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Devolución de la fianza en el arrendamiento

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La devolución de la fianza en el arrendamiento o alquiler de vivienda o local es una de las cuestiones que mayores conflictos generan en materia de arrendamientos, sobre todo respecto a las pequeñas reparaciones reguladas por el artículo 21.4 de la ley de arrendamientos urbanos.

El artículo 36 de la Ley de arrendamientos urbanos es el que regula la fianza en materia de arrendamientos.

En este artículo voy a hablar únicamente de aquello que tiene que ver con la devolución de la fianza.

Así pues, para conocer otros aspectos generales relativos a la fianza te remito a mi artículo La fianza en el contrato de arrendamiento.

Tanto los arrendamientos de vivienda como los de uso distinto a vivienda, se someten obligatoriamente a lo dispuesto por el título IV LAU.

Y el artículo 36 pertenece a ese título IV.

Paradójicamente, ni ese artículo 36 ni ningún otro de la Ley de arrendamientos urbanos (LAU) hablan sobre cuando procede o no la devolución de la fianza.

Para qué sirve la fianza?.

Dado que la LAU no dice nada respecto a cuando procede o no la devolución de la fianza, tenemos que acudir a la interpretación que van haciendo los jueces en esta materia.

Así, la cuestión principal a esclarecer es: ¿la fianza sirve para garantizar todas las obligaciones del arrendatario (incluidas las obligaciones económicas) o sirve sólo para garantizar los posibles daños y desperfectos ocasionados en el inmueble?.

Pues bien, los jueces vienen determinando que la fianza entregada por el inquilino sirve para garantizar al arrendador el cumplimiento de todas las obligaciones del inquilino.

Tanto de las económicas como de las de buen uso del inmueble arrendado.

Con arreglo a ello, el inquilino no debería dar por pagado ninguna mensualidad de renta (u otras cantidades como lus, agua, etc) bajo pretexto de que el arrendador tiene un dinero que es suyo (la fianza).

Y ello porque en ese caso el inquilino estaría decidiendo, unilateralmente y antes de terminar el contrato, la  finalidad de ese dinero (pagar la renta, los suministros, etc), dejando en la práctica el contrato carente de fianza.

En qué casos tiene que devolver el arrendador la fianza?

El arrendador estará obligado a devolver la fianza íntegramente al inquilino cuando, terminado el contrato, éste haya cumplido con todas sus obligaciones.

En general, tendrá que devolver la fianza si el inquilino ha pagado y si no hay daños atribuibles al inquilino.

Es decir, cuando se hayan extinguido las obligaciones del inquilino.

Respecto a los daños, por concretar más,  si se aprecien daños en el inmueble, el arrendador tendrá que devolver la fianza al inquilino si estamos en alguno de los siguientes casos:

  • Daños que requieren obras de conservación: se trata de aquellas situaciones en las que algún elemento de la vivienda requiere ser reparado para que ésta pueda ser habitable. Estos daños debe sufragarlos el arrendador en base al artículo 21.1 LAU., por lo que no procede retener la fianza.
  • Pequeños daños por un uso normal del inmueble: si al terminar el contrato el arrendador aprecia daños ocasionados por un uso normal del inmueble, entonces la reparación de esos daños corresponde al arrendador, por lo que tendrá que restituir la fianza íntegramente al inquilino. Únicamente entrará en juego el artículo 21.4 LAU y tendrá que sufragar esos daños el inquilino en caso de que éste vaya a continuar utilizando el inmueble y quiera voluntariamente repararlos para su mejor bienestar (es decir, cuando el daño se produce cuando no hay intención de finalizar el contrato), pero no habrá lugar entonces a hablar de retener la fianza pues estamos hablando de un hecho sucedido a mitad del contrato de arrendamiento, no al final.

En caso de que el arrendador no devuelva la fianza al inquilino, será aconsejable que éste envíe un burofax solicitando la reclamación de la fianza.

En qué casos puede retener el arrendador la fianza?

El arrendador puede retener la fianza cuando no se hayan extinguido las obligaciones del inquilino, es decir, cuando existan obligaciones achacables al inquilino.

O sea, el arrendador podrá retener la fianza si, al finalizar el contrato, el inquilino no ha cumplido alguna de sus obligaciones (como puede ser el pago de determinadas cantidades o el deber de cuidado del inmueble).

Así, podemos estar ante situaciones en las que el arrendador puede retener la fianza, en los siguientes casos:

  • Cuando de alguna forma el inquilino sea culpable directo o indirecto de un daño en el inmueble (o se pueda probar que fue culpable, negligente, etc), entonces en ese caso la reparación es responsabilidad del inquilino, por lo que el arrendador podrá quedarse con toda la fianza o parte de ella para reparar el daño.
  • Cuando los daños observados en el inmueble excedan el normal deterioro que corresponde al uso, corresponderá su reparación al inquilino, dado que son daños producidos por un uso anormal del inmueble. Por tanto podrá el arrendador hacer uso de la fianza para reparar dicho daño.
  • Si existen deudas del inquilino.

El problema en la práctica

El problema que se da en la práctica lo tenemos servido cuando el inquilino cree que él ha cumplido sus obligaciones y el arrendador no lo ve así, quedándose éste último la fianza para arreglar los daños.

Por ejemplo, en el caso en que el arrendador estima que el inquilino ha incumplido su obligación de cuidado del inmueble, entregándolo en unas condiciones menos óptimas que las que éste tenía al ser entregado al inquilino.

Si no hay un acuerdo entre las partes respecto a quién es responsable y respecto a la cuantía económica de los daños, será el juez el que tenga que decidir si se ha producido o no incumplimiento del inquilino.

Finalmente, el artículo 36.4 LAU indica que la cantidad que el arrendador deba al inquilino en concepto de devolución de fianza devengará el interés legal del dinero si tarda más de treinta días en devolverla desde la entrega de llaves.

Esto no quiere decir, en ningún caso, que el plazo para la devolución de la fianza sea de treinta días desde la entrega de las llaves. De hecho, la LAU no señala ningún plazo al respecto.

No olvides que en nuestra sección Archivo Documental encontrarás multitud de contratos y modelos listos para que los utilices.
Y tu… ¿has tenido problemas en cuánto a la devolución de la fianza?.

954 comentarios en “Devolución de la fianza en el arrendamiento

  1. buenos dias,
    mi inquilino de local para hosteleria ,tiene cosas para vender suyas y me manda un email Notificandome que se acoge al contrato y que me entregará las llaves dentro de 2 meses, poniendo fecha y hora exactas . Me quedo sorprendido porque en el contrato no dice nada de la rescisión anticipada de contrato, solo pone fecha exacta de terminacion dentro de 2 años ma o menos. Ha cerrado el negocio porque dice que pierde dinero. Trato de ayudarla en vender sus cosas, pero es cabezona, es una señora argentina pero me está desacreditando el local teniendolo cerrado y quiere 2 meses manteniendo el local. Ademas no me ha pagado la renta del mes en curso , ya a fecha 23 de Marzo, me imagino que lo quiere deducir de la fianza de 3 meses, aunque no sea legal. necesito saber si hay que firmar un documento de recision y firmarlo antes ó a la entrega de llaves y recuento de inventario .Tengo derecho a alguna indemnizacion si faltan dos años para la terminacion de contrato? Gracias , soy de Granada aunque no resido alli ahora. He visto la direccion de camino de ronda como tu sede de despacho. Un saludo Eduardo.

  2. Buenas noches. He dejado un piso alquilado. A la entrega de las llaves en dicho piso, la propietaria no quiso mirarlo detenidamente porque decía tenía prisa. Ese día lo dediqué a limpiar y dejar en perfecto estado , cosa que ella a simple vista pudo comprobar, ya que el piso es bien pequeñito. Al tiempo me devuelve la fianza, descontando de ella el recibo de agua y luz que quedaba pendiente de recibir pero lo que veo injusto es que me descuente también una serie de gastos que creo no corresponda hacerlo. En su momento , al tener que instalar el servicio internet , antes de hacerlo le pedí permiso , el cual me dió y antes de dejar el piso le comenté que si quitaba el aparato que habían colocado en la pared y dejaba el hueco tapado y me contestó que no, porque seguramente podía venirle bien al próximo inquilino. Y ahora va y me rebaja una cantidad porque dice que ha tenido que que desmontarlo ella y cerrarlo. Igualmente , me descuenta 80 euros por limpieza del piso (que dejé bien limpio. Tengo hasta video de como lo entregué) . Y de nada me ha dado factura, las cuales le he solicitado y aún ni me ha contestado.
    Tengo derecho a que me entregue facturas de todo? Y en cuanto a la limpieza, habiéndolo entregado en perfectas condiciones, cosa que ella pudo apreciar en la entrega de llaves, estaba en su derecho de contratar un servicio de limpieza por su cuenta sin mi consentimiento, y lo que entiendo que es peor, sin avisarnos de nada ? Muchas gracias .

  3. Buenos días
    El propietario con el que firme el contrato de alquiler ha vendido el piso, se ha acabado el contrato y no me devuelve la fianza, a quien le tengo que reclamar, al anterior propietario a quien le di la fianza o al nuevo propietario?.

    Muchas gracias

  4. Hola!!
    Tengo un contrato con el dueño del piso en el cuaL se me permite sub alquilar la vivienda a otros inquilinos estando yo en ella. Eso es lo que he hecho.
    Ahora los dos inquilinos se han ido de la vivienda dándome 1 día de aviso.El contrato que tengo con ellos es verbal, a parte de algún WhatsApp que se comprometían a estar hasta Junio, Les tengo que devolver la fianza? Muchas gracias

    1. Hola Andy,

      El preaviso tendría que haber sido de al menos 30 días de antelación; por lo tanto los arrendatarios estarían incumpliendo el mismo. En este caso debería indemnizarle, por lo tanto podría quedarse la fianza.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  5. Hola, buenas tardes. Mi situación es la siguiente: comencé un contrato de alquiler de vivienda en octubre de 2019 y que debería durar hasta junio de 2020, pero, debido a la situación de pandemia que estamos sufriendo y a que soy una estudiante sin ingresos, he tenido que abandonar el piso. En el contrato se establece que si se pagan seis meses de mensualidad (los cuáles he pagado ya que el primer pago fue en octubre y el último en marzo, ambos incluidos) hay derecho a marcharse del piso y que me devuelvan la fianza, algo a lo que mi casero se niega alegando a que me he marchado sin finalizar el contrato. Si se sigue negando, de qué manera debería actuar para que me la devuelva una vez agotada la vía diplomática por la que repito se niega a devolvérmela. No sé si al ser estudiante y no recibir ingresos podría acudir a algún organismo porque denunciarle me parece una vía que me va a suponer un gran coste. Gracias y espero una solución porque estoy harta de esta injusticia.

    1. Hola Raquel,

      Si en el contrato de arrendamiento se establece que se puede marchar después del sexto mes, sin ningún tipo de indemnización, el arrendador tendrá que devolverle la fianza, una vez que haya descontado el importe de los suministros pendientes, y siempre que la vivienda fuese devuelta en las mismas condiciones en la que se entregó. Si bien le aconsejo que le envié un burofax, en primer lugar, donde reclame la devolución de la fianza. Si esto no tiene resultado tendrá que acudir a la vía judicial.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  6. Hola:
    Firmé un contrato por un año mínimo por ser apartamento de playa y así se aseguraban que no iba a estar sólo en verano y me beneficiaría así del precio más económico para todo el año.Una cláusula es que si me voy antes, tengo que pagar el año entero. Entré el 15 de junio y en enero, 7 meses después, me cambian de lugar de trabajo y tengo que dejar el apartamento. Aviso. Me dicen que avisando con 2 meses de antelación, no habrá penalización (Aviso el 15 de enero). Viene el gloria y estando pagado del 15 de enero al 15 de febrero, tengo que dejar el apartamento por goteras el 21 de enero y los vecinos me dicen que el año anterior se cayó el techo con lluvias también torrenciales y me entra miedo y no vuelvo. MES pagado y ya no vuelvo. Sólo a recoger mis cosas. Tenía 2 meses de fianza. Me devuelven sólo uno. Tengo derecho a reclamar los 2?
    Muchas gracias

    1. Hola Loli,

      Entiendo que es un contrato de arrendamiento de uso diferente a vivienda habitual. Para que el hecho de preaviso de dos meses de alquiler sea efectivo, en relación a la nulidad de la indemnización, tendrá que venir recogido en el contrato de alquiler, de otro forma no sería válido. Si aparece recogido y usted avisó con el tiempo debido, se encuentra al corriente de pago de los suministros y las rentas, y la vivienda se entrega en el las mismas condiciones en la que se entregó, deberán devolverle la renta completa.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  7. Buenas
    Si e firmado un contrato de un año y me despiden del trabajo y solo e estado 5 o 6 meses
    El arrendador tendría derecho a quedarse con mi fianza

    1. Hola,

      Si se va a los seis meses, estará en situación de desistimiento. En este caso y siempre que lo recoja su contrato de arrendamiento, tendrá que pagar un mes de renta por cada año de renta que reste por cumplir. En su caso sería una mensualidad.
      La fianza si paga esta indemnización tendrá que devolvérsela, siempre que se encuentre al corriente de los pagos y devuelva la vivienda en las condiciones en las que se entregó.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  8. Buenas tardes.

    Estuve un año en un piso y al finalizar quise cambiar de vivienda. Tenía una fianza de 480, de los cuales me dijeron que me devolverían solo 380 (me restaban 100€ porque había que pagar el impuestos de basura, pero nunca me dieron factura de ello). Me dijeron que la casa estaba bien, pero a los días me llamaron porque las fundas de las sillas estaban rotas por mi gata (lo cual es cierto). También me dijeron que el sofá tenía algún arañazo (el sofá sí que estaba en perfecto estado). Finalmente no me devolvieron nada de fianza, eso fue a finales del mes de enero. ¿Deberían de haberme dado una factura donde pondrían la cuantía de los daños a arreglar y el resto de fianza habérmela devuelto? ¿Es tarde ya para reclamar esa fianza? ¿Ellos pueden escudarse únicamente en su palabra de que había pequeños desperfectos y por eso, quedarse la fianza entera?

    ¡Gracias de antemano!

    1. Hola Arantxa,

      No es tarde para reclamar la fianza. Si bine, para el futuro recomendarle que al finalizar el contrato de arrendamiento se redacte un documento donde quede constancia del estado en el que se entrega la fianza y lo que se acuerda de la devolución de la fianza.

      Si no llegan a un acuerdo en cuanto a la devolución de la misma, tendrá que acudir a la vía judicial para que sea un juez o jueza quien decida. El propietario tendrá que probar que los daños existen y que lo provocaron los arrendatarios.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  9. Buenas tardes,
    Despues de 2 años y medio viviendo de alquiler el estudio se hinundó por la rotura de un manguito. Después de un mes sin que se produjera ninguna reparación he tenido que finalizar el contrato ya que el problema de humedades estaba afectandome a la salud.
    Las paredes se cubrieron de moho, el suelo estaba completamente levantado, salieron grietas y agujeros en las paredes desde los que se veia el exterior….
    El propietario alega que la vivienda se entregó sucia y no me devuelve la fianza.
    Como debería proceder para que se me devuelva la fianza?

    1. Hola Irene,

      Un primer paso sería enviarle un burofax solicitándole la entrega de la fianza.

      Si después de esto, siguen sin llegar a un acuerdo, tendrá que acudir a la vía judicial para que sea un juez o jueza quien decida.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  10. Hola. Finalice un contrato de alquiler hace > 2 meses y la propietaria aún no nos ha devuelto la fianza, alegando que teníamos contratada una tarifa plana en Naturgy y que nos toca pagar la penalización del cambio de tarifa a otra que sea más barata para ella. A esto se suma que pagamos las últimas facturas de servicios (Endesa, Naturgy y Aigües de BCN), 2 meses después de la devolución de llaves a la propietaria.

    Toda la comunicación ha sido con la compañía que gestiona el alquiler del piso.

    Mis dudas son:
    – ¿A quién debe ir dirigido el burofax? ¿A la propietaria o a la compañía que gestiona el piso?
    – ¿Puedo dar de baja a los servicios que siguen estando a mi nombre para no tener que seguir pagando dónde no vivo?
    – ¿Puedo reclamar que también se nos devuelva el monto de las facturas de los servicios que pagamos sin vivir en el piso?

    Saludos y gracias.

    1. Hola Amin,

      El burofax debe ir dirigido contra la persona que aparece como arrendador en el contrato.

      Puede dar de baja los suministro, siempre que no haya ninguna clausula en el contrato de arrendamiento donde se obliga al cambio de titularidad.

      El pago de las facturas, no puede reclamarlas, salvo que esa persona haya vivido allí, pues su obligación era dar de bajo el suministro.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  11. El inquilino dejo el piso en el que solo llevaba alquilado cuatro meses con un preaviso de una semana cuando el contrato exigía un preaviso de tres meses, o una indemnización de un mes por año que faltase para acabar el contrato que era de 5 años. Tiene derecho a devolución de fianza

    1. Hola María,

      Le tendrá que devolver la fianza cuando la vivienda no tenga daños y cuando esté al corriente de todos los pagos, sin perjuicio que al marcharse antes de tiempo estaría incumpliendo el contrato de arrendamiento; por lo tanto tendrá el arrendatario que indemnizarle. Esta indemnización podría ser el pago de las mensualidades hasta el sexto mes y después una mensualidad por cada año de renta que reste por cumplir; sino le paga esta indemnización no tendrá que devolverle la fianza.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  12. Hola,
    Estoy interesado en comprar la vivienda en la que actualmente resido de alquiler.
    ¿deberían devolverme la fianza?

    1. Hola Jonathan,

      La fianza sólo tendrá que devolverla si la vivienda no tiene daños, que en este caso no importaría porque sería de su propiedad, y siempre que no quede ningún importe pendiente de pago.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  13. Hola Eduardo.

    Tengo un local en alquiler, y mi duda está en si debo o nó devolver la fianza en el caso de que el inquilino no me comunique con 30 días de antelación, tal y como está indicado en el contrato, su decisión de abandonar el local y rescindir el contrato.

    Un saludo.

    1. Hola Cristina,

      Si no le han avisado con al menos 30 días de antelación, tendría que pagar el mes siguiente; eso sin perjuicio de que si no se ha cumplido la fecha de vencimiento del contrato estaría incumpliendo el mismo y debería indemnizarle.

      En cuanto a la fianza podría cobrarse esos importes de esta si los arrendadores se niegan pagar la indemnización o los gastos que resten por pagar.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  14. Vivo en alicante y tengo que reclamar la devolución de la fianza en la DGA
    Soy la propiedad y pregunto :
    Puedo reclamarlo en la ciudad donde resido ?
    Que papeles tengo que aportar ?
    Muchas gracias

    1. Hola María Jesús,

      No creo que tenga ninguno problema en solicitarla vía telemática.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  15. Buenos dias,
    Una pregunta que no aparece en este texto, mi hijo ha alquilado una habitación porque es estudiante universitario, su compañera de piso, por el motivo que sea lo empezó a maltratar, le ha pegado (arañado, hay fotos) con lo cual, se fue inmediatamente de esa vivienda.
    Como fue por este motivo que se ha ido, hemos reclamado la fianza, y la propietaria nos dice que no.
    Necesito saber si es legal que no la devuelva, ya que moralmente esta claro que no lo es.
    Muchas Gracias,
    Un saludo

    1. Hola Ana,

      Entiendo que se marcha por circunstancias mayores, si bien entiendo que podrá rescindir el contrato; pero la fianza sí podría quedársela como indemnización.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  16. Hola:
    Voy a enviar un burofax a mi anterior casera ya que tras 41 días después de la entrega de llaves y finalización del contrato no me ha devuelto a la fianza. La cuestión es que quiere que le pague los gastos de limpieza, pero no aporta factura, me ha dicho una cantidad, pero podría habérsela inventado. La limpieza estaba en las cláusulas del contrato, pero ¿podría negarme a pagarlas si no aporta factura? Ya que hemos llegado tan lejos, es para saber si cuando vaya a juicio si realmente tengo derecho a negarme o no a ese gasto si no existe justificante.

    1. Hola Amc,

      Tendría derecho a factura si se establece que el arrendador tendrá que contratar una empresa de limpieza. no obstante, si no se llegan a un acuerdo tendrán que acudir a la vía judicial para que sea un juez o juez quien decida.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  17. Ya he ganado la fianza en el juzgado. Qué pasos sigue? El juzgado me dará un cheque? Es decir que debo hacer después de recibir la notificación que gane el juicio y este es definitivo.

    1. Hola Magy,

      Tendrá que interponer la demanda de ejecución de la vivienda.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  18. He traspasado mi negocio en subarriendo, y el nuevo inquilino ha pagado la fianza y a mi no me la han devuelto, sin haber ningún desperfecto, al contrario con muchas mejoras. Debo dar por perdido la fianza? Gracias.

    1. Hola Ángeles,

      Si es en subarriendo, entiendo que usted sigue siendo arrendatario, en este caso todavía no le deben devolver la fianza.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  19. BUENAS NOCHES EL PROPIETARIO ME RETUVO LA FIANZA 2 MESES 840E ILEGALMENTE SEGUHN EL JUZGADO YA QUE LO DENUNCUIE EN HACIENDA POR NO DEPOSITARLA Y POR PRESENTAR FACTURAS DE PINTURA FALSA EL JUZGADO FALLO EN MI FAVOR INSTANDOLO A DEVOLVERLA DENTRO DE LOS 20 DIAS
    HABILES YA SE CUMPLIERON DADO QUE EL FUE NOTIFICADO EL DIA 4 DE JULIO CON EL MES DE AGOTO SE CUMPLIA EL 5 DE SEPTIEMBRE Y NO LA REINTEGRO QUE DEBO PRESENTAR EN EL JUZGADO PARA QUE LE INSTEN A DEPOSITAR EL DINERO

    1. Hola Angel,

      Deberá presentar en el juzgado una demanda de ejecución de sentencia.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  20. Buenas tardes,

    Mi arrendatario me descuenta de la fianza 400 € en concepto de limpieza. Puedo entender que se cobre por limpieza aunque no haga falta ya que se trata de un tema muy subjetivo. Sin embargo, 400 € me parece una exageración. ¿Existe alguna forma para proteger al inquilino de situaciones como ésta o el propietario tiene vía libre para restar el importe que considere?

    Gracias de antemano y un saludo

    1. Hola Jordi,

      Siempre se puede establecer cláusulas en el contrato de arrendamiento sobre la limpieza. No obstante, si no se ponen de acuerdo tendrá que acudir a la vía judicial para que sea un juez o jueza quien decida.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  21. Hola, mi consulta es la siguiente:He tenido un piso en alquiler a la firma del contrato pagué dos meses de fianza ahora el contrato ya a finalizado y el propietario dice que hemos dejado desperfectos y que solo nos devuelve un mes le hemos pedido las facturas de las reparaciones para comprobar si los daños han sido decese importe y dice que solo nos las entregará en un juzgado que puedo hacer
    Gracias

    1. Hola Pilar.

      Si quieres reclamar la fianza tienes que hacerlo por vía judicial, interponiendo demanda.

  22. Hola,
    Vivo en un piso de alquiler cuyo contrato fue firmado con su anterior propietario y al que se le entregó la fianza. El piso fue embargado por el banco y he seguido pagando las mensualidades al banco, como nuevo propietario. El banco me ha notificado su intención de vender el inmueble y lo voy a abandonar en el plazo comunicado. ¿Quien me devuelve la fianza? ¿El banco se subrroga en todas las obligaciones del contrato del piso que embargo y en el que yo estaba de inquilino?
    Muchas gracias

    1. Hola José Manuel,

      Debe devolvértela el nuevo propietario del inmueble.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  23. Hola,mi inquilino ha dado de baja los suministras de luz y agua q les entregue cuando entro en e piso.Ahora me ha costado a mi mas de 100€,se los quiero quitar de la fianza paro dice q disculpas pero q no…menuda cara,no????
    Muchas gracias

    1. Hola Eva,

      Si ellos eran los titulares de los contrato de suministro y en el contrato de arrendamiento no se establecía de forma concreta que no se podrán dar de baja, entonces los arrendatarios estaban en su derecho.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  24. Hola buenos dias
    Mi caso es el siguiente:
    Unos amigos y yo dejamos el piso en el que viviamos a finales de Junio. Nuestro arrendador nos devolvio casi toda la fianza,excepto por una parte que se quedo para pagar las facturas de gas,luz y agua de ese mes.
    Ahora,2 meses despues, nos reclama unos gastos por unos desperfectos en la vivienda:
    – Paredes desconchadas en algunas zonas por poner y quitar posters
    – Un sofa con el cojin roto por uso y desgaste normal
    – Una puerta del baño que estaba rota cuando entramos, pero que ahora nos intenta encasquetar a nosotros
    – Una cafetera que se nos cayo y se rompio
    Se que la cafetera la tenemos que pagar,ya sino por obligacion legal,por obligacion moral almenos,pero el resto de los gastos, ¿Deberiamos pagarlos? Nos devolvio la fianza en Junio, ha tardado dos meses en revisar el estado del piso, y nos esta intentado encasquetar un daño que nosotros no hemos hecho. Seria aconsejable pagar sin rechistar (alrededor de 500 euros) o deberiamos negarnos?

    1. Hola Marcos,

      Entiendo que los daños son causados por el uso normal de la vivienda, en este caso entiendo que no tiene que pagar estos desperfectos. Si bien, si no llegan a un acuerdo tendrán que acudir a la vía judicial para que sea un juez o jueza quien decida.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  25. Buenos días
    Dejé la habitación que alquilaba el 31 de julio. A día 4 de septiembre no me han devuelto la fianza.
    Como ya ha pasado más de un mes se devengan intereses legales. ¿Eso quiere decir que puedo pedir la restitución íntegra de la fianza más los intereses?
    Gracias

    1. Hola Araxauf,

      Podría pedirlo, si bien esto no es valido si todavía no se ha podido reintegrar por la tardanza por ejemplo de lo recibos.

      Un saludo. espero haberle sido de ayuda.

  26. Hola,
    En el contrato de alquiler se nos obligaba a pagar un seguro del piso. Después de más de un año se produjo un incendio provocado por nuestra lavadora, por suerte apenas hubo daños, pero casi todo el piso se quedó negro por el humo. Entre que el piso estaba inhabitable y no se podía tocar nada hasta que viniera el perito del seguro, y que ya teníamos nuestros más y menos con los dueños decidimos dejar el piso.
    Ahora no nos devuelven la fianza alegando que los daños sufridos son más costosos de lo que ha pagado el seguro, más el tiempo que no han podido alquilarlo. Pero ni nos muestran facturas ni lo que les ha pagado el seguro, porque parece que han preferido recibir el dinero del seguro que el arreglo.
    ¿Tienen derecho a no devolvernos la fianza por este motivo? ¿deberíamos acudir a juzgado?

    Por otra parte nos hemos llevado la sorpresa que el seguro solo cubre a los dueños.

    1. Hola Alex,

      Entiendo que el seguro debe haber solucionado todos los problemas que han surgido. En cuanto a la tardanza del alquiler entiendo que no puede pedirles ninguna indemnización.

      Por lo tanto, si no llegan a un acuerdo tendrá que acudir a un órgano judicial para que se aun juez o jueza quien decida.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  27. Es la 1 vez que estoy de alquiler. Pues resulta que al 4 día voy subir una persiana de un ventanal del salón y no subía, lo intenté por segunda vez y tampoco, pues voy a encender la luz abro las cortinas y resulta q tenía una rejilla rota. Le envío un SMS al dueño y me dijo q subía perfectamente q el la subió cuando me enseño el piso. Que hablo con los otros 2 inquilinos q estuvieron aquí en agosto y q dijeron q no estaba rota. En difinitiva, q la tendré q pagar yo. Me como yo el marrón…
    No me parece justo y no se si hay algo q yo pueda hacer…

    1. Hola Armando.

      Si se ha estropeado por el uso normal y la reparación supera los 150 euros el responsable será el propietario.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  28. Hola,mi hijo dio la fianza para un piso que queria alquilar en el pueblo donde trabaja ,hace un mes para entrar al siguiente mes un contrato de septiembre a junio y ahora 15 dias antes le dicen en la empresa que lo despiden,el fue a hablar con la dueña por si le devolvia la fianza y ella dice que no,que se gasto el dinero en cosas para la casa. Queria saber si eso es legal. Graciad

    1. Hola Benjamin,

      Si el contrato ha comenzado y se marcha estaría incumpliendo el contrato; en este caso debería dar una indemnización.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  29. Hola,
    ¿la Fianza está sujeta al IPC?
    Soy arrendatario de un piso que alquilé hace 10 años y deposité 600€ de Fianza. Si ahora me voy ¿debe devolverme el Propietario 600€ más la subida (o bajada) del IPC durante este periodo transcurrido?
    Teniendo en cuenta que cada año mi alquiler se ha incrementado con el IPC parece lógico (y legal) que se me devuelva el valor actual de esos 600€.
    Gracias.

    1. Hola Velero,

      No, solo debe devolverle el importe que entregó.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  30. Hola, expongo mi caso.

    Alquilé el piso al constructor en octubre de 2013 y por supuesto pagué una fianza.

    A finales de 2018 toda la finca fué embargada y adjuficada a un fondo.

    A la finalización del contrato le he pedido al constructor y propietario la devolución de la fianza.

    Este me responde lo siguiente:

    Por lo que atañe a la reclamación de la fianza que formula, la misma deberá reclamarla a la actual propiedad por ser ésta quien se subrogó en todos los derecho y obligaciones que hasta el momento de la adjudicación del inmueble en cuestión ostentaba INMOBILIARIA XXX. (Apunte: La Inmobiliaria xxxx es la constructora y es el propietario a quien yo alquilé en su día. Son lo mismo).

    ¿A quien le reclamo la fianza?

    Veamos 2 supuestos:

    A)
    El contrato contrato vence antes de la adjudicación. Creo que aquí está claro que es la inmobiliaria/constructora xxxx quien debe devolverme la fianza.

    B)
    El contrato vence menos de 30 días después de la adjudicación. En contrato finaliza el 10/08/2018 y la adjudicación (falta verificar) seria el 12/09/2018.

    El fondo ya me ha dicho que ellos no pagan.

    Por cierto, el propietario en su día no ingresó la fianza en el Incasol (estamos en Catalunya. Incasol es el organismo que se encarga, entre otras cosas, de recoger las fianzas)

    Gracias.

    1. Hola Sergi,

      Si la nueva empresa se ha surborogado, está tendrá que devolver la fianza. Si bien hasta que esto no ocurre será responsable quien aparezca en el contrato como arrendador.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  31. Hola,
    En mi caso la empresa que me alquiló el piso me reclama unos gastos para acondicionar de nuevo el piso, descontandomelos de la fianza. Una vivienda que alquilé durante 13 años. El problema viene que, el dia que entregué las llaves, se hizo una Check-list de todas las zonas del piso (salon, cocina, baño, habitación…) y en ella constaba todo en buen estado. Quedandome yo una copia de esa check-list firmada. Ahora la empresa propietaria me presenta unos desperfectos que yo no he hecho y que ella ha añadido posteriormente a esa entrega de llaves. Se que la responsabilidad no es mia desde el momento que entregué las llaves, pero como puedo reclamarle esa parte de la fianza que no me quiere devolver? O en manos de quien podria ponerme para que me asesoraran y me ayudaran?? Muchas gracias.

    1. Hola Marta,

      En un primer momento si se ha firmado un documento de resolución del contrato este se tendría que respetar. Si bien, el primer paso que puede dar sería reclamar la devolución de la fianza a través de burofax. Si esto sigue sin funcionar tendrá que acudir a la vía judicial para que sea un juez o jueza quien decida.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  32. Tenemos un piso alquilado, por un periodo de 12 meses, y finalizando el mes 10 notificamos al arrendatario nuestra intención de concluir el alquiler por motivos familiares. Entregamos las llaves al finalizar el mes 11 con la idea de que nos devolvería el total de la fianza depositada, y cual es nuestra sorpresa cuando pasados 15 días nos devuelve una parte de la fianza, descontándonos el importe del mes que no hemos usado la vivienda, el número 12.
    No se recoge nada al respecto en el contrato de alquiler, pero…es esto correcto????

    1. Hola Carlos,

      Entiendo que parte de la fianza puede ser por indemnización por desistimiento, que en su caso, debe disminuirse al mes que le queda, (siempre que la indemnización aparezca recogida en el contrato), y el resto puede ser para cubrir las facturas de agua y luz que quedaran pendiente al no haberse todavía pasado el recibido. Nos obstante si esto no se da, siempre puede reclamar la devolución de la fianza, empezando por enviar un burofax al arrendador.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  33. Hola mi duda es la siguiente e alquilado un piso con mi pareja hace 4 meses ahora nos separamos y hemos decidido que yo me.quede con el piso el y mi duda le tengo que devolver ya totalidad de la fianza?o sólo la parte proporcional ya que los 2 dimos el.dinero para la fianza el alquiler y el pago de la inmobiliaria gracias por su atención

    1. Hola Bibina,

      En este caso se dejará a la voluntad de las partes, pues la LAU versa sobre esta meteria.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  34. Hola buenos dias, hace dos años que ando detrás de que me devuelvan la fianza, cuanto tiempo tengo para reclamarla judicialmente?? 1 año o 5 años??’
    Muchas gracias

  35. Hola, dejo el piso y he avisado a mi casero con un mes de antelación. No me devuelve la fianza a pesar de que la casa está en perfecto estado porque dice que le he avisado con poco tiempo. Por no crear problemas firmé una renuncia en la que pone que se queda con mi fianza por incumplir contrato…. la perdí definitivamente o puedo lucharla? Es que estoy muy indignada porque dejé la casa mejor de cómo como la encontré!

    1. Hola Julia.

      Si has firmado ese documento es muy difícil poder luchar la recuperación de la fianza.

  36. Hola,
    al entregar las llaves, me hicieron firmar un documento en el que la inmobiliaria se comprometía a devolver la fianza en un plazo máximo de dos meses, al pasar el tiempo y ser imposible la comunicación vía teléfono y email, por medio de un burofax he enviado la solicitud de devolución, …al día siguiente he recibido un ingreso que dista mucho de ser el valor total de la fianza, sin mas justificación,
    mi duda es si al haber pasado mas de dos meses, sin decir nada de nada, ni justificar el porque se descuenta dinero de la fianza, cabria interponer alguna demanda, o algún recurso, para solicitar la devolución integra de dicha fianza.

    1. Buenos días Oscar,
      Si no está de acuerdo con la cantidad de la fianza que se le ha devuelto, tendrá que acudirá a la vía jucial para que sea un juez quien decida.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  37. Buenos días!hace un mes que dejamos el piso donde vivíamos de alquiler(perteneciente a una empresa)y no nos han devuelto la fianza ni nos han comentado nada de nada…tenemos un documento firmado por ellos en el que dice que devolverán la fianza en un plazo máximo de un mes…que hacemos?enviamos un burofax?llamamos por teléfono y nadie sabe nada….
    Gracias de antemano

    1. Hola Laura,

      Primero le aconsejaría un borofax reclamándole la fianza. Si esto no funciona, tendrá que acudir a la vía judicial.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  38. Buenas , porfa tengo un problema es que he alquilado un piso por un año entero normalmente pero me ha llegado un email donde he sabido que he estado admitda en una uniersidad en Alicante (normalmente vivo en Valencia) y hace un mes que he hecho el contrato de alquiler con una agencia , y cuando he hablado de mi caso y que tengo que dejar el piso , me han dicho que no van a devolverme la fianza (un mes y medio)mientras que he pagado una comision de agencia , que tengo que hacer ? tienen derecho a quitarme la fianza mientras que la casa esta en un buen estado y que tengo un justificante para romper el contrato ? Muchas gracias por responderme .

    1. Hola Lina,

      La indemnización pueden quedársela como indemnización por incumplimiento del contrato.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  39. Hola,
    Pasado mañana se cumplirá un mes de mi entrega de llaves y no me han contactado para la fianza hasta hoy porque yo ayer mandé un correo.
    El caso es que me quieren descontar 150€ por una limpieza integral, que no se hizo cuando yo entré en el piso. De ser así entendería que yo estoy obligada a pagarlo ahora. Yo dejé el piso como me lo entregaron.
    Les he mandado un mensaje alegando esto pero dicen que haga lo que tenga que hacer que esto es así.
    Qué puedo hacer?
    Gracias

    1. Hola Eva,

      El servicio de la limpieza no debe ser descontado de la fianza, salvo que se haya acordado otra cosa en el contrato.

      Si no llegan a un acuerdo, tendrá que acudir a la vía judicial para que sea este quien decida.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  40. Sé que al vencimiento de un contrato, llevo casi tres años sin ningún problema con los pagos, puedo exigir la fianza, (en mi caso pagué 2000 €, que son tres meses), al propietario, pero entiendo que si firmo de nuevo otro contrato vamos a estar en las mismas y nunca voy a poder recuperar mi dinero?

    1. Hola Martín,

      Si firman un nuevo contrato hay dos posibilidades. Una que se le devuelva la primera fianza descontando lo pertinente siempre que sea necesario; y en el nuevo contrato se estipule una nueva fianza. O bien, que el dinero de la primera fianza sirva también en el segundo, detalles que de be dejarse claro en la redacción del contrato.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  41. Hola, tengo un cuestión bastante particular, no he encontrado referencias en internet, acabo de mudanrme, y estaba esperando la valoración del piso para que me devolviesen la fianza. Hoy he recibido un ingreso en la cuenta por el valor de la fianza, pero está realizado a través de una SLU (la empresa X ha, que por lo que he podido investigar, esta a nombre de mi antiguo arrendador. Y me entra la duda, ¿esto podría tener alguna consideración de rendimiento economico a afectos de Hacienda? Estoy pendiente de que me confirmen por correo que efectivamente es la fianza, pero me da que desconfiar sinceramente, y por ir preparandome en caso necesario.

    1. Hola Luis,

      Si en concepto se detalla que es la devolución de la fianza, y no se han emitido facturas por ser alquiler de vivienda habitual no tendría que tener problemas.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  42. Hola, mi pregunta es la siguiente, tengo que devolver la fianza a los inquilinos pero en el contrato figuran dos personas, que ya no estan juntos, sólo una me reclama la fianza ¿se la tengo que dar a esta persona ? O sólo le pertenece la mitad

    1. Hola María,

      Puede devolverla a unos de ellos, siempre que esta se haya dando en nombre de los dos en una sola cuantía. Si se lo han ingresado por separado lo más acertado es que lo haga igual.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

    1. Hola Roberto,

      Si no se la devuelve, deberá interponer una demanda en el juzgado.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  43. Buenas noches, expongo mi caso:

    Dejé el piso a los 6 meses, avisando con 1 de antelación. En este tiempo, no llegué a firmar contrato porque el arrendatario no sé llegó a presentar las veces que acordamos para ello.

    El caso, han pasado ya 2 meses y ya ni responde a mis mensajes ni llamadas. Lo que tengo para poder aportar como evidencia:

    -Transferencias de todos estos meses, incluida la primera con la fianza.

    -Conversación de WhatsApp en la que el arrendatario en sus últimos mensajes dice que ese mismo día me hacía transferencia con la fianza (con lo que admite que me lo adeudado).

    La policía ya me ha dicho que sin contrato no pueden hacer nada, entonces¿Cuál sería mi mejor opción? Por otra parte, estoy convencido que el arrendatario no tiene a ningún inquilino declarado, todo en negro, ¿podría denunciarle por eso también?

    Gracias de antemano, es una situación complicada en la que nunca pensé estar y me encuentro un tanto indefenso, espero poder recuperarlo aunque me lleve un tiempo.

    Un saludo.

    1. Hola Tomás,

      Para poder ayudarte necesitaría que me dejarás claro si eres el arrendador o el arrendatario.

      Un saludo.

  44. Hola buenas tardes, estoy de alquiler en una vivienda y seguramente me vaya antes de que finalice el contrato, puedo pedir que me devuelva la fianza aún no terminando el contrato? En que casos me la puede devolver? Gracias

    1. Hola Jesús,

      Si te marchas antes del sexto mes estarías incumpliendo el contrato de arrendamiento, y por tanto tendrás que indemnizar, en estos casos suele utilizarse la fianza para cubrir estos gastos, siempre que no haya habido daños en la finca, ni queden pagos por hacer.

      Si se marcha después del sexto mes, debería devolverle la fianza si fuese pertinente, teniendo en cuenta que debe haber una indemnización por año que reste por cumplir, siempre que se recoja así en el contrato de arrendamiento.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  45. Buenos días,

    Llevo dos meses esperando a que me devuelva la fianza del piso por el cual pagaba 450€. Despues de llevar medio año viviendo allí empezaron a salir humedades, en cuanto lo vi di el aviso, nunca hicieron nada, lo mismo con problemas de fontanería. Hoy me ha dicho que ha tenido que pagar un pintor, comprar la pintura, pagar a un fontanero,etc y que no me devuelve nada. Le enviaré el burofax pero ya me ha dicho que no me piensa devolver nada. Cual sería el siguiente paso?

    Gracias, un saludo.

    1. Hola María,

      Los gastos impagados de luz y agua puede descontarse de la fianza.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

    2. Hola Katty.

      Si no llegáis a un acuerdo, debéis acudir al juzgado, para que sea un juez o jueza quien decida.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  46. teniamos un apartamento alquilado, avisamos a la inquilina por telefono que mis padres mayores y enfermos necesitaban el piso y se cumplia en agosto el contrato de renovacion al cabo de dos meses vemos que debe el gas y luz y no coge el telefono,cuando consigo localizarla me dice que ya no vive en el piso desde hace un mes pero no me avisa ni me entrega llaves diciendo que las dejo en una inmobiliaria.reclamo a la inmobiliaria y me dicen que han llamado al numero que tienen y no lo cogemos y ahora la inquilina me reclama la fianza inicial mi pregunta es tengo que devolverla si no me ha pagado gastos de luz y gas?

    1. Hola María,

      Los gastos impagados de luz y agua pueden ser descontados de la fianza.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  47. Buenos días. Tengo un contrato con unas cláusulas leoninas (firmado en la desesperación de vivir en una casa, recién divorciada) . Alguna de ellas, son contradictorias entre sí. La apariencia del documento es de «un corta y pega». El caso es que debo dejar la casa en diciembre, aunque aún no he recibido notificación. Tuve que pagar un aval de 3500 euros y una fianza de 750. No me fío de que me lo devuelvan, ya que es una empresa con muy mala fama y con experiencias….no muy adecuadas a la legalidad. Aún no sé si me quedaré sin trabajo. Me gustaría saber si puedo hace algo, por medio de un escrito, para comunicarles que cuatro meses antes, voy a dejar de pagar y pongo como pago tanto el aval como la fianza.

    1. Hola Rosario,

      No le recomendaría que hiciera eso, pues esos importes no pueden ser utilizados para pagar la renta. Si lo hace se arriesga a que la interpongan una demanda de desahucio, y exijan indemnización y la condenen en costas.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  48. Hola, una empresa me quiere alquilar un piso para varios obreros. Quieren por un año pero avisando de que se van a ir antes. Yo les he hecho contrato por un año, poniendo que si se van antes de los 6 meses me quedo con la fianza. Mis preguntas son:
    1. Tengo que hacerles contrato por obra? es que creo que los contratos normales ahora tienen que ser por 5 años (hasta hace poco era por 3)
    2.- Si fuese contrato por obra (o sea por unos meses, aunque aún no saben por cuántos) entonces tengo que ingresar igualmente la fianza en la cámara de la propiedad?

    1. Hola Carmen,

      Le recomendaría que hiciera un contrato de vienda de usos diferente a vivienda habitual (contrato de temporada). La fianza sí debe depositarse.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  49. Si. Deje el piso 31 marzo, a la entrega de llaves vinieron de la gestoria parala entrega de llaves. A los 15 dias recibo un watsap del dueño que me descuenta 250 e de la fianza en concepto gastos.
    Dice que tuvo lijar y pintar paredes que una baldosa del balcon de la galeria esta a despegada y que tuvo que quitAr grasa de la campana de la cocina.
    Yo pague todos los meses y ademas los suministros estan al dia ademas que ya han realizado cambio de nombre.
    Aun estoy esperando la devolucion fianza.
    Creo que tendre que tomar medidas legales

    1. Hola Cristina,

      Si no llegan a un entendimiento, sí tendría que hacerlo.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  50. Firme un contrato desde EEUU agosto 3. Un piso pagando 1.600 euros, un peso fianza y 4.800 garantía económica.Decidi cambiar piso y después de dar aviso me cambie. No había. Desperfectos, tengo finalmente factura diciendo que hay un cargo de 100 euros limpieza y 100 más por limpiar sofá blanco….pero me deben 65 euros De Endesa ya que no me dieron de baja cuando me fui y he pagado toda la factura. Después de mucho rogar me han mandado la factura diciendo que me pagaran 6.223.10 euros. Casi 90 días que estoy esperando. He mandado un burofax hace dos días. Les he dado 7 días para devolver 6.223.10. Si al fin de 10 días no me devuelven el dinero quiero ir al juzgado.

    1. Hola María Teresa,

      El cambio del contrato de suministro si llegaron a un acuerdo y se hizo responsable del cambio podrá pedir la devolución de lo pagado de más.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  51. Buenas, a mi inquilina se le acabó el contrato, me reclama la fianza pero la fianza la pagó si actual ex novio. Estoy obligado a devolverla en la misma cuenta y persona que me pagó? o puedo devolversela a ella.
    gracias

    1. Hola Sonia,

      Debe devolverla a quien figura como parte arrendataria en el contrato.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  52. Buenas tardes, expongo mi caso:
    -Con fecha 1 de octubre de 2018 alquilé una habitación en un piso compartido, pagando 1 mes de alquiler y 1 mes y medio en concepto de fianza.
    -No se llegó a firmar contrato, ya que en hasta 3 ocasiones quedé con el propietario y me acabó cancelando la cita.
    -Con fecha 12 de marzo avisé al propietario de que el 31 de ese mismo mes dejaría el inmueble por motivos laborales.
    -El 1 de abril le entregué las llaves y me aseguró que me devolvería la fianza por transferencia bancaria.
    -La semana pasada me comentó que al no haber encontrado a una persona que entrara en esa habitación hasta el 15 de este mes, ese mes me lo descontaría de la fianza. Pero aún así, no he recibido nada en mi cuenta bancaria.
    Mi pregunta es,¿Al no haber llegado a firmar contrato, qué derecho tiene esta persona a quedarse una parte de la fianza? Y visto que estamos a día 16 y aún no me ha pagado, ¿Cuál sería la recomendación de cómo actuar ahora?
    Otro tema, estoy seguro de que el dueño no entrega las fianzas en ivima, no sé si eso podría condicionarleen caso de que yo decida tomar acciones legales o no.
    Muchas gracias por adelantado, no he estado antes en una situación parecida por lo que agradecería cualquier aporte.

    1. Hola Felipe,

      Tendría un contrato verbal, y este tiene la misma validez que un contrato por escrito, pero su gran inconveniente es probar su existencia. Sería de gran ayuda que los pagos se hubiesen hecho por el banco pues ahí se tendría una prueba. Para comenzar puede enviarle un burofax pidiéndole que le devuelva la fianza, y si no lo hace ya tendrá que acudir al juzgado para reclamar.

      En cuanto al ingreso de la fianza en el organismos el arrendador puede ser sancionado si no la hubiese ingresado.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  53. Hola , mi duda es que si el inquilino abandona el inmueble antes de finalizar el contrato pierde la fianza

    1. Hola Isabel,

      La fienza es en caso de daños. Pero si abandona antes la vivienda, después del sexto mes, estaría desistiendo y habría indemnización de un mes por cada los que reste por cumplir, siempre que esto se hubiese fijado en el contrato. Si se va antes del sexto mes también habría posibilidad de indemnización.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  54. Buenos días,
    Acabo de dejar un piso. Cuando devolvimos las llaves firmamos la rescisión del contrato sin ninguna observación. Ahora me reclaman un desperfecto y como no me han devuelto la fianza me lo quieren descontar.
    ¿tienen derecho de reclamar después de haber firmado?

    Gracias

    1. Hola María,

      Sí podrían reclamar, aunque tu tendrías como prueba el documento escrito, lo que significa que si no llegáis a un acuerdo y tomáis la vía judicial el propietario tendrá que demostrará que los daños existen y que los causo usted.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  55. Buenos días,

    Firmamos un contrato con una promotora de 2 años por la vivienda en la que estamos.
    Han pasado 7 meses desde entonces, pero a mi pareja le ha surgido un trabajo fuera de la ciudad y debemos marcharnos. En el contrato pone que si desistimos antes de los 2 años nos penalizan pagando todos los meses de renta que queden por los años incumplidos (521€ por mes) . Mi pregunta es:

    Esto es así? Vamos a tener que pagar todos los meses? No existe posibilidad de rescindir el contrato sin penalizaciones?

    Entiendo que en la LAU nos permite como arrendatarios desistir el contrato a los 6 meses de haberlo iniciado, y en nuestro caso es fuerz mayor…

    Que podemos hacer? Perderíamos la fianza?

    1. Hola Javier,

      El desestimiento sería a los seis meses. Pero entiendo que me hablas de una cláusula penal para el caso de incumplimiento del contrato, y sería válida.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  56. Hola buenas tardes.
    Acabo de dar las llaves del piso anterior. El casero me ha dicho q me lo dieron limpio de una empleada que se dedica a ello y que yo no lo he dejado igual. Y quieren cobrarme por la limpieza profesional. He leido que eso no lo pueden hacer a no ser que se haya dejado muy sucia. Yo estuve el sabado limpiando unas cuantas horas. Aspire y fregue suelos y limpie encimera y electrodomésticos. El casero miraba el polvo encima de la campana extractora o las ventanas. Es cierto que no pueden quitarme de la fianza la limpieza?
    Además la casera ha estado esta mañana sin mi viendo el piso, moviendo muebles y quitando fundas de colchones y demás.
    Podrían darme consejo sobre que hacer?

    Gracias

    Ana

    1. Hola Ana,

      No tendría que hacerte cargo de una limpieza encargada a una profesional, salvo que se haya estipulado otra cosa en el contrato de arrendamiento.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  57. Mi duda es si respecto del fiador es compensable la fianza en su día entregada por el arrendatario. Personalmente tengo mis dudas de que sea posible esta compensación a persona distinta de quien entregó la fianza. Imaginemos que compensamos la fianza al fiador y posteriormente el ex-inquilino reclama su importe aduciendo que es un crédito personal entre arrendador y arrendatario.
    ¿Qué opinais? ¿Existe jurisprudencia al respecto??

    1. Hola María,

      La fianza corresponde al arrendador. El avalista si tiene que hacerse cargo de los pagos podrá repercutir los gastos que ha tenido que pagar a la persona que avalo, no a usted como arrendador.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  58. Buenos días,,
    soy la arrendadora, y firme un contrato de alquiler con mi inquilino de un año, especificando, que podría dejar el piso a partir de los 10 meses, porque me aviso de que él terminaría su curso y seguramente se marcharía, pero lleva 6 meses y me indica que este mes se ira, por lo que solo habrá cumplido 7 meses, tengo que devolverle toda la fianza?, o solo la parte proporcional? Muchas gracias un saludo

    1. Hola Ana,

      Si se va después del sexto mes sería desestimiento, y habrá una indemnización si para el caso así se ha plasmado en el contrato. Si se hubiese reflejado el importe será de una mensualidad por años que reste de cumplir en el contrato, pero en su caso como es menos de un año tendrá que prorratear la cantidad a los meses que faltan.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  59. Hola,

    El 15/7/16 firmé un contrato de alquiler con una duración anual (renta anual 950 euros). La prórroga de los tres años vence el próximo 15/7/19 y mi arrendador ha decidido subirme la renta a 1200 euros. Por este motivo, no me queda otra que dejar el piso. Tengo las siguientes dudas:

    1. Entiendo que no hay problema que deje el piso antes del 15/7/19 siempre que avise con 30 de antelación verdad? Entiendo que /no estoy obligada a permanecer en el piso hasta el 15/7/19 verdad? Mi contrato dice literalmente lo siguiente: «el contrato se podrá prorrogar a voluntad de la arrendataria por periodos anuales sucesivos, hasta una duración total del contrato de tres años. En caso de prórroga, a la finalización del arrendamiento por decisión de la arrendataria, ésta deberá preavisar a la propiedad con al menos 30 días de antelación, abonando la renta de los mismos».

    2. Fianza – a la firma del contrato entregué una fianza de una mensualidad (950 euros). Mi duda es si dejo el piso antes del 15/7/19, ¿tiene el arrendador obligación de devolverme la fianza (siempre que ésta esté en buen estado y estén todos los pagos al día? En mi contrato no hay ninguna cláusula de desistimiento/indemnización, lo único que pone es lo siguiente: «dicha fianza será depositada por la parte arrendadora en el IVIMA y será devuelta en el plazo de 30 días a partir de la resolución del contrato, siempre que se verifique el buen estado de la vivienda y estén al día el pago de los suministros correspondientes. En caso de incumplimiento de contrato o resolución anticipada, el arrendatario perderá el derecho a recuperar la fianza». Mi duda es con esta última frase: si dejo el piso antes del 15/7 eso se considera resolución anticipada? Entiendo que no porque resolución anticipada sería resolver el contrato antes del primer año.

    Muchisimas gracias de antemano por vuestra ayuda.

    1. Hola Beatriz,

      Sí podrías irte antes y no tendrías que pagar. Ningún indemnización, pero siempre avisando al menos con 30 días de antelación.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  60. He comprado un piso que tenía un inquilino dentro, le he hecho un contrato nuevo y le he cobrado un mes de fianza, pero este inquilino ya le había pagado la fianza también al anterior propietario, pregunto: El anterior propietario le debe devolver a éste la fianzas o como se ha de proceder, gracias.

    1. Hola Marcos,

      El antiguo arrendador tendrá que devolver la fianza, una vez que haya descontado las facturas que resten, y si el piso se lo devolvió en el estado correcto.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  61. Hola, quería información, porque e alquilado un local para un bar, y este negocio me esta arruinando porque no da ganancias y le tengo que estar poniendo yo… mi contrato de alquiler es de 1 año y llevo 4 meses, quería saber si yo dejo este local antes del año por motivos económicos y quiebra.. pierdo la fianza?

    1. Hola Javier,

      Si podrías perderla por la indemnización por incumpliemnto del contrato.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  62. Buen día

    Fui estudiante extranjero en málaga y mis compañeras de piso y yo tuvimos que dar una fianza al propietario al iniciar el contrato que es de un total de 1050 euros. Al entregar el piso nos comentó que la fianza se nos devolvería cuando llegaran las facturas correspondientes. Sin embargo pasados 50 días del término del contrato, nos comento que se quedaría con nuestra fianza debido a que durante el tiempo que alquilamos realizamos una fiesta a la que llegó la policía. Cabe mencionar que en dicha fiesta no recibimos ninguna multa e inclusive fuimos a las oficinas de policía y comentaron que no había multas a nombre del inmueble o alguna de nosotras.
    Quiero saber si es posible pelear porque nos regrese la multa. Muchas gracias.

    1. Hola Andrea,

      Si la vivienda no tiene ningún daño y se esta al corriente de las facturas, podría reclamarse la fianza.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  63. Buenos días, mi caso es el siguiente:
    Deje el piso el 30 de junio, me dijeron que tardaría de 20 días en devolverme la fianza ya q era lo q tardaban en devolverles a ellos, ahora me dicen q del los 400 € de la fianza solo me devuelven 124 € ya que de ahí descuentan las facturas de agua q aún tiene que llegar de los 6 últimos meses que viví allí (pero ya llego la factura de los 3 primeros meses y no me mando la cantidad exacta, lo que me descuentan es una aproximación que ellos hacen) tb me descuentan 60€ por subir la potencia pq yo la baje hace tiempo ya que no necesitaba tanta(pero no me manda ningun resguardo de que haya hecho ese cambio de potencia, también me descuenta 60€ por limpieza, y tampoco tiene nada que demuestre que pago esa cantidad, tiene fotos de lo q se supone que se limpió (cosas como el horno, el microondas, la bañera y debajo de los cojines del sofá, a mi no me parece q para limpiar esas cosas se necesitan dos personas limpiando 6 horas). Estoy de acuerdo en pagar siempre y cuando tenga resguardo de todos esos gastos. Si no tiene o no quiere mostrarme los correspondientes resguardos de los gastos puedo exigir mi fianza?

    1. Hola Rocrío,

      En cuanto al pago de las facturas solo debes pagar el importe exacto, puede solicitar que te enseñe las facturas.

      En cuanto a la limpieza, ese gasto solo puede descontarse de la fianza, si aparecía así recogido en el contrato de arrendamiento.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  64. Buenas,
    Yo estoy teniendo problemas a la hora de que me devuelvan la fianza, pues la casera quiere quedarse un dineral por una cortina (que cuando yo me fui estaba bien) que tenia 7 años y dice que la ha quemado el sol. Buscando recovecos legales veo que en mi contrato no consta que la fianza se ingresase en el deposito de la comunidad autónoma por lo que sospecho que se salto ese importante paso al que esta obligada. ¿De ser así he sido engañado y mi contrato no ha sido legal?

    Muchas gracias.

    1. Hola Juan,

      El tema del ingreso de la fianza es un incumplimiento, pero en cuento a la fianza sino quiere devolvértela lo mejor sería acudir a la vía judicial y que sea un juez quien decida. En estos casas la propietario debe demostrar que el daños existe y que lo produjo usted.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  65. HOLA.
    Mi nombre es Rosa. He reclamado a mi inquiliana via burofax actualizacion de fianza por haber transcurrido 5 años desde el contrato celebrado antes de la reforma de la LAU. Cosa que no ha hecho. Me ha dicho que se marcha, y que le tengo que devolver la primera fianza prestada.
    Mi pregunta, es si le tengo que devolver la primera fianza prestada o lo que resulte después de revisar en que condiciones ha quedado el piso.
    Pregunta, la primera fianza no se ha perdido por el uso y desgaste de los muebles y enseres…….. del piso y por esa razón se pide una actualizacion de fianza.

    1. Hola Rosa,

      Tendrá que devolver la fianza una vez descontada de la cantidad las facturas y rentas que quedarán pendientes y el coste de los desperfectos de la vivienda si los hubiese.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  66. Hola.
    En febrero dejé un piso despues de estar 7 años viviendo en el. El dueño estuvo mas de 20 minutos viendolo entero, abriendo cajones, mirando puertas y firmamos la entrega de llaves.En el piso vivi yo solo esos 7 años y solo me comentó que en la mesa de melamina de comedor se habia levantado un poco el filo de la esquina donde hacia vida ( ver la tele, comer, leer), pero que la mesa ni estaba rota, ni rayada ni nada que no fuese por el uso de una persona durante 7 años
    A los dos meses y medio de no vivir alli me dice por email que el piso estaba muy sucio y que tendran que contratar una empresa. Ademas me dice que la mesa esta rota y tendran que comprar una. Si reconozco que en una pared si habia hecho agujeros con chinchetas ,pero nada de clavos, ni taladros ni agujeros grandes.Les contesto y siguen sin responder.

    4 meses despues de no vivir alli les escribo de nuevo por wasap exigiendole la fianza y me dicen que ahora a los 4 meses de no vivir alli van a contratar la empresa de limpieza y que tendre que pagarla yo ( porque no limpié detras del frigorifico empotrado que tienen). Yo les he dicho que todas esas cosas me las tenian que haber comunicado en el momento que entregue las llaves o como muy tarde en el mes siguiente de dejarlo.

    ¿Pueden exigirme que pague una limpieza general 4 meses despues de no vivir yo en el piso ? Y mas cuando me lo comunicaron por email a los dos meses y medio de la entrega de llaves?
    Tengo que pagar una mesa de comedor grande porque el filo de una esquina esta levantada por el uso y limpieza normal?
    ¿Todo esto no deberian habermelo comunicado dentro del mes siguiente a la entrega de llaves?
    ¿Puedo reclamar legalmente mi fianza? Merece la pena por 470 euros o me costara mas todo?
    ¿Es obligatorio un burofax para formalizar los tramites para reclamar?

    Muchas gracias

    1. Hola Díaz,

      Si no te devuelve la fianza puedes reclamarla judicialmente. La entrega de la fianza debe hacerse a los dos meses, después de aquí se generaran intereses.

      Mi recomendación es que se la reclames en primer lugar por burofax.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  67. Hola,

    Ha transcurrido más de un mes desde la entrega de las llaves y el casero ha retenido la mitad de la fianza porque dice que no hemos pagado el consumo de las facturas. Alquilábamos una habitación en un piso compartido y las facturas se dividen entre todos los compañeros. Este es porque durante nuestra estancia el casero no se encargó de subir las lecturas para el gas y La Luz a las empresas correspondientes. Pagamos nuestra parte de todas las facturas (internet, haz, luz, agua) en las fechas durante nuestra estancia.
    ¿Tenemos derecho a pedir la fianza o tenemos que esperar a que llegue una factura con el consumo puesto?

    Gracias Rick

    1. Hola Rick,

      Si las facturas correspondientes ha vuestra estancia han sido pagadas no debería retener fianza alguna (estas facturas pueden venir cando los inquilinos ya han salido del inmueble, pero el período de facturación debe coincidir) ; pueden interponer una demanda y que sea el juez quien decida.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

      1. Hola Nazaret,

        Muchas gracias por tu respuesta. El casero todavía tiene nuestra fianza después de 2 meses desde la entrega de las llaves. Le hemos mandado un burofax para solicitar la devolución dentro de 7 días. Si después de ese tiempo no nos la devuelve, como procedemos a interponer una demanda?

        Gracias de antemano.

        Saludos,
        Rick

  68. He estado durmiendo en una habitación durante 4 meses. La cama está sin cabecero y junto a la pared por dos de sus lados. Como consecuencia de ello, de hacer y deshacer la cama y de que la pared no está protegida y la pintura es mate, esta se ha oscurecido un poco por el uso. Ella reclama pintar la habitación, pero en todo caso serían dos paredes y el daño ha sido por el uso, no por ensuciarse con huellas o así. Por otro lado, ¿tengo derecho a ver que ha hecho? ¿Tengo derecho a mandar mi propio pintor?

    1. Hola Juanma,

      Entiendo que es por el uso de la vivienda, y al no llevar solo cuatro meses no tienes que pintar la habitación, salvo que en el contrato se haya establecido otra cosa.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  69. Buenas noches,
    recientemente he abandonado un piso de alquiler porque el casero quería subirme la cuota casi un 50%. Tras la entrega de llaves, y sin firmar ningún documento de entrega de llaves ni de estado de la vivienda (que objetivamente la he dejado perfecta), ahora el casero me exige que pague la pintura y la reposición de la lavadora y la nevera. Y eso que aún no me ha devuelto la fianza.
    La lavadora y la nevera la dejé hace 5 años en el trastero porque yo tenía las mías, y ayer me mandó un sms diciendo que no funcionaban ninguna de las dos al volverlas a subir. Lo que yo no sé es si ya estaban rotas ambas cosas hace 5 años, porque nunca las he usado…o si las rompió él al subirlas, o si se rompieron ya de viejas.
    ¿Me puede exigir el pago de esos conceptos? Como ya he dicho, el dueño vino el último día de alquiler, revisó la vivienda, le insté a visitar el trastero para comprobar el estado de los electrodomésticos pero dijo que no era necesario, y no se firmó ningún papel pero sí entregué las llaves.
    Aparte no me mandó ningún preaviso con 30 días, simplemente recibí una llamada de su cuñado diciendo que si no pagaba más me tenía que ir, ¿puedo denunciar este hecho?
    Un saludo.

    1. Hola LC,

      En cuanto a los treinta días de antelación, como ya has entregado las llaves y abandonado el piso, ya no sería de utilidad.

      Instale a que te devuelva la fianza, pero si no llegáis a una cuerdo tendréis que acudir a la vía judicial, en este caso será tu arrendador quien tenga que demostrar que estos daños los provoco usted.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  70. Hola,
    El dia 31 me hicieron entrega de las llaves de mi piso que tenia alquilado, el inmueble no se puede habitar, yo soy la arrendadora, mi inquilino ademas de mierda y mas mierda por todos lados me ha dejado rotos grifos de wc, de cocina, cisterna rota mecanismo y aparato, persianas rotas, ventana del wc rota, todo esto ponia en una clausula en el contrato que griferias, cisternas, valvulas y persianas corria de su cargo y no las arregló, ademas de un sofa nuevo de 3 años que esta descosido, un mueble que tiene agujeros y de haberle caido agua o cera está abofado, tengo fotos de todo de como me dejó el piso y de como yo se lo entregué. En el piso tambien habia una clausula de limpieza de 90 euros si no se entregaba limpio, y ademas tenia un perro que tb venia en contrato que lo que destrozara o por ejemplo el cierre de la terraza y la terraza en si esta sucisima, si viene sanidad me la precinta.
    Que debo hacer cuando me reclame la fianza? le dije y en contrato venia que cuando me la devuelva la junta de andalucia se la devovleria pero cuando hemos entrado en el piso y con mas detalle hemos ido viendo cosas no vamos a devolver. Que tendria que hacer? enviarle una carta?

    1. Hola Carmen,

      Si entiendes que tu inquilino no ha gastado del deber de cuidado con el inmueble, deberías comunicárselo por burofax. Si no llegáis a un acuerdo por la vía amistosa, será el juez o jueza quien tendrá que decidir.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  71. Hola buenos días.
    Mi nombre es Roberto de la Llave y les expongo mi caso. Dejé un piso en el que estaba alquilado el pasado 27 de diciembre. Fui a la entrega de llaves y el arrendador inspeccionó todo el inmueble dando su ok. Observó una humedad en una pared que se produjo por un mal sellado de silicona de un señor del seguro que fue a arreglar una avería que se produjo ajena a mí. Firmamos un documento en el que se daba constancia de la entrega de llaves y de que todo estaba bien.
    Transcurrido un mes le pido la devolución de la fianza pero él alega que ha encontrado desperfectos en la casa, como por ejemplo unas rasgaduras en un sofá(un sofá muy antiguo en el que la tela se ha deteriorado por el uso), unos agujeros en la pared que hice para poner un espejo y que tapé posteriomente, y un rallajo en una pared que, después de cuatro años viviendo allí, es normal. Lo único de lo que me responsabilizo es de un cristal de una mesa baja que rompí, y que cuesta 60 euros. La fianza es de 500 euros.
    Me comenta que la subsanación de desperfectos es muy superior al importe de la fianza y yo le pido las facturas de los arreglos de dichos desperfectos. Para más Inri le dejé una televisión y un escritorio.
    A día de hoy no me ha aportado las facturas de los supuestos «desperfectos».
    ¿Qué puedo hacer? gracias de antemano por su atención.

