Blog

Todo sobre arrendamientos y desahucios

No se puede probar que el propietario no es gran tenedor de viviendas

Ley de vivienda: Imposible probar que el propietario no es gran tenedor

Hace unos días se votó en el Congreso la Ley de vivienda, que verá la luz dentro de pocos días.

Se trata de una norma hecha a toda prisa ya que se acercan fechas electorales, y quería comentarte un aspecto que me ha llamado mucho la atención.

Dice la ley de vivienda que (desde que entre en vigor) en toda demanda de desahucio por impago de alquiler el propietario tendrá que poner en la demanda si es gran tenedor de viviendas o no.

Si no lo pone no se admitirá la demanda.

Gran tenedor o pequeño tenedor

El artículo 3k de la ley indica que es gran tenedor de inmuebles la persona que tenga más de diez inmuebles destinados a uso residencial (o más de 1500 metros cuadrados destinados a uso residencial), excluyendo garajes y trasteros.

Si bien esas diez viviendas podrán rebajarse hasta cinco en determinadas zonas.

Requisito de admisibilidad de la demanda

Bien, como te iba diciendo, hay que poner en la demanda si el propietario es gran tenedor de viviendas o no lo es.

Y en caso de que no lo sea no basta con ponerlo, sino que hay que acreditarlo.

Y dice la disposición final quinta que no basta con decirlo, sino que hay que acreditar que no eres gran tenedor de viviendas.

Y a continuación señala esa disposición adicional que la forma de acreditarlo es aportando con la demanda una certificación del registro de la propiedad que indique la relación de propiedades a nombre del demandante.

No se puede cumplir el requisito

Y aquí es donde está el problema.

Y es que resulta que el Registro de la propiedad no tiene ninguna certificación en la que consten la relación de propiedades que tiene una persona, sino que lo más parecido es el servicio de índices, que es una relación en la que aparecen los registros de la propiedad en los que constan inscritas viviendas a nombre del propietario, pero nada más.

Así que a ver cómo termina esto, porque la ley ha establecido un requisito imposible de cumplir, al menos hoy por hoy.

Nuestros servicios

  • Gestionamos desde el punto de vista legal el desahucio de un inquilino en vivienda de alquiler
    Desahucio express