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Desahucio por impago de alquiler del inquilino en REUS

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Hace unas semanas actué como abogado de desahucio por impago de alquiler del inquilino en Reus. La demanda se puso cuando la deuda aún era pequeña, por lo que el daño económico no fue excesivo (dentro de lo que cabe).

Pues si. Hace unas semanas estuve en Reus, ciudad en la que se encuentran los juzgados en donde se tramitan los desahucios de viviendas que se encuentran en Cambrils, como ocurrió en este caso.

Como en casi todos los desahucios, el inquilino no pagaba la renta.

Ya sabes, si has pasado alguna vez por mi blog, que mi única especialidad son los procesos de desahucio por impago de alquiler.

La demanda de desahucio en Reus

En esta ocasión la propietaria reaccionó bastante rápido. Apenas un mes de impago (y parte de otro mes) y se puso en contacto conmigo.

La situación era prácticamente como en todas las demandas que llevo, es decir, había un contrato de arrendamiento por escrito y todo estaba correcto.

Así que no había mucho que pensar.

Interpuse la demanda de desahucio el mismo día en que mi cliente contactó conmigo.

La deuda era, entre rentas y suministros, de unos 1.500 euros.

El Decreto de admisión

Un mes y medio después de presentar la demanda el juzgado emite el Decreto de admisión.

El Decreto de admisión es un documento emitido por el juzgado en el que ya vienen las fechas de juicio y de desahucio.

Sólo habrá juicio si el inquilino se opone a la demanda. Y si no se opone pues no habrá juicio (y te dan directamente la razón sin pasar por el juicio).

El inquilino se opuso a la demanda

Cuando el inquilino recibe la demanda de desahucio en su domicilio, dispone 10 días hábiles para oponerse (por escrito) a la demanda. O bien puede no oponerse.

Si se opone a la demanda, entonces habrá juicio, que es lo que ocurrió en este caso.

Y si no se opone a la demanda entonces no habrá juicio, con lo que el proceso de desahucio no se alarga tanto. Siempre es preferible esta última opción.

El juicio

En esta ocasión el inquilino si que se opuso a la demanda, así que tocaba ir a Reus a celebrar el juicio.

El escrito de oposición a la demanda se basaba, principalmente, en que el inquilino decía que había dejado de pagar la renta porque había humedades en la vivienda que no fueron reparadas por la propietaria.

En el escrito de oposición presentado por el inquilino no se aportaba prueba alguna de dichas humedades, y en el juicio tampoco.

Ello indicaba, a las claras, que fue una invención del inquilino solo para ganar tiempo (y es que, como te he comentado antes, si hay juicio el proceso se retrasa algo más).

Juzgados de Reus, Avda. María Fortuny, 73

Aunque la vivienda esté en Cambrils, el proceso se lleva desde los juzgados de Reus.

Sentencia

Una vez que se celebra el juicio, lo siguiente es que el juzgado emita la correspondiente Sentencia.

Esto puede tardar entre un par de semanas y un par de meses (dependiendo del volumen de trabajo del juzgado).

La Sentencia nos dió íntegramente la razón, por lo que el inquilino fue condenado a pagar la deuda (hasta el día del desahucio).

También fue condenado a ser desahuciado, y a pagar las costas del proceso.

Ya solo quedaba que se produjera el desahucio.

Lanzamiento

El lanzamiento o desahucio se produjo sin incidencias, ya que cuando llegó el día el inquilino ya no estaba en la vivienda.

Había desalojado la casa varios días antes, según comentaron unos vecinos.

La vivienda estaba en bastante buen estado, lo que es una suerte para la propietaria dado que no suele ser lo más frecuente.

Echar a un inquilino moroso que no paga la renta en Reus

Como en todos los casos de desahucio por impago de rentas de alquiler, puse la demanda amparado por el motivo de «impago de rentas» recogido en el artículo 27 de la LAU.

La recompensa

En esta ocasión no pude disfrutar de Reus como me habría gustado, por las prisas. Pero prometo hacerlo en mi próxima visita.

Y tu… ¿Tienes problemas de desahucio por impago de alquiler del inquilino en Reus?.

Desahucio express

4 comentarios en “Desahucio por impago de alquiler del inquilino en REUS

  1. Que pasa si el propietario es el que estafa al inquilino/comprador,engañandole con una vivienda construida ilegalmente sin permisos y el propietario ademas de engañar a la otra parte,pretende que ésta legalice la vivienda pagando lo que es su obligacion y después de descubrir el engaño y reclamar via burofax el dinero invertido por el engaño,lo que pretende el propietario es que le sigan pagando y encima deshauciar a la persona a la que ha estafado.

    1. Hola Irene.

      Del mismo modo que cuando el inquilino deja de pagar, el propietario tiene que acudir a los juzgados para pedir el desahucio, cuando hay una presunta estafa es el inquilino/comprador quien debe acudir a los juzgados para que el juez resuelva.

  2. asunto : piso alquilado por habitaciones, se han marchado dejando ropa personal en las dos habitaciones y se han llevado la llave
    no puedo disponer del piso –
    octavio vila
    619217077

    1. Buenas tardes Octavio.

      Dado que el inquilino no te ha dicho que se marcha, no debe darse por hecho que se ha marchado, por lo que no debes entrar en la habitación.

      Si quieres mándame el contrato de arrendamiento a info@abogadosparatodos.net y le echo un vistazo.

      Saludos.

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