Hoy es 5 de mayo de 2026 y ha sido un día duro.
Mucha actividad, muchos presupuestos presentados, otros varios aceptados…
Demanda de desahucio en Alcalá de Henares
Se trata de algo que, por desgracia, viene siendo cada vez más habitual en nuestros juzgados (bueno, ahora tribunales).
Esta demanda ya la puse en diciembre de 2025, pero el secretario judicial la inadmitió porque dijo que no había acreditado haber hecho la fase previa a la demanda.
Evidentemente se trataba de un error, tal y como pudo comprobar mi propio cliente, pero el sistema tiene algo uy perverso, y es que cuando el secretario comete uno de esos errores tienes que decidir entre apelar y perder un año, o presentar de nuevo la demanda.
Y fue mi propio cliente quien me dijo de poner nuevamente la demanda (pese a que le dije que el cuerpo me pedía apelar).
Bueno, el caso es que hemos tenido que hacer de nuevo la fase previa a la demanda y, como no hemos llegado a ningún acuerdo, he tenido que presentar la demanda.
En esta ocasión he pedido el desahucio por el impago de 4.400€ (cinco meses y medio de rentas).
Pre-demanda de desahucio por impago de alquiler en Granada
En este caso se trata de un cliente que se puso en contacto conmigo en 2024.
En aquella ocasión decidió dar margen de confianza a su inquilino, y el tema se acabó solucionando, pero nuevamente ha tenido problemas de impago de alquiler.
En concreto, se trata de una vivienda en Armilla (Granada).
El inquilino debe algo más de tres meses de rentas, por lo que el propietario ya no quiere seguir esperando y ha decidido actuar.
De modo que he enviado al inquilino una oferta vinculante confidencial (OVC).
Si el inquilino acepta la oferta, no habrá que poner la demanda, pero si no la acepta, no quedará más remedio que poner la demanda de desahucio por impago.
Burofax anunciando no renovación del contrato en Madrid
Y el tercer caso se trata de un cliente que ya ha contado conmigo para varios asuntos.
En esta ocasión se trata de notificar que no quiere continuar con el contrato de arrendamiento cuando termine. es decir, para que devuelva las llaves.
Por tanto, cuando llegue el vencimiento del contrato, si el inquilino no ha devuelto las llaves, habrá que iniciar la fase previa a la demanda (OVC). Y y no acepta la oferta que se le haga, habrá que interponer demanda de desahucio por expiración de plazo.
Pero aún es pronto para adelantarnos tanto. Espero que se solucione antes.
Fase previa a la demanda
- ¿Cuánto me costará, Eduardo?
- ¿Qué gano contratándote a ti?
- ¿Qué problemas pueden aparecer en el camino?