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Quién paga la tasa de basura en el alquiler. Inquilino o propietario

Quién paga la tasa de recogida de basura en el alquiler. Inquilino o propietario

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Los municipios prestan a los ciudadanos determinados servicios y los ciudadanos pagan, vía tasa, a los Ayuntamientos.

La Ley 7/2022, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, introduce un elemento importante: todos los municipios deben financiar la gestión de residuos mediante una tasa o prestación equivalente, ajustada al “coste real” del servicio.

Esto quiere decir que los ayuntamientos deben emitir una «tasa de basura».

La mayoría de ayuntamientos recogen en sus ordenanzas municipales que el sujeto pasivo del servicio es quien recibe el servicio. Y en una vivienda alquilada, quien recibe el servicio es el inquilino, que es quien genera la basura que el ayuntamiento recoge.

Por tanto, es el inquilino quien debería pagar la tasa de basuras.

Sin embargo, dada la dificultad para que el ayuntamiento sepa quién es el inquilino, cuál es su cuenta para cargarle el recibo, etc., resulta mucho más sencillo cargarle el recibo al propietario.

Por tanto, aunque en teoría el responsable del pago de la tasa de basuras es el inquilino, en la práctica el recibo se carga en la cuenta del propietario.

El propietario puede cobrar la tasa al inquilino

Aunque sea el propietario quien habitualmente va a pagar la tasa al ayuntamiento, el artículo 20.1 de la ley de arrendamientos urbanos (LAU) le permite repercutir esa tasa al inquilino.

Para que el propietario pueda exigirle al inquilino el pago de la tasa, debe constar en el contrato de arrendamiento una cláusula que diga eso, es decir, que diga que el inquilino debe pagar la tasa de basura al propietario.

Si esa cláusula no aparece en el contrato, el propietario pierde el derecho a reclamar al inquilino la tasa pues, aunque la obligación de pago sea del inquilino (según hemos visto), el propietario renuncia a la reclamación por no haber puesto la cláusula en el contrato.

¿Es necesario que aparezca en el contrato el coste anual de la basura?

Hasta noviembre de 2025 era práctica frecuente en los tribunales que para que el inquilino estuviera obligado a pagar la tasa de basura, no solo debía haber una cláusula en el contrato que dijera que el inquilino debe pagarle al propietario el importe de la tasa de basura sino que, además, debía constar en esa cláusula el importe anual de ese servicio (en aplicación del artículo 20.1 LAU).

Es decir, debía constar a cuánto ascendió (en cómputo anual) el servicio de recogida de basura en el año que se hizo el contrato. Si esto no venía en el contrato, el inquilino no estaba obligado a pagarle al propietario la tasa.

Sin embargo, el Tribunal Supremo ha aclarado esta cuestión en diciembre de 2025, mediante la STS 1637/2025 que establece que no es necesario que aparezca en el contrato el cómputo anual de la tasa.

Por tanto, para que el inquilino tenga que pagar la tasa, basta con que haya en el contrato una cláusula que diga que el inquilino debe pagar al propietario la tasa de basura (y ya no hace falta que aparezca el cómputo anual).

Esto es así solo para los casos en que el recibo vaya dirigido a una vivienda en particular (cosa que ocurre casi siempre).

Si el recibo no viene individualizado a esa vivienda (sino que viene, por ejemplo, a nombre de la comunidad de propietarios y hay que prorratear el importe para cada piso), entonces sí que tendría que venir el cómputo anual en el contrato, en aplicación estricta del artículo 20.1 LAU).

Si necesitas un modelo de contrato de arrendamiento de vivienda actualizado, puedes descargar y usar libremente el mío.

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58 comentarios en “Quién paga la tasa de recogida de basura en el alquiler. Inquilino o propietario

  1. Hola a partir de cuándo entra en vigor el pago de la tasa de basuras por parte del inquilino ? porque me han pasado el recibo del segundo semestre del 2025 y se lo he pagado pero pienso que si la ley ha entrado en vigor este año yo debería de pagar el primer y el segundo semestre del 2026 porque hasta ahora ha estado pagando el dueño del piso.

