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Todo sobre arrendamientos y desahucios

Reclamación por incumplimiento del contrato de alquiler

La reclamación por incumplimiento del contrato de alquiler o arrendamiento nace, tanto para el arrendador de vivienda o local como para el inquilino o arrendatario, del artículo 1124 del código civil y se concreta en los artículos 27 y 35 de la ley de arrendamientos urbanos.

El contrato de arrendamiento es un vínculo que genera obligaciones tanto para el inquilino o arrendatario como para el arrendador, es decir, genera obligaciones recíprocas.

La principal obligación del inquilino es el pago de la renta y la principal obligación del arrendador es ceder la posesión de la vivienda al inquilino y mantenerla en condiciones de habitabilidad. Sin embargo, en el contrato de arrendamiento existen otras muchas obligaciones, aunque las mencionadas son las que mayor número de reclamaciones generan.

Por lo tanto cualquiera de las dos partes del contrato puede incurrir en un incumplimiento del contrato o, lo que es lo mismo, cualquiera de las dos partes del contrato puede verse en la necesidad de realizar una reclamación a la otra parte por incumplimiento del contrato de alquiler.

La ley de arrendamientos urbanos (LAU) es la que se ocupa de regular todo lo relativo al contrato de arrendamiento, y su artículo 27 se encarga de regular qué sucede cuando existen incumplimientos del contrato.

Normas generales relativas a incumplimientos

El artículo 27.1 LAU indica que si alguna de las partes del contrato de arrendamiento incumple lo acordado en el contrato, podrá la otra parte optar por las siguientes posibilidades, en base al artículo 1124 del Código Civil:

  • Exigir que se cumpla la obligación incumplida
  • Solicitar la finalización del contrato de arrendamiento.

Lo que establece el artículo 1124 del Código Civil y que por tanto podrá hacer la parte que si ha cumplido sus obligaciones es exigir una u otra solución, a su elección, y además con reclamación de los daños sufridos y de intereses.

Indica además el artículo 1124 que podrá optar quien cumplió por exigir inicialmente la resolución del contrato si resulta imposible hacer cumplir la obligación incumplida.

Por norma general, en materia de arrendamientos urbanos, los procedimientos judiciales a los que habrá que acudir son los siguientes:

  • Resolución del contrato de arrendamiento: el juicio verbal es el indicado para pedir la resolución del contrato de arrendamiento y, en su caso, el desalojo forzoso del inquilino.
  • Reclamaciones económicas: las reclamaciones de rentas de alquiler y de otras cantidades asimiladas a renta se pueden reclamar por lo general a través del llamado procedimiento monitorio y a través del procedimiento verbal.
  • Resto de reclamaciones: para otras reclamaciones el procedimiento que debe operar para exigir el cumplimiento de la obligación es el procedimiento ordinario.

Resolución del contrato por incumplimiento del inquilino

El artículo 27.2 LAU establece una serie de motivos por los que el arrendador puede solicitar la resolución o finalización del contrato de arrendamiento. Tales motivos son los siguientes:

  • No pagar la renta o las cantidades a las que se hubiera comprometido el inquilino por contrato o le correspondan por ley.
  • La falta de pago de la fianza o la falta de actualización de la misma.
  • El subarriendo o la cesión inconsentidos.
  • La realización de daños causados dolosamente en la finca o de obras no permitidas por el arrendador cuando el consentimiento de éste sea necesario.
  • Cuando en la vivienda tengan lugar actividades molestas, nocivas, insalubres, peligrosas o ilícitas.
  • Cuando la vivienda deje de estar destinada de forma primordial a satisfacer la necesidad permanente de vivienda del arrendatario o de la persona o personas que la vinieren ocupando.

Resolución del contrato por incumplimiento del arrendador

Por su parte, el artículo 27.3 LAU permite al inquilino solicitar la finalización del contrato de arrendamiento si acontecen los siguientes hechos por parte del arrendador:

  • La falta de realización por parte del arrendador de las reparaciones a las que viene obligado por mandato del artículo 21 LAU.
  • Las realización del actividades tales por parte del arrendador que lleguen a perturbar al inquilino en su utilización de la vivienda.

Si deseas más información en materia de resolución del contrato y desahucio del inquilino, te invito a echar un vistazo a mi artículo Motivos para desahucio del inquilino.

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No olvides que en nuestra sección Archivo Documental encontrarás multitud de contratos y modelos listos para que los utilices.

263 comentarios en “Reclamación por incumplimiento del contrato de alquiler

  1. Mis inquilinos se negaron a pagar el IBI que estaba estipulado en el contrato.
    Tras reclamarlo siguieron negándose a pagar lo que era un claro incumplimiento del contrato.
    Habían pagado la anualidad por adelantado pero, en el contrato había una cláusula que les permitía irse a los seis meses pero, debiendo notificar con 30 días de antelación, cosa que tampoco hicieron
    Ahora me ha demandado el cónyuge y me reclama los otros seis meses más la fianza menos la parte proporcional del IBI.
    Además creo que tenía un perro, lo cual era también causa de rescisión del contrato.
    ¿Cree que debo devolverles las mensualidades que me reclaman y la fianza? (yo todavía no he podido ir a ver la vivienda pero, sí mi amigo que me hizo fotos y además no me han entregado nada más que una llave de las dos que se entregaron.

    1. Hola José María.

      No puedo ayudarte porque en estos momentos solo estoy tramitando desahucios.

      No obstante, la fianza es para restituir daños e incumplimientos. Si hay daños o incumplimientos (como el incumplimiento de los 30 días de preaviso que no han hecho? Te puedes quedar con la parte de fianza que corresponda (incluso entera si es el caso).

      Ahora bien, las rentas de los meses no disfrutados tienes que devolverlas.

      Saludos.

  2. Muy buen profesional. Le agradezco su aportación para los arrendatarios hacernos una idea de las acciones a seguir. Gracias.

  3. Hola buenas tardes,
    Mi pareja y yo firmamos un contrato de alquiler en un piso el 8 de julio. En el contrato pone que el piso se encuentra en buenas condiciones y con aire acondicionado que funciona.
    Ese mismo día cuando nos dieron las llaves fuimos al piso y no habia mando del aire acondicionado, por lo que no pudimos comprobar si funcionaba. Además el propietario tenía alli muchas pertenencias que todavía no se había llevado.
    También nos dimos cuenta de que la puerta de la habitación principal no cierra, porque por la parte interior no tiene marco y además la manivela no funciona.
    Tras varias historias de por medio, finalmente el aire no funciona y la puerta no cierra. Se lo dijimos al propietario y nos dijo que el aire habían ido a arreglarlo y que como era un aparato viejo eso era todo lo que funcionaba (tira un poco de aire, pero ni frío ni caliente) y que la puerta es así, que cuando lo alquilamos ya lo sabíamos y si queremos arreglarlo correrá por nuestra cuenta.
    Tomamos la decisión de comunicárselo a la inmobiliaria y rescindir el contrato, entendiendo que es incumplimiento de contrato.
    Ahora el propietario dice que en 3 días habrá un aire acondicionado nuevo, y que se llevará sus pertenencias (que siguen allí) pero nada de la puerta, y que si rescindimos exigirá 1 año de indemnización.
    ¿Qué podemos hacer? ¿Es esto incumplimiento de contrato por parte del arrendador? ¿Podemos rescindir el contrato aunque cambie el aire acondicionado? ¿Podríais aclararme estas dudas? Muchas gracias!

    1. Hola Carla,

      Si cuando vieron el piso la perta estaba en estas condiciones y lo aceptaron así no tendría porque arreglarlo. Otra cosa sería si en el contrato se especificó que se procedería al arreglo de la puerta, o que esta avería no le permitiera utilizar la vivienda para el fin que se tenía convenido; es estos casos podría rescindir el contrato.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  4. Buenos dias,mi casero no quiere devolvernos la fianza y nos obliga a pagar un recibo de luz con el alta del contador incluido en el precio,que no nos corresponde,además dice que no hemos respetado el año de contrato,nosotros alquilamos un 3 con ascensor,llevamos 3 meses y ya an rechazado el contrato de alta del ascensor,con lo cual no disponemos de el,es motivo de rescision de contrato por mi parte?gracias

    1. Hola Jesús,

      Si se ha marchado antes del tercer mes estaría en incumplimiento del contrato. SI bien en cuando a la rescisión, esto seria así si el ascensor se viese reflejado en el contrato de arrendamiento o que en caso de o poder utilizarlo no pudiera desarrollar en la vivienda el fin con la que usted la alquilo.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  5. Buenos días,
    Ante un contrato de arrendamiento con opción a compra y arras, celebrado hace 8 meses, si encontramos problemas serios de humedades, ¿como debemos proceder?
    Quisiera obtener el dinero entregado y cambiar de vivienda. El propietario huye de mis avisos por whatsapp (Ahora no puedo atenderme y similares).
    Muchas gracias.

