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Todo sobre arrendamientos y desahucios

Reclamar al inquilino por daños o desperfectos al finalizar el alquiler

El arrendador que pretenda reclamar al inquilino por los daños o desperfectos al finalizar el alquiler, debe tener en cuenta las pruebas que ha conseguido, el coste que tendrá conseguir esas pruebas y, finalmente, la solvencia que vaya a tener el arrendatario para poder hacer frente a la condena que le pueda imponer el juez.

Es muy frecuente que en un inmueble alquilado el arrendador observe daños tanto durante la vigencia del contrato de arrendamiento como, sobre todo, al finalizar el contrato.

La mecánica es la misma en ambos casos, es decir, si se producen determinados daños y el arrendador es capaz de probar que son por culpa del inquilino, entonces podrá reclamar judicialmente para que el inquilino asuma el pago de la reparación de los daños.

Sin embargo, dado que esta situación suele darse con mucha más frecuencia al finalizar el contrato de arrendamiento (antes el arrendador no suele ni enterarse de que los daños existían) voy a enfocar este post a ese momento, es decir, cuando los daños se observan tras finalizar el contrato de arrendamiento.

La entrega de llaves

Cuando termina el contrato de arrendamiento la situación ideal para el arrendador es que él y el inquilino firmen un documento de finalización de contrato en el que ambos reconocen varios puntos:

  • Que se devuelven las llaves y que el arrendador las acepta.
  • Que el inquilino debe o no alguna cantidad.
  • Qué ocurre con la fianza.
  • Qué daños se han observado en la vivienda atribuibles al inquilino

Con este documento el arrendador tendrá todo a su favor, pues habrá recepcionado las llaves y la posesión del inmueble y todo ha quedado documentado.

Además, podrá reclamar daños en base al documento firmado por el inquilino en el que reconoce la existencia de los daños (ya no hay que probar la existencia de esos daños).

Los problemas habituales el día de la entrega de llaves

Sin embargo es frecuente que esta situación ideal (que el inquilino quiera firmar un documento de finalización de contrato) no se de casi nunca, por lo que en ese caso el mínimo que se debe lograr que firme el inquilino es que ha entregado las lleves (el arrendador debe quedarse con una copia de ese documento).

En caso de que el inquilino ni siquiera quiera firmar dicho documento, el arrendador podrá coger las llaves si hay algún testigo imparcial.

Si no hay testigo entonces recomiendo no aceptar las llaves, pues los riesgos de entrar en la vivienda sin existir ningún documento firmado o testigos son muy elevados para el arrendador (el inquilino le podría denunciar por allanamiento de morada y el arrendador no tendría pruebas de la entrega de las llaves, por lo que supuestamente el arrendamiento seguiría en vigor y la razón sería para el inquilino).

Por tanto, si llegamos a este punto en el que el inquilino no quiere firmar nada y no hay testigos, es preferible para el arrendador no arriesgarse y poner una demanda de desahucio en la que reclamará las rentas que se vayan generando hasta que recupere judicialmente la vivienda o local. El día del lanzamiento (desalojo) se pedirá a la comisión judicial que levante Acta del estado del inmueble, lo que servirá de base al arrendador para reclamar judicialmente (en un nuevo proceso) los daños observados.

Aceptación de las llaves y posibilidad de reclamar

Conviene recordar en este punto que la situación ideal es la mencionada anteriormente, ya que en caso de existir un documento firmado por el inquilino ya no habrá que probar la existencia de daños.

Sin embargo, también conviene hacer saber al arrendador que el hecho de coger las llaves (con testigo o con un documento de mínimos firmado) no supone renunciar a reclamar daños o rentas impagadas.

Observación de los daños y la fianza

En caso de que el arrendador opte por coger las llaves por cumplirse las recomendaciones mencionadas (algún documento o testigo puede refrendar esa entrega de llaves) lo siguiente es descubrir los daños existentes en la vivienda o local.

Si el arrendador observa daños en el inmueble o en determinados bienes que lo componen tiene todo el derecho del mundo a reclamar esos daños, ya que éste tiene derecho a que el inmueble le sea devuelto en las mismas condiciones en que lo cedió en su día al inquilino, exceptuando el deterioro que se haya producido por el uso normal.

El primer acto reflejo del arrendador suele ser quedarse con la fianza para reparar los desperfectos detectados. Esto en muchas ocasiones es suficiente para reparar los daños (en caso de que el inquilino no esté de acuerdo será él el que tenga que reclamar judicialmente la fianza al arrendador).

Pero… ¿qué ocurre cuando la fianza es insuficiente o cuando, como suele ocurrir, el inquilino deja de pagar el último mes y el arrendador se queda sin fianza?.

Reclamación judicial

Cuando la fianza no da para más el arrendador tendrá que pensar en reclamar judicialmente porque o no hay fianza o es insuficiente.

El arrendador puede reclamar los daños en base a los artículos 1555 y 1556 del Código Civil.

Así, el artículo 1555 CC viene a decir que el inquilino debe cuidar el inmueble arrendado con la diligencia necesaria.

Y el artículo 1556 CC establece que si el inquilino no utiliza la diligencia necesaria, entonces el arrendador podrá reclamarle los perjuicios ocasionados.

Recordemos que el Código Civil es aplicable con carácter supletorio en los arrendamientos de vivienda y en el de locales comerciales (así lo establece el artículo 4 de la ley de arrendamientos urbanos –LAU-). Por lo tanto, primero habrá que observar si las partes han pactado algo en el contrato en materia de daños, y si no han pactado nada entonces se aplican los artículos mencionados.

La prueba de los daños

Es el arrendador el que tiene que probar la existencia de los daños y la culpabilidad del inquilino.

Es decir, el arrendador tiene que buscar las pruebas suficientes para convencer al juez de que los daños existen y son por culpa del inquilino. Así lo impone el artículo 217.2 de la Ley de enjuiciamiento civil (LEC).

Las pruebas las conseguirá el arrendador gracias a lo siguiente:

  • Es conveniente acudir al acto de entrega de llaves con uno o dos testigos, a poder ser, imparciales, tales como el portero del bloque, el presidente de la comunidad, etc.
  • Es conveniente que un Notario acuda a la vivienda en el propio acto de entrega de llaves (sobre todo si se prevé que van a existir daños) y si no es posible en ese momento pues debe ser lo antes posible. Su misión será hacer un Acta Presencial para dar fe del estado en que se encuentra la vivienda. Es conveniente igualmente que el Notario realice un reportaje fotográfico. Ya que este Acta y reportaje son caros, lo mínimo será que se hagan fotos de aquellos desperfectos más grandes o evidentes.
  • Debe hacerse un reportaje fotográfico (además del que pueda hacer el Notario).
  • Deben valorarse los daños mediante un perito.

Una vez que se han tomado todas estas precauciones y medios de prueba, el arrendador podrá reclamar judicialmente el coste de la reparación de los daños observados en la vivienda, siempre que la reclamación no se demore demasiado en el tiempo.

El nexo causal

El arrendador deberá probar no solo los daños, sino también el «nexo causal».

El nexo causal es aquella relación entre el daño y el tiempo transcurrido, es decir, se da por hecho que si un arrendador reclama antes de los 30-60 días siguientes a la finalización del contrato, entonces es factible entender que el daño lo ha producido el inquilino saliente.

Pero si reclama pasado un año…la situación se complica porque el nexo causal ya no es tan evidente.

El coste económico de las pruebas

Evidentemente proveerse de estas pruebas tiene un coste, por lo que dependiendo de la solvencia que demuestre el inquilino, interesará o no al arrendador reclamar los daños.

Una vez puesta la reclamación por daños en la vivienda o local, si el juez da la razón al arrendador aquél no va a obligar al inquilino a pagar el importe de los daños, sino que le va a condenar a pagar.

Pero conviene recordar al arrendador que condenar a pagar no es lo mismo que obligar obligar a pagar. El juez no puede obligar a pagar si el inquilino no tiene dinero o bienes embargables.

Es decir, nunca la sentencia favorable de un juez va a suponer una garantía (como puede ser un aval, un depósito, un seguro, etc), sino que el juez dicta al inquilino que pague, pero si no tiene para pagar ni bienes embargables, pues será muy difícil el cobro para el arrendador.

Daños que se pueden reclamar

Como norma general el arrendador podrá reclamar al inquilino los daños observados en la vivienda o local que excedan el uso normal del inmueble a lo largo del tiempo de vigencia del contrato.

Por lo tanto, los daños que se observen como «anormales» podrán ser reclamados judicialmente, y será el juez el que se manifieste sobre la normalidad o anormalidad de esos daños.

Por tanto, el inquilino será responsable de los daños que él o terceras personas haya producido en la vivienda, siempre que el inquilino asuma la culpa o el arrendador sea capaz de probar esa culpa y que se debieron a un uso anormal.

No obstante, los daños de los que responderá el inquilino al finalizar el contrato serán los mismos que ya vimos en el post Reparaciones y desperfectos de los que responde la fianza, por lo que si te interesa profundizar en esta temática te invito a echar un vistazo a ese post.

149 comentarios en “Reclamar al inquilino por daños o desperfectos al finalizar el alquiler

  1. Unos inquilino 7 años me dejaron la casa en muy malas condiciones suciedad y electrodomesticos que tuve que cambiar , me entregaron las llaves y dsspues pude comprobar todos los desperfectos llame a la I quilina y la mande venir a ver los desperfectos antes de que llevaran los electrodomesticos kombi,microondad campana ect. Pero dijo que no. Le dije que no le devolveria la fianza no dijo nada mas. Hoy recibo u a carta certificada de international sos donde me dicen que van a demandarme. Que debo hacer .la fianza no cubre los gastos tengo fotos de movil unicamente que debo hacer

  2. hola mi consulta es la siguiente entregue una casa que arrendaba lo cual despues de un mes el dueño me quiere cobrar cambio de alfombras pintura de una de las piesa y cosina de la casa que corresponden a un uso normal lo cual cabe destacar que dejo parte del mes de garantia para esos gastos lo cual el dueño de la casa considera insuficiente pueden llegar a condenarme por no pagar eso
    espero atentamente su respuesta

    1. Hola Ana,

      Entiendo que no se ha hecho un documento de resolución del contrato, donde quede reflejado la situación en la que queda la finca. Por lo tanto, si no llegan a un acuerdo, tendrán que acudir a la vía judicial para que sea un juez o jueza quien decida.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  3. Firmé un acuerdo de rescisión de contrato con mi inquilino, para que me entregase las llaves, llevaba un mes y medio en la nave y no se iba. Pero cuando llegué la nave estaba en un estado lamentable, y una oficina estaba prácticamente inundada. El firmar ese papel que declara concluida nuestra relación contractual, me impide el poder demandarle o exigirle, el importe para reparar todos los daños que ha hecho en la nave?