    1. Hola Roberto,

      Si es como me cometas, mi recomendación sería que interpusiera una demanda sino quiere devolverte la fianza, pues lo tienes todo a tu favor. Si no la devuelve en treinta días desde la finaliza el contrato, la fianza empezará a devengar intereses.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  72. Hola buenas tardes. Tengo un problema con la devolución de mi fianza, el casero se ha quedado con 100 a cuenta de dos facturas que faltan por venir y en las que solo me corresponde pagar 10 días y donde empezarán a vivir otras persona y a consumir de forma diferente a la mía. Le he pedido que me haga una prorrata de los 10 días en función de mi consumo medio para no tener que esperar a final de febrero que es cuando viene la última factura de agua y en la que me hará una prorrata de lo que han consumido otras personas. Eso es legal? Gracias de antemano

    1. Hola Azahara,

      Entiendo que tu arrendador esta en su derecho de quedarse con el dinero para garantizar el cumplimiento de tus obligaciones, es decir, de las facturas que queden por pagar. Si bien decirte que si no te devuelve la fianza en 30 días empezará devengarse a tu favor el interés general del dinero.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  73. Hola! Alquile durante 5 años un local con un año de prorroga en el que cambio el contrato para definir que debia hacerme cargo de todo lo que se estropeara en el interior. En agosto se rompe el ventilador del aire acondicionado ubicado en la terraza del segundo piso propiedad tambien de la dueña del local- los tecnicos me dicen que es una maquina vieja que no hay ya en stock ventiladores de ese modelo la solucion es poner nueva maquina de A/A
    Ahora que acaba el contrato me amenaza con no devolverme la fianza – de 5mil euros! Si no arreglo el aire
    Considero que al no estar dentro del local que he alquilado no es mi respinsabilidad- estoy en lo cierto?
    Gracias!

    1. Hola Elen,

      Entiendo que esta cláusula no es legal. Pues entiendo que en este caso se trata de una reparación que está obligado a realizar el propietario porque es necesaria para la conservación del local y ser utilizado normalmente por usted, el inquilino.

      Un saludo, espero haberse sido de ayuda.

  74. Buenos días, después de 5 años de alquiler, estoy a punto de dejar el piso y os querría preguntar si también en España, como en Italia, el dueño del piso tiene que devolver la fianza y los intereses que se han generado durante los años de alquiler. En mi caso serían intereses sobre dos meses de fianza devengados en los 5 años. Muchas gracias y un cordial saludo

    1. Hola Gianluca,

      En España solo se devengará el interés general del dinero en el importe de la fianza, si tu arrendador tarda más de 30 días en entregarte el importe de la fianza desde la entrega de llaves.

      Un saludo, espero haberle ayudado.

  75. Buenas tardes:

    He estado informándome en vuestra web sobre el tema de la devolución de la fianza. Os expongo mi caso por si me podéis aconsejar.

    Hace un par de meses me mudé y mis anteriores arrendadores, sin avisar, me descontaron 200 € de la fianza que me tenían que devolver. Cuando les pregunté el motivo, me explicaron que los importes se debían a la tasa de residuos, pintura y cambio de funda del sofá (por tener muchas manchas). Sin embargo, el estado del piso cuando me fui era el mismo que cuando entré. De hecho, hice fotos de todos los desperfectos (incluyendo las manchas del sofá y la pared) y se las mandé el día de mi llegada. Cuando ahora les he vuelto a mandar estas fotos, y tras muchos días detrás de ellos sin recibir respuesta, han cambiado de versión respecto a la funda del sofá, alegando que «huele mucho a perro», ya que tengo uno (lo sabían y nunca pusieron pegas).

    Les he dicho que me manden factura de la funda del sofá, pero que el coste de la pintura no me corresponde a mí únicamente porque el nuevo inquilino lo haya exigido, ya que yo me la encontré en el mismo estado. Respecto a la tasa de residuos, me dijeron que era algo anual que le corresponde al inquilino y que lo pone en el contrato (lo he revisado y no se menciona).

    Me parece muy sospechoso que no respondan mis correos, mensajes o llamadas (incluso han bloqueado mi número) y que cambiaran de versión cuando les presenté las fotos como prueba. ¿Cuál creéis que sería la mejor manera de proceder? He pensado en mandarles un burofax, como indicáis en vuestra web. ¿Sería lo correcto?

    Muchas gracias de antemano,

    1. Hola Fátima,

      En mi opinión no tiene motivo para retenerte este importe. Envíales un burofax solicitándoles que te devuelvan esta cantidad procedente de la fianza. Si no llegáis a un acurdo no os quedará más remedio que tome una decisión un juez o jueza.

      Un saludo, espero haberle ayudado.

  76. hola deje la vivienda en la que vivia avisando con 30 dias al hacer la entrega de llaves me dicen que como la fianza esta en la comunidad de madrid tardan otros 30 dias, han pasado 24 dias me dan largas y los suministros siguen a mi nombre y me los estan facturando todavia a mi que puedo hacer

  77. Hola Maria.

    Claro puedes exigir la devolución del dinero, en caso contrario, tendras que demandar.

    Existen unos modelos en el juzgado para asuntos inferiores a 2000 euros

    Un saludo

  78. Buenas tardes
    A través de internet alquilé un piso a una inmobiliaria. Tuve que pagar un mes de fianza más el mes de inmobiliaria y la parte proporcional del mes de septiembre. Le envié el dinero (412€) mediante transferencia a la chavala que se ha encargado de verlo y demás, ya que ella es una de las inquilinas.
    Cuando llegué y vi el piso directamente me fui a la inmobiliaria, porque las condiciones en las que estaba el piso era deprorable. Le dije que no firmaba el contrato y que me esperaba la devolución del dinero. La inmobiliaria paró el contrato, pero la chica nos dijo que no lo parásemos (confié en ella) y en el momento que hubiese alguien para el piso, ella nos devolvería el dinero.
    Desde este mes de octubre ya hay una persona que está ocupando mi lugar y no me devuelve el dinero. Se puede hacer algo?

  79. Buenos días,

    Dejamos nuestro piso de alquiler hace un mes y dimos a la agencia la única copia de llaves que nos dieron el día de la firma del contrato.

    Ahora la agencia nos reclama la «otra copia de llaves» que nunca ha existido puesto que ni nos la dieron ellos, ni nosotros quisimos hacer copia.

    Nos están amenazando de que seremos responsables si pasa algo en el piso y por supuesto no nos quieren devolver la fianza.

    ¿Cuáles son nuestras posibilidades?

    En ningún sitio firmamos nunca que se entregase más de una copia de llaves, y en el mail de la agencia nos han dicho «recuerdo que os entregamos varias llaves».

    1. Hola buenos días.

      Entiendo que se trata de un mecanismo para no devolveros la fianza.

      Exige quete la devuelvan. El juego de llaves no es motivo para no hacerlo.

      Un saludo

  80. buenos días:
    Hice un contrato de alquiler por un año, y he estado viviendo en el piso durante 13 meses. por motivos laborales he tenido que irme a otra ciudad, pero avise de ello a la inmobiliaria con 30 días de antelación.
    a la hora de entregar las llaves, la inmobiliaria se niega a devolverme la fianza, porque dice que como había pasado mas de un año, el contrato se había renovado automáticamente y tenia que cumplir otro año de contrato.¿eso es así o puedo reclamar que me devuelvan la fianza integra?.Gracias.
    Pd, El piso no presenta ningún desperfecto.

    1. Hola a Pepe,

      Tienen que devolverte la fianza solo seis meses son de obligado cumplimiento para ti.

      Si el preaviso de un mes ha sido correcto te la tienen que devolver.

      Saludos

  81. En el contrato firmado con los inquilinos, hay una cláusula que indica que el piso se entrega limpio y se debe entregar limpio, si no es así se puede descontar la limpieza de la fianza.
    Cuando la inmobiliaria ha ido a comprobar el estado, junto con un técnico, a los 2 días de rescisión de contrato, me han dicho que el piso estaba muy sucio, aparte de algunos desperfectos y han hecho fotos.
    Se lo he comunicado a los inquilinos, les he mandado toda la información documentada, y me dicen que lo entregaron como estaba y que el inquilino nunca debe responsabilizarse de dicha limpieza.
    ¿Tengo derecho a descontarla?

  82. Buenas tardes,

    Quería solventar una duda. Mi madre ha fallecido sin dejar herencia. No tenía ningún tipo de propiedad (solamente un coche viejo que sigue en el garaje y a su nombre) y algunas deudas en el banco por tarjetas de credito. Ella residia en un piso de alquiler de caracter social. El piso ha sido «subrogado»? no se si es el termino correcto, a nosotros, se va a proceder a hacer un cambio de titular en el contrato, se va a redactar uno nuevo a mi nombre, nos dejan quedarnos en el porque mis dos hermanos menores de edad estaban empadronados y residian aqui con ella. Mi duda es…¿El hecho de la misma firma del contrato nos convierte en herederos? ¿en cualquier caso…si nos quieren hacer valer la fianza que habia dejado mi madre, si nos la «pasan» a nosotros, eso nos convierte en herederos?
    Lo que no queremos es hacernos cargo de las deudas del banco..por lo que no queremos heredar nada..y no sabemos si esto lo es.
    Gracias

    1. Hola Ana.

      Subrogaros en el contrato de arrendamiento no os convierte en herederos, solo cuando aceptáis la herencia, básicamente ante notario.

      El final del Aval tampoco supone aceptar la herencia.

      Asi que tranquilos, un saludo

  83. Hola buenas,
    Hace un par de días dejé el piso en el que vivía, firmamos un papel en el que poníamos que rescindíamos el contrato con esa fecha, pero no poníamos nada del tema de desperfectos.
    Ahora me dice la propietaria que quiere cobrarme por:
    – Oxido que se ha formado alrededor del desagüe de la bañera – quiere que le pague las obras de albañilería y fontanería para poner una bañera nueva o una ducha. Según ella esto era por un uso indebido del baño porque le habría echado algún producto corrosivo. Obviamente éste no es el caso, ni tampoco la causa para tal desperfecto, ya que me he informado al respecto.
    – Fogones eléctricos, hay uno de los 2 que ha dejado de funcionar. Esos fogones, fácilmente tienen más de 20 años… ha dejado de funcionar uno, simplemente porque era su vida útil…
    – Agujeros hechos en la pared. Aunque no ponía nada en el contrato al respecto, me he ofrecido a tapar con masilla estos agujeros y pintar la pared, porque entiendo que son agujeros que he hecho yo y es normal que yo los tenga que tapar.

    La percepción que tengo, es que esta propietaria no me quiere devolver la fianza (1000 euros), y está buscando en qué cargármelo. Mis preguntas son:
    – Aunque en el contrato ponga que los desperfectos son a cargo del inquilino, entiendo que legalmente, si los desperfectos son por el desgaste normal y por la vida útil no debería tener que pagarlos, no??? porque entonces esto qué es, que el inquilino que tiene la mala suerte de que se rompe algo mientras está, porque ya es viejo, entonces tiene que pagarle uno nuevo, en este caso un baño nuevo.
    – Cómo debo proceder ahora? Espero un mes para mandarle burofax? Ella querrá alargarlo lo máximo y no pagarme nada..
    – Sirve el documento que hemos firmado de rescisión del contrato? Aunque no diga nada de desperfectos? (por cierto que ella no quería firmarlo).

    Sinceramente, siento que los inquilinos que realmente cumplimos con el contrato y con la ley estamos muy desprotegidos 🙁

    Qué puedo hacer para asegurarme recuperar mis 1000 euros? (por cierto, que pagué puntualmente todas las deudas de alquiler y de gastos antes de dejar el piso, no hay motivo para que me retenga la fianza).

    1. Hola Beni.

      Si, transcurrido un mes desde la entrega de llaves envía burofax reclamando las cantidades.

      En caso de que no conteste o no sea satisfactoria la contestación, habría que reclamarlo judicialmente, en los juzgados existe un modelo al efecto, o si quieres podemos confeccionarte uno con tus datos y lo presentas en el juzgado donde radique el inmueble.

      Para mas informacion ponte en contacto con nosotros en el correo info@abogadosparatodos.net, y te llamamos un saludo.

  84. Buenas tardes, , y quería comentar mi situación. En 2013 alquilamos mi marido y yo un piso. El 05/2017, recibimos una llamada de la casera , indicándonos que no nos iba a renovar el contrato debido a que la vivienda la quieren destinar a alquiler vacacional. GHemos recibido un mail 1indicandonos que la entrega de llaves será en su despacho , no queriendo personarse en la vivienda para levantar acta . Ya he visto que has respondido a una situación, pero no estoy segura como proceder, además de mandar el burofax, puedo yo aportar modelo de finalización de contrato y entrega de llaves , donde se indique que la fianza se devuelva a los 30 días junto con fotos del piso?

    1. Hola Maria Jose,

      Puedes y debes mandarle esa comunicación, usa el modelo, es muy importante que levantéis acta, dado que luego puede «inventar» desperfectos para no devolverte la fianza. Dile que la entrega de llaves se hace en el piso.

      Un saludo

  85. Estimado Eduardo: En mayo de este año he tenido un siniestro de incendio en la cocina del piso que tengo con contrato en alquiler , han intervenido bomberos etc. yo no me encontraba en el piso en ese momento, se a producido daños en la cocina de bastante importancia.
    De cualquier modo, se lo notifique a la arrendadora la cual dio parte a su seguro el cual se a hecho cargo, y en este momento se sigue arreglando los desperfectos de la vivienda con bastante lentitud lo que me hace no poder habitar la vivienda al dia de hoy.
    En un afan de colaboración y buena voluntad por mi parte he pagado el alquiler del mes de junio pero dado que este mes de julio todabia se encuentran cosas sin arreglar se me dice que en breve podré utilizar pero lo cierto es que al dia de hoy no puedo dormir por estar los muebles sobre las camas y la cocina sin amueblar en espera de reponer los enseres quemados.
    En una palabra que no estoy haciendo uso del alquiler.
    He tenido que desplazarme a vivir a otro domicilio que poseo a 70 Km del otro llendo y viniendo continuamente para ver el avance de las obras, en una palabra colaborando en todo momento.
    Mi pregunta es la siguente: si dejo de pagar este mes de julio notificandoselo a la arrendataria atraves de guapsa que es como nos venimos comunicandonos es correcto y estoy operando legalmente o incurro en algo.
    Una cosa importante debo decir y es que en el barullo de llegada de los bomberos que intervinieron al preguntarme detalles del mismo no se lo que dije en ese momentocomo consecuencia del estado catatonico en que me ví.
    Otra pregunta si me permites, es si se puedo considerar a estas alturas responsabilidad mia por haberme dejado algo puesto o un fallo eléctrico o cualquier otro tema y temo posteriores problemas de quererme pasar cargo la aseguradora por lo acontecido.

    Muchas gracias

    1. Hola Yago.

      Comunica a la arrendadora que ante la imposibilidad de habitar la vivienda que se suspenda el contrato mientras terminan la reparación. Y que el próximo mes no tengas obligación de pagar la renta.

      Yago en el parte de bomberos debe estar el motivo del incendio, en caso de que sea de tu responsabilidad por negligencia, la compañía de seguros podría ir contra ti.

      Un saludo

  86. Hola, firmé un contrato de arrendamiento por un año, he cumplido los 6 meses y he avisado con 30 días que dejo la casa, en el contrato no especifica nada de indemnización, el casero me dice que me devuelve la mitad de la fianza por no cumplir el año. ¿Tiene razón o al no venir especificado en contrato y haber cumplido los 6 meses debo recibir la fianza completa? muchas gracias.

    1. Hola Felix,

      Si no esta pactada la indemnización, no debe aplicarse ninguna, cumplido el periodo de 6 meses de obligado cumplimiento.

      Un saludo

  87. Buenos dias,
    El proximo dia 30 de junio mi mujer y yo dejaremos el piso en el cual hemos estado 3 años en alquiler (el contrato caduca el 7 de julio).
    El arrendador no quiere ir a ver como esta el piso y quiere que la entrega de llaves se haga en su despacho.
    Tenemos el temor que no nos quiera devolver la fianza y por eso vamos a un abogado.
    Queria saber que nos aconseja hacer el día que vayamos a su despacho para la entrega de las llaves.
    Me parece fundamental que nos prepare el documento de resolución porque sin este tendremos pocos derechos.
    Que mas podríamos hacer nosotros? Sacar fotos del piso con las mejoras hechas por ejemplo?
    Gracias por su ayuda
    Paolo

    1. Hola Paolo,

      El arrendador esta obligado a levantar acta del estado de la vivienda con vuestra presencia.

      Y con el resultado redactar el documento de resolución y entrega de llaves, donde se hara constar, si existen o no, los posibles desperfectos imputables al arrendatario.

      en caso de que no quiera ir, le mandaria un burofax requiriendo para que vaya a la vivienda en dia y hora determinada para levantar acta del estado de la vivienda, y posterior entrega de llaves.

      Si se niega será prueba que os favorecerá.

      Un saludo

  88. Buenas tardes,

    Mi pareja y yo tenemos que dejar el piso de alquiler por cuestiones de trabajo y nos quedan tres meses de alquiler, el caso es que no queremos perder la fianza y en el contrato la dueña puso que si lo dejábamos antes se quedaba con la fianza, mi pregunta es ¿es legal que se quede con la fianza integra si está escrito en el contrato o le pertenece la parte proporcional de los tres meses que restan?

    Muchas gracias y un saludo.

    1. Hola Sergio,

      No es legal, dado que para periodos de incumplimiento inferiores a un año, hay que hacer una regla de 3.

      Si 1 mensualidad es a……………………………365 días
      XXXXX……………………………………………….. 90 días

      Esto cambia si no se trata de arrendamiento de vivienda habitual. En caso de temporada se pueden pactar indemnizaciones mayores,

  89. Hola! Soy propietaria de una vivienda cuyos inquilinos dejaron el inmueble en febrero. Se hizo un documento de fin de contrato como que estaba todo ok. Fue mi madre ya que yo resido en una provincia diferente. Resulta que un mes antes que se fueran fue el pintor a la vivienda porque tenia que subsanar unos daños que habian en la pintura y me correspondian a mi. Hablando con los inquilinos, estos le dijeron que iban a tapar los agujeros que habian hecho en las paredes y unas manchas que habian tambien. El pintor les dijo que se lo arreglaba el por 90€ pero ellos no aceptaron. Yo les dije que si lo que tapaban quedaba mal por que seguramente la pintura utilizada no era la misma que la que habia, y se notaba yo les descontaria de la fianza lo que me costase arreglarlo. Cuando fui a la vivienda efectivamente estaba a parches, sin contar lo sucia que estaba en general.
    Al mes le devolvi la fianza y le desconte los 90€ del pintor, aunque yo al final pague mas..
    Bien, un mes y medio despues de la devolución, me manda un mail diciendome que no esta de acuerdo y que o le pago los 90€ en 15 dias o lo reclamara por otras vias.
    Yo se que si en el documento de fin de contrato no pone nada de la pintura tengo las de perder,(mi madre tiene una minusvalía de la vista, por lo que ella no lo vio) pero me molesta bastante dada la actitud de los inquilinos y el estado en el que me devolvieron la vivienda.
    Mi pregunta es, si lo reclama via judicial, y le dan la razon,¿que tendria que pagar yo ademas de los 90€? Supongo que intereses pero mi mayor miedo es, tendria que pagar costas del juicio? a cuanto ascenderia todo? Muchas gracias por adelantado

  90. Hola buenas!!

    Tengo un piso en alquiler, y el pasado febrero se fueron mis últimos inquilinos. Antes de irse fue el pintor para mirar unos problemas que había en la pintura y pasarme presupuesto para arreglarlo y de paso, al ver que ellos iban a tapar los agujeros que hicieron y ciertas manchas en las paredes les propuso hacerlo el por 90€. Ellos se negaron diciendo que lo harían ellos, yo les dije que si quedaba alguna marca de que la pintura no fuera igual a la que había, tendría que volver a pintarlo y se lo descontaría de la fianza. Así fue, la casa esta a parches y a la hora de devolver la fianza he descontado los 90€. Tengo documento de fin de contrato pero como yo resido en otra comunidad fue mi madre, la cual sufre de la visión (tiene minusvalía incluso) y no se fijo en dichos desperfectos por lo que firmo el fin de contrato sin mas.
    Hace un mes y medio que le devolví la fianza menos estos 90€ y ahora me ha mandado un mail reclamándolos y que si no tomara las acciones pertinentes.
    Mi pregunta es: si va por la vía legal, y pierdo yo, ademas de los 90€ que más tendría que pagar? Intereses? Costas del juicio?
    Yo se que al haber el documento de fin de contrato tengo las de perder, pero me toca las narices devolverlo sin mas ya que ademas de estar la casa a parches estaba super sucia, pegatinas por la casa que no voy a poder sacar sin que quede marca…por eso quiero saber si en el caso que denuncie y yo pierda en que me repercutirá.
    Muchas gracias de antemano

    1. Hola Vera,

      Dudo mucho que interpongan la demanda, dado que por la cuantia 9o euros no seria preceptiva la intervención de abogado y procurador y si fueses condenada no tendrías que hacerte cargo de los gastos de dichos profesionales.

      Existe la posibilidad de que lo reclamen atraves de un procedimiento ordinario, que no es por razón de la cuantia sino de la materia, esto es la fianza. En este caso podrían condenarte a las costas, pero tus antiguos inquilinos tendrían que abonar los gastos de sus profesionales al inicio y esto puede rondar los 1200 euros.

      No creo que lleguen a la via judicial por 90 euros.

      Un saludo

      1. Muchas gracias por contestar!! En cualquiera de los casos, si me denuncian, antes de llegar a ser condenada podría pagar lo que reclaman? Y otra cosa, yo me he cambiado de domicilio, como sabría yo que me han denunciado?
        Muchas gracias!!

        1. Hola Sandra podras pagar cuando te llegue la demanda. En ese momento sabras que te han demandado.

          Un saludo

          1. Perdona por insistir, pero el tema es que ellos no saben mi nueva direccion…entonces como se que me han denunciado?
            Muchasimas gracias por todo!
            Sandra

          2. Si no tienen tu nueva dirección la demanda se interpone en el último domicilio que ellos conocen, y si no se te puede notificar entonces se cuelga la demanda en el tablón de anuncios del juzgado y se te da por notificada.

  91. Hola buenas me salido la oportunidad de un piso mejor que el mio y me quiero ir y no se si al incumplir el contrato me devolveran la fianza , por que el alquiler no es por inmobiliaria.
    Y yo le pago todo en mano y no se si abisando con tiempo me lo devolbera
    Mi contrato se acaba en noviembre de este año. Gracias

    1. Hola debora

      Tienes que cumplir seis meses obligatoriamente.

      Y una vez transcurridos solo tendrías que pagar indemnización en caso que este pactada.

      El importe seria en proporción al tiempo que quede por cumplir, necesitaría ver el contrato para decirte mas exactamente.

      Un saludo

      Solo

  92. Buenas tardes,
    Necesito su ayuda con caractee urgente!!
    Ya que necesito su ayuda, el mes pasado estaba de alquiler en un inmueble de una empresa llamada Fidere y lo hemos dejado correctamente y paso una persona de esta empresa el cual vio el inmueble y estuvo apuntando todos las cosas que podrían tener algún desperfecto,bien cuando dejamos las llaves les indicamos que cuando nos devolverían la fianza y en mi contrato pone que en un mes desde la entrega de llaves osea el día 5 de abril fue, la cuestión es que me dieron una copia de las cosas que apunto el chico y nuestra sorpresa es que ahora nos mamdan un informe indicando que nos quieren descontar 148r de un cristal del salón que dicen que estaba roto y que no habían visto ya que cuando vinieron en el salón habíamos dejado unos vinilos y alegan que al quitarlos estaba roto cosa que no es así! Mi pregunta es saber si eso lo pueden hacer ya que me cobra 80e más iva y otros 42e por llevar el cristal al vertedero. Necesito su ayuda por favor para saber cómo actuar.
    Muchas gracias

    1. Hola buenas tardes,

      Si el cristal no estaba roto no tienes que pagar nada, además al levantar el acta de desperfecto debio indicártelo y no irse y luego mandar el informe.

      Es una actuación semifraudulenta

      Un saludo

  93. Buenos días Alexis,

    Habra que ver que se pacto en el contrato para el caso de resolución del contrato por incumplimientos del arrendatario.

    Sino se pacto nada, tiene que devolverte las fianzas.

    No tienes a priori ninguna acción legal por el hecho de intentar por tu parte subalquilar una habitación, mas haya de resolverte el contrato por incumplimiento.

    Un saludo

  94. Buenas tardes,
    Alquilé un piso y entregué una fianza de 700 €.
    Puse un anuncio en AirBnB para sub-alquilar una habitación (en el contrato estaba especificado que no se podía hacer).
    El casero vió el anuncio y me mandó un burofax a través de su abogado diciendo que quería que le devolviese el piso por incumplimiento del contrato. Dejé el piso sin poner pegas después de una semana, en perfecto estado y tengo copia firmada por ambas partes de la entrega de las llaves con lectura de suministros para los cálculos de salida . El 6 de Junio serán dos meses que he dejado el piso y el casero me ha dicho hoy que no quiere devolver la fianza por incumplimiento del contrato. Que conste que nunca llegué a alquilar la habitación (y puedo probarlo), solo puse el anuncio que quité además dos días antes de recibir el burofax. ¿ Puede no devolverme la fianza porque intenté sub-alquilar una habitación o son dos cosas separadas ? Podría el intentar alguna acción legal contra mi si le reclamase la fianza por vías legales o al haber devuelto enseguida el piso mi situación está resuelta? Muchas gracias de ante mano.

  95. Buenas tardes,

    Dejé un piso a finales de enero (hace 4 meses) y el propietario no quiere devolverme la fianza.

    Dice que le entregué muy sucio, que tuvo que hacer limpieza y reparar muebles rotos… Esto es mentira. De hecho, el dia que devolví las llaves, el propietario vinó al piso para ver su estado y me firmó un papel que confirma que le entregé el piso en el mismo estado que lo encontré hace 2 años y que se devolvería la fianza. Lo firmó, pero dice que este papel no existe… En fin, le envié por Burofax una solicitud de devolucion de la fianza y una semana despues me ingreso 76€ en mi cuenta, en vez de 370e.

    Mi pregunta es: ahora tengo que enviar por correo una solicitud de presentacion de justificante en forma de facturas? Como se hace esto? Soy francesa y no tengo el nivel suficiente en español para expresarme de manera correcta para escribir este tipo de carta oficial… Sabe donde podria encontrar un modelo de carta?

    Gracias por su atencion,

    Salutaciones,

    Elisa.

    1. Buenas días Elisa,

      Si ya has mandado burofax, no tienes que mandar ninguna carta oficial mas, sino una demanda judicial.

      Al ser el importe pequeño, puedes ir al juzgado de tu localidad y pedir un modelo de demanda por esa cantidad y presentarla solo necesita tu firma.

      Un saludo

  96. Buenos dias, he estado 3 años y medio viviendo de alquiler en un piso de la obra social la caixa. Les avise con un mes de antelacion que queria dejarlo y pague el mes correspondiente que estipulaba mi contrato. Di de baja luz y agua como me solicitaron pagando los recibos correspondientes. Estoy al dia de todo pago. En el contrato de desistimiento de alquiler pone que la casa debe estar limpia y en perfecto estado(lo esta), los taladros en paredes estaban permitidos(escrito en mi contrato de alquiler), aunque procure taparlos y pintarlos. Algunas ventanas correderas no cerraban bien desde que entre a vivir y hay aproximadamente 1 metro en una pared del salon que intente limpiar pero quedo algo sucia. En el contrato de desistimiento figuraba el plazo de 1 mes para la devolucion de la fianza de 300 € una vez se hubiera comprobado que el piso estaba en perfectas condiciones. Ese plazo cumplio ayer y no he recibido noticias. ¿Debo esperar unos dias o les reclamo ya? ¿De que manera les debo reclamar? Creo que no tienen intencion de devolverme la fianza, ya a una vecina que estuvo alquilada el mismo tiempo que yo, le pusieron como excusa que no habia pintado la casa para no devolversela. Es una verguenza que una entidad publica que se supone que ayuda a personas desfavorecidas actue de esta manera. Perdon por extenderme tanto es que queria que quedara claro. Gracias por anticipado por leer y responder.

    1. Buenos días NC,

      Efectivamente tienen obligación de devolver la fianza al mes de la entrega de llaves, so pena de pagar dicha cantidad mas el interés legal del dinero.

      Si ha pasado ya el mes reclámaselo extrajudicicialmente, con carta con acuse de recibo o burofax y sino te contestan planteate la reclamación judicial

      Un saludo

      1. Buenos días Carlos, quería agradecerte por responder y la atención prestada. Finalmente, hoy he recibido el total de la devolución de la fianza.

        Saludos!

  97. hola queria hacer una consulta con respecto a mi tema y si me podeis ayudar, hace unos años alquilamos con mi esposa una casa con opcion a compra, de los cuales dimos una entrada de 15.000 euros, pagando unas cuotas de 500 euros mensuales, se da el caso que nosotros por temas de salud no pudimos seguir pagando la cuota mensual y tuvimos que salir de españa de caracter urgente ,pero aun asi poniendonos en contacto con la inmobiliaria, pero resulta de un momento a otro que nunca llegaron a respondernos y nos dijeron que la empresa se dio a la quiebra y que la casa pasaba a manos del banco en este caso caja rural de castilla la mancha, cuando noastros volvimos a casa nos dimos con la sopresa de que estaban unos ocupas en la casa, dandoles incluso una autorizacion de ocupa,,para que se queden ahi ya que tenian un bebe recien nacido,en este caso que podriamos hacer o donde tendriamos que ir, para no perder el dinero que dimos de entrada o de recuperar nuestra casa,llegando a un acuerdo con el banco ,ya que nos dijeron que la casa esta en subasta,como deberia proceder ante todo esto ya que tenemos el contrato de alquiler compra del chalet ,gracias de antemano, espero un poco de informacion

    1. Buenas tardes Pedro,

      Habra que ver que tratamiento le deba el contrato de arrendamiento a los 15.000 €, en caso de que vosotros dejarais de pagar la renta y/o la prima.

      Es extraño el pago de los 15000 euros antes de ejercitar la opción de compra, seria una señal de la compraventa

      La reclamación judicial tendríais que hacerla frente a la sociedad que os firmo el contrato, pero si esta en quiebra la posibilidad de sacar provecho será imposible y maxime cuando el banco se ha adjudicado los pisos de la quebrada.

      Mantener ante el banco que lo vuestro fue una compraventa y que quereis formalizar la compra. Un saludo

  98. Buenas tardes,

    Hace 10 días dejamos el piso en el que estábamos de alquiler y firmamos el documento de fin de contrato y entrega de llaves. Pocos días después nos llamó el propietario para avisarnos de algunos desperfectos (el extractor hacia saltar La Luz pero éste tiene 25 años, un radiador no funciona pero nunca los hemos usado, y el sofá dice que está sucio). El caso es que el piso lo dejamos tal y como estaba y firmamos el documento de fins de contrato. Todavía no nos ha devuelto la fianza pero el piso lo ha vuelto a alquilar otra vez.

    ¿Debemos arreglarlo para que nos devuelva la fianza o los desperfectos que el considerara que habia deberían haber quedado reflejados en el documento para poder retenernos la fianza?

    En el caso de que le compráramos un radiador ¿deberíamos dejárselo instalado?

    Muchas gracias de antemano.

    1. Buenas tardes,

      Entiendo que debéis reclamarle la fianza, si los hechos son tal cual los exponéis, no hay motivo para retenerla

      Al mes de la entega de llaves tendrá que devolver la cantidad en concepto de fianza mas el interés legal del dinero.

      Un saludo

  99. Hola,
    Me gustaría hacerle una consulta. El 2 de mayo de 2017 finalizamos el contrato de arrendamiento tras casi 4 años. La relación con el propietario era buena, él no quería gastar nunca demasiado y hemos tendio que pasar este tiempo con cosas mal, como que la puerta no cerraba si no echábamos la llave porque no quiso cambiar el marco de la puerta, las ventanas no sellaban bien y me puso una chapuza que no funcionó… La cosa es que tiramos más o menos así, por no tener problemas y porque estabamos agusto en esa casa. Hay que decir que cuando entramos en la casa, ésta no estaba lista para ser usada porque el suelo estaba muy sucio lo cual se lo hicimos saber en su día y otras partes del hogar también pero bueno. Además las tuvimos que reparar.
    La cosa es que había aparentemente muy buena relación.
    Nos surgío la oportunidad de alquilar otro piso (nos urgia mucho por un tema personal) y como era imposible avisarle con dos meses de antelación, antes de meternos en un jaleo, y sabiendo lo que ponía en nuestro contrato (avisar 2 meses con antelación), le llamamos para pedirle permiso y que le pagábamos la parte proporcional a medio mes (hasta el 15 de mayo) de manera que tenía más de mes y algo para alquilar su piso ofreciéndonos nosotros total disponibilidad para visitas.
    Nos dijo que podíamos irnos y que no le interesaba hasta el 15 de mayo, que podíamos terminar el mes de abril y listo. Vamos, que llegamos a un acuerdo cordial y nos pusimos en contacto con la inmobiliaria para tramitar todos los pasos.
    Hasta aquí todo correcto. Ningún pero.
    La cosa es que el propietario tiene 3000 euros nuestros. 800 en fianza y 2200 de depósito. Nuestro contrato dice que los 800 serán entregados en 2 meses tras haber sido comprobado el pago de los recibos. Cosa que ya hemos justificado que estamos al día, pero bueno, y los 2200 en 15 de la entrega de llaves. El 2 de mayo entregamos las llaves y hoy es 17 así que si se cuenta el día 2 hoy hacen 15 días y no nos ha devuelto ningún euro.
    No sé que va a pasar con nuestro dinero.
    En día de la entrega de llaves, observé que no quería hablar, pero no le di mayor importancia. Y cuando firmamos el papel de que se entregaban las llaves, empezó con tonterías de que el piso no había sido entregado así y que estaba mal cuando mandamos una mujer a limpiar el piso (contratamos un servicio de limpieza) Solo había una pelusa en el armario y unas marcas en la barandilla como consecuencia de la lluvia. Tonterías. y bueno, alguna marca en la pared como consecuencia del uso pero todos los agujeros fueron tapados y no los podíamos pintar porque no teníamos el color de pintura de la pared.
    Tras salir de esa reinión encerrona, nos acercamos a la inmobiliaria con usa sensación de vacile y el de la inmobiliaria pasivo total, nos dijo que el propietario tenía 15 días para ver los desperfectos de la casa y que si consideraba que había desperfectos de por ejemplo, 500 euros que nos devolvería lo proporcional, es decri, 1700. ¿Eso es justo? ¿Sin previo consentimiento, ni acuerdo con nosotros?? Es que no tenemos ningún derecho sobre nuestro dinero??? Tenemos cinta este viernes para recibir asesoramiento jurídico porque nos parece abusivo todo y subrealista.
    Además, el 28 de abril piso el anuncio en internet de alquiler de vivienda y nos hizo gracia porque subía el precio de la mensualida 125 euros y ponía que tenía el piso suelo acuchillado, ventanas de yo que sé qué, cocina nueva…. Y todo eso es mentira!!!!! Nos echámos a reir. El piso es muy bonito y luminoso pero necesitaba una limpia y mejoras que solo se detectan cuando entras a vivir. También se le olvidó comentar que había cucarachas, cosa que le comentamos y que no le dió importancia.
    Intuimos que las mejoras y arreglos las va a hacer con nuestro dinero.
    ¿Cómo podemos proceder?
    ¿Puedo poner una denuncia ya a el propietario y a la inmobiliaria por falta de atención y mal servicio?
    Hoy

    1. Buenas tardes,

      Es un claro abuso, y debéis reclamarle la fianza íntegramente incluso judicialmente.

      Si necesitais articular demanda en reclamación de la fianza podemos estudiar el caso si os poneis en contacto con nosotros al correo info@abogadosparatodos.net

      Un saludo

  100. Buenos días y gracias por su atención.
    Quería saber si tras la renegociación del precio del alquiler donde habito a la baja y con un nuevo contrato de arrendamiento mis caseros han de abonarme la diferencia en el precio de los dos meses de fianza entregados en el primer contrato.
    En el primer contrato pagaba 255€ mensuales, tras un nuevo contrato como he descrito pago 215.
    ¿Deberían abonarme la diferencia siendo esta un total de 80€?
    Atentamente: Enrique Valbuena Abenza

    1. Buenas tardes Enrique,

      Tras finalizar el primer contrato debieron devolverte la fianza íntegramente.

      Y al firmar el nuevo tu entregar conforme a la nueva mensualidad.

      Por tanto entiendo que si deben devolverte los 80 € de fianza o aplicarlos como parte del pago del primer mes.

      Un saludo

  101. Buenas tardes

    Tengo una duda al respecto. Tras hacer un alquiler de un año (16 de junio de 2016 a 16 de junio de 2017), me encuentro con que en dos ocasiones le he pedido a los inquilinos enseñar la vivienda ante dos posibles compradores; se niegan y acepto esta negativa. A principios de abril les envío un burofax comunicándole que el próximo 16 de junio no renovaré el contrato de alquiler y a los pocos días me contestan vía whassap diciendo que buscarán otra vivienda y que en mayo podré disponer de la vivienda y que lleve dinero en mano de la fianza de un mes que entregaron al inicio. Al no haber llegado al final del contrato y faltarles un mes y medio por cumplir el contrato ¿he de devolver la fianza? Antes veré el estado de la vivienda y esperaré a ver si las facturas hasta el 31 de mayo están pagadas o no ¿verdad? . Gracias

    1. Buenas tardes Rafa,

      Los contratos cuya duración sea inferior a 3 años estos se prorrogaran obligatoriamente a favor de los arrendatarios hasta el tercer año.

      Salvo que pasado el primer año lo necesites para uso personal y entonces tendras que darle dos meses de preaviso a los arrendatarios, lo que en tu caso te llevaría a agosto de 2017.

      En tu caso un acuerdo con ellos te va a beneficiar a todas luces dado que la venta del inmueble no es motivo para resolver el contrato antes del tercer año de vigencia del mismo.

      Si quieres mas información ponte en contacto con nosotros al correo info@abogadosparatodos.net

      Un saludo

  102. Hola tengo una duda sobre la fianza. Mi hijo dio una fianza para un piso en alquiler. LA PAGO EL JUEVES Y EL SABADO dos días después le dijo al dueño que no podía quedarse con el piso.
    El dueño dice que no le devuelve la fianza porque puede haber perdido clientes.
    Le dejó las llaves por si tenia que dejar alguna cosa, pero mi hijo no ha ido y ya le ha devuelto las llaves.
    No firmaron ningún papel. ¿Con tan poquito tiempo tiene derecho a le devuelva el dinero?

    1. Buenos días Marga,

      Tiene derecho a aue le devuelva la reserva dado que no se firmo nungun papel que establezca que en caso de no firmar el contrato de arrendamiento perdería la reserva.

      Un saludo

  103. Buenas tardes;

    Hace unos meses recibimos un burofax por parte del propietario del piso (en el que vivimos alrededor de 2 años y medio) en el cual nos comunica que se rescinde el contrato ya que necesita el piso para que vivan ellos,el día 13 del mismo mes procedemos a comunicar que nos marchamos y se realiza un inventario junto con la inmobiliaria,el propietario empieza a sacar muchas pegas en relación al estado de la vivienda,nos reclama daños que ya estaban incluso antes de entrar a vivir ahi. Pasados 30 dias procedemos a reclamarle el importe del mes restante que no estuvimos viviendo ahi y nos comenta que;como con la fianza no llega a cubrir gastos de suministro (luz y agua) y los supuestos desperfectos que hemos ocasionado se quedara con el mes restante para intentar cubrirlo todo.Tambien nos comenta que deberiamos de haberle avisado con 30 dias antes de que nos ibamos.Nos presento presupuestos y facturas pero nosotros no estamos de acuerdo con los papeles presentados…Que podriamos hacer? Gracias

    1. En primer lugar, debéis negaros a haceros cargo de daños que no son vuestros y que en su caso serán gastos de conservación de cargo del arrendador.

      Yo en vuestro caso se lo reclamaría judicialmente, previo envio de burofax reclamandosela previamente de forma extrajudicial.

      Un saludo

      1. Hola Carlos,tras un reunion con los arrendadores nos comentan que tienen fotos de los desperfectos y en la entrega de llaves aunque no estaba conforme si que pusieron esos daños,si no me devuelven la fianza puedo reclamarles la parte proporcional al mes que les pague y el cual no disfrute ya que me fui antes de la fecha de 2 meses?

  104. Hola, tengo una duda con respecto a lo que dice la ley de fianzas, acabo de dejar un alquiler en el que tenia 12 meses de contrato y lo he dejado pasados 7 meses, es correcto que no me devuelva nada de la fianza o tendria que devolverme el 50% de la misma?

    Muchas gracias y saludos!

    1. Buenos días Esther,

      Has superado los 6 meses de obligado cumplimiento, y en principio y sino se ha pactado ninguna indemnización para el caso de que resuelvas el contrato antes de la fecha de finalización, no debe aplicarte ninguna penalilzacion con cargo a la fianza.

      En este caso debe devolvértela íntegramente.

      Si se ha pactado, la indemnización equivale a un mes de renta por año dejado de cumplir, como en tu caso no queda un año sino 5 meses habría que hacer una regla de 3 y calcular la parte proporcional, pero en cualquier caso debe devolverte el resto.

      Un saludo

  105. Hola Juan,

    Los jueces vienen determinando que la fianza se presta para garantizar al arrendador el cumplimiento de las obligaciones del inquilino, tanto de las económicas como de las de buen uso del inmueble arrendado.

    El arrendador puede retener la fianza cuando no se hayan extinguido las obligaciones del inquilino, es decir, cuando existan obligaciones achacables al inquilino, y los suministros son cantidades asimiladas a la renta, por lo que en principio podría retener la fianza.

    La LAU no establece el plazo para devolver la fianza, solo establece que pasado un mes desde la entrega de llaves, la fianza generará a tu favor el interés legal del dinero.

    Te aconsejo que firméis un documento de finalización de contrato y de entrega de llaves, a efectos del computo de plazos y de la devolución de la fianza.

    Un saludo

    1. Hola de nuevo, muchas gracias por su respuesta. Según entiendo, firmando el documento de finalización de contrato y entrega de llaves, ¿sólo puede retener la fianza durante un mes desde la firma de ese documento, aunque no hayan llegado las facturas en ese mes? ¿Esto es así?

      Muchas gracias de antemano

      1. Debe devolvértela a los 30 días de la firma del documento, sino generara intereses de demora que deberá abonártelos.

        Un saludo

  106. Hola, quisiera saber si me pueden retener la fianza hasta que lleguen las facturas de suministros de luz y agua, con los que cuenta el piso que quiero dejar. En el contrato se indica que los gastos de suministros serán sufragados por la parte arrendataria a todos los efectos.
    Donde vivo la factura de luz es cada dos meses y la del agua cada 3 meses. ¿todo ese tiempo pueden retenerme la fianza?

    Gracias

  107. Buenos días,

    el día 1 de Mayo dejo el piso donde estoy de alquiler y la agencia con la que firme el contrato me ha dicho que como me voy antes de los tres años tengo que pagar una penalización aunque haya avisado con un mes de adelanto.

    el contrato lo firme el día 1 de enero de 2015 y me obligan a pagar de penalización la octava parte de una mensualidad. ¿Pueden obligarme a pagar ese importe?¿Podría librarme de alguna manera?

    lo que pone en mi contrato acerca de la duración y del desistimiento es esto:
    El plazo de duración de este contrato se inicia en fecha 1 de enero de 2015 hasta el 31 de diciembre de 2015.
    Llegado el día de vencimiento del contrato, éste se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta que el arrendamiento alcance una duración mínima de tres años, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador con treinta días de antelación como mínimo a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera de sus prórrogas, su voluntad de no renovarlo. Si transcurrido dicho plazo de 3 años, ninguna de las partes hubiese notificado a la otra, al menos con 30 días de antelación a aquella fecha, su voluntad de no renovarlo, el contrato se prorrogará necesariamente durante un año mas.
    El arrendatario podrá desistir el contrato de arrendamiento, una vez que hayan transcurrido al menos sis meses, siempre que se lo comunique al arrendador con una antelación mínima de treinta días. En caso de desistimiento, el arrendatario deberá indemnizar al arrendador con una cantidad equivalente a una mensualidad de la renta en vigor por cada año del contrato que reste por cumplir. Los periodos de tiempo inferiores al año darán lugar a la parte proporcional de la indemnización.

    Muchas gracias.

  108. Estaría bien comentar que el arrendador, por Ley, tiene la obligación de ingresar la fianza en el organismo competente de la Comunidad Autónoma en la que esté (en Cataluña el INCASOL, en Madrid el IVIMA…). Y qué pasa si el organismo competente no devuelve la fianza? Que el arrendatario cree que el arrendador no se la quiere devolver, y no tiene por qué ser así.
    El INCASOL, por ejemplo, pasado un mes debe devolver la fianza con el interés legal (siempre y cuando se haya reclamado en los 8 dias posteriores a la finalización del contrato). En la práctica significa que una fianza de unos 500 euros, si el INCASOL tarda en devolverla un año, pagará unos intereses aproximados de 15 euros. Y el arrendador no tiene la culpa.

    1. Graciaspor la información daniel.

      No obstante, el arrendador no tiene la culpa pero el inquilino aún menos.

      Es de justicia devolver al inquilino la fianza lo antes posible, y que sea el arrendador y no el inquilino quien pague la ineptitud de la administración.

  109. Hola.
    ¿Quisiera saber cuánto tiempo puedo retener la fianza de los inquilinos para que cubra los suministros que adeudan?ç

    Gracias,

    1. Hola María.

      Debes devolver la fianza a los 30 días de la finalización del contrato.

  110. Buenos días mi consulta es la siguiente, hice un contrato con una chica para larga temporada, pero a los dos meses la chica, por circunstancias personales, se marcha y deja el piso. ¿Se puede considerar incumplimiento del contrato? . ¿Tengo de devolver la fianza? gracias.

    1. Hola María.

      Desde luego que es incumplimiento de contrato.

      Por lo tanto puedes quedarte con la fianza.

  111. Buenos dias,
    me ha marchado de mi vivienda el 1 enero (he entregado las llaves, y la vivienda perfectamente y la proprieda escribo un recibo que el contrato se anulo «a peticion inquilino, quedando pendiente recibir facturas») porque tenia un brusco problemo de dinero y no podria pagar el mes de enero.
    mi propriada me ha dicho que normalemente no tengo derecho a mi fianza de 480 ( alquiler de 300), es verdad?
    Pero me ha dicho que como mi situacion estaba imprevisible ella va devolver la fianxa cuando las facturas de los gastos van a venir… pero ella no responde a mis mensajes cuando pregunta si tiene las facturas ya (me ha bloqueada).
    Me gustaria saber que puedo hacer? estoy una estudiante extraneja y me parece que ella aprovecha el hecho que no hablo español muy bien y que estoy en una situacion dificile.. puede ayudar por favor?

    Gracias por tu atencion.

    1. Hola Eka.

      Tienes obligación de preavisar 30 días antes de irte.

      Y esos 30 días hay que pagarlos.

      Puede que ese sea el motivo por el que la propietaria se quiere quedar con la fianza (aunque sólo debería quedarse con 300 euros).

      1. Gracias por tu respuesta.
        Si entiendo que necesitaba avisar un mes antespero no podria…fue imprevisible.
        Ella a buscado una otra persona 2 semanas despues..
        Que puedo hacer para que ella me devuelve el dinero?
        no estoy seguro de mi derecho aqui.

        gracias por tu atencion

        1. Si ha vuelto a alquilar dos semanas después entonces sólo debería quedarse con dos semanas de fianza. Y devolverte el resto.

          Tendrías que mandarle un burofax.

          Lo malo es que si no te paga solo te queda la vía judicial, y por el dinero que comentas no te va a merecer mucho la pena meterte de pleitos.

  112. Hola.
    En mi caso, he tenido una buena relación con mi casera durante los 5 años que estuve en su piso. En la entrega de llaves, firmamos un documento en el que dice que finalizamos el contrato de mutuo acuerdo y que le entrego las llaves (no hace ninguna referencia a si el piso está en buenas o malas condiciones).
    El caso es que ahora me quiere descontar parte de la fianza por unos desperfectos que hay en la casa, los cuales para mí son de uso habitual y para ella parece que no…
    Mi pregunta es: ¿con el documento que hemos firmado (entrega de llaves) podría exigirle el total de la fianza?
    Muchas gracias.

    1. Hola Rober.

      El documento que habéis firmado no significa que no puedan existir deterioros, por lo que podría quedarse con la fianza y tu tendrías que reclamarla judicialmente si no estás de acuerdo, por lo que sería el juez quien tendría que resolver quién toene razón.

  113. Buenas tardes:

    Tengo un local alquilado, el contrato se firmo el 1 de enero del 2014, por una duración de 5 años, y me entrego una fianza de dos meses.
    Hoy me ha dicho que quiere dejar el local, tengo que devolverle la fianza aunque no este vencido el contrato?

    Muchas gracias

    1. Hola Matxalen.

      Puedes quedarte con la fianza por el incumplimiento del contrato. Es más, podrías pedirle aún más dinero sicrees que has sufrido algún perjuicio.

      Así que creo que deberías decírselo al arrendatario porque perder esos dos meses es bastante favorable para él, pues podrías reclamarle bastante más.

  114. Hola, mi arrendador quiere cobrarme de la fianza unas cantidades con las que no estoy de acuerdo, puede? 1) limpieza, yo he dejado el piso limpio, salvo campana de cocina por dentro y congelador porque lo devolví funcionando y al desconectar se ha encontrado congelador sucio. Quiere cobrarme 100€ 2) pintura, en el techo de la cocina hay pequeñas manchas de café porque durante los dos años de estancia me explotó una cafetera y limpiamos las manchas pero no la pintamos 3) he tapado espiches de pared con masilla, pero me dice que no es suficiente y tengo que pagar pintura, son de un uso normal, no tenía la casa llena de cuadros 4) me quiere cobrar el picaporte de una puerta que quité, pero conservé, tras quedarme encerrada en los primeras semanas de alquiler por culpa de ese picaporte.
    Tiene derecho a cobrarme todas estas reparaciones? Y si es así, tiene que ser al precio que el diga?
    Saludos, gracias!

    1. Hola Vanesa.

      Yo considero que debe cobrarte sólo la pintura de la cocina y la limpieza de la campana. Pero siempre y cuando te presente factura.

  115. Buenos días Eduardo,

    el pasado 30 de junio entregué las llaves de la vivienda en la que estuve 9 años viviendo de alquiler. Durante este tiempo no había tenido ningún problema con el propietario (ni siquiera he cambiado la cerradura). Siempre que algo se ha roto (como el grifo de la ducha o la cisterna del cuarto de baño) lo hemos reparado por nuestra cuenta, dado que durante 9 años de trato cordial se generan lazos de confianza y amistad entre las partes.

    La cuestión es que a la entrega de llaves, no hemos firmado ningún documento. El propietario nos dice que no es necesario, que la semana anterior estuvo con el perito para la obtención del certificado energético y que todo estaba en perfecto estado. A pesar que le insistimos en que vuelva a revisar la vivienda, este nos insiste que no es necesario y que el enviemos el número de cuenta a su correo para así poder hacernos la transferencia de la fianza.

    El 2 de julio le envío el número de cuenta a su correo electrónico. El 11 de junio y al no recibir ninguna noticia por su parte, le envío otro correo preguntando si existe algún problema. Ese mismo día me responde que había rellenado el formulario para recuperar la fianza y que tardarían 20 días y que están reparando bastantes cosas de la vivienda que ya me comentará. El 1 de octubre y tras intentar contactar telefónicamente con el a través del teléfono, le envío un mensaje (whatsapp) preguntando por el estado de la devolución de la fianza a lo que me responde que han tenido que arreglar muchas cosas para volver a alquilar la vivienda (cosas que están en mal estado desde el primer día y que se comprometieron a arreglar y nunca arreglaron, maldita confianza).

    A día de hoy sigo sin tener noticias suyas. La finza es de 700€, por lo que no se si merecerá la pena llevarlo a juicio y las posibilidades de recuperar la fianza al no haber firmado ningún documento a la entrega de llaves.

    Muchas gracias.

    Un saludo.

    1. Hola Marco.

      Si tienes por escrito la negativa del arrendador a firmar ese documento entonces tendrás mucho a tu favor, aunque me imagino que no lo tienes.

      Te recomiendo enviarle un burofax reclamándole amistosamente la fianza y anunciando acciones legales en caso de no devolvértela. Y luego ya decidirás si le demandas o no.

  116. Mi caso es el siguiente: El 15 de marzo de 2016 firme un contrato estándar de un año en una inmobiliaria. Como en mi trabajo no me aseguraban el puesto durante un año, se hablo delante de las gestoras, de la arrendataria y mas testigos que en el caso de finalización del trabajo eso no daría por incumplida la clausula de permanencia en el piso.
    Debido a una finalización del trabajo tuve que dejar el piso antes de que acabara el año de contrato avisando con el tiempo estipulado. Después de la entrega de llaves delante de las gestoras y mas testigos me dijo que la fianza me la devolvía, que se encargaba ella de solicitarla; todo menos las facturas pendientes, pero que tardaría un tiempo. Pasando los meses la llame en varias ocasiones y siempre me buscaba excusas, y esta ultima semana me dijo que no me devolvía la fianza por incumplimiento del contrato.
    Ya que fue hablado con testigos ¿tengo alguna forma legal de reclamar la fianza?
    Los testigos están dispuestos a declarar

    1. Hola Jose.

      Si has dado por finalizado el contrato después del sexto mes pero antes del año, entonces tienen que devolverte la fianza pero pueden quedarse con parte de ella en concepto de indemnización, en caso de que se establezca en el contrato que debes indemnizar al arrendador en caso de desistimiento. Si no lo pone no tendrás que indemnizarle y tendrá que devolverte toooooda la fianza.

  117. Hola, le comentó mi caso, el mes de noviembre entre en piso de alquiler, la fianza depositada fue de cuatro meses debido a que no tenía nómina, al mes y medio por problemas personales tuve que abandonar el piso tratando con la dueña la renuncia de el contrato, pactamos que me devolvería fianza sin penalización y yo ofrecí mi colaboración para facilitar volver a alquilar el piso entregue llaves y mi contrato con renuncia al mes y medio habiendo pagado dos meses noviembre y diciembre,el pacto fue verbal y no tengo documento, tengo conversaciones de WhatsApp. El piso se alquilo inmediatamente el mes de enero, la propietaria no me coje el teléfono solo por WhatsApp me dijo que no me devuelve nada, me siento engañado y quería consejo, no sé si podría conseguir algo legalmente, mis pruebas son conversaciones de WhatsApp y alguna llamada, la suma de la fianza es una cantidad considerable. Gracias

    1. Hola Jose.

      No me extraña que te sienta engañado.

      Desde luego que puedes reclamar esa fianza con las conversaciones que tienes de whatsapp, siempre y cuando de esas conversaciones se desprenda que habíais llegado a dicho pacto.

  118. Buenas tardes, mi consulta es respecto a un alquiler en Almería para un negocio. En agosto se cumple el contrato pero ya no vamos a seguir en el local, se lo dijimos al propietario en noviembre y después en diciembre por voz, no Burofax. Le dimos dos meses de fianza y él lo depositaba en la junta de Andalucía. ¿Está obligado a devolvernos los dos meses o nosotros incumplimos el contrato y no es así? Estamos al corriente de todos los pagos.
    Muchas gracias,

    1. Hola Francisco.

      Si das por finalizado el contrato antes de tiempo el arrendador se puede quedar parte de la fianza o todo para compensarse.

  119. Hola!!!!
    Leyendo esta página ya me estoy dando cuenta de varias cosas que hemos hecho mal y que desde luego no nos volverán a pasar, pero por si me podéis arrojar algo de luz, os escribo mi caso:

    Mi pareja y yo hemos estado 3 años de alquiler en una vivienda por la cual nos hicieron pagar 2 fianzas al entrar
    «850 Euros en concepto de 1 mes de fianza y 850 Euros en concepto de depósito adicional por el mobiliario». Nunca hemos impagado y avisamos con un mes de antelación y hemos permitido que hicieran visitas la inmobiliaria durante este último mes para que pudiera alquilarlo cuanto antes.

    Como desperfectos hemos dejado dañado el marco de una puerta, la pata de una mesa del hall, un reborde de un decorado de una puerta de madera y roto el tapizado de una esquina inferior del sofá, gastos que nos hemos ofrecido a pagar, previa presentación de presupuesto oficial (y con la condición de que si nos parece un precio desorbitado tenemos derecho a pedir un presupuesto por nuestra parte)

    durante las visitas que hemos permitido, el de la inmobilairia ha visto el estado de la vivienda y conoce los desperfectos y tiene fotografías. Es más, un carpintero, traído por el de la inmobiliaria empezó a hacer un esbozo de presupuesto.
    La realidad es que en el momento de la entrega de llaves, la casera dice no fiarse del de la agencia inmobiliaria y viene ella a la entrega de llaves, no nos da ningún documento, da un vistazo al piso y dice que claro que algo hay que descontar por los daños pero que no nos preocupemos.

    Al día siguiente dice que no nos va a devolver nada de los 1700 euros de fianza porque no le hemos pintado el piso (que no recibimos pintado, ni muchísimo menos, y que en el contrato pone «son de cuenta y cargo del arrendador los gastos de obras necesarias para la conservación de la vivienda, así como el saneamiento de la cosa arrendada…»), que el piso estaba sucísimo (el día antes se realizó una limpieza de 4 horas por una señora). Que no quiere tapizar el sofá, quiere comprar uno nuevo, ni arreglar la pata de la mesa del hall, si no comprar uno. Nos achaca una humedad que ha salido en la pared contigua al aire acondicionado diciendo que no hemos vaciado el deposito del agia del mismo (nunca nos informó que no estuviera abocado a desagüe, ni de que hubiera que vaciar nada, ni nosotros hemos observado un mal funcionamiento del mismo), y nos empieza a mandar fotos de desperfectos del uso habitual (un enchufe algo manchado, un desconchado del blanco de la bañera menor a 1 moneda de céntimo, etc…)
    Además nos quiere achacar el parquet estropeado por un radiador: explico: nosotros al entrar a la vivienda observamos que un radiador de la habitación goteaba, le avisamos y nos mandó a una persona no profesional, sin caja de herramientas (le tuvimos que dejar la nuestra) a revisar los radiadores. Revisó los radiadores del domicilio pero por lo visto no debió revisar uno que quedaba parcialmente tapado por un armario que nosotros habíamos puesto (se veía perfectamente el radiador, pero la mitad de él lo tapaba el armario). Ahora al quitar el armario, se ve que la zona que estaba oculta fugaba agua y ha estropeado el parquet. Pues eso también…

    En fin, al día o a los dos días después de dejar el piso, ya está alquilado y viviendo en el una persona (si tan mal estaba el piso…)

    Nos hemos puesto en contacto con ella exigiendole presupuestos de todas las cosas imputables a nosotros, y nos ha mandado yn folio escrito a ordenador sin ninguna identificación de la empresa que lo realiza ni la dirección donde son las obras.

    ¿Qué tenemos que hacer? Nosotros entendemos que nos tiene que devolver una de las fianzas porque no hemos impagado y de la fianza de «mobiliario», previa aceptación por nuestra parte de un presupuesto o directamente por alguien contratado por nosotros, descontar esas cantidades.

    Hemos pensado mandar un burofax. ¿qué nos aconsejas?

    Muchas gracias y perdón por el rollazo

    1. Hola María.

      Siento no poder ayudarte desde el blog, pero es una consulta excesivamente larga y no puedo dedicarte tanto tiempo a leer , analizar, y contestar tu comentario.

      Lo siento.

  120. Buenos dias
    He alquilado un piso amueblado en noviembre del 2014 y en octubre del 2016 la casera solicitó que saliese del mismo para su proprio uso. Cuando entré en el inmueble no sacamos fotos del estado del inmueble y me preocupé solamente en que los equipos domésticos tales como horno, lavadora o nevera estuviesen funcionado correctamente, independientemente de su apariencia o estado.. Todos ya poseían señales de uso, y el horno ya tenia algunas manchas, pero funcionaba correctamente. La lavadora tenia fugas de agua y informé a través de email a la casera sobre esta situación. Posteriormente acordamos no efectuar ningún reparo debido al costo y al hecho de que no comprometía su funcionamiento, descrito en mensajes de whatsapp.
    Ahora, tras 20 días en el piso, la casera informa que el horno «estaba nuevo» cuando entrego el piso (ella no hizo un reconocimiento detallado cuando sus anteriores inquilinas salieran del piso) y me demanda un horno nuevo. También demanda una lavadora nueva, a pesar de haber comunicado a ella del problema cuando ingresé. Ya empezó a hacer otros arreglos por cuenta de la fianza y soy informado solamente después que dichos arreglos son efectuados, sin posibilidad de verificar el problema o mismo de solicitar presupuestos alternativos.
    Que puedo hacer si no estoy de acuerdo con estas deducciones? Como comenté, no se hicieran fotos del inmueble y sus equipos domésticos. Creo que ella intenta arreglar desperfectos de sus inquilinos anteriores a mis expensas.
    Muchas gracias por su respuesta

    1. Hola Leonardo.

      Pues si te demanda tendrás que oponerte a la demanda alegando lo que consideres oportuno.

      Habrá que ver si hay inventario.

      Y en cuanto a las reparaciones que hace a cargo de la fianza, en ese caso serás tu quien deba reclamar judicialmente si crees que está atribuyéndote reparaciones que no te corresponden.

  121. Hola, El inquilino que tengo se quiere ir porque el perro del vecino le molesta, y me esije que le devuelva la fianza lleva en el piso veinte dias, estoy obligada a devolversela o no, ya que es un problema esterno a mi

    1. Hola Cecilia.

      No estás obligada a devolverle la fianza.

      Como bien dices, la causante del ruido no eres tu, por lo tanto tu no eres responsable.

  122. Buenos días
    Acabo de dejar una casa, el contrato llegando al final no quise renovarlo, con fianza de 650€. Hemos hecho entrega de llaves el día 15/11/2016, hoy día 16/12/2016 siguen sin haberme devuelto la fianza. Hemos firmado un contrato de fin de arrendamiento, indicando estado bueno de la vivienda, salvo responsabilidades pendientes. Ahora me reclaman gastos por obras por varias cosas (daño en la bañera, en una puerta, un enchufe roto, puerta de garaje retorcida) PERO cuando entregué yo la casa el día 15/11 estaba todo en buen estado. Me dice la inmobiliaria que tienen 30 días para comprobar el estado de la vivienda. Entonces, me parece que se pueden inventar todos los daños que quieran con esta justificación… ¿qué valor tiene el papel firmado? ¿por favor como puedo reclamar para la fianza y considerando que cuando entregué la casa no había daños? ¿Cuales son los recursos? (no soy española así que todavía desconozco el proceso que se puede seguir para reclamar)
    Veo que más arriba en este foro contestó usted lo siguiente entonces me parece que lo que me reclaman no consta, ¿verdad?
    “El documento de resolución de contrato y entrega de llaves debe dejar claro el estado en que se encuentra el inmueble, y debes quedarte una copia.
    Así si posteriormente dicen que el inmueble estaba mal y que no te devuelven la fianza, tendrás un documento que indica que eso no es así.”

    Gracias por su respuesta. Un saludo

    1. Hola Celine.

      La cláusula de vuestro documento «salvo responsabilidades pendientes» es muy ambigüa, lo que hace que sea muy difícil darte una respuesta certera.

      Si no te devuelven la fianza tendrás que reclamarla judicialmente (con el coste que ello conlleva), y será el juez el que de la razón a uno u a otro.

  123. De los 450€ el casero nos ha devuelto 224,11€. Nos ha descontado el coste de la limpieza de la vivienda, alegando que el horno y la nevera estaban sucios. La regularización de las facturas de suministros, porque la última factura de gas la hemos pagado nosotros (cuando pertenece a unos días de más tiempo del que hemos estado), y otra factura de suministros que se la facturado al nuevo inquilino (parte nos correspondía a nosotros), y otro descuento por el desatasco de una factura (dice que la hemos atascado nosotros).
    Le pedimos que nos mande las facturas de los servicios que nos ha descontado y no las envía.
    ¿Puede descontarnos esas cantidades? ¿Hay algo ilegal del proceso?

    1. Hola.

      Las facturas de las reparaciones debe mandártelas.

      respecto a los suministros debe cobrarte tus consumos, no los de nadie más.

  124. Buenas tardes,

    en febrero empecé un contrato de un año en un piso de alquiler, lo dejo ahora, 30 de noviembre.
    En el contrato pone que si dejo el piso antes de 6 meses pierdo la fianza, y que si una vez finalizado el contrato decido prorrogarlo tengo que avisar con 30 días, pero no dice nada de dejarlo antes de tiempo pasados los 6 meses.
    El propietario vive en Londres por lo que no puede revisar si hay daños (no los hay) y el agente inmobiliario que llevó el tema está de vacaciones fuera de la ciudad también.
    Hemos quedado en que yo acercaré las llaves a la agencia pero el propietario dice que no me devuelve la fianza hasta que no vea el piso, mi idea era que viniese el agente a verlo, pero tampoco es posible.
    No me atrevo a dejar las llaves, pagar las facturas de agua y luz que me van a venir ahora y luego que no me den la fianza.

    Hay algo que pueda hacer para no dejar las llaves sin recibir la fianza?

    Gracias. Saludos.

    1. Hola Adriana.

      No hay nada que puedas hacer.

      La ley permite al arrendador retener la fianza durante treinta días.

      La única opción es retrasar le devolución de las llaves, pero te harían pagar esos días de más, por lo que no te merece la pena.

      Otra opción es arriesgarte a no pagar esas facturas de suministros y que se las cobren de la fianza y esperar a que no te reclamen judicialmente por utilizar esa «jugada», pues podrían hacerlo.

  125. Hola! Dejé el piso el 3 de Noviembre firmando un documento de entrega de llaves del cual tengo la copia. El caso es que no quieren devolverme la fianza por motivos de uso normal de la vivienda, como un agujero del tamaño de una chincheta por colgar cuadros, porque dice que las sillas del patio estaban desgastadas y tubo que tirar sillas y mesa por ese motivo ¿?, y porque no le dejé la casa tan limpia como una empresa de limpieza la dejaría, cosa lógica, ya que normalmente cuando abandonas una casa la dejas limpia pero no impoluta.
    Dichos daños que dicen tener la casa, ¿son justificables para la no devolución de la fianza?
    Una vez entregadas las llaves, ¿los daños que encuentren en la vivienda y no hayan sido hallados con anterioridad, estando yo presente, son válidos?
    Espero obtener alguna respuesta pronto, muchas gracias y un saludo.