    1. Hola Marta,

      El primer paso sería enviarlo un burofax donde solicitara reparar las averías. Si transcurre el tiempo y este no procede al arreglo usted podrá dar por finalizado el contrato de arrendamiento por incumplimiento del arrendador.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  6. Hola buenas tardes yo alquiler un piso en septiembre de 2018 en noviembre ya se presentaron problemas con humedad y cada 2 meses me llega una factura de luz de 200 200 y pico euros le he reclamado a la señora desde noviembre la humedad y hasta hoy en día no ha hecho nada para solucionarlo cae agua por el bombillo de la cocina ahora que faltan 2 meses para finalizar el contrato que era un contrato de un año prorrogable a cuatro no quiere hacerme el contrato porque le doy muchos problemas aparentemente deja de pagarle estos dos últimos meses le puse una denuncia porque no me arreglado el problema de las humedades y simplemente cambio los contadores que eran antiguos ahora unos digitales nuevos me mandó un aviso mediante un abogado en el cual me da 7 días para pagar si no pone una orden de desahucio qué pasa en este caso tengo el derecho del no pagarle y esperar a un juicio y que lo ordene un juez o cuál creen que es el procedimiento en este caso y quién puede llegar a tener razón?

    1. Hola Gabriel,

      No le aconsejaría no pagar, pues si lo hace está dando motivos para proceder a la resolución del contrato. Si no llegan a un acuerdo, lo mejor que puede hacer es acudir a la vía judicial.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  7. Hola. Estoy con un poco de nervios. Alquile un piso por medio de una Finca. Es un contrato de 3 años. Actualmente llevo viviendo en el piso 1 año y medio. Se a presentado el dueño del piso para decirme que en 3 meses necesita el piso . Con el motivo de que lo va a vender. Me pongo en contacto con la finca, no saben nada. Y el propietario les dice que me ha mentido, que la causa es que que se ha quedado sin trabajo y que quieren disponer del piso . Pero suena un poco raro por que me ha dicho la finca es que lo que quiere es volver alquilar el piso pero más. caro. Me han dicho que podemos llegar a un acuerdo subiendo me 100 euros más y con un contrato nuevo. Que debo hacer ?

    1. Hola Adriana,

      Si le propone llegar a un trato es que no necesita la vivienda, o por lo menos eso parece de sus actos. Si bien, tiene derecho a ejercer la acción de necesidad de vivienda. Pero informarle que si demuestra que el propietario en los siguientes tres meses a usted abandonar la vivienda no la utiliza como vivienda habitual tendrá derecho a una indemnización, incluso a que vuelva a ser repuesto el contrato de arrendamiento.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  8. 1ª-Buenas mi nombre es ana y mi caso es que el arrendador me engaño para que firmara un contrato con el cual no estaba de acuerdo ..bajo la promesa verbal que se redactará uno nuevo..
    2ª-la clausula que dice que se hace entrega del local y sus componentes todo en buen estado y uso..falso tuve que repara comprar e instalar casi todos los electrodomésticos y cableado etc..
    quien me puede asesorar ?? donde denuncio??

    1. buenas soy ana de nuevo se me olvido decir que es un local comercial ..lo que tengo alquilado y soy la inquilina..

      gracias

      1. Hola Ana,

        Al solo quedarse plasmada verbalmente por esa vía será difícil demostrarlo. Si bien, puede pedir que el propietario haga las reparaciones oportunas, si estas son graves para no poder utilizar el local para el fin que se pretendía.

        Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  9. Buenos días, firme un contrato de alquiler hace un mes ,el problema es que la inmobiliaria con la que firme era conocedora de algunos desperfectos que habían en la vivienda y se comprometió a hacer que el dueño hiciera las reparaciones.y a día de hoy no las han hecho, les he llamado ya varias veces y no hay manera de que envíen a nadie.mi pregunta es si puedo rescindir el contrato y si tengo derecho a la devolución de lo aportado incluido la inmobiliaria, ya que ellos eran conocedores.muchas gracias un saludo.

    1. Hola Mar,

      Para poder rescindir el contrato sin ningún tipo de consecuencias, la obligación de hacer estas reparaciones debe haber sido recogida en el contrato. Si no será su playa contra la de ellos.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  10. Por favor ayúdeme!
    Vivo con mis tres hijos en un piso de alquiler propiedad del ayuntamiento.pago muy poco al mes no debo ninguna mensualidad ni nada.algo así como protección oficial.es a través de una empresa de mi ciudad aunque el contrato está a nombre de la alcaldesa.
    Tengo una cláusula donde me pone la relación de las personas que Vivimos en la vivienda yo y dos hijos y que si vivimos más el contrato podía rescindir….es de 2016.de allí aquí he tenido un bebé y están también empadronados el bebé y mi pareja.
    Ahora me exigen los movimientos bancarios del año anterior y el padrón.y me quieren desahuciar
    Por no comunicarlo Etc.pero si lo comunique empadrone en el minuto uno.y la situación económica no ha variado.que puedo hacer?he sufrido 3 ataques de ansiedad en una semana.no se donde voy a ir con mis hijos…..

    1. Hola Judit,

      Entiendo que la comunicación e debería ser directa no sólo a raíz del empadronamiento. Si bien, por la llegada de su hijo no deberán desahuciarla, la duda está en su pareja. Si bien, lo más aconsejable sería ir a negociar con el Ayuntamiento.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  11. Hola buenos días,
    En marzo alquilé una habitación en un piso compartido junto con otras tres personas que llevaban desde septiembre. El contrato, que es privado sin abogados ni notarios, estaba ahsta el 15 de julio pero por motivos personales debo irme el 7 de junio. El casero nos obliga a pagarle hasta el 15 de julio a pesar de que le hemos avisado (ellas que llevan más de seis meses) con 30 dias de antelación, pues dice que solo el puede modificar el contrato y que no quiere. Incluso llega a decirnos cosas como «ya veremos si pagais o no». Yo le comenté que se quede con mi fianza para el mes de junio como mensualidad y tampoco quiere pues quiere sacarnos el máximo dinero, porque seguro que no nos devuelve la fianza. ¿Qué puedo hacer? ¿Si me voy y dejo de vivir allí y no le pago cuál sería el problea? Gracias

    1. Hola Elenn,

      Como es un contrato diferente al uso de vivienda habitual, habrá incumplido el contrato y puede hacerle pagar hasta el fin del contrato.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  12. Hola, estamos en medio de un proceso de desahucio sobre un inquilino, el cual dejo pasar la fecha de finalización de contrato el 1 de junio del año pasado, sin marcharse, y sin quere renovar. Era un contrato de 3 años que se prorrogó por otro más y ya tocaba hacer el siguiente y no lo quiso hacer por no asumir la subida que correspondía. A raíz de recibir la notificación del juzgado ha dejado de pagar. Lleva 4 meses sin pagar. Ya que la demanda se presentó cuando pagaba, en ella no se reclaman los impagos. Se le puede denunciar por impago ya? o hay que esperar a que termine el proceso en marcha para denunciar? O, al no existir contrato no se le puede exigir nada?

    1. Hola Aile,

      Se puede presentar ya la reclamación, aunque es extraño que no se hiciese en el proceso de desahucio.

      Un saludo.

  13. mi inquilina se marcha en unos 10 días porque hemos decidido finalizar el contrato de arrendamiento y aprovechando la circunstancia ha metido un perro en la vivienda. Lo tiene prohibido expresamente en el contrato de arrendamiento sin mi autorización. Que puedo hacer al respecto? podría retenerle la fianza? Lo ha hecho con clara mala fe, porque me dijo que se iría unos días antes de la vivienda antes de la entrega de llaves y era simplemente para que yo no descubriera esto.

    1. Hola María,

      Sería incumomimiento por parte de la arrendataria y podría rescindir el contrato, pro en su caso va a llegar a fin. Solo puede reterner la fienza si se han producido daños en la vivienda.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  14. Buenas tardes, tengo una pregunta, somos dos chicas que hemos alquilado un piso, en el contrato se especifica que tenemos una obligatoriedad de cumplimiento de un año y que en caso de irnos antes tendremos que abonar las mensualidades restantes hasta completar el año, las dos estábamos de acuerdo pero al firmar y solo llevamos tres meses y mi compañera se quiere ir por motivos personales y yo no puedo hacer frente al alquiler entero, pueden los propietarios exigirnos el pago de las mensualidades hasta completar el año? es que no podríamos hacerle frente, o puedo obligar a mi compañera a que cumpla el contrato ya que yo también saldría penalizada sin poder evitarlo?, gracias.