    1. Hola Alejandra,

      Puede reclamarlos, si bien tendrá que probar que estos daños existen y que lo provocó quien fuie el arrendataria.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  4. Se terminó el contrato de alquiler de mi hijo el 31 de Octubre y al querer entregar las llaves del departamento, la inmobiliaria adujo que el dueño está de viaje y todavía no las han recibido. Le hemos mandado un mail pidiéndoles que fijen una fecha y no han respondido. Qué podemos hacer? Corre mi hijo algún riesgo al tener las llaves aún en su poder? Gracias

    1. Hola Mario,

      Hasta que las llaves no se entregan se puede seguir devengando las rentas. Lo más acertado sería de depositar las llaves en el juzgado o en la Notaria,

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  5. Buenas tardes.
    Alquile una casa desde abril 2017 hasta Julio 2019. En medios de junio 2019 la dueña visitó la casa para verla. La primera vez que visita la casa ya que ella vive en Estados Unidos. Pudo ver la casa y observar los dañis que causó el huracán María. A principios de Julio 2019 atraves de un email me pidió que desocupara la casa y que tenía hasta el 31 fe julio para desalojar. El 28 de julio del 2019 ya nos habiamos mudado y se entregó las llaves el 30 de julio 2019 se entregaron las llaves. Se pago una fianza de $500.00 y se entendía que si encontraba algún desperfecto no habría devolución. No fue hasta ayer 90 dias despues envío un mensaje hablando de daños a la propiedad. Puede legalmente hacer una reclamación 90 dias después de haber entregado la casa? Tomando en cuenta que espero tanto despues del desalojo y habiendo visto la propiedad antes de pedir que se desalojada. Tomando en cuenta que dio poco tiempo para buscar otra casa, no mencionó nada al ver la casa antes y esperar tanto tiempo para reclamar teniendo una fianza? Gracias

    1. Hola Debora,

      Siento no poder ayudarte, pero solo conocemos el ordenamiento jurídico español.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  6. Buenos días,
    Mi consulta es porque tengo una vivienda de uso vacacional y la alquilamos durante epoca invierno de octubre a mayo a estudiantes de la zona. En septiembre tuve una pequeña fuga de agua provocando humedades pasillo pared, un zapatero y zocalo parquet. Se aviso al seguro que necesitavamos urgentemente reparación ya que entraban inquilinos. A fecha de hoy nos han dado hora para de aquí 15 días para venir a reparar. Los inquilinos no han podido entrar. Hemos perdido el ingreso de 8 meses de duración que dura el curso escolar. Puedo reclamar al seguro por daños y perjuicios?
    Un saludo y gracias por adelantado

    1. Hola Ana,

      Entiendo no procede esta indemnización, salvo que en la póliza del seguro venga establecidos unos plazos de actuación.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  7. SOY PRIOPIETARIO DE UN PISO , Y DESPUES DE RECIBIR EL PISO POR PARTE DE MIS INQUILINOS , HEMOS VISTO QUE EL PARQUET SE HA PODRIDO DEBIDO A UNA FUGA DE UN RADIADOR. MIS INQUILINOS LLEVABAN 1 AÑO VIVIENDO Y AHORA NO SÉ SI PUEDO DESCONTARLE DE LA FIANZA LA REPARACION DL PARQUET.

    EN EL CONTRATO EN EL PUNTO 8 C) INDICA QUE UNA OBLIGACION DE LOS ARRENDATORIOS ES COMUNICAR A LA PROPIEDAD EN EL PLAZO DE 24 HORAS, CUALQUIER INCIDENCIA O DESPERFECTO HALLADO EN EL INTERIOR DE LA VIVIENDA. ENTIENDO QUE ESO INCLUIRÍA UNA FUGA DE AGUA DE UN RADIADOR.

    SI ME HUBIERAN COMUNICADO LA FUGA, LA HABRIA ARREGLADO Y HABRIA EVITADO EL DAÑO MAYOR DE TENER QUE CAMBIAR EL PARQUET PODRIDO.

    ¿TENGO DERECHO A DESCONTARLES EL IMPORTE DEL ARREGLO DEL PARQUET POR NO HABER COMUNICADO LA FUGA Y HABER CAUSADO UN DAÑO MAYOR?

    TENGO FOTOS DEL RADIADOR CON EL OXIDO DONDE AL CONECTAR LA CALEFACCION PERDIA AGUA Y TAMBIEN FOTOS DEL RADIADOR REPARADO. ESTOY A LA ESPERA DE SABER PRESUPUESTO DEL PARQUET

    ADEMAS EL ULTIMO MES NO ME LO PAGARON Y TAMPOCO QUISIERON ESTAR EL DIA DE LA DEVOLUCION DE LA LLAVES EN EL PISO , ARGUMENTANDO QUE YA HABIAN HECHO FOTOS Y SABIAN QUE TODO ESTABAN CORRECTO.

    MUCHAS GRACIAS

    1. Hola Oscar,

      Si la fuga era visible o tenían conocimiento de ella, sí podría descontar la fianza.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  8. Buenas tardes. Rescindi el contrato hace 1 mes, el dueño lo revisó completo, con dos testigos y ambos firmamos la conformidad en la entrega. Luego de 1 mes me envían fotos del dpto destruido culpandome de los daños, pero en ningún momento me llamaron para verlo personalmente. Pueden reclamarme la reparación luego de haber firmado la conformidad en la entrega?

    1. Hola Estefania,

      Si en el documento de resolución del contrato aparece recogido el estado de la vivienda y no hay recogido ningún desperfecto, el propietario tendrá que demostrar que esos desperfectos los causo usted.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

    1. Hola Zunilda.

      Es demasiado tiempo.

      Si puedes probar que los daños los causó el inquilino entonces sí.

      Pero en cuatro meses se rompe el nexo causal, es decir, que es demasiado tiempo como para dar por hecho que el daño del piso es del inquilino anterior.

  9. Habiendo alquilado la vivienda por un periodo de 3 años, a la finalizacion del mismo se me hace entrega de las llaves y me doy cuenta que hay desperfectos en la misma.
    El inquilino pone una demanda por no devolverle la fianza y tengo que llevar al registro un documento diciendo el porque, yo tengo la relaccion de los desperfectos y fotografias, como redacto el documento.
    Gracias

    1. Hola Carlos,

      Le recomendaría que acudiera a un despacho para hacerlo de la forma más profesional posible.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  10. Alquile una habitación en piso compartido en marzo , no sé ni siquiera el apellido de la propietaria, solo sé que se llama Carmen, estoy de baja y esperando la resolución de una invalidez que probablemente sea alta aunque tuve una encefalopatía. Hice una copia de la llave de mi puerta y de la de entrada porque una vez creí que se me había perdido y tuve que llamar a un cerrajero al final las tenía en un bolsillo del pantalón y me cobró 50 euros. La sra, que me lo alqui!o es la que recoge el dinero de los otros 4 se lo paga a quien mandé la casera y es como la dueña, me han echado porque si. Me acuesto tarde etc . Quieren llamar a un cerrajero y cambiar el bombín de la puerta de entrada y la de mi cuarto. Y descontarlo

    1. Hola Paloma,

      No entiendo porque quieren descontar esa cantidad, pues es algo que quieren cambiar por voluntad. En cuando a tos motivos del fin del contrato, entiendo que no son legales y que por tanto usted podría seguir de alquiler en el inmueble.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  11. buenos días,
    el pasado 30 de junio finalizo el contrato con nuestro inquilinos después de 4 años y medio. la casa ha quedado con varios desperfectos , pero el mas grave es la cocina que no esta apta para el uso. los inquilinos cambiaron todos los muebles de la cocina ( haciendo su propio diseño) adaptando sus propios electrodomésticos, mientras tanto guardaron nuestros muebles de cocina , micro, fogón, horno y extractor en el parking, sin protección alguna. al irse nos dejaron sus muebles de la cocina la parte de abajo ( mientras nosotros lo teníamos abajo y arriba ) y un agujero enorme de su placa.
    ahora no podemos adaptar nuestro horno ni fogón ni micro a esta cocina.
    según el carpintero hay que cambiarlo todo, para volver a estado anterior.
    hemos abierto un acta en la notaria , con los fotos etc.
    cual seria el paso siguiente para tramitar esto?
    hemos retenido la fianza, pero hoy pasan 30 días desde que se ha marchado.
    como tenemos que proceder

    gracias de antemano

    1. Hola Ana,

      Le recomendaría enviarle un burofax, reclamando el arreglo de la cocina, o un pago por indemnización. Y si se niega o no llegan a un acuerdo tendrá que acudir a un órgano judicial para que sea el juez o jueza quien decida.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  12. Llevo diez años en un piso que originalmente alquilé yo con otras tres personas. Durante este tiempo hemos modificado la titularidad del contrato mediante anexos en tres ocasiones. Actualmente somos dos personas en el contrato y vamos a modificarlo de nuevo para «sacar» a mi actual compañero e incluir a otra persona. Me he puesto en contacto con el propietario para pedirle permiso y deshacerme de un sofá que figura en el contrato (no la marca ni el modelo), que siempre ha estado en la habitación que mi/-s compañero/-s habitan (y han habitado). Mi actual compañero está en proceso de mudanza y he visto que, con el paso del tiempo, el sofá no está en buenas condiciones. Yo pensaba en tirarlo a la basura pero, para mi sorpresa, el propietario quiere venir a recogerlo. He descubierto que el sofá es de marca y su precio original asciende a 16.000 euros. La fianza del piso (de la que soy la única responsable real a efectos económicos) asciende a 2.500 euros. ¿Debo hacerme responsable económicamente yo de la limpieza / tapizado / restitución del sofá? ¿Puede el propietario quedarse con mi fianza, exigirme el pago íntegro del sofá o iniciar un proceso judicial? Muchas gracias por adelantado.

    1. Hola,

      Responsables serían todos los titulares del contrato de arrendamiento. Por lo tanto también el que ahora se marcha. Si quiere reclamar deberá hacerlo a ambos.