    1. Hola.

      Lo mejor es mencionar en el documento los daños que hay.

      No obstante, es perfectamente legal que se declaren daños que no aparecen en el documento. Pueden ser daños que se observen con posterioridad.

      Sin embargo, para poder quedarse con la fianza esos daños han de ser probados y deben ser justificados mediante facturas de reparación.

      1. Pero si se observan con posterioridad, una vez entregadas las llaves y abandonado el piso, pueden ser daños ocasionados por el propio propietario.. no hay nada que hacer contra ello?

        Gracias.

        1. Durante un tiempo existe lo que se llama «relación de causalidad», es decir, se da por hecho que esos deterioros los ha provocado el ocupante de la vivienda. Mientras más tiempo transcurra más débil es esa relación.

  126. Hola! He dejado el piso de alquiler hace como dos meses y la dueña del piso me manda un mesje diciendo me:
    » Tuve q comprar una nevera nueva y os cobro solo la mitad»
    sabiendo que yo dejado el inmueble en buen estado y la nevera no estaba rota,
    Yo le mande un burofax para que me devuelva la fianza pero me contesta con otro burofax diciendo que no va a descontar el precio de la nevera.
    Me siento estafada por esta mujer.
    Cual es el próximo procedimiento que puedo hacer para defender mis derechos.
    Cordialmente,

    1. Hola Soumia.

      Si no te quiere devolver el dinero solo te queda acudir a la vía judicial.

      Si no te ha presentado justificantes de que la nevera se haya roto por tu culpa entonces tienes bastante a tu favor.

  127. Buenas,
    Con fecha 31 de agosto deje mi piso de protección oficial. Se firmó la renuncia, entrega de llaves y el documento donde se indica que no hay desperfectos.
    A día de hoy la gestora, no me han devuelto la fianza alegando que tienen problemas en contabilidad.
    Les he reclamado varias veces y enviado burofax y seguimos igual.
    A estas alturas no sé qué es lo que debería hacer. Poner una denuncia en el juzgado??

    Gracias
    Un saludo

    1. Hola Raquel.

      Si por la vía amistosa no te devuelven la fianza tendrías que interponer una demanda contra el ex-arrendador.

  128. Hola!!

    Buenos dias;

    Tenia dudas con mi devolucion de fianza. He dejado mi piso de alquiler hace un mes, y no me devuelven la fianza por varios aspectos, algunos de los cuales se han inventado.
    Firme hace 3 años el contrato con el arrendatario, en el cual ponia que deberia dejar la casa totalmente pintada. Lo cual entiendo que no es un daño en la vivienda, simplemente se debe a una cuestion de estetica.
    Ahora dicen que por no pintar el piso, no me devolveran la fianza y no se aunque este en contrato si eso es legal (retener la fianza por no pintar el piso).
    El contrato lo firme con una inmobiliaria. No me devuelven el deposito, pero tampoco me muestran facturas de que un profesional cualificado haya pintado la casa. Lo unico que me muestran son sus propias facturas (las de la inmobiliaria) las cuales pueden ser hasta falsas, ya que ellos no se dedican a pintar pisos.
    Que debo hacer??
    Gracias

    1. Hola Verónica.

      En mi opinión esa cláusula es inválida, aunque caben dudas.

      Lo que puedes hacer es enviar burofax reclamando esa fianza y anunciando medidas legales si no te la devuelven.

      Por mi parte, quedo a tu disposición en info@abogadosparatodos.net si quieres que elabore y envíe yo el burofax.

  129. Hola, mi.consulta es: el 29 de agosto deje el piso donde estaba viviendo de alquiler,a dia de hoy no me han devuelto la fianza ni han hecho los cambios de titularidad en las facturas de agua, gas y luz.avise a la casera un mes y medio antes de dejar el piso.Tambien me quiere cobrar tres bombillas que se fundieron cuando vivia en esa vivienda ¿Es legal?¿Que puedo hacer?¿Tengo derecho a dar de baja la luz,agua y gas?

    1. Hola Alicia.

      Si eres la titular de los contratos puedes darlos de baja cuando quieras.

      Únicamente tendrás que tener en cuenta las posibles penalizaciones que establezca el contrato de arrendamiento, en caso de que las haya.

      El arrendador debe devolver la fianza en 30 días. Si no lo hace puedes reclamársela judicialmente más intereses.

  130. Hola, esta es mi consulta.
    En mi contrato de alquiler figura una cláusula que estipula que si abandono el inmueble antes de los 6 meses pierdo la totalidad de la fianza.
    Yo firme en su día dicho contrato pero por un imprevisto debo abandonar la casa.
    Es legal que se quede con la totalidad de la fianza aunque yo firmará dicha cláusula?
    Muchas gracias

    1. Hola Antonio Jesús.

      En el caso que planteas es totalmente legal, dado que has incumplido el contrato.

      Por lo tanto, al incumplir el contrato, entra en juego la cláusula que mencionas.

  131. Buenas. Alquile un apartamento de mi propiedad a una chica por 10 meses. Llevan 15 dias en la vivienda. Este fin de semana se han ido de vacaciones y han entrado al piso se supone que a robar. No se han llevado apatentemente nada. Todo revuelto pero los objetos de valor tele horno play esta todo en el piso. Pido explicaciones y me dice que por lo visto le habia tocado la loteris y eso era lo que venian buscando.
    Yo les he pedido que se marchen y sin devolucion de fianza q eran 450 euros porque la puerta la he tenido que cambiar y el mueble del baño tambien esta roto.
    Ella dice que tiene 10 meses de contrato. Yo creo que la puedo echar por culpa directa o indirecta ya q segun ella misma me reconocio en un principio habia dicho que le habia tocado la loteria y que no guardaba el dinero en el banco. La verdad es q yo no me fio de ella ya porque la situacion es muy rara.

  132. HOLA BUENAS TARDES EL DIA 15 DE SEPTIEMBRE ENTREGUE LAS LLAVES DEL LOCAL LA PROPIETARIA TIENE DE FIANZA 4000€ Y DE AVAL 24.000€ TENGO TODOS MIS PAGOS AL DIA EN EL CONTRATO DE ALQUILER ELLA ME AUTORIZO A RETIRAR LA PUERTA DE ENTRADA PERO NO A LA RESTITUCION DE LA PUERTA Y ELLA SE AGARRA A ESTO PARA NO DEVOLVERME LOS 28.000€ YA INTENTARD ECIR QUE A QUE LLO LO ENTREGABA SUCIO CUANDO SE LO ENTREGUE EN BUEN ESTADO EL MISMO DIA QUE ENTRGUE LAS LLAVES PUSO EL ROTULO DE SE ALQUILA SI FUERA ASI NO HUBIESE PUESTO FOTOS SU ABOGADO MEDA COBA PARA NO REUNIRCE CONMIGO GRACIAS.

  133. Buenas, te comento mi situación: estoy con un contrato por defecto, de esos que tienen duración de un año y prorrogable a tres. El caso es que llevo ya dos años y cinco meses, y voy a irme del piso, avisando al casero con 30 días de antelación.

    La cuestión es que por el contrato, no queda muy claro si me tiene que devolver la fianza completa, 600 euros, o sólo la parte proporcional a lo que queda de año. ¿Le puedo exigir la devolución íntegra de la fianza o sólo de 250 euros?

    1. Hola Pepe.

      Habría que ver lo que dice el contrato.

      Pero lo normal es que la fianza te la tenga que devolver íntegra si entregas la vivienda en buenas condiciones.

      Y en cuanto a indemnización por desistimiento, no tendrás que pagar nada porque eso es sólo para el caso que desistas dentro del primer año.

      Por lo tanto, siempre que avises (por escrito) con 30 días de antelación (tendrás que pagar esos 30 días) no tendrás que pagar nada y tendrán que devolverte la fianza.

  134. Hola buenas , mi caso es que alquile una casa y la propietaria me hizo un contrato con un modelo estandar que compro en el estanco y las conciciones escritas a mano por detras , en dicho contrato pone que el contrato se hace por un año y que se paga la cuantia de 220€ por mes adelantado. El primer mes le abone la cantidad de 440€ en concepto de 220€ de fianza y 220€ del mes adelantado. La dueña lo unico que me dio es un recibí de 220€ del mes adelantado pero no de la fianza. En el contrato no viene reflejado nada de la fianza. No cumpli el tiempo pactado de 12 meses por el que me hizo el contrato. Quisiera saber si al no venir reflejada la fianza en el contrato pudiera reclamarla o como le debo un mes de agua y luz puedo liquidar con la fianza. Tampoco me dio ningun documento como que le entregué las llaves de la casa. Gracias.

    1. Hola carmen.

      Al no venir reflejada la fianza puede que tengas problemas si la reclamas, es decir, que el dueño diga que no hubo fianza.

  135. Hola, hace meses termine un contrato de alquiler de un piso con entrega de llaves y firma de resolución de contrato. Me he dado cuenta ahora que 1 mes de este año no se ha pagado, puedo reclamarlo o al haber firmado ya la resolución del contrato todo conforme ya no se puede. Gracias

    1. Hola Ricardo.

      Puedes reclamarlo, independientemente de que el contrato haya terminado.

  136. Buenas tardes! Alquile un piso el 26de Agosto y por motivos de cambio de trabajo una semana despues hemos tenido que dejar el piso. En la semana que vivimos no hay ningun desperfecto, pero el casero no nos quiere devolver la fianza de 400€. Con la ley en la mano creo que no me corresponde, tengo alguna medida para presionarle. Gracias

    1. Hola.

      Como bien dices, con la ley en la mano el arrendador puede quedarse con la fianza como indemnización por tu incumplimiento de contrato.

  137. Yo y otros 3 compañeros de piso y yo entregamos las llaves el 30 junio (fecha en la que cumplia el contrato, aunque no firmamos ningun documento de entrega de llaves) estamos a 15 de septiembre y la inmobiliaria no para de darnos largas para devolvernos la fianza… Dice que el propietario ya esta avisado y que no puede hacer nada mas. Nosotros no tenemos ni telefono ni nada del propietario porque todo lo hicimos mediacion de la inmobiliaria. Que podemos hacer??? Al ser el piso entre 4… Con que uno ponga una denuncia es suficiente o tendriamos que poner una en conjunto los 4?? Se pueden pedir intereses por demora en la devolucion de fianza. Y otra cosa, dice que nos va a descontar dinero porque el piso estaba sucio y dicen que ha ido una chica a limpiar, por supuesto sin factura ni nada… Es legal??? Por favor, quisiera saber los pasos a seguir o donde denunciar…

    1. Hola Rosa.

      Tendrán que aportar factura por la limpieza.

      Tendréis que reclamar conjuntamente.

      Puedes decirle a la inmobiliaria que la reclamación la extenderéis a ellos también si no os aportan los datos del propietario.

  138. HOLA BUENAtregeS TARDES:

    Mi problema es el siguiente,entrege las llaves del piso el dia 1 de este mes y el casero se puso al mirar el piso y no habia ningun desperfecto,pero su mujer empezo diciendo que las cortinas estaban sin lavar que si el wc estaba sucio etc buscando sucieda x todas las esquinas diciendo que iban a contratar una empresa de limpieza y me lo restarian ala fianza y mandar las cortinas ala tintoreria.yo e limpiado el piso muy a fondo y entregado en las mismas condiciones que me lo a dejado..mi pregubta es la siguiente.El puedo gastar la fianza en lo que quiera y luego presentar facturas??? hasta el dia de hoy no rebi noticias del señor casero y no me coge el mvl.en lagestoria dicen que ellos no tienen nada que hacer que es entre nosotros.que tengo que hacer en este caso??

    1. Hola Modesto.

      Efectivamente, pueden presentarte facturas por la limpieza y quedarse con esa parte de la fianza.

      1. En españa no hay obligación de dar la vivienda ni limpia ni pintada, y mucho menos estás obligado a pagar algo que tú no has contratado.

  139. Hola Eduardo
    El mes pasado deje un piso por problemas de humedades, cuando tocaba los electrodomésticos de la cocina recibía pequeñas descargas eléctricas.
    Lo comunique a la administradora y como única respuestas fue que me tenia que poner uno zapatos de goma. También había mucha humedad en las paredes y también hice constancia de esto a la agencia.
    Cuando deje el piso hice una gran limpieza, en ningún momento se quejo de esto, esto si faltaban unas bombillas.
    A la hora de devolverme la fianza me quieren descontar gastos que no estoy dispuesta a pagar
    Limpieza 200 €
    Unas fundas que tuve que tirar porque se habían podrido al contacto con la pared humedad
    Después hay arreglos que parece exagerado el precio que piden, como cambio de tres fluorecentes y dos bombilla 99,90
    están obligados a darme la factura del industrial o solo con su palabra vale todo?
    gracias por tu tiempo
    Nina

  140. Hola y muchas gracias por esta pagina , mi problema es el siguiente deje un piso hace 2 meses ,el piso lo deje en perfecto estado asi lo refleja algunos mensajes que tengo guardados ,le estuve pidiendo el deposito que eran 600 eur y la fianza de 1320 eur apartir del mes,me decia siempre esta tarde te la hago la transfernecia asi hasta pasar dos meses y amenazarle con denunciarle(todo esto demostrable en mensajes como me mentia sistematicamente)cuando le amenaze me pasdo un finiquito descontando el mes de julio entero(cuando en persona me dijo que podia dejar el piso cuando quisiera y por mensaje tengo conversaciones que le comento que le ingresare solo los dias de julio que este y su contestacion es no es problema,le avise con el mes de antelacion correspondiente.Pues ahora al amenazarle se pasa por el forro lo que me dijo en persona como la conversacion que tuvimos y de postre me pasa una derrama del contador de agua cuando en el contrato no pone nada de pagar ese tipo de gastos.Entonces mi duda es …puedo con los mensajes demostrar que en realidad si sabia y acordamos la salida el 10 de julio?sino le denunciaria por la factura porque el tipo ni me contesta a que me explique esa factur que no es de consumo.Si pudiera mandaros el contrato ,finiquito y los mensajes podriais saber si tengo posibilidades de poder reclamar parte de julio que me ha cobrado.Porque es verdad que hay una clausula de meses naturales es el dia 1 pero dice en el finiquito que no le he dado opcion a pacatar la salida y como lo mas claro (de dejarlo cuando quiera) es verbal,no se yo si voy a poder sacar algo en claro con los mensajes aunque para mi son claros esta al corriente de todo y acepta que le pague solo los 10 dias del mes.gracias

    1. Hola Saul.

      Si has desalojado el día 10 no debes oagar los 21 días restantes de Julio.

      La factura…solo debes pagar consumo por el agua suministrada. Nada más.

      Los mensajes son válidos salvo que el juez te diga lo contrario.

  141. Hola Eduardo, querría saber si el propietario a la hora de quedarse con parte o la totalidad de la fianza por desperfectos en cuanto a mobiliario, piso,… debe hacer algún tipo de inventario al finalizar la estancia o bien llamar a un notario para que dé fe del estado de las cosas, en caso contrario que yo no haya firmado ningún documento con la salida del piso, etc. etc., no sé si me entiende, lo que querría saber es cuál es el procedimiento que debe seguir el propietario para poder quedarse con la fianza, o hay alguna sentencia o algo que hable al respecto.

    1. Hola.

      El propietario que se quede con la fianza debe trasladarte el motivo por qué lo hace y aportarte las facturas de las reparaciones/restituciones que haya realizado.

  142. Hola Eduardo, mi pregunta es muy simple. ¿Al firmar la ressolución de contrato de arrendamiento y entregar las llaves, es obligatorio revisar el piso por daños este mismo día o se puede hacer más tarde? ¿No tendrían que figurar las condiciones del piso en la resolución de contrato? Quiero decir que firme la resolución y dijeron que van a mirar el piso más tarde porque el propietario no estaba en la oficina y si todo esta correcto me devolverían la fianza en un plazo máximo de 2 mese.
    Gracias y saludos.

    1. Hola David.

      Es una práctica que crea muchísima inseguridad al inquilino.

      Lo ideal es que la vivienda se revise el mismo día de la entrega de llaves y que aparezca el estado de la vivienda en el documento.

      Todo lo que no sea hacerlo así juega en contra del inquilino.

      1. ¿Y en el caso de la devolución de la fianza, se devuelve el mismo día de la firmación de contrato o tienen derecho a devolverla después?

  143. Hola Eduardo,

    Primero te agradezco por tu tiempo, y contestar a tanta gente.

    Nuestro problema aun no ha sucedido, pero es muy probable que pasé. Estamos en conflicto con nuestra casera y tenemos miedo que no nos devuelva la fianza.. hemos decidido de dejar el piso despues 7 meses de vivencia en lugar de 1 año como lo consta el contrato.

    Eso dicho, queremos, los dos proximo meses, pagar el alquiler con la fianza. Cual problemas podriamos tener con esa acción?

    Gracias de antemano

    1. Hola Cedric.

      La dueña podrá demandaros si la vivienda está en malas condiciones y tiene que gastarse dinero en repararla.

      Entonces se quedará con la fianza para reparar esas reparaciones y podrá demandarte para que le pagues las mensualidades que no le has pagado.

      Es decir, ella imputa la fianza a las reparaciones y, como se queda sin fianza para cobrarse las rentas pues te las puede reclamar judicialmente.

      Si devuelves la vivienda correctamente entonces puedes estar tranquilo.

  144. Buenos días,
    El pasado miércoles hice la entrega de llaves del piso donde vivía y la inmobiliaria no quiso darle la mitad de la fianza acordada por los «desperfectos» del piso.
    Antes de entregar las llaves les pedí el documento acreditativo y lo tengo modificado por la inmobiliaria, indicando que entrego las llaves pero que no me dieron la fianza.
    He hablado con el casero y me dice que el sofá estaba sucio de pelos del gato y que tengo que pagar la limpieza (en el contrato ponía que no se podían tener animales pero el vino al piso, vio al gato y no me dijo nada pudiendo rescindir el contrato si así lo deseaba).También me dice que tengo que pagar la reparación de un ventilador de la cocina que no funcionaba. La cocina no tenía estracción de humos, en su lugar habían puesto un ventilador de baño pegado con silicona. Un día lo saqué para limpiarlo de grasa y al meterlo si no encajaba a la perfección no funcionaba, pero no está roto.Me dice que la televisión se enciende y apaga sola y esto es por los cortes de luz que tiene la casa los cuales notifiqué nada mas entrar en el piso y él mismo no arregló.
    Tengo entendido que este tipo de desperfectos son normales al uso, pero no se que hacer. Gracias por su ayuda

    1. Hola Rut.

      Lo del sofá obviamente es por el gato. Estuviese prohibido o no en el contrato, si hay pelos lo normal es que el propietario utilice la fianza para que el sofá quede bien.

      Lo de la tele no es culpa tuya, está claro.

      Dependiendo de cuánto sea la fianza te merecerá la pena o no.

      Mi recomendación es que no te metas a pleitear este tema, pues te puede salir más caro el collar que el perro.

  145. Hola hace casi dos meses deje un piso en el que vivía de alquiler y que abandoné dos meses antes del año que estipulaba el contrato. Firmamos un documento de entrega de llaves escrito a mano con apenas unas líneas del cual no me dieron copia y quedamos en que me devolverían la fianza después de que lleguen los recibos de suministros en mi cuenta y le mande prueba que ya fueron cobrados.
    Han pasado dos meses y me atribuyen ahora daños y desperfectos en unas camas, armarios, una puerta y 60 euros que desconté el último mes porque llamé a un fontanero por un atasco en el fregadero de la cocina del cual no presenté factura.
    Ahora todo eso me dicen que lo he firmado y no estaba en el documento de finalización de contrato en ese momento, yo pensando que eran personas serias me confié y no tengo copia de eso.
    ¿Qué me recomienda hacer? ¿O cree que perderé tiempo haciendo algo para recuperar los 540 euros de fianza?

    1. Hola Carolina.

      El problema que tiene no declarar los dsperfectos en un documento al finalizR el contrato es que después tendrás que acudir al juzgado para que te devuelvan la fiana y además no tendrás prueba escrita de que esos deterioros no existían.

      1. Hola, ahora me dice el propietario que he aceptado en tal documento varios desperfectos. Fue un documento escrito con boligrafo, el cual trajo redactado y yo por confianza firmé y donde luego parece que han puesto los desperfectos. De ese documento no tengo copia. ¿Cree que algo puedo hacer? ¿Ve algo a mi favor?
        O será una pérdida de tiempo aún con abogado de oficio?
        Espero su consejo

  146. Holaa.Dejamos un piso de alquiler despues de estar viviendo 1 año. Dejamos una fianza de 620 euros (lo mismo que pagabamos de mensualidad), hace casi un mes que ya no vivimos en el piso y nos reclama unas reparaciones que ascienden a unos 400-450 euros (el dice que son 1200 euros de reparaciones) a las cuales me he negado,claro. Le entregamos las llaves,dejandoselas en el buzon de su vivienda,ya que cuando el decia de darselas,nos era imposible porque las necesitabamos para sacar las cosas del piso (todo dentro del tiempo que aun teniamos el piso en alquiler)

    Le dejamos las llaves en su buzon y no fue a mirar como se encontraba el piso,ni firmamos la finalizacion del contrato,ni nada de nada parecido.Solo fue dos semanas antes de dejar el piso para enseñarlo a los nuevos inquilinos. Amenaza con denunciar por los desperfectos,los cuales no ascienden a la cantidad que dice. Que puedo hacer? Dice que puede denunciar alegando que aun seguimos viviendo en el piso y reclamar esa mensualidad

    1. Hola Sonia.

      Efectivamente el propietario puede reclamaros lo que quiera por no haber firmado ningún documento y dejar las llaves en el buzón, excepto que la vivienda ya esté alquilada y los inquilinos testificaran a vuestro favor, cosa que dudo que ocurriera.

      Muy complicado que recuoeres esa fianza.

  147. El dia 21 de julio firme la finalización de mi contrato de alquiler,vino la propietaria y el perito de la agencia,la propietaria en principio dijo que estaba bien,pero el perito empezó a apuntar cosas. Ahora un mes después me dice la señora que me quiere imputar TODA la fianza por que segun ella no hemos ciudado el piso,hay manchas de condensación,las cuales son causadas por unas ventanas viejas y sin aislante y que no cierran bien,lo cual le fue comunicado al inicio del contrato y ella no quiso arreglar.Como puedo hacer para reclamar mi dinero? Tengo mails que justifican que ella no quiso cambiar las ventanas ademas de otros arreglos que se fijaron al inicio del contrato y finalmente no quiso arreglar por que segun ella eran muy caros. Un saludo.

    1. Hola Raquel.

      Tendrás que reclamar la finaza judicialmente y que sea el juez quien determine de quien es la responsabilidad de los daños.

  148. no me quieren regresar mi deposito despues de 20 dias de entregado el depto, ni las copias del aval que son escrituras,??
    a quien puedo recurrir

  149. Hola,
    somos dos personas en la misma casa alquiladas bajo el mismo contrato, contrato que por otro lado es bastante simple y no especifica cosas como preaviso mínimo para dejar la vvienda.
    Mi compañero decidió ayer, y nos o comunicó vía Whatsapp tanto a mí como al arrendador, su decisión de dejar la vivienda el 31 de agosto, es decir, con 15 días.
    Además exige las llaves a cambio de la fianza, y comunica que ya abonará las facturas de suministros pendientes cuando lleguen las facturas correspondientes (tal como venía haciendo hasta ahora, que me llegaban a mí y él las abonaba).
    Mi pregunta es, teniendo el contrato como lo tenemos (firmado por mí en 2014 y por él en mayo de 2015, ya que entró más tarde), si esta persona está actuando o no legalmente, tanto en el tema de la fianza como en el pago de los suministros, en cuyo caso me tendría que fiar de su palabra.
    Y qué tipo de carta de rescisión de contrato debería hacerle el arrendador.
    Muchísimas gracias.

    1. Hola Arturo.

      El arrendador no está obligado a decolver la fianza si existen recibos de suministros pendientes. Es más, seguramente se quedará con la dianza para cobrarse esos recibos.

      Por otro lado, el arrendador podría pedir la dinalización del contrato desde el mismo momento en que se va uno de los inquilinos, incluso aunque tu siguieras en la vivienda y le pagases el total de la renta (aunque si se da este caso no creo que haga eso, pero si el oteo inquilino «le caliente demasiado» con su actitud…todo puede ocurrir).

  150. Buenos días,

    He avisado por correo a mi Arrendador que voy a desalojar el piso y así dar por finalizado el contrato de arrendamiento (respetando el tiempo mínimo de preaviso de 1 mes). En cuanto a la fianza, me confirma que ha ingresado el total de la fianza en el IVIMA (dos mensualidades) y que me devolvería la fianza en cuanto reciba la misma del IVIMA. En este sentido, me dice que no me devolverá la fianza durante el acto de entrega de llaves.

    Os remito mis dudas a continuación:

    – Este planteamiento que comenta el Arrendador está permitido? Es decir, si el contrato indica que la fianza se entregará a la finalización del contrato de arrendamiento o al abandonar la vivienda, estaría en una posición para decirme que me devolverá la fianza en cuanto lo reciba del IVIMA?

    – Hay alguna manera para que me pueda cubrir legalmente para que quede obligado el Arrendador en devolverme la fianza en cuanto la reciba del IVIMA, o pasado un plazo límite que se establezca en el caso de que el Arrendador no tramite correctamente la devolución de dicha fianza?

    Muchas gracias, de antemano, por vuestra respuesta.

    1. Hola Jose.

      El arrendador tiene un plazo no determinado por la ley para devolver la fianza.

      Ese plazo se viene establciendo en treinta días, pero hay situaciones en las que se ha permitido un plazo mayor.

      En realidad el arrendador no deberia decir que te devolverá la fianza cuando a él se la decuelva el Ivima pues…¿y si nunca se la devolviesen?.

      Dale un plazo prudencial de unos 40-45 días.

      Si no cumple lo único que puedes hacer es reclamársela judicialmente.

      1. Muchas gracias por los comentarios. ¿Sería recomendable incluir una cláusula como la siguiente al contrato de rescisión? Le doy ses meses (un plazo muy amplio) para devolver la fianza.

        El Arrendador confirma expresamente el haber realizado el depósito de la fianza correctamente ante la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid (en adelante, “AVSCM”) por el importe total de la fianza del contrato de arrendamiento abonado por el Arrendatario (MIL EUROS), y en su caso, el recargo correspondiente por el depósito realizado fuera de plazo. Asimismo, el Arrendador confirma haber aportado la documentación o información requerida por dicho organismo para el depósito de la fianza, y a través de los medios permitidos por la ley reguladora correspondiente.
        Por medio del presente contrato, el Arrendatario autoriza al Arrendador a retener temporalmente el importe total de la fianza del contrato de arrendamiento (MIL EUROS), hasta la efectiva devolución de la fianza por parte de la AVSCM, o, en su defecto, hasta un plazo máximo de seis meses a contar desde la fecha de terminación del contrato de arrendamiento en el caso de no haberse realizado la efectiva devolución de la fianza por causas imputables al Arrendador.
        El Arrendador se compromete expresamente, como sujeto obligado, a iniciar el correspondiente proceso de solicitud la devolución de la fianza en un plazo de dos días laborables a contar desde la fecha de terminación del contrato de arrendamiento, aportando la documentación e información requerida por la AVSCM para la devolución de la fianza, y a través de los medios permitidos por la ley reguladora correspondiente.
        En el plazo de dos días laborables a contar desde la efectiva devolución de la fianza, el Arrendador se compromete expresamente a abonar al Arrendatario el importe total de la fianza retenida (MIL EUROS), y, en su caso, el interés legal devengado correspondiente, en el caso de que la efectiva devolución de la fianza no haya sido realizada en el plazo de un mes desde la fecha en que la solicitud tenga entrada en el registro del AVSCM. El Arrendador entregará al Arrendatario una copia del justificante de transferencia bancaria, una vez realizada la misma.
        Si pasado el plazo de seis meses a contar de la fecha de terminación del contrato de arrendamiento no se ha realizado la efectiva devolución de la fianza por parte del AVSCM por causas imputables al Arrendador (por ejemplo, incumplimiento de las condiciones establecidas en la presente cláusula, insuficiencia de la documentación o información aportada, ingreso del depósito realizado fuera de plazo o de forma incorrecta, etc.), el Arrendador se compromete expresamente en abonar al Arrendatario el importe total de la fianza retenida (MIL EUROS) en un plazo de cinco días hábiles a contar desde el último día del plazo de seis meses desde la fecha de terminación del contrato de arrendamiento. El Arrendador entregará al Arrendatario una copia del justificante de transferencia bancaria, una vez realizada la misma.

  151. Hola, Eduardo.
    Me han llamado para trabajar un mes en una ciudad, y he localizado una habitación en un piso compartido para quedarme. Contacté con la dueña y debido a la urgencia (esto es un viernes y empiezo a trabajar el lunes) el mismo día que ví la habitación le dije que me lo quedaba, le pagué 150 eros por la habitación y 50 de fianza. Ese mismo día, dado que la habitación era muy pequeña y destartalada, encuentro otra que me gusta más. Contacto inmediatamente con la señora a la que le pagué el mes y la fianza para entregarle la llave y me dice que me devuelve el mes pero no la fianza. Todo esto sin contarto, claro. ¿Tengo derecho a que me devuelva la fianza? Muchas gracias.

    1. Hola.

      Si, tienes derecho a que te la decuelva, siempre y cuando la dueña no haya sufrido algún perjuicio.

      Se supone que como todo fueel mismo día pues que no habrá perdido muchos candidatos para alquilar la habitación en un solo día.

      Sin embargo, bien podría decirte que sólo el hecho de atenderte el día que le diste la fianza y el contacto contigo oara las explicaciones de la decolución, etc, … Ya es suficiente molestia para no devolverte esos 50€.

  152. Buenas tardes.

    He dejado mi piso en alquiler y una semana antes di de baja la luz y el gas ya que estaban a mi nombre los dos contratos. En el contrato de alquiler se dice que estos usos privativos deben ir a mi nombre.

    Ahora la propietaria me dice qur tenia que haber hecho un cambio de titular y que el coste de dar de alta la luz y gas de nuevo son mios. Unos 300 e.

    Es lo que hizo cuando yo entre, hacer un cambio de titular.

    Tengo que asumir ese coste, o es coste de ella, ya que el piso no tiene deudas ni desperfectos.

  153. Hola Eduardo.

    A mí, después de ver el piso juntos y decirme que estaba todo ok, me ha descontado casi 100€ de la fianza justificando arreglos que se le han ocurrido después (de cosas que se ha inventado).

    Le avisé de que si no me la devolvía íntegramente tomaría las acciones legales que hicieran falta. Pero he pensado devolver la última factura de la luz para cobrarme esta diferencia porque aún estoy en plazo de devolverla y está a su nombre y ya que se apañe él, para dejarme yo de papeleos. ¿Hasta qué punto es peor el remedio que la enfermedad?

    Muchas gracias por adelantado!!

    1. No creo que pueda hacer demasiado contra ti el arrendador, sinceramente.

      Hablamos de cuantías muy pequeñas, por lo que no creo que se meta en demandas para reclamarte.

      1. Muchas gracias por responder Eduardo.

        El tema es que ya se ha molestado en desglosarme todos los supuestos gastos y enviarme un mail bastante formal «como te indiqué por whatsapp el día xx a las xx, (…) , Como no quisiste quedar a analizarlo te lo detallo a continuación (…)».
        O sea que me quiere dar a entender que por lo legal me va a cepillar. El problema es que sinceramente creo que es eso, cepillarme, porque no hay derecho, le he tratado la casa mejor que si fuera mía vaya. Y con la poca vergüenza que está teniendo y el tiempo que le debe de sobrar (por comentarios suyos creo que debe de vivir de las rentas), igual me la intenta clavar y acabo yo palmando dinero y con un expediente. Injusto, pero expediente.

  154. Hola! Tengo una vivienda alquilada, con el contrato y la fianza depositada en la Comunidad de Madrid. El caso es que segun contrato, las averias o instalaciones de luz, gas, agua y telefono que se produzcan las debe de arreglar y pagar el inquilino. Se ha averiado la caldera de gas, y al decirle que la debe deparar o cambiar el, me comunica que el dia 1 de Agosto deja la vivienda. La pregunta es ¿debo devolverle la fianza, o puedo usarla legalmente para reparar la caldera y resto de desperfectos que haya? Gracias

    1. Hola Miguel Ángel.

      El inquilino debe preavisarte de que se va treinta días antes de irse. Es decir, desde que te avisa tienes derecho a cobrar treinta días de renta.

      Si no se ha cumplido ese preaviso entonces podrás cobrarte esos días con la fianza.

      Respecto a la reparación, en mi opinión esa cláusula es inválida, pues es una cláusula que perjudica al inquilino, y eso va en contra del artículo 6 LAU. Es decir, el artículo 21.4 LAU dice que las pequeñas reparaciones las realiza el inquilino (y se entiende a sensu contrario que las demás reparaciones las hace el arrendador). por tanto, arreglar un termo no es una pequeña reparación, por lo que debes arreglarlo tu, y la cláusula que indicas es perjudicial para el inquilino, por lo que va en contra del artículo 6 LAU y sería, por tanto, inválida.

      Quédate la fianza si no te ha preavisado con treinta días y problema resuelto.

  155. Hola,
    el 30 de junio deje la vivienda de alquiler en la que he estado durante los ultimos 3 años. Se trata de un pareado de 2 plantas que he cuidado con extrema delicadeza como si fuera mi propia casa. Cuando empezo el arrendamiento, tuve que pintarla por completo, con el mismo color que ya existia y solo se pintaron de color diferente 2 de las habitaciones destinadas a mis hijas, siempre con su consentimiento, las cuales encontramos sucias y hasta con humedades . De todas formas una vez avisado de mi partida, indique a los propietarios como querian que las dejaseme y me expresaron que que debia dejarla pintadas en color blanco y en perfecto estado, cosa que he hecho.
    Ahora me ponen problemas con la devolución de la fianza (1700 €) porque exponen que en la parte exterior de la casa en la que hay un seto de cipreses, hay varios de ellos que dicen que estan muertos, cosa incierta ya que me he encargado en todo momento de su cuidado y mantenimiento. Me han pasado un presupuesto para la sustitución de dichos cipreses por un importe de 1500 €, que es casi la totalidad de la fianza.
    Hasta que punto me pueden extorsionar de esta manera? Puedo justificar perfectamente que se ha realizado el mantenimiento de los mismos e incluso que no es cierto que se hallan podido morir. Pero hasta que punto me podrian achacar eso como una obligacion de cuidado el inmueble para no devolverme la fianza?
    Lo peor del caso es que hasta ahora siempre habia habido una relacion perfecta hasta casi de amistad, ya que yo le he impartido clases de refuerzo escolar a sus hijos durante los ultimos 5 años.

    Gracias

    1. Hola Jaime.

      Lo malo es que si no te dan la fianza tendrás que reclamarla judicialmente.

      Llegado ese caso, el arrendador tendría que demostrar que esos cipreses estaban muertos, así como la restitución por otros nuevos.

      por tu parte no estaría de más que pudieras hacer fotos o vídeo del estado de los árboles para probar que no estaban dañados.

  156. Buenas,

    Quisiera aclarar si una vez el propietario devuelve el deposito completo al que era inquilino (luego de realizar una inspeccion del lugar de alquiler y el que era inquilino ya estar completamente fuera del area), tiene entonces derecho el propietario de reclamar el deposito o quejarse de algun supuesto da~o, dias despues?

    Gracias,

    1. Hola.

      Derecho a reclamar siempre hay, pero son reclamaciones que hay que prepararlas bien, es decir, hay que probar que las ha provocado el inquilino saliente, y para ello será necesario una prueba pericial, que supone un gasto a tener en cuenta.

  157. Hola buenos mi mujer ha dejado dos meses antes una tienda que tenía alquilada antes que nos metamos en deudas mejor salir y todo ha quedado en buen estado tiene derecho a recibir su fianza o no

    1. Hola Jose Manuel.

      El arrendador podrá quedarse con la fianza en compensación por el incumplimiento de contrato.

  158. Hola, el casero me ha devuelto solo la mitad de la fianza, 200 euros, solo estuve 4 meses alquilada y gracias a que fui con un compañero de trabajo, nos dijo que el 3 de julio, daría el resto del dinero tras descontar el agua (36,5), la cual ya sabíamos la cantidad el día de restitución de contrato y estaba dispuesta A darle, pero se negó A quedar ni A escuchar A nadie. Estamos A día 7, a mi me ha dicho que me lo va A dar cuando le de la gana y A mi compañero, que le llamo para mediar, le dijo que no lo molestara más y que la próxima vez lo mandaba A la mierda.
    Cómo puedo hacer para recuperar la parte que falta.
    Tengo el contrato donde pone que al finalizar se me devolverá la fianza, (mentira, me vine A mi pueblo y no vi el dinero hasta dos días después). La parte que falta dudo mucho que me la de.
    Que puedo hacer?

  159. Hola,
    Entré en un piso de alquiler por habitaciones el 1 de Diciembre del año pasado, firmando un contrato de un año. En Mayo (pasados los 6 meses desde la firma del contrato) y con 30 días de antelación, avisamos que dejamos el piso. Según la ley, podemos rescindir el contrato, pero el casero dice que no nos devuelve la fianza porque no hemos respetado el año de cumplimiento de contrato. Dado que, según la ley, hemos avisado con tiempo y demás, ¿realmente puede no devolvernos la fianza?
    Muchísimas gracias de antemano.
    Saludos

    1. Hola Nerea.

      Depende del tipo de contrato que hayáis firmado.

      Pero si era alquiler por habitación ese contrato está sometido al código civil (no a la ley de arrendamientos urbanos) por lo que es muy posible que el arrendador tenga la razón.

  160. Buenas tardes,
    Hace 4 meses dejé la casa de alquiler , el fin de contrato con la entrega de llaves , se hizo el 16 de Febrero. Tardaron 2meses en devolverme la fianza y me descontarán, la pintura de un mueble de baño , que yo tuve que arreglar varias veces, porque era de muy baja calidad y sin silicona , con lo que el agua se volaba. Entero lo deje con protecciones que puse yo. También me descontarán 240euros por unas baldas de un frigorífico, que se devolvieron mas tarde porque estaban en otro trastero. A día de hoy todavía no tengo señales del arrendador. Según la ley , me debe intereses y no sé de cuanto, la fianza era de 1100euros y según la ley también , el mueble del baño es un deterioro normal de la vivienda
    Cómo puedo exigirles la devolución de los importes???? Yo daba por perdido los 140euros del baño, pero no los 240 de las baldas. Como dejaron la fianza en la comunidad de Madrid, puedo reclamar allí??? Muchas gracias Juncal Urbina

    1. Hola Juncal.

      La fianza tienes que reclaársela al arrendador, no en el IVIMA.

      Los intereses aün debe ser mínimos (algunos céntimos).

  161. hola buenos dias, hice un contrato por un año de un piso en alquiler y a los 7 meses me marcho a otro . la pregunta es se puede quedar el casero con toda la fianza por no haber echado el año en el piso. segun el dice que por no cumplir el año dice que si. o es la parte proporcional que no se cuanto es. la fianza es 400 euros. gracias por la atencion

    1. Hola Ana.

      Si la fianza es de 400€ y la renta también son 400€ entonces el arrendador solo se podrá quedar 166,67 euros, es decir, la parte proporcional a los cinco meses que has incumplido.

      Ojo, esto es en el caso que tu contrato sea de vivienda habitual. Si es de temporada si que podrá exigirte el mes entero de fianza, e incluso la totalidad de lo que queda hasta que finalice el contrato.

  162. Buenas noches Luis,
    Mi caso es parecido a algunos que he leído, pero se diferencia en que el arrendador es la Obra Social La Caixa. Y por ese motivo no se si tengo algo que hacer o no y tengo que dar por perdido mi dinero.

    Hace dos años me adjudicaron un piso de alquiler social y cuando entré, tenía bastantes daños como que la caldera había sido manipulada y no funcionaba, el enganche de la luz también y había un agujero en una puerta (supongo que por un puñetazo).
    Antes de firmar el contrato les comuniqué estos daños detallados y también les dije que había algunos otros pequeños desperfectos pero de estos últimos no hice desglose. Eran pequeñas cosas, como que aun se veía la pintura naranja del anterior inquilino detrás de los radiadores y cosas así. Todos eran muy amables y no hice fotos de nada, ya que no es la primera vez que alquilaba un piso y jamas había tenido problemas de nada. Me arreglaron los grandes desperfectos pero no los pequeños, ya que el chico de mantenimiento me dijo que eran normales al no ser un piso nuevo. Posteriormente los vecinos me dijeron que los «anteriores» inquilinos habían sido unos ocupas y de ahí los problemas con la calefacción y electricidad.

    El 31 marzo deje el piso y a la entrega de las llaves y vino una chica de la Caixa para recogerlas y para ver el estado del piso. Cuando me llamó para concertar la cita me dijo que para recuperar la fianza entera tenia que dejar el piso recién pintado (e incluso me dijo la marca de pintura que tenia que comprar) y que tenía que cambiar la tapa de la taza del water (por higiene, me dijo). Hice todo lo que me pidió y cuando quedamos, ella empezó a hacer fotos de todo, incluso de los desperfectos que ya estaban cuando yo entré (hablo de cosas como la pintura de detrás de los radiadores o de la papelera de reciclaje INEXISTENTE…). Apuntó todo y me dijo que firmara el parte, pero que no me preocupara que el piso estaba mejor incluso de cuando lo cogí y que las fotos y el infirme eran para que ellos pudieran reparar los pequeños desperfectos para los próximos inquilinos. Y que me devolverían la fianza entera.
    Yo le dije que no estaba de acuerdo con lo que había apuntado ya que no los había hecho yo pero ella me dijo que no podíamos rescindir el contrato si no firmaba y que si no estaba de acuerdo, lo hiciera constar. Y así lo hice

    Hace una semana me hicieron el ingreso de la devolución de la fianza y cual fue mi sorpresa cuando vi que me habían quitado 799€. Les pedía que me expliquen porqué y hoy me han mandado una factura de los «arreglos» que le han tenido que hacer al piso junto con el documento que firme, y algunas fotos de los pequeños desperfectos que ya estaban en el piso cuando lo alquilé. Resulta que entre ellos está PINTAR DE NUEVO el piso (repito, estaba recién pintado de hacía 12 h) y otras reparaciones como purgar los radiadores (60€) o engrasar la cerradura (45€).

    Me siento totalmente estafada, enfadada pero sobretodo indefensa. Al tratarse de una entidad como La Caixa, no se si tengo posibilidades de recuperar nada ya que, aunque para mi 800€ son muchísimo dinero, para ellos no creo que les suponga ningún esfuerzo debido al departamento legal que deben tener. Y no sé si por 800€ puedo perder más dinero si me litigio con ellos.
    La pregunta es, ¿hay alguna forma de intentar que me devuelvan algo?

    Gracias

  163. Buenos días. Hacemos la entrega de llaves el 31 de Mayo y mi casera se acoje a la claúsula del contrato que dice «hasta que el arrendatario no acredite estar al corriente de pago de todos los suministros no se haría entrega de la fianza hasta un plazo máximo de 30 días». Para nosotros no tiene mucho sentido porque va haber recibos posteriores a los 30 días que tiene para devolvernos la fianza y a día de hoy estamos al corrientes de pago y nunca hemos dejado de pagar nada. Mi casera dice que es para confiar que no le dejamos ningún importe pendiente. Entendermos que tiene el derecho de retener nuestra fianza hasta un máximo de 30 días pero no entendemos que sea por los suministros cuando la titular soy yo y en la firma de la baja se van a dejar contancias las lecturas de los suministros hasta ese día.
    Me podrías aconsejar? Gracias

    1. Hola Laura.

      El propietario quiere asegurarse que no dejás deudas oendientes que posteriormente tenga que asumir él para que le permitan dar de alta un nuevo contrato.

      Es correcto que se acoja a esa cláusula que seguramente ha incluido en el contrato con esa intención.

  164. muy buenas .por favor decirme lo que tengo que hacer ,mi arrendador dice que a los cinco años la fianza caduca o sea que no nos devolverá nada ,y estamos hablando de mas de mil euros .
    es legal esto ? muchísimas gracias y saludos

    1. Hola Luis.

      La fianza caducaría a los cinco años después de haber terminado el contrato.

      Pero si el contrato aún está en vigor esa fianza no caduca. Podrás reclamarla íntegramente una vez que termine el contrato.

  165. Buenos días
    El día 5 de mayo mis padres, dueños de un piso en alquiler, firmaron el contrato de entrega de llaves indicando que estaba en buenas condiciones. Es la primera vez que alquilaban el piso y por la buena relación con el inquilino firmaron echando sólo un visrazo general al piso. Sin embargo una vez vacío hemos ido a revisarlo con calma y nos hemos dado cuenta de muchos desperfectos que no vimos en la firma de llaves: han pintado los muebles sin permiso, han pintado y barnizado las puertas sin permiso, han dejado agujeros con tacos que prácticamente traspasan el muro y conllevarán una reparación de la pared y no la mano de pintura normal tras la marcha de un inquilino, hay trozos de la tarima desteñidos porque al parecer han dado algún tipo de pintura. Son arreglos que van a necesitar una inversión adicional a la normal cuando un inquilino deja el piso. ¿Es posible retener la fianza para cubrir esos desperfectos después de firmar la entrega de llaves? ¿Cómo deberíamos informar a los inquilinos del descubrimiento de estos desperfectos?Muchas gracias

    1. Hola Alicia.

      Es posible, pero si el inquilino no recibe la fianza tendrá que reclamarla judicialmente, lo que no suele ser sencillo por los costes que ello conlleva.

      Sin embargo, si decide reclamar por la vía judicial, el documento que habéis firmado jugaría en vuestra contra.

      Se trata de casos que son valorados por el juez para cada caso concreto, pero reitero que el documento sería un elemento problematico para vuestros intereses.

  166. Hola Eduardo.
    Mi problema es el siguiente , cojimos un bar en el cual se nos pidio una fianza de 9000€, despues de ocho años y debido a la poca flexibilidad del dueño decidimos tsl como pone en el contrato avisarles de que dejabamos el bar , el bar se nos entrego como en fotos que tenemos al entrar en unas condiciones bastante deficientes , pero actuemos para mejorarlo y poder trabajar.
    Lo equipemos de aire acondicionado que los dos equipos recien cambiados el año pasado por nuestro seguro del local ascienden a 8000€ , mejoremos iluminacion paredes y trastero . Ademas de acernos cargo de un estudio que obligaban de cambio de contadores de 2700€ .
    En este contrato se expuso inventario de lo que teniamos que devolver en caso de dejar el negocio, esta todo mas las mejoras , dicen que el estudio de luz era a nuestro cargo ( cuando esto se alquilo como bar no como local y se nos pedia el estudio para continuar con nuestro trabajo ) y los dos ultimos meses que dejemos de ingresar visto que el dueño ya nos estaba poniendo trabas , lo que le pedimos es la totalidad de la fianza y si quiere las mejoras llegar a un acuerdo y si no desmontamos y nos lo llevamos , que crees que podemos hacer? Gracias de antemano.

  167. Buenas tardes Eduardo, voy a exponerse mi caso, ya que he leído bastantes y no veo ninguno parecido, me decanto porque mis caseros me han estafado.
    Por cuestiones de trabajo alquilé un piso, de antemano adelanté que mi contrato de trabajo en caso de renovarse sería mes por mes, por lo que me era imposible precisar cuanto iba a durar el alquiler. No me pusieron ninguna excusa como en otros a los que llamé que exigían un año o 6 meses mínimo, por lo que lo vi y acepté, el día que firmé el contrato y lo leí me llamó la atención que en el contrato (redactado por su hijo abogado) ponía que la duración era de 1 año, a lo que le advertí que un año no iba estar alli (ojala) me dijo que lo sabia, que eso es porque les obligan a poner eso, pero que no habría ningún problema durase lo que durase en el momento de irme, me fie, mi madre testigo de todo esto .
    Pues bien, el trabajo me duró 3 meses, el día que me iba la llamé para que viese como le dejaba el piso(mejor de lo que me lo entregaron respecto a limpieza), y respecto a comodidades tenía poco tuve que comprar una TV y microondas, menaje… ya que carecía de muchas cosas (el estado igual que un hospital robado). Pues bien la llamé para la entrega de las llaves, ver estado del piso y devolver la fianza, ya que los gastos estaban al día, pues bien me dijo que estaba con los rulos puestos y no podia salir de casa, que le dejase las llaves al vecino y ella me llamaría cuando viera el piso para decirme que tal y devolverme la fianza. Como no me llamaba la volví a llamar a los 2 días y según su hijo no podia ponerse, no habían podido ir a ver el piso, iban esa tarde (ya me olio mal) y a la semana al no tener no noticias volví a insistir y me dijo que el piso perfecto, que ya estaba dada de baja en la luz y que la fianza no me la devolvía por incumplimiento de contrato. Que os parece? Y todo por ser buena persona y fiarme. Lo tengo todo perdido porque el contrato relatado por su familiar abogado y firmado por mi hace que no tenga derecho a nada, pero lo que se es que es un contrato falso.
    Me puedes orientar Eduardo? Un saludo y gracias de antemano

    1. Hola Mari.

      Pues efectivamente te han engañado.

      No es fácil que puedas hacer algo más allá de quejarte, pues has firmado un contrato de un año de duración y tienes obligación de cumllir, por lo menos, los seis primeros meses.

      1. Gracias por responderme Eduardo, hasta el momento que no me dio la cara he estado al dia en los pagos de los gastos, pero desde que me dijo que no me devolvía nada he pensado devolver recibos y que los pague ella con la fianza, sería lo justo, puedo hacerlo?
        Y otra cuestión, donde podría saber si el piso lo tiene declarado?
        A su familiar abogado me gustaría ponerle una queja en el colegio de abogados o el decanato, por redactar mal los contratos a propósito, podría??
        Un saludo muchas gracias

  168. Buenas tardes.
    Como arrendatario firmé un contrato de alquiler en 2015 con una estipulación que pone que » en caso de no llegar a la duración pactada de 12 meses, se penalizará al arrendatario con la no devolución de la fianza», ¿es legal esta cláusula? ¿No sería nula por ser una cláusula abusiva según el artículo 6 de la LAU? Ya que en el caso de haber indemnización debería ser la parte proporcional de una mensualidad.
    Gracias y un saludo.

    1. Coincido contigo Almudena, en el caso de que ya hayan transcurrido más de seis meses desde que se inició el contrato (que por las fechas que indicas así debe ser).

      En mi opinión es una cláusula inválida por ser contraria al artículo 6 LAU y al artículo 11, que ya establece cuál es la penalización que debe pagar el inquilino en caso de desistimiento tras el sexto mes.

      1. Buenos días Eduardo y gracias por una respuesta tan rápida. He pagado el sexto mes de arrendamiento y la comunicación la hice con más de 30 días, para irme tras finalizar el sexto mes. ¿Es correcto o tendría que haber esperado al sexto mes para comunicarlo? Gracias.

  169. Hola Eduardo, buenos días!!

    Te agradecería me informases de lo siguiente:
    Tras finalizar el contrato de arrendamiento de 5 años por parte del arrendador y realizar la entrega de llaves y firmar el contrato como que el arrendador recibe el piso en las mismas condiciones que en su momento lo alquiló, y no firmar nada referido a desperfectos… puede descontarme casi 150 euros de la fianza por un vinilo que puse en la pared?!?
    Sin contar con que he tenido que enviarle varios documentos por correo postal para que me abonase la fianza (900 euros) ya que me había descontado más del 70% en el primer ingreso que realizó como devolución de fianza consiguiendo que me ingresase otra parte. Aún así aún falta dicha cantidad.

    Merece la pena denunciar este hecho?!?!

    1. Hola.

      A ver, si pusiste ese vinilo y el arrendador no lo quiere, podrá quedarse con el importe necesario para quitarlo.

      cuestión distinta es que tu quieras ampararte en el documento que habéis firmado, que efectivamente dice que todo está ok, para impedirle hacer eso.

      Puedes hacerlo porque el documento te avala, pero la reclamación no te iba a merecer la pena.

  170. Abandoné un piso al finalizar el mes de enero. He tenido que reclamar a la inmobiliaria en varias ocasiones la devolución de la fianza, preguntando siempre si la fianza estaba retenida por algún desperfecto que yo desconociese. Se me dijo que no había ningún problema en varias ocasiones. Finalmente me han ingresado en este mes un importe 40 euros menor. Argumentan ahora que ha sido por la limpieza que hubo que hacer a mi marcha. Sin embargo yo no he visto delante factura de ninguna empresa de limpieza.

    No es porque se trate de una cantidad excesiva, sino por el pésimo trato recibido y la desfachatez y mala educación propietario de la inmobiliaria por lo que me gustaría saber como y qué reclamar. Las injusticias y la chulería me hacen hervir la sangre.

    Podrían Ayudarme?

    Muchísimas gracias por adelantado

    1. Hola.

      Puedes reclamar ese importe por vía amistosa o por vía judicial, si bien la ecuación coste/riesgo no es demasiado favorable para ti.

      Pero reclamar, se puede reclamar.

  171. Hola, se acaban de marchar mis inquilinos, en la firma de resolución del contrato y entrega de llaves hice constar:

    CUARTO.- La arrendadora hace entrega al arrendatario en este acto del importe de QUINIENTOS EUROS (500€) correspondiente a PARTE de la fianza entregada por los Arrendatarios a la Arrendadora en el momento de la firma del contrato de arrendamiento. La cantidad restante, esto es, CIENTO CINCUENTA EUROS (150€), será entregada por la Arrendadora a los Arrendatarios una vez hayan sido satisfechos por estos los pagos relativos a las facturas emitidas por la entidad encargada del cobro del agua, luz y gas de la vivienda en la parte correspondiente hasta la fecha en la que se suscribe el presente contrato. O en su defecto, dicha parte correspondiente de los recibos serán abonados por la Arrendataria y descontadas de la cantidad restante de la fianza.

    ——————-
    Hoy, seis días después de la firma y habiendo llegado a un acuerdo con los inquilinos sobre los recibos pendientes (ellos se hacen cargo de agua y luz que pasarán al cobro en 10 días máximo) y yo me hago cargo de la factura de gas, me reclaman la parte pendiente de la fianza. Les digo que cuando hayan satisfecho los pagos relativos a las dos facturas pendientes procederé a la devolución de la fianza.

    Me dicen que el contenido de la resolución del contrato No es legal y no vale para nada, que trabajan en la Comunidad de Madrid y los asesores jurídicos les han dicho que eso NO es legal y debo hacer el ingreso de la parte restante de la fianza de forma inmediata….

    No tienen razón, no? Puedo negarme a devolverles la parte correspondiente hasta que los recibos estén satisfechos?

    Muchas gracias.

    1. Hola María.

      La cláusula es perfectamente válida.

      La ley lo que dice es que si a los treinta días de haber concluido el contrato aún no has devuelto la fianza, el inquilino te podrá reclamar reclamar el interés legal del dinero. Eso quiere decir que sobre los 150€ que les debes y si te retrasas 20, 30 o 40 días, podrán reclamarte (lo que no significa que se lo tengas que opagar si no te lo reclaman) apenas 60 o 70 céntimos de más.

  172. HOla, alquilé una habitación en febrero con un coste de 250 euros al mes más la fianza. Sin contrato por delante, pero la propietaria me firmó un papel donde se comprometía a devolverme la fianza íntegra si no había ningún incidente que requiriera su utilización. A principios de abril pagué mi mes y le dije que en mayo dejaba la habitación. Ahora han llegado las facturas de luz y de gas (febrero-15 abril), como es lógico eso lo pago, me lo va a descontar de la fianza,teniéndome que devolver unos 200 euros más o menos. Me ha dicho que me devuelve 100 euros y que el resto me lo da en junio descontándome la luz y gas pertinente a 10 días! que no va a llegar ni a 10 euros. Eso es legal? Hay alguna forma de obligarle a pagar? Mi compañera de piso está en mi misma situación? y si cogemo algo de la casa como aval de que nos va a pagar? Qué hacemos? Gracias

    1. Hola María.

      Es legal que se quede con la fianza hasta esa fecha. Sin embargo, desde que transcurren 30 días desde que desalojaste la habitación debe la propietaria devolveros la fianza más los intereses (que serán irrisorios. Del orden de 30 o 40 céntimos más).

  173. Buenas tardes Eduardo
    Mi situación es la siguiente: Al yo acabar el contrato el año pasado no se me devolvió la fianza a la espera de que se me diera las facturas correspondientes hasta la fecha. Comprometiéndose el casero a devolver la fianza descontándole la parte de la factura de la luz que se emitiera en la factura que aún no había llegado. Llevo detrás de él desde septiembre del año pasado y aún no me ha devuelto la fianza diciendo que no encuentra factura y no sé qué hacer para que me la devuelva porque ya no me recoge las llamadas

    ¿Qué debo hacer?

        1. No ha expirado.

          Puedes reclamarla, pero quizás los costes de hacerlo puedan ser superiores a la propia fianza si la pides por la vía judicial.

          Por mi parte, si quieres puedo enviar un burofax exigiendo la devolución de la fianza.

  174. Buenas tardes
    Mis inquilinos me han hecho agujeros e. Las baldosas de baño y cocina. Estoy en mi derecho de retenerle la parte proporcional a la reparación?

    1. Hola Evaristo.

      Si, puedes retener la parte de la fianza correspondiente.

  175. Hola,
    He tenido alquilado un piso casi tres años a una familia. El problema es que han hecho agujeros en las baldosas de baños y cocina. Les he dicho que voy a ver cuánto costaría la reparación, y que se lo descontaría de la fianza, a lo que me responde que me va a denunciar si no le devuelvo la fianza entera, puesto que esos agujeros son normales por el uso de la vivienda.
    Mi pregunta es, ¿ estoy en mi derecho de retirarles la parte de la fianza por la reparación de estos azulejos?
    Muchas gracias

    1. Hola Paco.

      Si, estas en tu derecho.

      La vivienda hay que devolverla en el mismo estado en que se recibió, exceptuando los deterioros por uso.

      Pero un agujero no es un deterioro por uso, sino un deterioro ralizado de forma directa.

      Y no es excusa decir que eso lo hace todo el mundo o que es necesario.

      La realidad es que te ha deteriorado de forma definitiva unos elementos y debe reponerlos ella.

      1. Muchas gracias Eduardo, me ha sido de gran ayuda tu aportación. No siempre somos los propietarios los que actuamos de mala fe. Gracias de nuevo.

  176. buenos dias, les quiero hacer una consulta, mi contrato finalizo el dia 15 de marzo, a dia 18 de abril, no se me ha devuelto la fianza, no se ha cambiado el nombre en los
    suministros, hace 3 dias pague el recibo de la luz hasta finales de marzo y he consultado en iberdrola y el contrato sigue a mi nombre. Me dijeron en la inmobiliaria que se encargaban de devolverles las llaves y de enseñar el piso al propietario y si habia cualquier pega, me decian. Les consulte hace
    unos 10/15 dias y me dijeron que tenia que esperar el mes obligatorio, y que cuando enseñaron el piso al propietario y le devolvieron las llaves no hubo ninguna pega/queja. llevaba mas de 2 años y 2 meses en el otro, y cumpli con el mes de preaviso, me fui del piso por cuestiones de trabajo, entonces no entiendo el motivo para la no devolucion de mi fianza,y porque todavia me siguen llegando recibos de suministros con fecha posterior al 15 de marzo, no me he puesto en contacto con el casero porque su telefono lo perdi , solo tengo a la inmobiliaria, que puedo hacer?, gracias

    1. Hola Jorge.

      la fianza deben devolvértela si ya han pasado 30 días.

      En cuanto a los suministros, si tu eres el titular puedes proceder tu mismo a dar de baja esos contratos.

      Ahora bien, para evitar el perjuicio al propietario de tener que dar de nuevo el alta, habla con la inmobiliaria y diles que vas a tener que dar de baja el contrato y que quieres la fianza.

      Negocia con eso.

  177. HOLA! YO TENGO UNA DUDA, NO SE SI ME PODRÁ ACLARAR.
    TENGO CONTRATO CON UN FAMILIAR (CON EL CUAL TENGO AHORA MISMO MUY MALA RELACIÓN)EN UN PISO ALQUILADO A UNA AGENCIA, YO ME IRE EL DIA 1 DE MAYO Y VAMOS A FIRMAR UN ANEXO EN EL CUAL YO ME DESVINCULO DEL CONTRATO, PERO ME DICE LA AGENCIA QUE NO ME DEVOLVERÁ MI PARTE DE LA FIANZA HASTA QUE ESTE FAMILIAR ABANDONE EL PISO TAMBIEN. ESTO ES ASI? O PUEDO RECLAMAR MI PARTE YA A LA AGENCIA? ELLOS ME DICEN QUE LO ACLARE CON MI FAMILIAR PERO ESO NO VA A PODER SER POSIBLE POR LA MALA RECLACION
    GRACIAS,
    UN SALUDO

    1. Hola.

      Deben devolverte la fianza y son ellos los que deben hablar con tu familiar y pedirle que él aporte la fianza que tu te llevas.

  178. Muchas gracias por tu ayuda Eduardo,

    Me surge otra duda,

    ¿Y al ser un gasto incluido en la Comunidad y no individualizable cómo puedo saber qué corresponde exactamente a mi gasto?

    ¿En que Ley me puedo amparar para indicarle a mi casera que sólo le debo pagar 5 años en lugar de 8?

    Muchas gracias de nuevo

    Cristina

  179. Hola Eduardo,

    Veo que no soy la única con problemas en la devolución de la fianza. Llevo desde noviembre de 2008 en un piso. Ayer llamé a la casera para comunicar que me iba en mayo y me indicó que no tenía dinero para devolverme la fianza (2 meses (total 1400 euros)). Me dijo que prefería que no le abonara el mes en curso pero al ser día 10 ya lo había pagado. Entonces se le ocurrió que me iba a cobrar el agua que no me había cobrado en 8 años. Está estipulado en el contrato pero nunca me lo ha pedido ni reclamado así que yo asumí que al estar incluido en la comunidad no lo tenía que pagar. Según ella no me lo cobró para que me quedara más tiempo en el piso pero ahora que me voy me lo quiere cobrar. ¿Puedo hacer algo? ¿Existe alguna prescripción temporal de deudas?

    Muchas gracias de antemano y saludos,

    1. Hola cristina.

      Te puede cobrar los últimos cinco años de agua. No más.

  180. Buenas tardes Eduardo,
    mi caso es desde el otro lado…soy arrendadora.

    Alquilé el piso el 1 de septiembre del 2015 por un plazo de 3 años.

    Ayer, día 6 de Abril nos comunica por WhatsApp la pareja del inquilino (ella no aparece en el contrato) «dejamos el piso, tal y como dice el contrato os tendríamos que avisar con sesenta días de antelación pero lo vamos a dejar el 1 de Mayo»

    Por otro lado, hace dos semanas fuimos a visitar el piso para una posible venta y estaba en muy mal estado: sucio a más no poder, el sofá mordido por el perro, el mueble del salón todo roto por la esquina, el parqué levantado como si hubiesen tirado cubos de agua, los bordes de las ventanas negros de moho, … y lo que no vi porque me iba a dar un «patatús».

    ¿Qué pasa con la fianza? ¿Qué debo hacer? No cumplen con el pre-aviso, en 7 meses han creado muchos desperfectos, … ¿Cómo tengo que actuar? De momento hemos decidido quedar un día de la semana que viene para ver el estado…

    Muchas gracias de antemano!!

    1. Hola Adriana.

      Si el contrato es de temporada la cláusula de los dos meses de preaciso es legal.

      Pero si es contrato de vivienda habitual (me imagino que es asi), esa cláusula es inválida. El oeriodo de preaviso lo fija la ley y es de 30 días.

      Por lo tanto han incumplido el preaviso en 6 días, que deberan pagártelos.

      Respecto al deterioro, deberás quedarte con la fianza para reparar la vivienda y tendrás que enciarles las facturas a los inquilinos posteriormente.

      Otro aspecto importante es que los inquilinos pueden desistir del contrato tras el sexto mes sin darte indemnización. Pero si el contrato dice que deben indemnizarte entonces tendrán que hacerlo (la indemnización la fija la propia ley).

  181. Hola, buenas tardes.

    Hace un año que abandoné mi piso en Valencia y mi casero aún no me ha devuelto mi fianza de 400 euros. En la entrega de llaves firmamos un documento de disconformidad ya que él quería hacerme responsable de un problema de fuga de la bañera (que tenía más de 30 años) que resultó en unas humedades en mi habitación y en goteras en el piso de abajo del vecino. Tampoco le ha devuelto la fianza al resto de compañeros de piso que no tuvieron el problema de las humedades leugo este señor tiene 1200 euros de los inquilinos. No responde ya a los emails ni a los mensajes de whatsapp. ¿Tengo las de ganar en caso de llegar a juicio? Nunca ha justificado la retención de la fianza de ninguno de los inquilinos. Simplemente se esfumó y no dio señales de vida. Muchas gracias, un saludo.

    1. Hola Paula.

      Tus otros compañeros seguro que tienen las de ganar.

      En tu caso, no te lo puedo asegurar, pues no soy perito y no puedo evaluar a quién corresponde ese daño de la bañera.

      Ahora bien, el arrendador deberia haberte justificado con facturas el arreglo.

      Así que la única forma que tienes de recuperar ese dinero es acudiendo al juzgado.

  182. Hola Eduardo!
    Espero puedas ayudarme, hoy le hemos comunicado a la propietaria del inmueble en el que estamos de alquiler qur nos marchamos del piso en dos meses segun consta en el contrato, crees que debo hacer algun tipo de escrito para constatarlo? Y si es así que tipo de papel?
    X otro lado hace tiempo le comunique que las puertas de un armario de la habitacion no cerraban bien ya aue son de guia y con el peso del cristal de la propia puerta la madera ha cedido, ella me dice qur eso lo tengo qur arrglar yo xq con mi uso se ha roto…y yo creo que eso es debido un uso normal y que con el paso del tiempo se ha deteiorado y debe repararlo ella, ahora me reitera que si nolo arreglo se lo cobrará de la fianza, tu que crees que debo hacer, tiene derecho a eso?
    Y x ultimo he leido algo acerca de la recision del contrato en un comentario, como debo hacer eso, para tenerlo claro llegado el dia. Gracias de antemano.

    1. Hola Ana Belén.

      Si ya han pasado más de seis meses de contrato podrás irte (tendrás que oagar indemnizacion o no dependiendo de lo que diga el contrato) pero debes preavisar con dos meses de ahtelación.