    1. Hola Manoli,

      Debe tener claro si la responsabilidad es solidaria o mancomunada. Solo si es solidaria tendrá que hacer frente al alquiler entero. Si se van las dos si puede reclamarle todas la mensualidades por incumplimiento del contrato.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  15. Buenas tardes,
    Tengo un piso alquilado desde dic 2017 y excepto un mes, mi inquilino siempre ha pagado con retraso, a base de perseguirle para que lo haga. El contrato estipula el pago mensual antes del día 7. Puedo demandarlo por incumplimiento y resolver el contrato para que se vaya? en función a vuestra experiencia, tendría más garantías de éxito si espero a que impague 2 meses y le demando por impago?
    Gracias.

    1. Hola Jorge,

      En estos casos el pago realizado fuera de plazo no debe tenerse como un retraso, sino como un verdadero incumplimiento del inquilino/arrendatario, pudiendo el arrendador instar la finalización del contrato por vía judicial e, incluso, el desahucio. Y ello aunque se trate de un retraso de una sola mensualidad.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  16. Buenos días
    Tengo un problema con el dueño de un costo de caza y es q no paga los daños ocasionados por los animales de se crían en nuestras tierras.
    El dice q el coto no da dinero para pagar pero allí no para de entrar gente con escopetas.
    Cómo puedo emprender acciones legales contra el.
    Somos más de 20 agricultures afectados por esto.
    Te felicito y te agradezco tu labor

  17. Buenas tardes,

    Les traslado mi duda: En julio firmamos un contrato de alquiler por 10 meses, depositamos la fianza y pagamos a la inmobiliaria sus honorarios. Debiamos entrar en la vivienda el dia 01/09/18, el dia 05/09/18 el agente inmobiliario nos traslada que la dueña de la vivienda no quiere seguir alquilando la vivienda y que rescinde el contrato. NO hemos podido llegar a disponer de la vivienda en ningun momento. Quiere devolvernos la Fianza y los honorarios de la agencia inmobiliaria sin mas y no darnos ningún tipo de solución o alternativa. Mi pregunta es: Esto pueden hacerlo?? puedo exigir algún tipo de compensación econonica o de otro tipo?? que derechos me amparan ante este caso??

    Muchas gracias.

    1. Hola Pedro,

      Depende de si se ha hecho o no precontrato antes del inicio del arrendamiento. Si se hizo precontrato se tendrá que estar a lo establecido en él, normalmente en este se pone indemnización para estos casos.

      De no haberse pactado nada bastaría con la devolución de los importes que me mencionas.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  18. Hola. Soy inquilino de una vivienda que acabo de alquilar ya he pagado la fianza y el primer mes. No me entregan el contrato firmado y ahora quieren cambiar el contrato. Que puedo hacer?

    1. Hola Abel,

      No pueden cambiarte el contrato, aunque no lo hayas firmado se entiende que es un contrato de verbal. Nor firmes un contrato cambiado.

      Un saludo, espero haerle sido de ayuda.

  19. soy un inquilino al corriente de pago, yo firme un contrato con la hermana, pero se a muerto su madre, y en el testamento dice que el piso va a nombre del hermano y este quiere venderselo a una inmobiliaria, me pueden hechar del piso,si mi contrato es de tres años y me queda un año y medio de alquiler, y la inmoviliaria dice que me ofrece un piso, pero yo no tengo dinero para la fianza y el mes de alquiler por adelantado, y pago 450 euros con la luz incluida,puede la inmobiliaria suvirme el alquiler del nuevo piso si me lo dan y donde quieran ellos gracias y perdon por las molestias.

    1. Hola Carlos J,

      Una vez que el heredero acepte el piso en herencia, el contrato de arrendamiento continúa vigente y el nuevo arrendador tendrá que avisarte de la nueva situación, de sus datos, etc. No es necesario modificar el contrato de arrendamiento.

      Si vende el piso y ya que la inmobiliaria tiene conocimiento del arrendamiento, si no quiere cambiarse de piso, la inmobiliaria debe respetar su contrato de alquiler.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  20. Hola,buenos días
    Mi arrendador tenía que cambiar los aires acondicionados del piso que estoy alquilando desde hace dos años y se estipuló en el contrato y se niegan a realizarlo
    Que recurso tengo, que puedo hacer?
    Gracias

    1. Hola Carlos,

      Si se niega a cumplirlo, estará incumpliendo el contrato, por lo tanto usted podrá rescindir el contrato de arrendamiento.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  21. hola buenas
    mi consulta es la siguiente alquile un piso con contrato de un año he estado pagando electricidad y gas (correspondientes a las fechas que entre) por cartas que llegaban a nombre del anterior inquilino , pero me han cortado la electricidad por impago de cantidades que se debían anteriormente, el dueño del piso dice que no se hace cargo de esas deudas ¿que puedo hacer?

    1. Hola Álvaro,

      Puedes rescindir el contrato de arrendamiento pues el piso no reúne las condiciones de habitabilidad y no es responsabilidad suya.

      Un sudo, espero haberle sido de ayuda.

  22. Hola,
    Me obligan a firmar nuevo contrato de alquiler cuando en mi contrato figura tres años con derecho a prórroga según el artículo diez de arrendamientos urbanos.
    Otros vecinos también están en la misma situación con aumento de precio.
    Qué puedo hacer?

  23. Hola, acabo de enterarme de que tengo que volver a firmar contrato nuevo. Tenía contrato de tres años prorrogable según el artículo diez de arrendamientos urbanos. Recibí pasado tiempo el burofax donde decía que se me caducaba el contrato y podía firmar nuevo contrato. Después de mirar el contrato llamé dos veces sin recibir devolución de la llamada, no estaba quién lleva el tema. Envíe el correo electrónico diciendo que quería continuar según lo firmado en el contrato y la respuesta fue un griterío más un responde si quieres prorrogar el contrato sí o no año que respond: Sí, quiero prorrogar el contrato. Bla, bla. Más un espero respuesta de si respetan el contrato o hay que firmar nuevo contrato. No hubo respuesta.
    Tuve bloqueada con la cuenta bancaria donde estaban las domiciliaciones bancarias por lo que cambié las domiciliaciones y la finca sin respuesta. Hoy volví a enviar el correo electrónico y ya que se había desbloqueado mandé ingresar para tener dinero suficiente por si el banco hubiese pagado y resulta que no me cobró ni ‘el último recibo’ porque seguro se bloqueo antes de que me lo cobrasen.
    Llamé y la respuesta fue que no sabían que no me lo cobraron y que debo firmar nuevo contrato. Mañana me tienen que llamar o llamo yo para saber.
    El problema es que yo hice más de lo que debía hacer por el piso y tanto la agencia como el dueño pasan de sus obligaciones.
    Lo que más me molesta es que yo tengo que cumplir con mis obligaciones y ellos no respetan el contrato. Para qué ponen un artículo legal si luego lo único que harán es hacer valer lo que les conviene.
    Qué puedo hacer?
    Gracias!

    1. Hola Silvia,

      Como ya has cumplido los tres años de contrato, el arrendador está en su derecho de querer hacer un nuevo contrato, el artículo número 10 que me comentas sólo es para prorrogar el contrato un año más si ni arrendador ni arrendatario hubiese notificado, con al menos treinta días de antelación, su voluntad de no renovarlo.

      En cuanto a no pagar los suministros podrían considerarse incumplimiento del contrato.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  24. Hola buenas tardes,
    Hace m´s de un año tengo n contrato como arrendataria en una vivienda propiedad de una inmobiliaria. Pero nunca he podido residir en la vivienda al no tener ni agua ni luz el edificio en el que está por obras pendientes en la comunidad. He tenido que residir en otra vivienda, también alquilada. En este momento la inmobiliaria me ofrece otra vivienda de alquiler que he aceptado. Mi consulta es si puedo reclamar las cantidades que he estado abonando en la vivienda temporal en que he estado mientras no he podido residir en la que tenía alquilada. Si puedo reclamar la totalidad del gasto que he asumido o sólo la diferencia entre el alquiler que tenía pactado y lo que estoy abonando realmente. Y por favor si el procedimiento es judicial si precisa asistencia jurídica.
    Muchas gracias, un saludo

    1. Hola Cristina,

      Entiendo que la vivienda no era habitable, por tanto incluso podría rescindir el contrato. Podría reclamar las cantidades. Necesitaría asistencia letrada.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  25. Hola buenas tardes,actualmente vivo de renta en un condominio hace mas de un mes,hasta la fecha no me han facilitado los filtros del aire acondicionado a/c, ademas me estan multando por la cantidad de $100.00 por sacar fuera del apartamento los colchones ya que contenian cucarachas ,yo para evitar problemas les notifique que me descontaran esa cantidad de 100.00 del deposito que pague por adelantado junto con el primer mes pero ellos me comunican que no se puede hacer que lo tengo que pagar en efectivo,mi pregunta es la siguiente para que funciona entonces el deposito ?