      No podrá pedir que se indemnice por el daño, cuando los desperfectos se hayan ocasionado por el uso normal.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  13. ¿Sabeis de algún seguro del hogar que cubra el delito de apropiación indebida cometido por los inquilinos?
    He encontrado uno que cubre hasta recuperar vivienda, el impago, procedimiento judicial y actos vandálicos, pero no encuentro uno que cubra el delito de apropiación indebida cometido por los inquilinos.

    1. Hola Jesús,

      Lamentamos no poder ayudar, pero no conocemos todos los servicios de las agencias de seguros.

      Un saludo.

  14. Hola, tenía una pregunta, voy a denunciar al inquilino de un local porque me lo ha dejado destrozado. Para ello he contratado un abogado y un perito, tendría que contratar también a un notario, sería imprescindible?
    Y tengo que llevar algún testigo, algún amigo también?
    Gracias

    1. Hola J.Luis

      Sí sería conveniente que asista un Notario para hacer un Acto presencial para dar fe del Estado en el que se encuentra la vivienda. En cuanto a los testigos, es también de gran importancia pues son pruebas de vital importancia en los procedimientos judiciales.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  15. Buenas tardes rentamos el departamento de mi esposo x 8 meses 2 meses atrás dejaron de pagar renta me dijeron qyw me devolverían llaves hoy acydi al depa encontré las protecciones dañadas quitaron un barrote para meterse ala casa quitaon chapas se robaron el boiler me dejaron la basura adentro dejaron unas camas llenas de chinches y la casa llena de cucarachas trate de localizar ala inquilina y no me contesta que puedo hacer

    1. Hola Viri,

      Si no logra contactar con ella tendrá que interponer una demanda para que le indemnice por los daños causados y reclame las deudas pendientes.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  16. buenas, mi caso es el siguiente tengo un inquilino que dejó de pagar varios recibos de luz y al pasar el tiempo le cortaron la luz. pues bien a pesar que se puso al día en los recibos pagandolos, ahora la compañía eléctrica, pide un boletín para darle suministro de nuevo, el caso es que dicho boletín,con presupuesto, sale 1800 euros, según instalador a ser una vivienda de más de veinte años tiene que poner instalación eléctrica nueva mas boletin, el caso es que el inquilino se niega a abonar el precio del boletín y instalación ,tiene tres meses viviendo sin electricidad y me avisó del hecho hace unos días,tiene contrato firmado en el cual especifica que todos los gastos de mantenimiento de la vivienda como consumo de agua .electricidad y cualquier otro susceptible de individualización serán de cuenta de la parte arrendataria. pues bien , mi primera intención es rescindir contrato por incumplimiento pero seguiría con el problema del corte de energía. como podria hacer para solucionar este problema?

  17. Hola. Se han ido mis inquilinos y han dejado el piso hecho un desastre, tanto que no puedo arrendarlo de nuevo hasta repararlo. Se fueron un día 2 en lugar del 1 del mes. De muchas cosas tengo factura de otras que han roto no. Mi pregunta es: tengo q descontar algo de la fianza puesto q tardaré al menos quince días en limpiar y reponer colchones, mantas y demás antes de poder volverlo a alquilar? La limpiadora no es profesional, como le voy a presentar factura de haberlo limpiado? Me dijeron los inquilinos q antes de irse tuvieron piojos, pero solo lo tengo de viva voz, se limitaron a meter la ropa en bolsas , si lo tengo q lavar todo para desinfectar , lo haré yo misma, como voy a valoearlo para resrarselo de la fianza? Gracias de antemano.

    1. Hola María,

      La limpieza solo podrá descontarla si así aparecía en el contrato. En cuanto a los daños materiales en la vivienda si puede descontarlo de la fianza.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  18. Hola: En su día alquilé el piso y el arrendatario dejó de pagar renta y tras una disculpa-engaño también las facturas, por lo que yo pagaba sus gastos. Un par de años después tiene de nuevo interés en que se lo alquile y me asusta todo lo que pueda llegar a hacer. Qué hago yo?

    1. Hola Alki,

      Si ya ha sido un mal inquilino esta en su derecho de no volver a alquilarlo. Si lo hace, lo más seguro es reflejar en en el contrato cláusulas penales.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  19. Hola: yo he conseguido que se marchara una inquilina con la que he tenido muchos problemas para cobrar. De hecho se ha ido con una deuda de dos meses. Pero cuando pude recogerle las llaves y entrar al piso… Me quede sin palabras. Todo destrozado. He pensado denunciarla pero ahora esta ilocalizable u no contesta mis llamadas. Tampoco se donde vive. Como lo hago?

    1. Hola Juan,

      Puede interponer una demanda. Si no se sabe el domicilio el juzgado lo comunicará por edictos.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  20. Buenas tardes. Los inquilinos nos estropearon un sillón así que les dijimos que no les devolvíamos parte de la fianza (lo correspondiente al precio del mueble). Se negaron a pagarlo entero porque dicen que el sillón tiene ya dos años de antigüedad. Que no tenían por qué pagarnos un mueble nuevo. Para no discutir porque sabemos que no tienen razón, dividimos el precio por los 10 años de garantía que tiene el mueble y les descontamos lo que supondría esos 2 años de «desgaste». Ahora también nos dicen que quieren llevarse el mueble. Pero a nosotros nos parece que si se lo llevan, es como si fuera suyo desde e l principio y no tenemos por qué hacer ese descuento de 2 años de desgaste. Porque además, nosotros tendremos que comprar uno nuevo y no se por qué tengo que cubrir parte del valor del sillón que ya compré y ellos destrozaron, y ahora se quedan. Si se lo llevan les descuento el valor total del mueble. ¿Tengo razón? Gracias por su atención.

    1. Hola María,

      Si se llevan el mueble sería una compraventa y por lo tanto es el valor que las partes decidan.

      Lo correcto es que de la fianza se descuebte la parte proporcional del desperfecto causado.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  21. Buenas tardes;
    Hace un año que dejé una vivienda de alquiler, en el momento de entregar las llaves le comuniqué a la propietaria que mi perra (tenía permiso para tener mascotas) había ocasionado algunos daños en las puertas de la vivienda, a lo que ella cordialmente respondió que estuviera tranquila que se valoraría y hablariamos. Obvio, no le reclamé la fianza de 320 euros hasta que valorase los daños.
    Tres meses después, esta señora me reclama 1200 euros para lacar las seis puertas, cuando mi perra había arañado cuatro, a lo que me niego y en la negociación llego a ofrecerle la mitad. Sin respuesta alguna por su parte, esta señora ahora, justo cuando hace un año que dejé su vivienda, la cual ya tiene alquilada, me reclama 560 euros mas los 320 euros de fianza. ¿Qué me recomendais? Ayuda por favor. Gracias.

    1. Hola Marta,

      Si no llegáis a un acuerdo tendréis que acudir a la vía judicial que sea un juez o jueza quien decida.
      Debe tener en cuenta que la propietaria llegado ese momento debe demostrar que los daños existen y que fueron causado por los inquilinos, si consigue esto tendría que pagar la reparación y las costas del juicio.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  22. Hola le ago una consulta yo alquilaba un departamento el dueño me mando una carta documento que no me renovaba el aquiler y que mandaria una persona una martillera publica a retirar las llaves la condicion del contrato era dejar todo en condiciones y recien pintado se cumplio todo ls señora vino reviso y se llevo las llaves y despues de 6 meses de dejar el alquiler me reclama arreglos que a echo y le reclama a mi garante le manda fotos de los supuestos arreglos y son reformas mi consulta rs es legal que reclame despues de entregar la llave cuando la petsona que la recibe esta conforme

    1. Hola Soledad,

      Puede hacerlo, pero tendrá que demostrar que los desperfectos existen y que los causaron los inquilinos, llegando a vía judicial sino llegan a un acuerdo.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  23. Buenos dias, yo la inquilina de un piso que entregamos hace quince dias , se levanto un documento de deficiencias de las cuales estabamos de acuerdo, el arrendatario realizo un presupuesto con una empresa del cual no estoy de acuerdo. mi pregunta es si yo personalmente puedo hacerme cargo de esas reparaciones o limpiezas o tengo que obligatoriamente realizarlas por mediacion de una empresa.

    un saludo

    1. Hola Tina,

      No es oblogatprio realizarla mediante una empresa, será al acuerdo que lleguen las partes, aunque es la forma más frecuente.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  24. Hola, mira hace unos meses alquilamos un piso, cuando llegamos a mi amiga la empezaron a salir ronchones en la piel por picaduras, ella me decía que eran pulgas (ya que es alérgica) pero como nunca vimos ninguna al final terminamos pensando que era otro bichito o mosquito. Cuando entro a vivir otro amigo empezó igual, incluso tuvo que ir al médico más de una vez sin solución alguna… lo dejamos estar porque no sabíamos de que era. A los dos meses de estar viviendo nos encontramos una gatita de unos días en la calle ( en el piso no se podía tener animales) pero como íbamos a dejar al animal en la calle, con lo que lo llevamos a casa y estuvo 4-5 días hasta que lo pudimos llevar a una protectora. Antes de meter a la gata en casa la desparasitamos con una pipeta. La casera se enteró porque la gata era muy pequeña maullaba, nosotras le contamos lo que pasó y que la gata ya estaba fuera de casa. Ella nos dijo que vale, a día de hoy hace mes y medio que dejamos el piso, vinieron a ver que el piso estaba bien, firmamos un papel y nos devolvieron la fianza. Bueno pues a día de hoy nos exigen que paguemos la fumigación por una supuesta plaga de pulgas que la gata que llevamos a casa trajo. Es posible que nos exijan ese dinero? Porque las pulgas ya estaban de antes…

    1. Hola Marta,

      Si no estáis de acuerdo, podéis llegar a la vía judicial, en este caso es el propietario quien tiene que demostrar que esta plaga es por vuestra causa.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  25. hola, hace 3 meses que se me vencio el contrato e hice entrega de las llaves. No firmamos nada cuando le entregue las llaves. Hoy despues de 3 meses me dicen que la casa la entregamos en mal estado, que la tenemos que volver a pintar y hacer muchos arreglos.. Transcurrido ese tiempo en que se entrego la llave y hoy, hay manera que la inmobiliaria nos haga juicio o me embarguen el sueldo??