      Mi consejo es que, como ya se avecinan problemas con la propietaria, que te gastes 26€ y le mandes un burofax con acuse de recibo y certificación de contenido en el que le digas que te vas de la vivienda el día tal del mes tal y que la citas ese día en la vivienda para firmar la resolución del contrato y proceder a la liquidación de recibos pendientes y de fianza.

      Respecto al deterioro que comentas, parece que le corresponde a la dueña porque se ha motivado por el uso normal.

      El problema es que ella considera que tiene razón y como es ella quien tiene la fianza, pues si no te la da tendrás que reclamarla judicialmente. Esto no supondrá para ti un gasto porque son procedimientos gratuitos por no ser superiores a 2000€, pero si que es un poco latazo.

      Aunque como abogado nunca lo recomiendo porque supone un incumplimiento de obligaciones del inquilino, tambien cabe la opción de que le des la «vuelta a la tortilla» y no pagues el último mes de renta. Así ya eliminas el problema porque ya no tendrán que devolverte la fianza. Pero todo tiene su riesgo y es que te expones a que te reclamen judicialmente ese mes de renta. Sin embargo ya te digo que esta opción sería algo muy personal tuyo, pues nunca recomiendo hacer esto porque la fianza está principalmente para cubrir deterioros en la vivienda.

  183. Hola,
    Hace dos días pagué la fianza de alquiler de un local comercial (según anuncio que tiene y según hablamos solo pedía 1 mes de fianza), el alquiler empieza el día 30 de marzo. Quedamos con el dueño que firmábamos el contrato a la entrega de llaves. Y ahora mismo me acaba de decir que o le doy aval de 1 año o pierdo la fianza,…. creo que me metí en un buen lío, y no se muy bien si lo que esta exigiendo es legal. Si en el anuncio no pone nada de esto, hablando varias veces por teléfono y en persona nunca salió este tema, el pre contrato que vi tampoco ponía nada de avales. Hasta día de hoy no me dijo nada de nada de avales ni nada y ahora me viene con estas…. ¿Alguna idea de como puedo recuperar la fianza? Gracias!

    1. Hola Olga.

      Puedes intentarlo con un burofax reclamando la fianza y aportando el anuncio y, además, amenazando con tomar acciones legales.ñ

      Por mi parte, para darle más credibilidad al asunto, quedo a tu disposición en info@abogadosparatodos.net si quieres que sea yo quien elabore y envíe el burofax.

      Para ello necesitaría que me mandes copia de los documenos que hayáis firmado y del anuncio.

  184. Hola Eduardo acabamos de dejar un piso que estuvimos alquilando durante 3 años. A la casera se le ha pedido en repetidas veces que nos entregara facturas, cosa que nunca hizo.Ya casi ha pasado un mes de que hicimos la entrega de llaves y firmamos la finalización del contrato, donde ella no incluyó ningún desperfecto.Le hemos reclamado la fianza y no nos dice que tenemos que pagar una gotera que en su día arreglamos y volvió a salir, casualmente desde que dejamos el piso ha crecido ya que alega que está hasta el colchón mojado cuando en 2 años no ha caído ni una gota. También nos quiere cobrar un arreglo del suelo de la cocina que tiene un tablón podrido, se ha podrido porque la lavadora tiene un desagüe compartido con el fregadero y suponemos que está mal hecho ya que el agua se ha ido comiendo por dentro la madera. También alega una rotura de un vidrio de terraza compartida con los vecinos, que ya estando nosotros se cambio ya que las rachas de viento lo rompen.estamos seguros que todo esto lo cubrirá su seguro de hogar. lo que nos tiene que devolver son más de 1500€ Le hemos vuelto a pedir las facturas y hace caso omiso. Que podemos hacer? Muchas gracias por tu ayuda Eduardo

    1. Hola Tatiana.

      Todo lo que dice lo tiene que probar la propietaria.

      Además, si en el documento de finalización de contrato no pone nada entonces la propietaria lo tiene muy complicado.

      Si quieres mándame a info@abogadosparatodos.net el contrato y el documento de finalización y te digo con mayor seguridad lo que puedes hacer.

  185. Hola, alquilé un local lóbrego, pero todavía tengo carencia hasta junio, y no hemos empezado ninguna obra, ya que no lo tenemos muy claro, porque el recinto donde está el local cada vez está mas dejado, y no queremos arriesgarnos antes de invertir nuestro dinero. Y mi pregunta es, si podemos anular el contrato, y si tenemos derecho a que nos devuelban alguna parte de la fianza,gracias

  186. Buenos días,

    El dia 7 de abril dejamos el piso que tenemos alquilado, previo aviso al propietario y a la inmobiliaria. Es una planta baja, con una pequeña zona ajardinada. Pues bien, hace unos meses hubo un escape de agua que comunicamos al propietario vía «whatssap», vino a mirarlo con un especialista y dijo que había algo del riego automático que no funcionaba. Pues bien, mi pareja y yo nos hemos separado y claro ahora nuestro temor es que no nos devuelva la fianza depositada en el INCASOL por estar estropeado este mecanismo.
    En el contrato de alquiler hace mención en que es nuestra responsabilidad «el mantenimiento de la zona ajardinada».
    La duda es: Qué se entiende por mantenimiento de zona ajardinada? Nosotros hasta el último día hemos cuidado del jardín manteniéndolo en perfecto estado y avisando de la incidencia en el momento en que se dio la fuga. Entiendo que en todo caso, es algo que también debería reclamar al seguro del hogar, en todo caso?

    Sé que es una cuestión muy concreta, pero no quisiéramos tener sorpresas el día de la entrega de llaves.

    Muchas gracias por las aclaraciones.

    1. Las pequeñas reparaciones que haya que efectuar por el uso ordinario son vuestra responsabilidad.

      Si ha sido por uso ordinario y la reparación excede los 130-150 euros entonces debe repararlo el propietario.

      En conclusión, si se quieren quedar con más de 150 euros debes decirle que no, pues eso no responde a una pequeña reparación y, por tanto, no te corresponde asumirlo.

      Si la reparación es por tu mal uso (cosa que no creo que sea) entonces deberás asumirla tu ya se trate de una reparación mayor o menor de 150 euros.

  187. Hola Eduardo!
    Si fueses tan amable de indicarme qué debiera hacer en mi caso:
    Tenia un alquiler en el que estuve año y medio, y con un mes de antelación avisé a la arrendadora de que dejaba la casa.
    El día 28 de Febrero le entregué las llaves y no llegamos a firmar el contrato de fin de arrendamiento porque trajo uno sacado de internet en sucio, y dijo que quedaríamos para firmarlo en días venideros.
    Encontró como desperfectos un tornillo de un riel de cajón, un embellecedor de una mesa de madera caído y una puerta de armarito de la cocina desencajada por el uso.
    A día de hoy no se nada de ella, tiene 590€ de fianza y quedan dos recibos pendientes de pagar que le comenté que retirase ese dinero de mi fianza.
    Qué debería hacer ahora, podría reclamarle que esos «desperfectos» no son tales? Debiera abrir un proceso monitorio?
    Muchas gracias de antemano!

    1. Veo más seguro que pongas demanda de juicio verbal.

      No te hará falta abogado ni procurador.

  188. Hola me llamo Pablo,
    vivimos fuera de España. tenemos la casa alquilada en Madrid a traves de una agencia. El caso es que nuestra inquilina cumple su contrato y se va de la casa, aunque estuvo el siguiente mes unos dias… Sabes si por ley tiene que pagarnos el mes entero? el caso es que con toda nuestra bueno voluntad cedimos y le dijimos que solo pagara 15 días, pediendo nostros dinero hasta que encontraron otro inquilino. Cuando la empresa vuelve alquilar la casa, nos dicen qe hay que pintar y hacer una limpieza en profundidad. Nos cobraron 550. Decidimos descontar menos de la mitad de la pintura y la limpieza a la fianza total, es decir €250. La antigua inquilina no está de acuerdo y dice que nos va a denunciar al IVIMA. Qué nos aconsejas? gracias

    1. Mi consejo es que cedas a lo que te dice la inquilina y la próxima vez deposites la fianza.

      Esto es algo que los inquilinos usan muy a menudo para «extorsionar» a los arrendadores.

      Te difo que cedas porque posiblemente vas a salir perjudicado si notifican esto al IVIMA.

  189. Buenos días
    Tengo una serie de dudas de como proceder en este caso..
    Hemos entregado las llave todo bien q el deposito de la fianza de 2200 en cuenta mia.. ha sido el día 4 de febrero.. los propietarios están en divorcio lo cual nos comunica la mujer que ella no tiene el dinero q en la cuenta conjunta el marido se llevó todo el dinero. Ahora el marido comunica que el va realizar el pago de su parte 1100 euros
    La mujer nos comunica q ella no tiene dinero
    Que debo hacer en este caso como proceder

    1. Hola Liz.

      Tu tienes que reclamar la dianza a quien aparece como arrendador en el contrato. Y si aparecían los dos entonces se la tienes que reclamar a los dos.

      1. Buenas de nuevo.
        Muchas gracias de antemano.
        Ahora el arendador me quiere entregar el 50 por ciento de la fianza y m dice reclame a la ex esposa el resto..
        Lo debo coger o directamente en demanda con un Abg

        1. Debe devolvértela el arrendador, por lo que deberás valorar si coger el 50% y reclamar el resto judicialmente (al arrendador).

  190. Para alquilar un dúplex pedí 300€ de fianza y como reserva me lo pagaron el día 8 de febrero. Iban a firmar el contrato y a mudarse a mediados de mes y con buena fe, les dije que les empezaría a cobrar cuando se mudasen. Luego empezaron a retrasar la firma y la entrada a finales de mes, les dije que sin problema. cuando dijeron que sería a principios de marzo intenté contactar con ellos para los trámites y fijar la fecha. El caso es que he estado insistiéndoles y ellos dándome largas con excusas que me creí. El día 14 (casi mes y medio después) al final quedamos para firmar y ver otra vez el piso. Ni me contestaron. Al final, mediante wasap me dijeron que les surgió un problema y no iban a entrar en el piso y me reclaman la fianza. Me gustaría saber si tengo que devolvérsela, porque ellos me han tenido sin posibilidad de alquilar el piso 1´5 meses y lo quité de las inmobiliarias. ¿Estoy en mi derecho de no devolverlo?. Les dije que lo consultaría pero que a lo mejor tardaba lo mismo que ellos en informar. Para colmo, al ver que no les dije que se lo devolvía, ahora dicen que se han resuelto sus problemas y ya quieren firmar y entrar. Justo cuando yo ya lo acababa de poner en inmobiliarias de nuevo. Y vomos, que no me fio. Seguro que quieren quedarse ahora en el piso para «cobrarse» la fianza y no pagarme. si tuviera que devolverlo, puedo hacerles esperar un mes y medio para que «sufran de su propia medicina» y a no lo repitan a los futuros arrendadores?

    1. Hola Esmeralda.

      Yo en tu caso no se lo devolvería, pues es claro que has sufrido un perjuicio que podrás demostrar en caso de que te demandasen por esto (cosa que no van a hacer por el importe del que estamos hablando).

      Es decir, no se la devuelvas y si quieren algo que sean ellos los que se pongan en marcha (no harán nada).

  191. Buenas tardes:

    Voy a entrar en un piso de alquiler, esta completamente amueblado y tiene marcos y puertas de una madera muy oscura. ¿Tengo alguna manera de pintar el piso de blanco, incluido las puertas de madera?¿Puedo dejar los muebles en un trastero y volverlos a dejar en su sitio cuando deje el piso?

    El tema de los muebles se que no me da su consentimiento, pero en el contrato no dice nada (a parte de un inventario en un anexo). Pintar la carpintería tampoco creo que de su consentimiento, aunque no lo hemos hablado.

    ¿Lo puedo hacer legalmente aún así?

    1. Hola Álvaro.

      Si, a las dos preguntas.

      Pero cuando debuelvas la vivienda tendrás que hacerlo en las mismas condiciones que la recibiste, es decir, con los muebles en su sitio y pintada del mismo color que estaba (esto ultimo sólo si te lo exige el arrendador).

      1. Muchas gracias, el problema es que las puertas y tal no están pintadas ahora, por lo que si las pinto, no se si se pueden devolver a la situación actual…. por lo que no se si arriesgarme

        1. En cualquier caso, el arrendador te puede exigir que repongas las puertas al estado que tenían, o lo que es lo mismo, no tiene por qué aceptar unas puertas en un color que él no quiere.

  192. Buenos días
    Hace 5 años, en 2011′ tuve un despacho alquilado a una empresa.
    Dado los años pasados no recuerdo si les devolví o no la fianza. Yo no encuentro ningún papel que sirva de recibo, pero no se si ellos pueden probar que no se la devolví. Pueden reclamarla después de haber pasado tanto tiempo? Y como saber si se la devolví o no?.
    Gracias de antemano por su respuesta

    1. Hola Carmen.

      En caso de que te la reclamaran serías tu quien tendría que probar que se la devolviste (cosa que no podrás hacer).

      Sin embargo eso no va a ocurrir pues ese derecho del arrendatario ya ha prescrito.

  193. Buenos días. Mi caso es que finalizo el contrato de alquiler y cuando el propietario decide de devolver la fianza me quiere descontar 200 € para pintar el piso.
    El caso es que el piso a los días ya lo ha alquilado y el deterioro que tiene es el normal después del uso del piso al cavo de unos años.
    Me puede retener esa cantidad o estoy en el derecho a reclamar la totalidad de la fianza ya que el piso esta en condiciones para vivir ya que ya lo tiene alquilado,
    Gracias

    1. Es responsabilidad del dueño. Te debe devolver la fianza íntegramente.

  194. Mi caso es el siguiente… en septiembre alquilamos un piso,y pasada tres semanas la inquilina me comunica que deja el piso dado que tiene un perro que se mea por las terrazas y los vecinos le han advertido en diferentes ocasiones por lo que me avisa con una semana de antelación que deja el piso…..,dado que el plazo parallevar la fianza era de dos meses,aun no
    la habíamos llevado,estamos obligados a devolverle la fianza???estuvo apenas tres semanas en el piso,y nos avisó con sólo 4 días de antelación que lo dejaba

    1. Hola Lidia.

      No tienes que devolvérsela si no quieres, pues el plazo es, como minimo, de un mes de preaviso.

      1. Vale muchas gracias por su rápida atención,pero si no la fianza no la presentemos en el correspondiente departamentamento ,dado que el plazo era de dos meses…me podría suceder algo.el perro en apenas tres semanas me destrozó la terraza en lo que a arañazos se refiere,y tampoco a pagado ningún suministro….es decir es viable la no devolución de la fianza sin esta estar tan siquiera presentada en el respectivo organismo?

  195. Hola, Eduardo.

    En el mes de septiembre alquilamos un piso y poco a poco nos fuimos dando cuenta de desperfectos que había. Hemos avisado muchas veces a la inmobiliaria para que se ponga en contacto con el propietario (nosotros no tenemos su teléfono de contacto) y que lo arreglen. Ellos nos dicen que han avisado pero aquí no aparece nadie a arreglar nada. Uno de estos desperfectos es que hay una ventana en el salón que ya está la madera podrida de vieja que es y entra agua cuando llueve, por lo tanto tenemos humedad. Ya estamos cansados de avisar y vivir así. Ahora han pasado los 6 primeros meses que se necesitan para que te devuelvan un mes de fianza, pero el otro mes no se devuelve ya que dejamos el piso antes de un año.

    ¿Hay alguna posibilidad de recuperar los dos meses de fianza íntegros? Nos vamos por problemas del piso y que están más que avisados.

    Gracias.

    1. Hola Marina.

      Si hablamos de un contrato de arrendamiento, no de temporada, sino de vivienda habitual, entonces tendrás derecho a que te devuelvan toda la fianza si te vas tras el sexto mes.

      Únicamente tendrás que ver si debes abonar o no indemnización por desistir del contrato.

  196. Buenos días,

    Al finalizar el contrato de alquiler tanto el propietario como yo llegamos a un acuerdo para calcular la fianza a devolver (restando los recibos del mes en curso). El caso es que compramos un sofá a medias por importe 300 EUR, que entiendo puedo reclamarle, ya que el sofá se ha quedado en la vivienda (el anterior estaba totalmente inutilizable).

    El se niega a abonarme el importe reclamado (le he solicitado que me devuelva menos de la mitad). Tengo justificantes de las transferencias por el pago del sofá y demás. Le he comentado, que como no realice la devolución en 3 días hábiles, procederé a devolver un recibo de luz, para saldar parcialmente la deuda.

    ¿Estoy en mi derecho? O por el contrario, puedo salir perjudicado al devolver dicho recibo.

    Muchas gracias.

    1. Hola Javier.

      Pero lo que no entiendo es que me digas que comprasteis un sofá a medias y que ahora quieres reclamárselo.

  197. Buenas tardes. Hace ya 9 meses que deje un piso de alquiler. La casera me decia que tendria que esperar un mes para la fianza, luego que le habian perdido nose que papeles y ahora me exige a mi que le de mi contrato para que pueda devolverme mi fianza… Y asi sigue dandome largas. Ya son 9 meses que me fui y lo unico que consegui es que me adelantase 300€ y ahora se hace la loca con el resto de dinero (400€). Que puedo hacer??? Aun puedo mandarle el burobax y exigir mi dinero via judicial?? Deje las ultimas facturas pendientes porque ella me diji que no diera de baja el agua y la luz que ella haria todo… A lo que me di cuenta no lo hizo hasta un mes despues y exigiendoselo yo… Osea tengo esa deuda a mi nombre pero no es mia sino de ella o de los inquilinis que hayan entrado a ese piso. Se que eso no tndra solucion y tendre que pagarlo yo pero nose si habra manera de exigirle tambien eso. Tengo todas las conversaciones de whatsapp guardadas, el contrato y un testigo de cuando deje el piso… Ahh y tambien fotos de cuando deje el piso en perfectas condiciones. Hay solucion para este problema?? Que tengo que hacer??? Espero pueda ayudarme, estoy desesperada. Soy estudiante y sin ingresos y me hace falta ese dinero. Un saludo.

    1. Hola María.

      Mándale un burofax y si no responde puedes interponer una demanda mediante juicio verbal que te saldrá gratis.

  198. Buenos días,
    Mi anterior casero retiene mi fianza porque dice que el sofá está deteriorado. Bien, el sofá lo único que tiene es desgaste de dos años sentándose a diario (uso habitual). Se agarra a eso para no devolverme la fianza y comprarse un sofá nuevo con mi fianza. No estoy de acuerdo por lo que le he reclamado la fianza ya. Ha pasado más de un mes desde que dejé el piso y esta persona ni me ha devuelto fianza ni me ha justificado nada ni presentado nada de lo que va a hacer con mi fianza. El piso era alquilado a través de agencia pero dicha agencia (quien quiera saber el nombre de la misma se lo facilitaré por privado para que sepan de sus malas prácticas) se lava las manos al respecto. No quieren saber nada del tema.
    Las dudas que tengo serían….¿hay plazo legal establecido en el cual el casero debería devolverme la fianza si ha pasado ya más de un mes? ¿en caso de haber pasado ese periodo sin haberme justificado nada puede seguir reteniéndomela? ¿Cómo se podría demostrar que el sofá es desgaste normal tras dos años o que ha sido claramente intencionado? Comentar que el resto del piso está en perfectas condiciones como me lo entregaron. La agencia de alquiler no me facilita el expediente del piso con los supuestos desperfectos ¿puedo seguir reclamándoselo? El importe de la fianza es de 370€ ¿por este importe tiene coste alguno las posibles citaciones judiciales o debería tener abogado? Los cambios de titularidad de los suministros también me los reclama pero en el contrato no indica nada de eso ¿puedo hacer algo al respecto?
    Gracias por su posible respuesta ya que me podrá facilitar la decisión a tomar.
    Un cordial saludo.

    1. Hola Javier.

      De los cambios de titularidad no puede reclamarte nada si no aparece en el contrato.

      Respecto a la fianza, el plazo es de un mes. Y tu no tienes que probar nada. En todo caso será el propietario quien tenga que probar, mediante un perito, que el deterioro del sofá es por mal uso y no por el uso ordinario.

      Por lo tanto puedes reclamar esa fianza.

      Intenta reclamar mediante un proceso verbal, que te saldrá gratis.

  199. ¡Hola!

    El otro día, el día 3, firmé un contrato y entré en un piso. Considero que entré algo engañada (había habido un problema de la anterior inquilina con las compañeras y la casera y a mí se me dijo que es porque era problemática la otra chica, y se me ocultó información). Además, se me dijo que se había llamado a una profesional para hacer una limpieza de la cocina (cosa que descubrí que no era así, y está todo lleno de mugre si te pones a mirar) y se me comunicó que había dos enchufes mal y una llave de un armario rota que se arreglaría en breve. Esa misma noche que acababa de entrar descubrí la razón que tenía la anterior inquilina (en efecto, las compañeras eran muy poco limpias e higiénicas, y la casera una dejada y una lista) y la multitud de otros daños que había (más enchufes rotos, tele estropeada, lavavajillas con fallo, cisterna con fallo, etc.). Esa misma noche avisé a la casera de lo que ocurría, y por la mañana del día 4 le dije que me tenía que marchar de allí. Dice que no me devuelve ni la fianza ni el mes, y ahora también me quiere cobrar los gastos. Yo creo que tendría derecho a rescindir el contrato sin perjuicio para mí porque se me engañó y lo firmé engañada. De todas formas, lo que sí creo que sería inadmisible es lo de los gastos. No sé si podría darme su opinión profesional… ¡Mil gracias!

    1. Hola María.

      En mi opinión, la relación con las compañeras es consustancial al alquiler compartido. Ahí no puede haber responsabilidad de la arrendadora.

      Los fallos en aparatos que comentas si son importantes y son motivo de resolución de contrato si no los arregla. Por lo tanto no puede cobrarte gastos.

      El problema aquí es que para recuperar la fianza y el mes eres tu quien tiene que dar el paso, es decir, gastarte el dinero en reclamar judicialmente esas cantidades. Y sin garantía de éxito!!!. Ese es el problema en estos casos.

  200. Hola Abel

    Estuve cursando un Master en Barcelona. Alquilé un Piso y deje la fianza de 1.500 Euros. Al dejar el piso, la propietaria me comunicó que debía esperar un mes para que me devuelva la fianza. Tuve que retornar a mi país, y 7 meses después todavía no me han devuelto la fianza. Como puedo hacer para reclamar? Ya que no puedo volver a Barcelona solamente por este caso. Soy sudamericano.

    1. Hola Daniel.

      ¿Firmásteis algún documento de finalización de contrato?.

  201. Hola Sr. Eduardo:
    Mi caso es, que el día 30 de Abril se finaliza el contrato de alquiler del piso en el que resido. Me han enviado burofax 3 meses antes, avisando que no renuevan el contrato, pero no puedo dejar el piso hasta 1 mes después, ya que el nuevo piso que voy a entrar no me lo entregan hasta esa fecha. Puedo estar en el piso durante este tiempo? Puedo pedir a los propietarios que me dejen estar este tiempo?
    Muchas gracias.

    1. Hola Abel.

      Me das muy poca información para la pregunta que me haces.

      Desconozco el tipo de contrato, la duración y la fecha en que se firmó.

      En cualquier caso, si incumples el contrato las consecuencias no van a ser nunca positivas para ti, excepto que llegues a algún acuerdo con el propietario, en cuyo caso te recomiendo que plasmes ese acuerdo por escrito.

  202. HOLA! Hace poco hice una pregunta por aquí, para saber qué tenía que hacer con respectoa la devolución de una fianza. EL casero no nos quiere devolver la fianza, le he enviado el burofax y lo ha ignorado. Ahora tengo cita con el abogado del juzgado para dentro de dos semanas. ¿Sería conveniente esperar tanto? Me han dicho que no necesito abogado para la cuantía a reclamar, pero no sé qué paso es el siguiente ni qué debo hacer.

    También tengo la cuestión de la denuncia a Hacienda por no dar de alta el contrato ni registrar la fianza, debería hacerlo ya?? O guardarme esa carta para ver si me devuelve toda la fianza. Tengo testigo de cuando dijo verbalmente que si abandonaba el piso antes, avisándole con un mes de antelación, me devolvía toda la fianza. ¿Debería usar ese testigo también? Muchas gracias por todo!! 🙂

    1. Hola Paula.

      Puedes y debes usar ese testifo, aunque finalmente es el juez el que otorga mayor o menor valides a la declaración de los testigos.

      Respecto a depositar la fianza en la comunidad autónoma, es una obligación del arrendador, y si no lo ha hecho puede ser sancionado.

      1. Muchas gracias por su respuesta. Igualmente, me quedaría una duda con respecto al tiempo que tengo desde que se ha enviado el burofax hasta cuándo tendría para empezar o pedir el juicio? ¿Hay un tiempo límite para reclamar vía judicial después de enviar el burofax? Muchas gracias por todo 🙂

        1. No hay ningún plazo establecido. No es necesario que transcurra ningún plazo.

  203. Hola, Eduardo,
    Te hablo en posición de propietaria, en Noviembre del 2014, he alquilado una vivienda amueblada (chalet). En el contrato firmado se daba un mes de carencia para poner el chalet en condiciones de habitar (tampoco estaba mal del todo, había que repintar y darle un repaso al parquet porque en una zona del salón estaba rayado). Bien, lo reparó el inquilino con el mes de carencia que se firmó en contrato. Al mes me llama para que le sacase los muebles de una habitación (cosa que la casa se alquilaba amueblada). Ahora empiezan los problemas…. Nunca ha pagado en los 7 primeros días del mes, según firmado en contrato, rompe el contrato de alquiler sin cumplir el año, me ha dejado 4 recibos de luz sin pagar, 2 recibos de agua sin pagar, uno de ellos tiene una parte en deuda con el ayuntamiento por la recogida de basuras (está en fase de embargo), me faltan cortinas, cojines y diferentes artículos de decoración que estaban en la vivienda. Me ha estropeado una columna de alabastro de decoracióin, me ha pintado de colores muy fuertes las paredes, las persianas están con brochazos de pintura, la lámpara del salón de cristal está con brochazos de pintura. El parquet era con brillo como el resto de la casa y lo ha pulido y barnizado (con mi consentimiento) pero lo ha dejado en mate (su contestación es que «está mas de moda»)…..
    Y así un montón de cosas más.
    Con toda esta explicación, y con contrato firmado de entrega de llaves, donde se explica que después de revisar todo el inmueble y de saber cuántos recibos de suministros dejó sin pagar, se le devolvería o no la fianza, pues bien, ahora me la reclama y dice que tiene todo pagado y que la vivienda quedó mejor que estaba. Dice que me va a demandar. ¿ Qué puedo hacer? Tengo fotos de antes y después, tengo los recibos que he pagado yo, y tengo presupuestos de todas cortinas y cojines que voy a tener que hacer porque me faltan, y por desgracia, como estoy en el paro, voy a pintar pero lo único que tengo es el coste de la pintura porque esto lo voy a hacer yo misma.
    Quiero que me aconsejes porque no sé como hacer.

    Muchas gracias de antemano

    1. Hola Paqui.

      De los suministros no hay duda. Debes quedarte con dinero de la fianza para pagar esos recibos.

      Del resto…lo que te recomiendo es que hagas los arreglos y le pases las facturas de todo y te quedes con lo necesario para cobrarte los gastos.

      El inquilino tiene todo el derecho del mundo a demandarte si no está de acuerdo en que te quedes la fianza, pero seguramente no le va a resultar rentable hacerlo.

      1. Gracias Eduardo por contestarme tan pronto, la verdad es que las cortinas y demas enseres de decoracion los he hecho aceptando un presupuesto sin Iva porque con wl impuesto me pasaba de los 1300 euros. Las coetinas que dwsaparecieron eran de lino y las puse iguales. Y las de la cocina, que ya no las hay iguales, las tuve que hacer de nuevo todas. Este documento me valdría? Respecto a la pintura, tengo la nota de la materia prima y la mano de obra, lo hice yo. Los daños hechos por el perro en los armarios y el mueble del salon no se como los voy a aŕrwglar ….pero no voy a comprar un mueble ni cambiar los armarios empotrados. La encimera de la cocina tambien quedó estropeada…
        Lo que tengo ahora mismo son las fotos de antes de alquilar, las de despues como dejó la casa y el inventario que dejó destrozado. Tengo las facturas de suministros todas pagadas y el presupuesto de la decoracion.
        La columna de alabastro no la puedo sustituir ni arreglar porque tiene mas de 40 años, esa quedó estropeada se por vida. Y a todo esto le sumamos el disgusto que tengo…ya ni te cuento.
        He tenido esta casa alquilada en tres ocasiones, los primeros estuvieron 5 años y quedó la casa como nueva cuando marcharon, del segundo igual y el tercero la destrozó casi entera…cómo puede ser la gente tan ingrata.
        Gracias

        1. Hola Paqui.

          Pues tendrás que tirar adelante con los presupuestos que tienes. Yo creo que servirá.

          Tampoco tienes muchas más opciones. O eso o no reclamar.

  204. buenas tardes,

    el día 31 de Octubre finalicé mi contrato de arrendamiento y todavía no me han devuelto la fianza. estaba alquilada a través de agencia inmobiliaria.
    ahora la propietaria dice que hay unas facturas pendientes de descontar de la fianza. Estas facturas son de unos arreglos que vinieron a hacer a casa(uno de ellos era un cambio de termostato de la calefacción, en cual sustituyeron por uno que no funcionaba y no lo arreglaron, habiéndolo comunicado a la agencia).
    La propietaria aún no me ha mandado las facturas que ella considera se deben descontar de la fianza, y ya han pasado más de tres meses desde que me fui del piso.
    la agencia no.me da los datos de la propietaria , ya que quería mandarle un burofax, pero sin los datos de su domicilio no puedo enviarselo.¿qué debería hacer?
    ¿Enviarle el burofax a la agencia en vez de a la propietaria tiene algún sentido?
    ¿Hasta cuando tengo que esperar a que me mande las facturas? ¿Debo pagar una factura de una arreglo que no se efectuó satisfactoriamente?
    Muchas gracias por su ayuda,

    Un cordial saludo

    1. Hola Elena.

      En el encabezado del contrato ¿quién aparece como arrendador?. La dueña o la inmobiliaria?. ¿Y qué dirección aparece?

  205. Buenos días,

    En septiembre 2015 firmé un contrato de alquiler por un año, pero finalmente abandono el piso el 29 de febrero (cumpliendo 6 meses) habiendo preavisado con 30 días de antelación.

    En su día, en el contrato, el casero me exigía 100% de fianza (1100 €) como indemnización si marchaba antes de un año y al final conseguí rebajarlo al 50% (550€)

    Mi pregunta es, aún habiendo firmado la indemnización del 50% es posible según la LAU solicitar que la indemnización sea una «cantidad equivalente a una mensualidad de la renta en vigor por cada año de contrato que reste por cumplir. Los periodos de tiempo inferiores al año darán lugar a la parte proporcional de la indemnización»?. Es decir, 275 € o ya no hay nada que hacer?

    Muchas gracias de antemano.

        1. Hola Martina.

          Hay algo que no me cuadra, así que te daré respuesta para los dos posibles casos:

          1.- Si tu contrato es de vivienda habitual: en ese caso, en mi opinión, no tienes que pagar indemnización. Pero en el caso de que si tuvieras que pagarla (aunque insisto que considero que no) solo tendrías que pagar 275 euros.

          2.- Si tu contrato es de temporada: en ese caso las partes podéis pactar lo que queráis en el contrato. Y como habéis pactado un 50% de los 1100 euros depositados, entonces podrá quedarse con 550 euros.

          ¿Cómo saber si el contrato es de vivienda habitual o de temporada?

          Pues tu caso parece algo contradictorio, ya que por la duración parece enteramente un contrato de vivienda habitual, pero me hablas de dos meses de fianza, que es lo que se pide en contratos de temporada.

          Yo me atrevo a decir que tu contrato va a ser de vivienda habitual pero tendrás que mirar tu contrato y, si tienes dudas, mándamelo a info@abogadosparatodos.net y le echo un vistazo.

  206. Hola! Una amiga y yo dejamos el piso donde estábamos en Octubre de 2015, después de haber cumplido el año pactado. Nuestra sorpresa fue que la propietaria retuvo más de 700€ de la fianza por reparaciones. En este caso únicamente se hubiera tenido que reparar una persiana y poco más, en cualquier caso es imposible que los desperfectos llegaran a esa cantidad. En la inmobiliaria ha dejado únicamente un presupuesto, pero no ha presentado ninguna factura, por lo que entendemos que no ha llevado a cabo ninguna reparación. La inmobiliaria nos presiona para ir a buscar los casi 400€ que dejó la propietaria ahí, bajo amenaza de devolvérselos. A estas alturas si no ha presentado factura, ¿se podría reclamar la totalidad de la fianza? ¿o por lo contrario, con un presupuesto ya puede quedarse con la cantidad?

    Muchas gracias de antemano!

    1. Son necesarias facturas.

      Debe poder probarse (con facturas) que se han realizado reparaciones/sustituciones de los elementos deteriorados.

      1. Muchas gracias por la pronta respuesta Eduardo.
        Nos pusimos ayer en contacto para intentar solucionarlo por una vía amistosa y la respuesta de la propietaria fue que los desperfectos habían sido producidos por nosotros y que no tiene ninguna obligación de presentar ninguna factura, puesto que tiene plena libertad de realizar la reparación cuando les sea conveniente y de la manera que crea oportuna.
        ¿Que nos aconsejarías hacer en este caso?

        Muchas gracias por tu ayuda!

        1. Hola Marc.

          En ese caso solo te queda la opción de reclamar la fianza por la vía judicial y que sea el juez el que decida si tiene o no razón esta Sra.

          Evidentemente no se puede retener la fianza indefinidamente sin que exista justificación.

          1. Así lo haremos pues, muchas gracias por la ayuda Eduardo. La verdad es que es una pena que no se pudiera solucionar por una vía amistosa, pero si no va a realizar ninguna reparación (desde el 1 de Octubre hasta hoy 2 de febrero no ha realizado nada, la misma inmobiliaria nos lo dijo) no se tendría que quedar la fianza para uso personal. En fin, el Juez será quien decida. Muchas gracias de nuevo Eduardo! nos has sido de gran ayuda.

            Un saludo

  207. Hola buenas tardes estaba compartiendo piso con un compañero y hace 4 meses deje el apartamento con el consentimiento de mi compañero y del propietario todo quedo reflejado y firmado por todas las partes, pero ahora me dice el propietario que mi parte de la fianza no me la del volverá mientras el otro chico siga allí de alquiler según el porque tiene registrada la fianza y no puede sacarla mientras no se extinga el contrato y que me toca esperar tanto tiempo como el otro chico siga allí viviendo, me gustaría saber si puedo hacer algo o eso funciona así, gracias

    1. Debe devolverte esa fianza si todo está correcto. La pondrá de su bolsillo, y cuando acabe el contrato con tu compañero le dará un 50% y el otro 50% se lo quedará el propietario.

      Así se debe hacer.

  208. Hola, Sr. Eduardo. Buenos días.
    Una pregunta: ¿existe alguna medida de protección legal para el extranjero que se residencia por primera vez en España y, por mala o no lectura, firma un contrato de arrendamiento muy desventajoso?

  209. Hola! Puedo reclamar la devolución de mi fianza de 800€ al haber abandonado la casa antes de los 6 meses y habiendo hablado con el casero en varias ocasiones sobre la conformidad con ello?? Le avisé un mes y medio antes de dejar la casa, pero luego me acusó de daños que ya existían en la casa desde el principio y de los que no soy responsable. Tiene dos meses de fianza y no quiere devolvérmelos, me acusa de daños falsos y de romper el contrato, cuando se hizo todo de buena fe y avisando en varias ocasiones.

    1. Hola Paula.

      Si no tienes por escrito la conformidad del arrendador a no cobrarte indemnización por irte antes de los 6 meses lo vas a tener muy difícil. Ya que sin ese escrito puede pedirte indemnización o, lo que es lo mismo, quedarse con la fianza para cobrarse esa indemnización.

      1. En el contrato especifica que si me iba antes de indemnización se quedaba 400 euros, pero se quiere quedar los 800 €, y por lo que tengo entendido, él tendría que denunciar para poder quedarse con esos 400€. ¿Es cierto?

        Por otra parte me amenaza con que le tendría que pagar todo el año de alquiler y lo de los daños falsos. ¿No tiene que demostrar que eso que dice es verdad? Porque es mentira obviamente.

        1. Si el contrato dice eso entonces en concepto de indemnización solo se debería quedar con 400€.

          Los otros 400€ seguramente se los quiere quedar atribuyéndote daños en el inmueble. Pero no es él quien debe denunciar, sino que él se queda con ese dinero y te obliga a ti a ser quien debe reclamar judicialmente ese dinero.

          1. Gracias!! Aunque una vez reclamado el dinero, él tendría que demostrar esos daños, cierto, no?? O ya directamente soy culpable de todo lo que le de la gana a él. Teniendo en cuenta que ni ha dado de alta el contrato, ni ha depositado la fianza en Incasól y poniendo un dni erróneo en el contrato, queda bastante claro quién va a mala fe desde el principio, ¿no?

            Eso a la hora de reclamar el dinero o incluso se podría invalidar el contrato por todas esas causas???

          2. Efectivamente, en temas de fianza se crea una especie de presunción de culpabilidad del inquilino, que tendrá que acudir a la justicia para reclamar su dinero.

            Y efectivamente será el arrendador el que deba probar los daños y que son imputables al inquilino. Eso no es sencillo de demostrar, pero claro, ya te está obligando a que seas tu quien tome la iniciativa, quien asuma el gasto, quien se mueva, …

            Todo lo demás que mencionas no invalida el contrato, aunque sin duda lo del INCASOL es un arma que te puede ser de bastante utilidad para negociar la devolución del dinero. Es posible, incluso, hasta que no haya declarado esos ingresos en su declaración de la renta, por que que estarías en la obligación de comunicar esto a hacienda.

          3. El caso es que ya se le avisó de que iba a declararlo a Hacienda, pero sigue en sus trece. Pero bueno, entiendo que los inquilinos son los grandes perdedores. Muchas gracias por su respuesta.

  210. Hola, Sr. Eduardo.

    Estoy entregando el documento de rescisión de contrato. La arrendadora me que la devolución de la fianza se hace dentro de treinta días y que ella tiene ese plazo de TREINTA DÍAS para COMPROBAR que no existen DESPERFECTOS u otros. Lo cual me parece una locura partiendo del hecho de que durante ese plazo ella misma o el posible siguiente inquilino puede ocasionar tales desperfectos. Quisiera saber su opinión al respecto.

    Agradecidos de antemano. Saludos cordiales.

    1. Hola Rafael.

      Mi opinión es que si no hay motivo de fuerza mayor que impida hacer la comprobación ahora, no es factible retrasar esos 30 días la devolución de la fianza.

      Las revisiones hay que hacerlas sobre la marcha por la situación de indefensión que se crea para el inquilino si el arrendador hace lo que pretende hacer.

  211. Mi inquilino me ha entregado el piso, sin cumplir el mes de preaviso, con 20 dias solo. El contrato de fecha 2012 se encontraba, prorrogado por un año. Ademas me ha dejado con algúnos daños el inmueble lo he tenido que limpiar y pintar. Le he retenido un mes de fianza, es correcto?

  212. Buenos días
    Entregué una fianza el entrar en un piso en 2014 , unos meses más tarde el dueño lo vendió a otra persona/sociedad, esto en principio no me afectaba a mí, yo empecé a pagarle la renta al nuevo dueño obviamente. Pero al abandonar hace unos meses el piso, este nuevo dueño me dijo que el anterior propietario no le había dado a él mi fianza y que no me la iba a devolver él. Puede que sea verdad, porque el anterior dueño está desaparecido, pero de todas formas el nuevo propietario es quien debe devolverme legalmente mi fianza no es así? como reclamo este asunto, con un burofax al dueño actual y si no me hace caso lo denuncio?

    1. Hola Antonio.

      Efectivamente es el nuevo dueño el obligado a devolverte la fianza.

  213. Ola buenas,mi problema es algo diferente ya puesto q el dueño del piso me dijo q me podía ir cuando quisiera xq le molestaba escuchar como mantenía sexo con mi pareja ya q el vivía en el piso de abajo. Me voy y le enseñó el piso en perfectas condiciones no siendo un par de agujeros de algún cuadro..y procedemos a firmar la restricción de contrato a la cual el quería darme la mitad del dinero q a mi sorpresa no la quise le dije q se fuera volví al cabo de unos días a pedirle el dinero y me dice q ya no me da nada,, subí al piso y me había cambiado la cerradura,,,,y ahora q ago? Con el contacto dentro solo tengo algún recibo,,

    1. Hola Jonatan.

      Si no habéis firmado la resolución del contrato, el arrendador no puede cambiar la cerradura.

  214. A solicitud del arrendatario, próximo a vencer el 2º año de alquiler, se hará la entrega de llaves de un piso alquilado el próximo 30 de diciembre.
    El arrendatario deja el horno inservible, pues se les ha quemado. El asa de apertura está quemada y rota y le han pegado papel cello en la puerta lo que impide cerrarlo. A pesar de eso ya me ha reclamado la fianza de 400 €. Les he dicho que la fianza está para cubrir este daño y alega que es que el horno era viejo, cosa que no es cierta, ya que se lo entregamos funcionando en perfecto estado. Luego ha dicho que llamemos a un perito para que haga un informe. O sea que no quieren asumir el gasto.
    ¿Cómo debo actuar en el acto de la entrega de llaves? Llevaré preparado el documento de entrega o resolución de contrato, pero ¿y si se niega a firmarlo cuando especifique que el horno está inservible?

    1. Hola Antonio.

      Si se niega a firmarlo entonces seguirán devengandose rentas de alquiler.

      Puedes quedarte con la fianza y cuando hayas realizado la reparación le devuelves la diferencia.

  215. Buenos días. Soy el propietario de un piso que ha estado alquilado dos años y medio. El 30 de noviembre se quedó con los inquilinos y se hizo la firma de la finalización del contrato y entrega de llaves. Al día siguiente y con más tiempo disponible inspeccionamos el piso de nuevo y comprobamos que el parquet está bastante deteriorado y la cocina más sucia de lo “normal”, por lo que nos ponemos en contacto con los inquilinos para comentarles el tema. Estos responden de inmediato que ya han firmado y que por tanto no les podemos reclamar nada esperando que les abonemos la fianza completa o hablaran con sus abogados.
    En esta situación como debo proceder? Puedo reclamar desperfectos adjuntado siempre las facturas oportunas o debo devolver la fianza puesto que el día anterior a reclamarles firme con más prisas de lo necesario el fin del contrato. Ellos por otra parte son conscientes de los desperfectos pues en el momento de la reclamación ya sabían el coste por m2 de reparar el suelo.
    Gracias

    1. Hola Óscar.

      En mi opinión, si los inquilinos no quieren colaborar/participar no tienen obligación de pagar esas reparaciones, ya que el momento oportuno para inspeccionar la vivienda es cuando se firma ese documento de finalización de contrato.

      Convencer al juez de lo contrario es muy complicado.

  216. Buenas tardes, les escribo porque tengo dudas sobre si debo pelear por mi fianza o no.

    El caso es que yo tenía en contrato de un año, y me dijo que por una causa mayor podría estar sólo 6 meses (el problema que eso fue de palabra no consta en el contrato). Mi contrato de trabajo ha finalizado después de 6 meses por lo que lo considero una fuerza mayor. Avise con menos de antelación para decir que dejaba la casa a final de mes y le mande mi carta de fin de contrato. Por ese lado yo he incumplido mi parte del contrato quizás. Pero tengo imagenes del WhatsApp donde puedo demostrar que llevando sólo dos semanas en el piso no me funcionaba el lavavajillas y me dijeron que vendría alguien y nunca vino nadie me he llevado 5 meses y medio sin lavavajillas. En septimbre también me queje por unos problemas que las puertas comunes estaban desconectadas por lo que no podía salir. Diciendo que en octubre se solucionaria y llego octubre, noviembre y diciembre y no se ha solucionado nada.

    1. Hola Irene.

      Respecto a la fianza, tendrías derecho a la devolución si desalojas la vivienda tras el sexto mes (siempre que estemos hablando de un contrato de arrendamiento de vivienda, y no de uno de temporada).

      Pero hay otra variable en esta ecuación que debes cumplir para que te devuelvan la fianza. Se trata del tiempo de preaviso. Si has avisado con más de 30 días de antelación (y además debes poder comprobar que has hecho el aviso) entonces tendrás derecho a la devolución íntegra de la fianza. Pero si no has cumplido con esto entonces el arrendador se podrá quedar con un día de renta de la fianza por cada día que incumplas el requisito de los 30 días de preaviso, de forma que si preavisas 10 días antes de desalojar, entonces el arrendador se podrá quedar con 20 días de fianza, y si no preavisas se podrá quedar con todo.

      Por lo tanto, mi consejo es que no te metas a pelear este asunto si no has preavisado de forma fehaciente, pues lo veo mal para tus intereses.

  217. Somos un matrimonio de avanzada edad 71 -84 que vivimos de alquiler y teniamos.un piso alquilado por un año con opcon de mas tiempo en caso de interesar a ambas partes.
    Nosotros terminabas el contrato el 1 de octubre el dia 5 del mismo le avisamos que ibamos a dejar el piso llegado el tiempo se lo entramos en perfecto estado y cuado le fuimos a entrgar las llaves nos dijo el casero que no nos devolvia fianza de 430 euros que habiamos de positado porque tenia que trar un sofafa y una cama y que el eso letraia gasoque debo hacer que me aconse
    Muchas gracias Sr.

    1. Hola Francisco.

      Si el sofá y la cama es para sustituir otro sofá y otra cama porque la hayáis roto vosotros, entonces el arrendador tiene razón.

      Pero como me parece que ese no es el caso, entonces no tiene derecho a quedarse con la fianza.

  218. Buenas tardes Eduardo,
    Ayer 29 de noviembre firmamos el desistimiento de un contrato de arrendamiento. Según los propietarios ayer todo estaba correcto. Depositamos 1 mes de fianza y otro de garantía adicional, en total fueron 2400€.
    Hoy nos escriben los propietarios via whatsapp y nos dicen que la caldera marca un reset y que van a llamar a un técnico, y que el sistema de riego del jardín hace charcos y que van a proceder a repararlo.
    Tienen derecho a reclamarnos algo o bien a descontarnos estas reparaciones de los dos meses de fianza que depositamos? Si intentan hacerlo, nosotros que debemos hacer?
    Muchas gracias

    1. Hola Sara.

      Tiene derecho a poner en vuestro conocimiento todo lo que vean que esté deteriorado, y a quedarse con la fianza si fuera necesario.

      Ahora bien, todo depende de lo que diga el documento que hayáis firmado, pues si en él queda claro que se ha revisado la vivienda y que todo está correcto, entonces no podrán ahora reclamaros nada o, al menos, os podréis oponer a esa reclamación con bastante fundamento.

  219. Hola Eduardo. tengo unas dudas. Dejamos el piso antes de hacer un año.6 meses estuvimos. Avisamos a la dueña 15 días antes. Dejamos que entrara la gente para ver el piso y poder alquilarlo para el día 1. Y lo consiguio.Nos devolvió media fianza, el mismo día que marchamos, a la entrega de llaves, pero no firmamos fin de contrato, solo un recibí que nos daba la mitad de fianza por incumplimiento de contrato. (No lo hicimos con la propietaria por que se lo llevaba otra persona porque la dueña vive fuera)
    Después de un mes me pide dinero por facturas. Lo tendría que pagar? Supuestamente eso se paga ya con la fianza que se quedo no? Porque una vez te dan la fianza es que está todo bien no?
    Muchas gracias.

    1. Supuestamente se puede quedar con media fianza porque solo avisaste con 15 días de preaviso y jo con 30, como exige la ley.

      Por lo tanto, si hay recibos extra puede reclamártelos.

  220. Hola, voy a abandonar un piso antes de los 6 meses de estancia mínimos que aparecen en el contrato que firmé. Sé que me voy antes de esos 6 meses entonces no se me devolvería la fianza pero yo no me voy por «voluntad propia» propiamente dicha sino que me voy porque cuando me metí al piso nadie me comentó que iban a ponerse de obras en la fachada resultándome imposible trabajar, estudiar durante el día e incluso dormir en el piso porque las obras, los obreros y los ruidos que hacen y sus conversaciones a todas horas al lado de las ventanas son muy molestas.
    El casero pretende hacerme firmar un escrito como que me voy del piso de manera voluntaria, por propia voluntad, cuando realmente no es así.
    ¿Ese papel para qué sirve? ¿Para que el piso quede oficialmente libre anulando lo que se firmó en el contrato y pueda ser alquilado por otras personas antes de que acaben los 6 meses en los que supuestamente iba a estar yo?
    ¿Estoy obligado a firmar ese papel?¿Qué pasa si no lo firmo, me afectaría a mi de alguna manera o repercutiría negativamente?

    1. Hola Ramón.

      La situación que describes no es culpa del propietario, sino en todo caso de la comunidad.

      Por lo tanto el arrendador podrá exigirte una indemnización en caso de que abandones la vivienda antes de los 6 meses.

      Si estás sufriendo algún perjuicio tendrás que reclamarlo a la comunidad y no al propietario.

  221. Hola Eduardo,

    El día 29 de Septiembre dejé el piso que tenía alquilado por más de cuatro años. Cómo debía salir pronto por la mañana, el día 28 por la tarde vino un representante de la gestora, en representación de los propietarios, a revisar el piso, y no mencionó ningún problema. Hablé con él específicamente que iba a dejar algunos enseres en la cocina, y también comentamos unos agujeros en la pared que ya estaban cuando yo entré, como él recordaba. Tal como quedamos, y como está escrito en el documento de rescisión del contrato de alquiler, al irme el día 29 por la mañana dejé las llaves en el buzón de la comunidad; les envíe mensaje informando de la hora y ellos me enviaron confirmación de recepción.

    Pasado un mes, les envié mensaje para saber cuándo me pagarían la fianza. A las pocas horas recibí respuesta directamente de los propietarios diciendo que todo ok, sólo faltaba descontar la parte de la factura de la luz.

    Sin embargo, unas horas después el mismo día volvieron a escribir, diciendo esta vez que me quitarían también 70 euros porque según su departamento jurídico el piso cuando ellos entraron (presuntamente el día 29 por la tarde, cuando yo ya me había ido y no había nadie en mi nombre ahí) estaba sucio y deteriorado. Les dije que no estaba de acuerdo, pues al hacer el repaso el día 28 con su gestor no se mencionó nada ni puso ningún problema. Ni propietarios ni gestoría en ningún momento me han notificado nada ni enviado ninguna factura por limpieza ni nada. Ha pasado una semana y no he vuelto a tener respuesta.

    Me he trasladado fuera de Madrid, así que cualquier gestión es complicada. ¿Cómo me aconsejas proceder?

    Gracias.

    1. Hola Juanjo.

      Con lo que me cuentas veo que tienes argumentos para pedir que no te quiten esos 70€. El problema es el coste que te iba a suponer rclamar ese dinero en caso de que no quieran devolverte esa cantidad.

  222. hola,

    ¿es normal que retengan 2500 euros de fianza mas de un mes por estar pendiente la emisión de una factura de la luz?

    Te cuento: a mi salida del piso entregué las últimas facturas ya pagadas con fecha del 3 de septiembre. Mi salida fue el 30 de septiembre, pero no disponía de la factura de ese tramo.

    Esperamos un mes entero, llamamos varias veces y nos dicen que no hay ningún problema y que aún están dentro del plazo para devolver la fianza. Pues bien, el plazo vence y nos comunican que están a la espera de la factura de la luz, que hasta que no llegue no pueden hacer nada.

    He llamado a endesa y mi contrato fue dado de baja el dia 14 de Octubre, 14 dias después de mi salida, por lo que el último recibo lo pagará yo, más 14 días extra en los que yo ya no estaba viviendo en el piso. Así que no entiendo porqué me retienen la fianza…

    Algún consejo?

  223. Hola, tengo un problema con mi antiguo casero, alquilaba el piso por habitaciones y cuando yo llegué sustituia a una chica que se marchaba, en ningún momento él vino a ver como se encontraba la vivienda en mi entrada en ella. Una de las chicas que llevaba 5 años se marchó en Abril y entró otra a sustituirla, le devolvió la fianza íntegra, esa segunda chica se marchó en Julio y exactamente igual. A finales de Agosto nos marchamos las otras dos que quedábamos, la otra chica llevaba 5 años y yo 1 año y ocho meses, le avisamos con tiempo y presentamos un email con los desperfectos que tenia la vivienda por el uso. Desde el 31 de Agosto no supimos nada de nuestra fianza hasta el 7 de Octubre en el que despué de nosotras insistir nos envia un email con la relación de importes que nos quitaban de la fianza, importes de fcturas pero sin presentarnos la copia donde podamos ver las fecha y calcular lo que nos corresponde, y una serie de reparaciones que no nos corresponden ya que son cosas del uso diario y antiguedad no causadas por nosotras. a las dos nos quitan los mismos importes, dando igual el tiempo que llevábamos la vivienda cada una. Les he pedido por email en dos ocasiones la copia d elas facturas y algo que acredite que yo causé esos daños pero no tengo respuesta. ¿Qué puedo hacer? He pensado en denunciar.

    1. Hola Tania.

      Efectivamente si por las buenas no consigues la fianza tendrás que interponer demanda contra el arrendador.

  224. Muy buenas Eduardo. Mi problema es que yo he firmado un papel como que dejabamos el piso de alquiler con opcion a compra el dia 30 y entrega de llaves, pero a mu no me han dado copia. Al pasar el encargado de la inmobiliaria Solenco de Granada, me quieren descontar la pintura para tapar los colores, una o dos lamas de parquet por estar ralladas (con su mano de obra por levantar medio salon para colocarlas, eso dicen ellos), un azulejo partido de la cocina en una esquina (por estar un poco hueco rompio), e incluso tres horas o cuatro de limpieza (unos 40 €). Total que yo creo que lo que quieren es quedarse con toda la fianza, unos 1800€. En si ya nos dijeron que la pintura nos iba a costar unos 400€.
    Ah y perdona estan tambien en su derecho de descontarnos de la fianza 450€ que se deben de comunidad y la lleva otra empresa?
    Me gustaria saber que es lo legal de todo esto o no. Y pasos a seguir.
    Ante todo gracias de antemano

    1. Hola Óscar.

      Respecto a la vivienda, habría que ver cómo quedó y cómo la recibiste para saber si procede o no limpieza.

      Sin embargo, por el resto de conceptos que mencionas veo justificado que se queden con la fianza y que te devuelvan el saldo restante.

  225. HOla Eduardo: lo primero gracias y enhorabuena por la información de calidad y concisa que proporcionas.

    Firmé un contrato de alquiler (una renovación) de un local comercial el 1.Agosto.2014 por una duración de 5 años.
    he indicado a la propietaria que dejo el local para el 31 Diciembre 2105.
    Le aporté una fianza de 960 € hace 16 años que estoy con ella.
    ¿pierdo la fianza por no llegar a los 5 años de contrato?

    Mil gracias

    1. Hola David.

      Mefectivamente la arrendadora podría quedarse con la fianza por incumplir la duración del contrato.

      En realidad podría incluso pedirte el cumplimiento íntegro del contrato o, en caso contrario, pedirte una indemnización que sea incluso superior a esa fianza.

      Tantea la situación a ver si sólo te pide esa cantidad o si puedes salvar parte de esa fianza.

      1. Hola Eduardo: pues vaya panorama. Entonces lo que he leído que transcurridos 6 meses de contrato puede anularse sin consecuencias, ¿no es así?

        Ya no tengo ingresos suficientes para seguir con el negocio y me estoy endeudando poco a poco, por eso necesito cancelar (lo mejor posible) el contrato.

        gracias

  226. Hola!el pasado mes de septiembre dejamos un piso,incumpliendo el contrato ya que era de un año y estuvimos 5 meses. Avisamos a la casera con un mes de antelación y no puso ninguna pega incluso nos dijo k lo dejáramos antes. El caso es que entregamos las llaves y el piso estaba perfecto,mejor de lo k nos lo dieron a nosotros, ellos dieron el visto bueno y todo.el caso que lo llamo hoy para ver lo de la fianza y m dicen k había no se cuantas cosas rotas y que no hay fianza.que puedo hacer?

    1. Hola Natalia.

      Es un tema que debisteis dejar solucionado en el momento oportuno (al entrgar las llaves).

      Ahora es la dueña la que tiene tu fianza y eres tu la que tendrás que soportar un gasto para recuperarla. Y además sin que nadie te garantice que vayas a recuperarla.

      1. Hola Eduardo. Entonces que debo de hacer una denuncia ante la policía o hay algún procedimiento concreto a seguir? Ando un poco perdida. Es la primera vez que tengo este problema

        1. El procedimiento a seguir es civil, es decir, no a través de denuncia sino de demanda.

          Lo ideal sería enviarle primero un burofax requiriéndole para que te devuelva la fianza, y si no te la devuelve tendrías que interponer una demanda para reclamar la fianza.

  227. Buenas Eduardo,
    El día 15 de julio se realizó la «entrega de llaves», entrecomilladas dado que no firmé ningún documento de ese acto, ni vino en persona el casero ese mismo día, la fianza es de 150 euros, antes de eso firme que faltaba por pagar unas facturas que todabía no habian llegado, la parte correspondiente a los 15 dias de julio. El casero no visito el piso para ver su estado hasta pasado más de un mes, y hace una semana me llego a mis oidos por parte de un compañero que sigue allí que ha pintado mi cuarto y quiere que le pague la mano de obra y la pintura, decir que el deterioro de la pintura no ha sido mas que el de un uso normal.
    He intentado ponerme en contacto con el varias veces pero no me coje las llamadas, mi pregunta es ¿»legalmente» tengo las de ganar?¿Estoy en mi derecho de reclamar la totalidad de la fianza, o en caso contrario cuanto?, ya que meterse en temas judiciales no merece la pena dada la cantidad, pero siempre puedo intimidarle por esas y quejas en el organo correspondiente del ayuntamiento y Junta de Andalucia si estoy dispuesto a poner.

    Un saludo y gracias de antemano, Javier.

    1. Hola Javier.

      Es un tema muy complicado por el coste que te iba a suponer.

      Yo inicialmente le mandaría un burofax,mpara ver cómo responde.

      Pero si te responde negándose, intuyo que te va a ser muy difícil y costoso reclamar judicialmente.

  228. Hola Eduardo,

    dentro de poco, hare un traspaso de contrato. el inquilino actual y el dueño del piso estan de acuerdo.
    Yo pasaré a ser el nuevo inquilino.
    dentro de las clausulas del documento de cesion, entiendo que yo deberé aportar el dinero de la fianza que actualmente tiene depositada el inquilino actual. ( 2 meses de alquiler, 2900€) para que este recupere su dinero.
    mi duda es sobre como puedo asegurarme de que cuando yo recuperaré esa fianza cuando desee terminar el con el contrato de alquiler ( entregando la vivienda en buen estado)
    Hay algún documento que puedo exigir añadir a la cesión de contrato, donde quede constancia del estado actual de la vivienda? para que luego no se me asignen a mi desperfectos ya existentes?

    1. Hola Roberto.

      Efectivamente se debería añadir un anexo al contrato de arrendamiento en el que el arrendador y tu dejéis claro el estado en que tu recibes la vivienda, para que luego no te reclamen a ti los deterioros que no has causado.

      Y por supuesto, el arrendador deberá restar de la fianza que devuelva al inquilino actual la suma necesaria para reparar lo que sea necesario hasta el momento actual.

  229. Buenos días,

    hemos dejado un piso el 31 de junio, realizando la entrega de llaves el 1 de julio. Disponemos de documento de entrega de llaves en el que se especifica que el piso se revisará y se nos comunicarán las incidencias y que «los gastos que vengan después de esa fecha serán deducidos de la fianza» . También se especifica que liquidarán la fianza a finales de agosto, principios de septiembre.
    Cuando han llegado estas fechas hemos contactado con la agencia inmobiliaria para la liquidación de la fianza y nos comunicaron una incidencia en el inmueble; un atasco en el fregadero por el que hay una factura de un fontanero que van a deducir de la fianza. Creemos que nosotros no tenemos que hacernos cargo de esa factura pues es un gasto generado por el uso normal del inmueble y además no tuvimos acceso a la factura del fontanero para saber de qué fecha es.
    Hemos pensado en reclamar pero queremos asesorarnos primero.

    Muchas gracias, un saludo

    1. Hola Manuel.

      El atasco del fregadero puede ser por un uso normal o no. Depende del examen del fontanero.

      Eso si…si te van a deducir dinero de la fianza, deben presentarte factura. De lo contrario podrás reclamar la fianza íntegramente.

      Si no te han comunicado más incidencias en las fechas que estamos, no permitas que traten de «colarte» ninguna incidencia más, pues han tenido tiempo suficiente para mirar la vicienda y notificarte lo que estuviera incorrecto.

  230. Hola me llamo marc, yo deje el piso el 31 de agosto hice la entrega de llaves firmando el papel en el q ponia q el 30 de setiembre nos devolvian la fianza al ser 4 de octubre i no saber nada e llamado i el gestor me a pasado con una secretaria q me a dicho con malas maneras q la fianza no me la devolvian porque havian tenido que pintar en blanco ( piso de 30m ) casi 700€ cuando el dia q entregue las llaves i firmamos la entrega no me dijo nada, al contrario q a final de mes me la devolvian como figuara en el papel q firmamos incluso deje una lavadora porque por la mudanza me fue imposible llevarmela antes i me dijo q la podia dejar unos dias pero la tiro a la basura i e tenido q pagarle al dueño de la lavadora i ahora me dice esto
    La secretaria me a dicho q le envie un mail con lo q quiera exponer i q en tres dias me llaman aunque yo se q ese mail tal como llegue lo borraran.
    Gracias espero q me podais aconsejar
    Hay algo q pueda hacer

  231. Hola. Soy propietaria de un inmueble. En noviembre de 2014 lo alquilé a un chico y firmamos un contrato por UN AÑO con carencia de un mes para repintar las paredes y pulir el parquet. Es un inmueble con todo lo necesario para vivir, muebles, electrodomesticos, calefaccion, ….hasta utiles y enseres como lenceria de cama y cortinas. Bien.
    En septiembre me comunicó por telefobo que queria dejarlo. Se lo acepté y el 30 me entregó las llaves firmando un contrato de rescision anticipada y entrega de llaves. Cuando fui al inmueble a ver como quedaba…me encontré un sin fin de cosas que no existian inicialemente, como me falta parte de una lampara de cristal, una bancada tapizada, me han dejado estropear una columna de marmol a la intemperie; me ha pintado el cabecero de mi habitacion de rojo punton (cuando la habitacion estaba en color lila claro), las persianas algunas no funcionan, las corinas estan encojidas, el buzon esta roto y no funciona la llave….y asi todo lo tengo en fotos. Tengo dos escritos del ayuntamiento que no hha pagado el agua. Ademas de esto el
    chico me dice que tengo que darle la fianza… que tengo que hacer?

    1. Hola Francisca.

      Habría que ver el contenido del documento que habéis firmado, pero si en él no se deja claro que la vivienda se debueve en perfectas condiciones (lo que sería muy perjudicial para tus intereses) entonces podrás quedarte con la fianza para reparar todo lo necesario para dejar esos elementos como estaba iniciamente.

      Todo ello bajo presupuestos y facturas.

  232. Buenos días Eduardo,

    Hoy o mañana debo entregar las llaves del piso al arrendador. Le di aviso de que abandonaríamos el piso el 1 de Octubre de 2015 y en ese momento me dijo que ningún problema, pero que no me devolvería la fianza a la espera de descontar los gastos de luz y agua (en el momento de firma del contrato, hace 6 años, no nos permitió domiciliar los recibos en nuestra cuenta. Los recibe él y luego nos pasa copia del recibo con el importe) que hubiésemos generado hasta el momento de marcharnos del piso (las dos últimas facturas, porque el resto están todas abonadas, dispongo de los documentos firmados por él como que se le han abonado).
    Ya ha visto el piso y ha podido confirmar que todo está correcto, no hay desperfectos, los electrodomésticos y los muebles están en perfectas condiciones de uso. Me gustaría saber cómo proceder en el momento de devolución de las llaves. ¿Hay algún documento que pueda redactar para que firme el arrendador en el que se indique que el estado del piso es el correcto y que sólo queda pendiente descontar de la fianza los últimos gastos de luz y agua y el resto nos lo debe devolver? Entregué 400 euros de fianza y dudo mucho que en gastos de agua y luz de dos meses ascienda a esa cantidad…
    Quedo a la espera de tu respuesta.
    Muchas gracias.

    1. Hola Laura.

      Puedes usar este modelo adaptándolo a vuestra situación.

      Refleja exactamente el mismo caso que me has contado, por lo que hay que hacer pocas modificaciones.

      1. Hola de nuevo Eduardo,

        Muchisimas gracias por tu respuesta y gran ayuda. He procedido tal y como me has indicado. El arrendador al principio no quería firmarme el documento de ninguna manera, incluso llegó a hablarnos en tono amenazante. Vino con su esposa y nos increpó diciendo que a ellos les venía fatal que nos fuésemos porque en esta época (vivo en una ciudad universitaria) ya nadie busca piso y se les iba a quedar vacío, le comenté que habíamos avisado con el tiempo pactado y que estábamos en nuestro derecho. Aún tengo dudas de que nos devuelva lo que sobre de la fianza una vez cobradas las facturas. Espero que el tener el documento que me pasaste firmado me sea de utilidad en caso de tener que llegar «mas lejos» con este tema.
        Enhorabuena por el blog.
        ¡Un saludo!

        1. Hola Laura.

          Verás como todo sale bien.

          Te agradezco que hayas dejado en el blog este comentario.

  233. ¡Hola Eduardo!

    Te escribo para ver si me puedes resolver una duda sobre un piso en alquiler. El pasado 1 de julio finalicé mi contrato, y procedí a entregar las llaves a la arrendadora. Como sabía que los arrendadores, por lo general, suelen poner muchas trabas para devolver la fianza, después de que ella revisara la casa y ver que no había ningún desperfecto, le hice firmar un documento en el que decía: «La vivienda se entrega sin desperfectos y con el mobiliario».

    Pues bien, hoy 29 de septiembre, después de avisarle varias veces de que nos tenía que devolver la fianza, me dice que los nuevos inquilinos han encontrado desperfectos en el inmueble y que el precio de su reparación será descontado del valor de la fianza. Dejando a un lado los intereses que nos debe, en teoría, por el retraso en la devolución de la fianza, ¿puede descontar el precio de las reparaciones, habiendo firmado el susodicho documento? Y, aun no teniendo en cuenta ese documento, ¿debemos cargar nosotros con unos supuestos desperfectos que se encuentran casi tres meses después de que abandonáramos el piso por unos nuevos inquilinos, de cuya buena fe además debemos presumir y no pensar que hayan sido desperfectos ocasionados por ellos mismos?

