Desde el 24 de enero de 2026 no hay que depositar la fianza del alquiler en Granada, al igual que en el resto de Andalucía.
Como sabrás, en un contrato de arrendamiento la fianza puede ser «fianza legal» y de «fianza contractual».
La primera se refiere a la que se establece en el artículo 36.1 de la ley de arrendamientos urbanos.
Es esa fianza equivalente a una mensualidad de renta en los contratos de arrendamiento de vivienda, y de dos mensualidades de renta en los contratos de uso distinto a vivienda.
No puede pactarse otra cantidad en concepto de fianza legal. Tiene que ser siempre por ese importe, y si se quiere añadir más cantidad tendrá que ser en concepto de fianza contractual.
En Andalucía no hay que depositar la fianza legal de los contratos de alquiler posteriores al 24 de enero de 2026. Y la fianza contractual tampoco hay que depositarla, sea de cuando sea el contrato.
La segunda (la fianza contractual) es una cantidad no regulada por la ley, sino que se pacta por las partes.
Es la cantidad, adicional a la fianza legal, que el inquilino entrega al arrendador para responder de sus propios incumplimientos en el contrato de arrendamiento.
Para los contratos celebrados después del 6 de marzo de 2019 la fianza contractual no puede exceder de dos mensualidades de renta para los contratos de arrendamiento de vivienda habitual.
Si necesitas saber más sobre esta materia, te invito a leer el post Depósito de la fianza de alquiler en Andalucía.
A pesar de que no es obligatorio depositar la fianza, las fianzas que ya estaban depositadas (las de los contratos anteriores al 24 de enero de 2026) seguirán depositadas y serán devueltas al arrendador cuando termine el contrato. Así que te dejo la siguiente información, por si estás en uno de esos casos.
Dirección
En Andalucía y, por tanto, en Granada, el organismo encargado de la gestión de las fianzas es la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía (AVRA).
En la provincia de Granada (ambas en granada capital) tiene dos sedes:
C/ San Antón, 72- 2º Izquierda.- 18005 Granada (Teléfono: 958002400; Email: ppv.granada.avra@juntadeandalucia.es).
C/ María Teresa de León, 10.- 18013 Granada (Teléfono: 958564390; Email: ppv.granada.avra@juntadeandalucia.es).
Estas direcciones son válidas también para aclarar asuntos de la fianza de los inmuebles alquilados en Motril, Baza, Loja, Almuñécar, Guadix, Armilla, Albolote, Maracena, Las Gabias y el resto de municipios de la provincia de Granada.
Modelo de contrato de arrendamiento
Te dejo mi modelo de contrato de arrendamiento de vivienda actualizado, por si lo necesitas.