Blog

Todo sobre arrendamientos y desahucios

Mi inquilino no paga el agua

Mi inquilino no paga el agua

Publicado el

En los casos en que el inquilino no paga el agua, estando obligado a ello por el contrato o la ley, el arrendador (propietario) podrá reclamar esa deuda e, incluso, pedir el desahucio o desalojo de su arrendatario.

En este post me voy a centrar en la situación que se produce cuando el inquilino no paga el agua, siendo el titular del contrato de suministro el arrendador (propietario), pues en caso de que sea el propio inquilino el titular del contrato de suministro, entonces el impago tiene consecuencias pero sobre todo para él (para el propio inquilino).

Así, analizaré el caso de impago de agua partiendo de dos premisas:

  1. El titular del contrato de suministro es el arrendador: en este caso el arrendador tendrá que seguir pagando a la empresa suministradora los recibos de agua que se generen.
  2. El obligado al pago de los recibos que lleguen por suministro de agua es el inquilino: estaremos en esta situación cuando la ley de arrendamientos urbanos o el propio contrato sean los que digan que el obligado al pago es el inquilino. En este caso el inquilino hará el pago domiciliando en su cuenta bancaria los recibos de agua que le cargue la empresa suministradora (o acudiendo a ventanilla y pagando in situ), o bien pagando al arrendador el importe que aparezca en las facturas que éste le presente).

El inquilino no paga el agua al arrendador

Si el inquilino no está asumiendo el pago de los recibos de agua (y el titular del contrato de suministro es el arrendador), entonces el arrendador tendrá las siguientes vías:

Fase previa a la vía judicial

Consiste en un intento de arreglar el problema sin tener que acudir a los tribunales.

En materia de deudas (como en este caso) yo siempre recomiendo usar la oferta vinculante confidencial (OVC).

La propuesta que generalmente hago a los inquilinos es darles un plazo de pago de 35 días.

Si en ese plazo pagan, asunto solucionado. Ya no será necesario presentar la demanda de desahucio.

Pero si en ese plazo de 35 días no pagan, entonces se podrá presentar la demanda de desahucio por impago.

Demanda de desahucio por impago de agua

La demanda de desahucio es la segunda y definitiva fase.

Hay que poner la demanda cuando la primera fase no ha dado resultado.

Se trata de una demanda de desahucio express, es decir, una demanda similar a la demanda de desahucio por impago de rentas (ya que los suministros se consideran cantidades asimiladas a renta). Lo que pasa que en este caso se pide al juez que dé por terminado el contrato por el impago de suministros.

Si todo va bien para el propietario, el tribunal dará por terminado el contrato de arrendamiento y condenará al inquilino a devolver la vivienda (o a ser desahuciado si no lo hace), y a pagar la deuda y las costas.

Fase previa a la demanda

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

2 comentarios en “Mi inquilino no paga el agua

    1. Debe pagarlo el inquilino, pero quizás te salga más caro perseguirlo. Siempre podrás cobrártelo de la fianza.

Nuestros servicios

  • Gestionamos desde el punto de vista legal el desahucio de un inquilino en vivienda de alquiler
    Desahucio express