    Espero atentamente su respuesta. Muchas gracias por tu atención.

    Carlos.

    P.d: felicidades por tu blog. No es la primera vez que lo visito y la verdad es que es muy útil e interesante.

    1. Hola Carlos.

      Muchas gracias por tus palabras hacia el blog.

      Respecto a tu primera consulta no tengo dudas. Si habéis firmado el documento deberá devolverte la fianza íntegramente.

      Respecto a qué ocurriría si no existiese ese documento, esto plantea más dudas, aunque mi opinión es que la pasividad del arrendador (no revisar en su momento el inmueble) no puede ir en contra del inquilino.

  234. Buenas noches,
    Ante todo, enhorabuena por la entrada, tremendamente informativa. Me encuentro a unas semanas de firmar mi finiquito, y me aterra pensar que pueda tener problemas para recuperar mi fianza de 1500 euros, ya que en el último mes, desde que comunicamos que dejábamos el inmueble, la propietaria ha tenido un comportamiento un tanto extraño.

    A principios de año tuvimos una gotera, que fue ocasionada por una empresa telefónica, al perforar una bajante durante la instalación. En primer lugar avisamos a la propietaria (desconocíamos la causa), y ahí empezaron los problemas, ya que dicha empresa se mostraba muy reticente a reparar el daño. Cuando finalmente se solucionó, en el mismo lugar apareció una nueva gotera, la empresa telefónica negó su autoría justificando que la tubería estaba seca, y que se debería, muy probablemente a condensación. Al volver del verano, nos encontramos con que las tablas del parquet se han levantado. La propietaria ha insinuado por todos los medios que se debía a un derrame del recipiente de agua del aire acondicionado, pero al picar de nuevo la pared se vio que la famosa reparación por parte de la compañía telefónica, presentaba una fuga.
    Los días previos, tuvimos la mala fortuna de, al levantar la persiana, quedarnos con ella en la mano, ya que se rompió la caja que alberga el tambor donde se enrolla la correa, y se desprendió de la pared. Al informar de ello a a propietaria nos respondió con mucha hostilidad que lo arregláramos nosotros.
    Una vez expuesta mi situación ,me gustaría saber que probabilidad hay que de me pueda descontar de la fianza cualquiera de las dos reparaciones. Por lo que he leído, sería completamente injusto, pero me siento muy desprotegida y agradecería cualquier consejo al respecto.
    Muchisimas gracias de antemano,
    Saludos.

    1. Hola Patricia.

      Yo entiendo que ambas cosas no te corresponden a ti, excepto que se pueda demostrar que ha habido mal uso en lo de la cuerda de la persiana, que doy por hecho que no ha sido así.

      Respecto a la fuga de agua, está claro que no te corresponde.

  235. Buenas tardes a ver si puedes resolverme mi consulta, este julio pasado alquilamos nuestro piso, pedimos mes en curso mas dos de fianza, uno de ellos lo depositamos en la cámara de la propiedad urbana, los inquilinos entraron en agosto, y a final de agosto no pagan diciendo que pensaban que se pagaban los meses de alquiler a mes vencido, les decimos que no, que siempre por adelantado, nos piden por el mal entendido pagar el dia 15 de septiembre, llegado el 15 tampoco pagan y nos dicen que han hecho transferencia, llega el 17 y tampoco hay transferencia, les decimo que lo mejor es que sino pueden pagar dejen el piso y no lo alarguemos, los inquilinos nos dicen que no se van y que se quedan hasta final de octubre por los dos meses de fianza que hay, nosotros les decimos que la fianza no es para eso y lo que tienen que hacer es irse a final de septiembre sino pueden pagar, y la inquilina dice que solo se va a final de septiembre si a la entrega de llaves le devuelvo el mes de fianza.
    La consulta es la siguiente, si se van a final de septiembre tengo que devolver la fianza, ya que solo han estado dos meses y no el año pactado en el contrato? Si se niega a irse a final de mes y se queda hasta octubre la puedo denunciar por incumplimento de contrato y reclamarle el año entero del contrato?

    1. Hola Iván.

      Puedes quedarte con la fianza, pero cro que e tu situación lo mejor es recuperar la vivienda y devolverle el mes de fianza.

      Eso si, déjalo todo muy bien atado para no tener roblemas.

  236. Buenas noches. Tengo un local alquilado como bar. En el contrato de arrendamiento dice que si quiero dejar el local,debo avisar con dos meses de antelación. En abril el Ayuntamiento realizó una sonometría, por la cual debo realizar unas obras obligatorias en el local, con un coste inasumible para mí. Además me recortaron el horario, con lo cual comencé a tener pérdidas económicas impirtantes. Para más inri, desde el ayuntamiento me informaron de que, de no realizsr las obras, me acabarían cerrando el bar. En aquél momento avisé a la propietaria de que me iba, pero ella insistió en que me quedase, porque ella asumiría el coste de las obras. Con esa promesa pasaron los meses en los que ella me seguía cobrando el alquiler, pero nunca llegó a pedir si quiera un presupuesto. Las obras nunca se realizaron, ni siquiera se tuvo intención,y al final en julio no pude seguir pagando y tuve que cerrar, darme de baja en autónomos, etc. Pero ni avisando siquiera, me hace caso. Sigue pasando los recibos aunque no los pago desde julio,y se niega a quedar para hacer la entrega de las llaves y devolverme la fianza. ¿Qué puedo hacer?. He pensado en denunciar, pero ¿cómo demuestro que avisé con antelación?. ¿Los emails sirven como prueba?. Estoy muy perdida, este pasotismo no lo había visto nunca. Gracias de antemano.

  237. Hola! Llevamos 2 años en un piso de alquiler y hay en el contrato la siguiente cláusula:

    «La parte arrendataria declara recibir la vivienda en perfecto estado de conservación y habitabilidad, y con las paredes y techos recién pintados, conociendo su estado por haberlo comprobado con anterioridad y estimarla optima para el estado pactado, obligándose a devolverla a la finalización del presente contrato en las mismas condiciones en las que la recibe, inclusive parámetros y pintura, autorizando expresamente a la arrendadora para que, si fuese necesario con cargo a la fianza, abone el importe correspondiente a la reparación de paredes y pintado de la vivienda, si esta no fuese entregada por los arrendatarios en el mismo estado en que la recibió».

    Las paredes están en perfecto estado, con el desggste propio de 2 años, pero sin manchas ni nada causado nadas más que por el tiempo (vamos, que están como nuevas). Nos dicen que tenemos que entregarlo recién pintado igualmente o nos descuentan el coste de pintura de la fianza. ¿Pueden hacerlo, o podemos discutirselo?

    Muchas gracias! 😀

    Gracias!

    1. Pues yo opino que si se lo puedes discutir.

      Antes de entrar en terreno judicial soy partidario de enviar un burofax manifestando tu disconformidad y mencionando que esta cláusula no te obliga a tener que pintar obligatoriamente. Y que es una cláusula contraria al artículo 6 LAU.

      Si quieres darle mayor peso a tu escrito y quieres que lo enviemos nosotros quedo a tu disposición en info@abogadosparatodos.net

    1. Hola Mónica.

      Al llevar sólo tres meses el arrendador puede quedarse con esa cantidad en su totalidad.

      1. gracias Eduardo por tu respuesta, he leído en el artículo que sólo puedo irme partir de un mínimo de 6 meses, pero me queda la duda de si hay contratos con o sin cláusula de permanencia, ya que una amiga que trabaja en una inmobiliaria me dijo que si no tenía cláusula de permanencia, podía recuperar la fianza si avisaba con el tiempo establecido (y entonces quizá no se cuenten los 6 meses?) es posible que mi contrato no tenga permanencia y recupere la fianza, o en ningún caso?

        Gracias de nuevo, me urge saberlo

        1. Hola Mónica.

          Aquí lo que entra en juego es el sexto mes.

          Es decir, tras el sexto mes el inquilino se puede ir. Y tendrá que indemnizar al arrendador si así se ha pactado (con una mensualidad por cada año de contrato que falte por cumplirse), y no tendrá que indemnizarlo si nada se pactó.

          Esta figura se llama desistimiento.

          Le ley exige que el inquilino deba preavisar al arrendador con 30 días de antelación a la fecha de desalojo, por lo que si el inquilino no preavisa, tendrá que pagar al arrendador esos 30 días o, lo que es lo mismo, el arrendador se podrá quedar con la fianza.

          El otro caso es aquél en el que el inquilino se marcha antes del sexto mes. Esto ya no es un desistimiento, sino un incumplimiento de contrato. En este caso el arrendador podrá reclamar al inquilino tantas mensualidades como resten hasta cumplirse el sexto mes y, además, la indemnización que se hubiera fijado para el caso de desistimiento.

          Por lo tanto, las cláusulas de permanencia que se establezcan por más de 6 meses son inválidas (por ejemplo, cuando el inquilino se obliga a cumplir el primer año de contrato), ya que se estaría perjudicando al inquilino y eso la LAU no lo permite en aplicación del artículo 6.

  238. Hola, mi caso es el s¡guiente: alquilé un piso y dejé una fianza de dos meses, y ahora no me han renovado mi contrato de trabajo, por lo que tengo que abandonar el piso. Según el contrato del piso, tengo que avisar con 45 días de antelación al arrendador, pero no sé si tengo derecho a que me devuelvan mi fianza, aún avisando con ese tiempo, ya que firmé por un año.

    Mi pregunta es si me deben devolver la fianza si aviso con el tiempo establecido.

    Gracias

  239. Hola mi caso fue que entregue el piso el 30 de junio , cuando entregue las llaves a los propietarios miraron el piso y vieron que estaba en buenas condiciones, me han dicho que no me preocupe q el piso estaba muy bien q me llamarian para devolverme la fianza, han pasado ya mas d 2 meses y soempre q los llamo la dueña me dicr q no me preocupe q ya me llamara cuando tenga el dinero, he llamado a la dga y me dicen q ya hace 1 mes la tienen depositada , la llamo y le digo q ya se que la tiene y me dice que no me la va a devolver porque sus nuevos inquilinos le dicen que el lavamanos del baño tienes unas rayitas y tiene que cambiarlo . Que debo hacer ? En su momento no le hice firmar nada porque parecian personas serias puedo peder la fianza

    1. Hola Alejandra.

      Si no quieren devolverte la fianza lo mejor es que se la reclames a través de burofax, explicando que ya tuvieron tiempo de devolverte la fianza (30 días) y que ya han transcurrido y no te han devuelto nada.

      Quedo a tu disposición en info@abogadosparatodos.net para elaborar, si lo crees necesario, ese burofax.

      Quedo a tu disposición para cuanto necesites.

  240. Hola. Yo tengo un inmueble , lo tengo alquilado, a efctos legales desde diciembre de 2014, pq el mes de noviembre le dimos de carencia para pintarlo y adecentarlo como el inquilino queria, tiene el pago d renta dentro d lis siete primeros dias y en el tiempo que lleva no ha cumplido ni un mes. Cada mes tiene un gasto, que si la antena de tv no funciona, que si tiene humedad la habitacion, que si la maquina segadora no le funciina…cuando todo eso lo djamos nuevo en octubre de 2014 y él dio el consentimiento en la firma de contrato. He ido al inmueble y me he encontrado que ha pintado estravagantemente las paredes, ha sacado todas las lamparas, tiene la casa hecha una mierda, sucia, huele mal y para colmo tiene un perro raza boxer que excarva y destroza el jardin. Tiene una selva por jardin, cuando se lo hemos dejado en buenas condiciones. Pues bien me ha informado que se va, que le quedan por pagar septiembre, octubre y noviembre de renta segun contrato. Me preguntó por la fianza que son 1500€. Que debo hacer?? Ya he alquilado en otras veces y por ser buena persona he devuelto la fianza casi sin comprobar bien la casa y luego encontrarme sorpresas… Quiero que me aconsejeis.

    1. Hola Paqui.

      Lamento lo de tu casa.

      En fin…me imagino que se trata de un contrato de un año prorrogable hasta tres, por lo que el inquilino puede irse tras el sexto mes de contrato.

      Como han pasado más de seis meses, puede irse, pero tendrá que pagarte lo siguiente:

      1.- Una indemnización de (renta/12) x 3 en el caso de que esa opción se haya recogido en el contrato. De lo contrario no tendrá que indemnizarte.

      2.- El preaviso: es decir, el inquilino tiene la obligación de previsar con treinta días de antelación. Por lo tanto, si no cumple con ese preaviso tendrá que pagarte esos días. Por ejemplo, si te avisa hoy de que se va hoy, tendrá que pagarte hasta hoy y, además, 30 días más.

      Por otra parte, si la casa está como dices que está, quédate con la fianza. Cuando firméis la resolución del contrato (si es que el inquilino quiere firmarla) deja constancia de como están las cosas. Haz un reportaje fotográfico y, si fuera necesario y la situación lo requiere, llama a un Notario para que refleje que esas fotos son fiel reflejo del estado de la vivienda en el momento de la entrega de llaves.

      Posteriormente ya le pasarás las facturas de los arreglos/reparaciones.

  241. Buen dia,

    Mi situacion es la siguiente, hace precisamente un año llegue a una casa a traves de un anuncio en el periodico, hice una cita y conoci el inmueble me parecio atractivo pero estaba fuera de mi alcance, en una negociacion acordamos un precio accesible para mi, se realizo el contrato por un año, entregue el deposito y el mes de renta y el arrendador acordo conmigo algunas reparaciones que hacian falta en la casa, me mantuvo durante ese año a la expectativa de que realizara dichas reparaciones (Impermeabilizacion y mantenimiento de la propiedad por fuera, asi como la instalacion de chapas en las puertas interiores y mantenimiento de las tuberias) que dia con dia se tornaban mas necesarias, esto jamas paso, al termino del contrato que es el dia de mañana 1 de septiembre durante este plazo yo jamas le quede mal ni por un dia el pago de la renta, al contrario hubo ocasiones donde el solicitaba adelantos los cuales para mi no eran problema, pense que teniamos una excelente relacion de negocios.

    Al querer rennovar y hacer la negociacion necesaria para esto, el menciono un aumento del 10% y condiciono esto con que se renovaria si yo reparaba lo que el me estuvo prometiendo todo el año, yo le mencione que si era a cuenta de renta lo podria realizar porque se de sobra que las rennovaciones exteriores le tocan al arrendador, pero mi sorpresa fue que el me menciono que no seria asi, si yo esperaba una renovacion tendria que ser como el mencionaba y tendria que pagar esto directamente de mi bolsillo, a lo cual me negue rotundamente.

    El menciona que me ahorro una gran cantidad monetaria, por el descuento que le hizo al precio con el que tenia su propiedad anunciada, pero yo no lo considero asi, el contrato se hizo por la cantidad que habiamos acordado juntos la cual el acepto, por los motivos que el quisiera pero asi fue, considero que esto no me compromete a nada. En fin debido a esto el a cambiado completamente de actitud conmigo, y al ser mujer el trata de intimidarme, al comenzar a vivir en la propiedad tuve una visita de las inquilinas anteriores quienes me mencionaron que el no les habia devuelto el deposito y que cuando se les vencio el contrato de igual manera sintieron que el queria abusar al momento de la rennovacion, ellas mencionan que habian realizado mejoras al inmueble y tenian como comprobarlo, lo cual tambien me sucede, las mejoras que e realizado como pintura, decoracion y mantenimiento interno de la propiedad han ido por mi cuenta y estoy completamente segura de que le entrego un inmueble en mejores condiciones que cuando lo recibi.

    Se muy bien que el no tiene intencion alguna de devolver el deposito sin importar que le deje el inmueble en mejores condiciones y con los recibos de servicios cubiertos.

    Ya tengo otro arreglo en otro inmueble el caso es que no me lo entregan hasta dentro de 15 dias, mi intencion es quedarme en la propiedad, hasta que esto suceda al fin de cuentas mi deposito no lo vere de nuevo entonces pienso quedarme.

    Hay algo que tenga que contemplar o temer, me preocupa que el cuente con las llaves puesto que no es una persona muy honesta, teniendo en cuenta que me a abordado en la calle con reclamos, no se que hacer….

    Me podrian aconsejar por favor!

    1. Hola.

      una de las cosas que deberías haber hecho (y no se si loo has hecho) es haber avisado un mes antes de acabar la anualidad del contrato de que te quieres marchar. Si no lo haces ya está justificado que el arrendador se quede con la fianza.

      Por otro lado, si lo que piensas es estar en la vivienda 15 días y no pagar el alquiler correspondiente (a cambio de la fianza) tengo que decirte que esto no lo permite la ley, por lo que no puedo animarte a tomar esta decisión, y si lo haces debes saber que te expones a una reclamación de media mensualidad de renta por parte del arrendador.

      Cosa distinta es que él después no quiera reclamarte.

      Saludos.

  242. Hola Eduardo,

    Después de 3 años y medio viviendo en un piso de alquiler decidimos irnos en agosto (ayer fue nuestro último día). Cuando entramos a vivir en el piso no estaba pintado (menos el pasillo, que lo pintó la dueña). A lo largo de estos años hemos ido poniendo cuadros, estanterías, etc. Ella ha venido a ver el piso en alguna ocasión y siempre nos ha dicho lo bonito y bien cuidado que estaba. Cuando hablamos con ella de irnos, para agilizar las tareas de pintado (ni a nosotros ni al inquilino anterior nos lo había pintado), le dijimos que si queríamos le tapábamos los agujeros. En un principio nos dijo que sí, pero luego, mediante whatsapp nos dijo que no era necesario que los tapásemos, que ya se encargaba de ello el pintor. Ayer, cuando firmamos el contrato de rescisión, me obligó a firmar con la casilla «desperfectos» bajo amenaza de pasarnos la factura del pintor (cuantía que yo desconocía).

    Por otro lado, y por hacerle un favor, el día antes de firmar el contrato de rescisión le dejamos una de las copias de las llaves para que pudiese abrir al pintor. Esa misma noche quedamos en firmarlo al día siguiente a las 09:45, ya que el pintor venía a las 10:00 y necesitaba todo fuera. Bueno, pues ellas se presentaron en el piso a las 09:00 y empezaron a sacarnos cosas a la escalera, sin haber firmado el contrato de rescisión.

    Además, nos reclaman las siguientes cosas (y probablemente alguna más que me vaya a ir diciendo):

    – La pérdida del embellecedor del bote sifónico (que no era el suyo, porque quedaba corto)
    – Un embellecedor de la cocina cuya silicona se ha despegado y otro que ya estaba suelto
    – Limpieza general
    – Limpieza bote sifónico

    Por otro lado me amenaza con que igual tiene que llamar a un fontanero a desatascar tuberías y que voy a tener que correr yo con los gastos.

    Me podrías ayudar? Tengo derecho a que me devuelvan toda la fianza?

    Muchas gracias por tu ayuda,

    1. Hola Victoria.

      Debes hacerte a la idea que la fianza está en poder de la arrendadora, y que por lo tanto es muy fácil para ella decir que el piso tiene desperfectos, pues si no estas de acuerdo tendrás que acudir tu a la vía judicial.

      Pero lo que debe quedarte claro es que no debes caer en el chantaje de que te va a pasar la factura de la pintura, pues con los antecedentes que me has contado, no es responsabilidad tuya correr con esos gastos.

      Respecto al resto de elementos que dices que te va a imputar, eso va a resultar mucho más difícil defenderlo, sobre todo habiendo firmado que la vivienda tiene desperfectos.

      Quedo a tu disposición para cuanto necesites.

  243. Hola!
    Muchas gracias por la informacion! Soy un extrenjero y alquile una casa el ano pasado. Con mi mujer nos gusta mucha la casa y el duena nos preguntado dos meses de fianza. Nosotros hemos decidido alquiler y pagamos la fianza de dos meses.
    Despues de seis meses cuando empiezan las lluvias en la casa aperezcan humedad en paredes y el moho en el dormitorio y llamamos al dueno y nos dijo que ella va a reperar pero al final no ha sido reparado por seis meses. Mi mujer tenia muchas problemas con la causa de moho. Al final de nuestros contrato decidimos mudarnos a otra casa por causas de salud.
    Y ahora despues de dos meses nos vuelvo menos de mitad de fianza y nos cobro pintura de todo la casa, todos los habitaciones con pintura antihumedo que costo 600 euros, que era no nuestros culpa.
    Somos extrenjeros y no sabemos que podemos hacer sobre este tema. Donde podemos consultar a quien podemos hablar?
    Muchas gracias, un cordial saludo.

    1. Hola Sergio.

      Es evidente que tras un año habitando la casa no es necesario pintarla si se ha hecho un uso normal.

      Lo que te recomiendo es que envíes un burofax al arrendador notificando que te devuelva tida la fianza y si no lo hace oues que emprenderás acciones legales.

      Si estás interesado en que elabore y envíe yo ese burofax puedes confirmármelo en info@abogadosparatodos.net

      También necesitaría que me mandases a ese email copia del contrato y todos los documentos que te haya mandado el arrendador respecto a la fianza (los emails que te haya mandado el arrendador).

        1. De todos modos se puede mandar el burofax reclamándole la fianza, ya que insisto en que 6 meses no es tiempo suficiente para que tengas que pagar tu la pintura. Así que quedo a tu disposición para lo que necesites en info@abogadosparatodos.net

  244. Hola Eduardo,

    Mi novio y yo estamos en proceso de cerrar un contrato de alquiler por un año y somos nuevos en este aspecto. Nuestro arrendador nos ha puesto como fianza dos meses, unos 1200€, que se quedaría entre otros casos si cesamos el contrato antes de terminar el año.

    Como no sabemos si estaremos todo el año finalmente por motivos laborales, mi pregunta es:

    es legal que se quede con la totalidad de la fianza por ese motivo?

    En otros contratos tipo, he visto que se establecía un mínimo de 6 meses y que a partir de ahí y hasta llegar al año se pagaría lo proporcional a la renta de un mes en relación a los meses que faltan por cumplir hasta llegar al año.

    es algo que habría que pactar entre las dos partes? se pueden negar?

    A nosotros nos interesa más esta opción, ya que de abandonar sería a partir del mes 9, y la cantidad proporcional a pagar, sería mucho menor que los 1200€.

    Por otro lado y en relación a la fianza, cualquier desperfecto que podamos ocasionar en la vivienda, implica la pérdida total de la fianza? Es decir, si el arreglo de cualquier desperfecto cuesta menos de lo establecido por fianza, nos descontaría el importe correspondiente a los gastos y el resto nos lo devolvería verdad?

    Espero haber sido lo más clara posible y muchas gracias de antemano.

    1. Hola Patricia.

      De la fianza sólo te podrán descontar lo que sea necesario para reparar las cosas deterioradas.

      Por lo que respecta a que se queden con la fianza si te vas antes de un año, la ley deja muy claro que puedes desistir libremente tras el sexto mes, así como cuál será la indemnización que debas pagar, por lo que si esa cláusula se pone en el contrato nunca la podrá aplicar el arrendador, ya que estaría contraviniendo lo que establece el artículo 6 LAU.

  245. Hola Eduardo.

    Tengo un problemón que no sé por donde pillarlo, a ver si me puedes decir si merece la pena meterme en vías legales o si mi fianza está perdida.

    El día 20 de mayo de éste año mi novio y yo terminamos el alquiler de la vivienda donde estábamos, habiendo avisado con un mes de antelación y cumpliendo el año de contrato. El caso es que en la entrega de llaves el casero sólo nos escribió a bolígrafo en el dorso del contrato de él que finalizábamos el alquiler y que procedíamos a la entrega de llaves. Sólo tenemos una fotografía de ese escrito, pero no tenemos ningún papel (copia). Para colmo y por la inexperiencia, no nos dió la fianza en ese momento y, a día de hoy, seguimos esperando que nos la deposite.

    Hemos llamado al casero por telefono todos estos meses, ya ni nos lo coge. Nosotros hemos tratado la casa genial, hemos reparado pequeñas cosas, pintado el piso entero y la puerta de entrada pintada entera porque estaba muy estropeada, y todo de nuestro bolsillo. Hemos pagado las facturas y el alquiler siempre a tiempo. Con esto quiero decir que no hay motivo para que se quede con la fianza, no hemos provocado ningún daño, sino al contrario, le hemos entregado la vivienda mejor de lo que estaba.

    No sabemos si la fianza la depositó en el IVIMA, y tampoco sabemos como proceder para reclamar esa factura. Mi duda es, se puede denunciar al IVIMA o a Hacienda (en caso de que no se haya depositado en el IVIMA) sin tener que recurrir a abogados? Es que no estamos bien de dinero ahora mismo y la fianza son 600€, por lo que creo que con todo el lío de costes de abogados saldríamos perdiendo y no merecería la pena. ¿Me puedes aconsejar en algo?

    Muchísimas gracias de antemano, ¡un saludo!

    1. Hola Laura.

      En estos temas la verdad absoluta la tiene solo el juez, y para eso hay que llegar a un proceso judicial.

      No obstante, yo veo que tienes argumentos suficientes para reclamarle la fianza de forma amistosa (en concreto por burofax).

      Se trata de elaborar un buen escrito con la normativa concreta y explicando por qué debe devolverte la fianza.

      Por mi parte, si estás interesada en que elabore yo ese escrito puedes hacérmelo saber en info@abogadosparatodos.net

  246. Buenos días,

    El pasado 30 de junio hicimos la entrega de llaves y firmamos el contrato de finalización del alquiler. En él quedaba claro que se nos devolvía íntegramente la fianza y que la arrendadora debía pagarnos la mitad de la factura de luz que quedaba pendiente de junio a julio y que aún estaba a nuestro nombre.

    Hoy con 23 días de retraso, hemos recibido la fianza en la que se nos descuentan 93€ en concepto de cambio de potencia de la luz. Y no nos ha ingresado la cantidad de nos debe por el mes de julio.

    Si en el papel de finalización ella firmó que todo estaba correcto y al día, ¿puede descontarnos esa cantidad de la devolvión de la fianza? Así mismo, si emprendiésemos acciones legales, ¿podríamos reclamar los intereses por los 23 días de demora?

    Muchas gracias por adelantado.

    1. Hola MV.

      Los intereses serían escasísimos. Prácticamente nulos. Dos, tres, cuatro euros tal vez.

      Respecto al documento que comentas, si realmente queda claro que deben devolverte la fianza, tienes mucho ganado a tu favor para reclamar la fianza.

  247. Hola a tod@s.
    Mi situación es particularmente especial (no he leído todos los comentarios). Firmamos un contrato de alquiler por un año pero con un período mínimo de 6 meses. Hemos estado 8 meses. Hemos pagado puntualmente todas las cuotas y todos los gastos estipulados por contrato. Dejamos el piso el 1 de agosto y devolvimos las llaves el 3 de agosto. No se firmó ningún documento ya que el dueño no fue quien se presentó, fue su novia. Por distintos motivos hemos estado avisando de nuestra marcha (avisamos en mayo para dejar el piso en junio, luego avisamos en junio para irnos en julio y definitivamente en julio para marchar en agosto) que luego no hemos podido cumplir (obligaciones laborales y obligaciones escolares ya que tenemos dos hijos menores). Hemos sufrido muchos problemas y hemos estado en grave riesgo para nuestra salud por culpa de ese piso (barandilla del balcón en muy mal estado; fallo en la instalación eléctrica que hacia que no saltaran los dispositivos de seguridad; sin certificado de eficiencia energética; fallo del calentador de agua; fallo del extractor de humo de la cocina; horno estropeado varias veces; suciedad como envoltorio de condones en los cajones, nevera sucia, cuartos de baño con moho; persianas en mal estado con riesgo de caída; mal cierre de los cristales o ventanas donde entraba aire del viento y el agua de la lluvia; etc..).
    Resulta que el dueño, en el momento de comunicarle nuestra decisión final de irnos, nos dijo que no nos devolvía la fianza completa ya que había tenido gastos como la reparación de la barandilla, y ahora se agarra a que no le comunicamos con 30 días de antelación y, parece ser esta con algún abogado por este asunto.
    ¿Cuales son mis opciones? ¿Puedo reclamar legalmente la fianza que es de 500€? En tal caso, ¿como puedo enviarle un burofax si no conozco la dirección actual del propietario?
    Muchas gracias.

    1. Hola Ángel.

      Si no puedes demostrar que has preavisado con 30 días de antelación entonces será fácil para el arrendador quedarse con esos 500€, pero no en concepto de arreglo de la barandilla, sino en concepto de periodo de preaviso no cumplido.

      Pero en caso de que si puedas demostrar que preavisaste antes del 30 de junio de que te ibas, entonces podrás reclamarle esa cantidad, pero judicialmente, con los gastos que ello supone.

      Y si el arrendador puede demostrar que la barandilla está mal por vuestra culpa, entonces podrá quedarse con el dinero necesario para repararlo. Se da por hecho que cuando entraste la barandilla estaba bien, salco que en el contrato se dijera lo contrario.

      1. Muchas gracias por contestar.
        Ninguno de las dos partes puede demostrar cuando fue el aviso ya que fue de manera verbal. Pero el caso es que el me dijo, en su momento que, si todo estaba bien, me devolvería la fianza. Luego, tras el ultimo aviso, me dijo que me devolvería la mitad y ahora nada de nada. La barandilla estaba en mal estado desde el mismo día que fuimos a ver el piso y alguna foto debo tener guardada. Otra cosa que he leído en los comentarios es el recibo del deposito de la fianza que tampoco me lo enseñó. El certificado de eficiencia energética lo hizo estando nosotros allí presentes tras varios meses de alquiler..etc..etc…etc..
        Me doy cuenta que , primero, actuar de buena fe siempre va a dar problemas y, segundo, los inquilinos estamos «vendidos»…y tenemos la de perder y que nos » roben» en la mayoría de los casos..
        Muchas gracias y un saludo.

        1. Hola Ángel.

          Efectivamente, si los inquilinos no hacéis las cosas muy bien (me refiero a hcer todo por escrito) es muy difícil recuperar el dinero cuando las cosas se tuercen.

          En tu caso, realmente al no haber nada por escrito, el arrendador podrá exigirte la mensualidad que no has preavisado.

          Y respecto a la barandilla, si el contrato no dice nada sobre ella la ley señala que se da por hecho que estaba bien, salvo que tu puedas demostrar (en un juicio) que estaba mal.

  248. Muy buenas tardes, me gustaría realizar una consulta sobre un piso en alquiler.
    Finalicé el contrato de mi piso el 1 de julio, avisando por carta al casero con un mes de antelación. Este aviso se envió a la dirección del negocio del casero (diferente al que constaba en el contrato, ya que ahora vive en una comunidad autónoma diferente).
    Una semana más tarde se hizo la entrega de llaves en la inmobiliaria, se nos dió el documento correspondiente a este acto, pero aqui no se mencionaba el estado del piso.
    Tres semanas más tarde el casero me llama por teléfono, reclamando el estado de unos electrodomésticos, y que me lo descontaría de la fianza.

    Han pasado 15 dias desde esa llamada y no tengo ninguna noticia de él, con lo cual me surgen varias dudas. ¿Tiene él que demostrar que los electrodomésticos estan averiados por mal uso, o yo demostrar lo contrario? Si quiero solicitar la fianza por burofax, ¿adonde la envío, si sé que en la dirección que consta en el contrato no vive? ¿Cuales son los pasos a seguir para iniciar un proceso monitorio, y sería válido viviendo casero y ex-inquilino en comunidades diferentes? ¿Se le podría presionar pidiéndole el resguardo del depósito de la fianza, ya que éste no nos lo entregó en su momento? El piso en alquiler esta sito en Galicia, no sé si se le podría sancionar por ello, aunque ya haya finalizado el contrato.

    Muchas gracias por su atención.

    1. Hola Leticia.

      Tendrías que reclamarle tu judicialmente la fianza, pero si el arrendador demuestra que los electrodomésticos están mal (debe demostrar que ha habido un uso inadecuado).

      No te aseguro que el monitorio te vaya a servir. Más bien iría por la vía del procedimiento verbal.

      1. Hola Eduardo.
        Mi caso es parecido al de Leticia. El casero dice que se ha gastado en reparaciones un precio exorbitado, mucho mayor del real . Al ser la cantidad menor de 6.000€, según lo que leo, habría posibilidad de ir por el procedimiento verbal.
        El piso está en Madrid. Dices que es más seguro llevarlo por el ordinario, salvo que se sepa que los juzgados de tu ciudad aceptan el verbal. Mi pregunta es, ¿sabes cómo suelen proceder los juzgados de Madrid? ¿me recomiendas el verbal?

        Muchas gracias

  249. Alquilé un piso en Agosto 2014 con otras dos chicas por un año renovable a 3 años. Estas chicas se marchan a mitad. Aviso al dueño y le comunico que alquilo las otras habitaciones para pagar el alquiler, estando de acuerdo. Por una avería llega una factura de 300€ de agua que según el dueño tengo que pagar. Yo le comunico al dueño que me voy del piso por varios motivos a parte de este. A continuación: la agencia comienza a amenazarme con denunciarme porque he subarrendado el piso. Finalmente les digo que tengo pruebas (un e-mail)del consentimiento del dueño y después del acoso continuado deciden firmar una resolución para que ninguna de las partes pueda reclamar nada. Hoy, el padre de una inquilina, a la cual le alquile una habitación para los meses de julio,agosto. Le hice un contrato que firmé por paint¿es válido?,me reclama el alquiler del mes más la fianza(385€). A mediados de junio avise a la chica que el mes de agosto terminaba el contrato y no iba a renovar, ella aceptó. A mediados de Julio decidió irse y yo decidí no devolverle la fianza porque el piso no lo dejó en condiciones aceptables pero no tengo pruebas de ello. Tuve problemas personales con la chica por colaborar para denunciarme a mis espaldas mientras venia de amiga conmigo cuando le interesaba. Le mandé un e-mail cuando me enteré de lo que estaba pasando y le dije lo que pensaba, y que lo único que había conseguido era que no le diese la fianza, la cual le daba por amistad, no porque el piso estuviese en condiciones, teniendo en cuenta mis problemas con los dueños no era importante para mi que el piso tuviera rotos.

    Mi principal problema es que no tengo pruebas de que haya ocasionado rotos en el piso, no quiero darle la fianza por los daños morales y además ya no puedo acceder al piso.

  250. Hola buenas. El pasado mes de Julio mi novia alquiló una casa en murcia durante todo el mes. Pagó 700 euros como alquiler y fanza. Estuvo solo diez días y se volvió. Entregó las llaves en el mismo piso pero no le dieron ningún papel. Ahora estamos pidiendo la devolución de la fianza pero no la entregan. Iba a mandar un burofax a la inmobiliaria que llevo el alquiler pero en el contrato pone que la fianza será devuelta por el propietario. Entonces mi duda es a quien manda el burofax porque solo se los datos de la inmobiliaria, del propietario solo se el nombre. gracias

    1. Hola Daniel.

      Habrá que ver cuál es el domicilio para notifcaciones que aparepce en el contrato y mandarlo a esa dirección.

  251. Buenas tardes;

    Me gustaría preguntar una duda que prácticamente nadie nos sabe resolver. Llevamos unos dos años y medio de alquiler, y con dos meses de antelación tal y como estipula el contrato, preavisamos a la persona que nos alquiló el piso, de que finalizaríamos con fecha 15 de agosto el citado alquiler.

    La propietaria dispone de 3 meses de fianza. El viernes 14 hemos quedado con ella para dar por zanjada la relación propietario-inquilino. Cual es nuestra sorpresa al ir a confirmar que el día en que hemos quedado para firmar la finalización del contrato, nos indica que no va a valorar los hipotéticos desperfectos en la vivienda en nuestra presencia, si no días más tarde, a inicios de septiembre, cuando una limpiadora contratada por su parte repase la vivienda entera y les indique las pertenencias deterioradas o desperfectos.

    Consideramos que esto no es legal, que debe estar presente tanto el arrendador como el arrendatario, ya que nos pueden llegar a imputar desperfectos no ocasionados por nuestra parte al no estar presentes.

    Quedo a la espera de su respuesta.
    Gracias

    1. Hola María.

      El problema es el sistema, es decir, el hecho de que sea el arrenador el que disponga del dinero (en este caso la fianza y el deposito adicional) ya que esta situación le permite imputarte lo que quiera (incluso en tu oresencia) y después serás tu la que tendría que acudi a un juzgado y demostrar que ese elemento no estaba mal.

      La situación que te plantea no es ilegal.

      Soluciones:

      – Que el día en que firmáis la resolución del contrato llames a un Notario para que de fe del estado de los elementos deteriorados.

      – Que te fíes de lo que diga la arrendadora y si no estas finalmente de acuerdo acudir a un juzgado haciendo saber al juez que la arrendadora no quiso valorar los daños in situ pueidneo hacerlo y dejar que sea su señoría quien decida el asunto.

  252. Buenas tardes Eduardo, si es posible te agradecería muchísimo si me pudieras dar alguna orientación. El caso es que el año lectivo pasado mi hermana y una amiga suya estuvieron de alquiler residiendo en un piso en Francia a través de una agencia inmobiliaria. En mayo ya se volvieron las dos a España pero ahora la agencia se descuelga con que no les va a devolver la fianza (novecientos y pico euros) a pesar de estar el piso devuelto en perfectas condiciones y el argumento que ponen es que mi hermana y su amiga gastaron una bestialidad de agua en metros cúbicos lo cual o está habiendo un fallo de contador o no es cierto ni salen las cuentas ni por asomo para el uso que realmente le dieron, porque encima nos dan una cifra desorbitada y quieren no sólo no devolver la fianza, sino que hacerles pagar más a mi hermana y su amiga. Estaban de contrato. Y les hemos pedido facturas pero no las mandan. ¿Cómo podríamos proceder legalmente para denunciar esto? Nos sentimos estafQados.

    Un saludo y de antemano muchas gracias

    1. Hola Laura.

      Si la fianza la tiene la inmobiliaria, lo primero es reclamar fehacientemente la fianza y exigir, en caso de que no estén de acuerdo, que aporten pruebas de por qué no devuelven la fianza (pruebas me refiero a facturas con datos de consumo).

      Si no aportan estos datos no tendrás más remedio que reclamar la fianza judicialmente.

      1. Hola Eduardo, muchísimas gracias por su amabilidad y pronta respuesta. En eso estamos pero la verdad que se han mostrado reacios a mandarnos las facturas y todas las pruebas. Y ya llevamos tiempo así, con lo que le vamos a mandar a la agencia por burofax nuestra reclamación de las facturas y de la fianza. Quisiera hacerle solamente una consulta más si no es mucha molestia para usted: ¿En caso de tener que llegar a lo de reclamar la fianza judicialmente habría que hacerlo en juzgado francés y acercarnos a Francia (no nos queda tampoco demasiado lejos); o valdría con hacerlo desde España? Es lo que no tenemos del todo claro. De nuevo, muchas gracias. Un saludo

        1. Hola Laura.

          Si la fianza la entregásteis a la inmobiliaria y es española, tendréis que reclamar en España.

          Salvo que tengais firmados contratos que establezcan lo contrario.

          1. Hola Eduardo. Pues el caso es que no, que la inmobiliaria era francesa (de Toulouse), por eso no tenemos muy claros los pasos a seguir o dónde poder informarnos sobre lo que deberíamos hacer en un caso como éste siendo que la inmobiliaria era francesa y el arrendamiento fue en Francia. Imagino, por lo que me escribe, que nos tocará sino acercarnos a un juzgado francés como nos sigan dando largas.

            Gracias, Eduardo. Agradezco enormemente la amable atención y quisiera aprovechar para felicitarle por la página, porque de verdad que es estupendo poder encontrar personas altruistas como usted que echen una mano orientando en temas que otros pues estamos un poco peces.

  253. Hola,

    el 1 de Octubre de 2014 firmé un contrato de arrendamiento que finalizó el 1 de Julio de 2015, pagando 500e de fianza. Hemos «desgastado» con un colgador en la puerta el marco superior y la dueña quiere cambiar todo el marco de la puerta.Ha pasado casi un mes y aun no hemos recibido el presupuesto ni el importe que proceda a restituir.

    1. Hola Paula.

      Efectivamente, si se ha producido un deterioro del marco de la puerta te podrán exigir la reparación/restitución.

      Habría que ver hasta que punto es o no necesario cambiar todo el marco. No lo se.

      Espera un poco más y si no te presentan justicicación de la reparación/sustitución pues tendrás que exigir la devolución de la fianza.

  254. Buenas tardes Eduardo,

    Procuraré ser breve. El pasado 1 de julio termino mi contrato de alquiler anterior, previo aviso de un mes por escrito. El día 8 de julio entregué las llaves firmando la resolución de contrato. En este se contemplaba la devolución del depósito, quedando pendiente la fianza del pago de recibos pendientes. Al no hacer mención expresa del estado del piso, entendí que se fiaba de mi y no iba a reclamar por ese mitivo.
    El 1 de agosto recibí una llamada de mi casero reclamando el cambio de un calentador del agua que según el técnico no tenía arreglo ( funcionaba perfectamente cuando me fuí) y de una aspiradora que ni toqué en los tres años de contrato, ya que tenía alfombras de bambú.
    El inventario de enseres del piso era fotográfico y curiosamente el calentador no aparece.
    Mis dudas son: ¿Puede reclamarme el pago de un bien no incluído en el inventario? ¿Debo responder por los daños en objetos (TVs, aspiradoras) que pueden ser debidos al desgaste (tienen más de 10 años) y no a uso incorrecto o negligencia, y más teniendo en cuenta que no he hecho uso de ellos? . Si aún así debiese responder por estos enseres ¿tienen que ser de características similares o puede comprarse un aspirador sin bolsa último modelo a mi costa?
    Muchas gracias por adelantado.

    1. Hola Suso.

      Lo que no este inventariado es difícil que te lo pueda rclamar. No obstante, el calentador aunque no estaba inventariado podrías aceptar que estab en la vivienda, pero será él el que tenga que probar que ha sido estropeado por un mal uso, lo que es bastante difícil, pues un calentador antiguo lo lógico es que se haya estropeado por el uso habitual.

      Y respecto a la aspiradora, lo mismo. Es decir, si prueba que ha habido mal uso tendrías que asumir la reparación o la sustitución, y tendría que ser un producto (o precio) del mismo tipo o categoría.

      Aquí el problema es el de siempre, es decir, que es el arrendador el que tiene en sooder la fianza y eres tu el que tendrás que reclamárla judicialmente, con los gastos y tiempo que ello conlleva.

      1. Muchísimas gracias por su ayuda. Intentaré razonar con él y llegar a un acuerdo, aunque lo veo difícil.

  255. Hola Eduardo, te explico la situación actual. En febrero alquilar un local, y dimos 2 meses de fianza. Por ciertas circunstancias el 9 de Junio firmamos la rescisión del contrato, y en el hacia referencia al Art. 36.4 LAU, y se comprometia a devolver la fianza en un plazo de un mes. Han pasado casi dos meses y nos comentan que no nos devuelven la fianza porque al parecer había una fuga de agua en el local, dicha fuga no se localizó ni se reparo. El contador es comunitario y en ningún caso me pueden demostrar que el consumo de agua es del local que teniamos alquilado. Nos hemos ofrecido a pagar el 40% de la factura ya que es el coeficiente que se esta aplicando hasta ahora.
    El local, tenía el wc roto y nosotros nos ofrecimos a dejarlo todo arreglado, aunque no consta en la resción.
    Mi pregunta es, nos puede retener la fianza por la factura de agua que viene a nombre de la comunidad?
    Nos podemos negar a repararle el wc?

    Muchas gracias de antemano.

    Saludos

    1. Si no se puede localizar la fuga difícilmente os la podrán imputar.

      Y además, en todo caso, de existir esa fuga quién dice que es un daño repercutible a un mal uso?.

      Como mucho me atrevo a decir que seria un daño por un uso normal, es decir, atribuible al arrendador.

      En cuanto al wc es más complicado, pues supuestamente el local se entrega en buenas condiciones (salvo que pusierais en el contrato que el wc estaba mal), con lo que te podrán exigir devolverlo en correcto funcionalmiento.

  256. Buenos días,

    Al dejar mi piso de alquiler, tanto el propietario como yo hemos firmado un documento de resolución de contrato, en el cual no constan desperfectos, aunque tampoco hay una frase del tipo «el piso se entrega en perfectas condiciones».

    Paralelamente, el propietario ha firmado otro documento, correspondiente a la entrega de la fianza, en el cual hace una lista de desperfectos para justificar la NO devolución del dinero. Yo no estoy en absoluto de aacuerd con estos daños, por eso no lo he firmado. Además, en él no adjunta facturas.

    Le he enviado un burofax reclamando la fianza íntegra, ahora estoy esperando respuesta. Los documentos los firmó tres semanas después de la entrega de llaves, después de insistirle mil veces.

    Piensa que tengo posibilidades de recuperar mi dinero? Cual sería el siguiente paso si no responde al burofax?

    Muchas gracias. Saludos.

    1. Hola Darío.

      Si no te devuelve la fianza únicamente te quedará acudir a la vía judicial para reclamársela, y más aún si no aporta facturas.

  257. Hola Eduardo,

    Te contacto porque llevo varios años de alquiler en un piso , hace unos 10 días informe a la inmobiliaria que dejaba el piso a partir de Septiembre, cumpliendo con el plazo de 60 días que me piden en el contrato, por lo que el tema de los plazos está cubierto,.
    Mi pregunta viene ya que tienen 1 mes de fianza + 3 meses fianza adicional por el piso y quería saber si puedo dejar de pagar los 2 meses que me quedan y que los tengan que descontar obligatoriamente estos 2 meses de la fianza adicional., el piso se me alquilo sin mobiliario de ningún tipo. De este modo me deberían devolver solo el mes de fianza al final y 1 mes de fianza adicional y me aseguro ya que recupero estos 2 meses.

    Quedo a la espera de tu respuesta.

    Un saludo y gracias por tu ayuda.

    Pedro

    1. Hola Pedro.

      Aunque la fianza no pueda emplearse para pagar el último mes (o los últimos meses, en tu caso), es evidente que son garantías para cuando hay impago de rentas.

      Por lo que si imoagas rentas el arrendador utilizará esas garantías.

      No puedo recomendarte hacer eso, porque es incumplir un contrato, pero también te digo que no te va a ocurrir nada si lo haces.

      1. Hola Eduardo,

        Muchas gracias por su repuesta, lo he comentado con la inmobiliaria y me comentan que la fianza adicional no puede utilizarse para esto y que es la garantía para desperfectos que pudiera tener el piso (el piso se alquilo sin muebles ni electrodomésticos) tienen de momento mas de 2000€ de fianza en total.
        Si dejará entonces de pagar los 2 meses que restan podrían echarme del piso? Cuales son los plazos para esto en todo caso?

        Por otro lado, me recomienda que firme un escrito entrega de llaves y rescisión de contrato tras la inspección? En caso vean algún desperfecto, entiendo podría gestionar el arreglo yo para evitar sobre costes?

        Muchas gracias,
        Pedro

        1. Hola Pedro.

          Efectivamente si dejas de pagar podrían echarte, pero total…te vas a ir dentro de dos meses. No van a hacer eso.

          Y si, te recomiendo firmar el documento de resolución de contrato y podrías gestionar tu los arreglos (con factura, para que el arrendador pueda tener garantía sobre esos arreglos).

  258. Hola Eduardo,
    Hola,
    Tengo una vivienda alquilada por habitaciones, y recientemente le he comunicado a una inquilina de una habitación la resolución del contrato en 30 días (como marca el contrato). Tengo las siguientes dudas al respecto:
    – La inquilina dice que solo puede quedar para la entrega de llaves a las «11 de la noche» (supongo que por motivos laborales).
    ¿Puedo alegar que son horas inapropiadas, y proponer yo una hora a la que ella se deba adaptar, en caso de que no lleguemos a ningun acuerdo?

    – Lleva varios meses pagando 10 días más tarde del plazo fijado en contrato sin mi consentimiento.
    Se puede pedir una indemnización por los intereses que generan esos días de retraso en el pago?

    Muchas gracias por su ayuda!

    1. Hola Jose.

      Respecto a la hora, es algo en lo que os tenéis que poner de acuerdo. Y si no alcancáis un acuerdo mejor que el que te ha propuesto la inquilina, ese debe darse por válido, a pesar de ser una hora realmente mala.

      Y respecto a los intereses, no puedes reclamarlos si no se han fijado en el contrato.

  259. Hola Eduardo,
    Mi problema es un poco extraño, soy propietario de una vivienda la cual he tenido alquilada durante dos años a una persona la cual no me ha dado ningún tipo de problema, el problema ha venido a la hora de devolverle la fianza del piso, quiero dejar claro que en ningún momento me he opuesto a devolverle dicha fianza y además en su totalidad, pues el piso lo dejó en perfecto estado, el tema es que esta persona está desaparecida, no responde a mis whatsapps (soliamos comunicarnos por este medio) ni a mis llamadas y yo lo único que quiero es devolverle su dinero, menos unos gastos de agua y luz (no de desperfectos en el piso) que aún le correspondería pagarlos a esta persona. ¿En que situación legal estamos? ¿Como puedo solucionar el tema?

    Muchas gracias.

    1. Hola Juan.

      Mándale un burofax con certificación de contenido (de los de 26€) diciéndole que quedas a la espera de que te indique cómo proceder a la devolución de esa fianza.

      El burofax lo envías al domicilio arrendado.

      No lo va a recoger, obviamente, pero tu tendrás la prueba de que has hecho el ofrecimiento de pago.

      Trancurridos 5 años desde que enviaras ese burofax, ya no te podrá rclamar la fianza por prescripción.

  260. Hola Eduardo,
    El pasado día 02 de Julio firmamos un contrato de alquiler.
    Pagando el mes de Julio (600€) fianza (600 €) y la comisión de la inmobiliaria que lo gestiona (600€+IVA). Por motivos personales de salud no podemos cambiar de vivienda actualmente, es una situación familiar bastante delicada y hemos avisado al propietario de que no íbamos a continuar con el alquiler. Entendemos que el mes está perdido y la comisión de la inmobiliaria también, al fin y al cabo ellos hicieron su trabajo y el propietario perdió la posibilidad de alquilar a otro. Pero pese a que el propietario nos comentó ayer mismo que no habría ningún problema en la devolución de la fianza, (ni siquiera hemos entrado en la casa, no se ha llevado ni una triste caja) me llama el chico de la inmobiliaria para decirme que no se devuelve, que por ley tiene derecho a quedársela y que lo pone en el contrato, aunque nosotros no vemos reflejada esa cláusula en el contrato. Además entendemos que la fianza es por posible desperfectos, etc… que no hemos hecho porque como comento ni hemos entrado. Existe esa ley que comentan que se la pueden quedar?
    Muchas gracias por tu ayuda.
    Un saludo.

    1. Hola Carolina.

      Aquí lo que ocurre es que el contrato, aunque estoy seguro que es por motivos ajenos a tu voluntad, se ha incumplido.

      Y el arrendador no tiene culpa de ese incumplimiento.

      Él tenía unas expectativas que se han visto frustradas.

      Por lo tanto, puede quedarse con la fianza para resarcirse de los daños que tu incumplimiento le ha ocasionado.

      Con la ley en la mano él te podría exigir hasta 6 meses de renta por el incumplimiento, así que en caso de que se quede con la fianza lo que te aconsejo es que firmes un documento en el que se comprometa a renunciar a cualquier otra cantidad, vayamos a que después te quiera reclamar la cantidad que te digo.

  261. Hola Eduardo
    Tras dos años viviendo de alquiler, no nos han devuelto la fianza, nos han pasado una factura nada clara, en la que no sale nada detallado mas que lo que han hecho y el precio final. 495€ por arreglar cuatro cosas menores, entre ellas tapar agujeros y pintar incluso el techo por haber colgado estanterias (??)
    He estado leyendo y por lo que he entendido, la fianza no puede descontarse para arreglar desperfectos normales por el uso de la vivienda, cuando entramos se nos dijo que no habia problema en hacer agujeros.
    Hay alguna posibiliad de reclamar? por ahora he pedido un desglose mas detallado de los gastos que han tenido las reparaciones.

    1. Hola Luis.

      Cuando entraste en la vivienda ¿estaba recién pintada?. ¿Había ya agujeros en las paredes?.

      ¿El contrato dice algo aceca de que no esta permitido hacer agujeros en las paredes?.

      Te agradezco si me puedes contestar a estas preguntas.

  262. Hola Eduardo,
    tenemos alquilado un piso desde Marzo del 2014, en principio era por un año, en el contrato se estipula que se renueva automáticamente así que decidimos quedarnos un poco más. Ahora nos queremos mudar a otro sitio. El dueño nos tiene que devolver la fianza?
    Muchas gracias por tu ayuda.

    1. Hola Mónica.

      Si se trata de un contrato de arrendamiento de temporada si que se podrá quedar con la fianza.

      Pero si se trata de un contrato de vivienda habitual (me temo que es de este tipo) entonces no tiene derecho a quedarse con la fianza si la vivienda está correctamente conservada.

      Quedo a tu disposición para cuanto necesites.

  263. El viernes hemos visto un piso, hemos dicho que nos lo quedábamos, pagamos 400€ de fianza y 200€ de medio mes y hemos ido a verlo con los propietarios ya que antes había sido rápido y con la inmobiliaria. Hablando con los propietarios nos dicen que arreglan una serie de desperfectos el sábado. El lunes quedamos para la firma del contrato y viendo que no se ha realizado el arreglo de los desperfectos , ni se tenía intención de hacerlo, y que la inmobiliaria no tenía redactado el contrato, se aplaza para el miércoles, hemos decidido dejar el piso porque habíamos pagado y no se había realizado nada. Nuestra sorpresa es cuando nos dicen que no se nos devuelve ni un solo euro, ni la fianza que era para depositar en la xunta de galicia, ni el medio mes que no hemos vivido en el piso, todo ello por supuesto sin contrato. ¿Qué debemos hacer? Se ha enviado un fax y hemos recibido una llamada amenazando con poner una demanda con los gastos que ha asumido la propietaria y demás, por parte de la inmobiliaria, insultándonos y diciendo que su empresa está creada en vacíos legales por lo tanto siempre sacan algo bueno de los procesos jurídicos.

    1. Hola Yanet.

      A quién pagaste la fianza y la media mensualidad…a la inmobiliaria?.

      Necesitaría que me enviases por email a info@abogadosparatodos.net toda la documentación que tengas sobre este asunto para poder valorarlo correctamente. No sé si firmásteis alguna documentación.

  264. Buenas tardes Eduardo, tengo una pregunta a ver si me la puedes responder si me hicieras el favor.
    Primero de todo te pongo en situacion.
    A traves de una agencia alquilo (yo soy el inquilino) un piso por valor de 390€, depositando 780€ de fianza. El contrato lo firmo con la promotora directamente. En el contrato pone que si salgo antes de un año el retorno de la fianza es 0€, si salgo antes de dos años son 390€ y si permanezco mas de dos años me la devuelven integra.
    Resulta que en a finales de Enero les escribí un email (los tengo guardados), comentando que en breve mes y pico me iría del piso. Para entonces, habré permanecido año y medio en dicho piso por lo que la fianza se supone que seria unos 390€ y si me quieren sumar la parte equitativa de los meses.
    El tema viene a que, en lugar mio entro un buen amigo como inquilino, por lo que fue un cambio de contrato, no tuvieron el piso vacio ni un dia. Ellos ni lo notaron, a todo esto sali el día 10 de Marzo y mi amigo el 13.
    Me cobraron todo el mes de marzo integro cuando meses antes les habia dado fecha de finalización. Además a mi amigo le cobraron la mitad del mes.
    Es esto legal?
    Y aún hay más, a parte de todo esto… que no me huele muy bien, estamos a 12 de Junio y aun no he cobrado la fianza, nada de nada.
    Que puedo hacer porque ando muy cabreado.
    Muchisimas gracias

    1. Hola David.

      Por lo que comentas, la cláusula de no devolverte fianza es nula, es decir, puedes irte tras el sexto mes de contrato y en caso de que te vayas después tendrás que preavisar con un mes de antelación (y pagar todo ese mes).

      En cuanto a la devolución de la fianza, si tu contrato era de dos años de duración, podrán quedarse con 195 euros, y si era de trs años podrán quedarse con toda la fianza.

  265. Hola Eduardo:
    Querría hacer una consulta porque la verdad es que estoy un poco perdida… Tengo un piso en propiedad. Actualmente lleva alquilado desde el 24 de Junio del 2014. En el contrato se especifica que su durabilidad es de un año y que, transcurridos los 6 primeros meses, si el inquilino tuviera interés en rescindir el contrato, debe avisar al arrendador con 30 días de antelación. Sólo me han avisado con 14 días de antelación que se van y pretenden abandonar el piso 7 días despues del 24 de Junio de 2015, es decir, el 1 de Julio. ¿Esto puede tener alguna repercusión a la hora de devolverles la fianza a mi inquilino?? Muchisimas gracias por tu ayuda. Saludos

    1. Hola Nuria.

      Debe preavisarte con 30 días de antelación, lo que quiere decir que debe pagarte 30 días desde que te preavisó.

      Dicho de otro modo, podrás quedarte con la parte de la fianza que sea necesaria para cobrarte esos 30 días.

  266. Hola,
    antes de nada felicitarte y agradecer tu labor ya que aclaras muchos conceptos y brindas ayuda a mucha gente de una forma fantástica.

    Recientemente he tenido un problema con mi casera. Fui a Madrid para iniciar un trabajo, y estuve en un piso 2 meses. Al finalizar me comentó que no le venía bien darme la fianza (ya que se iba de viaje al extranjero) y me lo daría a la vuelta tras descontar luz y agua de los 2 meses que viví allí.(Febrero y Marzo). Pues bien, a finales del mes pasado me comenta que no lo va devolver ya que sería ilegal pues no la avisé de que me iba con más de 15 días de antelación, cosa que no es cierta. No tenemos contrato porque ella no quiso hacerlo pero si me dice que por ley no me lo devuelve. Tampoco tengo ningún recibo o factura de la vivienda. Si tengo testigos, compañeros de piso, amigos que han venido a mi casa durante ese tiempo, etc etc.

    Le he dado facilidades de pago para devolverme la fianza, pero no quiere contactar conmigo.

    He estado mirando por internet y algunos sitios dicen que un contrato verbal es vinculante, tambien puedo acogerme a la ley de hospedaje y arrendamiento urbano. Por mi parte no habría problema en iniciar los trámites para un procedimiento jurídico aunque todos me dicen que no merece la pena por la cantidad (350€). ¿podrías aconsejarme?

    ¡Gracias!

  267. buenas tardes

    Les cuento mi caso a ver si alguien puede ayudarme. Resulta que en el mes de febrero hablé con una inmobiliaria por telefono y le expuse mis condiciones para buscar una casa en alquiler entre las cuales se pedía que fuese una ultima planta y no tener vecinos encima. Pues bien me mandaron un correo que tengo guardado donde me dicen que me envian fotos de una segunta planta sin vecinos encima y en la descripcion de la foto pone que es un atico sin vecinos encima, todo eso lo tengo guardado en capturacion de fotos en el movil. Pues bien firmamos un contrato por un año, y al paso de las semanas empezamos a darnos cuenta de que si que habia gente encima y cuando les preguntamos nos dijeron que se trataba de un almacen que se utilizaba de vez en cuando, y más tarde nos confirman que hay un ático y que ellos no sabian nada, sin embargo el propietario del edificio que alquila todas las viviendas con esa inmobiliaria nos dice que están informados porque precisamente la tienen alquilada hace 5 años. Pues bien como la pareja no era muy ruidosa decidimos quedarnos, pero al mes se mudaron y empezamos a escuchar ruidos desde las 6 de la mañana o hasta las 2 de la madrugada, puesto que ademas la vivienda se encuentra sobre un estudio de grabación supuestamente insonorizado y que tampoco era cierto. Pues bien el pasado 18 de mayo dejamos la vivienda y el propietario nos devolvió la parte proporcional del mes que habiamos pagado sin ningun problema el dia 06 de junio. Pero la inmobiliaria que nos habia dicho que el propietario no tenia ningun problema en devolvernos la fianza cuyo importe es de 350€ ahora resulta que no hacen mas que poner pegas. El propietario nos dice que eso es cosa de la inmobiliaria y ellos que no quieren hacerce cargo del total.

    Alguien podría decirnos si en caso de no devolvernas podemos hacer algo? denunciar o cualquier otra cosa?

    Gracias

    1. Hola Giranis.

      La devolución de la fianza es responsabilidad del propietario, por lo que es a él a quien hay que pedírsela.

      ¿Habéis firmado algún documento de resolución de contrato? ¿Dice algo respecto a la devolución de la fianza?.

      1. No, solo disponemos de un documento donde se dice que hacemos entrega de llaves a 18/05/2015, en ese momento le pedi que me hiciera un documento donde especificara que quedaba pendiente la devolucion de la fianza a falta de ver el piso. Y me dijeron que eso no podía ser porque tenia que ser redactado por un abogado y que jamas nadie se lo habia pedido.

  268. Hola Eduardo.

    El 31 de Mayo de 2015 finalizó un contrato de arrendamiento que tenía con otros dos compañeros. El día anterior a la entrega de llaves, el 30 de Mayo, limpiamos el piso para dejarlo en unas condiciones más que aceptables, pero ahora el casero nos quiere descontar alrededor de unos 140€ en concepto de limpieza de la fianza por una empresa que contrató él una vez que abandonamos el piso. Durante nuestra estancia se rompió una silla y una lámpara que estamos dispuestos por las cuales no tenemos problema para descontarlas de la fianza.
    Además después de llevar pagando unos gastos domiciliados en mi cuenta de 20€ de media cada dos meses en concepto de agua,de los cuales tengo los recibos, ahora nos dice que a él le están llegando unos recibos por el agua desde que iniciamos el arrendamiento, el día 1 de Junio de 2014.
    Tras haber abandonado el domicilio ahora nos dice que la «alcachofa» de la ducha está rota y que puede que nos descuente también las bombillas.

    ¿Puede descontarnos la limpieza y las bombillas de la fianza? ¿Y puede exigir el pago de esos presuntos gastos nuestros, los cuales nunca notificó hasta ahora, aún teniendo nosotros recibos que demuestren nuestros pagas?
    ¿Qué acciones tenemos en el caso de que nos descuente todos esos gastos?

    Gracias de antemano, la web es de mucha ayuda.

    1. Hola Enrique.

      Si habéis firmado documento de resolución de contrato y nada de esto se reflejó, no puede ahora el arrendador cobrároslo.

      En caso de que lo haga deberéis reclamárselo.

  269. Hola Eduardo.

    El próximo 07/06/2015 finalizo mi contrato de arrendamiento en el que temo que no se me va a devolver la fianza. El contrato finaliza y yo no deseo renovarlo puesto que a mi entender se ha producido una dejación flagrante de las obligaciones de la arrendadora. El piso de debajo también es suyo y al quedarse vacio en marzo lo aprovecharon sus hijos para hacer fiestas de madrugada (incluso vino la policía) hasta que le escribimos un email lo que desencadenó un intercambio de correos «calientes» que provocó que pararan.

    Hace unos días al abrir una cortina de una ventana del tejado (vivimos en un ático) se nos rompió la cuerda y la cortina quedó inmovilizada. Dado que nos «oliamos» que la arrendadora pondría pegas, llamamos a un técnico de mantenimiento el cual tras desplazarse a nuestro domicilio y no poder repararlo nos dijo que esto era muy habitual ya que las ventanas tenían unos años. La única solución es cambiar toda la cortina y cuesta unos 200€.

    ¿Que postura nos recomiendas adoptar para que nos devuelva la fianza? ¿Debería ser ella quien pagara los daños? Tras leer los comentarios, parece bastante claro que el documento de entrega de llaves y rescisión de contrato es imprescindible.

    Muchas gracias de antemano, realizas una muy buena labor.

    1. Hola Miguel.

      La devolución de la fianza deberá ser íntegra si la vivienda está correcta y no hay recibos pendientes de pago.

      En cuanto a los 200 euros, esto es algo que no os podrán quitar de la fianza si como dices la rotura ha sido por un uso normal de ese elemento.

      Lo único que me falta por saber es si has cumplido con los plazos necesarios de preaviso, pues si no lo has hecho si podrías perder una mensualidad.

  270. Hola Eduardo, hace 4 meses alquile un piso con los gastos de luz y agua aparte, pero tengo un problemita, el casero, dueño no me envía las facturas de luz y agua, ya le he enviado varios mensajes diciéndole que por favor me las envíe porque no quiero que se me acumulen las facturas, me dice que no importa que se acumulen que lo importante es pagarlas, yo creo que tengo derecho a saber cada mes el monto de estas facturas, porque se han dado casos que cuando el inquilino se va del piso aparece el casero con 6 o7 facturas para que uno se las pague todas así como así y sin saber a cuanto haciende la cantidad y ahí empiezan los problemas, Mis preguntas son ¿ que puedo hacer, tengo derecho a saber cada mes cuanto gasto de luz y agua? ¿ a que acciones puedo recurrir o exigir?

    Muchas gracias de antemano.

    Y muy buena la web, es de gran ayuda.

    1. Hola Turyx.

      Efectivamente el arrendador podrá pasarte al cobro los suministros más adelante y tendráws que pagarlos.

      De todas formas es algo muy extraño, pues desconozco cuál será el motivo que lleve al arrendador a arriesgarse a no cobrar algo que su inquilino quiere pagar ahora.

  271. Hola, hace ya más de once meses que dejé mi anterior piso y se me devolvió la fianza íntegramente. Todo correcto hasta ahora que la casera de mi anterior piso me reclama una factura de mi anterior piso porque se le olvido pasarla. Después de once meses puede reclamarme una factura?, cuando ya no tenemos contrato de piso. Personalmente pienso que no, porque como repito mi contrato finalizó, pero me gustaría saber si existe una ley que hable de este tema. La factura asciende a 50 euros, una cantidad ridícula. Muchas gracias y espero su respuesta porque me parece una tomadura de pelo después de tanto tiempo y cuando yo he pagado todas las facturas que me ha ido pasando.

    1. Hola Ana.

      A ver, con la ley en la mano podría pasarte esa factura, pues aún no ha prescrito tu obligación de pago (siempre que efectivamete sea obligación tuya pagarla).

      Dicho esto, y dada la pequeña vantidad, es evidente que si te niegas a pagársela le va a costar mucho trabajo poder cobrártela.