    1. Hola Jose,

      Entiendo que me hablas dentro del ordenamiento jurídico español, en este caso no se puede descontar nada de la fianza, si la vivienda no es habitable por la plaga de cucarachas podrás rescindir el contrato.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  26. Hola buenos días, mi caso es el siguiente vivimos de alquiler somos una pareja con dos niños ( uno de 8 años y otro de 2 meses), el dueño del piso puso en venta la vivienda sin cominicarnoslo nos dimos cuenta por una amiga en común, cuando le preguntamos si nos dejaba quedarnos hasta que vendiera el piso y le pareció bien, eso fue a mitades de marzo, el 3 de abril nos llamó que iba a vender el piso que nos fueramos, hemos estado buscando donde irnos y en la población donde vivimos estamos en temporada alta de alquileres para vacaciones así que hemos revisado el contrato y pone una clausula en la que el nos tiene que dar dos meses como mínimo por ley para podernos ir no quiere acceder a esta cláusula del contrato fuera de eso nos a insultado nos ha amenazado nosotros nunca nos hemos quedado colgados con el alquiler, aparte el día sábado 21 de abril tenia una visita para venta del piso pero como yo tenía una visita para ver un piso en alquiler no estuve y se enfado por eso no insulto y nos amenazo y nos exigió que desocupasemos para el día 1 de mayo incumpliendo el contrato q y ademas mando a un amigo con llaves a enseñar el piso a los compradores mientras nosotros no estabamos nos dimos cuenta porque dejaron todo abierto.
    que puedo hacer me siento desamparada con mis niños tan pequeños estoy desesperada

    1. Hola Aitza,

      Si la venta se produce y el contrato esta reconocido en el Registro de Propiedad el nuevo propietario debe respetar tu contrato de arrendamiento. Si no esta dado de alta en el Registro de la Propiedad e nuevo propietario debe darte tres meses para salir de la vivienda.

      Por otra lado, a no ser que en tu contrato se haya rescindido este derecho, tienes derecho de tanteo y retracto sobre la compra de la vivienda.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  27. Buenas tardes
    Quisiera consultar respecto de la obligación del arrendador de mantener la vivienda en condiciones. Firmé un contrato de arrendamiento de una vivienda hace un año, pero ésta no tiene suministro de luz ni de agua, por lo que no puedo residir en ella. No estoy pagando los recios, porque tengo que vivir en otra casa, aunque el propietario, una inmibiliaria, me los pasa todos los meses. Los suministros dependen de unas obras a realizar en la comunidad de propietarios. Quisiera saber cómo puedo reclamar al propietario, o si me corresponde una indemnización por el tiempo que no puedo residir en la vivienda arrendada, o tengo algún otro derecho. Me han ofrecido otra vivienda, pero no cumple ni las mínimo estado de habitabilidad tampoco por reparaciones que tampoco van a efectuar.

    Muchas gracias
    Un saldo

    1. Hola Cristina,

      Si las obras de las que me hablas no se realizan podrás rescindir el contrato. Si llegan a realizarse y durán más de 20 días, habrá de disminuirse la renta en proporción a la parte de la vivienda de la que usted se vea privado.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  28. Buenas tardes , soy inquilina de un piso hace 4 años tengo un gran problema con la potencia contratada por el propietario ya que es excesiva para mi consumo pago cada dos meses la cantidad de 170€ y en el hogar solo vivimos dos personas ( potencia contratada 5.5 / potencia consumida y recomendada 3 ) me he puesto en contacto con la empresa de luz y me exigen un boletín para modificar la potencia ya que el propietario no ha realizado el cambio de nombre y aún se encuentra a su nombre por tanto solo él puede realizar cambios en el contrato con la compañía de luz .
    En el contrato firmado de alquiler consta que todos los suministros luz, agua,etc serán cambiados de titular al arrendatario que en este caso soy yo, pero solo el suministro de agua a sido cambiado y durante todo el tiempo que llevo aquí no me an querido ayudar ni la agencia ni el propietario para el cambio de potencia ni el cambio de titular del contrato .
    Que puedo hacer en este caso ?
    Al incumplir está parte del contrato y me veo afectada por este inconveniente e de hacer algo ???
    Y principalmente que debo hacer para resolver este caso ?
    Muchas gracias por su atención.

    1. Hola Carolina,

      Si en el contrato de arrendamiento pone que los contratos de suministros irán a nombre de la arrendataria, y no se ha producido un cambio de titularidad podrás rescindir el contrato pues el propietario lo está incumpliendo.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  29. Buenas noches! Si en un contrato se indica que esta prohibido el tener mascotas, pero el inquilino mantiene una mascota aún así, y luego es descubierto, en que problema legal se encontraría? Qué sería lo peor que puede pasar? y Qué si en el contrato no figuraba dicha clausula y el arrendador no quiere que se tenga mascotas. Muchas gracias!!

    1. Hola Cristina,

      Si hay una cláusula de prohibición de animales en la vivienda en este caso el casero puede prohibir la tenencia de animales y podrá escindir el contrato en caso de que el inquilino posea mascota u obligarle a cumplirlo y vivir sin la mascota.

      Si no hay ninguna cláusula en este caso el inquilino podrá en este caso el inquilino tener animales en la vivienda y el casero no podrá prohibir tener animales, ni rescindir el contrato de alquiler.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  30. Buenos dias,

    Queremos alquilar un piso de Solvia y las condiciones del contrato son un mes de fianza, mes en curso y alta de suministros a nuestra cuenta. Nos dicen que el contrato de alquiler es de mínimo 3 años. Quisiéramos saber qué tipo de penalización podrían aplicarnos en caso de querer marcharnos del piso antes de cumplir los 3 años de comtrato. Muchas gracias.

    1. Hola Gloria,

      Podrás desistir del contrato de arrendamiento, una vez que hayan transcurrido al menos seis meses, siempre que se lo comunique a su arrendador con una antelación mínima de 30 días. Tendrás que ver si en tu contrato hay establecido la obligación de indemnizar al arrendador en caso de desistimiento, al igual si hay establecido clausulas penales.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  31. Buenos días: le felicito por su web y le doy las gracias de antemano.
    Hemos firmado un contrato de alquiler el 28 de febrero con una duración de once meses y la inquilina nos dice el día 20 de marzo que el alquiler le viene muy grande y que no quiere seguir en el piso. Esto como principal causa de desistimiento luego nos dice que el colchón está regular y le ofrecemos cambiarlo rápidamente y que hay ruido en la casa de arriba que no le deja descansar bien. La cuestión es que dice que se va, ya!, nos pagó la fianza y no ingresó el mes de entrada y dice que con la fianza paga el mes que ha estado. En el contrato que teníamos pone que se rige por la LAU de 1994 y por lo establecido en el contrato y en defecto de norma o pacto expreso por lo previsto en el codigo civil. Tiene que avisarnos con treinta días anteriores no? Ósea que sería un mes más y luego según veo tendría que estar seis meses no? El encabezado de la ley nos perjudica en algo por no poner la de 2013?
    Es extranjera y sólo va a estar durante once meses en España para realizar un trabajo en la Universidad. Muchas gracias por su respuesta esperó que me ayude.

    1. Hola Beatriz,

      Si inquilina está incumpliendo el contrato. Podrá pedir una indemnización económica o que se cumpla el contrato de arrendamiento.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  32. Buenas Tardes, nosotros veníamos de un contrato de alquiler de tres años que entraba en prórroga en enero. Pasado el mes pactado por ambas partes para comunicar la rescisión o modificación del contrato, nos comentan que como quieren vender la casa, aunque están dispuestos a seguir alquilando la vivienda, pero no por el año que nos correspondería Dicho lo cual, nos plantean un contrato temporal de dos meses, prorrogables por otros dos meses. Hoy, transcurrido apenas un mes desde el inicio de éste segundo contrato, nos comentan que quieren rescindirlo porque no se sienten «incomodos» enseñando la casa con inquilinos dentro. Mi pregunta es, aunque sea un contrato por un tiempo inferior al habitual, se rige por la ley de arrendamientos urbanos en cuanto a plazos y forma para su rescisión? No habiendo comunicado su intención de no renovar el contrato con al menos un mes de antelación, pueden echarnos? Sobra decir que la vivienda constituye nuestra vivienda habitual, no hemos incumplido en el pago y tampoco puesto trabas a enseñar la vivienda. Gracias de antemano por su respuesta

    1. Hola Carmen,

      El primer contrato se ha prorrogado durante un año más, pues no aviso son el suficiente periodo de antelación.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  33. Hola,

    Tengo una inquilina que ha subarrendado una parte del local comercial a pesar de la prohibición del contrato. El contrato lo firmó otra persona como fiador solidario. ¿Podría demandarles a los dos? Me temo que la inquilina será insolvente….

