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Demanda de desahucio (arbitral) por fin de contrato en Madrid

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Hoy es 4 de octubre de 2023 y he puesto una demanda de desahucio express en Madrid.

Se trata de una demanda arbitral que no se puede poner ante los juzgados ordinarios, sino que hay que ponerla ante una institución arbitral, dado que las partes decidieron (en el contrato) somerter sus controversias a arbitraje.

Por tanto, la demanda hay que ponerla ante la institución arbitral y esperar hasta que el árbitro dicte un Laudo.

Este proceso normalmente es bastante más rápido que los procesos de desahucio ante los juzgados ordinarios. Y se regula bajo las normas de la ley de arbitraje.

Pero luego está la segunda parte, y es que cuando el árbitro dicte el Laudo condenando al inquilino a desalojar la vivienda, si no se va (que es lo más frecuente) hay que poner otra demanda, esta vez sí, ante los juzgados ordinarios. Esta segunda demanda es para ejecutar lo que ha dictado el árbitro en su Laudo.

La demanda no es por impago de rentas, sino que es una demanda por finalización del contrato de arrendamiento.

El contrato venció hace varios años y con posterioridad las partes han ido firmando varias prórrogas de un año.

Hace unos meses el propietario mandó un burofax anunciando que no quería prorrogar de nuevo el contrato de arrendamiento tras el 30 de septiembre, y los inquilinos no se han marchado, por lo que ha habido que poner la demanda de desahucio.

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