  272. Hola, Eduardo:
    En Febrero del 2012 alquilé un local para un negocio. La duración es , en principio, de 5 años, pero por motivos económicos , yo no puedo seguir pagando el alquiler y teno que buscar otro más económico.
    El contrato sólo habla de comunicar 2 meses antes, si no quiero renovarlo cuando se cumplan los cinco años. Pero no dice nada si quiero dejarlo antes. Y tengo dos dudas:
    Con cuánto tiempo debo comunicarlo?
    Cabe la posibilidad de que se queden con la fianza , como una manera de recuperar las pérdidas por irme antes ?
    Muchas gracias de antemano.
    Un saludo
    Fátima

    1. Hola Fátima.

      Sin ver el contrato pero teniendo en cuenta lo que me indicas tienes que cumplir íntegramente el contrato.

      Y si no lo cumples es muy posible que se queden con la fianza para resarcirse de los perjuicios sufridos. Y podrían incluso reclamarte mayor cantidad que la fianza.

      Negocia con ellos.

  273. Hola,

    Los arrendadores están obligados a devolver la fianza en metálico?
    Porque yo y mis compañeros regresamos a Francia y no confiamos en el dueño…(que quiere devolver la fianza por transferencia bancaria)
    Gracias

    1. Hola Lisa.

      Debe devolvértela en metálico, ya que no puedes estar obligada a tener una cuenta bancaria si no quieres.

  274. buenas tardes , tenía un piso para alquilar , vinieron a verlo y enseguida lo quería , me han pagado la fianza como que le guardo el piso , ya que quieren entrar el próximo mes . Ahora me dicen que no lo quieren y que les devuelva la fianza , estoy obligada a devolvérsela ? He tenido que decir que ya lo tenía alquilado y ahora no lo quieren

  275. Hola, me gustaría tener una opinion y una recomendación de representación legal para la devolución de una fianza: El caso es el siguente.

    La propietaria tenia 2,500 EUR de fianza. El último mes acordé con ella que se cobraría de uno de los dos meses de fianza que ella tenía guardados (aunque no firmamos ningún documento.) Quedaron algunas cuentas pendientes de luz y agua, y le pedí que las pagara del último mes de fianza, sin embargo, dice que las tengo que pagar yo, por que el dinero de la fianza es para cubrir desperfectos. Le pedí que me enviara el listado de desperfectos y me envió un listado ridículo de más de 6 mil EUR (el piso está en condiciones normales.) Me ha amenzado con demandar por el pago de las facturas de luz y agua. A mi me gustaría poder recuperar la fianza ya que sólo hay desgaste relacionado al uso normal. Cuánto me costaría empezar una disputa legal, y que tan dificil es ya que yo regreso a mi país, y finalmente que repercusiones puedo tener más alla de que se quede el depósito (debido a que en caso de que ella demande no podré atender la demanda estando tan lejos.)

    Muchas gracias!

    1. Hola Salvador.

      En caso de que salgas de España no habría problema porque siempre podrías ir a la embajada y otorgar un Poder para que sea un procurador el que te represente en juicio.

      Pero vayamos por partes.

      Lo mejor es que me mandes, si lo deseas, copia del contrato de arrendamiento y del documento de finalización de contrato, así como del listado que te ha mandado la arrendadora. Le echo un vistazo y te digo las posibilidades de éxito que tienes.

      Puedes enviármelo a info@abogadosparatodos.net

  276. Buenas tardes,

    Llevamos año y medio de alquiler en una vivienda. El pasado mes avisamos a nuestro propietario que al finalizar Mayo abandonaríamos la vivienda. Hoy nos ha llamado para decirnos que teníamos que dejar ver el piso para que el pudiera alquilarlo antes de que acabase el mes. A esto nos hemos negado, ya que el contrato no lo indica así. Como nos hemos negado, nos ha «amenazado» con no devolvernos la fianza al no haber completado el año que prorrogamos el contrato. En el contrato está explicitamente puesto que es de obligado cumplimiento el primer año y que en posteriores ampliaciones podríamos abandonar la vivienda notificando con un mes de antelación. Creemos que la intención del propietario es la de no devolvernos la fianza bajo ningún concepto, incluso sin haber ningún desperfecto en la vivienda. ¿Qué podemos hacer? En la entrega de llaves, ¿qué documentos tenemos que firmar?¿Es necesario que recurramos a un abogado?

    Un saludo y gracias

    1. Hola Daniel.

      Si el contrato es posterior al 6 de junio de 2013 puedes irte con toda tranquilidad transcurrido el sexto mes de contrato. Eso si, preavisando un mes antes, tal y como has hecho.

      Si no te devuelve la fianza tendrás que mandarle un burofax reclamándosela.

      Quedo a tu disposición para la elaboración de ese escrito indicándole por que esa cláusula no es válida y la que yo te menciono si.

  277. Muy buenas D. Eduardo el motivo de mi escrito es debido a que el pasado 30 de abril deje el inmueble en el que estaba como inquilino, y el casero se dio como ausente por viaje y vino la inmobiliaria que le lleva el piso en su nombre. Ellos no trajeron el dinero de la fianza puesto que decían que eso es parte del casero, y que me mandaría una transferencia con el importe de la misma descontando el mes de luz y agua correspondiente. Yo hice firmar a la persona que recogía las llaves el contrato de alquiler añadiendo una cláusula en la que se recoge que se hace entrega de las llaves con el piso en perfectas condiciones. La persona de la inmobiliaria tras comprobar el piso firma tal documento. Han pasado 15 días y no he recibido la transferencia, y al ponerme en contacto con el casero me dice que la vivienda tiene desperfectos y que se pondrán en contacto conmigo cuando hayan valorado todo. La vivienda esta en mejor estado incluso que cuando entre hace dos años, y yo deje el piso el día 30 y el 1 de mayo ya había nuevos inquilinos viviendo. ¿ que he de hacer ante tal injusticia? Esta persona es dentista con clínica propia y no han de ser problema 200 euros de fianza. Ayuda por favor a una persona desesperada que si le es necesario ese dinero y gracias de antemano.

    1. Hola David.

      Realmente el documento firmado por el señor de la inmobiliaria no tiene por qué vincular al arrendador, pero si que podrías presionar a quien te firmó el documento diciéndole que le vas a reclamar a él los perjuicios que esto te esta ocasionando.

      Seguramente así conseguirás algo.

      El mayor problema es que al ser una fianza de escaso importe cualquier acción que hagas (mandar un burofax con acuse de recibo, pleitear, etc) te va a costar casi más que la propia fianza.

      Trata de presionar a la persona que te firmó el documento, que éste se encargará de presionr al arrendador.

  278. Hola buenas , en mi caso dejamos el piso hace mas de un mes y quedamos con el para darle las llaves y el contrato para que lo llevara para que nos devolvieran la fianza.Pasado mas de un mes ha perdido su contrato y solo tiene el nuestro.nosotros tenemos una fotocopia pero sin sellar.Que pasa si ha perdido su contrato?Nos devolverán la fianza que es de 850€? Un saludo

    1. Hola Marta.

      Que se haya perdido el contrato es un inconveniente importante, pero no debe suponer un impedimimento para que te devuelvan la fianza. Sobre todo si hay justificantes de pago de los pagos mensuales de 850€, ya sea a través de recibo físico o de transferencia bancaria.

      Es decir, el objetivo es que se pueda demostrar que pagabas 850€ de renta y, por tanto, ya sabemos que esa es la fianza, a pesar de que no puedas aportar el contrato.

      Si tienes algun problema no dudes en contactar conmigo de nuevo.

  279. Hola,

    He alquilado mi piso desde enero de 2015 y lo vamos a dejar el 30 de junio. Hoy hemos avisado a la agencia y nos dicen que por haber estado menos de un año no nos devolverán la fianza. ¿es eso legal?

    Gracias

    1. Hola Clara.

      Si estamos hablando de un contrato de «arrendamiento de vivienda habitual» y jo de un contrato de arrendamiento «de temporada», entonces no pueden quedase con la fianza, dado que puedes irte libremente a partir del sexto mes de contrato preavisando con treinta días de antelación.

      Como ya ests viendo que vas a tener problemas, te recomiendo que hagas la notificación a través de burofax con certificación de texto y acuse de recibo. Te va a costar 26 euros más o menos, pero vas a tener una prueba de que has notificado tu intención en tiempo y forma.

  280. Hola, que artículo más interesante!
    El día 22 de abril formalicé un contrato de arrendamiento de un apartamento con una duración de dos meses. Me pidieron una fianza de una mensualidad que ya hice efectiva.
    Me ha salido una oferta para irme con un amigo a su apartamento y compartir gastos.
    Al decirle al casero que iba a dejar el piso el 30 de este mes me dice que entonces no me devuelve la fianza.
    Puede hacerlo? Tiene derecho a quedarse con la fianza? Con toda o solo debería quedarse con la parte proporcional a los 22 días que quedarían de contrato? Yo entiendo que la fianza era para cubrir el contrato de 60 días, si ocupo el piso 38 días, no debería devolverme al menos el 60% de la fianza? No hay desperfectos.
    Gracias y saludos.

    1. Hola Jesús.

      Aunque depende de lo que diga el contrato, lo normal es que tengas que abonarle en total 60 días de renta. Por lo tanto el arrendador podrá quedarse con la diferencia (de la fianza) entre 60 días menos los días que ya le hayas pagado.

      En otras palabras, si a día de hoy sólo le has pagado un mes de renta, podrá quedarse con la fianza íntegra. Pero si le has pagado más de un mes de renta entonces tendrá que quedarse con menos.

      Cuánto le has pagado???.

      1. A día de hoy solo he pagado el mes de fianza ya que no se ha cumplido el mes de estancia. En diez días me toca pagar la primera mensualidad, que por supuesto pienso abonar.
        En ningún punto del contrato se especifica ninguna indemnización por irme antes y sobre la fianza pone textualmente:
        «La fianza de una mensualidad será devuelta por la propiedad ala finalización de la relación contractual, previa presentación al arendador del último recibo de alquiler, luz y agua (rescindido el contrato y devueltas las llaves), al solo efecto de garantizar los posibles desperfectos de obra, tales como paredes, suelo, servicios sanitarios, etc., así como el perfecto estado de los bienes de uso, ajenos al uso normal, sirviendo el presente documento como fiel carta de pago».
        Gracias.

        1. Hola Jesús.

          La premisa básica es que los contratos están para cumplirlos. Y el arrendador no tiene por qué soportar (económicamente) tu decision de irte antes.

          Aunque el contrato no establezca que la fianza sea para cubrir posibles indemnizaciones, casi con toda seguridad el arrendador se va a quedar con la fianza para dar así satisfacción a los daños y perjuicios que tu incumpkimiento le van a ocasionar, que no son otros que la perdida de unas rentas que estaban acordadas por contrato.

          Por lo tanto, el arrendador tiene derecho a cobrar hasta el último día de contrato, habites o no la vivienda.

          Lo que si cabe es que negocieis el importe que se pueda quedar.

          1. En un principio vamos a proceder como aconsejas. El me devuelve la fianza y yo le pago los dos meses de renta, me parece justo de esta manera. Espero que a él también.
            Muchísimas gracias por la ayuda.

  281. Hola Eduardo,

    Soy propietario de varios alojamientos y alquilo las habitaciones a estudiantes y turistas.
    Hace 4 días 1 persona que llevaba 3 meses viviendo en el piso me comentó que le estaban picando unas chinches desde hace 2 semanas , esto después de pagarme el mes corriente el día 1 de Mayo.
    Desinfecté la habitación con unos productos el mismo día, pero al parecer al día siguiente le seguían picando.
    Al tener otra habitación libre le ofrecí una de ellas, previa limpieza de ropa y demás enseres.
    Hoy me ha comentado que, a pesar de que en la nueva habitación no ha tenido este problema, quiere abandonar el piso en unos días y que le devuelva el dinero restante al mes.
    Mi pregunta es, estoy obligado a devolverle el dinero?
    Nunca he tenido este problema y en las demás habitaciones no lo tienen, por lo que a mi respecta es hasta posible que lo haya traído ella dejando dormir a alguien.

    Gracias de antemano.

    1. Hola Miguel Ángel.

      En mi opinión no debes devolverlo, dado que ha incumplido la duración del contrato.

  282. Buenas tardes.
    He recibido las llaves del arrendatario y me he comprometido a devolverle la fianza (600€) en cuanto compruebe los desperfectos y el recibo del agua pendiente. Quisiera saber si le puedo solicitar los gastos de una persiana rota, un embellecedor del suelo de la cocina, desconchones en la bañera, paredes sucias, la puerta de la lavadora está rota y no funciona dicha lavadora.
    Gracias

    1. Hola Rafael.

      En principio me parecen todos gastos que puedes repercutir al ex inquilino.

      Lo único que me genera dudas es la pintura. Si el contrato ha sido muy corto si podrás pedírselo, pero si ha sido de larga duración (de más de 3 años) entonces deberás asumir tu la pintura.

  283. Buenos días,

    El pasado 28 de Febrero deje mi anterior piso de alquiler, avisé a mi casera con 1 mes de antelación. Cuando fui a entregar las llaves me dijo que en el contrato ponía que tenía que avisar con un mes, pero que bueno que debido a las circunstancias lo pasaba por alto, y firmamos el documento de entrega de llaves donde figura que me va a devolver la fianza (tengo copia).
    Ahora dice que al ido al IVIMA y que le dicen que no está obligada a devolverla y que lo va a pensar.

    ¿Puede quedarse con mi fianza? Si yo llego a saber esto igual hago el esfuerzo de quedarme un mes más en el piso.

    Gracias y un saludo

    1. Hola Virginia.

      Si en el documento pone que te va a devolver la fianza lo va a tener complicado en caso de que no te la devuelva, ya que podrás reclamársela judicialmente.

      Desconozco el importe de la fianza, pero eso no afectará a tus derechos.

      Quedo a tu disposición para cuanto necesites.

      1. Hola Eduardo, muchas gracias por contestar, pero he vuelto a leer mi comentario y un dato muy importante estaba mal,es que en el contrato pone que la tengo que avisar con 2 meses. En el documento que firmamos de rescisión del contrato pone que le entrego las llaves y que (cito textualmente) queda pendiente de liquidar la mensualidad depositada como fianza en el IVIMA 800€, Ahora dice que no he cumplido el contrato.

        1. Hola Virginia.

          Complicado.

          Una vez visto el contrato de arrendamiento y el documento de resolución de contrato me inclino a pensar que la arrendadora tiene todas las de ganar.

          Me explico: en el contrato se establece que una vez que nos metemos en prórrogas (este es tu caso) podrás dar por finalizado el contrato pero tendrás que avisar dos meses antes (y esos dos meses obviamente tienes que pagarlos). Aquí el problema es que no tienes pruebas fehacientes de que hayas preavisado dos meses antes, con lo que ella va a decir que tu no le has avisado y que se queda con la fianza en compensación a que no le has pagado esos dos meses (en realidad podría reclamarte un mes más, además de la fianza que se puede quedar).

          Siento darte esta respuesta, pero es lo que veo al leer los documentos que me has mandado.

          Para informar a los lectores del blog (y a ti) esto es así porque tu contrato es de 2009, es decir, anterior al 6 de junio de 2013. Si hubiese sido posterior a esa fecha bastaría con que hubieras preavisado un mes antes de irte.

  284. Buenas, mi situación es la siguiente.

    Hace tres meses finalicé un contrato de arrendamiento tramitado por la Comunidad de Madrid , la fianza era de 500 €, cuando entregué el piso a la dueña, ella misma en persona verificó que todo estaba en perfecto estado y como tal solicitó la devolución de la fianza. Yo era consciente de que debía un recibo que debe llegar cada dos meses y que a la hora de irme del piso, aún no había llegado dicha factura y por ello ninguna de las dos tenía constancia de la cantidad que se debía pagar, como la factura debía de llegar a dicho piso, me mantuve en contacto para saber el importe que debía, sin embargo ella no me aportó ninguna información ni del importe que debía ni los trámites relativos a la fianza. Al no recibir ningún tipo de información, finalmente opté por llamarla una vez más y a la hora de preguntarle (otra vez) por la factura y la fianza, me comunicó que no me iba a devolver la fianza porque faltaban muchos utensilios de cocina (platos y vasos rotos) y que la factura que yo tanto había insistido en pagar ya la había descontado de la misma fianza sin haberme comunicado nada. Durante mi estancia en el piso, me dijo en varias ocasiones que si algo se rompía que prescindiera de ello, incluso me comunicó la posibilidad de prescindir de dos muebles, sin embargo no lo hice. Ninguna de estas acciones me fueron comunicadas y si no llego a llamarla tampoco me entero de que esto ha ocurrido. Que puedo hacer?

      1. No existe, pero se trata de vasos y un par de sartenes que me dijo que podía tirar poque ya estaban viejas, de verdad tendría yo que responder por ello? Y en todo caso, me puede quitar 570 euros por eso?

        1. Hola Vanessa.

          La factura de suministro debes darla por perdida siempre y cuando te aporte dicha factura para que tu puedas comprobar el importe. Si no te la da podrás reclamar también ese importe.

          Y en cuanto a los platos, cubiertos, etc…, desconozco que importe se quiere quedar por este concepto, pero lo tienes fácil…si no hay inventario y si en el contrato no se establece que la cocina está amueblada CON MENAGE no podrá reclamarte este importe.

          Si necesitas hacer reclamación vía burofax quedo a tu disposición en info@abogadosparatodos.net

  285. Buenas noches, soy propietario de una vivienda que se encuentra a unos 600 kms de donde resido habitualmente lo cual implicó que la alquilara por medio de una agencia inmobiliaria. Bien, como es la primera vez que la alguilo, la comercial de la Agencia me dio fianza total de la inquilina por ser funcionaria y antigua clienta suya de que no hacía falta contratar seguro y que cumpliría con el contrato sin problemas (de un año prorrogable hasta tres).
    Bien la cuestión es que a los 8 meses me dice la inquilina que se va de la vivienda y claro me ha dejado en mala situación puesto que la vivienda que no había sido nunca habitada, se reforma y amuebla en su totalidad con cocina electrodomésticos, menaje, habitaciones, salón, etc… (completo) dejandolo todo financiado por mi parte.
    – La comunicación no la hace por medio fehaciente (burofax con acuse de contenido, comunicación notarial o correo electrónico con firma digital), ni en el plazo.
    – A falta de ver el estado de la vivienda, ¿estoy obligado a devolverle la fianza 380€ por lo expuesto en el apartado anterior?, ¿cómo se suele liquidar los suministros si la alquilo a otra persona? y ¿qué debe figurar en el documento de rescisión de contrato?
    Gracias

    1. Hola Francisco.

      El inquilino puede desistir del contrato a partir del sexto mes de vigencia del mismo, pero debe preavisarte con 30 días de antelación. Y si no lo ha hecho por medio fehaciente va a tener (el inquilino) problemas para probarlo, por lo que muy posiblemente te vas a poder quedar con la fianza.

  286. Buenas noches,

    Estabamos a punto de aluquiler una casa a partir del 1 de mayo 2015, acordabamos el precio de alquiler y otras condiciones verbalmente hace 3 semanas y pagué la finaza de un poco mas de una mensualidad por transferencia bancaria. Me aseguré llamarlo fianza. Hoy mismo nos sentamos para firmar el contrato y el dueño pone condiciones nuevas en al mesa, añade gastos y criterios que no nos interesa en absoluto. Incluso intenta no tener que declarar a hacienda el ingreso de alquiler. A nosotros nos gusta tener el contrato según la nueva ley, todo limpio sin sorpresas y nos ha cogido de sorpresa que el acuerdo verbal ha cambiado. Ahora no queremos alquiler la casa, hemos perdido la confianza y el precio no es el acordado. No hemos firmado ningún documento o contrato, pero he mandado la finanza. ¿Tenesmo derecho de que nos devuleva la finaza 100%? El dueño ha empezado a pintar la casa y podar la finca, algo que fue bastante necesaria sea que sea quien vive allí, pero está «insistiendo» en que lo hace porque va a alquilar la casa. También nos comenta que la fianza se ha ido a estos gastos, y que no ha ingresado la cantidad en una cuenta. Como lo vemos nosotros, él ha roto un acuerdo verbal y nos debe devovler la fianza.

    Un cordial saludo y ¡muchas gracias!
    (Disculpa erratas, no soy española)

    1. Hola Bene.

      El hecho de que no hayáis firmado documento de reserva del piso juega en esta ocasión a tu favor, ya que los tribunales suelen dar la razón al inquilino cuando no se establece por escrito una penalización en caso de echarse para atrás, y en este caso es evidente que no se dejó por escrito puesto que ni siquiera hay documento por escrito.

      Qué cantidad es la que entregaste al propietario?.

  287. Buenos días, gracias de antemano por resolver tantas dudas gratuitamente.
    En mayo se van a cumplir 2 años en alquilé mi vivienda y volvi a la casa materna con mis hijos debido a la actual crisis. Mis inquilinos han sido siempre muy exigentes y a pesar de que el piso estaba en un estado impecable yo he cumplido siempre con sus peticiones en cuanto a pequeños arreglos en los que han sido bastante quisquillosos , les rebajé la fianza de 2 meses a 1, atendí a su petición de no poner a su nombre los suministros y solo cambiar el numero de cuenta, pase por alto que me han pagado siempre ente el día 7 y 10 cuando debían hacerlo del 1 al 5 porque entiendo que hay que hacer la vida facil. Pero La cuestión es que les he entregado el piso en cuanto a limpieza impecable, pues yo soy limpiadora y era mi vivienda habitual , como me he mudado a la vivienda del piso de abajo donde reside mi madre, puedo observar que en dos años no han limpiado los cristales , ni el tendedero el cual tiene moho y cada vez está en un estado más lamentable y por eso me gustaría solicitar una visita solo para ver que el piso está en buenas condiciones pues lo que veo desde fuera sinceramente no me agrada. Yo no se si tengo derecho en caso de que el piso no este en buen estado ( como el tendedero) a pedirles que realicen esas limpiezas y que arreglen desperfectos en caso de que los hubiera. Quizás no pueda exigirles nada y esa sea cuestión suya? Como a primeros del mes que entra me gustaría solicitar la visita , agracedería me guiara en como debo actuar.
    Un saludo y gracias

    1. Hola Eva.

      En principio no puedes entrar, pero si se lo comunicas y ellos están de acuerdo no hay problema en que les digas que tienen la obligación de mantener la vivienda en buenas condiciones pues de lo contrario tendrás que quedarte con parte de la fianza si existen daños en la vivienda, como el que mencionas del tendedero, que a todas luces no es un daño por el uso, sino que se va a producir un daño precisamente por la falta de limpieza y mantenimiento.

      Lo mejor es que les llames, les escribas, etc., y les comentes la situación.

      1. No.. nunca entraría en el piso, es su intimidad y su vivienda ahora.., les solicitaré una visita ( que la agencia que nos hizo el contrato lo contempló afortunadamente).
        Muchas gracias por su respuesta , ahora se lo que podré decirles en caso de que las cosas estén mal conservadas.. como el tendedero.
        Gracias!

  288. Buenos días: el 20 de marzo dejé la casa en la que vivía. Siempre tuvimos una excelente relación con los caseros. Desde el tiempo en que comenzó el contrato hace 6 años, hemos negociado bajas en el alquiler. Comenzamos pagando 1050 euros al mes y ahora estábamos en 900. Siempre hemos sido buenos pagadores, no nos hemos retrasado nunca y hemos dejado la casa impecable. Ahora la casera dice que nos tiene que devolver la fianza por 900, no por 1050. Su argumento es que como pagamos 900, eso es lo que corresponde. Yo no creo que sea mala fe, creo que es un error de enfoque. Pero no se como defender la situación ya que considero que la fianza es un dinero concreto que se dejó en depósito en su día y debe ser devuelto tal cual. Legalmente tengo algún respaldo al respecto? Muchas gracias de antemano!! Un saludo.

    1. Hola Flor.

      Lo que ocurre es que la fianza se debería haber actualizado a la baja según ibáis bajando la renta. Es decir, te tenía que haber devuelto, por ejemplo, 50 euros de fianza al bajar la renta en 50 euros.

      Pero como esto no lo hizo en su momento, tendrá que devolverte ahora la fianza íntegra, por supuesto que si. La fianza es un depósito y tiene que devolverte íntegra la cantidad depositada.

  289. Hola Eduardo. Tengo una consulta para ti. El 1/12/2014 comencé contrato de alquiler. Poco tiempo después empecé con problemas médicos médicos, tratandome para múltiples enfermedades. El 1 de abril me comunican mediante informe médico que me están picando chinches, fumigan dos veces (con un informe de la técnico) pagado por el propietario a regañadientes. Tengo un informe médico que me insta a dejar el piso por salud (tengo más de cien picaduras y ya he estado en urgencias) He avisado al propietario mi intención de irme, pero no obtengo respuesta acerca de nada. Aun me queda un mes hasta los seis meses (seria el 1 de junio legalmente) No tengo forma de demostrar que esta plaga estaba aquí antes, aunque la situación según la técnico es que viene, posiblemente, del edificio o de otra vivienda (tengo la llamada guardada como prueba) El propietario me debe 160 euros de una reparación en los fusibles y quiero cargarle el lavado de toda lopa tras la fumigacion como me aconsejo el informe de la técnico de plagas (tengo facturas por 250 euros) ¿Cómo puedo abandonar el piso sin la obtención de respuesta alguna por parte del propietario? ¿Podría irme mañana mismo sin abonarle el mes que queda y exigirle que me dé los gastos ocasionados por la plaga junto con la fianza? En este caso el asunto es al revés, pues considero que debería ingresarme él más dinero del que la Fianza corresponde por haberme hecho cargo de unos gastos que considero que no tendría que haber hecho. Gracias!

    1. Hola Pablo.

      Lo primero que debes hacer, efectivamente, es irte de la vivienda, pues tu salud así lo requiere.

      Al mismo tiempo deberías enviar un burofax al arrendador indicando que te ha sido imposible contactar con él de otra forma y que abandonas la vivienda por consejo médico y por el incumplimiento del arrendador de su obligación de mantener la vivienda en buen estado en base al artículo 21 LAU y al 27.2.

      En ese burofax habría que reclamarle la fianza, los 160 euros y el lavado de ropa.

      Sin embargo, puede que el arrendador no quede conforme, o puede que negocie contigo alguna salida airosa para ambos.

      Si no está de acuerdo tendrás que encargar un informe al técnico y, entonces, reclamar al verdadero causante del foco, es decir, a la comunidad o a algún propietario en particular. Es entonces cuando tendrías que reclamar a estas personas la factura por el lavado de ropa y la fianza perdida.

      Quedo a tu disposición para la elaboración y envío del burofax en info@abogadosparatodos.net

  290. Buenos días,

    El día 3 de marzo finalizó mi contrato de alquiler, hice la entrega de llaves y me hicieron entrega del documento. En él se especifica que hay que hacer una pequeña reparación a cargo de la fianza. Siendo así, ¿el plazo para entregarla es el mismo? Entiendo que aunque deba retener parte de la fianza no puede hacerlo indefinidamente. La fianza son 450€ y la reparación estimo que unos 100€

    También quería saber si el propietario está obligado a demostrar mediante factura el coste de la reparación.

    1. Hola Rubén.

      El plazo es el mismo (un mes).

      Y tienen que presentarte factura pues, al fin y al cabo, eres tu quien está pagando esa reparación y debes exigir factura. Y si no te la dan estás en tu derecho de exigir esos 100 euros.

      1. De acuerdo, una pregunta más, ¿Cómo se aplica el interés por demora? por ejemplo, si debe devolver 125€ y el interés es el 4,375%… Debo exigirle los 125€ más 5€, en total 130€? o ese porcentaje se aplica por cada día transcurrido desde el plazo máximo de los 30 días??

        Gracias.

  291. Hola Eduardo,

    ante todo, muchas felicidades por la web y muchas gracias por tus respuestas. Son francamente muy clarificadoras.

    Te comento, el 2 de Marzo mi madre dejó un piso en el que estaba en alquiler desde hacía más de 8 años. Firmó un documento de entrega de llaves. Estamos pendientes de la devolución de la fianza desde entonces, pero la inmobiliaria nos ha pasado una factura de desperfectos que según ellos nos cobraran la reparación.
    Concretamente:
    – Unas humedades aparecidas dentro de un armario, de origen el baño contiguo.
    – Limpieza de todo el piso.
    – Montaje de un armario de cocina. (esto está claro, ya que lo desmontamos para poner un lavavajillas).
    – Desperfectos en el salpicadero de la cocina (habituales por uso).
    – Cambio ed filtros del aire acondicionado (Aire que instalamos nosotros, ya que el piso no disponía y que pensabamos dejar en el mismo piso al irnos).

    La fianza no es muy alta (unos 650 €) por lo que no querriamos empezar un procedimiento judicial.

    Entonces, mi consulta sería: de estos desperfectos, cuales son imputables al inquilino?
    Vale la pena empezar un proceso o crees que con el burofax de petición de devolución ya debería bastar. En dicho burofax, es necesario especificar los motivos por los que no queremos aceptar su factura, o únicamente especificamos que exigimos la devolución de la fianza?

    Muchas gracias por tu ayuda.

    PD: Si no es mucho pedir, que interés se aplica como demora? donde obtengo ese dato?

    1. Hola Ignasi.

      En mi opinión son imputables a vosotros los tres primeros. Los dos últimos no.

      Yo probaría con el burofax, porque ya ves que si optas por la vía judicial te iba a costar más el collar que el perro, sin saber si te iban a dar o no la razón.

      Quedo a tu disposición para cuánto necesites.

  292. Hola,
    antes de nada me gustaría agradecer por la posibilidad de exponer nuestras dudas en vuestra página web.

    Mi situación actual es la siguente:

    estoy alquilando un local comercial que tiene prevista una subasta para el día 10 de junio de 2015. Mi contrato solo terminaría en octubre de ese mismo año.
    Parece ser que, independende de quein compre el inmuble, mi contrato tendría la misma validad. ¿ Eso es cierto?

    Aquí aparece otraduda, ¿como procedo para recuperar mi fianza?
    Quien debrá devolver, ¿el antiguo o el nuevo proprietario?

    Si la responsable de devolverme es la antigua proprietaria, ¿como puedo protegerme judicialmente para que lo haga?

    El histórico de la proprietaria es de ser mal pagadora, a parte de la ejecución hipotecária tengo constancia que hace muchos meses no paga la comunidad del edificio donde se encuentra el inmuble. También hace un poco más de un año ella se ha quedado con 1200€ que el seguro ha pagada para arreglar el suelo del local que se había estropeado por culpa de la estructura del edifício, y según ella, ha gastado el dinero para otras cosas suyas personales, sin arreglarme nada. ¿Que puedo hacer para no perder mi dinero?

    Muchas gracias y un condial saludo,

    Renata.

    1. Hola Renata.

      Efectivamente podrás seguir en el inmueble arrendado.

      En cuanto a la fianza, la responsable de la devolución será la actual dueña, y será con ella con quien tendrás que firmar la resolución del contrato de arrendamiento.

  293. Hola , mi caso es que pasado 4 de febrero dejé el piso alquilado durante 1 año y 9 meses. Firmamos papel de entrega de las llaves y plazo de 30 días para devolución de la fianza de 1.000 e…. Al finales de marzo intenté contactar con el propietario porque siguen cobrarme las facturas por mi cuenta bancaria. Por fin,,,hoy consigo hablar con propietario y me comenta que no me va a devolver nada………que encontró en piso el correo que pertenece a su nombre y que erá muy importante para el. Y como no le avisé pues tiene problemas….. Pues en contrato no encontré ningún punto que me obliga avisar de correo recibido. Ademas como vive en la misma ciudad podría pasar el mismo de vez en cuando para recojér su correo o por lo menos pedirme para avisar….de verdad, todas las cartas tenia guardadas en un cajón sin abrirlas ….. Por favor, que me aconseja? Tiene razón el propietario? Un saludo…..

    1. Hola Natalia.

      En ningún caso tiene derecho el arrendador a quedarse con la fianza por ese motivo.

      En el documento de finalización de contrato que habéis firmado ¿se dice algo respecto al estado en que se encuentra la vivienda al momento de devolvérsela?.

      En cuanto al correo…es obligación del arrendador preocuparse de su correo, por lo que es él quien debió acudir a ti por si había cartas. Pero insisto que en ningún caso se puede quedar con esos 1000 euros de fianza.

      Reclámaselos!!!.

      Quedo a tu disposición para cuanto necesites.

  294. Hola, hace una semana dejé el piso en el que estaba de alquiler. No cumplí el año de contrato porque me quedé sin trabajo pero avisé con mes y medio de antelación al dueño de que tenía que abandonar el piso y finalizar el alquiler. El propietario se niega a devolverme la fianza puesto que no he cumplido el año de contrato, sólo por eso. Yo tenía entendido que avisando con un mes de antelación, como mínimo, sí te debían devolver la fianza. ¿Qué puedo hacer?

    1. Hola Ainhoa.

      Si estamos hablando de un conbtrato de vivienda habitual y es posterior al 6 de junio de 2013 (entiendo que así es) entonces el arrendador tendrá que devolverte la fianza.

      Sin embargo, solo si en el contrato se deja claro que tendrás que indemnizarle si te vas tras el sexto mes de contrato, solo en ese caso tendrás que indemnizarle. Además, la indemnización sería de, apenas, 3 días de renta, es decir, muyy poco, con lo que tendría que restar esa cantidad de la fianza y devolverte el resto.

      pero insisto que si no pone eso en el contrato te tendrá que devolver toda la fianza.

      ¿La vivienda quedó correctamente?. ¿habéis firmado documento de resolución de contrato?.

  295. Buenas tardes Eduardo,

    llevo 1 año viviendo de aquiler, en ese tiempo he sufrido 2 cortes de suministro electrico y 1 de agua por impagos del propietario de la vivienda, ¿Puedo reclamarle la fianza depositada por el piso debido a estos cortes de suministro?, en caso contrario, ¿a que tengo derecho?, tambien esta persona de niega a devolverme la fianza del garaje, alegando ante mi y ante la propietaria de la inmobiliaria que yo no pague fianza, cuando yo tengo un documento que dice lo contrario, tambien se inventa clausulas del contrato que no existen en el contrato firmado.

    1. Hola Jorge.

      La fianza del piso no puedes pedírsela. La fianza es para otra cosa.

      Pero lo que si puedes hacer es reclamarle daños y perjuicios en caso de que los haya habido o pedir la resolución del contrato de arrendamiento, en caso de que no te interese seguir en la vivienda.

      Y respecto a la fianza del garaje, si tienes documentado que has entregado fianza, entonces tendrá que devolvértela cuando acabe el arrendamiento.

      1. Hola Eduardo, gracias por su respuesta, vayamos por partes.

        Los cortes de suministro electrico y de agua me causaron unos gastos de desplazamiento, puesto que en esas 3 ocasiones tuve que desplazarme al domicilio de mis padre para poder «vivir» mientras no me restablecian el suministro, el domicilio de mis padres esta a 45km de donde resido por lo que he tenido que ir y venir durante varias ocasiones para trabajar, ¿puedo reclamar esos gastos de gasolina y peaje a parte de la comida que he tenido que tirar?, ¿Debo abonar los gastos de enganche y desenganche que vienen en factura? En un principio no los abone, ya que entiendo que no son responsabilidad mia ya que quien dejo de pagar esas facturas fue el propietario del piso y no yo. ¿Que pasos debo seguir para reclamar esos gastos?

        En cuanto al garaje, el alquiler finalizo el ultimo dia de marzo, a primeros de abril entregue el mando del garaje en la inmobiliaria, pero como ya le comente la propietaria sigue en sus 13 de que yo no entregue fianza por esa plaza de garaje, aun teniendo en mi poder el documento que me da la razon. ¿puedo descontarle esos 80€ en el pago de alguna mensualidad del piso?, ¿que manera tengo de reclamar esa fianza?

        Comentarle tambien que la propietaria se niega a entregarme la copia del ingreso de la fianza del piso en el Instituto Gallego de Vivienda y Suelo. ¿Esta obligada a entregarmela?, ¿puedo tener problemas a la hora de declarar el alquiler en hacienda?

        Muchisimas gracias por tu tiempo.

  296. Hola Eduardo! Hoy he dejado el piso donde llevaba ya un año. Al trabajar menos y ganar menos dinero en invierno, llegue a un acuerdo con mi casera de pagar 50 euros menos los meses de invierno y luego 50 euros más en verano. Le avisé con 30 días de antelación, y ahora dice que me va a descontar ese dinero de la fianza al no quedarme este verano en el piso. En el nuevo contrato de alquiler que hizo para el arreglo del dinero no consta nada de que si en el caso de irme antes yo tenga que abonarle ese dinero. Que puedo hacer!

    Un saludo, Daniel

    1. Hola Daniel.

      Necesitaría ver los documentos de los que me hablas para poder decirte algo con mayor certeza. Inicialmente te diría que no veo correcto que se quede con la fianza, pero viendo el documento y el contrato inicical te podré decir algo con mayor seguridad.

  297. Hola,

    Llevo un año con un contrato de alquiler y quiero prorrogarlo. El problema es que no sé si tendré que cambiarme de lugar de residencia antes de que cumpla un año. En el contrato no pone nada sobre la rescisión del contrato. Cuando firmamos el contrato dejamos un aval de 3 mensualidades como garantía del pago de la renta y una fianza de una mensualidad por los desperfectos que pudiera sufrir el piso.
    Mi pregunta es, ¿Si aviso con 30 días de antelación me devolverían tanto la garantía como la fianza si el piso está en buen estado? ¿Si me voy antes de 6 meses aunque ya lleve más de un año viviendo allí, podría quedarse la casera con el aval?
    Muchas gracias. Saludos
    Diana

    1. Hola Diana, y disculpa la demora.

      Si tu contrato es de arrendamiento de vivienda habitual y es posterior al 6 de junio de 2013 (cosa que creo que es así), podrías irte a partir del sexto mes de contrato y no tendras que pagar indemnización si no dice nada al respecto el contrato, teniendo que preavisar, eso si, con 30 días de antelación.

      1. Hola Eduardo,

        Mi contrato es de fecha de 30/04/2013 y no tiene ninguna clausula referente a la rescisión del contrato. ¿Valdría entonces con preavisarle con 30 días de antelación?

        Muchas gracias por tu respuesta. Saludos,

        Diana

        1. Hola Diana.

          Pensaba que tu contrato era posterior a junio de 2013, así que siendo anterior a esa fecha entonces no hay posibilidad de desistimiento por tu parte, ni siquiera mediando preaviso de 30 días. Es decir, si te quieres ir a medias de la prórroga, el arrendador puede exigirte indemnización por daños y perjuicios, por lo que seguramente se quedaría con parte de la fianza y depósito que le presentaste para cobrarse esos daños.

          Si la fecha que señalas fuese errónea y el contrato es de 30/04/2014, entonces si es suficiente con un preaviso de 30 días y no podría quedarse con nada el arrendador.

  298. Hola Eduardo,
    en diciembre de 2014 dejamos un piso de alquiler. Durante el año que estuvimos alli compramos un lavavajillas -el que habia en el piso no funcionó desde el primer momento y tras mucho insistir a la agencia y no obtener respuesta, compramos uno- y nos lo descontamos del alquiler. En el alquiler se incluia una plaza de parking; el mando de apertura que nos dieron en la agencia tampoco funcionaba y -tras mucho insistir y no respuesta- nos hicimos una copia nosotros (no nos la descontamos del alquiler). Una pared del comedor de 6m2 la pintamos de rojo. Cuando firmamos la finalizacion del contrato, el agente nos dijo que dejaramos el lavavajillas en el piso, ya que nos lo habiamos descontado del alquiler, y así lo hicimos.
    Pasados tres meses de dejar el piso y no recibir noticias de la devolucion de la fianza, llamamos a la agencia. Finalmente nos han pasado un a referencia de gastos a descontar de la fianza de 1481,26€ (la fianza es de 2600€). De esta lista unos 400€ es en concepto de facturas (que estoy de acuerdo), pero nos cobran 790€ por pintar la pared (he hecho consultas a pintores y me han hecho un presupuesto de 150€ el más caro) y 260€ del lavavajillas. Envié un email pidiendoles factura de la pintura y diciendoles que o devolvieran el dinero del lavavajillas, o el lavavajillas.
    No he recibido noticias suyas, no contestan el telefono, si paso por la agencia me derivan a una abogada que lleva las devoluciones, la abogada no contesta ni mis llamadas ni mails. ¿Qué podemos hacer en esta situacion?
    Muchas gracias, Beatriz

    1. Hola Beatriz.

      Si nadie contesta por las buenas, te recomiendo que dejes constancia por escrito de lo que estás haciendo, es decir, que envíes un burofax a la parte arrendadora reclamando tu fianza.

      Si me puedes pasar por email el documento de resolución de contrato le echo un vistazo y te digo algo más.

  299. Hola. Alquilé una habitación en Diciembre y pagué la mensualidad el primer día, junto con una fianza de 65€. A los 3 días decidí abandonar la habitación, ya que la casera se negó a hacerme contrato. Ella no es la propietaria, puesto que el piso lo tiene alquilado, y «sub-alquila» las habitaciones para poder costearse su propio alquiler. Prometió devolverme la fianza, pero han pasado 3 meses y no me ha devuelto dinero alguno. Hoy, me ha dicho literalmente que «no te voy a dar ni un duro, denúnciame si quieres». He acudido a la guardia civil y me han recomendado que a través de un abogado le envíe un burofax para avisarle y ver si cede a devolverme el dinero, o si se niega, emprender las acciones legales que me correspondan.

    Mi duda es: ¿Qué coste aproximado puede tener que un abogado me redacte tal burofax? ¿Me sale rentable todo el trámite por 65€ + 135 de mensualidad de los cuales solo disfruté 3 días?

    Gracias un saludo.

    1. Hola Juan.

      En mi opinión no te merece la pena.

      Te va a costar más el collar que el perro.

      Si hubiera contrato de por medio sería más fácil, pero sin contrato, se te vuelve todo en contra.

  300. Hola Eduardo
    Te comento el problema que hemos tenido en una vivienda que alquilamos.
    En el contrato estábamos 5 personas arrendando la casa… La fianza era de 800…. Pero antes de cumplirse el contrato… Dos personas dejaron la casa y las otras 3 seguimos pagando religiosamente todas la mensualidades…. A la hora de devolverme la fianza… Me dice mi casera que la parte proporcional de la fianza de los dos que se fueron no me la devuelve por que dice que como se han ido han perdido la fianza… En el contrato no se refleja que cada uno tenga un porcentaje de la fianza… Se la entregamos integra en el momento de la firma.
    Por favor me gustaría saber si tiene razón y si no la tiene… Cual es el artículo legal donde pueda informarme.
    Muchas gracias

    1. Hola Carlos.

      Si vosotros habéis seguido pagando la misma renta que cuando érais cinco, entonces la fianza se os debe devolver a vosotros.

      1. hola Eduardo
        Gracias por tu respuesta… me podias decir el articulo legal para informarme bien de este tema por favor.
        gracias

  301. Hola. El 31 de Diciembre entregamos las llaves del piso en el que estuvimos todo el año 2015 a la agencia inmobiliaria. El propietario tenía un mes de plazo para devolvernos la fianza, según el contrato que firmamos. Pero nos va dando largas, y ya estamos terminando marzo. Según él nos la va a devolver, pero ya nos ha puesto tantas escusas que no sé yo. Qué deberíamos hacer para reclamarla? Muchas gracias por todo.

    1. Hola Álvaro.

      Firmásteis documento de resolución de contrato?.

      En caso afirmativo…¿se decía algo acerca del estado en que había quedado la vivienda y sobre la devolución de la fianza?

  302. Hola,
    Mi padre alquilo un local hace 15 años y se entrego una fianza de 721€, la cuestion es que a los 10 años, justo cuando terminaba el contrato, hicimos otro pero a mi nombre, ya que mi padre se jubilaba, en este nuevo contrato no se puso fianza, y en la casilla del contrato para colocar la cantidad de la fianza se dejo en blanco, yo supuse que era porque servia la del contrato anterior, que estaba a nombre de mi padre, la cuestion es que ahora toca renovar denuevo el contrato, y le comento a la propietaria lo de la fianza de 721€ y ella me dice que no sabe nada, y el administrador que le lleva los asuntos dice que tengo que darla por perdida que si mi padre no la reclamo en su dia el contrato ya no existe.
    No hay alguna manera de averiguar que paso con ese dinero, ellos no deberian de tener algo firmado si nos hubieran devuelto la fianza.
    Que se puede hacer.
    Gracias.

    1. Hola Dani.

      En todo caso el recibo de haber recuperado la fianza debería haberlo tenido en su día tu padre.

      No obstante, el hecho de que no exista ese justificante y de que el espacio dedicado a la fianza en tu xontrato este en blanco parece indicar que se utilizó la fianza para afianzar tu contrato.

      Aquí el problema es el de siempre, es decir, que si el arrendador se hace «el loco» con la fianza te será muy difícil recuperarla vía judicial, por los costes que supone la reclamación.

      De todos modos, si quieres puedo hacer un intento vía burofax, en la linea de lo que te he explicado, para tratar sea asignada a tu contrato aquella fianza.

  303. Hola,
    Dejé el piso el 27 de Febrero, aunque el contrato se cumplió el 28. Ese mismo día que me fuí dejé las llaves y copias de facturas que faltaban por pagar a la casera. Me dijo que en una semana tendría todo listo y me podría devolver la fianza. En una semana no supe nada y la volví a escribir, me mandó por email sus cálculos, diciendo que la casa estaba en perfectas condiciones con lo cual no devolvería la fianza menos la parte de los gastos que faltaban por liquidar. Yo le mandé mis cuentas, ya que había facturas que ya habíamos pagado. El caso que no tengo respuesta aún de ella. Se que por ley tienen un mes, pero ya tiene las llaves desde hace dos semanas, los calculos de facturas ya están claros e incluso ya hay una nueva inquilina viviendo en el piso desde el día 1 de Marzo.
    No sé si tengo que esperar hasta el mes o, ya puedo ir exigiendo. Apalabramos que la fianza la podría tener a la semana siguiente ya que yo me voy un mes fuera y quería finiquitar este asunto antes. El caso que yo el piso lo compartía con otra chica y, no sé si por parte de ella está habiendo algún problema. Esto podría influir en mi parte de la fianza?
    Gracias

    1. Hola Elisa.

      Podrías ir «dando la lata» desde ya, aunque efectivamente podría decirte que tiene un mes para devolvértela. Así cuando llegue el mes ya no le pillará de nuevas.

      Respecto a tu parte de la fianza no deberias tener ningún problema.

      Y el email que te mandó diciendo que la vivienda estaba bien consérvalo por si luego te dice que hay algo mal, ya que estos cambios de opinión suelen ocurrir de vez en cuando.

  304. Buenas! Me gustaría que me aclararas dos dudas que tengo:

    Ahora mismo estoy en un piso de alquiler y la verdad que con el dueño no tenemos mucho problema pero me gustaría dejarlo todo bien atado antes de irme. Por lo que he podido leer tienen que darme un documento de entrega de llaves en el cual el dueño indique que está todo correcto. Hay un modelo estándar o se puede redactar uno?

    Por otro lado, ahora me voy a mudar a un piso que lo alquilan sin amueblar (ni muebles, ni electrodomésticos ni lámparas..nada de nada…como si fuera de obra), y mi duda es la siguiente…si yo necesito, para vivir de una manera cómoda en esa casa durante los años que esté, ya que el contrato lo hacen para 3 años, poner los accesorios de baño (portarollos, en la ducha estante para los geles, espejo u armario…etc…) pueden quitarme la fianza al irme por dejar agujeros??? Me dice la persona de la inmobiliaria que tengo que dejarlo como me lo dan…pero si me lo dan sin nada, entiendo que tengo que poner lo necesario, y si eso implica taladrar…pues tendré que hacerlo. Lo que no veo lógico es que yo tenga que perder dinero por tener que dejarles todo lo que ponga. Hasta que punto esto es legal?? GRACIAS!! ESPERO SU RESPUESTA!

    1. Hola María.
      Excelente que quieras dejar las cosas bien atadas desde el principio. Asi te evitarás problemas al final.

      Respecto al documento, puedes redactar uno tu misma. En esta web tengo colgado algún modelo que te puede servir.

      Y respecto a la pintura, si quieres evitar problemas lo mejor es que pongáis en el contrato que al dejar la vivienda tu no tendras obligación de pintarla (es algo bastante razonable después de tres o más años) ni tendrás que tapar los agujeros que hagas en la pared, ya que se presumen necesarios para vivir.

      Esta cláusula no gustará demasiado al arrendador, pero si no lo haces así ahora seguramente tendrás problemas al final, o se querran quedar con la fianza para tapar esos agujeros, para pintar, etc.

      Muy bien hecho!!!.

  305. Hola! Mi consulta es la siguiente. A final de mes cumple el contrato de alquiler del piso en el que me encuentro actualmente. Yo avisé al casero con un mes de antelación de que no iba a renovar el contrato. Hemos quedado la semana última de mes para revisar el piso y realizar la entrega de las llaves. Yo le notifique de palabra que dejaba el piso ya que me dijo que no era necesario que le mandara un escrito. me he fiado de su palabra, por lo que espero no tener problema para dejar el piso. ¿Que papel debo de firmar al dejar el piso? ¿debe devolverme la fianza en el momento de la entrega de las llaves? Gracias de antemano

    1. Hola María.

      Podéis firmar este documento.

      La fianza puede devolvértela hasta 30 días después de la entrega de llaves o incluso mas, pero lo lógico es que te la decuelva el mismo día si no hay nada que reparar y si no hay recibos pendientes de pago por tu parte.

  306. Buenas noches:
    Llevo viviendo de alquiler en la misma parcela desde hace 15 años, pero me ha salido la oportunidad de cambiarme a un piso y m gustaría saber q pasos debo seguir para avisar al propietario de mi deseo d dejar la vivienda. Con cuanto tiempo debo avisar, si tendría q pagar algo (indemnización), etc. Gracias por su tiempo y un saludo

    1. Hola Yolanda.

      Tendría que ver el contrato para ver si especifica algo al respecto, pero la norma general es que tendrás que preavisar al arrendador de tu intención de no seguir con el contrato antes de meterte en los 30 días anteriores al vencimiento de la actual prórroga, es decir, tendrás que notificárselo antes de meterte en los 30 días anteriores al cumpleaños del contrato.

  307. después de cinco años de tener alquilado el piso a una oficina y haber cumplido escrupulosamente el contrato, cuando me dan las llaves compruebo un desgaste que puede ser considerado normal, salvo la pintura que forzosamente habré de mandar rehacer ya que no ha quedado en condiciones presentables.
    ¿ He de pagar yo estos gastos de pintura? y en tal caso el costo lógicamente lo llevaré a «gastos» pero ¿ puedo también deducirme el IVA de la empresa que lo pinte en mi declaración a Hacienda?
    Muchas gracias por su atención.

    1. Hola Ángel.

      Creo que si que tendrás que asumir tu el gasto en pintura, ya que han pasado más de 4-5 años, que es la cantidad de años que se viene considerando normal para que un pico necesite una mano de pintura.

      En este caso, podrás deducir base e IVA.

      Saludos.

  308. Hola,
    He dejado un piso de alquiler cuya finalizacion del contrato de arrendamiento era Febrero de 2015. Por temas de organización de mudanza dejé el piso el 21 de enero , el propietario no pudo asistir ese día y me indicó que le dejara las llaves en el piso , con lo cual no firmamos la finalización del contrato. Durante los días siguientes mantuvimos contacto con mail porque yo le había dejado un foco del baño, que estaba fundido sin poner ya que no se lo pude cambiar yo y en ningún momento me informó de desperfectos ni de algo anormal. Me devolvió la fianza íntegra y sin ningún problema.
    Cual es mi sorpresa cuando he visto hoy que me ha enviado un mail donde me informa que ha alquilado el piso y me reclama gastos de limpieza así cómo me informa de algún desperfecto ( que cuando yo me fui estaba bien) y gastos de pintura y acondicionamiento de la vivienda ( tengo fotos que demuestran el estado de la vivienda)
    Me gustaría saber si después de este tiempo y de no haberme informado de NADA ANORMAL y con la devolución de la fianza realizada tiene derecho a reclamarme algún importe.
    Muchas gracias!!!
    Mariam

    1. Hola Mariam.

      Si tienes claro que esos desperfectos no son responsabilidad tuya no le devuelvas la fianza. Si te la devolvió debió asegurarse que no había nada mal.

  309. MI pregunta es la siguiente:

    Entramos en un piso de alquiler en agosto de 2012, y seguramente nos tengamos que ir, está obligado el inquilino a devolvernos la fianza de 2 meses que le dimos o se tienen que cumplir los 5 años del contrato según la LAU?

    Gracias Eduardo

    1. Hola Jose.

      En los contratos anteriores a junio de 2013 no se concede al inquilino la posibilidad de desistir tras el sexto mes de contrato.

      Por lo tanto, si el contrato no lo permite, dar por terminado el contrato antes de que llegue la fecha de duración o la finalización de la prórroga supone un incumplimiento de contrato.

      Y por ello el arrendador sufrirá unos daños y perjuicios que seguramente querrá resarcir con la fianza (que debería ser de un mes, y no de dos). Podría incluso pedirte más que esa cantidad.

      Saludos.

      1. Eduardo, muchas gracias por tus aclaraciones, para asegurarme, te pongo lo que pone exactamente el contrato acerca de su duración:

        » EL PLAZO DE DURACION DE ESTE CONTRATO ES DE UN AÑO, A CONTAR DESDE EL OTORGAMIENTO DEL PRESENTE CONTRATO, PRORROGABLE, A VOLUNTAD DE LA ARRENDATARIA, POR PERIODOS ANUALES SUCESIVOS HASTA UN PERIODO DE 5 AÑOS EN TOTAL, CONFORME AL REGIMEN PREVISTO EN EL ART. 9 DE LA LAU.
        DE CONFORMIDAD CON EL ART. 10 DE LA LAU, UNA VEZ TRANSCURRIDO ESTE PLAZO DE 5 AÑOS, SI NINGUNA DE LAS PARTES NOTIFICA A LA OTRA, AL MENOS CON UN MES DE ANTELACION, SU VOLUNTAD DE NO RENOVARLO, EL CONTRATO SE PRORROGARA OBLIGATORIAMENTE POR PLAZOS ANUALES HASTA UN MAXIMO DE 3 AÑOS MAS, SALVO QUE EL ARRENDATARIO MANIFIESTE AL ARRENDADOR CON UN MES DE ANTELACION A LA FECHA DE TERMINACION DE CUALQUIERA DE LAS ANUALIDADES, SU VOLUNTAD DE NO RENOVAR EL CONTRATO.
        AL CONTRATO PRORROGADO LE SEGUIRA SIEND DE APLICACION EL REGIMEN ESTABLECIDO EN EL PRESENTE CONTRATO.
        FINALIZADA LA DURACION PACTADA Y, EN SU CASO, DE LAS PRORROGAS SUCESIVAS, EL ARRENDATARIO DEBERA ABANDONAR EL INMUEBLE, SIN NECESIDAD DE REQUERIMIENTO EXPRESO DEL ARRENDADOR, DEJANDOLO EN EL MISMO ESTADO QUE TENIA CUANDO LO OCUPÓ, CON LA EXCEPCION DEL DESGASTE NORMAL DERIVADO DEL USO DE LA VIVIENDA»

        Si no es mucho pedir, me gustaría que me concretaras respecto a tu anterior aclaración, es muy importante para mi recuperar esa fianza.

        Muchas gracias de antemano Eduardo.

        Saludos

        1. Hola Jose.

          Entiendo que es un incumplimiento del plazo contractual, por lo que el arrendador podría exigirte el pago de la renta hasta agosto. Por ello, podría quedarse con esos dos meses de fianza para cobrarse esa indemnización.

          1. Hola Eduardo,

            He tenido un final un tanto conflictivo con la gestoria, y hemos tenido varios problemas con la fianza, pero pese a existir una contidad controvertida, lo cierto es que no ocupa toda la fianza puesto que accedian a devolverme 700e (esta cantidad es la que quedaba libre dentro de su presupuesto de gastos ). En relación a ello mi preguntas son dos:

            1) si no me los devuelven antes del 28 de febrero, tal y como se firmo a la entrega de llaves, he leido que genera intereses Pero no se si para ello he de requerirles el pago o por haber tardado en llegado a un acuerdo todavía esto les exime. Y en cuyo caso como deberia proceder.

            En realidad, les llame esta semana para hacerles saber que aceptaba el último presupuesto, que a estas alturas preferia zanjar el tema y les hice llegar mi número de cuenta por correo, más desde entonces me ignoran, y no me contestan el teléfono

            2) mi temor al haberles plantado cara, es que quieran imputarme algún otro desperfecto, ddado que aún tienen la fianza por lo qu mw preguntaba si transcurrido un mes podrian decirme qie ha aparecido algo más, en principio la agencia,la dueña y hasta una empresa han revisado el piso

            muchas gracias

          2. Hola María.

            Lo intereses se generan automáticamente.

            Rspecto a que te imputen ptros daños como revancha por haberles plantado cara, podrían hacerlo, pero tendrían que demosntarlo, que no siempre es facil.

          3. Muchas gracias por tus aclaraciones Eduardo, intentaré aguantar en el piso hasta agosto, avisando con un mes de antelacion para que me pueda devolver la fianza.

            Saludos,

  310. Hola Eduardo :
    En enero de este año por festivos por reyes el ingreso de nuestra nómina fue el 7 ingresandole ese dia el alquiler al casero que teníamos que ingresar el 5.El cacasero nos informa de que por eso dos días de retraso (aunque el 6 fuera festivos) teníamos que pagarle según el interés reflejado en nuestro contrato mas de 100 euros más aparte de los 450 € que pagamos de alquiler. Nos quejamos y nos comentaron que esa cláusula es abusiva y es nula y que no lo pagaramos. La pregunta es:
    Puede quedarse la fianza o descontaron de ahí?
    La basura y el agua dice que no le ha llegado en 7 meses que vivimos ahí. Me podrá retener la fianza hasta que le llegue dichas facturas? Porque a saber cuando le llegan si en 7 meses no le ha llegado ninguna.
    Por ultimo hay una humedad grandita en el techo del dormitorio si en el contrato pone que no cuentan los desperfectos ocasionados por el uso de esta también tiene que devolver la fianza sin que quite parte por esa humedad¿

    1. Hola Raquel.

      Yo entiendo que puede quedarse con la fianza tanto para cobrarse los 100 euros de penalización como para cobrarse los recibos pendientes.

      La humedad no es culpa vuestra.

      Eso si, si pasan más de 30 días sin que te devuelva la fianza, podrás reclamarle la devolución del saldo restante de la fianza más el interés legal del dinero.

      1. Entonces si puede quedarse con parte de la fianza por los intereses exesivos? Me han dicho otros abogados que un 25% de lo pactado anual por día es abusivo y por lo cual usura y que si lo quitara de la fianza debería demandarlo pues me darían la razón a mi. Hablamos de. Mas de 100 euros po 1 día porq el 7 Sr le ingreso

  311. Hola buenas tardes,
    Quería asesoramiento legal sobre mi problema. La cuestión es que son inquilina de una vivienda, en el momento de alquilarla lo hice con un compañero de piso que depositó la misma cantidad en la fianza que yo, después de ocho meses de convivencia insostenible debido a su falta de higiene, firmó la renúncia del piso, después de tres meses aún no ha venido a recoger sus pertenencias, no me ha devuelto las llaves y me reclama el importe de la fianza, habiendome dejado sin pagar el último medio mes y las facturas de suministros. No sé cómo debo proceder, ya que por mi no le devolvería la fianza.
    Muchas gracias,
    Un saludo!

    1. Hola Diana.

      Desconozco qué tipo de relación de arrendamiento tenías con esta persona, pero la fianza se la tendrá que reclamar al arrendador, y a ver éste qué dice.

      1. A fin de cuentas, como no he renovado el contrato ya que sigo residiendo en la vivienda y él realizó la renuncia, la inmobiliaria se lava las manos y me dice que eso corre a mi cargo ya que en el contrato figura x importe de fianza y se ha de mantener. Igualmente, si yo presento el piso en las condiciones que lo ha dejado (desconchones y suciedad en paredes, bolsas de basura por todas partes, etc) tampoco me devolverían a mi la fianza. Y lo peor es que anoche me mandó mensajes amenazantes de venir a mi domicilio a «hablar». No sé qué puedo hacer.

  312. Hola Eduardo,

    en octubre de 2014 dejamos el piso de alquiler como finalización de contrato. El contrato de alquiler fue desde mayo a octubre, y como intermediario una agencia.

    La casera, a la entrega de llaves tras acabar el contrato, y también en días anteriores al abandono de la vivienda, nos dijo que nos devolvería la fianza (estipulada en 1050 € y pagada en el mes de abril), en un plazo máximo de un mes, y que si hubiese algún desperfecto nos lo comentaría.

    Durante los meses de noviembre y diciembre contactamos con ella vía telefono y vía whatsApp ya que no nos había devuelto la fianza, y su contestación era que se había caído de la moto y que estaba mal, que esperasemos un poco, con paciencia.

    A finales de diciembre ya dejó de cogernos el movil, ni contestarnos vía whatsApp, por lo que hace un mes procedimos a hablar con la agencia y estos nos dijeron que mandásemos burofax y que ellos iban a contactar con ella. Tampoco consiguieron hablar con ella, y por tanto mandamos ese burofax para hacerla saber que tomariamos acciones legales si no devolvía la fianza.

    Hoy ha llegado la carta a nosotros que no ha recogido el aviso de burofax…y aquí estamos situados ya.

    Ahora la cuestión es: ¿la agencia se debe hacer cargo del pago a nosotros de la fianza? ¿denunciamos definitivamente y que consigan contactar con ella de algún modo para esa devolución de la fianza a nuestro favor?

    Muchas gracias, y un saludo

    Fdo: Basilio

    1. Hola Basilio.

      Qué tipo de burofax es el que has enviado?. Ha sido normal (unos 4 euros) o ha sido con certificación de contenido (unos 26 euros)?.

      Es un detalle importante!!!.

      Contéstame y en función a lo que me digas ya te iré informando…

      Saludos.

        1. Hola Basilio.

          Si el burofax ha caducado y no lo ha recogido, se tiene como una notificación realizada, por lo que puedes reclamar judicialmente la fianza.

          Quedo a tu disposición tanto para realizar la reclamación judicial como para hacer un intento amistoso con la arrendadora.

          Puedes escribirme a info@abogadosparatodos.net y enviarme el contrato, el documento de resolución y el burofax.

  313. Hola, tengo un problema con la inmobiliaria que gestiona el piso que deje hace poco.

    En primer lugar, existen unos desperfectos que no me niego en reparar pero si en realizar la reparacion con la empresa que intentan imponerme por ser excesivo el precio.

    2nd. Lugar tras haberme pasado un presupuesto con la relación de desperfectos encontrados. Se me dice que han encontrsdo otros,por lo que la retención será mayor, desperfectos que desconozco y sinceramente creo que no son cierto.

    me gustaria saber si puedo intentar pagar yo las reparaciones con alguien de confianza o bien dado que aún me queda por devolverles unas de ls llaves del piso puedo arreglarlo y hacerle saber que asi lo he hecho.

    Gracias

    1. Hola María.

      Por supuesto que puedes hacer tu las reparaciones, siempre que sea con permiso del arrendador, pues supuestamente ya no puedes entrar a la vivienda por haber terminado el contrato.

      1. Hola, queria consultarte me dicen que no tengo derecho a presentar otro presupuesto. Es cierto? Es que me quitan 500 euro, en cosas varias, un enfuche 100e. Y no creo q este bien.

        1. Eso no está regulado en ningún sitio. Diles que te digan por escrito donde dices que no tienes derecho.

  314. Buenas Noches:
    el tema que le voy a exponer , es de cierta dificultad ,a la hora de explicarlo, espero que me entienda.
    hace cinco años alquilo un piso y firmo un contrato con una fianza que asciende a 550 euros, pasados dos años y once meses, firmo la prorroga, y sin conocimiento ( por no leer el contrato) firmo un incremento de la fianza en 300 euros.
    ahora después de cinco años, avisando con un mes de antelación, deje el piso y firme el documento de entrega de llaves, en el que no constaba ningún anexo de como se encontraba el piso ( ni mal ,ni bien). y se me niega, aun habiéndolo pedido , la copia del documento. y me dicen que ya me ingresaran el dinero.
    Ha pasado un mes. y tras reiteradas llamadas ,me presento en el despacho y me informan de que no se me efectuara el ingreso de la fianza porque deje el piso destrozado, que lo tuvieron que limpiar y que ademas debo un mes de alquiler. y me amenazan con llevarme a juicio cuando tengan el presupuesto de la obra ,que ya han comenzado. siendo la obra de unas dimensiones impresionantes, tales como reformas del baño suelos etc…
    mis preguntas son:
    ¿pueden reclamarme el dinero al que ascienda ese presupuesto alegando que son desperfectos por mi incumplimiento ?,¿ ese incremento de la fianza que no abone por desconocimiento tengo la obligación de pagarlo ?.
    muchas gracias
    un cordial saludo

    1. Hola María.

      Ciertamente es complicado que te puedan imputar esos destrozos sin que aparezca nada reflejado en la hoja de resolución de contrato.

      Saludos.

  315. ¡Hola Sr. Eduardo! Le escribo porque necesito hacerle una consulta. Me es muy difícil pagar a un abogado por una pregunta que llevo meses sin aclarar.

    ¿Para un contrato firmado antes de junio del 2013, es legal que un casero haya puesto en el contrato de alquiler de una casa terrera de dos plantas con patio (siendo la baja la que yo alquilo) que él puede entrar al patio a cualquier hora y día?
    Está pasando esto…y no sólo él sino personas que envía , a las que les da la llave aparecen a cualquier hora y día con excusas…que van a coger flores del jardín…a inspeccionar el tejado por si llueve. Y muchas veces la misma persona haciendo trabajos en negro durante semanas, entrando y saliendo a cualquier hora por delante de la misma puerta de mi salón.

    ¿Puede entrar cuando quiere y dar la llave?
    ¡También se niega desde que hemos alquilado la casa a darnos el recibo de la fianza!

    ¡Muchísimas gracias!

    1. Hola Alexandra.

      En mi opinión son cláusulas abusivas.

      Se puede acceder cuando sea imprescindible, pero no más.