    1. Hola Nerea,

      Si ha subarrendado con prohibición expresa podrás pedir la resolución del contrato, si no quiere marcharse puedes iniciar un proceso de judicial para pedir la resolución del contrato y el desalojo del inquilino si fuese necesario, y si fuese necesario también las reclamaciones económicas.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  34. He firmado un contrato de un local comercial,en el cual a día 7 de febrero la dueña se comprometía a entregarme las llaves y vaciar el local para que yo pueda entrar en el y arreglarlo para poder empezar con las actividad. El problema viene que a dia 23/02 ella ni ha vaciado el local ni yo he podido arreglar nada, las cuotas empiezan a pagarse el 1 de marzo y el vigor del contrato también. Aparte de todo esto el ayuntamiento le exige una rampa para poder acceder al local la cual es imposible de hacer por su alto coste por parte de las dos. Mi pregunta es si yo no puedo hacerme cargo de ese gasto¿ puedo restringir el contrato antes de que entre en vigor? ¿¿Y el dinero dado a la inmobiliaria puedo reclamarlo??

    1. Hola Ana,

      Si esta obligación de vaciar el local aparecía en el contrato podrás rescindir el contrato por incumplimiento contractual.

      En cuanto a la reserva no podría quedarse con ella, lo que habrá que hacer es valor el perjuicio e indemnizar al arrendador, pero no podrá quedarse directamente con la reserva. Lo que no podrás pedir a la inmobiliaria es que te devuelvan sus honorarios (que cobran por hacer las gestiones).

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  35. Hola. He firmado un contrato de alquiler de 3 meses para vivir en el extranjero (Amsterdam) (firmado por ambas partes), en el se decia que se debia de pagar por adelantado la fianza + el primer mes. Tras realizar la transferencia, el propietario se ha puesto en contacto conmigo diciendome que se habia equivocado y mandandome un nuevo contrato en el que dice que tengo que adelantar la fianza + 2 meses de alquiler. ¿Estoy en mi derecho de acogerme a lo firmado en el primer contrato (fianza + primer mes)? Ya que aun no he tenido la oportunidad de ir a ver el piso (no se si se encontrara en las condiciones expuestas en los correos electronicos y fotografias que me ha mandado).

    Gracias por tu ayuda.

    1. Hola Amaia,

      Entiendo que si el piso está en el extranjero el contrato tiene que acogerse el ordenamiento jurídico de allí, el cual desconozco. En el nuestro ordenamiento la fianza en este tipo de alquileres, de uso diferente al de vivienda habitual es de dos meses.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  36. Hola
    El 1 de Diciembre 2017 firmé un contrato de alquiler por 1 año, prorrogable hasta cinco años, y el 15 de Febrero el Arrendador me comunica por whatsapp que debo dejar la vivienda en un mes porque tiene un comprador en condiciones inmejorables y no quiere perder la venta. Aún estoy desconcertada por su petición y quisiera saber de ustedes, si es posible, las opciones que tengo de pedir tiempo para desalojarla y la indemnización económica a la que pudiese tener yo derecho por todos los perjuicios que acarrea el incumplimiento del contrato a dos meses de haber sido firmado.
    Muchas gracias de antemano.

  37. Hola vivo en una casa de aquiler el contrato se me acava en mes de abril pero la casa esta en condiciones penosas para vivir la dueña no aseguro cuando la aquilamos q la areglaria poko a poko pero no hizo nada durante un año la lavadora se estropeo ace dos meses i se niega en areglarla ni comprar q puedo acer para reclamar mis derechos i pedir q cumpla con sus obligaciones

    1. Hola Mariana,

      Si tu arrendadora no realiza las obras de conservación de la vivienda para mantenerla en condiciones de habitabilidad podrás resolver el contrato.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  38. Tengo un contrato de arrendamiento que finaliza el 28 de febrero, ya informe con tres meses de anticipacion que hare entrega del inmueble. Me envian un cuadro con las moras de los meses que no pague puntual, me estan cobrando el interes del 5%, pero la señora me quiere hacer efectivo que si me demore un dia de mora en pagarle le debo pagar todo el mes de mora. Yo calcule los intereses en base a los dias de mora que me retrase y la cuenta me sale por la mitad de lo que ella me envia. Le envie el cuadro explicandole y me responde esto:
    «»
    Buena tarde, como enviamos el cuadro es como se calcula, es que estamos hablando de 2 años, luchando por un pago puntual, cuando hubiéramos podido reportarlos y evitarnos el desgaste, y en cambio en la aseguradora si tenían que pagar 3 cánones de arrendamiento, de hecho el incumplimiento en el pago del arrendamiento, dentro de las fechas estipuladas, da para cobrar la clausula penal y si lo deseáramos podríamos cobrarla. Esto se estipula en la clausula Décimo quinta – Clausula Penal.»»

    Que puedo hacer, realmente no cuento con todo ese dinero?, ella tiene razon o la tengo yo?.

    Agradezco pronta respuesta.

    gracias,

  39. Buenas, tengo un contrato de alquiler con opción a compra de una casa por un año prorrogable a 3 años. He alquilado en 4 ocasiones una de las habitaciones de la vivienda y la dueña( q tenía conocimiento aunq no me dió su visto bueno por escrito) me esta ahora reclamando pero no sé el que, ya hablamos y ya no alquilo la habitación. Qué puede reclamarme de forma legal? es motivo para rescindir el derecho a compra sin devolverme la «fianza» de compromiso a compra?gracias

    1. Hola Ailama,

      Para poder subarrendar la vivienda siempre se necesita el consentiemiento por escrito del propietario. Podría argumentar que se ha producido por tu parte un incumplimiento del contrato.

      En cuanto a la parte de opción a compra, debería saber más de tu contrato pues no se como se rige vuestro acuerdo de opción a compra.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  40. Quería hacer una consulta con respecto al alquiler que estoy pagando. Comparto piso y estoy en una situación delicada ya que mi compañero de piso me hace la vida imposible. Si decido irme del piso (tenemos un contrato de un año cada uno de nosotros con un aval), avisando al casero de esta situación, ¿mi compañero de piso podría reclamarme algo? Él tendría que hacerse cargo de todos los gastos de la casa, obviamente.

    1. Hola Vanesa,

      Para darte una respuesta más acertada debería leer el contrato, pues necesito saber que tipo de responsabilidad tenéis, es decir, si es solidaria o mancomunada.

      Si es mancomunada tu compañero que se vería perjudicado, podría reclamarte la parte impagada.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  41. Tengo un inquilino en un local comercial desde hace 8 años. El local se entrego nuevo sin uso y sin que hubiese habido ningun otro inquilino anterior. Ahora me dice que se marcha por falta de espacio. Mi pregunta es. Ese local se alquilo como tienda y reparacion de motos. El suelo me lo ha dejado roto por todas partes. En el contrato pone que el debe hacerse cargo de los gastos de mantenimiento y reparacion . Puedo exigirle una indemnizacion por el mal estado del suelo? Las paredes tambien estan que dan pena, llenas de agujeros y sucias.
    ¿que puedo hacer?

    1. Hola María Jesús,

      En cuanto al mantenimiento del local, establece la ley que corresponden al arrendador todas las reparaciones que sean necesarias para el uso del local. Si bien, si el desgaste es por el uso ordinario del local entonces estas reparaciones tendrían que corresponder al arrendatario.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  42. buenos días, alquilé mi vivienda a una persona que se ha ido antes de cumplir el año acordados, debe abonarme una indemnización de medio mes hasta completar el año, ( serían 3 meses) y se niega a ello. qué puedo hacer? son 450€ que necesito pero no se si es una suma que me compense los posibles gastos de juicios.
    hay alguna manera ?
    muchas gracias.

    1. Hola Ana,

      Si ha estado al menos hasta el sexto mes del contrato, en este caso el arrendatario podría desistir.

