Hace unos días he terminado un caso en Madrid en el que ha habido un cambio de abogado en un desahucio.
Ha sido un caso de desahucio por impago de alquiler que no he iniciado yo, sino que el cliente me llamó desesperado porque el asunto no avanzaba con la abogada que le llevaba el caso.
La demanda de desahucio
La demanda se interpuso en septiembre de 2020, y no la puse yo sino otra abogada.
Se reclamaban cuatro mensualidades, a razón de 650 euros cada una. Es decir, se reclamaban 2.600 euros.
Además, también se reclamaban las rentas futuras, es decir, todas las rentas que se devengasen hasta que se recuperase la vivienda.
Por supuesto también se reclamaban las costas, es decir, el importe que se había gastado el propietario en abogado y procurador.
Y como no, se reclamaba también el desahucio de la inquilina.
La inquilina pide abogado de oficio
La inquilina recibió la demanda y pidió justicia gratuita, y se la concedieron en base a la ley de justicia gratuita.
A continuación se opusieron a la demanda y presentaron un escrito pidiendo que se suspendiera el proceso por encontrarse la inquilina en situación de vulnerabilidad.
Y efectivamente, el proceso se suspendió hasta el 28 de febrero de 2022.
Me hago cargo del asunto
Como te he comentado, la abogada que llevó inicialmente el caso puso la demanda en septiembre de 2020, y mi cliente contactó conmigo a finales de noviembre de 2021.
En la primera semana de diciembre de 2021 ya estaba yo al frente del asunto, tras ponerme en contacto con la abogada del cliente y solicitarle la venia.
Una vez que me hice cargo del asunto tocaba esperar, pues recuerda que el proceso estaba suspendido hasta el 28 de febrero de 2022.
La fecha del juicio
Pese a estar parado el proceso, mandé un escrito para que se fuese poniendo fecha de juicio, y no tener que hacerlo todo el 1 de marzo, ya que entonces perderíamos bastante tiempo.
Se puso fecha de juicio para el 16 de marzo.
Y el 1 de marzo el proceso se reanudó, por lo que había que celebrar el juicio el 16 de marzo.
El proceso se seguía retrasando
Unos días antes del 11 de marzo la abogada contraria presentó un escrito diciendo que estaba enferma, así que se suspendió la fecha del juicio y se puso como nueva fecha el 11 de mayo de 2022, es decir, dos meses después.
Así que había que tomar medidas, porque de lo contrario el proceso se iba a alargar muchísimo.
El propietario ya llevaba 14 meses de proceso antes de contactar conmigo más otros tres que el proceso estuvo parado (17 meses en total).
Y a partir de marzo de 2022 que el proceso se reanudó, ya llevaba conmigo dos meses y no podía permitir excesivas demoras pues, aunque yo no era responsable de los 17 meses que llevaba el proceso en marcha, pero el cliente había recurrido a mí y quería darle respuestas y agilidad.
De tal forma, como veía que el proceso se iba a alargar, le propuse al propietario tratar de llegar a un acuerdo.
El acuerdo
Le propuse a la parte contraria un acuerdo, con el que el propietario estaba conforme.
En concreto, quedamos que si la inquilina devolvía las llaves para el 28 de julio de 2022 y la vivienda se encontraba libre de ocupantes, se le perdonaría toda la deuda. Y si no las entregaba pues seguiríamos adelante con el proceso y no se perdonaría la deuda.
Fue un acuerdo homologado. Es decir, ambas partes estuvimos de acuerdo en el acuerdo, con lo que ya no habría juicio.
El cumplimiento del acuerdo
Por tanto, tras el acuerdo solo faltaba esperar a ver si la inquilina cumplía o no.
He de decir que en la mayoría de los casos no se cumplen los acuerdos y hay que seguir adelante con el proceso.
Pero en este caso sí que se cumplió el acuerdo.
Así, el 28 de julio la inquilina devolvió las llaves en el juzgado, tal y como estaba previsto.
Cuando el propietario fue a la vivienda, esta se encontraba libre de ocupantes, por lo que el acuerdo se cumplió y la deuda quedó perdonada (si hubiera habido okupas no se habría cumplido el acuerdo íntegramente, por lo que habríamos tenido que seguir adelante con el desahucio y no se habría perdonado la deuda).
Cliente feliz
En definitiva, el cliente recuperó las llaves el 29 de julio de 2022 (las recogió nuestra procuradora al día siguiente, tal y como puedes ver en la imagen de abajo) y quedó muy satisfecha, que es lo importante.
Esta es la reseña que dejó en Google sobre sus impresiones acerca de mi trabajo

Es cierto que tuvo que renunciar a la deuda, pero era eso o bien tener que esperar otros seis o siete meses más hasta que se produjera el desahucio.
Además, el acuerdo se lo propuse al cliente con toda la intención, ya que estaba más que claro que la inquilina era insolvente (como muestra, le habían concedido justicia gratuita y le habían considerado vulnerable, o sea, que la situación de escasez económica estaba clara).
Es decir, el propietario renunció a la deuda pero esa deuda nunca la iba a cobrar, por lo que el acuerdo fue lo mejor a lo que podía acceder porque de lo contrario se habría retrasado el proceso esos seis o siete meses más que he comentado.
Así que lo importante es que desde que se reanudó el proceso (el 28 de febrero de 2022) solo pasaron cuatro meses hasta que el propietario pudo recuperar su piso.

Fase previa a la demanda
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