  316. El pasado 01/11/2013 firme un contrato por UN año de Alquiler.Actualmente estoy en la prorroga de dicho contrato y he avisado con mas de 30 días de que dejaré la casa el día 01/04/2015.
    Esta son las clausulas del contrato, y el propietario ahora se niega a devolverme la fianza
    ya que alega que el contrato es hasta el 31/10/2015. Yo considero que estoy en la prorroga del mismo ya la fianza solo seria retenida en caso de que de hagan desperfectos en al vivienda
    Adjunto las clausulas TERCERA Y CUARTA
    Por favor indicamé como proceder y si puedo denunciar la misma
    Gracias de antemano
    TERCERA.- En base a lo establecido en la vigente Ley de Arrendamientos Urbanos, las partes contratantes de forma expresa y voluntaria, pactan que la duración de este contrato sea de UN AÑO (DEL 1 DE NOVIEMBRE DEL 2013 HASTA EL 31 DE OCTUBRE DEL 2014). Si el arrendatario tuviera intención de continuar con el alquiler de la vivienda deberá con al menos treinta días notificar al arrendador, para lo cual, volverían a establecerse nuevas condiciones sobre el arrendamiento. Tanto el arrendatario como el arrendador se vera obligado a comunicar con un plazo de antelación de un mes, la finalización del contrato de arrendamiento si tuviera intención de cancelarlo. En el caso de que el arrendatario tuviera la necesidad de finalizar el contrato antes de la fecha de finalización, perdería la fianza entregada para hacer frente a los perjuicio ocasionados. En el caso de seguir con el alquiler no sería necesaria la formalización de un nuevo contrato y se prorrogaria por la siguiente anualidad

    CUARTA.- En el acto de la firma del presente contrato, el arrendatario deposita en poder del arrendador la cantidad de QUINIENTOS CINCUENTA EUROS (550,00 euros) en concepto de fianza, la cual le será devuelta a la terminación del contrato, siempre que se hayan cumplido todas y cada una de las condiciones del mismo y la vivienda se encuentre en las condiciones que fue entregada. Esta fianza no podrá ser en ningún caso aplicada al pago de la renta. Así mismo, hace entrega de QUINIENTOS CINCUENTA EUROS (550,00 EUROS) como pago al correspondiente alquiler del mes de noviembre del 2013.

    1. Hola Verónica.

      Verás, aparentemente es un caso bastante sencillo.

      En caso de que tu contrato sea catalogado como «contrato de vivienda» entonces lo tienes muy fácil. El arrendador no se puede quedar con la fianza, excepto que haya deudas pendientes o devuevas la vivienda con deterioros achacables a un mal uso por tu parte.

      En caso de que el contrato sea catalogado como «contrato de temporada o de uso distinto a vivienda» entonces el arrendador si podrá quedarse con la fianza.

      Te dejo mi email info@abogadosparatodos.net para que si quieres me mandes el contrato y le echo un vistazo, ya que no siempre es sencillo ver si es contrato de vivienda o de uso distinto a vivienda.

      Quedo a tu disposición.

  317. Hola Eduardo,

    El pasado 5 de enero acabé un contrato de alquiler con opción a compra de una vivienda de la Comunidad de Madrid. Firmé con la gestora inmobiliaria un documento de resolución de contrato en el que se decía que entregaba en perfectas condiciones llaves y documentación de la vivienda y que le fianza (416€) quedaba en reserva hasta que se comprobara el estado de la vivienda.

    Un mes después y porque insistí, me remiten un informe de reacondicionamiento de la vivienda en el que resuelven quedarse con el 100% de la fianza por los trabajos que tienen que realizar: agujeros en baldosines de baño, por quitar un vinilo de una pared y una canaleta adhesiva y la caja de teléfono (sin embargo por tapar los agujeros del salón y pintar las paredes me lo cubren ellos mismos), quitar un tendedero que dejé instalado en la terraza de la cocina y que dejé pensando que era una mejor, por un monomando de un grifo que está oxidado y por unos desperfectos en la tarima, de los que ya les informé en su momento por si el seguro que tienen ellos contratados les cubría ese desperfecto estético ya que es una vivienda de nueva construcción y la tarima se estaba levantando entiendo por su mala calidad, y a lo que me contestaron que no se arreglaba porque era del uso de la vivienda.

    El caso es que les he reclamado que me envíen un presupuesto o factura que justifique el pago de los arreglos que alegan en el informe y no me han enviado nada, por lo que me he decidido a mandarles un burofax reclamando la devolución porque creo que todos los desperfectos que me imputan son estéticos, no impiden la habitabilidad de la vivienda y son creados por un uso ordinario de la misma y en caso de que descuenten algo de la fianza me manden justificante o factura del arreglo.

    ¿Podría reclamar la fianza o estos desperfectos son de verdad imputables al inquilino y suficientes para quedarse con el 100% de la fianza?

    He estado antes viviendo de alquiler en casa de particulares y la verdad que por este tipo de cosas nunca me han puesto ningún problema para devolverme la fianza. Además, sé por inquilinos que han entrado a vivir a estas casas después de otro inquilino que este tipo de desperfectos como agujeros en baldosines, la tarima y oxido en la pila de la cocina ya se los han encontrado y la gestora les ha dicho que es del uso de la vivienda y que no lo pueden arreglar. Vamos que no van a hacer nada de lo que ponen en el informe y se van a quedar con el dinero para ellos.

    En la reclamación que les mando les digo que no han tenido en cuenta mejoras que he incluido en la vivienda como la instalación de toldos que he dejado y el cerramiento del tendedero de la cocina, que me costó lo mío. ¿Puedo agarrarme a esto para que me compensen los gastos?

    Aclarar que los baldosines del baño se hicieron para instalar un mueble en el baño para lo que pedí autorización y me lo dieron sin problema. Al igual que me autorizaron a los toldos y al cerramiento.

    ¿Crees que tengo alguna posibilidad?
    Muchas gracias por todo de antemano.

    1. Hola Beatriz.

      Sin ver el contrato y por lo que cuentas, un informe de la comunidad de Madrid es suficiente. Sin embargo, siempre puedes tu presentar presupuesto más económico (sobre todo para las tareas de quitar elementos, como el adhesivo, vinilo, etc) y aportarlo para que te devuelvan la diferencia.

      Como ves, no es una tarea sencilla…

  318. hola. soy propetario de una vivienda la cual alquile por medio de una inmobiliaria. despues de dos anños el inquilino decide irse. avisandome con 20 dias ( le doy mi conformidad) tras la entrega de llaves en la inmobiliaria ( con un documento firmado por ambas partes) al ir al ver la vivienda me encuentro con la vivienda en pesimo estado. humedad desde hace muchisimos meses. ( que mi seguro me informa que se debe a la mala ventilacion de la vivienda por parte de la persona que la habitaba) muebles rotos, colchoes llenos d manchas, rotura d la campana d la cocina, rotura y sucidad que no se quita de las fundas del sofa, azulejos de cocina y baño negros. etc…… imnumerables desperfectos. la fianza es de 1800euros. y con los presupuestos q tengo. ni si quiera me va a llegar. como podria hacer para reclamar el resto. muchas gracias.

    1. Hola Aitor.

      Si sabes como contactar con el ex inquilino, tendrías que contactar con él y reclamarle las cantidades que te hayan presupuestado.

      Si no quiere pagártelas tendrás que interponer la correspondiente demanda para reparar los daños que ha causado en los bienes de tu propiedad.

      Quedo a tu disposición para lo que necesites.

  319. Hola,

    llevo en un piso de alquiler varios años, el contrato se renueva de forma automática cada 1 de Septiembre, mi duda es la siguiente:

    ¿Para poder recuperar la fianza he de esperar a que finalice el contrato o avisando con 1 mes de antelación que quiero dejar el piso, podría recuperarla sin problemas en cualquier momento?.

    Desconozco si para recuperar una fianza es condición indispensable cumplir el periodo del contrato, o si ya son renovaciones automáticas, se asume que el primer año le cumpliste y ya puedes marcharte cuando quieras sin temor a perder la fianza…

    Un saludo y gracias de antemano.

    1. Hola Antonio.

      Si tu contrato es anterior al 6 de junio de 2013, entonces tendrás que cumplir años completos, excepto que el contrato te permita irte a medias sin perder la fianza.

      Si nada dice el contrato, tendrás que cumplir la anualidad. Y si te vas antes te expones a tener que perder la fianza e, incluso, a que el arrendador te pida más indemnización.

      1. Hola Eduardo,

        en primer lugar gracias por la rápida respuesta y por la labor de asesoría que nos haces 🙂

        Efectivamente, el contrato es del 31 Agosto de 2012, así que habrá que esperar a que finalice.

        Por otra parte, al esperar a finalizar el contrato, ahora estamos «negociando» una rebaja en el precio de alquiler y probablemente lleguemos a un entendimiento, la pregunta es: en caso de que me rebaje el precio, ¿deberemos firmar algún tipo de anexo al contrato para no perder la fianza?, el sentido común me dice que si no lo hago, luego el casero podría tener todo el derecho a no devolverme la fianza en base a incumplimiento del contrato…

        Un saludo y nuevamente, gracias!

        1. Hola Antonio.

          Efectivamente tu sentido común no te falla. Mejor con un anexo, pues de lo contrario podría alegar en el futuro el arrendador que en los últimos meses has pagado manos de lo que teníais pactado y, por ejemplo, no devolverte la fianza.

          Un abrazo.

  320. Hola, yo llevaba mas de 1 año y medio en un piso, firme la rescisión de contrato el 28 de enero, la fianza es de 450 euros, deje dos facturas sin pagar que me dijo el propietario que las pagaría, con lo que me sale a devolver 150 euros, ahora estoy mosqueado porque me dice el otro día que un armario la puerta corredera no abre y cierra bien, (que es mentira) y que el técnico de canal plus hizo en una de las ventanas un agujero en la esquina para pasar el cable.
    Puede quedarse con parte de la fianza, yo lo veo injusto, ya que el piso se lo dejé mejor que estaba.

    Muchas gracias

    1. Hola Daniel.

      Si en el documento de resolución de contrato se dice que la vivienda se devuelve en buenas condiciones, entonces tienes mucho ganado para recuperar ese dinero. Si por el contrario no se dice nada, entonces puede que sea un poco más complicado pero también podrías recuperarlo.

      1. Hola Eduardo.

        En el documento de resolución no me pone nada, de hecho me dijo que me cobraría 8 euros la hora por la limpieza de la nevera y tampoco lo pone, pero tampoco me pone que me vaya a devolver la fianza, lo llamo y no me lo coge, la inmobiliaria en su caso no tiene ninguna obligación, y por otra parte, me recomiendas que mande el burofax, porque me parece un sinvergüenza este señor.

        Gracias

        1. Hola Daniel.

          En este caso creo que mi mejor consejo es que no incurras en gastos para recuperar esos 150 euros.

          Se que es un fastidio para ti, pero lo contrario sería enfrascarte en una lucha cara sin un elemento fundamental como es un documento de resolución de contrato que refuerce lo que pides.

          Un abrazo.

  321. Ya he notificado por escrito que dejo el piso con los 30 días de antelación necesarios. Al realizar el contrato acordamos con el propietario que nosotros asumiamos la pintura del piso (motivo que permitió mejorar las condiciones). Mi pregunta en concreto es si es motivo de no devolver parte o el total de la fianza el hecho de que sea necesario pintar el piso, que ha tenido un desgaste normal por uso de 3 años.
    Gracias.

    1. Hola Daniel.

      Si como dices el desgaste ha sido el habitual, no debería haber ningún problema en ese aspecto, es decir, el arrendador no debería quedarse con la fianza para pintar la vivienda.

  322. Hola eduardo.

    Estoy como inquilino en un piso desde hace algo mas de un año. En el contrato pone que yo debo hacerme cargo de los recibos de la luz y del agua, pero durante todo el tiempo que he estado en el piso nunca me ha pasado ningun recibo.
    Le avise de que queria dejar el piso en enero para dejarlo en el mes de marzo y me surgen las siguientes dudas respecto a la fianza que me gustaria que me ayudaras a responderlas.
    ¿Puede mi casero ahora reclamarme todas las facturas de la luz y agua de todo este tiempo pasado?
    ¿Puede quitarme directamente de la fianza para pagarlas?
    ¿Podria negarme a pagar esas facturas por no habermelas pasado en su momento?
    ¿Si sobrepasaran las facturas el precio de la fianza puede reclamarme el resto? ¿Podria negarme a pagar la diferencia?
    Muchas gracias de antemano y espero tu respuesta.

    1. Hola Eloy.

      Efectivamente, el arrendador podría reclamarte el importe de esas facturas. Y podría cobrarse con la fianza. E incluso reclamarte más aún si con la fianza no fuese suficiente.

  323. Hola,

    mi caso es el siguiente, teniamos alquilado un local de alquiler que desalojamos el dia 15 de Diciembre, avisando con un mes de antrelacion, ese dia se hizo la entrega de llaves y la propietaria nos informo de que ya habia solicitado la devlucion de la fianza y que nos la devolveria integra porque no veia nada en mal estado, la vertdad es que en 12 años ella no ha arreglado desperfectos cuando los ha habido y la hicimos alguna reforma, el caso es que nos ha quitado 150 euros de la fianza sin decirnos porque y nos ha devuelto la fianza con unos 20 dias de retraso, ¿que es lo que puedo hacer?
    un saludo
    gracias,
    Ruth Domenech

  324. Hola Eduardo,

    Nos hemos ido del piso que teniamos alquilado, siempre hemos pagado las mensualidades y lo hemos dejado todo limpio y organizado. Lo que pasa es el que al sacar los cuadros de la pared se cayo un trozo muy pequeno de la pared, antes de salir envie un mail preguntando si tenian pintura del mismo color de la pared para que lo podieramos arreglar y nos han dicho que luego lo mirabamos en el momento de entrega de las llaves. El representante al momento nos dijo que habria problema ninguno y que cierto nos devolverian la fianza.. Al dia 30 no nos habian dicho nada ni devuelto la fianza, por lo tanto decicidi enviar un mail preguntando si habia algun problema porque ni se han dado al trabajo de avisarnos y me contestan que la tienen retenida porque dicen que tienen que enllesar algunos trozos de la pared (que seria uno exactamente).
    Les he pedido las fotos que han hecho cuando salimos de la vivienda y tenemos el escrito de la entrega de las llaves. Claro que esto no me parece justo, hemos cuidado mucho el piso, lo hemos limpiado y no me parece correcto el motivo.
    Que mas podemos hacer para que nos devuelvan la fianza? Cuanto tiempo tienen para hacerlo?

    Gracias,

    1. Hola Daniela.

      Si en la hoja de finalización de contrato queda claro que el piso esta bien, entonces no deberías tener muchos problemas para que te la decuelvan. Sin embargo, si no se hace mención a eso, entonces vas a tener bastantes más problemas.

      Por tanto, depende del contenido del contrato y de ese documento.

      Si quieres mándamelos por email a info@abogadosparatodos.net y les echo un vistazo!!!

  325. Hola Eduardo,

    Primeramente darte las gracias por este articulo porque para muchos que estamos en alquiler nos sirve de mucho.

    Quisiera comentarte una duda:

    Si se firma un alquiler por un tiempo X y antes de que expire ese tiempo por cuestiones ajenas (llamese trabsajo por ejemplo) avisando con un mes de antelación que queremos finitar dicho alquiler, ¿podría hacerse? ¿correría peligro nuestra fianza?

    Lo dicho muchas gracias por tu articulo.

    Un saludo.

    Roberto Carlos.

    1. Hola Roberto.

      Depende del tipo de contrato de arrendamiento que se haya firmado.

      Si es contrato de vivienda habitual podrás hacer eso a partir del sexto mes de vigencia del contrato.

      Si es un contrato de temporada podrás hacerlo en cualquier momento, pero en este caso el arrendador podrá reclamarte daños y perjuicios por no cumplir la duración que acordasteis al firmar el contrato.

  326. Hola Eduardo, soy propietaria de un piso, que alquile el 1 de noviembre, por medio de una agencia, con un contrato de 3años y mínimo de 6meses, el caso es que hace un par de semanas me llamaron de la agencia para comunicarme que los inquilinos habían decidido irse, porque les intentaron entrar en el piso por el patio de luces…le dije a la agencia que mandasen a poner rejas en todas las ventanas que dan al patio de luces, (hace 15años que tengo el piso y a mi nunca me había pasado) el caso es que me dicen que ni rejas ni nada que dejan el piso y que devuelva la fianza (2meses), yo entiendo su situación, pero me discutí con la agencia ya que entonces para que sirve hacer un contrato, en el que no se cumple ni tiempo ni indemnizaciones que debo hacer? la agencia me dice que no puedo hacer nada…muchas gracias

    1. Hola Montse.

      En el caso de que estemos hablando de un contrato de vivienda habitual (como así parece), entonces el Sr. de la agencia está totalmente equivocado. Sin lugar a dudas.

      Puedes quedarte con la fianza y, si no alquilas de nuevo la vivienda antes de mayo, podrías exigirles como indemnización dos meses más.

  327. hola Eduardo, anteriormente te comente el problema que tengo con el dueño del piso en el que estuve. Pues bien, despues de haberle limpiado el piso como el queria y ponerle bombillas de más, me dice que me va a devolver de la fianza solo 26 euros de 340,ya que ha gastado 130 en limpieza y demas «gilipolleces»com0 una cortina de ducha, (no había cortina cuando entramos a vivir) cajones del frigo rotos, (estaban rotos cuando entramos a vivir),etc . Me parece que este hombre nos está estafando de muy mala manera, a parte, tampoco depositó la fianza en el organismo correspondiente, constando en el contrato de arrendamiento que asi lo iba a hacer. ¿omo puedo proceder? me indigna que se salga con la suya

    1. Hola Pilar.

      Llegados a este punto, si no llegais a un acuerdo sólo podrás interponer demanda (lo que te saldrá muy caro) o enviarle un burofax reclamándole que te devuelva la fianza.

      Nosotros podemos ofrecerte este servicio de burofax. Piensa que un envío con el logo del despacho de abogados, firmado por letrado, etc, suele generar mayor «respeto» en el arrendador que si lo envías tu directamente. En ese burofax le pediríamos la fianza y el coste que a ti te suponga nuestro servicio.

      Si estas interesada puedes escribirme a info@abogadosparatodos.net

      Saludos

  328. Hola Eduardo, el 31 de diciembre de 2014 finalizó mi contrato de alquiler a través del ivima, el día 30, un día antes de la finalización, puesto que la casera no podía el día 31, día que yo iba a dedicar a limpiar el piso dado que estaba totalmente vacío, firmamos un documento de rescisión de contrato en el que la casera no escribió que hubiera ningún desperfecto:

    «cuarta: El ARRENDADOR declara recibir la vivienda en las siguientes condiciones
    …..(en blanco)……………………………………………………………………………………….
    con excepción de los electrodomésticos, que se encuentran pendientes de comprobación por parte del ARRENDADOR, lo cuál se llevará a cabo en un plazo máximo de 72 horas desde la firma del presente documento»

    y 17 días después de la entrega de las llaves, cuando le pregunto por la fianza, puesto que ya me han pasado la luz y el gas, me reclama una serie de daños y limpieza que, si bien la limpieza ella me dijo que se encargaría ella ya que necesitaba las llaves un día antes de la finalización del contrato, y unos daños en los muebles, que o bien he podido ser yo o no, porque el día de la firma no me informo de nada.

    ¿Tiene derecho a valorar ella misma los daños que ella considere y a descontarmelos, o con el documento de rescisión de contrato puedo reclamar mi fianza completa?

    Gracias de antemano.

    1. Hola Cristina.

      Me imagino que los daños que alega son de electrodomésticos. Pienso que si ouede reclamártelos. E incluso valorarlos ella. Y si tu no estas de acuer con esa valoración tendrás que hacerselo saber y ella seguramente buscará un presupuesto de reparación.

      1. No Eduardo, los daños a los que me refiero es a limpieza, pintura y muebles, hay que decir que firmamos en el mismo salón donde están los muebles en los que me reclama los daños

        1. Hola Cristina.

          En ese caso considero que podrías enviarle burofax reclamándole la fianza.

          Si quieres podemos prestarte nosotros este servicio, pues la clave del éxito consiste en una redacción con una buena base jurídica.

          Si estas interesada puedes escribirme a info@abogadosparatodos.net

          Suerte!!!.

  329. Hola buenas yo llevo ya 30 dias i aun no me a devuelto el dinero. I tengo el papel firmado por eyos como que todo estaba bien ala entrega de llaves nadie sabe decirme cuanto tiempo puede tener mi dinero gracias espero alguna ayuda

    1. Hola Miguel.

      Si ya han pasado 30 días entonces ya puedes reclamarle la fianza. Y además con el interés legal por haber tardado más de 30 días.

      Si ves que tienes problemas con este asunto quedo a tu disposición para ralizar esta reclamación de la fianza.

  330. Hola:

    Me gustaría hacer una consulta acerca de la devolución de la fianza de alquiler. Mi caso es el siguiente. Soy propietaria de una vivienda, que alquilé a una pareja en agosto de 2014. El contrato estipulaba que el tiempo mínimo de alquiler sería de un año, con derecho a penalización si los inquilinos decidían rescindirlo con anterioridad. Desde el primer día no pagaron a tiempo y debían facturas de luz y agua. En diciembre consigo que si firme la rescisión del contrato. Los inquilinos pagan casi todas las deudas, a falta de que venga una factura de luz. Firmamos además un documento de rescisión del contrato en el que se estipula que la fianza se devolverá una vez se haya comprobado el estado del inmueble. Mi pregunta es la siguiente: ¿puedo de esa fianza deducir la indemnización por haber rescindido el contrato antes del año?

    Muchas gracias por su tiempo.

    Un saludo.

    1. Hola Ana.

      Si que podrías cobrarte la indemnización con la fianza, excepto que en el documento de resolución de contrato hayas afirmado que no vas a cobrar esa indemnización.

  331. Hola buenas tardes.
    Lo primero que les desaría a todos Vds es una Feliz Navidad y mucha prosperidad para el proximo año

    Paso a comentarles sobre unos problemas acaecidos en una vivienda que he mantenido arrendada para que me orienten sobre lo que debería de hacer.
    En el año 2007 compre una vivienda en Madrid. La vivienda era de nueva construcción. En Octubre de 2007 la alquile a un matrimonio con hijos.
    En cuanto al pago de todas las rentas mensuales no ha habido ningun problema en el mismo durante todo el tiempo transcurrido. El problema aparece ahora que es cuando acaban de irse de esta vivienda. Despues de realizar la mudanza y tras una inspeccion de la situación del piso, he detectado daños graves en puertas, tarima, pintura y armarios empotrados, así como otra serie de daños multiples. Les he enviado fotos de los daños y me dicen que no se hacen cargo de practicamente nada, aunque sean daños objetivamente causados por mal uso de la vivienda. Ya me han devuelto las llaves del piso, pero no hemos realizado ningún tipo de firma de documento de entrega de llaves. Los presupuestos que he ido pidiendo de las reparaciones superan al dinero de la fianza que me abonaron en su día (más de 3000€) (Fianza voluntaria + deposito)
    No quiero extenderme así que os comento mis dudas:
    1-Hay que preparar algun tipo de documento de entrega de llaves.
    2-Que debería de hacer? Yo tengo su dinero de la fianza, y me gustaría empezar las obras cuanto antes.
    3- Puedo reclamarles la totalidad de la cantidad que comprenden los presupuestos recibidos hasta el momento.
    4-Cuales son los pasos a seguir.

    1. Hola Sandra.

      Que no hayais firmado el documento de resolución de contrato juega en contra de los inquilinos.

      En mi opinión deberías notificar vía burofax que una vez resuelto el contrato y devueltas las llaves has observado determinadas anomalías en la vivienda que requieren reparación (y las especificas) y por ese motivo no devuelves la fianza y les requieres, además, el resto.

      Entonces esperas a ver qué responden, pero lo tienen más difífil que tu.

      El hecho de que tu seas la que tiene en su poder la fianza te da ventaja, ya que son ellos los que tienen que dar el apso de acudir a los tribunales para reclamártela, y eso suele echar para atrás a muchos inquilinos.

      Quedo a tu disposición para cualquier cosa que necesites.

      Saludos.

      1. De todas formas, convendria hacer algo aparte de las fotos que tengo sacadas y se las he enviado por internet a su correo electronico?
        ¿Puedo empezar a reparar todas las deficiencias observadas?
        ¿Tendría que preparar algún tipo de documento?

        Mas que nada, hago este comentario por si ellos no me pagan el incremento que solicito o me requieren para que les devuelva la fianza

        1. Puedes empezar con las reparaciones cuando quieras.

          De todos modos siempre tendrás el riesgo de que no te paguen el exceso o de que te reclamen la fianza judicialmente y el juez les de la razón. Esa seguridad nunca la vas a tener.

  332. Hola, buenos días, mi caso es el siguiente:la semana pasada dejando el piso de aquiler, le entregue las llaves a de la inmobiliaria que dio el visto bueno al como había dejado el piso, y me dio un papel de fin de contrato para firmarlo,pero aun no se o he dado porque mi marido también lo tenia que firmar y no estaba allí. Pues bien, hoy me llama el de la inmobiliaria y me dice que el propietario ha estado en el piso y que no me quiere devolver la fianza porque dice que está sucio. Estoy inindignadisima, porque cuando entre a vivir me tiré una semana limpiando de la mierda que tenía, y se lo he dejado mil veces más limpio. La fianza no es mucho, unos 340 euros, pero me toca mucho las narices, este viernes vamos a ir a ver el piso y a hablar con el, y espero no perder los papeles… algún consejo? Gracias

    1. Intenta que firme un documento en el que se diga que el piso está en las mismas buenas condiciones que cuando entraste.

      Si te devuelve la fianza genial, pero si te pone problemas no te preocupes. Es más importante que firme el documento que te digo y posteriormente ya le reclamarás la fianza.

      Lo que no debes firmar es que el piso está sucio y que se queda con la fianza para limpiarlo.

      Dime qué tal sale lo del viernes.

      Suerte!!!.

      1. Hola,pues llegó el viernes, el dueño no se presentó, mandó al de la inmobiliaria, y dice que el piso lo quiere limpio, me atribuye una serie de desperfectos que ya estaban cuando lo alquilé, como que hay un cajón roto del congelador,que estaba ya así, pero como tampoco me molestaba tenerlo roto y hacia su función, no didi parte, (tonta de mi) ahora me quiere cobrar el cajón, y también dice que faltan bombillas, cuando lo alquilamos había pocas y la mayoría fundidas, las cambiamos todas por las de bajo consumo y al irnos nos las hemos llevados y les hemos dejado las originales. Total, que el de la inmobiliaria me ha devuelto las llaves para que limpie y le ponga las bombillas, y dice que no tarde mucho porque entonces si que no me va a devolver la fianza, por no disponer del piso, cuando yo deje el piso el día 22 de diciembre y hasta el día 1 de enero no se quejó. Encima estoy de baja por un esguince y él sabiéndolo, mete prisa. Tengo una sensación de impotencia y rrabia enorme

  333. Hola, buenas noches, me encuentro en una situación muy complicada y me gustaría que me asesorara, hace unos dias mi pareja y yo alquilamos un piso a través de una inmobiliaria, el dia de la firma del contrato estaba el propietario de la vivienda y le entregamos 600€ en concepto de fianza, dicha fianza aparece dn el contrato, pues bien, el piso en el que vivimos ahora que tambien es de alquiler tenemos que dejarlo el dia 1 de enero y ahora me llaman de la inmobiliaria diciendome que el piso en el cual el dia 1 de enero ibamos a entrar a vivir ya no nos lo podian alquilar porque la actual inquilina al final se queda, mi duda es si solo nos tienen que devolver los 600€ de fianza o tendrian que pagarnos alguna indemnizacion por daños y prejuicios, en plenas navidades nos vemos casi en la calle.
    Un saludo, muchas gracias

    1. Hola Conchi.

      Disculpa la demora porque a lo mejor mi opinión ya no te sirve o ya has solucionado el problema.

      Necesitaría que me enviaras a info@abogadosparatodos.net el documento que firmaste para saber qué te tienen que devolver, pero con mucha seguridad tendrán que darte el doble de lo que entregaste, es decir, 1200 euros.

      Saludos.

  334. buenas, mi pregunta es la siguiente:
    hace dos años deje un piso en el que estaba de alquiler, el arrendador despues de firmar el fin de contrato en el cual estaba todo perfecto, no me devuelve la fianza, dejo pasar el tiempo estipulado de dos meses que me ponia en el contrato, no recibo la fianza, lo pongo en manos de un abogado entregandole todos los papeles necesarios y la direccion del arrendador. elmotivo de la no devolucion de la fianza, el arrendador argumenta dos meses despues de haber firmado el fin de contrato que estaba en perfectas condiciones todo, alega deterioro en un colchón, en la parte inferior de dicho colchon, el cual examinamos el dia de firmar el fin de contrato y estaba bien. se pone todo en manos del abogado para que comience el proceso de devolucion de fianza (700euros) y ha dia de hoy todavia no he recibido ni fianza ni resolucion de mi abogado. que puedo hacer?? gracias un saludo

    1. Hola Tito.

      Creo que deberias hablar con este abogado y preguntarle qué es lo que sucede.

      Tienes derecho a que te informe de la supituacion de la reclamación y de los pasos que ha dado.

  335. Hola Eduardo. Primero darte las gracias de antemano por atender a las dudas de forma desinteresada :).
    Mi pregunta tiene que ver con la situación que vive mi pareja. Él firmó un nuevo contrato, junto a dos inquilinos más, el 1 de noviembre de este año. Recientemente y de manera inesperada, tendrá que dejar el piso. Él avisó a sus compañeros y a la dueña de la vivienda en cuanto supo que tendría que dejarlo, de esto hará 2 semanas apróximadamente. Tiene problemas económicos y es muy importante que le devuelvan la fianza, pero los compañeros y la propietaria se pasan la pelota unos a otros y nadie dice nada. No sabemos si tiene derecho a que se la devuelvan al haber roto el contrato antes de que cumpliera el año pactado. Señalar también que la vivienda se encuentra en perfectas condiciones y que no se ha dado ningún daño ni desperfecto. Un saludo!

    1. Hola Gema.

      El arrendador puede exigir una indemnización por incumplimiento de contrato, y puede cobrarse esa indemnización de la fianza. Si así lo quiere hacer el arrendador, puede hacerlo. La ley le ampara, pues los contratos deben cumplirse,my si no se cumplen el arrendador tendrá derecho a ser indemnizado.

  336. Buenas noches, a fecha 1 de Noviembre de 2014 alquilé un piso por una cantidad, al cabo de unas semanas empezó a venir olor de algunas tuberías, realicé las medidas oportunas (cambios, limpiezas) en todas las tuberías de la zona afectada (cocina), el tema es que el problema persiste, he hablado con propietarios e insisten de que de no cubrir este problema la poliza de seguros del hogar, ellos no pueden hacerse cargo de esta reparación, y a todo esto yo pienso, puedo desistir del contrato en cualquier momento?
    Tengo pensado esperar 6 meses desde el 1 de Noviembre pues tengo entendido que ahora el mínimo de alquiler son 6 meses y a partir de hay (previo aviso de 1 mes de antelación) se puede abandonar el inmueble sin la perdida de la fianza.
    Bien pues, en el contrato, (soy nuevo y primera vez en esto), pone lo siguiente:

    El plazo de duración del presente contrato es el de TRES AÑOS siendo el primero de ellos de obligado cumplimiento…

    Seguido de:

    En caso de desestimiento del contrato por parte del arrendatario antes de que hubiera cumplido un año dará lugar a una indemnización para la parte arrendadora equivalente a la totalidad de la fianza depositada.

    Bien pues sabiendo, la ley rige que el mínimo son 6 meses con preaviso, se debe devolver la fianza pues se entrega en mismas condiciones el inmueble, y se cumple con lo legal.

    Esto es legal?

    Que he de hacer con todo esto, no estoy mal en este inmueble, pero el tema de las cañerías ya me empieza a cansar.
    Gracias

    1. Hola Daniel.

      El tema de los olores debe ser pagado por el arrendador, ya que difícilmente se va a tratar de una pequeña reparación. Esto debes dejárselo claro al arrendador.

      Y respecto a la cláusula de la duración, en mi opinión es nula. Te está obligando a tener que cumplir un año de contrato cuando la ley te permite desistir al sexto mes. La cláusula es nula y la indemnización que determina no tienes por qué aceptarla si te la exigieran.

      1. Ayer volvi a hablar con la propietaria del inmbuemble, e insiste con que no va a gastar dinero para reparar esto. Pues se excusa con que ha vivido 11 años con este problema. Bien me dijo que cuando quisiera dejara el piso, y le pregunté sobre la fianza depositada y ha cedido a devolvermela integramente sin ningun problema, independientemente del tiempo que llevo. En ese caso cuando abandone el inmueble he de dejar calcado un papem conforme se entregan llaves y buen estado del inmueble y un escrito que la arrendadora retorna la fianza, todo esto firmado? Con esto ya conseguiriá lo propuesto y fin de la historia, correcto?

        Gracias

  337. Buenos días Eduardo,

    hace poco dejé un piso de alquiler (con contrato de salida firmado que está todo en perfecto estado) y me di cuenta que jamás había recibido la factura del agua. Haciendo memoria e investigando un poco fue lo siguiente que pasó:
    Cuando entré en el piso, el administrador me dijo que todos los suministros estaban dados de alta (y así también consta en el contrato de alquiler) y que solo tenía que hacer el cambio de titular. Eso es lo que hice pero en el caso del agua, a la compañía no le constaba ningún contrato a nombre de la propietaria, así que me dijeron que me esperase hasta que me llegará la próxima factura – hecho que nunca ocurrió y que sinceramente me despiste.
    Ahora al dejar el piso, el administrador me pidió las ultimas facturas de los suministros para poder hacer el cálculo y devolverme la fianza. Al no tener ninguna del agua, les expliqué lo ocurrido y me han contestado que me van a devolver la fianza entera, excepto los importes que quedan por pagar de luz y gas. En el caso del agua dicen que no es culpa mía, que el contrato se dio de baja por el inquilino anterior 18 meses antes de entrar yo y además ese inquilino dejó tres facturas por pagar. La compañía del agua, además, se olvidó retirar el contador, por lo tanto no hay facturas ni ningún contrato con ellos a mi nombre o nuevo. Entonces, el administrador dice que la propietaria pagará dichas tres facturas y dará de alta de nuevo el agua. Pero que en el caso que tenga problemas recurrirán a mi.
    Mi pregunta es: En el contrato de alquiler consta que los suministros estaban dados de alta, cosa que no es cierta y creo que ellos lo sabían. Sino, por qué nadie de ellos o la propietaria se dio cuenta en 18 meses? Y por qué nunca me facilitaron la lectura del contador al entrar (que además no consta en el contrato como las del gas y la luz)?
    Si ellos eso lo sabían, actuaron de mala fe, no? Se puede decir también que ellos no cumplieron con el contrato? Y en este caso realmente me pueden reclamar los gastos del agua? O incluso puedo yo reclamarles la devolución de los gastos de honorarios por incumplimiento del contrato? Además, si desde 18 meses antes de entrar yo no se había leído el contador, como podrán hacer el cálculo?
    Muchas gracias por tu ayuda!

    1. Hola María.

      Sinceramente, no se si la propia compañía del agua tendrá conocimiento del consumo que ha tenido esa cicienda. En caso de que si lo tengan podrían reclamárselo a los propietarios y dudo que estos te lo puedan reclamar a ti porque no al servicio nunca estuvo dado de alta, tal y como dijeron en el contrato.

  338. Hola Eduardo, nuestro caso es al revés, el inquilino ha dejado la casa el dia 30 de Noviembre con varios desperfectos, entre otros ha taladrado varios azulejos de la cocina , taladros en los techos, etc… Ahora nos reclama que le devolvamos la fianza o que si no nos denunciará. Tengo dos preguntas:
    ¿Como debemos de proceder para que en el caso de que nos veamos en los juzgados estemos protejidos?
    ¿En el caso de que el coste de arreglar los desperfectos sea superior a la fianza como debemos actuar?
    En ningún momento se ha firmado una documento de resolución del contrato.
    Muchas gracias

    1. Hola Jon.

      Si efectivamente el inquilino te demanda para que le devuelvas la fianza será el juez el que decidirá (ya que no hay documento de resolución de contrato) si esos daños son imputables o no al inquilino.

      Y en caso de que dicte que son responsabilidad del inquilino podrás quedarte con la fianza y si el coste es superior podrás reclamarle más dinero hasta su total reparación.

      1. Muchas gracias, no obstante no me queda claro que documentos o informes(facturas, presupuestos, etc) puedo recopilar para presentar al juez en caso de que fuese necesario
        Gracias

        1. Presupuesto de reforma.

          No obstante Jon, en el hipotético juicio que se tendría que celebrar, tendrías que probar que esos deterioros existen y que son debidos a un uso inadecuado del inquilino.

          O bien ahora dejar constancia de la situación de la vivienda con un Acta Notarial y así podrás reparar los daños. Y posteriormente, en ese hipotético juicio, podrás presentar las facturas, y la prueba de los daños será el Acta Notarial.

          Saludos.

  339. Hola Eduardo,

    Muchas gracias por tu blog. Ha sido de mucha ayuda. Pero tengo una pregunta.
    Cuando firme mi contrato de alquiler me dieron la factura del agua y de la luz para cambiar el nombre y los datos, y lo hice. Nunca me dieron nada del gas y jamas he recibido una factura del gas. A medio la gestion del piso cambio de una agencia para otra,
    He dejado el piso el final de Setiembre y me preguntan por el gas.
    Les he dicho lo que escribi arriba y que ademas nunca se nos corto el gas (o sea que se estaba pagando).
    Ni el propietrario sabe donde estan los datos del gas y ahora me dicen que me retienen la fianza hasta que lo aclaren.
    Llevamos casi 3 meses y nada….
    Que puedo hacer?
    Muchisimas gracias

    1. Tres meses es un plazo razonable para que hubieran solucionado ese problema.

      Te recomiendo reclamarles a través de burofax la fianza. Si no lo haces se demorarán todo lo que quieran.

      Saludos.

  340. Hola, Gracias por todo. no quiero hacerme pesado, pero que se puede hacer si en el momento de entregar las llaves, el propietario no entrega el final de contrato para firmar o no deja constancia del estado del piso o no estamos de acuerdo, puedo negarme a firmar? negarme a entregar las llaves? como proceder?

    1. Hola Jaume.

      Lo ideal es que lleguéis a un acuerdo.

      Si el contrato no está vencido y el arrendador no quiere firmar el documento de resolución de contrato ni acepta la entrega de llaves, lo más recomendable es que tu interpongas una demanda de finalización de contrato, para que así sea el juez el que dé por finalizado el contrato al que no quiere poner fin el arrendador.

  341. Hola, voy a dejar un piso próximamente, antes de finalizar un contrato de 5 años (es una prorroga de un contrato anterior con fecha 1/1/2014) , el contrato dice que en tal caso pueden pedir indemnización, pero no especifica cantidad ni como se calcularía ni nada, he de aceptar lo que me pidan, sea lo que sea?
    y por otro lado si el arrendador no trae documento de final de contrato y entrega de llaves, que hago, ¿puedo negarme a entregar las llaves? o ¿tengo que entregárselas igualmente? y sea cual sea el caso ¿Como proceder luego?

    muchas gracias!

    1. Hola Jaume.

      Te agradezco si me puedes aclarar la fecha del contrato y la duración que se pactó en el mismo, pues no me ha quedado claro lo de la prórroga.

      1. el primer contrato fue en noviembre del 2012, luego los propietarios cambiaron las condiciones, alquiler mas económico, y lo hicieron con un nuevo contrato, en el que pone que es una prorroga, con fecha 1 de enero del 2014, aunque se firmo a finales de enero consta dicha fecha.
        Ahora me he decidido a marchar por toda una serie de problemas en el edificio, que los propietarios deberían arreglar, pero no lo hacen.

        1. Pues depende.

          Si el nuevo contrato se considera un nuevo contrato, entonces podrás marcharte libremente sin pagar indemnización. Pero tendrás que avisar con un mes de antelación.

          Si el contrato se considera una prórroga del anterior, entonces no podrás desistir y la parte arrendadora podrá exigirte una indemnización por incumplimiento de contrato. No está clara cuál podría ser esa indemnización, pero en muchas ocasiones la jurisprudencia la fija en la renta que dejes de pagar hasta que la vivienda se alquiler de nuevo.

          Me inclino más a pensar que se trata del mismo contrato, porque no hay motivo para firmar una prórroga de un contrato que aún no ha llegado a su vencimiento. El documento que firmasteis en enero de 2014 parece más bien un anexo por el que se actualiza la renta, pero no una prórroga del contrato propiamente dicha.

          1. Muchas gracias por tu pronta respuesta, hoy he hablado con los propietarios y no se oponen a que deje el piso, por razones muy largas ahora de explicar, la cuestión es que veo, en este post por ejemplo, muchos problemas con la devolución de la fianza.
            Mi pregunta es en caso que no se firme o no exista el final de contrato o entrega de las llaves, o que no este de acuerdo con este, ¿que hago? no devuelvo las llaves?como proceder…

            Gracias por tu ayuda!!

  342. Buenos dias,
    Este es mi caso. mi contrato finaliza en Junio, pero por circunstancias personales hace 15 dias he avisado a la casera que me iba, es mas, ya me he mudado.
    El problema viene ahora con la dueña del piso, en un principio no habia problemas de mascotas en el contrato no viene nada reflejado, y en la firma del piso verbalmente deje constancia de que tengo perro los anteriores inquilinos tambien lo tenian.
    Hay algún desperfecto, una esquina de la pared, y el lateral de una puerta.y a causa de una inundación por desperfectos del inmueble se inundo parte de la tarima.
    Ahora que me voy, por supuesto se queda con la fianza 1400 euros.
    Tengo mis dudas, que es lo que ella me puede llegar a reclamar quedandose con la fianza? El dia 10 le entrego las llaves.
    Muchas Gracias.

    1. Hola Silvia.

      Cuándo se firmó el contrato?.

      ¿Es contrato de vivienda o de temporada?. ¿Cuál es la duración?.

        1. Hola Silvia.

          Supuestamente te puedes ir de la vivienda tras los seis meses de contrato. Y no tendrás que pagar indemnización por ello excepto que se refleje en el contrato que si tienes que pagarla. Tendrás que tener en cuenta, sin embargo, que debes avisar con 30 días de antelación, por lo que si el preaviso no ha sido con treinta días de antelación estarás dando motivos al arrendador para quedarse con parte de la fianza.

          Si has avisado sobre el 20 de Noviembre y te vas a ir sobre el 10 de diciembre, seguramente la arrendadora te va a querer cobrar el mes de diciembre por esos dos motivos (preaviso de 20 días y haberte metido en el mes de diciembre te obliga a pagarlo íntegramente).

          Sin embargo, respecto a los daños en el inmueble, tendréis que firmar un documento de resolución de contrato y entrega de llaves y en el mismo (conviene hacerlo todo al mismo tiempo) reflejaréis los deterioros de la vivienda que tienes que asumir tu. Entonces el arrendador podrá quedarse con parte de la fianza para hacer las reparaciones oportunas.

          Pero si no hay deterioros achacables a ti, no podrá quedarse con la fianza.

          Quedo a tu disposición para cuánto necesites.

  343. Estimado Eduardo, gracias por la respuesta. Efectivamente la fianza no está depositada en el IVIMA.

    Ahora nos surge otra duda. La madre de la inquilina se encuentra en Madrid, y es con ella con quien firmamos el contrato. Figura lo siguiente:

    «De una parte Dª (nombre y apellidos de la madre)….. como parte arrendadora».

    Posteriormente pone:

    INTERVIENEN

    «La primera en nombre y representación, en cuanto a mandataria verbal, de Dª (nombre de la hija)».

    Respecto a la Fianza y primera mensualidad:

    «La parte arrendataria hace entrega a la arrendadora en el acto la cantidad de 750€ equivalentes a una mensualidad de renta, que responderán de perjuicios…. La fianza será devuelta a la terminación del contrato una vez cumplidos por la parte arrendataria, a satisfacción de la parte arrendadora, las estipulaciones dimanantes del mismo, a cuya responsabilidad queda afecta».

    AL final firmamos ambas partes:

    La parte arrendadora (firma de la madre) y la PARTE ARRENDATARIA (nosotros).

    Le diré que la propietaria del piso, al vivir fuera de España nos comenta que las llaves se las daremos a una amiga y que cuando ella (la propietaria actual) vuelva a Madrid en enero (no hay fecha porque los billetes están muy caros al ser principios de año) revisará el piso y la devolución de la fianza se hará a su regreso. Pero si es la madre la que figura como parte arrendadora, que fue a quien entregamos la fianza y la primera mensualidad en mano ¿no sería con ella con quien tenemos que hablar todo esto?

    No disponemos de la firma de la propietaria (la hija) ni de ningún poder anexo que autorice a su madre.

    Muchas gracias de antemano.

    Un cordial saludo.

    1. Pues efectivamente Ana, creo que este trámite debería hacerlo la madre y no la amiga.

      Se hace depender la devolución de la fianza del estado del piso. Y la dueña quiere revisar el piso varios días después de que lo entregues. Es decir, que puede inventarse deterioros y no devolverte la fianza. Puedes hacer un reportaje fotográfico, que te ayudaría a contrastar el estado del piso con lo que ella diga, pero claro, no es la mejor solución, sino sólo una ayuda.

      Yo le diría a la dueña que el acto de supervisión del piso hay que hacerlo en el mismo instante que se hace la resolución del contrato y la devolución de las llaves. Y que este trámite debería hacerlo la madre o, incluso, la amiga.

  344. Buenas tardes. El próximo 1 de enero, tras varios años de alquiler hemos comunicado que dejamos el piso.
    Por un lado, la propietaria está en el extranjero y el contrato lo firma la madre que reside en Madrid.
    Por otro lado hemos ofrecido la opción de que vengan a ver el inmueble (se encuentra en perfectas condiciones por el buen uso y cuidados) cuando quieran para que lo revisen, y zanjar el tema económico con la fianza ya que la propietaria, además de estar en el extranjero por lo que sabemos no está muy bien económicamente y dudamos de su buena fe en cuanto a la devolución. Nos escribe diciendo que el pago del alquiler debe hacerse y que la fianza la devolverá 15 días después (750€).
    Creemos que la fianza no está depositada en la Comunidad de Madrid y debido a la situación económica de la propietaria dudamos de su devolución.

    Nuestras preguntas son:
    – ¿ Cómo debemos actuar?
    – Si justificamos que todos los recibos están al corriente de pago en el momento de entrega de llaves y que el piso está perfecto, ¿por qué tenemos que esperar 15 días?
    – Por otro lado, nos dice que vendrá a ver el piso una amiga suya a la que entregaremos las llaves. Pero, si el contrato está a nombre de la madre en representación de ella, y nos ponemos en plan legal, ¿Podemos pedir un poder para enseñar el piso y proceder a la entrega de llaves?

    Muchas gracias.

    1. Hola Ana.

      Pues no tiene mucho sentido postponer la devolución de la fianza 15 días si todo está correcto. Y máxime si crees que no está depositada en el IVIMA.

      Si ella no puede acudir a la resolución del contrato, deberíais exigirle, por lo menos, una autorización escrita autorizando a que la revisión y recogida de llaves la haga una tercera persona.

      Saludos.

  345. Buenos dias,

    El Jueves dia 20 de Noviembre me hicieron entrega de las llaves de un piso de alquiler, me comentaron que lo que restaba de mes me lo regalaban y yo empezaría a pagar Diciembre.

    Ese día les entrege la fianza en mano de 300 € y, me dieron un recibi con la cantidad y quedamos en firmar el contrato a finales de la semana siguiente.

    El caso es que a mediados de la semana siguiente encontré un piso que me encajaba mas con lo que estaba buscando, por lo que llamé a mis arrendadores para comunicarles mi intención de dejar el piso y por tanto comentarles que no tenía mucho sentido firmar el contrato de alquiler siendo que me iba a ir.

    Ellos se lo tomaron mal y me respondieron que la fianza la perdia y que si además seguia en el piso el día 1 de Dic, me harían pagar el mes entero.
    Yo les comenté que lo justo sería que o bien me dejaran quedarme el tiempo de la fianza o si debía abandonar el piso, pudiera recuperar la parte proporcional.

    Resumiendo no he firmado ningun contrato, he pagado una fianza equivalente a un mes de alquiler y en el piso solo he estado 1 semana, el piso ya está desalojado y está pendiente devolverles las llaves, ya que no me han dado pie a quedarme bajo la amenza de que si seguia en el piso el dia 1 de Dic, debería pagar otra mensualidad ni tampoco estan dispuestos a devolverme cantidad alguna por abandonar el piso antes de 1 mes.

    Puedo reclamar?

    Muchas gracias de antemano

    1. Hola Carlos.

      En mi opinión el arrendador tiene razón al no devolverte la fianza. Debe ser tenida como una señal que entregas como reserva y si no cumples con lo pactado (firmar el contrato) pierdes esa señal, al igual que si son ellos los que no cumplen deberían pagarte el doble de esa señal.

      En cuanto al mes de diciembre, efectivamente te lo podrían cobrar si no has desalojado el inmueble para ese día.

      Saludos.

  346. Hola Eduardo,

    Te queríamos hacer una consulta.
    Hemos dejado el piso que alquilábamos el 30 de septiembre de este año. Previamente, habíamos exigido que alguien viniera para poder revisar la vivienda y hacer la entrega de llaves. El día ese, no se firmó ningún papel de entrega de llaves y durante la visita, la administradora de finca nos dijo que el horno tenía alguna suciedad y que las bisagras de las puertas de los armarios están rotas. Por lo que le notificamos que esto era uno de los desperfecto que ya tenía el piso y que nunca se había arreglado.

    Estuvimos esperando unos días para que nos devolvieran la fianza ya que el contrato estipulaba que eran dos meses el plazo para devolver la fianza (cosa que ya no es legal por lo que voy entendiendo no ?, firmamos el contrato en 2010) y la semana pasada no manda un mail con una factura de 275 euros de reparaciones de bisagras, de quemadores de fuego, de lámparas y demás, cosas que no se hablaron ni estaban mal cuando nos fuimos. Hemos escrito un mail para expresar nuestro total desacuerdo y lo único que nos constestó es que la propietaria no está de acuerdo y que son cosas que hemos dejado mal.
    Que podemos hacer ?

    Muchas gracias de antemano

    1. Hola.

      Si no se firmó escrito de resolución de contrato y entrega de llaves estableciendo el estado en que quedó el inmueble, es muy difícil poder reclamar esa cantidad con la que se quieren quedar.

      Reclamar esos 200€ amistosamente te puede suponer cerca de 100€ y nadie te garantizaría que te los decolvieran. Y reclamarlos judicialmente no te merece la pena.

      Si lo deseas podemos enviar un burofax para reclamárselos. Puedes contactar conmigo en info@abogadosparatodos.net

  347. Hola mi situacion es que era arrendatario de un local no comercial y cuando se acabo el contrato decidi no renovarlo. El arrendador y yo firmamos la hoja en la cual le hacia entrega de las llaves y le dejaba el local en buen estado devolviendonos parte de la fianza y quedandose parte para descontarnos los gastos de luz y agua. Despues de firmar dicho documento me dice que me va a descontar tambien dos cerraduras que segun el quiete yo(cuando entre ya no estaban). Puede hacer eso o entrego un documento para un proceso monitorio en el juzgado?Muchas gracias

      1. Yo cuando firme el cierre tenia una cerradura y la otra faltaba. al finalizar el contrato el reviso el local y firmamos la hoja donde decia que le dabamos las llaves y se lo entregaba en buenas condiciones. Al dia siguiente me aviso de que faltaba una cerradura y que me la iba a descontar del restante de la fianza con la luz y el agua. Al ir a por el resto de la fianza aparte de la luz y el agua (que es lo que esta firmamos) me quiere descontar 109 euros de dos cerrojos y devolvernos el antiguo cerrojo

  348. Hola ! tengo un problema que es que entre a vivir en un piso en junio de este año,cuando empezo a llegar el frio empece a notar que salia humedad pero es que ahora la cosa fue a mas..las ventanas y la puerta me gotean ala noche la sabanas estan humedas, se me estropeo ropa,calzado,mantas ..etc.y por si fuera poco mi pareja que tiene asma con estar media hora en la habitacion ya se pone mal..
    El propietario tiene obligacion de devolverme la fianza?esto es insoportable y ya no se que hacer muchas gracias de antemano.

    1. Hola Nerea.

      Una solución es que esperes a diciembre,maue es cuando el contrato hace seis meses de vida, y te vas en ese momento.

      Para ello, deberías avisarle ya!!!, ya que la ley así lo exige.

      Si quieres quedo a tu disposición para la elaboración del documento en el que le anunciamos que te vas a ir así como que tiene que devolverte la fianza. Puedes escribirme si lo deseas a info@abogadosparatodos.net

      Suerte con esa humedad!!!.

  349. El inquilino que durante cuatro años tuve en un piso de mi propiedad cumplió exactamente con el pago y también con la fianza que le solicité.

    Resultó un inquilino ejemplar y deseo que cuando próximamente deje el piso devolverle la fianza que depositó, pero no entiendo muy bien que se entiende por dejarlo en perfecto estado y es lo que le agradeceré su aclaración.

    El piso y toda la cocina y electrodomésticos fueron estrenados por este inquilino pero tiene tres niños pequeños que supongo habrán deteriorado las puertas lacadas en blanco y tendré que pintar de nuevo toda la vivienda.

    Mi pregunta es: ¿debo descontar de la fianza los gastos que me ocasione el dejar el piso como antes? o por el contrario ¿están incluidos estos «desperfectos» en el uso normal y tengo que pagarlo yo?

    Muchas gracias por su respuesta.

    1. Hola Ángel.

      Todo depende del estado en que se encuentre el inmueble.

      Pero si el deterioro es el normal tras un uso durante 4 años por una familia con 3 niños, en ese caso los gastos deben ser soportados por el arrendador. Esos pequeños deterioros van, digamos, incluidos en la renta pactada.

      Otro ejemplo sería la pintura. Es frecuente que los tribunales interpreten que si el contrato ha durado más de tres años, no sea el inquilino el que tenga que pagar la pintura, sino el arrendador.

      Este es el modelo de resolución de contrato que normalmente utilizamos nosotros, aunque hay que adaptarlo a cada situación concreta.

      Gracias por participar en el blog.

  350. hace un mes entregue las llaves de un lokal …hasta la fecha no me ha devuelto el deposito…la causa es q segun ellla..no dejamos pintado el lokal esta sucio las paredes kosa q nunka se me enttrego pintado y fue un traspaso el error mio y de mi esposo y la q nos alquilo no entro aver las kondiiones en los dejaban..y como hibamos inciar nonos importo…tuvimos 5 años ahii..el punto es debe devolver el deposito..o noo.. tomando en cuent el lokal ella no los entrego en buenas condiciones yq la persona q lo ddejo asi a el si le devolvio el deposito y ahora kiere q nosotros paguemos los platos rotos.

    1. Por lo que me comentas no deberían quedarse con la fianza.

      ¿Con qué cantidad se quieren quedar?.

  351. ola!estaba de alquiler en un piso y el dia 31 de mayo di una señal para comprar dicho piso las escrituras de formalizaron el dia 15 de junio y el ultimo mes que pague de alquiler fue el de mayo porque llegamos a ere acuerdo con el vendedor y arrendatario. Ahora me dice que no me da la señal. ¿esta en su derecho? tengo derecho a la fianza?

    1. Hola Jose Manuel.

      Si no habéis acordado nada por escrito, es normal que se quede con la fianza para darse por cobrado el mes de junio. Aunque sólo hayas estado de alquiler hasta el 15 de junio, pero los meses se pagan íntegros y por adelantado, salvo pacto en contrario.

  352. Hola! Quería hacer una consulta. El día 1 de noviembre he dejado un piso sin haber cumplido un año en el por no poder pagarlo. Me han dicho que hay una ley de marzo de 2012 que indica que siendo así deben devolverme la fianza pero no se donde puedo mirar eso ni si es correcto. El piso estaba en perfecto estado cuando lo entregué, mejor incluso que cuando me lo entregaron. Alguien podría ayudarme y decirme que puedo hacer?
    Gracias

  353. Devolvi las llaves en Julio y quedó todo en orden con als caseras que devolerían toda la fianza. Durante mi contrato de arrenndamiento hubo un cambio de inmobiliaria por parte de las caseras. Ahora ni la primera inmobiliaria responde ni la segunda, y yo sigo desde Julio sin la fianza. ¿A quién debo reclamarla? Cómo he dicho las caseras ya lo han reclamado a las inmobiliarias pero no hacen la devolución. Ellas me han dicho que me encargue yo pero no sé que debo hacer.

    Gracias

    1. Hola Ana.

      Debes reclamar a la arrendadora y que ella se encargue de reclamar lo que considere oportuno a la inmobiliaria.

      Suerte!!!.

        1. Hola Ana.

          Me refiero a que reclames al arrendador la fianza a través de burofax.

          Si quieres mándame a info@abogadosparatodos.net el contrato de arrendamiento y el documento de resolución de contrato y entrega de llaves que habéis firmado y te digo si es al arrendador a quien debes reclamarle la fianza o a la primera inmobiliaria.

          Saludos.

  354. Hola Buenos días, mi caso concreto es que tengo unos inquilonos que se marcharon hace dos meses por finalización de contrato, me entregaron 1500e de fianza .El caso es que en el contrato habia una clausula expresa que prohibia tener animales en ese piso ya que mi marido sufre una fuerte alergia, los arrendatarios han tenido durante una ño un perro en casa, han subarrendado habitaciones sin consentimiento alguno por parte nuestra, he recibido amenazas telefonicas por su parte y una de las subarrendadas no me quiere devolver las llaves de casa ni del parking y me siento algo amenazada ya que su coche amanece cada dia delante de la puerta de casa, por otra parte decir que hay bastantes desperfectos en la casa que superan los 2000e y que no hay documento de entrega de llaves. qué puedo hacer? MIL GRACIAS

    1. Hola Carmen.

      En el contrato de arrendamiento se permite el subarrendamiento?.

      ¿Se dice algo al respecto?.

      1. El contrato pone que en ningún caso se podrá subarrendar la totalidad o parte de la vivienda. Además el inquilino nos ha dicho que no se cree q haya tantos desperfectos como decimos y que nos va a llevar a juicio. Le hemos ofrecido darles 200€ para que nos deje tranquilos ( tengo un embarazo de alto riesgo) pero no quiere aceptar y dice que nos llevará a juicio. La chica subarrendada sigue sin devolvernos las llaves

  355. Buenas tardes,

    el día 1 de octubre, entregué las llaves de mi antiguo piso, y los de la agencia me dijeron que tenían un mes para devolverme la fianza. A día de hoy, aún no tengo nada…
    Se ve que es la dueña que tiene la fianza extraordinaria (3800 euros) y la agencia la fianza ordinaria (950 euros).
    No paro de mandarles mails y llamarles, pero me parece que pasan de mí… dicen que la dueña me tiene que hacer la transferencia, y luego, ellos ajustarán lo de la fianza ordinaria, según los recibos que les han llegado desde la entrega de las llaves.
    Llamé a la dueña el viernes pasado, y me dijo que les iba a mandar el dinero a los de la agencia, y que ellos me harían la tansferencia… y que encima, me quitaría 800 euros porque se ve que hemos dejado el sofá y dos armarios en mal estado (se han estropeado por las humedades del piso que venían de la ducha, ya en mal estado cuando entré a vivir hace 6 años).
    Ya estoy cansada de todo esto, y ya no sé muy bien qué hacer… Qué me aconsejas?

    Un saludo y mil gracias por tu ayuda

    1. Hola Maud.

      Cuando abandonaste la vivienda firmaste el documento de resolución del contrato?.

      1. Hola,
        sólo me dieron el justificante de la entrega de las llaves, ya que mi contrato justo acababa el día 1 de octubre (entramos a vivir allí el 1 de octubre de 2009).

        1. Hola Maud.

          Para tener tanto dinero entregado en depósito pienso que deberías haberte asesorado bien antes de dar por terminado tu contrato.

          Al no haber realizado un documento de resolución de contrato el día de la entrega de llaves, ahora no queda constancia del estado en que queda la vivienda en comparación a cuando entraste, con lo que la parte arrendadora puede decir alegremente que el sofá está peor de lo que estaba y que la vivienda necesita una limpieza o una mano de pintura y quedarse con parte de tu dinero. Y no podrás demostrar que no es así. Y luego cualquiera se pone a pleitear.

          Si lo deseas ponte en contacto conmigo en info@abogadosparatodos.net y vemos las distintas posibilidades que tienes.

          Saludos.

  356. Buenos días,

    Vivo de alquiler en un piso desde Julio de 2014, en el contrato indica que la duración es de un año. El problema es que los vecinos son ruidosos y molestos, no se puede descansar, y aun encima la insonorización es pésima, no hay intimidad, y se oye todo (conversaciones, taconeos, pisadas, etc). Esto es algo que cuando visitas un piso no te das cuenta. Le he dicho a la propietaria mi deseo de irme (el piso esta en perfecto estado) ya que así es difícil vivir y nadie me avisó de esta situación. Me dice que si me voy ejecutará la penalización que es de un mes (720€). Ademas, me indica que la garantía (otros 720€), depositada en la Comunidad de Madrid, me la devolverá una vez que ésta se la devuelva a ella, y a partir de ahí, un mes mas que es lo que tardará en verificar que el piso esta bien.

    ¿Qué puedo hacer?Ya he subido a llamarles la atención a los vecinos pero siguen igual, y posteriormente se lo comunique a la propietaria, a lo que aduce que es decisión mia el irme, que será que al estar soltero no estoy acostumbrado a vivir en edificios con familias ni aguantar niños, cosa queme parece de chiste.

    Un saludo y gracias.

    1. Hola Antonio.

      Respecto a la penalización, la arrendadora tiene razón.

      Si no quieres perder esos 720 euros te recomiendo que le mandes YA un escrito (te recomiendo burofax) diciendo que desistes del contrato el día «x» (debes poner el día en que el contrato cumple seis meses). Sé que lo que te pido es difícil, pues dupone estar un mes y medio aun en la vivienda, pero es la forma de no perder ese dinero, es decir, esperar s que el contrato cumpla seis meses, ya que en ese caso te puedes ir. Esto sólo ocurrirá si el contrato es de vivienda y si en el contrato no se establece penalización en caso de desistimiento tras el sexto mes.

      En cuanto a la fianza, si tarda más de un mes DESDE que dais por finalizado el contrato, puedes exigirle intereses. Nada de un mes después de que a ella le devuelva la fianza el IVIMA.

      Y lo más importante, cuando firméis el documento de resolución de contrato que quede claro que el piso está igual que cuando lo recibiste (y si no es así pues mencionais los desperfectos), para que luego no pueda decir que hay desperfectos y te descuenta de la fianza.

      Bueno, espero haberte sido de ayuda.

      Suerte y ánimo con los ruidos!!!.

      1. Gracias por la ayuda,

        la propietaria me acaba de decir que si tengo algún problema que me remita al contrato o a la inmobiliaria, pero con lo de los vecinos se desentiende, vamos, que hay un contrato firmado. El contrato indica textualmente «se pacta expresamente la primera anualidad como de obligado cumplimiento».
        En que caso podría romper el contrato? puedo aducir algún desperfecto en el piso?Por ejemplo, en el garaje hay goteras y de momento no me han ofrecido solución para cuando lo arreglen. Y la finca no hay plazas libres. Puedo aducir que las condiciones pactadas no se cumplen aunque me ofrezcan alquilarme una plaza en otra finca?

        Gracias y un saludo.

  357. Buenas,

    El 15 de octubre avisamos a nuestro casero (por Burofax), que el siguiente 15 de noviembre abandonaríamos el piso. Nuestro casero siempre ha sido bastante pasota, y hoy cuando le hemos llamado para quedar mañana, nos ha comentado que tendría que ser el domingo 16. ¿Habría algún problema o algo que debería tener en cuenta?

    Gracias!!!

    1. Si no puede antes hacedlo el Domingo, pero en el documento poned fecha 15 de noviembre.

      Suerte!!!.

  358. Hola Eduardo,
    Alquile una habitacion a una casera que también tiene alquilado el piso quedamos 165€ a mensual aparte gastos luz agua butano desde el 10 de septiembre el día 7 de noviembre pague el alquiler para este mes pero por la tarde intentaron sacarme 25 euros mas alegando que el alquiler tiene un gasto de comunidad me negue a pagar dicho gasto porque no fue contemplado en el contrato verbal y me echaron desocupe la habitación el dia 9 y no me devuelven el alquiler anticipado que pague aun tengo las llaves le dije se las devolveria una vez me devuelvan mi dinero es denunciable estoy empadronada en el piso, la dueña del piso no creo este informada que hay un subalquiler.
    A la espera de su respuesta.
    Reciba un cordial saludo.

    1. Hola Fabiola.

      Estas cosas sin contrato son muy complicadas.

      Una opción es que regreses a la vivienda y le digas que no le pagas esos 25 euros. Y otra es que le pagues esos 25 euros y te vayas cuando acabe el mes.

      La solución es ponerte de acuerdo con esta señora o, de lo contrario, buscar otro sitio.

      Suerte!!!.

  359. Buenos días,

    El 15 de Septiembre 2014 hice la entrega de llaves al administrador y hasta hoy 12 de noviembre no me han devuelto la fianza y encima me han descontado:
    50€ + IVA correspondiente a la cinta de la persiana que dice el propietario que estaba deteriorada y que le han obligado a cambiar.

    20€ de una factura de agua

    De todo esto me informan por mail pero no me adjuntan ni la factura de agua ni la de la cinta de la persiana.

    He mirado por internet y una cinta de persiana vale 2,50€!!

    ¿Es legal lo que han hecho? ¿Debo solicitar los justificantes?

    Muchas gracias

    Alina

    1. Hola Alina.

      ¿Hicisteis documento de resolución de contrato?.

      Yo me imagino que los 50€ serán por la cinta más la instalación de la cinta. Te aseguro que es un latazo. Yo mismo tuve que cambiar una de mi casa hace unas semanas y como no soy muy manitas más de dos horas se me van seguro.

      En cuanto al agua, evidentemente deberían facilitarte la factura para ver la fecha de lectura y el importe.

      De todos modos voy a decirte algo. Yo considero que la sustitución de la cinta de la persiana corresponde al arrendador. Si está deteriorada me imagino que será por un uso normal y corriente y si es así eso es un gasto que debe asumir el arrendador.

      En cuanto al agua, si te prueban con la factura que ese consumo corresponde al periodo en que tu estabas en la vivienda, pues te corresponde a ti.

      En fin, si necesitas cualquier tipo de ayuda con este asunto puedes contar conmigo.

      Suerte!!!.

