Hace pocas fechas tuve la ocasión de interponer una demanda de desahucio por impago de alquiler del inquilino en San Javier (Murcia). Te cuento en este post como sucedieron más o menos los hechos, por si te ves en una situación parecida.
El 11 de Julio me escribió Teresa porque había alquilado una vivienda de su propiedad en San Javier (Murcia) en el mes de abril, y sólo le habían pagado los días de abril y la fianza.
Ni un céntimo más en los siguientes tres meses.
Esos días Teresa recibía noticias de su inquilino sobre que quería desalojar en breve la vivienda, pero nunca llegaba ese momento.
Teresa incluso había dado al inquilino la oportunidad de irse sin pagar, pero ni así se marchaba.
Me dijo que ya no sabía qué hacer. No sabía si sería bueno presentar la demanda de desahucio por impago o no presentarla pues… ¿qué ocurriría si se presentaba la demanda y su inquilino “se enfadaba” hasta el punto de no desalojar la vivienda?.
¿Y si destrozaba la vivienda?
¿Podría el inquilino “recular” y no desalojar la casa?.
Pero ¿podía Teresa quedarse a expensas de lo que hiciese o no su inquilino?. Es decir, ¿podía quedarse a merced de lo que quisiera hacer en cada momento su inquilino?.
Todos esos miedos pasaban por la cabeza de Teresa y así me lo transmitía en cada email que me envió durante esos días, y fueron más de cincuenta en cinco días.
Finalmente el 19 de Julio quedó presentada la demanda de desahucio por impago de rentas de alquiler.
Echar a un inquilino moroso que no paga la renta en San Javier
La petición la fundé en el artículo 27.2 de la ley de arrendamientos urbanos (LAU) que es el que establece que el arrendador puede dar por finalizado el contrato de arrendamiento si el inquilino no paga la renta.

En la casa de Teresa vivían dos personas. Una de ellas fue quien firmó el contrato como inquilino. La otra persona no había firmado el contrato de arrendamiento como inquilina, pero Teresa había consentido a que pudiese habitar la vivienda ante la petición del inquilino (pero nada por escrito, todo verbalmente).
Finalmente consideré poner la demanda sólo contra el inquilino pues él era realmente quien era el firmante del contrato. En la demanda pedí el desalojo del inquilino pero también el de cualquier persona conocida o desconocida que hubiese en la vivienda el día del lanzamiento.
Teresa me llamó el día 20 (a los dos días de presentar la demanda) para decirme que esta vez parecía la definitiva. Que su inquilino le iba a devolver las llaves. Y que por favor yo le redactara un documento de finalización de contrato en el que constara que se devolvían las llaves y que, además, que se había saldado la deuda (aunque en realidad por ahora el inquilino no iba a pagar).
Teresa pensaba que si ponía en el documento que el inquilino había pagado todo, pues que iba a recuperar la vivienda sin problemas. Pero que si no se hacía mención a la deuda pues el inquilino no iba a devolver las llaves.
En fin, el documento se firmó el día 21 (por ella, el inquilino y el ocupante) y Teresa recuperó las llaves de su vivienda. Es cierto que se firmó que la deuda estaba saldada, pero a Teresa le mereció la pena ese acuerdo, según me dijo.
La solución final
Ahora solo faltaba notificar al juzgado el acuerdo alcanzado.
Así lo hice y hace pocos días recibí el decreto que anunciaba que el desahucio se daba por archivado y que, por tanto, todo había terminado.
Es cierto que podría pensarse que nos podríamos haber evitado el poner la demanda y así Teresa no habría tenido que gastar el dinero que gastó en abogado y procurador. El caso es que no conocemos el futuro y si dejamos las cosas en manos de lo que nos dice el inquilino pues nunca pondríamos la demanda. En nuestro caso, lo que si que Teresa y yo tuvimos claro es que si no ponía la demanda si que nos estábamos equivocando, pues… ¿y si el inquilino no se iba???.
En este caso se optó por poner la demanda y el inquilino ni siquiera llegó a enterarse de ello. El asunto se archivó sin que el inquilino se hubiera enterado de nada.
Mi satisfacción
No obstante, Teresa estaba tan satisfecha con haber recuperado su vivienda tan rápido y en tan buenas condiciones (estaba aterrada por si la vivienda sufría daños) que así me lo hizo saber por email una vez que todo hubo terminado.
«Hola Eduardo
Muchísimas gracias por todo. Te he llamado para despedirme.
Gracias por el apoyo y compresión en momentos de nervios….
Y guardo tu contacto para cualquier cosa
From: Abogados Para Todos [mailto:info@abogadosparatodos.net]
Sent: martes, 06 de septiembre de 2016 11:44
To: Teresa <>
Subject: Fwd: Cancelación contrato
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Buenos días Teresa.
Asunto cerrado.
Un placer haberte podido atender y muchas gracias por haber contado conmigo.
Quedo a tu disposición para cuanto necesites.
Saludos«.
Y tu, ¿tienes problemas de desahucio por impago de alquiler del inquilino en San Javier?.
Desahucio express
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