      En cuando a la indemnización sería de una mensualidad por año que quede por cumplir, en los tiempos inferiores al año la indemnización será la parte proporcional a esa mensualidad, por ejemplo si faltan los otros seis meses sería media mensualidad y así sucesivamente. Si bien, la obligación de indemnizar tiene que venir recogida en el contrato.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  43. Supongo que será corriente en todos los contratos: Prohibición de actividades molestas, peligrosas, insalubres o que perjudiquen a otros, ocupación de zonas comunes…so pena de rescindir SU contrato. He hecho una fuerte inversión y no deseo rescindir el mío. Quiero obligar al cumplimiento estricto del suyo… o a la calle. No me gusta jugar con el pan de los demás, pero antes defiendo el mío.

    Mientras esperaba a que contestaras me he estado empapando sobre el tema y ya tengo dos denuncias preparadas para mandarlas a falta de añadirle quizás algún nuevo párrafo según se desarrollen los acontecimientos. Una de ellas, la del contrato, para una demanda civil.

    Aunque me han causado un apreciable perjuicio económico, prefiero no pedir resarcimiento económico, para prescindir de abogado y procurador, por el tema de ser inferior a los dos mil euros. Además, prefiero llevar yo el asunto. También he estado guardando diferentes documentos gráficos y algún vídeo como prueba. Un testigo seguro es una chica que tengo trabajando en el local. Hay algún testigo más, pero no me fío. Acaban huyendo.

    Hablé de nuevo con el arrendatario, que comprobó con sus propios ojos lo que ocurría y ha visto que voy muy en serio.

    Creo que el arrendador entendió que todo le podría salpicar, habló con el otro arrendatario y en quince minutos desmontó todo el tinglado.

    La otra denuncia es por un delito de odio. No creo que tenga interés aquí comentar los pormenores de esta segunda.

    Como por el momento se ha resuelto esto, tengo las denuncias congeladas.

    Si vuelve a las andadas no se si mandar a ambos un burofax o presentarlas directamente. Ya sería el tercer aviso.

    Me queda alguna dudilla:
    El negocio lo tengo en un pueblo de Madrid, por lo que la de odio no tengo problemas, en el Juzgado de Instrucción que hay en el pueblo, pero para la demanda civil que será la primera en mi vida que presento, me asalta la duda en cual. Supongo que será en Madrid capital, pero no se en cual de ellos.
    Corrígeme o aclara lo que creas conveniente.
    Gracias por tu atención. Estoy a la espera de tu respuesta.

  44. Alquilé un local dentro de una zona comercial. Aunque no se acoge expresamente a la LAU, todas las referencias del contrato son de esa ley.
    El arrendatario de otro de los locales le ha dado por realizar actividades que perjudican seriamente a mi negocio.
    En el contrato me ampara, se hace referencia expresa a esto, pero el propietario de los dos locales se desentiende diciendo que nos arreglemos entre nosotros.
    ¿Cómo puedo hacer que le obligue al cumplimiento de contrato?

    1. Hola Francisco,

      Para darte una respuesta más acertada tendría que saber en concreto el contenido de la cláusula a la que te refieres.

      Un saludo, y no dudes en preguntarnos.

  45. Hola, soy propietaria, he alquilado el piso a dos estudiantes X tres años, el de la agencia cuando hicimos el contrato específico que nos a cogíamos a la LAU pero no se puso que rescindir contrato antes de los 3 años, debía haber indemnización al arrendador, ahora los estudiantes hace dos semanas nos avisan que se van debido a que les reclamamos X haber subarrendado parcialmente dos de las habitaciones, cuando en contrato pusimos que esto no podía ser posible, la pregunta es, podemos reclamarles indemnización X rescindir contrato antes de los 3 años, ( solo llevan uno) y por haber subarrendado habitaciones son nuestro consentimiento? Gracias de antemano.

    1. Hola Karen,

      En primer lugar, en cuanto al desistimiento se puede hacer una vez que han transcurrido los seis primeros meses, y solo habrá indemnización en el caso que se haya establecido esto en el contrato.

      En cuanto a los del subarriendo, como se ha estipulado en el contrato que no podía hacerse, usted como arrendadora puede resolver de pleno el contrato y pedir el resarcimiento de los daños.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  46. Buenas tardes,soy inquilino de un piso desde el mes de agosto. Pago 975 € de alquiler. En el contrato de alquiler se estipula que hay aire acondicionado y calefacción pero aun no ha sido posible su utilización por un mal funcionamiento del sistema de Aerotermia que existe en el edificio., ademas de no disponer de agua caliente algun fin de semana. Desde el inicio del contrato realizé varias comunicaciones con la inmobiliaria a la que pago el alquiler, quejándome de lo que ocurria, derivando las responsabilidades a la constructora/promotora. Una vez enviados los e-mails oportunos a estos últimos y las consiguientes llamadas, respondieron enviando al técnico que no podia solucionar el problema por que a su vez no le firmaban un contracto.
    Transcurridos el mes de agosto y septiembre, llego el otoño y el frio no pudiendo utilizar la calefacción. Durante el mes de octubre no recibimos ninguna comunicación por lo que me vi en la obligación de volver a contactar viendo la llegada del frio de forma inminente. Al dia siguiente recibia la visita del arquitecto, aparejador y tecnico de mantenimiento al piso confirmando el no funcionamiento del aparato de Aerotermia y su necesidad de cambiarlo. Aseguraron que nos dirian algo en un plazo de 3 dias sin cumplirlo. Ha pasado ya 1 mes más sin solucionar el problema. Puedo pedir indemizaciones por daños y perjuicions por estos casi ya 5 meses sin disponer de las prestaciones del piso, A.C y calefacción por las que estoy pagando un alquiler? Gracias

    1. Hola Miguel,

      Los que podrías hacer es pedir la resolución del contrato de arrendamiento.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  47. Hola.. soy inquilina tengo un contrato de 1 año y tengo 2 mese de vivir en el piso el propietario me indica que venderá el piso. mi pregunta es ¿ Debe indemnizarme con el pago de la fianza del nuevo piso que busque busque y entregarme mi fianza intacta?

    Un saludo

    1. Hola Clari,

      Si el arrendamiento se encontrase inscrito entonces el que compre la vivienda tendrán que seguir con tu arrendamiento. Pero si no se encuentra inscrito entonces podrás exigir que se te deje continuar durante tres meses, desde que el adquiriente de la vivienda le notifique fehacientemente su propósito de que abandones la vivienda. Si bien en este caso podrás exigir a tu arrendador que te indemnice por los daños y perjuicios causado.

      Un saludo, espero haberle ayudado.

  48. Hola Fernanda.

    En tu caso has obrado bien hasta ahora con las actuaciones que realizado.

    Dado que es un tema complejo y en el que deberas acudir a los tribunales para que cumpla el propietario con sus obligaciones.

    Acude con la documentación al Colegio de Abogados de tu ciudad, y solicita un abogado de oficio, éste podrá articular la demanda por ti, y en la que exigirá al propietario el cumplimiento integro del contrato o la resolución con daños y perjuicios.

    Un saludo

  49. Hola carlos.
    Necesito me ayudes. Tengo firmado un contrato de alquiler por dos años.
    En el cual hay una clausula en la que el propietario se comprometio a reparar muchos cosas en la vivienda. Dicha clausula vencio el 30/04/17.
    Ya hace un año que alquilo. Y los arreglos no se hicieron
    Mande cartae documento al propietario. Intimandolo a cumplir con dicha clausula.
    El cual me hace responsable a mi. Diciendo que se hizo presente en varias oportunidades. Y no pudo realizar dichos arreglos ya q nadie lo atendio. Lo cual no es sierto.
    Respondi la carta. Informandole quesi en 30 dias no finalizaba con los arreglos. Voy a retener el dinero de 4 meses de alquiler para realizar dichos arreglos.
    Tambien en el contrato me cobro un sellado. Y al entregarme el contrato. El cual me lo entrego recien hace dos meses.
    Y no esta timbrado como corresponde. Osea no esta sellado
    Me cobra los impuestos y se niega a darme el comprobante de lo que pago. Y aun asi sigo pagando el alquiler en tiempo y forma.
    La casa tiene humedad. Lo cual afecta la salud de mi hijo de 7 años. Quien tiene problemas de salud. Desde su nacimiento sufre de los bronquios. Y utiliza paff a diario.
    Quiera saber. Que puedo hacer y donde puedo denunciar al propietario x daños y prejuicios.
    Y pedir la indeminizacion correspondiente. Por todos lps daños que este alquiler me a ocacionado.
    Desde ya muchas gracias

  50. Hola Jaime,

    Puedes cobrarle los 10 días que faltan.

    Sera imposible poner una demanda sino tienes domicilio, seguramente habran ido a otro casa de aqluieler.

    Lo que esta claro es que ellos no te van a reclamar nada.

