Te dejo enlace a un modelo de contrato de arrendamiento para estudiantes (de temporada, es decir, de uso distinto a vivienda), elaborado por mi y actualizado a 2025, en formato word descargable, gratis y listo para su uso inmediato.
Hola.
Te dejo enlace a un modelo contrato de arrendamiento para estudiantes en formato word elaborado por mí, completamente actualizado.
Sin embargo, quiero explicarte qué puedes cambiar, que no debes cambiar, etc.
Te lo explico a continuación, por orden de importancia.
Veamos las cláusulas, empezando por la más importante a partir de 2025, que es la cláusula de Solución de conflictos.
Las cláusulas más importantes del contrato de arrendamiento de estudiantes
Décimo tercera.- Solución de conflictos
Esta cláusula es la estrella a partir del 3 de abril de 2025. Y es que desde esa fecha son obligatorios los MASC., antes de poner una demanda de desahucio, tal y como obliga la Ley Orgánica 1/2025.
¿Qué son los MASC?. Son las iniciales de Medios Adecuados de Solución de Controversias.
Los MASC son una fase previa por la que el propietario tiene que pasar, obligatoriamente, antes de poner una demanda a su inquilino.
El Estado ahora te obliga a intentar solucionar cualquier problema que tengas con tu inquilino, antes de ir a la vía judicial.
Y es el propio Estado quien dice cuáles son los medios (los MASC) que puedes utilizar para intentar resolver el problema.
En materia de impago de alquiler y finalización de contrato, el medio más barato y rápido va a ser la Oferta Vinculante Confidencial (OVC). Por eso he puesto en esa cláusula del contrato, que las partes os sometéis a la OVC para resolver vuestros conflictos.
¿Por qué no quitar esta cláusula?
Esta cláusula puedes quitarla si quieres, pero te recomiendo no hacerlo.
¿Por qué?
Muy sencillo. Si hay un impago, tienes que intentar solucionar el problema antes de ir al juzgado a poner la demanda de desahucio por impago. Pero si no tienes esta cláusula y el inquilino deja de pagar en un momento determinado, se te puede adelantar y notificarte que quiere hacer medicación, conciliación, etc; es decir, puede elegir un MASC más caro y largo que la OVC. A él le da igual que sea más caro porque en la mayoría de los casos puede ir con justicia gratuita, por lo que te estaría «colando» un MASC que te va a hacer perder tiempo y dinero.
Por eso, con esta cláusula te estás garantizando que el MASC que se aplicará, en caso de impago, será la OVC (que es el medio más óptimo para el propietario), porque es el que habéis elegido voluntariamente las partes y la ley dice que se aplica el primero que se elige.
¿Puedo dejar la cláusula pero modificarla?
Si decides dejar la cláusula (que es lo recomendable), puedes optar por lo siguiente:
- Dejarla tal y como está. Como yo soy quien aparece en la cláusula como el abogado que mandará la OVC cuando ello sea obligatorio (deudas de más de 2.000€), entonces será yo quien mande la OVC cuando haya un problema de impago superior a 2.000€. Si la deuda es inferior, puedes mandar la OVC tú mismo, ya que no es necesario abogado (aunque es aconsejable). No obstante, no es irreversible y siempre puedes elegir en el futuro a otro abogado que la envíe.
- Poner el nombre de otro abogado (asegúrate que sea especialista el desahucios).
- No poner a ningún abogado. En ese caso, ya lo elegirás más adelante.
Si decides dejar la cláusula tal y como está, tienes todo mi agradecimiento desde este instante, por tu confianza.
Décimo primera.- Domicilio para notificaciones
La cláusula de solución de conflictos es de las más importantes pero sin una buena cláusula de dirección para notificaciones pierde mucha fuerza.
Por favor, a partir de ahora rellena esta cláusula poniendo como dirección de notificaciones, además del local arrendado, la dirección de correo electrónico del inquilino.
En la cláusula está el hueco para ello, así que solo tienes que rellenarlo (a ordenador, preferiblemente, para que luego no pueda decir que lo has puesto tú a mano).
Décimo cuarta.- Protección de datos
He introducido una cláusula muy completa de protección de datos, que también te recomiendo no tocar, para que tengas tus derechos bien protegidos.