  360. Hola Eduardo,

    Te escribo porque mi pareja y yo acabamos de abandonar el piso de alquiler en donde vivíamos. El contrato era de 10 meses, pero nos hemos ido al 2º mes Las razones han sido que aunque aparentemente el piso estaba bien, a posteriori hemos descubierto que tiene varios desperfectos que nos incomodan mucho: un sillón que se desmonta al sentarte, goteras en el techo de la habitación, la imposibilidad de instalar línea telefónica para tener conexión a internet, etc.
    Respecto a la conexión a internet la propietaria aseguraba que había conexión porque los anteriores inquilinos habían tenido, pero vinieron 2 técnicos diferentes de telefónica y dijeron que era imposible hacer la instalación (tal vez los antiguos inquilinos habían usado un pen drive everywhere o algo así), aunque en el contrato no especifica nada.

    Nosotros ya hemos hecho la entrega de llaves y hemos firmado el respectivo documento (tenemos una copia). Pero no hemos firmado aún la rescision del contrato. Y ahora queremos que nos devuelva la fianza.

    ¿Tenemos derecho a la devolución, o no hay nada que hacer?
    Desde la inmobiliaria nos han dicho que debemos firmar la rescisión del contrato cuanto antes ya que si no legalmente cuenta como que seguimos viviendo ahí y la propietaria puede exigirnos el pago o denunciarnos. ¿Es esto cierto?

    Gracias por tu atención y tu tiempo, un cordial saludo,
    Víctor.

    1. Hola Víctor.

      Para contestarte con mayor propiedad necesitaría ver el contrato de arrendamiento y el documento de entrega de llaves, que yo entiendo que es suficiente para acreditar tácitamente la resolución del contrato, pues ya has entregado la posesión del inmueble.

      Si quieres pásame esta documentación a info@abogadosparatodos.net y le echo un vistazo y te digo si tienes o no posibilidades.

      Saludos.

      1. Ok, en cuanto me la pasen te la envío, ¿pero es conveniente firmar la rescisión del contrato o es mejor no hacerlo? lo digo porque se suone que la firmo esta tarde y ahora mismo no tengo los papeles para mandártelos, me los tienen que enviar.

        Gracias, un saludo,
        Víctor.

        1. Sin ver los documentos que he dije no me atrevo a aconsejarte.

          Con riesgo, lo que puedo decirte es que firmes la resolución del contrato siempre que no sea contraria a tus intereses, es decir, que aparezca la fecha en la que realmente abandonaste la vivienda, y que en ningún momento diga que pierdes la fianza, pues en ese caso la perderías definitivamente.

          Si no aparece en él nada relativo a la fianza, ya intentaríamos pelear por ella con la documentación que me envíes, siempre y cuando sea posible.

          Lo ideal es que firmes el documento de resolución diciendo que rescindes el contrato por no ser acorde lo contratado con lo que realmente te encontraste al entrar. Y que quieres que se te devuelva la fianza una vez deducidos los recibos que estén pendientes de pago.

          Suerte!!!.

  361. Buenos días.

    Comuniqué al arrendador con 45 días de antelación mi deseo de rescindir el contrato de arrendamiento de su vivienda después de 2 años y medio en el mismo, la vivienda debido a humedades y antiguedad tuvo que ser pintada por mi, con consentimiento verbal por parte del arrendador, en la firma del contrato se deposito una fianza de 1.200 € en metalico, un mes antes de dejar la vivienda se produce una fuga de agua en uno de los dormitorios y se comunica al arrendador, va dando excusas, hasta que dejamos la vivienda para acometer las debidas reparaciones, durante ese tiempo he tenido que trasladar a mis hijas a nuestro dormitorio y dejar el cuarto inhabilitado por las continuas fugas de agua.
    Cuando entrego las llaves, no firmamos la misma (por la presumible confianza entre nosotros), por este motivo y actuando de buena fe, le dejo la fianza para que pinte y adecente la casa una vez terminada la obra que va a realizar.
    El alquiler ascendia a 600 €/mes y al año acordamos una reducción del mismo a 540 € de manera verbal por cambios en mi situación economica.
    Ahora me pasa por whassap un papel escrito a mano, donde me reclama un diferencial por desperfectos (a mi juicio desmesurados) y el diferencial de la renta del alquiler de 60 € del último año.
    Mi pregunta es si tiene peso legal esta reclamación y que derecho me asiste en cuanto a no atender su reclamación economica.
    Gracias de antemano.

    1. Hola Javier.

      El diferencial de la renta puede que fuese fácilmente defendible si le has pagado por banco. Doce meses son muchos como para poder demostrar que hubo un acuerdo verbal.

      Sin embargo, respecto a la cantidad que te pide en concepto de reparaciones, lo veo complicado para ti, pues es la desventaja que tiene para ti el no firmar la resolución del contrato.

      Suerte!!!.

  362. Hola mi problema es que la propietaria no quiso firmar la entrega de llaves.en la casa ya habia humedades de lo cual avise pero dice que yo traje las humedades ect.la fianza la propietaria no la deposito sino que la guardo en subcasa y ahora no me la da hasta que deje la casa impecable.arreglando cosas que ya tenia al entrar de las cuales no hicimos fotos porque son pequeñeces.me da su opinión?

  363. Hola,

    Como tanta gente por lo que veo, estoy pendiente de que me devuelvan parte de la fianza de un piso de alquiler.
    Tras año y medio de alquiler, sólo pude avisar con 14 días de antelación de la finalización del contrato de alquiler, ya que fue el margen que tenía desde que se resolvió en el BOE mi nuevo destino de trabajo (personal laboral de la administración central del estado) hasta realizar la mudanza.

    Tras revisar por medio de la inmobiliaria el estado del piso, y las lecturas de consumo, acudir a las empresas de luz y agua para que me dieran una factura estimada y facilitárselo a la inmobiliaria, y dejar las llaves (de esto último no tengo ningún documento), la antigua casera no me coge siquiera el teléfono.

    La inmobiliaria dice que la casera parece no tiene intención de pagarme… nada de nada. A pesar de que en el mismo contrato indica que se retendría la parte proporcional de la diferencia de días hasta llegar al mes desde que se comunica.

    Al ser un traslado forzoso, ¿es un eximente en cuanto a los plazos de aviso?

    Y en cualquier caso, ¿qué puedo hacer para recuperar el dinero y evitar que me choricee así?

    Muchas gracias

    1. Hola Marian.

      Lo que comentas del trabajo no es exomente para la contabilización de plazos.

      En cuanto a la devolución de la fianza, te aconsejo que envíes burofax al propietario indicando que dejaste la llave en la inmobiliaria, realizando así la entraga de la vivienda, al no haber asistido él a dicha entrega. Y en el mismo documento le exiges la devolución de la fianza en el plazo de equis días o del saldo resuktante de la deducción de los suministros.

      Quedo a tu disposición por si necesitas ayuda. Puedes escribirme a info@abogadosparatodos.net

      Saludos.

  364. Alquilamos un piso en el mes de agosto con finalización marcada en contrato el de noviembre del mismo año.
    Nos comunican el 15 de septiembre eu se van a finales de mes por que la mujer tiene una enfermedad grave y se tienen que marchar a otra ciudad. Aparte de tener desperfectos la casa, y tener pendiente de pago el ultimo mes de luz, agua y gas, nos reclaman que les devolvamos el mes de fianza que nos habian dejado tienen derecho , o por marcharse antes de finalizar el contrato pierden la fianza?
    Muchas gracias

    1. Hola Isa.

      Por los datos que aportas todo parece indicar que hay un evidente incumplimiento de contrato por parte del inquilino.

      Por tanto podras quedarte con la fianza y darte por cobrados los meses que restan hasta la finalización del contrato.

      Sólo en el caso de que alquilaras la vivienda de nuevo antes de finales de noviembre tendrías que debolverles la parte de renta que te has cobrado desde el día que lo alquiles de nuevo hasta final de noviembre, siempre y cuando te lo reclamen, claro.

      Saludos.

  365. Hola Eduardo.

    Mi caso es el siguiente:

    Resulta que avise con un mes de antelación a mi casero, el importe de mi deposito fue de 500€ y resulta que le dijo a mi mujer que hasta que el no reciba las facturas de luz y de gas actualizadas con su nombre que no me va a devolver el deposito (la luz y el gas están pagadas al día).

    Respecto al contrato, el casero firmó conmigo tanto un contrato editado por un gestor cómo una hoja de papel timbrado que le a costado a mi casero y me quiere cobrar los 30€ que le costó, cosa que yo no solicite, debería ir por cuenta del casero, además al entrar en la vivienda, esta recién «malreformada» viendo como había una mala pintura y escayolado de la pared de entrada de la vivienda y que se veía abombada, obviamente por el uso de la vivienda, esa mala reforma a hecho que el muro se le hayan caído algunas partes de su gotele malo cosa que lo hizo el seguro del casero. Ya para más inri, desde el inicio tuvimos una plaga de chinches con la que tuvimos que lidiar como pudimos por que el casero no quería pagar la desinsectacion que costaba 150€ y nosotros no podíamos pagarlo y que según la empresa de desinsectacion que vino a «presupuestar» nos dijo que esa plaga estaba ya de antes en la vivienda, incumpliendo la parte del contrato de dejar la vivienda en perfecta habitabilidad.

    En resumen, mi casero no me quiere devolver la fianza hasta que no venga los recibos a su nombre, pero intuyo por la llamada telefónica que recibí de el ayer que no nos devolvería la fianza y por si no fuera poco, resulta que la fianza no la tiene el ivima, el casero ni siquiera presentó los papeles en el ivima, solo firmamos un contrato del que el y yo tenemos copia y que no se si ni siquiera esta declarando a hacienda los pagos que le e hecho por las mensualidades.

    Que puedo hacer si el casero decide no devolverme la fianza y además firma la entrega de llaves en la que anexaria fotos de como a quedado la vivienda según la abandonamos? Y si se niega a firmar el documento de entrega de llaves con las fotos de la vivienda?

    Saludos y gracias por las molestias

      1. Finalizó el 1 de septiembre, estamos en la prórroga.

        Avise el 30 de septiembre y a día 31 de noviembre no trajo la fianza alegando que no habíamos pagado el último alquiler(error, si lo pagamos y se lo recordé). Esto me hace pensar que no recibiré mi fianza de vuelta, ya que es el típico arrendador viejo de pueblo que se cree listado.

        1. Muy buenos dias,tengi un problema,el caso esque hace un año que estoy alquilada,un alquiler con opcion a compra por el cual page 2000€por la opcion a comprar y 800€ de fianza,hasta ahy bien hasta que hoy me yaman de la inmobiliaria y me dice que tengo que abandonar la vivienda por que el dueño necesita hacer uso propio,el caso esque yevo los recivos al dia pero enved de pagarlos en la fecha estipulada en el contrato acordamos el dueño y yo vervalmente poder pagarlo ames vencido,ahora bien,la fianza en el contrato pone ke si antes de la cimpra el se echa atras me tiene que devolver el doble,a dia de oy 5-10-2016 solo debo el mes de octubre que lo pagaria el dia 30-10-2016,estoy en mi derechi de exigirle la fianza?

          1. Hola.

            Si las cosas son cómo las planteas entonces debe darte la fianza por duplicado.

  366. Hola,

    Alquilé un piso en julio y quiero dejarlo el próximo febrero. Di dos meses de fianza. En el contrato indica que deberé indemnizar si me marcho antes del año (1 mes x año incumplido o parte proporcional).
    El caso es que en el contrato consta «todos los servicios dados de alta» y me encuentro que no es cierto, la luz está «ilegal» y el propietario no lo soluciona a pesar de llevar reclamando meses.
    Sé que puedo desistir del contrato e irme por este incumplimiento pero ¿recuperaré la fianza en su totalidad o prevalece la clausula de indemnizarlo por irme antes de tiempo?
    Muchas gracias!

    1. Hola Eva.

      Bajo mi punto de vista esa cláusula no tiene valor alguno.

      Tu puedes desistir del contrato tras seis meses, aunque hayas firmado esa cláusula. Por tanto, puedes irte tras los seis meses de vigencia del contrato independientemente de que la luz sea legal o ilegal, independientemente que los suministros estén o jo dados de alta.

      Simplemente, la ley te permite irte a los seis meses. Eso si, debes preavisar al arrendador con treinta días de antelación. Por lo tanto, si lo alquilaste el 1 de Julio de 2014, envíale el escrito antes del 1 de diciembre de 2014, diciéndole que te vas el 1 de enero de 2015. Eso si, te recomiendo que el escrito lo envíes por burofax con acuse de recibo y certificación de contenido, para que no quede duda de tu intención.

      Además, opino que no deberás pagarle indemnización alguna.

      Por lo tanto, siempre y cuando dejes el inmueble en buen estado y no dejes recibos pendientes, deberá devolverte toda la fianza (los dos meses).

      Lo que te recomiendo es que el día que le devuelvas las llaves firméis un documento de resolución de contrato y se refleje todo lo que no esté en las mismas condiciones que cuando entraste al inmueble.

      Si no te ves suficientemente preparada para hacer esto tu sola sin cometer errores quedo a tu disposición para cuanto necesites.

      Suerte!!!.

  367. Espero que me puedas ayudar. Yo, estaba alquilando un piso en Valencia durante los ultimos cinco años. En septiembre tuve que dejar el piso por motivos personales. Le dije a la propietaria que iba a dejar el piso, con seis semanas de antelacion – y deje el piso en el dia 15 de septiembre. Resulta que la dueña quiere quedar con parte de la fianza por que dice que la debo la otra mitad de septiembre tambien.. ¿Es eso correcto/legal? Me parece ilegal, que no quiere devolver mi dinero!!

    1. Hola Sham.
      Tendría que saber si habéis firmado documento de resolución de contrato, si fue verbal, etc.

      Saludos.

  368. Hola! El 6 de septiembre firmamos la devolución de las llaves, el casero, la inmobiliaria y yo. La inmobiliaria revisó la casa y me dijeron que estaba todo en perfecto estado, pero la casera dijo que no me devolvían la fianza hasta que no llegaran las facturas que faltan. Cuánto tiempo estima la ley que tienen para devolverme la fianza? Ha pasado más de un mes y he contactado con ella, y me dice que no sabe nada de las facturas, pero en cambio en mi nuevo domicilio ya han llegado las facturas (los periodos de facturación ya han sido). Me gustaría a partir de qué momento puedo yo reclamar ese dinero legalmente. A parte, me pueden quitar dinero para contratar un servicio de limpieza? Saludos.

    1. Hola María.
      Te recomiendo que le des un par de semanas más al arrendador, tiempo ya más que suficiente para que le hayan llegado las facturas por suministros.
      A partir de entonces podrás reclamarle la devolución de la fianza (bueno, en realidad puedes reclamarlas desde ya, pero es preferible que le concedas, si quieres, ese par de semanas).
      En cuanto a la limpieza, mi opinión es que si se ha firmado un documento de resolución de contrato y no se ha reflejado este extremo, entonces no se puede quitar parte de la fianza para limpieza.
      Suerte!!!.

  369. Buenos días, necesito un consejo urgente.
    Ví un piso que me gustó y pagué 1 mes de fianza, más otro mes porque sino no me lo guardaba para el mes siguiente aunque en realidad no iba a vivir porque todavía no empezaba las clases. No firmé contrato, ni tenía las llaves. Tengo el resguardo bancario.
    Cuando fuí a ver el piso me dijeron que ya estaba todo ocupado por chicas y que solo quedaba libre mi habitación. En el anuncio también ponía chicas.
    Mi sorpresa, cuando me entero por wassap que han quedado habitaciones libres y que se la han alquilado a un chico 4 días antes de ir yo y el remate cuando ayer mismo al llegar me entero por otra inquilina que comporto yo el baño con el chico en cuestión.
    Mi pregunta es: todavía no he firmado nada pero no estoy agusto con la situación actual y me gustaría que me devolvieran por lo menos la fianza. (solo he estado 1 día de dos meses en el piso).
    Muchas gracias!!!!

    1. Hola Ana.
      En caso de que no haya contrato, se da por hecho que la duración es de un año. Y se da por hecho que si abandonas la habitación antes del año estás produciendo unos daños al arrendador. El primer mes lo pierdes porque lo has destinado a pagar ese primer mes (y decides voluntariamente irte sin aprovecharlo).
      La fianza la pierdes, bajo mi punto de vista, para compensar los daños producidos al arrendador por dar por terminado el contrato antes de tiempo (un año).
      En fin, esto es con la ley en la mano.
      Tienes una posibilidad:
      Si te enteras que esa habitación es alquilada en breve a otra persona, podrías reclamar al arrendador treinta días de renta menos los días que haya tardado en alquilar de nuevo la habitación. Es decir, si la alquila a los 8 días de irte tu, le podrías reclamar 22 días de renta de lo que se ha quedado tuyo.
      Suerte!!!.

      1. Hola de nuevo. El contrato sí que lo ibamos a firmar este próximo lunes y no iba a ser por un año. ¿cambia eso algo?, ¿no importa que los términos no sean los que se habían acordado?
        Muchas gracias

        1. Se supone que contrato ya existe, aunque sea verbal, porque ya has comenzado a habitar la vivienda (aunque sea sólo un día).
          En lo que si tienes razón y no había reparado inicialmente es en el hecho de que anunciaban la vivienda sólo para chicas.
          Si puedes probar esto entonces si podrías reclamar la fianza y seguramente la mensualidad entregada. El problema está en demostrar (sin haber contrato de por medio) en demostrar que tu pactaste bajo condición de que era un piso para chicas.
          Salvo aue las compañeras estuvieran de tu parte, será dificil que se pueda demostrar esto y reclamar bajo esa premisa.
          Saludos.

  370. hola. voy a incumplir un contrato de alquiler el primer mes de contrato anual porque tengo que abandonar el piso por fuerza mayor. seguramente se quede con la fianza la propietaria ¿cierto? Ademas, pactado verbalmente con la propietaria cambie los dos inodoros de los baños porque estaban rotos, los pague yo como inquilino donde se me descontaria en la siguiente mensualidad por el coste de los dos inodoros y mano de obra. Como me voy del piso despues del primer mes, voy a reclamar el coste de los inodoros, cuales pague yo de mi bolsillo. ¿esta bien? si no quiere devolvermelo, tengo pensado quitarlos porque los pague. ¿tendria algun delito o problema reclamar lo que pague de mi bolsillo despues de pactado verbalmente?. un saludo

    1. Hola Dani.
      Vamos a ir por partes. Tu estas incumpliendo un contrato. Es muy posible que el arrendador exija algo mas que la fianza. No digo que lo vaya a hacer, pero seguramente podría hacerlo.
      En cuanto a los dos inodoros, lo justo sería que los asuma el arrendador, pues están nuevos. O al menos una parte de ellos.
      Al final tendréis que llegar a un acuerdo.
      Saludos.

      1. muchas gracias por tu consejo. intentare llegar al acuerdo de recibir lo que me costo los inodoros. la fianza la daba por perdida. un saludo

  371. Hola Eduardo,
    He visto que contestas a todo el mundo y necesitaria que me ayudaras en asesoramiento. Verás, recientemente he compartido una habitacion en un piso con la propietaria del inmueble. Firmamos contrato y todo en regla e hice deposito de la fianza(me abala el justificante bancario)(400€) y pago de la primera mensualidad al entrar en el piso. Devido a problemas en la convivencia, firmamos un documento acordando una nueva fecha de salida que se saltaba el contrato inicial. En este nuevo contrato, se pacta de mutuo acuerdo mi salida del piso. Parecia que todo iba bien y a mi salida ella me comunico que en 30 dias me ingresaria la fianza, ya que todo estaba bien. Pues bien, fue salir del piso y me comunico que no iba a ingresarme la totalidad de la fianza(400€). El otro dia recibí un email y al mismo tiempo una trasferencia por valor de 300 euros. En dicho email no explica detalladamente porqué se queda esa cantidad. No se si tendria que justificarlo con algun informe pericial o factura…Ya se que el importe(100€) no es muy alto, pero creo que la gente estafadora no puede salirse con la suya. En ese piso estuve tres semanas y como no cumplió las condiciones del contrato le comunique que dejaria el piso. A raiz de eso la convivencia se hizo insoportable(llego a dejarme en la calle sin abrirme) y por ello pactamos la finalizacion del contrato. No se si puedo acudir a alguna asociacion de consumidores u organismo oficial, no cuento con muchos recursos para poder pagarme un abogado…Muchisimas gracias en todo lo que puedas ayudarme Eduardo!!

    1. Hola Ana.
      No conozco ninguna asociación que pudiera llevar este asunto que plantéas.
      Lo único que se me ocurre es que le envíes una carta certificada o un burofax anunciándole que tomarás medidas legales en caso de que no te devuelva la fianza. Pero dudo que crea que por 100€ vayas a embarcarte en una aventura judicial.
      No puedo decirte mucho más.
      Mucha suerte!!!.

  372. Hola, el 30 de junio hice la entrega de llaves del piso en el que he estado viviendo durante el curso pasado, yo iba a volver a ese piso por eso la casera no me devolvió ese dinero. Un día antes de volver en Septiembre me dijo que no iba a alquilar el piso que le había surgido unos problemas familiares… . Le he insistido para que me devuelva mi fianza y no da señales de vida aunque me consta que en el piso hay nuevas inquilinas. ¿qué puedo hacer? lo único que tengo es el contrato del curso pasado y los recibos de las mensualidades de alquiler. Ahora mediante una compañera me ha llegado información de que dice que le destrozamos el piso… a pesar de ser incierto. Ella recogió las llaves a la vez que vio el piso estaba en perfectas condiciones. los desperfectos a los que se refiere parecen ser: una tenaza de cocina estropeada por el uso, un flexo desatornillado por viejo, taza de water con cal…) fotos que al parecer hizo una semana despúes de dejar el piso y de las cuales he tenido noticia por una campañera, a mi no me ha enviado absolutamente nada. ¿es eso justificación suficiente?. estoy pensando en denunciar y me gustaría ir sobre seguro. un saludo y gracias

    1. Hola Julia.
      ¿A qué importe asciende la fianza que se ha quedado la arrendadora?

      1. Hola de nuevo, el importe es de 200 euros por inquilino (eramos 3) yo reclamo mi parte. La verdad esq retuvo el dinero a la espera de la llegada de una factura de luz. Pero ya con esto no he vuelto a tener noticias a pesar de escribirle y pedirle q me enviase la factura y el importe restante q me pertenecía. No es totalmente por el dinero que no es una gran cantidad, simple mente busco q esta mujer no me estafe ni a mi, ni a más personas.

  373. Buenos días, le agradecería que me resoviera la siguiente duda:
    Pensaba entrar a vivir el día 1 de octubre en un piso compartido; dí la señal de una habitación en un piso compartido, tengo el recibo que me hicieron en el que pone: «En concepto de: depósito para alquiler «.
    Todavía no he firmado ningún contrato, y mi pregunta es: si finalmente decido no entrar a vivir en ese piso, ¿tengo derecho a reclamar ese depósito/señal? ¿ o directamente lo doy por perdido?
    Gracias.

    1. Hola Ana María.

      Esa cantidad la has entregado como promesa para firmar un contrato que finalmente no vas a cumplir, por lo que si el arrendador quiere quedarse esa cantidad está en su derecho, para resarcirse de los daños y perjuicios sufridos por la no contratación.
      Saludos.

  374. Hola Eduardo,hice un contrato de arrendamiento por un año y pagué una fianza igual al mes,pero resulta que en la empresa que me contrataron no pase el periodo de pruebas y tuve que dejarla,al no ser de esa ciudad tuve que abandonarla y el propietario no me devuelve la fianza,puedo reclamársela? Gracias

    1. Hola Ángel.
      Deberías llegar a un acuerdo con el arrendador en el que firméis que él se queda con la fianza y no tiene nada más que reclamarte en concepto de daños y perjuicios por desistimiento por tu parte del contrato.
      En realidad podría exigirte más de una mensualidad.
      Por eso te digo lo de plasmarlo por escrito.
      Suerte!!!

      1. Hola kisiera comentarle algo tengo un piso donde alkilo habitación para llegar casi al mes me entraron una pareja una niña y un perro y se fueron antes del mes y ahora dicden q les tengo q devolver 100 £ cuando se las alkile por 280€ yo les dije q no tenía porq devolverles nada y me an dicho q me denunciarian corro algún riesgo atentamente jimmy graciad

        1. Hola Jimmy.

          Si el alquiler fue por un mes no tienes que devolverles nada si no quieres.

  375. No me han devuelto la fianza, hace ya dos meses. Llamo por teléfono a la inmobiliaria y me y no me responder, dicen que la encargada esta enferma.
    Ahora estoy haciendo un escrito, a quien debo dirigirlo, al propietario a la inmobiliaria.

    Muchísimas gracias saludos.

  376. He alquilado un piso a unas estudiantes. Todavia no habia hecho el contrato pero tengo de cada una de ellas un papel firmado que me han entregado el dinero correspondiente a un mes como fianza. Una de ellas se va y quiere que le devuelva su
    Parte de fianza. Tengo que devolversela?

    1. Hola Inma.
      Pues con la ley en la mano puedes quedarte con esa señal, por incumplimiento de la otra parte de su intención de firmar un contrato.
      Suerte con ese alquiler!!!.

  377. Hola Eduardo,
    vamos a dejar nustro piso (hemos avisado en el plazo segun contrato y todo deberia estar en orden) y la inmobiliaria nos aviso de venir a sus oficinas para al entrega de llaves. Entiendo que con la entrega normalmente se confirma el estado del piso por ambas partes (y si hubiera algun desperfecto), pero en este caso los propiertarios quieren ir a revisarlo despues de la entrega.
    No me parece normal, ya que encima les habiamos dejado3 meses de deposito.
    Puedo exigir que la entrega y revision se haga en el piso con ambas partes presentes?
    Muchas Gracias!

    1. Hola Stefy.

      Claro que puedes exigirlo. El contrato termina el día «x» y si la parte arrendadora no acude a vuestra cita deberías entregar las llaves a la inmobiliaria y plasmar bien claro en el documento de resolución de contrato que la otra parte no ha acudido y que el inmueble se encuentra en perfectas condiciones a la fecha de entrega.
      Saludos.

  378. Hola:
    Firmé un contrato de alquiler de vivienda el día 1-11-2013 y firmé la entrega de llaves el día 31 de Agosto 2014.
    No he cumplido el año de contrato y temo que no me devuelvan la fianza de 550€. ¿Sería legal que no me la devuelvan por incumplimiento de contrato?
    Gracias por adelantado.
    Un saludo.

  379. Buenas tardes,

    El día 30 de junio del 2014 entregamos las llaves de un piso en buen estado a la inmobiliaria. Ese día no se encontraba presente el propietario, pero la chica de la inmobiliaria nos dijo que el piso estaba limpio y que nos devolverían la fianza una vez pagados los recibos del agua, luz y gas. Durante todo el verano nos han estado pasando los recibos del piso (incluidos el mes de julio y agosto).

    El pasado 29 de agosto fuimos a la inmobiliaria porque aún no nos han devuelto la fianza y nos dijeron que la fianza se la entregaron al propietario para que nos la devolviera y que no tenían constancia de que aún no la tuviéramos. ¿La fianza se entrega directamente al propietario y éste después a los inquilinos?

    Llamamos al propietario y nos dijo que no nos había devuelto la fianza (650€) porque el piso no estaba limpio y porque tenía que pintarlo todo (hay humedades en un baño donde no hay ventana y según él es por mala ventilación durante el uso del inmueble). Nos ha dicho que a medianos de septiembre nos pasará una lista con todos los motivos porque ahora está de vacaciones.

    ¿Qué podemos hacer para que nos devuelva la fianza? ¿Pueden juzgar ahora que han pasado dos meses si el piso está limpio o no? ¿Podemos reclamar intereses por el tiempo que ha tardado?

    1. Hola Gemma.
      Lo primero es que puedes reclamar intereses desde el 31 de Julio en adelante.
      Sin embargo, fue un error muy grande por vuestra parte entregar las llaves sin que se os diera un documento de resolución de contrato debidamente firmado en el que apareciera POR ESCRITO que el inmueble estaba en buenas condiciones.
      Ahora la fianza la tiene el arrendador y, diga lo que diga, si no estás de acuerdo tendrás que demandarle para recuperar esa fianza, lo que es prácticamente inviable por el coste que ello supone.
      Mucha suerte.

      1. Muchas gracias Eduardo.

        Hoy hemos llamado a la inmobiliaria para reunirnos un día con ellos, el propietario y nosotros. Su respuesta ha sido que hace un año y medio que no llevan ese piso y por esta razón no pueden hacer la reunión. A nosotros nadie nos ha notificado esto antes. ¿Ahora donde tenemos que ir para reclamar la fianza que no nos han devuelto?

        1. Hola Gemma.
          La reclamación amistosa siempre al sponsanle, que es el arrendador. Debes localizar su domicilio y escribirle a él.
          En caso de no localizarlo o si no atiende a tus razones, no tendrás otra opcion que ir al juzgado para reclamarle vía judicial.
          Saludos.

  380. «Apartado 5 – Duración: El arrendamiento se pacta por la duracion de 1 año, siendo este de obligado cumplimiento, el cual, comenzara a contarse desde el dia 1 de marzo de 2014, sin prejuicio que se aplique aquello que disponen el articulo 9 y siguientes de la vigente Ley de Arrendamientos Urbanos»

    «Apartado 17 – Fianza: El arrendatario entrega en este acto al arrendador la cantidad de 1100€. Haciendo el siguiente desglose del mismo, 550€ se ingresan como fianza obligatoria y lod 550€ restantes quedan en poder del arrendatario como garantia adicional»

    Bien… te explico: me he quedado embarazada, sere mamá a principios de año y no podemos quedarnos en este piso porque no cabemos, asi que me he puesto en contacto con el propietario y le he dicho que el 31 de octubre haremos entrega de las llaves, no cumpliendo con ese año de obligado cumplimiento. Hasta ahi bien, nos han contestado que toman nota de ello y que seguimos en contacto.
    Ahora mi pregunta es: si el piso esta es perfecto estado, me devolveran la fianza?

    Gracias Eduardo, un saludo.

    1. Hola Tania.
      Si el piso está correcto, bajo mi punto de vista deben entregarte toda la fianza (si no hay recibos de suministros pendientes) dado que todo apunta a que se trata de un contrato de vivienda (no de temporada) por la mención que haces al artículo 9 LAU.
      Por este motivo, puedes desistir del contrato tras el sexto mes y, si el contrato no se establece que tengas que pagarle una indemnización de un mes de renta por cada año que reste de contrato (en tu caso sería 183 euros de indemnización, pero sólo en caso de que así se establezca), entonces no tendrás que indemnizar y te tendrán que devolver la fianza.
      Como ves, la cláusula de tu contrato de que hay que cumplir el año íntegro no es aplicable, siempre y cuando estemos hablando de contrato de vivienda y no de temporada. Para ello hanría que ver que dice el encabezado del contrato y que dicen las primeras cláusulas, que son las que determinan el tipo de contrato que es.
      Mucha suerte Tania.

  381. Hola,el día 31 de Julio deje el piso de alquiler en el que he vivido, faltaban quince días para hacer el año.
    El día 4 de agosto firmamos ambos en la inmobiliaria la entrega de llaves y la devolución de la fianza en diez días en ese documento no hay reclamación alguna por su parte ,yo por la mía entrego a la inmobiliaria una factura de repuesto de cerradura que se había roto ya que era muy vieja.
    Dos meses antes había avisado a la propietaria que tenia humedad en una habitación y ella me responde vía teléfono que están.. pendientes de reformar la fachada, ademas la ventana estaba mal rematada.
    20 días después me devuelve parte de la fianza y la otra parte me la justifica en un apunte de papel descontandome 140 euro por la pintura de una habitación no me da factura ni informe de su perito de seguro que diga que la humedad es culpa mía por ventilar poco eso es lo que dice ella.
    Que no me da lo de la cerradura porque ha sido un mal uso por mi parte también dicho por ella .
    Me descuenta 25 euros por una almohada que ella dice que estaba y que yo no recuerdo, compro yo una y se la dejo en la inmobiliaria y me manda un correo diciéndome que la acepta porque no había comprado una todavía , la que compre me costo 11 euros,ella reclamaba 25 , eso me lo ha abonado en mi cuenta ya.
    Me descuenta 30 euros justificando que había una tele muy vieja que funcionaba y a mi me ha funcionado y ahora dice que no funciona eso lo justifica como valor residual de la tele..y mal uso por mi parte.
    Me ha mandado un correo electrónico desde el correo de su pareja al que denomina burofax diciéndome que me reclama la indemnización por los quince días que faltaban para el año , la pintura de la habitación que dice que la tiene sin iva pero que no ha entregado en la inmobiliaria y por supuesto sin haber llamado a su seguro para que determinara si la culpa ha sido mía, ni haberme avisado de que la iba a pintar y que me lo iba a descontar.
    Me reclama también daños en el pintura por haber pegado unas perchas para colgar ropa pues no había nada donde colgar nada ni tan siquiera en el baño un toallero.
    Me dice que le mande un perito si quiero hacer mi propia valoración , todo esto después de 25 días y de que ella lo haya reparado por su cuenta.
    Le he redactado un burofax para mandárselo debidamente y reclamar la devolución de lo que me ha retenido y la justificación de los recibos de suministro que también me ha retenido.
    ¿Es lo correcto o no merece la pena?

  382. Hola. El pasado 2 de Julio decidimos dos chicas y yo meternos a un piso de estudiantes en Murcia. Tras ver el piso decidimos hacer el contrato. Una vez echo el contrato en el que entrariamos al piso el 1 de septiembre. El pasado 18 de Agosto aproximadamente me puse a revisar el contrato para echar mi beca de la universidad y viendo el contrato me di cuenta de que salia como titular solo una de nosotras y a pesar de que en contrato decia que vivian 3 personas no se especificaban los nombres solamente el de una de nosotras, eso suponia un problema para nosotras ya que si no figurabamos no podiamos echar la beca. Por lo que decidimos llamar a la casera y consultarle lo que nos pasaba y si podía hacernos el contratoboara que figurasemos las 3. A lo que la casera nos respondio que no, que ella solo podia alquilar el piso a una persona por que no lo tenia declarado. Después de ver este problema y otros mas como que el contrato no estaba bien echo y no estaba firmado por ella, decidimos marcharnos del piso y buscar otro, ella nos dijo que nos devolvia la fianza pero a los dias nos llego un mensaje de ella diciendo que habia hablado con un abogado y que no teniamos derecho a recibir esa fianza. Pero nosotras creemos que si que tenemos derecho a esa fianza por que el contrsto no esta firmado por ella y tenemos nuestro recibo del pago de esa fianza. A todo esto queriamos saber si podemos pedirle ese dinero o realmente ella tiene mas derecho que nosotras a qedarselo

    1. Hola Laura.
      Realmente pienso que con los datos que aportas tiene la propietaria más derecho a quedarse con la fianza como indemnización, que vosotras a reclamarle ese dinero.
      De todos modos es una situación tan irregular, que es normal que ahora os surjan estos problemas.
      Suerte!!!.

      1. Pero si el contrato no esta firmado por ella, no hay contrato y si no hay contrato¿tiene que devolver la fianza no?

  383. Buenas,
    He de dejar el piso en el que actualmente resido porque mi empresa ma traslada a otra comunidad. Es un traslado forzoso sin que yo pueda negarme a ello.
    He avisado al propietario del inmueble con mas de un mes de antelación pero como aún no he cumplido los primeros 6 meses de contrato dice que no me devolverá la fianza (de dos meses).
    ¿No existe alguna clausula que regule este tema?

    Muchas gracias y felicitaros por la página web.

    Laura

    1. Hola Laura.
      Efectivamente el arrendador podrá exigirte indemnización por daños y perjuicios.
      Bajo mi punto de vista podría pedirte las rentas que falten hasta que el contrato cumpla seis meses.
      Saludos.

      1. Hola, tengo una duda: Según la LAURA desde el 6/6/2013 si me voy de la vivienda en 6meses avisando con un mes de antelación me devuelven el importe de la fianza?.

        Gracias por adelantado. Saludos

        1. Hola Esther.

          No se trata de que te devielvan o no la fianza.

          Lo que ocurre desde el 6-6-2013 es que te puedes ir a los 6 meses siempre que preavises con más de un mes de antelación. Ahora bien, tendrás que pagar indemnización si así se establece en el contrato, y si no dice nada el contrato, pues no tendrás que pagar indemnización.

          Respecto a la fianza, te la tendrán que devolver si la vivienda la devuelves correctamente y si no debes nada en concepto de rentas ni de suministros.

          Saludos.

          1. Hola Eduardo,

            Me gustaría saber dónde se puede encontrar esto que dices de poder irse a partir de los seis meses, principalmente porque aplica a mi propia situación.

            Un saludo

  384. Hola,
    Mi padre acaba de fallecer y me ha dejado un local que está arrendado desde el 1 de Abril del 2014 con duración de 5 años. Cuando he comunicado al inquilino la subrogación del contrato me dice que quiere traspasarlo, cosa que viene por contrato prohibido al igual que la cesión o el subarriendo. No tiene actualizada el recibo de luz y no lo cambió de titularidad, aun teniéndolo que hacer por contrato, se le hace sólo la lectura estimada del contador y tiene un depósito de 4800 Euros y 1200 de fianza de dos meses de alquiler. No hay un inventario de lo que había antes de su alquiler. Mi pregunta es: ¿Puedo pedirle el depósito en función del pago de la electricidad atrasada y como indemnización de 4 meses por los cuatro años que quedan de contrato? ¿Cómo puedo resolver lo del inventario? Gracias

    1. Hola Ana.
      El traspaso no puede hacerlo. Si lo hace es nulo.
      En cuanto a los suministros atrasados si que podrías coger parte del depósito y/o fianza para cobrarte. Después podrías incluso actualizar el depósito (que lo haga llegar de nuevo a cuatro meses de renta).
      Lo que jo me queda claro es lo de la indemnización de 4 meses por los 4 años que quedan de contrato. Si te refieres a si él se va si no le dejas traspasar, efectivamente podrías pedirle indemnización por daños y perjuicios. Y podrías reclamarle incluso más.
      Suerte y a ver si se arregla todo.

  385. Despues de la entrega de llaves (15 de julio) el excasero me envia una lista de objetos deteriorados segun él,y me dice que la fianza de 700 euros no era suficiente para su reparación.Siendo una casa antigua y con muebles antiguos,pienso que es una exageración de que se quede con tanto dinero.Le he pedido hablar personalmente y entrar en acuerdo,a lo que se niega completamente.Pienso enviar un burofax reclamando,será posible la devolucion de la fianza?

    1. Hola Pedro.
      Es posible que ante el burofax reaccione, pero también es posible que no lo haga.
      Todo acuerdo hay que hacerlo en el mismo momento de la entrega de la vivienda al arrendador, es decir, en el documento de resolución del contrato. Si no se hace en ese momento se está dejando potestad al arrendador a que diga posteriormente que hay desperfectos y pleitear por estas cantidades se convierte en algo complicado y caro.
      Suerte.

  386. Hola.
    El pasado 1 de junio dejé mi piso, pero como el contrato no terminaba hasta el 1 de julio, el casero me hizo pagarle un mes sin estar viviendo allí.
    Al entrar en el piso pagué 2200€ de fianza y 2200€ de «garantía». El 1 de julio hicimos la entrega de llaves, pero no se nos entregó ningún documento, aunque el propietario indicó que todo estaba correcto.
    Se suponía que en la entrega de llaves me entregaría el concepto de garantía, y cuando estuvieran satisfechas todas las facturas, nos entregaría la fianza.
    La garantía me fue entregada 10 días después de lo estipulado en contrato, y la fianza 1 mes y medio después, pero no completa.
    Ahora le pregunto a mi casero donde está el resto del dinero y me dice que es de arreglar unos desperfectos en el pasillo y el techo. No hay un plazo estipulado en el que el casero tenga que comunicarme que el piso no estaba correcto, e informarme de que no me abonará el importe total? Yo tuve que avisar durante los primeros 10 días de contrato y por escrito, los desperfectos que el piso tenía cuando nos mudamos a vivir allí.
    Por no hablar de que el casero sólo se comunica conmigo cuando yo le mando 3 o 4 mails sobre el mismo asunto y termino por llamar a su madre cuando él no me coge el tfno…..
    Gracias!

    1. Hola María.
      Lamento tu situación.
      No hay ningún plazo legal en el que el arrendador deba informar de todo esto. El momento oportuno en el que hay que hacer esto es en el documento de resolución de contrato, al entregar las llaves. Este es un documento importantísimo para el inquilino y si en tu caso no lo tienes, será muy difícil que puedas defender tu situación, sobre todo por el coste que implica iniciar un pleito para reclamar dicha fianza.
      Realmente es muy dificil.
      Saludos y mucha suerte. A ver si hablando lográis solucionarlo.

  387. Hola, el pasado 1 de junio deje el piso que estaba alquilando, tengo el documento de finalizaron de contrato donde pone que me devuelven la fianza de 1800 eur y el propietario me dijo que me lo pagaría entre el 1 y el 5 de julio. A fecha de hoy no he cobrado nada y tampoco me contesta mis llamadas, mails y watsapps. Como y donde puedo denunciarlo?
    Muchas gracias.

    1. Aloa, si no llegáis a un acuerdo tendrías que reclamarle esa cantidad judicialmente.
      Quedamos a tu entera disposición para ello cuando nos necesites.
      Saludos.

  388. hola juan ,mi hija ha estado nueve meses d alquiler , y todavia esperamos la fianza , el contrato lo hicimos en una agencia y todos los pagos tambien y la devolucion d las llaves , a la hora d devolvernos la fianza nos dicen que es el dueño que supuestamente tiene otra agencia el que nos tiene q devolver dicha fianza , la cuestion es que han pasado dos meses y dicen que nos cobran unos agujeros hechos para las cortinas y un pequeño levantamiento ( ya q los jovenes pusieron una pegatina en la pared ) que ascienden a 70 euros , el somier que era d mala calidad y se les dobló por la parte central , dicen que tenemos que pagar la mitad otros 70 euros , están en su derecho despues d dos meses sin decir nada y siendo otra empresa en otra ?? muchas gracias , espero puedas ayudarme

    1. Hola Aurora.
      El responsable de devolver la fianza es el arrendador con el que hayáis firmado el contrato. Nunca la inmobiliaria.
      En cuanto a los deterioros, es complicado determinar de quien es la responsabilidad de cada uno. Lo mejor es llegar al mejor acuerdo que puedas.
      Si lleva 60 días sin entregaros la fianza tenéis derecho a que os pague intereses por los últimos 30 días, ya que a partir del día 30 sin devolverla, se generan intereses a favor del inquilino.
      Suerte.

  389. deje el piso de alquiler el pasado 30 de julio, firmando solo que renunciaba al alquiler del piso, y que quedaba pendiente la devolucion de 1400 eur de fianza y el pago de los suministros pendientes (añadiendo las lecturas en el escrito)… no se menciona que descontaria algo por mal uso,etc… y tampoco hay mencion a que entrego llaves (aunque creo que queda claro con la renuncia al alquiler.. pero lo comento todo por si podria dar problemas) el caso es que ha empezado a enviar mensajes diciendo que tiene que descontar de la fianza, un mocho, un recogedor, un cubo, una almohada.. le dije, que vale, que no me iba de pagar un mocho… pero que eso deberia haberlo puesto en inventario… ahora intenta mirar que falta de inventario, y lo ultimo que ha dicho es que tiene que mirar bien y hacer lista porque faltan muchas cosas (MENTIRAAAA! dice que unas lamparitas… yo le mande foto porque hice fotos antes de marchar del piso porque la agencia que lo alquilara las pedia para el anuncio) no se bien como reaccionar.. dejo que vaya descontando cosas?? y si al final devuelve solo 500 eur de fianza!? es increible como actuan algunos propietarios con gente que hemos pagado super-puntuales hasta el final, y que dejamos el piso impecable. me siento tan desprotegida!!!! el dia 30 de agosto venceria el plazo de dar la fianza, aunque en el contrato de alquiler que firmamos, pone que tiene 60 dias para devolverla. quien tiene razon? la LAU o el contrato? y se puede ir descontando cosas que quiera comprar los siguientes inquilinos??!! me parece tan fuerte!! gracias!

    1. Hola Eva.
      Empezando por el final, si en el contrato habéis puesto que se devuelve la fianza en un plazo máximo de 60 días, será este plazo el que haya que respetar.
      En cuanto a que el arrendador vaya descontando cosas de la fianza, volvemos al problema de siempre. Es imprescindible (y esto es una responsabilidad del inquilino principalmente) hacer una exhaustiva relación acerca de cómo están los elementos del inmueble, porque si no ocurren cosas como las que planteas que son difícilmente «atacables» desde el punto de vista judicial, por lo elevado del coste de la reclamación en relación a los importes de las fianzas.
      Suerte y a ver si te devuelven todo lo que te corresponden.
      Saludos.

  390. El 30 de junio dejé un piso de alquiler, a la espera de que me devolvieran la fianza cuando recibiera la factura de luz y agua. No firmé nada cuando le entregué las llaves , me fie de su palabra, pasado 1 mes no me ha devuelto nada.¿ Cómo le reclamo legalmente? Gracias.

    1. Hola Juan.
      Puedes reclamar, pero sin el documento de resolución de contrato firmado todo se vuelve más complicado.
      Ciertamente es una lástima que te fíes de una persona y luego ocurra esto.
      Recuerda para el futuro, aunque ya se que no hace falta que te lo recuerde: el documento de resolución de contrato y entrega de llaves es muy importante para que no sucedan este tipo de cosas.
      Mucha suerte y si decides ir adelante ya me comentarás.
      Saludos.

  391. Hola,

    después de 1 año y 3 meses le comuniqué a mi casera mi deseo de abandonar la vivienda a finales de mes, con 12 días de antelación. El contrato de alquiler ha estado siempre supervisado por «provivienda», una institución de la Generalitat Valenciana dedicada a la gestión de alquileres para rentas bajas.

    Tras comprobar el estado del piso y yo comprometerme al pago de los recibos pendientes de luz, agua y gas a 31 de Julio, al llegar el momento de la firma, la casera se niega a devolverme la fianza porque dice que no la he avisado con un mes de antelación. Las mediadoras le aconsejan que no habiendo desperfectos en la vivienda y habiendo sobrepasado el año en la vivienda, aunque no se haya avisado con un mes justo, lo normal sería devolverla…

    Ella se ha negado con lo que he hecho lo propio al no pagar esos recibos pendientes hasta que la fianza sea devuelta. Hemos firmado un manifiesto para presentar una instancia y que decida un juez, mi pregunta es, ¿cuánto me va a costar todo en su totalidad ya que doy el juicio por perdido? La fianza asciende tan sólo a 280€ (por lo que no necesitaría un abogado), mi reclamación está relacionada por una cuestión de respeto, ya que considero que mi casera me ocultó la información sobre la fianza hasta el momento de firmar para que no tuviera margen de actuación.

    Espero su respuesta.

    ¡Muchas gracias!

    1. Hola Catalina.
      El aviso para abandonar el inmueble es de un mes de antelación, por lo que efectivamente la arrendadora podría exigirte cumplir esta cláusula y quedarse con parte de la fianza.
      Saludos.

  392. Hola,

    Mi caso particular es que, el arrendatario no propietario está subarrendando las habitaciones sin contrato . Nosotros le dimos una fianza en mano de 500€ (un mes de alquiler de habitación). No nos dio ningún recibo, pero tengo transferencias mensuales, desde el mes de Noviembre, nosotros entramos en Julio.
    Hemos encontrado un nuevo piso y le hemos avisado con 17 días de antelación. Él dice que si no encuentra en esos días a nadie no nos devolverá la fianza ya que no se ha avisado en un mes de antelación.
    «los preavisos» han sido muy irregulares, a un chico le aviso de que te tenia que marcharse del cuarto cuatro días sin un mes de preaviso.
    No sé si puedo hacer algo y si puedo conseguir la fianza. Aún dispongo de las llaves y estoy viviendo aquí. Somos 8 en casa, él incluido y solo va a su nombre el contrato.
    Para él esto es su negocio y así nos lo hace saber, por lo que las habitaciones están sobrevaloradas, incluso hizo una pared para dividir un cuarto en dos y obtener más dinero.

    He redactado un email diciéndole que le hemos avisado en 17 días de antelación y que no le pagaremos la renta correspondiente a esos 10 días y que se descontarán de la fianza.
    Espero que me podáis ayudar.

    Gracias

    1. Hola Lucía.
      Ante todo gracias por participar en nuestro blog y disculpa el retraso.
      A ver…
      El contrato de habitación no es un contrato de vivienda de los regulados en el artículo 2 de la ley de arrendamientos urbanos. Por lo tanto no se aplica la norma de los treinta días de preaviso.
      Por lo tanto, tendréis que cumplir lo que hayais pactado en el contrato respecto al preaviso, pero como no hay nada pactado porque ni siquiera hay contrato, tendremos que acudir al código civil.
      Y el código civil establece que los contratos terminan cuando terminan, sin necesidad de preavisar.
      ¿Y cuanto dura tu contrato?. Pues aunque no te lo creas el código civil (artículo 1581) dice que tu contrato es mensual porque la renta se ha fijado mensualmente.
      Por lo tanto, no puede quedarse con la fianza alegando que no le has preavisado con treinta días, pues no tienes por qué preavisarle siquiera.
      Suerte y ya me contarás cono acaba todo.

  393. Hola, y gracias por toda la información del blog.
    El próximo 31 de julio finalizo un contrato de arrendamiento en el que temo que no se me va a devolver la fianza. E, contrato finaliza y yo no deseo renovarlo puesto que a mi entender se ha producido una dejación flagrante de las obligaciones de la arrendadora aunque se le solicitó en reiteradas ocasiones (arreglo de desperfectos estructurales). Sospecho que, dada la situación de las relaciones entre las partes, se va a buscar cualquier resquicio para la no devolución de los 600 euros de fianza (achacar al mal uso por mi parte lo que son desperfectos secundarios producidos por fallos en la construcción del inmueble). Me gustaría saber qué medidas de prevención puedo tomar yo como inquilina de cara a la devolución de las llaves. Añado que me consta que la fianza no ha sido depositada tal y como señala la ley. Muchísimas gracias de antemano y un saludo.

    1. Hola Pablo.

      El documento de resolución de contrato y entrga de llaves debe dejar claro el estado en que se encuentra el inmueble, y debes quedarte una copia.
      Así si posteriormente dicen que el inmueble estaba mal y que no te devuelven la fianza, tendrás un documento que indica que eso no es así.
      Saludos y suerte!!!

  394. Hola, el día 16 de junio entregamos las llaves de la casa y durante este mes la inmobiliaria nos ha dicho que no se hace cargo de la fianza de la propietaria, que tenemos que contactar directamente con ella, a pesar de cobrarnos por firmar el papeleo etc. Pues a día de hoy (28 e julio) el propietario nos ha dicho que no nos lo puede dar de golpe, 1800 euros, que tiene que ser a plazos, es legal?

    Muchisimas gracias.

    1. Hola Verónica.
      Pues no es que sea legal ni ilegal.
      La LAU establece sólo que si transcurre más de un mes desde que te debieron devolver la fianza, se generan intereses a tu favor.
      Por tanto, si te devuelven una parte (y ya están fuera de plazo), podrías exigir el interés legal del dinero por la parte que no te han devuelto y hasta la total devolución.
      Saludos y gracias por participar en el blog.

  395. Hola.
    Hemos dejado un piso en el que hemos estado durante dos años pagando 1.000€ mensuales y 2.000€ de fianza.
    Cuando dejamos el piso hablé con el propietario de la agencia, que me dijo que nos debería cobrar la limpieza y los desperfectos de: un taco que no aguantaba una barra de cortina y una cuerda de persiana de la que ya nos habíamos quejado. El piso es de unos 85m cuadrados y una terraza de unos 60m cuadrados.
    Por lo que yo había pensado sería un total de unos 150-200€, ya que los desperfectos eran pocos y nosotros habíamos hechos mejoras en el piso (cuando entramos pintamos, arreglamos el techo del baño que tenía humedades y el piso estaba muy sucio).
    Al devolvernos la fianza nos han descontado 600€ sin habernos enseñado ningún presupuesto ni nada. Además, el agente de la agencia inmobiliaria me dijo claramente que antes de arreglar nada nos enseñarían el presupuesto y si nosotros sabíamos de alguien que lo haría más barato, lo podríamos hacer nosotros. Obviamente, no ha sido así y todo lo tengo en una conversación de «WhatsUp».
    ¿Qué podemos hacer? ¿Tenemos que denunciar?
    Muchísimas gracias.

    1. Hola Yaiza.
      Desconozco si firmasteis algún documento de resolución de contrato y el contenido de éste.
      Si no lo hicisteis o no se menciona nada respecto al estado de la vivienda la cuestión se complica mucho, pero por supuesto que puedes demandar al propietario.
      Saludos.

  396. hola buenas. he alquilado un piso y me he quedado solo 2 meses en el,despues del primer mes le he dicho al dueño q me voy aks, en el contrato est puesto q tengo q estar un año,pero nosotros hemos hbl.q si pasa algo me devuelve toda la fianza si le digo con 1 mes antes,le he dicho con un mes ntes y ahora n me da la fianza, puede hacer esto=?

    1. Hola Andrei.
      Tendrás que cumplir lo que dice el contrato que firmaste respecto a lo que debe ocurrir si abandonas el inmueble antes del año.
      Saludos.

  397. Hola. Entregue las llaves del piso el 15 de febrero y dejamos la devolución pendiente hasta tener los recibos de agua y electricidad. A primeros de abril me escribe la casera con las cuentas y me dice que procede a transferirme 500€ , pero aunque se lo reclame un par de veces y me dijo que se le había pasado, en junio seguía sin recibir la fianza. A mediados de junio, me escribe diciéndome que no me la paga porque ha llegado un recibo de calentamiento de agua caliente de mas de 1000€ Por el último año, cuando en ocho años nunca he pagado el calentamiento de agua ya que me dijo que era por caldera central y que me pasaría el consumo como de agua fría. Es normal que deje de pagarme la fianza e intente cobrarme un concepto que no he pagado en 8 años? No lo veo muy normal y se me hace raro que me lo cobre justo el año que me he ido del piso y a los 4,meses de abandonarlo. Muchas gracias

    1. Hola Yaiza.
      En el contrato de arrendamiento debe aparecer cuáles son los gastos a los que te comprometiste a pagar al entrar al inmueble.
      En caso de que debieras pagar ese gasto que mencionas, efectivamente podría cobrártelo la dueña aunque nunca antes te lo hubiera cobrado.
      Si quieres puedes ver qué dice el contrato o me lo puedes mandar por email y le hecho un vistazo y te digo.
      Saludos.

  398. Buenos días Eduardo,

    el pasado día 8 entregué las llaves, despues de haber pactado ese día la entrega con la responsable, pero se le olvidó y mandó un representante. Éste indicó verbalmente que no encontraba problema para la devolución de la fianza. Por otra parte y por no haberlo preparado, no nos dieron ningún documento de entrega.

    El caso es que el piso tiene ciertos problemas por desconchado de pintura, para los cuales hemos solicitado en distintas ocasiones los códigos de la pintura, pero no nos los han proporcionado. Hemos ofrecido realizar dichas reparaciones (nos salen muy baratas) pero dicen que las valorarán y las harán ellos. A la casera se le escapó que los costes de limpiar y pintar todo el piso eran muy altos, y eso sin haberlo visto, por lo que me da que ya pensaben de antemano en quedarse la fianza.

    ¿Cómo me aconsejas que actúe? Gracias de antemano.

    1. Hola Werther.
      ¿Esos desconchones a los que te refieres son responsabilidad de los inquilinos o son por ser defectuosa la pared o la pintura utilizada?.
      Por otro lado, dices que os habéis ofrecido a reparar la pintura, pero ¿te refieres a que te has ofrecido a reparar pero pagando la arrendadora, o que te has ofrecido a reparar pero pagando tu la reparación?.
      Saludos.

      1. Hola Eduardo,

        Gracias por contestar ante todo.

        En primer lugar especificar, por si no quedó muy claro, que los inquilinos somos nosotros. Los desconchones los hemos hecho nosotros, los inquilinos, y aunque nos hemos ofrecido para solucionarlos en varias ocasiones nos nos han proporcionado los códigos de pintura para hacerlo. Aún en la entrega del piso volvimos a ofrecernos. La última respuesta de los arrendadores (como las anteriores) ha sido por email, dicen que ellos valorarán la reparación y que ya nos dirán a cuanto asciende el importe, sin darnos oportunidad de mandar la compañía de reparaciones que escojamos y que será sensiblemente mas económica.

        Por otra parte, no nos han hecho llegar las facturas de suministros pendientes, y como no se hizo un acta sobre los contadores en la entrega, he decidido no he abonar las domiciliaciones de dichos suministros hasta que ellos me los requieran con la documentación pertinente. ¿Es correcta esta postura?

        Gracias y saludos, es muy clarificadora vuestra web.

  399. 15 junio 2014 deje piso alquiler el cual aun tengo las llaves ya q el propietario vive fuera comunidad y aparte no m kiere devolver fianza a causa q dice q hay desperfectos.aparte a causa de un error le han vuelto a transferir 620 euros del alquiler cuando yo ya no vivo en dicho piso y tampoco m los devuelve.q debo hacer

    1. Hola Laura.
      La situación que comentas es bastante problemática, dado que el importe de la fianza es demasiado bajo como para reclamarla judicialmente.
      Si el arrendador no atiende a razones te recomiendo que le envíes un burofax exigiéndole la devolución de la fianza y que, si no cumple, iniciarás las acciones legales que te correspondan.
      Si puedes asumir económicamente una reclamación judicial de la fianza, adelante. Será el arrendador el que tenga que probar los daños y que esos daños no existían antes de entrar tu en el onmueble.
      Pero si no puedes asumir el coste (lo digo por el riesgo que supone pagar un pleito para recuperar 600€), entonces me temo que será difícil que consigas que te la devuelva.
      Mi recomendación para otros inquilinos es que al finalizar el contrato se firme un documento de resolución de contrato y entrega de llaves en el que quede constancia de todos los posibles deterioros. Así el arrendador no podrá negarse a devolver la fianza, y en caso de que lo haga, ese documento tendrá mucho peso en un juzgado.
      Quedamos a tu disposición para redactarte el burofax indicado.
      Saludos.

    2. Estimado abogado:

      30 de abril dejé una casa en alquiler después de 3 años con una fianza de 1.200€. En la entrega de la llave no llegó el dueño que ha firmado el contrato a tiempo, pero su co-dueño y arquitecto de la casa estaba con su mujer y daban OK a todo, incluso nos daban las gracias por haber cuidado tan bien su casa de una construcción de mucha calidad.

      Reclamando la fianza dos semanas después, el dueño comenta que han encontrado faltas y daños que hemos «escondido», por lo tanto han tenido varios gastos que ya han deducido de la fianza. En mi cuenta han ingresado solo 132€ y me han mandado todas las facturas de los arreglos: un tornillo roto de toldos, poda de setos (el jardín estaba en muy buenas condiciones y muy bien cuidado, pero con setos mas altos que hace 3 años), una limpieza a fondo de toda la casa (la casa era impecable, para comer del suelo, limpísimo). Es correcto que hemos dejado crecer los setos en un lado porque el ultimo año construyeron una casa totalmente pegado a la terraza que quitó la intimidad, albañiles mirando cada movimiento nuestro y además quitando todo el sol.

      Consultando un abogado, nos comenta que la cláusula 9 en el contrato da el derecho al dueño hacerlo, aunque es de muy baja moral: «NOVENA.- FIANZA, LA PARTE ARRENDATARIA abona en este acto a la PARTE ARRENDADORA una mensualidad de renta en concepto de FIANZA, la cual no podrá enjugarse en renta, que le será devuelta una vez finalice el contrato de alquiler y entrega de llaves, en caso de no ser aplicado al pago de costas, reposiciones de enseres, desperfectos y demás deudas contraídas por razón del presente arrendamiento. En ningún caso podrá exigírsele a la Propiedad intereses de cualquier tipo por la cantidad que se le deposita y deja en su poder, sirviendo este contrato como la más eficaz carta de pago de la cantidad depositada como Fianza.
      La vivienda deberá ser devuelta en el mismo estado de habitabilidad, limpieza y conservación tal y como la recibió, caso contrario serán de exclusiva cuenta de la parte arrendataria los gastos originados para devolver la vivienda a dicho estado, sirviendo este documento como la más eficaz carta de pago.
      La arrendataria se compromete a entregar al propietario el importe de los daños causados por ella, si los hubieses, si sobrepasaran la cuantía de la fianza.»

      Entiendo que no tenemos un caso fácil de ganar, pero no estamos en absoluto de acuerdo de que estos «daños» que comenta el dueño existen. Tengo varias fotos del exterior e interior, pero no creo que puedo aguantar muchos años en un proceso legal. El dueño nos ha dicho que nos va a mandar todavía mas facturas, después de la devolución de los 132€, y nos queda por pagar un mes de agua y luz cuando el presente las facturas. Eso sinceramente pienso no pagar…

      Agradezco su consejo.

      1. Hola.

        Para valorar correctamente el asunto necesitaría que me enviaras copia del documento de resolución de contrato, para ver qué dice.

  400. Buenos dias, dejé un piso de alquiler el pasado 17 de febrero de 2014 con firma y entrega de llaves.
    A dia de hoy no he recibido la fianza que deposité por valor de 2.200€.
    Que puedo hacer? demandar? Veo que la ley dice que trancurridos 30 dias de la entrega de llaves, si no recibo la fianza esta devengará en intereses. Pero la misma ley dice que no hay un plazo obligado para devolverla, no es una contradicción?
    Vale la pena demandar? tiene un coste ?

    1. Hola Oriol.
      Efectivamente pasado un mes sin que recibas la fianza se devengan intereses a tu favor, que podrás reclamarlos junto con los 2.200 euros de la fianza.
      En cuanto al plazo de la reclamación es cierto que la LAU y el Código Civil no indican ningún plazo obligatorio para la devolución, pero te aseguro que en tu caso dicho plazo se ha sobrepasado con creces.
      En cuanto a la reclamación de la fianza, para el importe que indicas desde luego que te merecerá la pena reclamarla, incluso judicialmente.
      Quedamos a tu disposición para lo que necesites. Puedes escribirnos si lo deseas a info@abogadosparatodos.net
      Saludos Oriol.

  401. Hola hice entrega de las llaves del piso el 30 de mayo y al mes me han devuelto la fianza pero me han descontado 700 euros y la propietaria se ha negado a decirme en que se ha gastado este dinero, quiero saber si esto es normal, que los propietarios se queden con el dinero a su libre albedrio o si puedo denunciarla por no justificarme el uso de ese dinero; Además antes de devolverme la fianza me ha dicho que un techo con humedad tenia que pagarlo yo…esto es lo correcto? y por último la propietaria me ha hecho pagar todo el año 2014 de mantenimiento de agua, y solo estuve allí hasta el 30 de mayo,..puedo pelear por mi dinero, o las leyes solo la protejen a ella como propietaria?
    gracias

    1. Hola Johana.
      Por supuesto que puedes pelear por esa fianza, que además es bastante elevada como para darla por perdida.
      Te he mandado un email con instrucciones.
      Saludos.

  402. Hola!!! El 25 de junio hice entrega de las llaves, firme documento de entrega de llaves, la casera me dijo qno m devolvia fianza ,porque no le gustaba el color de las paredes, las habia pintado de colores vivos porque cuando entre a vivir estaban sucias, puedo reclamar? He de esperar un mes para que me devuelvan fianza? No tengo copia del documento de entrega de llaves, que tengo que hacer?

    1. Hola Roser
      Por lo que comentas va a ser muy difícil que puedas lograr que te devuelvan la fianza, sinceramente.
      Saludos.

      1. Hola!!! Por qué és difícil que me devuelvan la fianza? El piso lo alquilaron el 1 de julio y con las paredes como las deje. Me siento estafada porque no me devuelven la fianza porque no les da la gana
        Me han dixo que no es importante tener copia del documento que firme de entrega de llaves
        Quiero llevarles a juicio porque lo veo muy injusto.

        1. Lo de la dificultad te lo digo precisamente por no tener copia del documento de entrega de llaves.
          Siempre podrá decir la parte arrendadora que la pintura estaba mal y no podrás demostrar que eso no es así al no tener el documento de entrega de llaves en el que queda constancia de que todo está correcto.
          Por eso te lo decía.
          Dices que te sientes estafada y, realmente, lo parece. Pero la dificultad está en que no dispones del documento que más te puede ayudar.
          Ello no impide, no obstante, que puedas reclamar judicialmente, por supuesto.
          Saludos Roser.

          1. Hola ..mi caso esq entregue las llaves y m han contado que m entregan la fianza cuando les devuelva la comunidad de Madrid..eso en ningún momento dice en mi contrato..el piso les entregue mejor que como estaba. Ahora les habló y me contestan.. Que puedo hacer.. Han pasado mas de 20 días.. Estoy pensado demandarle. Alguna recomendación??

          2. Hola Mariela.

            Que te digan que te devolverán la fianza cuando se la devuelva el IVIMA es una respuesta que jurídicamente no tiene ningún sentido.

            Qué ocurriría si el IVIMA nunca les devuelve la fianza, por el motivo que sea?. Según la teoría del arrendador no tendrían que devolvértela. Es absurdo.

            El problema es que la ley no es demasiado claro en este sentido. Lo único que dice la ley es que la fianza empieza a generar intereses (intereses ridículos, por cierto) a partir de los 30 días.

            Siguiendo esa misma linea, es aceptado que se pueda reclamar judicialmente si han transcurrido 30 días y no te la han devuelto, sin tener nada que ver que el IVIMA se la haya devuelto al arrendador o no.

      2. Hola, tengo una duda.

        El casero nos está exigiendo la mitad de la fianza, debido a «después de una plática con sus socios han pensado que es la Cantidad correcta» debido a que en una plática el casero mencionó que pondra a la venta el piso después del 4 mes, nos pidió que dijéramos los horarios para que vengan visitas, debido a escuela y trabajo de mi novia no le dijimos un horario.

        En el contrato no viene establecido y nunca firmamos nada que nos de esas obligaciones de pagar los gastos generados por vender el piso.

    2. Buenas noches, paso a consultar lo siguiente: Entregamos el departamento el 03 de Noviembre 2015, entregamos llaves, y lo dejamos en muy buenas condiciones guardamos fotos como respaldo. No obstante, el locatario nos ha retenido nuestro deposito 450 usd diciendo que habia deudas con las expensas. Esto no es cierto ya que pagamos todo, se imprimian los comprobantes y se le entregaban a ella junto con el recibo, y haciamos una copia para entregarla al administrador, aparte gusrdo registros ya que siempre pagamos con transferencia asi que tengo evidencia. La pregunta es si es legal la situacion en la que nos tien actualmente ya que seguimos sin recibir el deposito aun? lo segundo es cuanto tiempo puede reterlo? honestamente sentimos que es injusto. Muchas gracias por su respuesta.

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