con lo cual ha estado un año y un mes beneficiandose del servicio, le tengo que devolver esa parte proporcional que me reclama?

    Gracias.

  10. Hola buenos días! Mi inquilina no me ha pagado la tasa de basuras de los últimos 3 años, aunque nosotros si que la hemos ido pagando al ayuntamiento como toca ¿puedo reclamárselas? Gracias! Un saludo!

    1. Hola Maria.

      Comprueba primero que ella la asumia por contrato el pago de la basura. Un saludo

  11. Hola Carmen.

    Mandale un burofax reclamandoselos, en caso de que no acceda, demandalo, existe un modelo de reclamación en el juzgado-

    Un saludo

  12. Hola. Desde el 15 de Mayo del 2015 al 30 de Mayo del 2017 he tenido alquilada una casa en Tanes (ayuntamiento de Caso/Asturias). A la firma del contrato aboné una fianza de 350 euros que aún no me ha sido devuelta por el propietario argumentando que debiamos esperar a la llegada de los últimos recibos para de esta cantidad, descontar la parte proporcional que me correspondiera pagar a mi. En Julio descubro que los recibos me han sido cargados integramente en mi cuenta por lo que doy orden al banco de su devolución, pues considero que si el retraso para el reembolso de la fianza es porque el propietario me va a descontar la parte proporcional que me corresponde no tiene sentido que yo los abone. El caso es que a él le pareció mal que yo tomara esa decisión y ahora me está dando largas para devolverme lo que me corresponde. Qué puedo hacer?
    Un saludo.

  13. Buenas noches:

    Tengo un local con una referencia castastral,éste está dividido en dos locales para alquilar,uno de ellos lleva vacio 5 años y el otro lleva alquilado muchos años.
    El local alquilado está a nombre de mi madre,ésta ya fallecida hace varios años.Yo hago la declaracion trimestral y anual a mi nombre al igual que el inquilino.No tengo otra entrada de dinero en mi familila en estos momentos,ya que ambos estamos en paro y con niños pequeños,hemos empezado a cobrar este mes la ayuda familiar y tengo ayuda en los suministros por la situación en que nos encontramos.

    Me es imposible pagar lo que me piden que ronda casi los 2000 € incluida costas,intereses etc…,desconocia estos impagos ya que si venian a nombre de mi madre no he podido recogerlos

    Me ha llegado una factura enorme de impuestos de basura desde hace varios años,donde no tenia conociemiento de ello.
    Imagino que el local que está alquilado y donde tanto agua como luz esta a nombre del inquilino y lo paga el directamente,está incluido la tasa de basura,que conste que no lo se.
    ¿Las tasas de basuras que me estan intentando reclamar a quien pertence? al local alquilado ,al local vacio,a todo el inmueble? si me reclaman el local vacio desde hace tantos años ¿es así o podría reclamar alegando que carce de actividad?

    cada cuanto tiempo prescribe esta deuda?porque me vienen facturas desde el año 2012 .
    ¿Si pudiera reclamar donde tenedria que dirigirme?¿podria hacerlo yo aunque el local no esté a mi nombre?
    ¿que tendria que hacer ?

    Gracias y espero vuestra respuesta

  14. Hola
    Me acaban de pasar la tasa de basuras reclamando los años desde 2004 , si bien se habían pagado se ha recalculado la tarifa pasando de local comercial a bares por lo que la cuota es el doble , han descontado lo pagado reclamando la diferencia . Los recibos se repercutiieron albinquilino del bar que pago por la liquidación que el Ayto práctico cada año.Puefo reclamar ahora esta diferencia al inquilino ,?
    Gracias
    Responder

    1. Buenos días,

      Entiendo que si se lo puedes repercutir al inquilino que es el sujeto que esta haciendo uso efectivo del servicio en el local.

      Del mismo modo entiendo que alguno de las tasas están prescritas y el ayuntamiento solo te puede pedir la de los últimos cuatro años. Esto se le puede poner en conocimiento a través de un escrito

      La Ley 58/2003, General Tributaria, en sus los artículos 66 a 70, regula el instituto jurídico de la prescripción tributaria, la cual establece que prescribirán a los cuatros años los siguientes derechos:
      El derecho de la Administración para determinar la deuda tributaria.
      El derecho de la Administración para exigir el pago de las deudas tributarias.
      El derecho a solicitar devoluciones.
      El derecho a obtener las devoluciones.