Las cláusulas no tan importantes del contrato de arrendamiento de estudiantes
A ver, obviamente también son cláusulas importantes (cómo no va a ser importante la renta, o la duración), pero estamos mucho más habituados a lidiar con ellas.
Segunda.- Duración, prórrogas y penalizaciones
Un contrato de arrendamiento de estudiantes es, en realidad, un contrato de arrendamiento de uso distinto a vivienda.
Y como tal, tiene la duración que las partes quieran acordar.
Una vez que llegue la fecha de finalización acordada, el contrato finaliza, salvo que las partes quieran prorrogarlo o se haya incluido alguna prórroga en la cláusula.
En este contrato he dejado que sean las partes quienes pongan la fecha de inicio y la fecha de finalización (o sea, la temporada). Y al llegar la fecha de finalización, el contrato termina y debe devolverse la posesión del inmueble.
Además, he puesto que no cabe desistimiento, por lo que si el inquilino quiere dar el contrato por terminado antes de que acabe la temporada, es un incumplimiento de contrato, por lo que deberá indemnizar al arrendador (al menos, hasta que se vuelva a alquilar el inmueble).
Y finalmente he puesto una penalización, en caso de devolver tarde el inmueble.
Tercera.- Renta y actualización de la renta
Estamos hablando de un contrato de temporada, al que le he puesto que no cabe prórroga. Y como suelen ser inferiores a un año, no habrá lugar a actualizar la renta (porque solo se actualiza anualmente).
Sin embargo, hay contratos de temporada en los que la temporada es superior a un año. Por ese motivo, he puesto que cabe actualizar la renta anualmente, en base al IPC.
Cuarta.- Gastos generales
He puesto que la comunidad, basura, tributos, etc., los paga el propietario.
Quinta.- Suministros
He puesto que los paga el inquilino, y que el propietario puede exigir al inquilino a nombre de quién hay que poner los contratos de suministros.
Sexta.- Obras y reparaciones
En mis antiguos modelos tenía escrita una parrafada en esta materia. Pero al actualizarlos he optado por someter todo lo concerniente a las obras a lo que dicen los artículos 19, 21, 22 y 23 LAU.
Séptima.- Normas de convivencia
Sumisión a las normas de la comunidad de propietarios.
Octava.- Cesión y subarrendamiento
Prohibición total si no es bajo el consentimiento del arrendador (propietario).
Novena.- Derecho de adquisición preferente
He puesto que el inquilino renuncia al derecho de comprar el inmueble antes que cualquier otro, en el caso de que quieras venderlo. Así te quitas de problemas. Y en caso de que en el futuro quieras vendérselo, se lo podrás ofrecer a él si quieres, sin ningún problema.
Décima.- Fianza y otras garantías adicionales
He puesto como fianza dos meses de renta, pues es lo legal.
Y como garantía adicional podrás poner si hay o no hay (en caso de que haya, puedes poner lo que quieras).
Como verás, también he puesto algo que se olvida en muchos contratos, y es que el inquilino no puede pretender que se paguen algunos meses de renta con la fianza y/o con la garantía adicional. De ese modo te será mucho más rápido poder poner la demanda de desahucio express por impago.
Décimo segunda.- Régimen aplicable
Nada destacable. Simplemente remarco que se trata de un contrato de arrendamiento de uso distinto a vivienda.
Conclusiones sobre el modelo de contrato de arrendamiento de estudiantes
Como verás, se trata de un modelo en el que he puesto toda la carne en el asador en las cláusulas que considero importantes, para que como arrendador puedas tener tus derechos bien protegidos.
¿Te ha venido bien mi modelo de contrato de arrendamiento de estudiantes?. Espero que sí.
Y no dejes de visitar la sección de la web en la que tienes disponibles muchos modelos de contratos de alquiler, listos para que los descargues y los utilices si así lo quieres.
HOLA, buenos dias,
soy empresa, SL. la persona que alquila. ( Comunidad valenciana )
me encanta esta pagina, pero tengo una duda,
si es para estudiantes, se debe colocar el nombre de los 3 estudiantes, en todos los lugares donde hable del arrendatario.
y otra duda, es: tengo que inscribirlas en SES HOSPEDAJES, o en este caso no ????
y debo la fianza depositarla en hacienda, verdad??
he estado leyendo los comentarios y también me pregunto:
debería hacer contrato con carácter solidario??
y colocar a los padres como avales????
