Hoy es 25 de junio de 2024 y he tenido un juicio de desahucio por impago en Torremolinos.
Y la verdad que he salido contentísimo.
Se trata de un cliente que contactó conmigo para poner una demanda a su inquilino, que le debía varias mensualidades, y además la finalización del contrato estaba cerca.
La demanda de desahucio en Torremolinos reclamando cuatro meses la puse en noviembre de 2023.
Estuvimos analizando la situación muy detenidamente porque existían riesgos por todas partes.
Aconsejé a mi cliente lo que, para mí, era la mejor opción.
Y la mejor opción era poner la demanda de desahucio por impago, en lugar de ponerla por expiración de plazo.
Y por qué?.
Avisé de los riesgos a mi cliente, pero aceptó seguir adelante
Pues porque en la demanda de desahucio por impago, si el inquilino no se opone a la demanda, entonces el propietario gana directamente y se desahucia al inquilino. Y el inquilino se suele oponer a la demanda en un 20% de los casos, por lo que partíamos con un 80% de posibilidades de ganar.
Pero eso no era todo, ya que el propietario y el inquilino habían incrementado la renta a mitad del contrato (muy por encima del IPC), y esa subida podría considerarse un nuevo contrato de arrendamiento.
Así que expliqué a mi cliente que si no se oponían a la demanda ganaríamos (y teníamos un 80% de posibilidades); pero que si se oponían había muchas posibilidades de perder.
Inquilino se opone a la demanda
Pues bien, resulta que el inquilino se opuso a la demanda y, además, se opuso diciendo que el contrato inicial ya no existía porque se había generado uno nuevo (verbal) al incrementarse la renta.
Es decir, había sucedido el peor de los escenarios que se podían dar. Y había que hacer el juicio. Y si perdíamos, mi cliente tendría que pagar las costas del proceso, es decir, unos 2.500 euros.
Ante tal escenario solo tenía una opción, y era intentar llegar a un acuerdo.
Pensaba que no iba a ser posible, máxime cuando el inquilino estaba al día en el pago de las rentas (han pagado hasta junio).
Acuerdo con los mismos efectos que si hubiéramos ganado, pero eliminamos los riesgos
El caso es que estuve hablando justo antes del juicio con el abogado contrario y el inquilino y llegamos a un acuerdo buenísimo, al menos para los intereses de mi cliente.
El acuerdo es que el contrato válido es el verbal, con una renta de 400 euros al mes, y que el inquilino ha enervado (puede seguir en la vivienda). Y no hay condena en costas para ninguna de las partes.
Esto quiere decir que he evitado que mi cliente tenga que pagar 2500 euros de costas y el inquilino puede seguir en la vivienda, pero en diciembre acaba el contrato.
Si hubiéramos celebrado el juicio habríamos perdido con bastante probabilidad (mi cliente tendría que pagar las costas); o bien habríamos ganado pero se habría declarado igualmente la enervación y el inquilino habría sido condenado a pagar las costas a mi cliente (pero no las pagaría porque el inquilino está exento por ser beneficiario de justicia gratuita).
En resumen, habiéndose producido el peor de los escenarios que habíamos planteado al principio, hemos logrado un acuerdo buenísimo; he salido del juzgado incluso más contento que cuando he ganado un juicio difícil.
Desahucio express
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