Hoy es 22 de octubre de 2024 y tenía un juicio de desahucio por impago de alquiler en Roquetas.
Y digo «tenía» porque la inquilina hizo ayer un pago de 3.500€ (la mitad de la deuda) y hemos acordado que la inquilina pague el resto de la deuda en los próximos días.
Para ello (para darle ese tiempo) la abogada contraria y yo hemos llegado a un acuerdo (con la aceptación de nuestros respectivos clientes) consistente en pedir la suspensión del proceso por el plazo máximo legal de sesenta días.
En ese plazo la inquilina debe haber pagado el resto de la deuda.
Si la paga, mandaremos un escrito al juzgado diciendo que queremos que el proceso termine con enervación.
Y si no la paga pues pediré que continúe el proceso y ya no se le darán más oportunidades a la inquilina, por lo que se celebrará el juicio.
Fase previa a la demanda
- ¿Cuánto me costará, Eduardo?
- ¿Qué gano contratándote a ti?
- ¿Qué problemas pueden aparecer en el camino?