ME PODEIS ASESORAR ???
MUCHISIMAS GRACIAS
Hola.
De SES HOSPEDAJES no sé qué decirte.
Puedes hablar de «la parte arrendataria». No tienes que repetir el nombre de todos todo el rato.
Si puedes hacer contrato con arrendatarios solidarios (y con avalistas personales y solidarios), mejor.
HOLA EDUARDO,
pero lo de SES HOSPEDAJES, ¿¿sabes quien esta obligado??
si el contrato es de estudiantes… ¿¿tenemos obligacion??
No sé qué es ses hospedajes.
bRILLANTE
hola : buenas tardes,.
Ante la situación que estamos viviendo de pandenmia, nos vamos a ver afectados en cuanto a pisos de alquiler que tenemos en la zona de Macarena de Sevilla ( alquiler habitaciones a estudiantes), dando por hecho que nos van a solicitar rescindir el contrato o llegar a acuerdos, es por esto por lo que solicito me informen como debo reaccionar ante esta situacion en el momento que me presenten su renuncia o llegar a algún acuerdo. Os agradecería me pudiéseis informar y en caso de tener que acogerme a vuestros servicios como se haría. Gracias anticipadas. Lola
Hola Lola.
No es sencillo ni voy a poder prestarte dicho servicio, pero a modo orientativo te diré que si el inquilino quiere rescindir y tu no aceptas y vas al juzgado para reclamarle, intuyo que le darán la razón a él, dado que al no haber clase el objeto del contrato ha desaparecido.
Buenas Noches, tengo que hacer un contrato a un estudiante por un año menos un día, de un apartamento para su completo disfrute, no compartido, y con el mismo precio por mes durante todo el tiempo; su padre será el avalista y pagador puesto que el estudiante no trabaja y por lo que he podido leer, en este caso no sería un arrendamiento de temporada, sin embargo no quiere que aparezca el contrato como vivienda habitual.
¿Qué tipo de contrato debo hacer para actuar de acuerdo a ley?
Hola Esther,
Puede hacerle un contrato de vivienda de uso diferente a la vivienda habitual (temporal) donde aparezca el padre como avalista.
Un saludo, espero haberle sido de ayuda.
SI ALQUILO piso a estudiantes y trabajadores que tipo de contrato tengo que hacer¿
serian dos que trabajan u un estudiante
Hola Pilar,
Puede hacer dos modelos contrato de uso diferente a la vivienda habitual (que es el más aconsejable) o de alquiler de habitación.
Un saludo, espero haberle sido de ayuda.
Mi hijo va a compartir un apartamento con otros dos chicos los tres estudiantes se universidad y nos han dado un contrato de arrendadores solidarios. Entiendo con este término que si cualquiera de los tres abandona el el apto. Los otros dos tienen que hacerse cargo del total del alquiler o no es así?. Muchas gracias. Sus padres estamos dentro del contrato como fiadores aunque todos los chicos son mayores de edad. Un saludo
Hola María,
Si es como usted comenta, si se marcha uno los otos dos serán responsables, si bien llegado este momento, usted podrá repercutir a los compañeros los gastos que como arrendador solidario usted haya sufragado.
Un saludo, espero haberle sido de ayuda.
Muchas gracias por su trabajo y facilitar los documentos.
Un saludo
Muchas gracias Aitor.
Buenas tardes, la fecha del articulo es del año 2014, me gustaría saber si los modelos de los que disponéis actualmente en la web, están actualizados al cambio que sufrió la ley de alquiler, que entró en vigor el 5 de marzo de 2019.
Llevo dos años si alquilar la vivienda a estudiantes y no quisiera meter la pata, normalmente utilizo los siguientes documentos:
Reserva del alquiler.
Contrato de alquiler con fianza de un mes y otro mes antes de entrar en la vivienda.
En caso de continuar después de la reserva, dicha reserva pasaría a ser el mes de fianza, ya que es la misma cuantía.
Realizó el contrato con carácter solidario, pero se lo aplicó a los avalistas (pido que sean los padres), no pido ningún tipo de requisito a los avalistas.
Le ruego me informe si cometo algún error en lo expuesto.