    Un saludo

  51. Buenas, sigo siendo el de antes, también quería comentar que no han estado los 6 meses, se han ido antes, concretamente 10 días antes, por lo que es un incumplimiento de contrato, ¿qué puedo reclamar?, al no tener dirección actual de ellos, no sé cómo de podrían enterar de la reclamación/demanda, si se que se puede hacer y cómo reclamo las facturas de agua.

    Gracias

  52. Buenas, soy propietario de un piso que ha estado alquilado hasta el sexto mes desde su comienzo, y no he sido avisado con un mes de preaviso de su abandono por parte del inquilino; la fianza está en la comunidad de Madrid y tengo el plazo de un mes para devolverla pero faltan facturas por pagar de agua y también tengo que arreglar algunas cosas que me han dejado mal; me reclaman la fianza, dicen que me van a denunciar, ¿qué podría hacer yo en este caso?¿Denunciarles por no avisarme un mes antes y reclamar el qué? ¿y cuánto tiempo tengo para denunciar por falta de preaviso?

    Gracias

    1. Hola Jaime.

      De la fianza tienes que aplicar para el pago de facturas de suministros y desperfectos.

      Si tu contrato establece penalización para el caso de que se vaya unilateralmente el inquilino antes de finde contrato aplicarlas.

      Si para ello, la fianza no es suficiente serias tu el que podrias incluso reclamar lo que falte o no devolverla.

      Un saludo

  53. Hola Jose.

    Si seria conveniente determinar el valor de los daños, par evitar problemas futuros.

    Un saludo

  54. Buenas noches.
    Actualmente se va a redactar un anexo al contrato de arrendamiento en el que se de por terminado dicho contrato en x fecha. En dicho anexo se puede poner una cláusula en la q establezca una cantidad determinada de dinero que responda al daño ocasionado por incumplimiento del anexo?

  55. Buenos días , tengo un contrato de alquiler con una duración de un año (no prorrogable porque nos hicieron firmar la renuncia el mismo día que firmamos el contrato) que en principio era el tiempo estimado ya que nos estaban arreglando una casa de propiedad. Bien, hay cláusulas abusivas como la que contempla indemnizaciones si nos vamos antes (pagar todos los meses que quedasen pendientes y no la parte proporcional) También nos hicieron pagar cuatro meses de
    depósito … El contrato vence el 15 de noviembre pero hemos avisado por medio de. Burofax y correo electrónico a la agencia y burofax a la propietaria de nuestra intención de marcharnos el 15 de septiembre invitándoles a encontrarnos en el piso el día 13 para repasar su estado y hacer la entrega de llaves. Han pasado 20 días y la agencia no da señales de vida. Qué hacer entonces cuando llegue la fecha?
    Por otra parte tenemos pensado pagar la mitad del mes ya que como se firmó en fecha 15 y avisamos con 2 meses de antelación nos parecía lo correcto (siempre pagábamos a primeros de mes el mes completo) sería esto correcto? Gracias !

  56. Buenos días , tengo un contrato de alquiler con una duración de un año (no prorrogable porque nos hicieron firmar la renuncia el mismo día que firmamos el contrato) que en principio era el tiempo estimado ya que nos estaban arreglando una casa de propiedad. Bien, hay cláusulas abusivas como la que contempla indemnizaciones si nos vamos antes (pagar todos los meses que quedasen pendientes y no la parte proporcional) También nos hicieron pagar cuatro meses de
    depósito … El contrato vence el 15 de noviembre pero hemos avisado por medio de. Burofax nuestra intención de marcharnos el 15 de septiembre invitándoles a encontrarnos en el piso el día 13 para repasar su estado y hacer la entrega de llaves. Han pasado 20 días y la agencia no da señales de vida. Qué hacer entonces cuando llegue la fecha?
    Por otra parte tenemos pensado pagar la mitad del mes ya que como se firmó en fecha 15 y avisamos con 2 meses de antelación nos parecía lo correcto (siempre pagábamos a primeros de mes el mes completo) sería esto correcto? Gracias !

    1. Hola Encarna

      Necesitaria echarle un vistazo al contrato, si te parece mandame copia al correo info@abogadosparatodos.net .

      En principio los contratos de arrendamiento para vivienda habitual en los que se pacte un periodo inferior a 3 años, se prorrogaran hasta alcanzar dicho periodo.

      Caso contrario es que hubieseis pactado contrato de arrendamiento para uso distinto del de vivienda o por tiempo determinado, por eso necesito ver el contrato, un saludo

  57. Hola. He alquilado un local el cual he hecho una reforma íntegra del mismo. Me han comunkcado verbalmente que me rescinden el contrato por la falta fd pago de las 2 últimas alquileres. Necesito ayuda sobre este tema por favor.

  58. Mi consulta es que en mi casa hay un departamento el cual alquilo a una familia que son de tres personas (papá, mamá y una menor). Hice un contrato para un año el cual finaliza el mes de febrero del 2018, pedí la garantía de 200 soles,en la cláusula del contrato dice que el departamento debe ser ocupado por las tres personas únicamente y no contar con ningún tipo de mascota lo cuál los inquilinos trajeron a una persona mas a vivir y tienen a dos perros.
    Por lo cuál ahora les pedí que desocuparan el departamento ya que son varias veces que les dije que en el contrato dice que no pueden vivir mas y mucho menos tener mascotas.
    Ahora el inquilino quiere que se regrese su garantía que es de 200 soles ya mencionado por lo cual yo no quiero devolver ya que los dos perros causaron muchos desastres como manchar las paredes con sus necesidades, malograron el piso, rayaron las puertas y en el contrato dice que tienen que dejar el inmueble tal y como se les dio para poder devolver esa garantía.

  59. Buenas noches.
    El 1 de julio alquile mi piso por 6 meses y mi inquilina lo está subarrendando de forma vacacional sin mi consentimiento (en el contrato específica q no se puede). Tengo testigos de la comunidad y el contrato que me ha facilitado uno de los subarrendatarios.
    Debo denunciar en la policia? Poner una demanda de desahucio en el juzgado? Es un proceso rápido? Coste? Debo devolver la fianza? entiendo que por incumplimiento me deberían pagar los 6 meses de renta, no? O no va a pasar nada en los próximos 6 meses y el contrato finalizará antes de que pueda desahuciarlos? En cualquier caso, como procedo para reclamación de daños e indemnización?
    Gracias

  60. hola, a ver tras unos meses con la demanda nos toco solicitar el embargo de unos coches para poder satisfacer la deuda ya que los demandados no han pagado. Hemos procedido ya a la anotación en el registro. Mi pregunta es, si debo solocitar ahora el precinto del vehículo y la subasta por parte del juzgado. y en caso de solicitar la subasta tendre que pagar alguna tasa?

    1. Hola Roberto,

      Solicita la remocion del vehiculo (esto significa que mientras se tase y subaste el vehiculo, que el juzgado lo ponga a tu disposicion y no del deudor), y solicita que se tase y se fije la fecha de subasta.

      El coste que tendras que soportar sera el de tasacion por el perito del juzgado, rondara entre 125-200 euros, estos mas todos los gastos que hayas sufrido se sumaran a la deuda y los recuperaras presumiblemente en la subasta de los vehiculos

      Un saludo

    2. Hola Roberto, solicita la remocion de los vehiculos, para que los pongan a tu disposicion y solicita que se tasen por un perito y fijen fecha de subasta.

      Un saludo

  61. B. TARDES, EN ESTOS MOMENTOS ME ENCUENTRO EN LA SIG. SITUACIÓN, RENTO UN DEPARTAMENTO, Y YA HACE 9 DÍAS QUE NO SE HACE EL PAGO DE LA RENTA, PUEDO HACERLE UN INCREMENTO DIARIO DE $30.00 PESOS POR RETRASO DEL PAGO DE LA RENTA? YA QUE EN VARIAS OCASIONES HA SUCEDIDO, Y PIENSO QUE SI LO MANEJO DE ESA FORMA, CONSIDERARÍAN HACER EL PAGO A LA FECHA, Y NO ME VERÍA EN EL PROBLEMA DEL PAGO RETRASADO.

