Durante el periodo de tiempo que transcurre entre el fallecimiento del propietario del inmueble y el reparto de la herencia puede ocurrir que alguno de los coherederos esté disfrutando del inmueble y no tenga intención de ceder la posesión con el resto de coherederos. En estos casos, el proceso adecuado para recuperar el inmueble será el desahucio por precario de un coheredero.
Cuando se produce el fallecimiento de un propietario es posible que la masa patrimonial del fallecido contenga, entre otras cosas, bienes inmuebles.
Esta masa patrimonial debe ser repartida entre los posibles coherederos. Así, hasta que cada lote es asignado a determinados herederos, la masa patrimonial se encuentra indivisa, es decir, sin dividir, y por tanto no se puede repartir.
Antes del reparto
En el periodo de tiempo que transcurre desde el fallecimiento hasta el efectivo reparto o asignación de bienes a cada coheredero todos ellos son considerados copropietarios de la totalidad del inmueble y, por tanto, todos ellos tienen derecho a poseer dicho inmueble.
En ese lapso de tiempo se pueden producir diversas situaciones problemáticas.
Una de las más frecuentes es aquella en la que uno de los coherederos se encuentra habitando el inmueble porque así se lo permitió en vida el propietario ahora fallecido, no teniendo éste intención de desalojarlo a pesar de la oposición del resto de herederos.
Pues bien, esta es una situación tratada en varias ocasiones por nuestros tribunales y con una línea jurisprudencial consolidada.
Dicha línea establece, siempre que se den las condiciones expuestas a continuación, que el coheredero no puede disponer del inmueble y que el proceso adecuado para desalojar el inmueble es el proceso de desahucio por precario, que se recoge en el artículo 250.1.2º de la ley de enjuiciamiento civil (LEC).
Condiciones
Así, las condiciones que han de darse para que se pueda utilizar el proceso de desahucio por precario de un coheredero son las siguientes:
- Que la herencia esté aún indivisa, es decir, que no se haya hecho la partición de la herencia.
- Que el coheredero esté utilizando el inmueble de forma excluyente, es decir, sin permitir el uso al resto de coherederos.
- Que no medie precio a cambio del uso, ya que en ese caso estaríamos hablando de un arrendamiento.
- Que no se haya prestado el inmueble a ese coheredero durante un periodo de tiempo determinado, ya que en ese caso habría que respetar el pacto alcanzado.
- Evidentemente, que el coheredero en cuestión no ceda en su empeño y mantenga su postura ante la oposición del resto de coherederos.
Tal y como pude analizar en el post Qué es el precario la situación encaja en el concepto de precario que encontramos en la ley de enjuiciamiento civil, dado que quien ocupa el inmueble lo hace gracias a un consentimiento previo (el del ahora fallecido), lo hace sin mediar precio de por medio, y no hay un plazo determinado para abandonar el inmueble.
Desahucio express
Buenos días, Nazaret. Mi situación es la siguiente: Mis padres y hermanos estamos fuera de un inmueble de nuestra propiedad (con títulos en posición), pero hay una hermana soltera nuestra que ocupa esa vivienda y no quiere abandonarla por mucho que le estamos advirtiendo que ese inmueble los demás herederos queremos venderlo.
Después de mucho tiempo, ya ayer pusimos una demanda de desahucio por precario de herederos en el juzgado aconsejado por nuestra abogada.
La pregunta es la siguiente:
-¿Cuánto puede tardar el juzgado en dar una respuesta a esa demanda que pusimos ayer?
-En el caso que fuera favorable para nosotros, ¿Cuánto tardaría en desahuciar a mi hermana del inmueble?
Muchas gracias!!
Hola Elena,
No puedo darle una respuesta en concreto pues estos plazos dependen de la saturación que tenga cada juzgado.
Un saludo, espero haberle sido de ayuda.
Hola , tengo una orden de desaucio por precario en Diciembre , pero uno de los propierarios a fallecido , el abuelo de mis hijos ,puede seguir con la orden de desaucio para Diciembre la abuela de mis hijos ?
Hola Inmaculada,
Sí, podría seguir los nuevos propietarios.
Un saludo, espero haberle sido de ayuda.
