Blog

Todo sobre arrendamientos y desahucios

He ganado el juicio de desahucio de Sant Boi de Llobregat

Publicado el

Hoy es 8 de enero de 2025 y me ha llegado una sentencia que hacía tiempo que estaba esperando.

Se trata del juicio de desahucio que te comenté que tuve en Sant Boi de Llobregat el 10 de diciembre de 2024.

La principal cuestión que se discutía era la legitimación activa de mi cliente. Te cuento qué es eso.

Cuando pongo una demanda de desahucio, por lo general solo aporto el contrato de arrendamiento, pero no aporto el título de propiedad. Es decir, no aporto ni nota simple ni escritura de propiedad.

Y por qué?.

Pues porque el tribunal Supremo tiene señalado repetidamente que un juicio de desahucio no es un juicio para determinar la propiedad, sino para determinara el arrendamiento.

Por tanto, siempre y cuando el inquilino haya estado pagando rentas de alquiler, no es necesario acreditar que el demandante es o no propietario, sino que basta con aportar el contrato de arrendamiento.

Y eso es exactamente lo que dice el juez en la sentencia, es decir, que el inquilino ha estado toda la vida del contrato pagando y teniendo como arrendador al demandante, y no se puede cuestionar sus actos propios el día del juicio.

Es decir, que el arrendador puede poner la demanda por ser quien aparece como arrendador en el contrato, más allá de que sea o no propietario (y si no fuera el propietario, sería cuestión de que lo acreditase el inquilino, no bastante con decir que no se ha acreditado con la demanda que sea el propietario).

En fin, contentísimo por esta sentencia, que ha llegado solo cuatro meses después de poner la demanda.

Y ahora a esperar al desahucio.

Foto abajo.

Desahucio express

 

Sentencia de desahucio en Sant Boi de Llobregat por impago de cuatro meses

Nuestros servicios

  • Gestionamos desde el punto de vista legal el desahucio de un inquilino en vivienda de alquiler
    Desahucio express