    1. Hola Lucila,

      Si no llegan a un acuerdo, acudirán a la vía judicial, pero tendrá que ser el arrendador quien demuestre que ha sido usted quien provocó los desperfectos. La inmobiliaria no puede embargar el sueldo sin una orden judicial.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  26. Hola , en mi caso soy el dueño de casa , y estas personas me dejaron muy mal la casa por mal uso , suciedad , rotura más deuda de servicios y se fueron un mes antes si aviso. Me entregaron la llave saqué sólo fotos de la destruccion , no les devolví la fianza pero no me alcanza ni para cubrir el 20 % de todo lo que tuve que hacer para poder alquilarla.
    Le mandé carta documento a los 2 garantes y sólo contesto una de ellas negando todo , pedí 2 mediaciones y no se presentó a ninguna . La verdad que si lo llevo a juicio , no tengo ninguna prueba más que las fotos del antes y después , lo que no me puedo explicar cómo puede quedar impune el comportamiento de esta gente ….
    En conclusión a lo escrito anteriormente no me queda otro remedio que hacer juicio o perder todo es así ?
    Gracias

    1. Hola Andrea,

      Pero si es más fácil demostrar que se fueron sin previo aviso, y las deudas de los servicios.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  27. He insistido varias veces a mi antiguo inquilino que me deje el número de cuenta para devolverle la fianza de 300 y pico euros pero siempre me dice que no tiene tiempo de meterse en el banco y darme el número de cuenta. Yo ya paré de insistir (al menos se lo dije 4 veces con iguales respuestas por what app). Mi pregunta es que 6 meses después puede el reclamarme los 300 y pico euros?

    1. Hola Manuel,

      Sí, puede reclamarla. Si no te deja devolverla lo mejor es que la deposites en el juzgado.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  28. Hola, soy fiador solidario de mi hijo estudiante, 4 estudiatnets y 4 fiadores solidarios. Firmanos contrato de 1 septiembre a 30 julio sin dercho a ley LAU para rescindir. el 20 mayo le avisamos por wasat que deajria mos el piso el 1 julio y que si no acudia a la cita de entregar llaves ese dia, el piso lo recibiria en las mismas condicones que lo entrego. Intentamos pagarle antes los recibos de luz y agua atrasados, pero el se nego a recibir el pago.
    El 1 de julio hicimnos fotos al piso , se las mandamos por wasat y le dejamos las llaves dentro.
    despues no demanda y nos dice que el 20 de julio entro con un notario y levanto acta de que hay desperfectos: piso sucio, sofa roto y sobre todo desperfectos en la tarima del salon en dos puntos, y nos reclama mas de 4000 euros, mes de julio por pagar, limpieza piso, funda sofa y sobre todo 3000 euros para cambiar el parket del piso entero, ya que dice que el contrato pone que si hay desperfectos en algo se arreglara todo., incluso ponia el contrato que los gastos por el uso los pagamos nosotros!!!!
    Hemos depositado en juzgado, pues ha demando a un fiador solidario, gastos de luz y agua y pago del piso hasta el 20 de julio, dia en que reconoce que entro con el notario ( se puede suponer que acepta la entraga del piso ese dia).
    Estamos a espera de juicio, ha demandado solo a un fiador solidario de los cuatro padres
    que posibilidades tenemos?
    hemos tenido que buscar abogado por la cuantia

    1. Hola José,

      Le hemos contestado en la otra entrada donde también ha dejado comentario.

      Un saludo.

  29. Muchas gracias por el post, es de gran ayuda.
    Mi caso, alquile una vivienda hace 6 años, las llaves del piso me las entregó una conocida (no la dueña) está misma chica fue quien me mostró el piso, luego firmamos el contrato, el cual cada año lo ha modificado la arrendadora, subiendo el precio y cambiandolo(antes incluya la luz, luego un tope y luego nada) cuando entre en la vivienda le pedí se llevarán un colchón que estába en mal estado para yo poner el mío nuevo, con el tiempo la vivienda sea usado, muebles, y demas, la relación no ha sido buena con ella porque entramos a vivir un día 12 Y con el paso de los años nos ha llegado a exigir el pago los días 31 de cada mes(sin dejar los 5 días legales) llegaba a escribír todos los meses pidiendo su dinero los días 1. Nunca falte a ningún pago. Al dejar el piso le avise con un mes antes, ella mostró el piso con nosotros alli(que también se lo permiti) (ella sólo me exigía que pintará el piso) y como sabía que por su forma de ser no iba a devolverme la fianza, pues le deje las llaves en el buzón, y no pinte el piso diciéndole que lo hiciera con el dinero de la fianza, pues me ha denunciado al juzgado exigiéndome el colchón, y los deterioros del uso diario(lo que me hace gracia es que le dejamos varias cosas nuevas que arreglamos y eso no lo menciona). Que puedo hacer en este caso?

    1. Hola María ,

      En un principio el arrendador no puede exigir el pago de la pintura salvo que venga así recogido en el contrato. Llegado el momento del juicio el arrendador debe probar que esos daños existen y que han sido causado por vosotros como inquilinos.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  30. Hola buenas tardes!!!
    Mi caso es que hace 30 dias devolvimos las llaves del piso alquiler mi pareja firmo como que devolvia las llaves pero no le dieron copia de dicho papel.
    Despues de 30 dias la propietaria dice que sa gastado 490 euros en tapar 4 abujeros y pintar.
    Cuando a mi me entregaron el piso habia mil agujeros y nos toco pintar y tapar. Se puede quedar cn el dinero? Cuando esos agujeros ya estaban. GRACIAS

    1. Hola Anabel,

      En principio si no se ha puesto nada en cuando al estado de la fianza en el documento de resolución del contrato tendría que devolverla.

      Sino lo hace podéis enviar un burofax reclamando, y sino llegáis a un acuerdo podéis llegar a la vía judicial, en este proceso el arrendador debe probar que el daño existía y que fue causado por los inquilinos,

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  31. Buenos dias,
    A finales de julio dejamos el piso a petición del propietario. Hasta mediados de agosto no pudimos qudar con el porque estaba de vacaciones. Firmamos el papel de la devolución de la fianza a mi cuenta bancaria, sin copias, ya que nos fijamos de el. Días despues Nos pide la fianza integra para pintar el piso, cuando lo hemos entregado limpio, y con los pocos agujeros para los cuadros, tapados y pintados y con gotele. Al no darle la fianza, me amenaza con reclamarme la mitad del mes de agosto como si lo hubiera usado. Solo firmamos el papel de reclamación de la fianza al ivima sin fecha.

    1. Hola Carlota,

      Para posibles arrendamiento lo mejor al terminar el contrato es que si el propietario no puede recoger la fianza o mejor es dejar las llaves en el juzgado o en una notaria. Pues hasta la entrega efectivas de las llaves se pueden seguir devengando la renta.

      En cuanto a la pintura del piso depende del tiempo que llevéis de contrato y lo que se haya estipulado en el contrato de arrendamiento. Si no llegáis a un acuerdo tendréis que acudir a los tribunales.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

    1. Hola Natalia,

      No hay límite temporal, pero bien la recomendación es hacerlo en los siguientes 30 o 60 días a la finalización del contrato, así se entiende que es más factible que haya nexo causal, y que el daño lo ha producido el inquilino saliente. Recuerda que en estos casos es usted la que tiene que probar que estos daños existen y que los ha producido el inquilino.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  32. Benas tardes.
    el dia 31 dejamos el anterior pido en el que estabamos de inquilinos.
    tenemos una perra y de mearse habia estropeado un poco el parquet del salon, con lo q directamente le dijimos que se quedara la fianza para posibles arreglos. ahora lleva toda la semana mandandonos fotos con que la casa estaba sucia y ha tenido que estar muchas horas limpiado,(cosa que cuando nosotros entramos tuvimos que hacer limpieza a fondo y en ningun momentos le dijimos nada)y factura (de 600€ cambiar el suelo). puede reclamarnos mas dinero que lo q es la fianza? (440€) .En el momento de la entrega de llaves no firmamos ningun papel. Agradeceria vuestra ayuda. un saludo

    1. Hola Aunma,

      Podría reclamar, el arrendador debería mostrar la existencia de los daños y su culpabilidad.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  33. Hola:
    ¿Me podrían aclarar qué plazo tiene el arrendador para reclamar judicialmente los daños constatados y reflejados en el acta de lanzamiento?

    1. Hola Pedro,

      Si no se ha constituido depósito de bienes en el lanzamiento por los posibles daños, en este caso tendrás que interponer un nuevo proceso para reclamar estos daños, la ley no establece ningún plazo para esto.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  34. Buenas.
    Hace 15 días deje un piso en alquiler.
    En la entrega de llaves en desperfectos dejamos señalado que el sofá estaba deteriorado y presentan roces en los cojines y una raja en el apollabrazos.
    El sofá tiene 11 años y la casera nos dijo que le costó 1800€.
    El sofá el uso que ha tenido es de sentarnos y el apoya brazos si se tira de la «piel» se ve que esta mas cuarteada.
    Ahora nos viene con un presupuesto de tapizado del sofá en piel de 2800€. Para su restitución.

    Mi problema fue no sacar fotos del estado del sofá. Y no se que puedo hacer…

    1. Hola Miguel,

      Entiendo que el arreglo no puede ser mayor que el precio del bien, si no estáis de acuerdo en la cantidad, tendréis que acudir a la vía judicial.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  35. Hola nosotros a finales de abril hemos dejado una vivienda en alquiler, en la entrega de llaves se vio que el sofá estaba deteriorado. El casero nos dice que el sofá tiene unos diez años y que tenemos que pagar la reparación, dicha reparación es mucho mayor que el valor original del sofá. Los daños del mismo, son debidos al uso, ya que corresponden a zonas de roce y pliegues de la piel del mismo. Que podemos hacer?

    1. Hola Cristina,

      Si es como me dices, es decir, que es desgaste por el uso habitual no tendrías que pagar estas reparaciones. Intenta llegar a un acuerdo con el arrendador, si no lo hacéis tendréis que acudir la vía judicial para que sea un Juez quien decida.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  36. No había visto su contestación. Muchas gracias. Tengo testigos ( agente de la agencia; presidenta de la comunidad de vecinos; anteriores inquilinos) todos los desperfectos documentados y fotografiados. Espero no tener que llegar a la vía judicial ya que me causaría más gastos pero sí llegó creo que está todo bien fundamentado

  37. Buenas noches. Yo tenía el piso alquilado y el día que lo dejaron los inquilinos estando la persona de la agencia que nos puso en contacto, veo unos desperfectos que le comento y me dice que arregle yo y le pase factura. Ese mismo día por la tarde, voy a empezar a limpiar ya que dejaron el piso en malas condiciones higiénicas y voy encontrando varios desperfectos (rotura de un sofá, falta de peana de una tele que había en el salón y colgaron en la pared, un colchón lleno de sangre ). Hago fotos de todo ello y se lo envío a la agencia que se lo comunica a la inquilina. Esta dice q no se hace cargo de nada de eso ya que yo dije que todo estaba bien pero son cosas que no ves hasta que haces un examen más exhaustivo. Yo me niego a darle la fianza con la cual no cubriría ni la mitad de los gastos y ella amenaza con denunciarme. Decir que tengo reportaje fotográfico de todo así como testigos (presidenta de la comunidad, familiares). Que me aconseja que haga? Gracias de antemano

    1. Hola Felipe,

      Entiendo que no han firmado ningún documento de resolución del contrato.

