Accede al articulado del Decreto 181/1996 de 5 de Diciembre por el que se regula el régimen de depósito de fianzas de arrendamientos en la Comunidad de Madrid, en el que encontrarás todo lo necesario en esta materia, excepto el régimen sancionador, regulado en la Ley 12/1997.
CAPÍTULO I. De las disposiciones generales
- Artículo 1 Ámbito de aplicación
- Artículo 2 Fianza en arrendamientos urbanos
- Artículo 3 Fianza en suministros y servicios
- Artículo 4 Depósito de fianzas
- Artículo 5 Sujetos obligados
- Artículo 6 Ingreso fuera de plazo
CAPÍTULO II. Del régimen general del depósito
- Artículo 7. Procedimiento de depósito
- Artículo 8. Acreditación del depósito
- Artículo 9. Devolución del depósito
- Artículo 10 Pérdida, sustracción o destrucción del Resguardo
- Artículo 11 Prescripción
- Artículo 12 Cese en el régimen general
Queria hacer una pregunta con respecto a un alquiler. Resulta que vamos a dejar el piso donde vivimos y se lo comunicamos a la casera con antelacion y sin problemas. A partir de aqui biene mi problema: Al solicitarle la fianza me dice que no me la devuelve porque eso es para pagar los recibos de basura y agua (cosa que en ningun momento mencionó en el momento de entrada a la casa). Aparte de decir que solo pagaria la luz nunca me dio ni un solo recibo, ni de agua ni de basura.Mi pregunta es: ¿tiene derecho a argumentar eso para no pagarme la fianza?.Espero me puedan dar una respuesta.Gracias.Atentamente Ivan.
Hola Iván.
Firmasteis contrato de arrendamiento???
si
Entonces habrá que mirar el contrato a ver cuáles son tus obligaciones de pago.
Si quieres pásamelo a info@abogadosparatodos.net y lo miro, pero que si no dice nada no se podrá quedar con la fianza.
Si me mandas el contrato dime también cuanto te pide en concepto de agua y basura.
Saludos