  2. He tenido una vivienda alquilada durante 18 meses y en el contrato de alquiler no se especificó nada en relación a la tasa d basuras. El contrato ya ha sido rescindido. Mi pregunta es si ahora me pueden exigir la devolución del importe de la tasa de basura al no haber estado especificada en el contrato. Gracias

  3. Buenas tardes,

    Según lo establecido en mi contrato de arrendamiento, firmado en 2023, el pago de la tasa de residuos correspondía al propietario de la vivienda.

    He dejado el piso a finales de noviembre y, tras la devolución de la fianza, me han retenido 100 € en concepto de dicha tasa. Entiendo que independientemente de posibles cambios posteriores en la normativa, las condiciones pactadas en el contrato firmado siguen siendo las que rigen la relación arrendaticia durante su vigencia. Es así?

  4. a fecha de hoy el propietario me pone en el contrato que la tasa de basuras debo pagarla yo pero no pone el importe.
    despues de leer la ley 7/2022 me queda claro que lo deja por escrito bien agarrado y me tocaría esa carga…pero….he leído que no es lo mismo si esa tasa de basuras va a nombre de la comunidad o a la del propietario que parece ser que si va a nombre de la comunidad debe especificar en el contrato la CANTIDAD ANUAL.
    entendí bien???

  5. Hola buenos días.
    Me llamo Yolanda y soy inquilina de una vivienda situada en Madrid capital.
    En mi contrato de alquiler consta que yo soy quién paga la tasa de basura, sin especificar el importe. El Ayuntamiento de Madrid, le ha pasado el recibo de la tasa de basura a la empresa inmobiliaria y esta a mí. En resumen yo he pagado la tasa de basura y la duda que me surge es a quién le corresponde reclamar el importe de la tasa, a la empresa inmobiliaria o a mí.
    Gracias.

  6. Buenos Días, soy propietario de un local comercial en alquiler. Y en contrato tengo especificado que las basuras las pagan los inquilinos. Hasta aquí todo bien. Pero resulta que no se paga una sola tasa de basuras, si no tantas tasas de basura como altas de actividad existan en ese local. Por lo tanto como las inquilinas son varias profesionales, cada una de ellas paga su tasa. Pero resulta que una inquilina anterior sigue dada de alta en hacienda y por tanto también me viene otro pago de basuras de ella que ya no está oficialmente en el local. Cómo puedo resolver este tema para no pagar la tasa de basura? Muchas Gracias

  7. Como cobro la tasa de basuras al inquilino?
    Yo les he hecho llegar la carta de pago del ayuntamiento para que hagan el pago, pero me responden que su gestor dice que tengo que incluirla en el recibo mensual, aunque eso haria que tuviera que aplicar IVA, y supondria un mayor ingreso ficticio a la hora de mi declaracion IRPF. Saludos

  8. LLevo 21 años pagando TASA DE BASURAS POR VADO PERMANENTE además de la basura domiciliaria. Ayuntamiento de Langreo. Asturias. Curiosamente el importe de este tributo, siempre el importe de cada vado ha sido aproximadamente el triple del importe pagado por los residuos que generalmente genero en mi domicilio. Tengo dos vados municipales, pago 3 recibos (3+3+1) de los que solamente uno, son realmente residuos.
    He buscado en las leyes en vigor y nunca he conseguido encontrar una justificación para este atropello. De hecho, he intentado encontrar por internet más ayuntamientos con esta Tasa y no aparece ninguno. El sistema tributario local de España actualmente regulado en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo no define este tributo que yo sepa.
    Debo suponer que es un impuesto legal, y aunque la oposición prometió su derogación, el caso es que llegados a buen puerto en la siguiente legislatura, las promesas se olvidaron y aquí seguimos 21 años después.
    Es legal?