      En este caso, si hay desperfectos puede quedarse la fianza; pero en caso de llegar a la vía judicial recuerde que es usted el que tiene que probar la existencia de tales daños.

      Un saludo, espero que le haya sido de ayuda.

    2. Decir que la fianza son 600 euros y solo la factura de lo que se vio con ella asciende a 400 euros sin contar con lo suficiente daños que se vieron luego. Les agradecería una respuesta. Un saludo de antemano y gracias

  38. Hola
    Hemos vivido en una casa de pueblo durante 7 años, después de 6 meses de dejar la casa el propietario nos pide que pintemos y arreglemos la casa debido a los desperfectos de la humedad de las termitas.
    En segundo lugar pide cosas que supuestamente desaparecieron de la casa y estaban puestas en el contrato pero nuca existieron
    Que tenemos que hacer? Por que dice que va poner una demanda

    1. Hola Córnel,

      En cuanto a la pintura la jurisprudencia viene estableciendo que a partir de los dos años de contrato de arrendamiento puede exigirse la pintura al inquilino, pues se entiende que ya ha pasado el suficiente tiempo para que se produzca el desgaste. A no ser que vuestro contrato establezca otra cosa al respecto.

      Si no ponéis de acuerdo, y no habéis firmado ningún documento de resolución del contrato de arrendamiento, en este caso tendrá que decidir el órgano judicial.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  39. Hola he tenido al inquilino un año y medio sin contrato la fianza eran 900€ le di 500 y le cobre doce días más q estuvo 175€ mas 100€ de la basura.. y 125 por pintar el piso y sacar toda la mierda que dejo.. ahora me hace chantaje por 250€ si no dice que me va a denunciar..que puedo hacer.. gracias

    1. Hola Manuel,

      El hecho de que no sea por escrito, no significa que no haya contrato, pues será verbal.

      A mi entender si el piso tenía algún daño entiendo que descontara la parte de la fianza, pero en cuanto a la pintura no creo que ese cargo sea a cargo del que era inquilino.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  40. Buenas noches te pueden pedir embargo si alquilabas una casa la desocupaste y entregaste la llave y despues de cinco mese te avisan q habia una deuda de la cual no hay nada firmado solo una anotacion a mano pero ningun documento

    1. Hola Griselda,

      Para que haya un embargo tiene que haber una resolución judicial de por medio.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  41. Hola, mi excasero me pide 2380€ a parte de la fianza de 1800€ que se ha quedado, me ha llegado un burofax. Ese dinero es por «instalación eléctrica, instalación 4 pantallas 2x600w, despejar y limpiar patio de varios materiales, madera, etc.., según presupuesto nºXXX». Ese presupuesto no lo hemos visto, pero no debería estar la factura detallada, me refiero a que no se justifica de forma clara de que dinero va destinado a que servicio, y entiendo que lo no haya hecho porque creo que ha desalojado un coche y una barca que tenía allí de unos familiares mios, que quedamos en un dia para ir a buscarlas, pero nunca nos volvió a contestar las llamadas ni los mensajes, por consiguiente se quedó allí (que no se si se lo ha quedado, si lo ha desalojado, si está en el desguace..) y no quiere que lo veamos reflejado en la factura.
    Mis preguntas son:
    Puedo denunciarlo por apropiación indebida? (quedamos en que me dejaria ir a buscarlo, pero ese día aun no ha llegado y no da señales de vida)
    Y la factura con ese coste tan elevado, si no está detallada de qué es qué, tiene algún valor?

    Muchas gracias!!

    1. Hola Marta,

      Entiendo que si lo solicitas esas facturas deberán estar detalladas. Si no os ponéis de acuerdo tendréis que acudir a la vía judicial.

      En cuanto a la apropiación indebida habría que verlo con más detalle.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  42. Buenas antes de nada gracias por la respuesta
    la reparación costará mas de 150 euros seguro, ¿en que ley me apoyo para demostrar eso?

    en el contrato hace referencia expresa a los cambios de cerradura, aunque entiendo cuando no es por desperfecto por uso de la misma

    «El arrendatario declara conocer las características y estado de conservación de la finca y aceptarlas expresamente y se obliga a conservarla en perfecto estado para el uso al que se destina, compuesta de puertas, cerraduras, cristales, instalaciones de toda clase, y en igual estado y a plena satisfacción de la propiedad tendrá que devolverlo cuando finalice el contrato. En este sentido son de cuenta y cargo del arrendatario los gastos ocasionados por los desperfectos que se produzcan, ya sean cristales, cerraduras y demás útiles y utensilios de las instalaciones y su adecuado entretenimiento, como también la conservación, reparación y sustitución de persianas, en caso de existir tales utensilios e instalaciones»

    Gracias

    1. Hola Darío,

      Esa cantidad no está establecida en ninguna ley, han sido los tribunales, los que a través de las sentencias han ido estableciendo este importe, lo que se conoce como jurisprudencia.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  43. ¿Como puedo demostrar que los daños en una casa de alquiler estaban antes de entrar yo?

    El dueño de la casa me acusa de unos arañazos en el parquet que ya estaba cuando yo entre, de hecho comentamos a mi entrada a la casa que el anterior inquilino había sido muy salvaje con ese tema.

    También me acusa de romper el funcionamiento de una persiana cuando ya estaba así, de hecho se l ocomente que a mi no me importaba ese tema.

    El problema es que me dice que en un articulo del contrato pone esto que hace referencia a las persianas:

    El arrendatario declara conocer las características y estado de conservación de la finca y aceptarlas expresamente y se obliga a conservarla en perfecto estado para el uso al que se destina, compuesta de puertas, cerraduras, cristales, instalaciones de toda clase, y en igual estado y a plena satisfacción de la propiedad tendrá que devolverlo cuando finalice el contrato. En este sentido son de cuenta y cargo del arrendatario los gastos ocasionados por los desperfectos que se produzcan, ya sean cristales, cerraduras y demás útiles y utensilios de las instalaciones y su adecuado entretenimiento, como también la conservación, reparación y sustitución de persianas, en caso de existir tales utensilios e instalaciones.

    Puede quitármelo de la fianza ¿cómo puedo demostrar que eso ya estaba? ¿O es el dueño el que tiene que demostrar que yo he ocasionado esos desperfectos?

    1. Hola Diario R.A,

      En cuanto a la reparación de la cerradura, decirte que si la reparación no ha sido superior a 150 euros tendrás que cubrirla usted.

      Si no os ponéis de acuerdo en cuanto al estado de la vivienda, y llegáis a la vía judicial, el arrendador será el que tenga que demostrar que estos daños los causo el inquilino.

      Como recomendación y antes de llegar a la vía judicial, intente al firmar la entrega de llave, llegar a un acuerdo y este que quede reflejado en un documento sobre el estado de las cosas.

      Para futuros contratos de arrendamientos, recuerde que el contrato incluya un inventario con el estado de la finca y de los objetos que tiene dentro.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  44. El otro día tuve que llamar al cerrajero ya que la cerradura de la casa de alquiler donde vivo se rompio.

    El problema que no se pudo abrir normalmente y el cerrajero tuvo que romper la cerradura.

    El problema es que ahora el dueño dice que la tengo que pagar yo.

    En el contrato viene este apartado respecto a eso:

    El arrendatario declara conocer las características y estado de conservación de la finca y aceptarlas expresamente y se obliga a conservarla en perfecto estado para el uso al que se destina, compuesta de puertas, cerraduras, cristales, instalaciones de toda clase, y en igual estado y a plena satisfacción de la propiedad tendrá que devolverlo cuando finalice el contrato. En este sentido son de cuenta y cargo del arrendatario los gastos ocasionados por los desperfectos que se produzcan, ya sean cristales, cerraduras y demás útiles y utensilios de las instalaciones y su adecuado entretenimiento, como también la conservación, reparación y sustitución de persianas, en caso de existir tales utensilios e instalaciones.

    ¿Tengo qué hacerme cargo yo de esa reparación y sustituir la cerradura?

    Entiendo que es una sustitución de un elemento de la casa por uso normal del mismo.

  45. Hola burnas tardes nosotros tenemos un problema con nuestra inquilina, ya que se les renta un inmueble el día 1 de octubre por duración de 3 meses por prueba ya que venían con niños y no nos pagaron el depósito a tiempo, les esperamos hasta 18 días después de lo pactado para la entrega, así mismo nunca los pagos fueron a tiempo y siempre se les apoyó en no cobrarles el costo que decía por atraso de renta en el contrato. El día 6 de diciembre nos mandan un mensaje diciendo que la persona que nos firmó el contrato ya no iba a estar en la casa y su mamá y sus familiares se iban hacer cargo de la renta que faltaba y asi mismo su mama nos mands mensaje de voz diciendo que no tenía dinero para pagarlo y si la podíamos esperar hasta la quincena ya que su hija nunca les dijo que se iba, así mismo querían hacer nuevo contrato ya que el día 1 de enero se vencía la fecha del contrato, y habíamos quedado de platicar y checar el inmueble para ver en qué condiciones estaba, el día 4 nos mandan mensaje diciendo que ya les entregaron su casa y que ya no iban a seguir el día 5 vamos a la casa para checar la situación y se encontraba en malas condiciones por lo que nos pidieron tiempo para entregarla al siguiente día y hasta el día 9 de enero nos entregaron las llaves alegando que nosotros ya sabíamos de los desperfectos y que se los cobraramos a la inmobiliaria pero ellos no cubren los daños que se ocasionaron, como el marco de la puerta principal cuatiado y sin algunos pedazos, y en la parte de la ventana dos golpes y con dos huecos, ahora nos exige el depósito la persona que nos rentaba pero hasta donde sabemos ella no tiene conocimiento de los detalles que dejaron sus familiares y los servicios que contrataron, se le está pidiendo papeles donde digan que no hay adeudos y dice que nosotros nos queremos quedar con su dinero cuando las reparaciones ya sobrepasaron el depósito que podemos hacer tenemos hasta el día 9 de febrero que se cumplen los 30 días de plazo para darle respuesta.

