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Hoy, juicio de desahucio en Valencia y gran tenedor

Hoy es 23 de junio de 2026 y he tenido un juicio de desahucio en Valencia y una buena noticia (aunque la esperaba, he de decirlo).

Certificado de gran tenedor de viviendas

Cuando se pone una demanda de desahucio hay que decir si el propietario es gran tenedor de viviendas o no.

Según el artículo 3k de la ley de vivienda, es gran tenedor quien tiene once o más viviendas de uso residencial; o bien quien, teniendo menos o más (da igual) es titular de más de 1500 metros cuadrados construidos de suelo residencial.

En zonas tensionadas, lo habitual es que esas once viviendas bajen a cinco.

El registro de la propiedad es el organismo encargado de expedir un certificado para dar por cumplido el requisito de acreditar si el propietario es o no gran tenedor.

En el certificado aparecen un número de CRU y cada uno se corresponde con una vivienda.

Por tanto, como ves, el certificado solo certifica el número de viviendas del propietario, pero no los metros cuadrados.

Dado que ese certificado es el certificado «oficial», es decir, el que hay que solicitar para pasar el trámite, todos los abogados que conozco presentan (presentamos) ese certificado al poner una demanda de desahucio. Y nada más, ya que ese es el certificado oficial.

Pues bien, hace unos días un abogado contrario se opuso a la demanda diciendo que yo no había acreditado debidamente que el propietario era pequeño tenedor, pues no acredité los metros cuadrados (en el certificado constaban dos viviendas). Y tenía razón. Solo aporté el certificado, como siempre hago.

Pues hoy me ha llegado la resolución del juez que dice que con ese certificado (es decir, el que solo habla de número de viviendas y no de metros cuadrados) es suficiente.

Así que ha quedado constatado judicialmente (aunque sea en primera instancia) que es suficiente con aportar el certificado del registro de la propiedad, y que no es necesario acreditar os metros cuadrados totales.

Tendría sentido hacerlo si en el certificado aparecieran nueve o diez viviendas, pero apareciendo dos, ya son ganas…

Juicio de desahucio en Valencia

Por otro lado, esta mañana he tenido en Valencia un juicio de desahucio.

Se trata de una demanda que puse en diciembre de 2025. En concreto, el 11 de diciembre.

reclamé una mensualidad de renta (la de diciembre de 2025, por 1020€) y 54 facturas de suministros (por unos 4.000€).

La parte contraria alegó que 12 de las facturas iban sin dirección y, además, que la renta de diciembre estaba pagada.

Además, alegaban que yo no había explicado correctamente la deuda.

Lo primero que he hecho ha sido rectificar y decir que, efectivamente, la renta de diciembre estaba pagada. Y es que el inquilino la pagó el 10 de diciembre, y cuando puse la demanda (el 11) el propietario aún no tenía constancia del pago en su banco).

Además, he eliminado esas 12 facturas, para que no quede lugar a dudas,  de modo que todas las facturas que he dejado reclamadas están correctamente confeccionadas.

Y, por último, he actualizado la deuda, ya que el inquilino ha dejado de pagar desde febrero, así que debe de febrero a junio (cinco meses).

En resumen, hay 8118 euros de deuda.

Así que ahora toca esperar a ver si va todo bien, y si se pone fecha de desahucio lo antes posible.

Fase previa a la demanda

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