Hola..mi abuelo murio hace 4 años..yo estaba empadronado con el desde hacia 12 años antes de su muerte. Resulta que nos acabamos de enterar que estaba en situacion de precario. Han notificado orden de desalojo plazo deun mes…que consecuencias podria tener sino abandono la casa?…gracias
Hola Salvador,
Si estaba en precario su situación será la misma. Si bien, siempre puede I tentar llegar un acuerdo con el propietario.
Un saludo, espero haberle sido de ayuda.
Hola mi caso es que estuve trabajando 10 años en egipto mi.madre fallecio en 2015 y era propietaria de 2 viviendas. Yo me jubile en 2017 marzo y vine a vivir a esppaña con mi esposa extranjera y mi hija con 5 meses a una de esas casas donde vive mi hermano menor que es soltero y vive solo. El consiente y todo va bien me deja la habitacion de mi.madre. despues de un año y 4 meses empieza a meterse con mi mujer con humillaciones insultos y teato vejatorio ella es negra. A esto nos enteramos de que todo esta a su nombre. Hizo una comoraventa a mi.mad re de una casa y una donacion en vida a los 96 años con clausula de legitima de la otra.
Mi mujer lo denuncia por acoso vejacion y malos tratos. El nos pone un desahucio por precario. El siempre ha estado y esta viviendo en la misma casa que estamos y no consiente que vayamos a vivir a la otra casa tampoco.
Que podemos hacer puesto q el siempre ha estado mantenido por mi.madre. no hubo testamento y el sin saberlo nadie hizo la declaracion de herederos y todo lo demas.
Yo estoy jubilado mi mujer no trabaja y mi hija tiene 2añitos ahora.
Gracias.
Hola Francisco,
Aunque no haya testamento, usted ha debido heredar su parte proporcional de la herencia, un tercio de lo que la compone. Si no ha heredado nada podrá impugnar esa sucesión y reclamar lo que le corresponde. Si por el contrato si ha heredado ese tercio de la herencia, y la casa es de su hermano puede pedir que abandonen la vivienda, tal y como ha hecho.
Un saludo, espero haber sido de ayuda.
Hola , tengo una construcción que la mitad es casa y la otra mitad almacén que construí hace37años en un terrreno de mis padre y con un acuerdo familiar firmado por todos .el almacén lo utiliza mi hermano sin contrato y porque yo lo consentí ahora intento que lo deje y alega que es suyo he presentado al juzgado facturas de la construcción acuerdo familiar en fin toda documentación.pero el juez dice que como no hay contrato por mi parte y el terreno es de todos los herederos no puedo tirarlo mi pregunta es de quién es la edificación? Si yo pago todos lo s gastos Ibi ,ect
Hola estoy en un inmueble que pertenece a mi padre en calidad de precario, sin embargo desde hace 3 años que se me promete el usufructo del mismo, pero nunca llega, tengo grabaciones de audio de ello, la respuesta : ya lo hemos hablado y se hará (matrimonio) , sin embargo como comento son tres años siempre diciendo lo mismo y no parece intención de realizarse. A más estoy amenazado oralmente antes de entrar a vivir en este domicilio por mi padre de «quirarme este piso y la herencia si mi madre muere» . hablamos de matrimonio con separación de bienes. Por mi parte tengo 53% de discapacidad y la invalidez absoluta permanente con unos ingresos inferiores a 547€. Que puedo hacer?
Tras 14 años viviendo en pareja y manteniendo y pagando solutamente todo ya que él no trabajaba cómo se puede demostrar el fallece tras seis meses de enfermedad yo estuve el cuidado de él todo el tiempo sus hijos no querían saber nada de su padre nunca ahora no había Testamento y me denuncian por precario cuánto tiempo me darán el juez para que abandoné la casa ya que no tengo otra ni medios para tenerla y en espera de ser operada con una lesión en la espalda la cual me impide caminar
Hola Rocío,
El procedimiento por precario suele tardar unos cuatro meses.
Un saludo y lamento que este pasando por esta situación.
Somos herederos de una casa y mi hermano menor metió a vivir a su hija en la casa sin el consentimiento de ninguno de los herederos no paga renta y la casa se está deteriorando.Gracias
Hola Janet,
Si no estáis de acuerdo la mayoría de los copropietarios podrés acudir a la vía judicial para que esta situación termine.
Un saludo, espero haberle sido de ayuda.