    1. Hola Wendy,

      En este caso, y como han aceptado que hay desperfectos os podéis quedar con la fianza.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  46. HOLA.
    en mi caso, el arrendatario ha sido desahuciado y tenemos el acta del lanzamiento. También se puede reclamar los meses de luz y agua desde la sentencia hasta que abandonen el inmueble?
    en cuestion de competencia, el juzgado es el mismo que conocio del desahucio?
    en cuanto a la prueba de la cuantía del daño? es necesario perito. en mi caso tengo presupuesto de distintos técnicos sobre el coste de reparación, pero no es perito.

    gracias

    1. Hola Inma,

      Sí, el juzgado que tenga conocimiento será el mismo. Si bien puedes utilizar el proceso monitorio par el pago de esas deudas de luz y agua.

      En cuando a los daños, la comisión judicial, tendrá que levantar acta, del estado del inmueble en el lanzamiento, por si existe daños que después se puedan reclamar.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  47. Hola. Nosotros dejamos el piso de alquiler el 15 de diciembre, el día que se dejo el piso no vino nadie a verlo y solo dejamos las llaves en la inmobiliaria. Llega el 25 de enero y al no saber nada de la fianza, llamo al chico de la inmobiliaria y me dice que no me van a devolver los 700 euros de fianza por unas manchas que hay en la madera. Yo no vi las manchas pero dicen que tienen fotos del antes y del despues, entonces les comento que me hago cargo del desperfecto y me dicen que han pedido un presupuesto de 600 euros pero que no lo van a arreglar ahora, ya que ya está viviendo en nuevo inquilino y que no le van a ocasionar la molestia de meter a alguien para arreglarlo, que lo arreglaran cuando el inquilino se marche.Que la culpa es mia por no llamar antes. Si deje el piso el 15/12 el inquilino nuevo no entro hasta el día 01 de enero y nadie me aviso de tal desperfecto y dicen que la culpa es mía por no llamar antes. Pienso que si se quedan con el dinero de la fianza me tienen que justificar el arreglo con una factura y demostrar que ese desperfecto esta solucionado o pueden justificarmelo solo con eses presupuesto?.
    Gracias.

    1. Hola Zuri,

      Si no llegáis a un acuerdo en cuanto la devolución de la fianza, en este caso tendréis que acudir a la vía judicial. Si bien decirte que estarían obligados a entregarte la fianza a los 30 días de terminar el contrato, si no lo hace empezarían a devengarse intereses.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  48. Hola. Buenas tardes. Hace 5 años que dejamos la vivienda donde estabamos de alquiler. Recibos y todo pagado. 5 años despues nos reclama el arrendatario unos recibos de alcantarillado que el no pagaba al ayuntamiento. El ayuntamiento ahora le reclama los recibos todos juntos, y nos quiere hacer pagar 2 años. Tiene derecho a cobrarnoslos?

    1. Hola Mónica,

      Si ese pago no estaba previsto en el contrato no lo podría reclamar.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  49. Hola, el pasado 1 de noviembre de 2017, se cumplió la vigencia del contrato de arrendamiento, mi inquilino me adeudaba 3 mensualidades y no habia entregado fianza, se pactó que todo se abonaría a la entrega de las llaves el dia mencionado, dicho dia me encuentro con la negativa de la entrega de las llaves y del pago de la deuda, yo le advierto que voy a demandarlo y entrega las llaves en el juzgado, su abogada me llamó y así me lo manifestó, mi sorpresa es que cuando me persono en el juzgado, no puedo recoger las llaves, el inquilino las había entregado y puesto a su nombre y me había puesto un acto de conciliación, ya que 15 dias antes, me había permitido la entrada en la vivienda y tomado fotos del estado en la que esta se encontraba, yo tengo un seguro de hogar, pero solo me cubre la reclamación de las 3 mensualidades, pero no de los desperfectos, el dia de la visita y toma de fotos de los desperfectos, me acompañaba el corredor de mi seguro para que él fuese una persona imparcial.
    cuales son los pasos a seguir para reclamar los daños ?
    necesito abogado y procurador ?
    si es así, puedo solicitar un abogado de oficio ?
    mi seguro va ha interponer la reclamación de los 3 mensualidades, puesto que él depositó las llaves en el juzgado a su nombre y yo no pude retirarlas hasta pasado 2 meses, puedo reclamárselos ?

    porque el gobierno nos dice que pongamos nuestras viviendas vacias en el mercado y no nos protege ?
    las leyes españolas protegen al inquilino y el propietario pierde en casi todo los casos, el tema de los okupas no voy a profundizarlo, pero me parece de verguenza nacional ( politica ).
    LO TENGO CLARO, «NO VOLVERÉ A PONER MI VIVIENDA EN ALQUILER » y animo a que nadie lo haga, mientras las leyes no cambien.

    Reciban un cordial saludo.

    1. Hola Pedro,

      Si tiene documentos que dejen constancia de la deuda y que estén firmados por su deudor, o que lleven su sello o algo similar, en este caso podrá iniciar un proceso monitorio, que se hará a través de una solicitud de inicio en el Juzgado de Primera Instancia; en este caso no necesitará la presencia de abogado ni de procurador.

      Pero de no ser así tendrá que iniciar un proceso ordinario, y para esto si necesitará tanto abogado como procurador.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

      1. HOLA, TENGO FOTOGRAFIAS Y UN DOCUMENTO FIRMADO POR ÉL, TODO ESTO SE HIZO EN PRESENCIA DEL CORREDOR DEL SEGURO DE HOGAR QUE TENGO CONTRATADO DE ESA VIVIENDA, DONDE SE HACE CONSTAR LOS DESPERFECTOS Y EL VALOR MEDIO QUE PUEDE SUPONER LA REPARACIÓN.
        ES SUFICIENTE O NECESITARIA UN PERITO QUE TASE LOS DAÑOS ?
        ME HAN DICHO QUE UN MONITORIO, NO ES UNA DEMANDA Y QUE ÉL, PUEDE NEGARSE Y QUE SI LO HACE, SOLO ME QUEDA EL CAMINO DE LA DENUNCIA CON ABOGADO Y PROCURADOR, ES CIERTO ?
        GRACIAS.

        1. Hola Pedro,

          Por lo que me comentas de los documentos de los que dipones, yo me decantaría por una demanda y dar inicio a un proceso ordinario.

          Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

          1. PERO NECESITARIA ABOGADO Y PROCURADOR ?
            SI ES DE ASÍ, NO ME COMPENSA, PUES SE HARÁ INSOLVENTE Y YO TENDRÍA MÁS GASTOS.
            LA JUSTICIA NO FUNCIONA Y MENOS CONTRA INSOLVENTES Y ELLOS LO SABEN, AL IGUAL QUE EN ESTE CASO QUE ES EXTRANJERO Y TIENE ABOGADO DE OFICIO, TODO A CUENTA DEL ESTADO ESPAÑOL.
            GRACIAS POR SU AMABILIDAD.

  50. Mi hermana dejó una casa de alquiler, en perfecto estado, hizo la entrega de llaves delante de la persona de la inmobiliaria que constató que estaba todo en orden, aún así el propietario no quiso firmar el papel de la entrega de llaves.Dos meses después, sale con que hay muchos desperfectos, que se los ha valorado el seguro, por ejemplo, 3 baldosas dañadas, 300euros, y muchas cosas más que no son ciertas, ahora cómo demuestra mi hermana que eso no lo hizo ella? Le reclama hasta la rotura de una mosquitera que compró ella.

    1. Hola Patri,

      Tendrá que reclamar estas cantidades judicialmente y demostrar que estos daños lo ha hecho tu hermana.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  51. Vamos que está bastante claro que los arrendadores quedamos en «calzoncillos» ante estas «maravillosas» leyes anticuadas y obsoletas que al final acabarán dando, en cualquier caso, la razón al inquilino. Habrá que conformarse con que pagando lo que cuesta un seguro especial de daños y una inmobiliaria, podremos por lo menos vivir en paz. Triste país!!

  52. Buenas tardes:
    En el caso de una hermana que ocupo la vivienda comprometiéndose a no hacer obras y a devolverla en perfecto estado, nos encontramos que hay muchos desperfectos y que incluso se ha llevado muebles y electrodomésticos, como procedemos ? ella se niega a pagar nada ni a reparar.

    1. Hola Lucía,

      Entiendo que tenéis un contrato verbal, si bien, en este caso este contrato actúa como uno escrito, si bien estas cantidades que me dices que te debe,tendrías que reclamárselas primero por burofax y si sigue sin querer devolver los electrodomésticos y pagarte las reparaciones tendrás que interponer una demanda.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  53. Gracias por tanta buena información.
    Yo quería propiner mi caso ya que estoy un poco perdida.Desde el 1 d octubre estamos fuera de la casa de alquiler anterior y desde el dia q entregamos las llaves ha sido un contínuo de barbaridades.No solo no nos han devuelto la fianza sino que quieren que les paguemos 4500€ para renovar su casa.segun ellos porque hemos destrozado la casa.Es ua casa que por las humedades d vivir a pie d playa y sin estar bien aislada,cada vez que ha habido unas lluvias torrenciales dejaban la casa en unas humedades completas,volver a pintar y maderas cada vez mas hinchadas de paredes,cocina ,suelos y puertas.Siempre mandaban al seguro pero el seguro nos decia q eso era por efecto d l mala construcción y que ellos no se harían cargo.Así hemos ido uniendo desperfectos debido a la mala gestion de las humedades,pintar y punto,que ahora nos reclaman cuando nosotros en ello no tenemos ni mal ni buen uso,simplemente hemos ido avisando de cada situación para que fuese arreglada,ya que no estaba en condiciones de salud.
    Nos reclaman a través de la agencia inmobiliaria que tampoco está de acuerdo.
    Nosotros queremos esperar a ver si hay juicio,pero quieren pactar. Insistimos en ir a juicio porque no nos parece normal esta barbaridad.
    -¿Qué nos aconsejáis hacer?
    Gracias

    1. Hola Beatriz,

      Entiendo que estas humedades son parte de las obras de conservación de la vivienda, y por tanto debe pagarlas el arrendador.