      Un saludo

  15. Hola muy buenas tardes!!

    El impuesto de las basuras se cobra por adelantado o año vencido?

    Un saludo y gracias de antemano

    1. Hola Andrés.

      Depende de cada ayuntamiento, y depende de lo que haya pactado en el contrato de arrendamiento.

  16. Tengo un inquilino que se dio de alta en el suministro de agua y tasa de basura . Ahora después de desahuciarlo, he ido a dar de alta, de nuevo, el suministro de agua y me dicen que no me lo dan hasta que no abone yo el total del importe de la deuda que dejo el anterior inquilino, Importe que asciende a mas de 1000 euros ya que no pagó ningún recibo durante el tiempo que tuvo el local arrendado. Me dicen que en virtud de la ordenanza soy yo el sujeto sustituto. Me consta que no le reclamaron al inquilino la deuda pendiente y que cortaron el suministro de agua despues de llevar tres años sin pagar una vez que dejo el local. Que puedo hacer ya que si no pago la deuda no me dan de alta el nuevo contrato?

    1. Hola Pilar.

      Las suministradoras aprietan al máximo para cobrar las deudas.

      Pero jurídicamente es un disparate que te hagan a ti participe de un contrato que no has firmado, por lo que si te empeñas deben hacerte un nuevo contrato.

      Pide hoja de reclamaciones.

  17. Hola, en mi caso el tema es algo diferente, estoy divorciado y por sentencia judicial mi ex se ha quedado con el piso, (yo resido en otra provicincia ) por lo visto no paga la tasa de facturas y el ayuntamiento me las reclama a mi.
    Tengo que pagarlas ?
    Gracias y un saludo

  18. Hola buenas tardes.
    Llevo viviendo desde 13 de febrero en un piso de alquiler y la propietaria, a traves de la inmobiliaria, me dice que tengo que pagar yo el impuesto de las basuras, correpondientes a una inquilina que estaba empadronada a fecha 1 de enero. Yo a fecha 1 de enero estaba empadronado en casa de mis padres y yo pago donde estaba empadronado. Pero ahora la propietaria, a traves de la inmobiliaria, me dice que tengo que pagar el del piso. Mi pregunta es que tengo que pagar los dos? O cual tengo que pagar? Me puede exigir que pague el de mi actual vivienda aun yo no haber estado empadronado ni viviendo?
    Muchas gracias

    1. Hola Rubén.

      El de casade tus padres no se si lo tienes que pagar o no. Depende de lo que tengáis pactado.

      Pero el del piso en el que estás vivienda, lo normal es que oagues la pate proporcional desde que llegaste a la vivienda hasta final de este año, es decir, casi toda la anualidad, y el resto que lo pague el arrendador.

      Esto es independiente del padrón, es decir, estás ocupando una vivienda y el arrendador será quien tenga que pagar en última instancia la tasa, pero te la podrá reclamar posteriormente a ti (salvo que en el contrato se especifique otra cosa).

  19. Hola buenos días quería hacer una pregunta :
    Mi tía tiene un local que es un bar el cual lo tiene alquilado y paga la factura el inquilino en el ayuntamiento , no le llegan facturas de nada del ayintamiento y el inquilino se va dice que lo tiene todo pagado no mira mi tia nada del ayuntamiento por que todo lo demas esta claro ahora mi tia a ido al ayuntamiento para preguntar su sorpresa a sido que se debe de todo basura , el tema de toldo sillas ect….. Quien tiene que pagarlo ahora si va a nombre del inquilino.
    Graciasssss

    1. Hola Carol.

      El obligado al pago será aquél a cuyo nombre esté el recibo.

