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Ruido y vecinos ¿Cómo reclamar?

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imageEs el del ruido uno de los problemas que más frecuentemente se plantean entre vecinos, sobre todo cuando se produce en horas de descanso.

Ante el ruido de un vecino el sentido común nos llevará a dos situaciones: localiza de qué vivienda procede el ruido y si es posible utiliza el diálogo como forma de arreglar el problema. Si el problema persiste tendremos que seguir los pasos que nuestras leyes establecen sobre este tema. En concreto, el artículo 6 de la Ley de Propiedad Horizontal establece que para regular los detalles de la convivencia vecinal…el conjunto de propietarios podrá fijar normas de regimen interior. Así pues, ya tenemos una cosa clara, y es que tendremos que saber si el tema del ruido ha sido regulado o no por las normas de régimen interior y, en caso afirmativo, ver qué dicen estas normas.

Si las normas de régimen interior no dicen nada sobre este tema no pasa nada, pues el artículo 7 de la Ley de Propiedad Horizontal se encarga de recoger los pasos a seguir en el caso de que el propietario u ocupante de un piso o local desarrolle actividades prohibidas en las normas de regimen interior (en los Estatutos) que resulten dañosas para la finca o que contravengan leyes y normas sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas e ilícias (entre las que se encuentra, como no, el ruido).

Entrando en materia, cuando nos encontramos con el problema del ruido, el presidente de la comunidad pedirá al autor del ruido que deje de hacerlo o que si no se iniciarán acciones judiciales contra él. Si el infractor persiste en su conducta el presidente, autorizado por la Junta de Propietarios, podrá pedir judicialmente (a través de juicio ordinario) que deje dehacer ruido.

Tras presentar la demanda, el juez podrá determinar que el autor deje de hacer ruido provisionalmente dado que el juicio tardará un tiempo en celebrarse. Se trata de una medida provisional hasta que dicte su sentencia definitiva.

En la sentencia el juez podrá establecer, además del cese el ruido y de cuál es la indemnizacion que el autor del ruido debe pagar al que lo padece, que se prive al autor del ruido a usar la vivienda por tiempo no superior a tres años. Si el infractor no fuese el propietario, la sentencia podrá determinar que esa persona salga de esa vivienda para siempre.

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4 comentarios en “Ruido y vecinos ¿Cómo reclamar?

  1. Hola.
    Vivo en un apartamento en houston y mis vecinos hacen mucho ruido, todos los dias arrastran muebles y el ruido es insoportable, ya puse la queja con la manager de los apartamentos y ella dice que no puede hacer nada. Ayudenme por favor porque no se de que manera arreglarlo.

    1. Hola Dulce.
      Lamento no poder ayudarte. Desconozco por completo la legislación de tu Estado/ciudad, aunque se me ocurre que llames a la policía cuando estén haciendo ruido y quizás ellos te puedan asesorar.

      Saludos y suerte.

  2. Buenos dias
    Tengo problemas de ruido con la casa adosada a la mia
    El dueno de esta casa la alquila a una persona que la realquila de manera vacacional
    Ya he probado de arreglar este problema con el dialogo con el dueno y la persona que realquila la casa, sin suceso.
    Queria saber si en este caso, como la persona que me molesta cambia muy a menudo, si la ley de propriedad horizontal se aplica de la misma forma que si la persona vive al ano
    Muchisimas gracias por vuestra ayuda
    Me quedo a vuestra disposicion por cualquier duda
    Sebastien 647 900 522 tarifa, cadiz

    1. Hola Sebastien.
      En primer lugar disculpa por la demora. Efectivamente, la Ley de Propiedad Horizontal no distingue si el vecino ruidoso vive más o menos tiempo en la vivienda.
      Saludos.

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