      En cuanto a lo de llegar a un acuerdo si estáis seguro que no habéis causado ningún desperfecto por no haber utilizado la debida diligencia. y el acuerdo no es ventajoso, creo que deberíais luchar por vuestros derechos, si bien decirle que es el arrendador el que tiene que probar que los daños son causado por el inquilino, además del nexo causal que hay entre los desperfectos y los inquilinos.

      Un saludo, espero haberle ayudado.

  54. BUENAS TARDES.
    YA PUSE UN POST CON ANTERIORIDAD. LOS CASEROS AMENAZAN MEDIANTE BUROFAX CON SU ABOGADA EN DENUNCIANOS POR DESPERFECTOS EN LA VIVIENDA( HAN SACADO MAS DESPERFECTOS DE LOS QUE EN REALIDAD HABIA QUE ERA UN PAR DE PREMARCOS). NO NOS DEVUELVEN LA FIANZA HASTA ARREGLARLE LOS DESPERFECTOS QUE SEGUN ELLOS TIENEN UN VALOR DE 1.600€
    NO SE FIRMO NINGUN DOCUMENTO A LA ENTREGA DE LLAVES PORQUE VENIAN CON PRISAS Y SOLO SE QUEDO EN QUE DE LA FIANZA SE DESCONTANBAN EL PAR DE PREMARCOS..
    AYUDA PORFA.

    1. Hola Cristina,

      El arrendador tiene que probar que esos desperfectos existen y que son culpa de los inquilinos. Por tato sin probarlo no podrá hacer nada. También debe el arreador probar que hay un relación entre el daño y el tiempo trascurrido.

      Un saludo, espero haberte ayudado.

  55. Buenas tardes queria hacerte la siguiente consulta.
    Como inquilino, resulta que tome en alquiler un piso que a los seis meses, como decia en dicho contrato podia dejarlo. Asi fue me puse en contacto con el dueño que reside en Venezuela con el que ya habia acordado por telefono que le dejaría el piso.
    Puesto que el no se encontraba aqui y tanto a el como a mi nos urgia salir del piso porque segun el alguien entraba a vivel.
    Me ha dicho que deje las llaves con el presidente de la finca. Tal cual lo hice y la fianza la dejaba rn pago de unas facturas pendientes.
    El piso lo deje en perfecto estado tal y como el me lo alquilo. A los 20 dias mas o menos la chica de la inmobiliaria acudio a mi trabajo a que le firmará la autorización de el dinero de la fianza por el pago de las facturas pendientes lo firme y ya.
    Ahora despues de casi mas de 3 meses me llega una demanda por daños ocasionados en el piso por un importe segun un perito de 3000 euros.
    Lo cual pienso yo que es una estafa del dueño.
    Si se encontró daños por que no se puso en contacto conmigo para verlos o yo que se.
    Ahora no se como debo actuar dice que debo ingresar el importe de 3000 euros el 27 de noviembre. De un piso del cual si hubise algo estropeado no tendria tal importe.

  56. Buenas. Quería realizar la siguiente consulta como inquilino.
    Tras dejar el piso en perfecto estado de limpieza. El arrendador dice que el piso no está limpio y que metera a una chica a limpiar. Sus alegaciones de suciedad es el polvo que se ha quedado en las esquinas de la casa. Radiadores… Pero sigue siendo polvo que aparece de un día para otro y entiendo que no es algo para poder descontar un importe por ello.

    1. Se me olvidó plantear. Si al devolver la fianza me descuenta cierto importe por ello. Cómo podría reclamar dicho importe. Ya que no estoy nada de acuerdo con ello. Puesto que el piso se dejó totalmente limpio.
      Gracias

  57. Hola Cristina.

    Se puede reclamar el importe de esa fianza judicialmente, por vosotros mismos, en los juzgados existen unos modelos de demanda, para reclamar cantidades que no superen los 2000 euros.

    Sino supera esta cantidad, no es necesario abogado y procurador. Puede haber algún problema por razón de la materia, pero te aconsejo que lo hagas.

    Un saludo

  58. Buenos días,
    Después de casi dos meses de haber dejado el alquiler de una vivienda, recibo la llamada del propietario reclamándome unos daños desconocidos para mi. A la devolución de las llaves no se vio ningún desperfecto y me devolvió la fianza. A los pocos días ya estaba alquilada la vivienda. No entiendo que ahora me reclame a mi unos daños que no se vieron en su momento, se devolvió la fianza y que han podido ocasionar los nuevos inquilinos. ¿pueden reclamarme esos daños?
    Muchas gracias por su ayuda

    1. Hola Miguel Angel.

      En modo alguno pueden reclamarte dichos supuestos daños.

      Un saludo

  59. Buenas tardes.
    Nosotros avisamos que dejábamos el piso con 1 mes de antelación a la casera por teléfono (en este tiempo estábamos sin contrato ya que no se había renovado).
    En la entrega de llaves no se firmo ningún documento , como desperfectos apenas unos desconchones en unos marcos y se quedo pendiente de devolver la fianza que no la habían sacado aun de la Junta.
    Ahora reclaman unos daños por valor de 1300 € con una factura hecha por una empresa familiar de ellos y en la que no se detalla nada (rotura de puertas, cambio completo de tarima, desplacamiento de escombros…). Daños que son inexistentes y por lo que nos quieren DENUNCIAR.

    Mi duda es.. ¿Qué posibilidad tenemos frente a ellos?.

    1. Hola Cristina.

      No debéis renunciar la devolución de la fianza.

      Y si no justifican los daños de forma clara, no teneis que soportar ninguna retención de la misma.

      Entiendo que la amenaza de demandaros lo es mas, a los efectos de que no le demandéis en reclamación de la misma.

      Un abrazo.

  60. Hola buenas tardes, he dejado mi piso hace ya más de un mes. Me dijeron que la fianza tardaría en devolverla un par de meses por tener que esperar a la devolucion de la junta de Andalucía. A los dos o tres días de dejar las llaves la propia arrendadora nos hizo una transferencia con lo que según ella nos correspondia de fianza tras descontar unos gastos de agua luz y limpieza sin ningún tipo de factura. El importe de la luz nos lo descontó sin conocerlo porque se paga cada dos meses y justo en esa fecha cumplía solo uno y nos cobro un importe ficticio. Además ahora nos está comentando la inmobiliaria temas de desperfectos y demas de los cuales varios ya estaban al entrar a la vivienda ya que cuenta con muchísima humedad y nos han intentado por vía bancaria anular la transferencia de lo que nos devolvió finalmente justo al cabo del mes. Al devolver las llaves firmamos un papel donde se confirmaba la entrega de llave, y que de la fianza se descontaría la limpieza pago de recibos y demás. Me gustaría saber si es posible que a este día se nos pueda hacer algún tipo de reclamación.

    Un saludo. Muchas gracias.

    1. Hola Sonia.

      Se puede reclamar el importe de esa fianza judicialmente, por vosotros mismos, en los juzgados existen unos modelos de demanda, para reclamar cantidades que no superen los 2000 euros.

      Sino supera esta cantidad, no es necesario abogado y procurador. Puede haber algún problema por razón de la materia, pero te aconsejo que lo hagas.

      Un saludo

  61. Hola Estefanía

    Puedes reclamar tu fianza judicialmente, hay unos modelos en el juzgado para reclamar directamente por vosotros, cuando la reclamación no supera los 2000 euros, un saludo

  62. Buenos dias,
    Mi consulta és que mi arrendador dice que hay unos desperfectos, después de casi 3 semanas ya fuera del piso y de la firma de la entrega de llaves, (según ponia en el documento de la firma de entrega de llaves tenian unos dias para mirar los daños que hemos podido ocasionar) y me ha informado pasado 3 semanas y cuando han hecho todo el arreglo sin consultarmelo. Eso es legal? Ademas no me han entregado factura solo un excel con lo que les ha costado comprando material de mejor calidad que ellos tenian. Que puedo hacer?

    Gracias!

  63. Hola mi nombre es evelin en este caso yo era inquilina y tenía un depósito de cuatro mensualidades con una inmobiliaria y hace como dos meses me comunicaron que me subirían el alquiler 200 euros más por mes antes pagaba 650 euros y con la subida ya serían 850euros entonces decidí desocupar el piso lo comunique con un mes de antelación y bueno hasta ahí todo bien ahora resulta que la inmobiliaria manda a una persona para que entregar llaves y de paso revisar todo el piso y firmamos un papel y entregamos llaves y nos dice que nos harían el ingreso el viernes o como hasta el lunes y ya era martes y nada que nos hacía el ingreso y les llamo para preguntar y resulta que dice que la propietaria dio orden para que nos retengan el depósito porque el estaba destrozado entonces mi marido les hablo fuerte reclamando y nos citan en las oficinas y ahí nos dicen te vamos a devolver pero no todo porque hay unas sillas manchadas un sofá con una raja ah y el suelo en total me descontados 480 euros cosa que nos parece super injusto porque cuando nos entregaron el piso todo ya era usado pretenden cobrar como nuevo lo que más nos duele es que nosotros ciudadanos ese piso como nuestro pintamos paredes techos arreglando la mampara y mas. Quisiera saber si puedo reclamar está cantidad aparte la fianza todavía no devuelven. Muchas gracias

    1. Hola Evelin,

      Puedes reclamarlo, hay unos modelos en el juzgado para reclamar directamente por vosotros, cuando la reclamación no supera los 2000 euros, un saludo

  64. HOLA. HE TERMINADO MI CONTRATO CON MI ARRENDADOR Y NO ME DEVUELVE LA FIANZA. DICE QUE LE HE DESTROZADO LA CASA, LO QUE ES FALSO DE TODA FALSEDAD. EL DÍA DE LA ENTREGA DE LLAVES NO CONSIGNÓ NADA EN EL DOCUMENTO Y POR SUPUESTO YO NO ACEPTÉ DAÑO ALGUNO, PUES ERAN MENORES Y DEBIDOS AL USO. ESE DÍA COMPROBÓ ÉL IN SITU QUE LA PISCINA FUNCIONABA Y AHORA ME RECLAMA DOS TONTERÍAS QUE NO EXCEDEN DE 90 EUROS…¡¡Y UNA AVERÍA DE LA PISCINA!! ¡¡Y POR 1600 EUROS!! Y DICE QUE SUS PERITOS ESTÁN ENCONTRANDO DAÑOS POR VALOR DE ‘¡¡HASTA 4.000 EUROS? ¿ESTÁ LOCO O SOLO QUIERE VER SI ME ASUSTA Y NO LE PIDO LA FIANZA? VA Y DICE QUE EMPRENDERÁ ACCIONES LEGALES EN 7 DÍAS SI NO LE PAGO.