Muchas gracias anticipadas y saludos
Hola Juan Antonio,
Los conttsto de estudiantes no han sido sometidos a cambios, pues son temporales.
Un saludo, espero haberle sido de ayuda.
Hola buenos días,
Tengo un solo problema con mi casa q le alquilo a los estudiantes.
Resulta que los 3 muchachos son muy buenas personas, pero disponen de un pequeño problema y es que les gusta dar fiestas en la casa y traerse a 30 personas. Los vecinos se han quejado por 2 o 3 fiestas q han metido pero lo que me preocupa es que en mi casa no duermen solo los 3 estudiantes sino que también las personas que hacen fiestas con ellos.
Me gustaría saber si me ampara la ley para poder rescindir el contrato, o como puedo actuar porque mi casa es un desfile de niños y niñas las 24hs . Y como ya comente el problema es la cantidad de personas que meten dentro de casa .
Gracias
El propietario quiere hacer un contrato de Vivienda de temporada para estudiantes. El problema que veo es que el piso cuenta con 5 dormitorios y alquila solo 4 de ellos (el otro lo tiene cerrado con llave y lo usa de trastero, pero eso no lo incluye en el contrato, simplemente dice que alquila el resto de habitaciones). Entiendo por lo tanto que ya no puede ser un contrato de arrendamiento de Vivienda de temporada, dado que no alquila el total de la vivienda, y tendría que ser otra modalidad (y no sé qué tipo de contrato sería el legal de hacer). Además veo el problema que puede en un momento determinado alquilar la otra habitación a otra parte y yo no me podría negar.
Además quisiera saber si la Ley (y cuál) permite que se cambie una de las arrendatarias por otra (es decir que una se quiera ir y entre otra en su lugar), sin que se refleje dicha posibilidad en el contrato.
Hola Manuel,
En ese caso el contrato es de habitación. Y sería posible. Cada contrato por habitación sería individual y por lo tanto se podría terminar con una inquilina y arrendar a otra diferente sin consentimiento del resto. En cuanto a la entrada a la habitación se puede establecer u a cláusula en el contrato para que esto sea prohibido o reglado.
Un saludo, espero haberle sido de ayuda.
Buenos días, firmé un contrato de temporada 15-09-2018 en nombre de mi hijo por eser menor de edad (17 años)para estudiar en una universidad en distinta provincia de la que vivo. Al mes y medio es decir a principio de noviembre por causas personales,mi hijo no podía seguir con sus dichos estudios de Medicina. Y tuvo que dejar la vivienda y regresar a casa con tota la frustración que ampara esta situación. El arrendador me exige el pago de todos los meses de renta al ser de»temporada». Yo lo que he hecho es pagarle 6 meses mas indemnizacion de medio mes y tambien se ha quedado la fianza de 2 meses. Creo que es abusivo i leonino dicho contrato. Pues si me demanda ¿Puedo alegar que dicho contrato aun que sea de estudiantes, justificar que iba a ser su vivienda habitual? por que alli es donde vive, come, duerme esta muy lejos de casa y no vendría casi nunca. Espero que me ayude a darme una respuesta. Muchas gracias.
Hola María,
Es correcto el pago que usted ha realizado, aun no siendo de vivienda habitual.
Un saludo, espero haberle sido de ayuda.
Ola Nazaret mi hija está viviendo junto con otros dos compañeros estudiantes de alquiler y tienen un problema ahora resulta que uno quiere dejar el piso quisiera saber si tienen que pagar toda lo totalidad del alquiler o seguirían pagando su parte
Hola Antonio,
Dependerá si la responsabilidad es solidaria o mancomunada. Para que sea solidaria debe aparecer en el contrato de forma expresa, en este caso los coinquilinos que se quedan deben asumir las obligaciones del que se marcha (pago de la renta y suministros). Sino aparece nada recogido en el contrato la responsabilidad será mancomunada, y no tendrán que hacerse responsables de las obligaciones del que se marcha.
Un saludo, espero haberle sido de ayuda.
Buenas noches, he alquilado una habitación en Madrid y me gustaría estar con mi pareja en ella, ¿es posible esto en un piso compartido sin que ella también pague la habitación? ¿Tendría la obligación de comunicárselo al arrendador?
Saludos Eduardo.