  20. Hola, muchas gracias por adelantado y enhorabuena por la web.
    He alquilado un piso el pasado 1 de Junio, pero la propietaria me reclama el padrón de basuras de todo 2014, que es el recibo que ha recibido, considero que solo debo pagar la parte proporcional a partir de Junio, ¿estoy en lo cierto? (en el contrato no se especificó nada)
    Gracias de nuevo

    1. Hola Alberto.
      Yo opino igual que tu.
      Deberías pagar sólo la parte proporcional. Vas a recibir un servicio municipal y lo normal es que pagues por ese servicio desde el día en que eres inquilino de la vivienda, y no antes.
      Háblalo con ella a ver si cambia de opinión.
      Suerte!!!.

  21. hola yo soy de valladolid y me mude a una nueva casa enl 1/05/2014 apenas 3 meses y en mi cotrato viene que tengo ke pagarlo yo y el propritario me exije pagar el impuesto de este año 2014 que debo hacer ¿me toca a mi pagarlo?

    1. Hola Arancha.
      Desconozco si n Valladolid la tasa se paga una sola vez al año o en varias veces.
      En cualquier caso, tu obligación es pagar por el periodo de tiempo que estés en la vivienda, salvo que el contrato establezca otra cosa al respecto.
      Venga, que verás como lo arreglas!!!.
      Saludos.

  22. Hola, vivo en Alcoy (Alicante) y soy propietario de un local que lleva muchos años cerrado que carece de todo tipo de suministro , luz ,agua y gas he intentado que el Ayto. me declare exento de pago por estos motivos y me dicen que según el art. 5.1 de la Ordenanza fiscal reguladora de la Tasa establece : «Puesto que la recepción del servicio es obligatoria y se devenga con su prestación , sólo estarán exentos los sujetos pasivos titulares de aquellas «unidades de local» que no estén, desde un punto de vista material , en condiciones de utilizar el servicio público por el que se exige la tasa». Mi pregunta es la siguiente: ¿Si tabico de obra, la puerta de entrada al local me harán pagar todavía esta tasa?
    Muchas gracias

    1. No sabría que decirte en este caso Jorge.
      Me decantaría por un «no», pero no lo tengo claro del todo.
      Pregunta en el Ayto. a ver si «cuela».
      Saludos

  23. Buenas,
    Mi pregunta es la siguiente: A quién le corresponde pagar la tasa de basuras si el recibo da de plazo voluntario de pago del 1/5 al 31/7, y el inquilino deja la vivienda en Junio?

    Un saludo

    1. Hola Ana.
      El inquilino debera pagar proporcionalmente hasta el día que abandonó la vivienda.
      Saludos.

      1. Ante todo, gracias por responderme. Me surge una duda. La tasa de basuras se produce por años naturales? Entonces, se aplicaría los plazos como los del IBI, es decir, quien estuviera en la vivienda en enero de dicho año.

        Hay jurisprudencia al respecto?

        Gracias

        1. Hola Ana.
          El IBI es un impuesto sobre la vivienda. Efectivamente puede establecerse que quien estuviera en enero en ella será quien pague.
          Sin embargo la tasa afecta a un servicio que se presta paulatinamente a lo largo de todo el año. No puedo hacerse pagar por ese servicio a quien no disfruta del mismo.
          Saludos.

  24. Si no aparece en el contrato que debo pagar el impuesto de recogida de basuras, debo pagarla??? Recientemente he dejado un piso de alquiler y al quedar para que me hagan la devolución de la fianza me descuentan este impuesto correspondiente a tres años, 2010/2011 y 2013, por un valor de 350€, tampoco me han avisado que me lo cobrarían. Me pueden ayudar? muchas gracias!

    1. Mariana buenas tardes.
      Respecto al cobro de las anualidades anteriores, podrían reclamárselo puesto que aún no han prescrito.
      Sin embargo, al no aparecer recogido en el contrato de arrendamiento que corresponde al inquilino el pago de la tasa de basura, la situación es más que domplicada. Cada parte tratará de defender sus intereses.
      Nosotros entendemos que para que el arrendador pueda repercutir la tasa al inquilino, debería venir recogida esta situación en el contrato. Y si no viene recogida…aunque es dificil dar una respuesta correcta, entendemos que es responsabilidad del arrendador.
      Saludos.

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