  65. Buenas tardes. Mis inquilinos, tras haber avisado con 3 semanas de antelacion para dejar el piso, acordaron conmigo un día para la devolución de llaves. Ese mismo día avisaron de que no podrían ir y dicen que como ahora viven ven otra ciudad entre yo y les diga si hay algún desperfecto. Les he dicho que legalmente no puedo entrar sin que firmen y tras consultar con un abogado les he propuesto que hagan la entrega de llaves en un notario. Han aceptado, pero sin garantías sobre cuando irán. Aparte quedan varios recibos sin pagar que ya superan la fianza. Si me dan largas, ¿el paso siguiente sería pedir orden de desahucio? ¿puedo reclamar los gastos pendientes?

  66. Y si el inquilino se va antes de terminado el contrato y deja las llaves abajo en recepción. El se va sin pagar el último mes, debe meses de mantenimiento y luz.
    El departamento presenta daños mayores a la garantía. Qué hacer?

  67. Buenas tardes, Eduardo.
    Recibimos el piso con una carta hecha por la inmobiliaria de recisión de contrato pero todo muy rápido debido a que la inquilina no nos había permitido entrar antes. No hemos hablado nada de desperfectos, porque tampoco hemos podido verlos, fue todo muy rápido para que ella pudiera marcharse.

    En el doc. de recisión hay dos cláusulas que hemos firmado este día y que son importantes mencionar:

    QUINTO.- Es obligación del arrendatario entregar el inmueble en buen estado de conservación y perfectamente limpio, quedando a disposición del arrendador la comprobación del mismo.

    NOVENO.- La parte arrendataria manifiesta libremente su voluntad de que la arrendadora disponga de la fianza entregada en su día para darse cobro de los importes de los recibos de suministros pendientes hasta la fecha del día de hoy y de los desperfectos que se encuentren en el piso.
    Una vez satisfechos dichos importes, la parte arrendadora comunicara a la parte arrendataria el importe a devolver por estos conceptos. Esta liquidación se resolverá en todo caso durante los treinta días siguientes a la firma de este documento mediante transferencia en el nº de cuenta.

    De los puntos que te inúmero, cuales puedo quedarme con parte o toda la fianza?
    1. Problemas con la limpieza: baño y cocina muy sucios, he estado limpiando unas 4 horas (q sé no cuentan)y no he podido dejar limpio (he tenido que incluso poner salfuman en el váter), estaba todo negro en el baño (tengo fotos) la cocina no se aprecia, pero estaba pegajosa de aceite. He solicitado limpieza a fondo, y estuvieron el total de otras 7 horas.

    2. En una de las habitaciones me empapeló una pared, y nos dijo que como estaba en perfecto estado ella no lo quitaría, resulta que el nuevo inquilino lo la quiso y hemos tenido que solicitar al pintor que lo quitara. He leído que la pintura después de 4 años es por cuenta del arrendador, pero este trabajo adicional se podría reclamar?

    3. 2 cintas de la persiana casi rota, por uso, pero sin cambiar.

    4. Fregadero de la cocina despegado (faltaba poner silicona) + todo machado (según la persona de la limpieza eso no se puede limpiar alguien ha tirado algo corrosivo para que se quedara sin brillo)

    5. El más importante, tenemos en el comedor una mancha de humedad en el parket que ha hinchado el rodapié y un poco el marco de la puerta de la cocina. Pero no tendremos tiempo de arreglar, ya que tenemos nuevo inquilino que irá a vivir un poco más de una semana después que ella se marchó.

    Muchas gracias,

    1. Hola.

      De los que enumeras puedes descontar el 1,2,4 y 5, son de cuenta del inquilino.

      Un saludo

  68. Buenas tardes Luis,
    Te comento mi problema con mi arrendador: una vez llegado el momento de entrega de las llaves mi casera revisa todo el piso, habitación por habitación, fijándose en todo, quedando ella completamente conforme con el estado del piso sin hacer ni una queja. Por ello me devuelve la fianza. Pasados 15 días reclama una serie de daños con valor estimado por ella sin ningún tipo de factura de 70€(una lampara y alega que una colcha y una manta no estaban en buen estado, pero ese piso lo alquila todos los años a estudiantes). Quiero puntualizar que en ningún momento firmamos el documento de entrega de llaves. Me gustaría saber si ella puede reclamar algo después de haber estado enteremente conforme con el piso y una vez entregada la fianza y de ser así sí le sería muy difícil demostrar esos daños.

    Un saludo y gracias de antemano

  69. Buenas. Muchas gracias por la información que compartís, es muy útil.

    En mi caso, soy la parte arrendataria y necesito pactar un contrato de rescisión de alquiler con el arrendador. Éste me pide un plazo de una semana tras la firma del contrato para poder comprobar si no hay desperfectos en la vivienda, alegando que es legítimo. Sin embargo, toda la información que he encontrado al respecto indica que los daños deben ser valorados en la entrega de llaves y de mutuo acuerdo reflejarlos en el contrato.
    Si no llegamos a un acuerdo sobre el contrato de rescisión, ¿bastaría con que firmaran un recibí las llaves de la vivienda para terminar el contrato de alquiler?

    Un saludo

    1. Hola Sara,

      Efectivamente la visita a la casa para ver los posibles desperfectos tiene que ser por las dos partes y de común acuerdo fijar si existen o no y a quien son imputables.

      En caso contrario puedes llevarte sorpresas a la hora de pedir la fianza.

      Ademas de firmar la entrega de llaves en documento, exige que en el mismo se refleje si existe o no desperfectos.

      Un saludo

  70. Buenas. Gracias por el post. A muchos nos ayuda de primer paso. En mi caso el inquilino a tenido en la planta baja de la casa un jardín de plantas de Maria o a eso huele. Y por lo visto la planta de arriba cerrada. Esta presenta un estado de exceso de humedad. Entiendo por agua y calor que habrá estado dando. El caso es que toda la planta de arriba esta llena de moo. Paredes y techos y puertas y marcos inflados. Se niega a entregar la casa tal como se entregó diciendo que ya estaba asi. Siendo totalmente falso. Por suerte hay fotos de una semana antes y el testimonio de los comerciales de la inmobiliaria. La duda es si no me saldrán por la tangente de que es algo de agente natural por estar cerrada.
    En teoría sea por lo que sea deben entregarla igual no? No han dejado impagos pero la fianza no cubre el estado de rascar todo y pintarlo de nuevo y marcos y puertas. Iremos con notario. Dado que es el segundo intento. En el primero nos negamos a recibir las llaves.
    La duda es si después de gastos y juicios saldrán que es un agente natural. Aunque en 14 años viviendo allí nunca ha pasado.
    Gracias

    1. Buenos días Luis,

      Por supuesto que tiene que dejar la vivienda en el estado en la que se la dejaste.

      En la reclamación judicial de desahucio y falta de pago que has de interponer, cuando se acuerde el desahucio hay qye solicitar en la demanda que el secretario judicial levante acta del estado en la que se encuentra la vivienda, dado que la fianza no va a cubrir los gastos de reparación.

      Dicha acta será la prueba determinante para reclamar los daños y perjuicios ocasionados contra el arrendatario.

      Según los datos que aportar no creo que te lleves ninguna sorpresa.

      Un saludo.

  71. quien tiene que pagar la rotura de una persiana electrica en su normal funcionamiento

    1. Buenas tardes Santiago,

      Entiendo que el arrendador, si el inquilino le ha dado un uso normal y correcto y con el tiempo el mecanismo se ha averiado.

      Un saludo,

  72. Hola Eduardo,
    Lo primero de todo, muchas gracias por tu ayuda!!!
    Quería preguntarte, yo ya hice el desahucio junto con la reclamación de rentas, se produjo el lanzamiento y vi junto con la comisión judicial que tenía bastantes desperfectos la vivienda y que se había llevado la arrendataria también varios muebles de la vivienda. El único mes que me pagó fue el mes de fianza.
    Por tanto, mi duda es: tengo el acta judicial en el que constan los daños encontrados en mi vivienda, ¿cómo les puedo reclamar vía judicial?

    1. Buenas tardes Ana,

      Con el acta judicial tienes que interponer una demanda judicial en reclamación de los daños y perjuicios ocasionados por el inquilino, tan solo habría que tasar el importe de los mismos, pero el responsable y la realidad ya viene acreditada en el acta levantada por el secretario judicial.

      Un saludo

  73. Buenos días,
    Se ha ido el inquilino de mi casa y ha dejado rentas sin pagar y varios desperfectos que superan la fianza que me habia dejado, ¿Cual seria el procedimiento a seguir?.
    Muchas gracias

    1. Hola Ángel.

      tendrías que poner una demanda para reclamar los daños.

      previamente tendrías que contratar un perito que tase esos daños y esa tasación sería la prueba en el juicio.

  74. ¿Cual es el procedimiento a seguir si se conoce que existen daños importantes en la vivienda arrendada y aun queda tiempo (aproximadamente un año) para poder rescindir el contrato de alquiler por parte del arrendador?

    1. Hola José.

      Se suele canalizar por la vía del artículo 27.2d de la LAU, y el proceso apropiado para ello es el juicio ordinario (que no es el más breve, la verdad).

    2. Buenas tardes! Estoy en un si vivir y necesito ayuda, mis padres x motivos de salud tuvieron que hacer de tripas corazón e irse a otro lugar dejando su casa de toda una vida en manos de unos unquilinos Q tras 1 año diciéndonos Q la casa estaba perfecta e incluso habían realizado mejoras pues… Caca pa ellos xq no la ventilation nunca, destrozaron todos los enseres de mis padres, muuuuy sucia y me ha costado arreglarla más de la fianza. La inmobiliaria no veo Q haga nada y me reclaman la fianza yo alucino con la cara Q se gasta la gente. Q debo hacer? Tengo fotos de todo el antes y el después pero me preocupa denunciarlos xq sería un gran disgusto para mis padres Q son mayores el verse en un juicio o cosa así, además de Q la economía para pagar un abogado la veo difícil. Muchas gracias

      1. Mira si son económicamente solventes y hay pruebas demostrables y dales con todas las de la ley.
        Un saludo.

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