Hola Juan,
Si la viviendo dispone de espacios comunes debería comunicarlo tanto al arrendador como al resto de compañeros.
Un saludo, espero haberle sido de ayuda.
Hola enhorabuena por esta página porque veo que es de enorme interés, y tus comentarios son de lo más profesional.
Yo tengo un piso en alquiler, en el que el arrendatario me da opción a alquilar habitaciones a terceros. Dispongo de 4 habitaciones para alquilar y habría zonas comunes como salón, cocina, baño… Mi pregunta es que al no contar con 4 inquilinos en la actualidad, hago un contrato de alquiler por cada una de las habitaciones, ya que cada una de ellas tiene un precio distinto al contar con servicios distintos cada una como aire acondicionado, o baño privado… o hago uno global y voy anexando a los nuevos inquilinos.
Muchisimas gracias por su información
Hola Paco,
Yo te recomendaría que hicieras un contrato por habitación. Creo que es la forma más clara si el precio es distinto por habitación.
Un saludo, espero haberle sido de ayuda.
Mi hijo se va a estudiar a Valencia la carrera este año. Vivimos en otra provincia. Vamos a alquilar un piso del que ya hemos hecho la reserva y firmado un documento aun no tenemos el contrato). En el pone que se trataría de su vivienda habitual cuando entiendo que ya es así. En que nos podría afectar si firmamos el contrato en esos términos? . En el IRPF nos aplicamos el mínimo por descendientes por vivir con nosotros. Además pedimos la beca de residencia según la cual vive con nosotros. Que hacemos? GraCias
Hola Blanca,
Entiendo que el Irpf lo aplica no solo por vivir con vosotros sino por también mantenerlo económicamente, por lo tanto no habría problema. En cuanto a la beca el concepto sería por desplazamiento.
Pero lo mejor sería tener el contrato de forma temporal para evitar cualquier incidencia.
Un saludo, espero haberle sido de ayuda.
Hola , mcuhas gracias por compartir y ayudar, necesitaba saber cómo redacto la frase de qué los padres avalan a las 3 estudiantes arrendatarias, se pone tal cual, no encuentro nada, muchas gracias
Hola Melissa,
Te dejo el link de la entrada donde se encuentra de un modelo https://www.abogadosparatodos.net/modelo-contrato-de-arrendamiento-de-vivienda-con-avalista/
Recuerda dejar claro que es un aval por la parte de responsabilidad de cada hija.
Un saludo, espero haberle sido de ayuda.
Hola,
quisiera alquilar una persona para que viva con dos amigas. No se si hacer el contrato a nombre de una o de las tres. O bien a nombre de una y dar permiso de subarriendo a dos personas mas. ¿Si lo hago a nombre de las 3…que pasa si riñen estre ellas y ninguna se quiere ir? ¿Quien tendría derecho a quedarse en el piso?
Y si se va una de ellas…quien tiene que buscar a la persona que le supla, yo o las 2 que siguen en el piso?
Gracias por tu ayuda
Hola Ana,
Puedes hacer el contrato de arrendamiento de la manera que tu prefieras, mi consejo es que hagas un contrato de arrendamiento a nombre de las tres, y estableciendo que si alguna se marcha primero, las otras respondan de la la renta.
Un saludo, espero haberle sido de ayuda.
Buenas tardes,
Si. Pon que los padres son los arrendatarios y que los hijos van a ser que los que lo habiten, y que te lo firmen todos.
Un saludo
buenos dias,ayer le mande un comentario y aparecio en la pagina,hoy veo que no esta, no se que ha podido pasar x lo que vuelvo a hacer la pregunta. Y darle las gracias de antemano x su atencion. Tengo un piso de 20 años de vpo especial, ya se que tienen unas limitaciones en el precio, personas a quien alquilar tienen que cumplir requisitos etc.Por cuestiones personales vivo fuera,pero este año mi hijo se ira alli a estudiar, quiere compartir el piso con un amigo que necesita contrato para que le den la beca, mi pregunta es que tipo de contrato me interesa, x habitacion , de vivienda habitual creo que no pues solo estara el curso universitario o hacerlo contrato temporal. Otra cuestion es que segun el contrato hay que visarlo y depositar la fianza verdad? Espero su respuesta y gracias