  9. Hola, tengo contrato desde enero de 2018, nunca he pagado la tasa de basura, la ha pagado el arrendador, la única cláusula que habla de gastos dice lo siguiente:
    NOVENA.- Será de cuenta del ARRENDADOR todos los importes que resulten de los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, cargas y responsabilidades en función de la cuota que tiene asignada la vivienda objeto de arriendo.
    Los gastos de suministro que resulten de la individualización por medio de contadores serán de cuenta del arrendatario. A destacar los suministros de agua, electricidad y gas que serán de cuenta y cargo del ARRENDATARIO, previo cambio de domiciliación de todos estos servicios, y que deberán estar al corriente de pago a la finalización del contrato.
    Y ahora me reclama la tasa de basura de este año, quiero saber quien debe pagarla, gracias.

  10. Hola, en el contrato de alquiler( que data del 2018), no figura precio de la tasa de basuras, porqué el ayuntamiento no la cobraba, ha empezado a cobrar el pasado 2024. ¿Puede el propietario repercutirla al inquilino sin estar reflejado en contrato y sin que este supiera la cuantía? . Gracias

  11. después de 6-7 años de alquiler el propietario del piso se da cuenta que nunca nos ha cobrado la tasa de basuras?
    (nosotros tampoco estabamos al tanto de que esa cláusula estaba en el contrato, diciendo que pago de basuras está a cargo del inquilino, es decir que ninguna de las partes estaba al tanto de esa cláusula)
    puede el propietario cobrar retroactivamente?
    hay algún tipo de prescripción?

  12. Hola!,

    Me hace gracias que en este artículo que comente que debe aparecer el importe anual de las basuras y en los contratos base que hay en vuestra página web no aparezca por defecto poner el importe, cuando la tasa de basuras debe pagarla el arrendatario.

    En mi caso, aparece igual que en «Contrato de arrendamiento de vivienda (actualizado 2019)», mi contrato es del 2018, pero no se especifica el importe anual de la tasa de basuras. Creo que la clausula no tiene lugar a dudas y el inquilino lo tienen que pagar desconociendo el importe.

    Saludos

    1. Hola Marcos,

      Lamentamos las molestias. El importe debe ponerse para prevenir al arrendatario de la cuantía que se suele pagar; pues como sabrá estas tasas suelen variar dependiendo de la localización.

      Un saludo.

  13. Buenos días,
    Me acaba de finalizar el contrato de alquiler tras 8 años. Ahora el propietario me reclama los 8 años de la tasa de basura, cuando nunca me ha requerido de pago ni me ha ido informando del importe anualmente, aunque si estaba estipulado en el contrato. ¿Puede reclamármelo con efectos retroactivos y hasta cuanto tiempo atrás? Mil gracias

    1. Hola Lucía,

      Para que el pacto que aparece en el contrato tenga validez es necesario que se hubiese estipulado el importe del año en se firmó en contrato de arrendamiento.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  14. Buenos días,
    Me acaba de finalizar el contrato de alquiler tras 8 años. Ahora el propietario me reclama los 8 años de la tasa de basura, cuando nunca me ha requerido de pago ni me ha ido informando del importe anualmente, aunque si estaba estipulado en el contrato. ¿Puede reclamármelo con efectos retroactivos y hasta cuanto tiempo atrás? Mil gracias

    1. Hola Carlota,

      Para que tenga validez dicho pacto debe constar en la cláusula cuál es el precio de la tasa de basura del años en que se firmó el contrato.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  15. Hola yo he alquilado un local y la antigua propietaria me quiere cobrar de las basuras desde junio hasta diciembre eso es legal o yo solo le tengo que pagar el mes de noviembre y diciembre que es cuando lo he cogido gracias

    1. Hola Vanesa,

      Usted solo debe pagar la parte proporcional de ese impuesto, es decir, la cantidad correspondiente desde que usted es inquilina.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

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