    1. Maria Angela, desconozco la legislación en materia de arrendamiento de tu país, siento no poder ayudarte.

      Un saludo

  62. Hola Marisa,

    Podrias haber rescindido el contrato por incumplimiento. Pero dado que ya se marcha no merece la pena, entrar en conflicto con el inquilino

    Te aconsejo que la entrega de llaves lo hagas en la casa, y que compruebes los posibles daños que pudieran haber ocasinado los perros-

    Un saludo

  63. BUENAS TARDES. MI CONSULTA ES LA SIGUIENTE. SI EL INQUILINO HA VIVIDO DOS AÑOS CON 3 PERROS LOS CUALES HAN CAUSADO MOLESTIAS EN LA COMUNIDAD DE VECINOS Y EN EL CONTRATO HAY UNA CLAUSULA DE QUE NO SE ADMITEN MASCOTAS. CUAL HA DE SER MI POSICION. al inquilino le vence el contrato el 15 de agosto de este año y se marchan. muchas gracias por su ayuda. un saludo

  64. Hola,

    tengo una vivienda alquilada y tengo un contrato de alquiler renovable anualmente que este Julio cumple 3 años. Desde Agosto de 2016 se producen impagos en las rentas, hasta un total de approx el 70% de las rentas impagadas. Se ha presentado demanda pero está parada porque inquilino ha pedido justicia gratuita. Dado que no me va a pagar más rentas y sólo acumula deudas, ¿es posible rescindir el contrato de manera que sea compatible con que la demanda siga adelante? La deuda me preocupa, pero sobre todo que la siga haciendo crecer. Gracias

    1. Hola PSS,

      La sentencia que ponga fin al procededimiento, o el auto en su caso, será lo que resuelva tu contrato.

      Por lo que no cabe resolver y que la demanda siga adelante, dado que se resolverá sobre todos los aspectos planteados en la demanda

      Un saludo

  65. buen dia…..necesito que me ayude con mis dudas, resulta que tengo un contrato de alquiler de un stand de aproximadamente de 50m2 donde coloque un negocio de snack de comida rapida, claro que el espacio que me dio estaba en malas condiciones donde yo gaste una cantidad de dinero, donde llegamos a un acuerdo de pagar a la mitad cada uno….pero este contrato ya vencio este fin mes, y el dueño de la casa quiere que me retire de ella pero ya, claro que el me aviso un mes antes que lo iba a alquilar a una empresa o algo, y el dice que me va a demandar por no retirarme y llevo ya 15 dias de mas en parte de su casa. ¿que puedo hacer? ¿que me puede pasar si vamos a un juicio? ¿si el me demanda me afectara tambien con los daños y perjuicios?¿ o debo retirarme?

    1. Hola Aliz

      Tengo dudas en relación a tu pregunta, dado que parece que el alquiler es para uso distinto al de vivienda, para local comercial, en este caso, hay que cumplir el plazo pactado por las partes y si ha vencido tendras que dejarlo.

      Si es de vivienda habitual, si podrias llegar hasta los 3 años.

      Con los datos que me facilitas solo puede contestarte esto

      Un saludo

  66. Hola, mi problema es el siguiente:
    Tengo una vivienda arrendada de la cual yo soy el arrendador. Los arrendatarios llevan 6 meses incumpliendo el contrato en una de sus cláusulas en la cual prohíbe expresamente la tenencia de animales en la vivienda. Haciendo caso omiso a mis negativas de tener animales en la vivienda.
    Quiero romper el contrato de forma unilateral, haciéndoselo saber por buró fax .
    ¿Qué plazos legales tengo que darles a los arrendadores desde la notificación hasta la fecha de expulsión de la vivienda?

    1. Hola Ivan

      La ley no establece un plazo de preaviso para el caso de incumplimiento por tenencia de animales, y entiendo que tampoco le tienes que dar un preaviso.

      No obstante por sentido común dejales un mes de preaviso y sino lo cumplen, puedes instar el desahucio por incumplimiento
      Llegado este caso podemos llevarte el asunto judicial si te pones en contacto con nosotros al correo info@abogadosparatodos.net

      Un saludo

  67. Buenas tardes,
    Tengo un problema con mis inquilinos. Alquile mi casa a una pareja, el contrato esta a nombre de ambos y ellos ahora se han separado. Uno de ellos dice que me quiere devolver la casa y cancelar el contrato. Lo puede hacer el solo? No necesito la firma de los dos para cancelar el contrato? Estoy segura de que su ex-pareja no sabe nada.
    Gracias

    1. Hola Monica

      Efectivamente para resolver el contrato necesitas que te firmen la resolución ambos, dado que uno se puede quedar siempre y cuando siga pagando las rentas

      Un saludo

  68. Buenas tardes, mi nombre es Erika y me gustaría saber que podríamos hacer en nuestro caso.
    Somos una pareja y el día 18 de Junio firmamos un contrato de alquiler por un año con una inmobiliaria en el que acordamos entrar en la casa el día 1 de agosto ya que el patio de la casa estaba en bruto y la propietaria de la casa nos lo iba a arreglar. Hoy día 11 de Julio he enviado un mensaje para preguntar por varias cosas a la propietaria de la casa y gracias a eso me he enterado de que no nos van a alquilar por que la propietaria ha dejado a su pareja y a decidido volver a su casa. A la firma del contrato nosotros pagamos 400€ como fianza para la propietaria y 200€ a la inmobiliaria por buscarnos la casa. Al final nos hemos visto sin casa y con un montón de menaje comprado que no sabemos donde lo vamos a meter, y gracias a Dios que no compramos nada más. ¿Qué podemos reclamar?
    Saludos y gracias.

    1. Buenas tardes EPM

      Podeis reclamar todo lo que habéis pagado, asi como el importe del menaje aportando las correspondientes facturas

      Si me apuras teniendo firmado el contrato, podríais pedir entrar en la vivienda por un año, y la propietaria se tendría que esperar al año y dos meses para recuperarlo.

      En este caso también podíais pedir indemnización si la propietaria os pide que no entréis esos 14 meses, en este caso le pediría una cantidad equivalente a un mes de renta

      Un saludo

      1. Mil gracias, ahora al menos sé lo que podemos reclamar y podremos plantarles cara.
        Tenemos las manos atadas no nos devuelven el dinero y se escudan en que nos van a buscar otra casa y que no es necesario anular el contrato anterior.
        Se lo agradezco de corazón, estamos muy cansados de trabajar para que se queden con nuestro dinero estafadores como éstos.
        Saludos

  69. Buenas tardes,

    solo me gustaría saber si ¿puedo reclamar a la inmobiliaria todos los meses de rentas y otras cantidades asimiladas que los inquilinos han dejado de abonar. si esta se comprometió por contrato de gestión a reclamarles judicialmente pero no lo ha hecho?, demandarla por incumplimiento de contrato y reclamarle las rentas… como indemnización por daños y perjuicios ?? es posible?

    o solo puedo reclamarle la comisión que cobró mensualmente sin cumplir con lo que estaba obligada?

    gracias

    1. Hola Carlota.

      No puedes reclamarle a la inmobiliaria la renta.

      Lo que si puedes hacer es iniciar tu la reclamación y, posteriormente, decirles que te tienen que abonar el coste que dicha reclamación te haya supuesto. Y si no te la pagan pues podrás reclamársela judicialmente.

      ¿Se trata de un impago de alquiler?. ¿Siguen los inquilinos en la vivienda?.

      1. los inquilinos ya no están en la vivienda hace más de 6 meses, pero son insolventes, y si, es un impago de alquiler.

        es que no se como plantear la demanda. yo considero que la reclamación de rentas y cantidades asimiladas tengo que reclamárselas a los arrendatarios por ser los obligados por contrato, pero no merece la pena porque son insolventes. no hay nada que hacer.

        y a la inmobiliaria reclamarle, por incumplimiento de contrato de gestión por no haber iniciado la reclamación judicial contra los inquilinos, entiendo yo, la comisión que han cobrado por no hacer nada y en todo caso los 1.200 euros que se comprometieron a cubrir de gastos de reclamación judicial a los inquilinos, que podría cifrar como indemnización por daños y perjuicios? o como bien dices, reclamarles los costes de la reclamación a los inquilinos. aunque siendo insolventes es perder el tiempo

        que opina?

        gracias y disculpa

        1. Si ellos se han comprometido a pagar los gastos de reclamación judicial entonces sólo les podrás reclamar eso.

          Es decir, si optas por reclamar tu a los inquilinos esas rentas entonces podrás reclamar a la inmobiliaria los gastos en que incurras.

          Pero si optas por no reclamar a los inquilinos, pues entonces nada podrás reclamar a la inmobiliaria.

          Ojo, que creas que los inquilinos son insolventes no significan que lo vayan a ser de por vida.

  70. Hola Eduardo , hace tres años alquile un local con un contrato a 5 años prorogable a 10 , mi sorpresa fue en el tercer año se presentaron para echarnos del local porque había sido embargado por el banco , fuimos a juicio y respetan los 5 años de contrato , mi pregunta es si puedo reclamar al arrendador los 2 años de alquiler que le he pagado cuando el local ya pertenecía al banco y la fianza que todavía no me la ha devuelto , gracias

    1. Hola Jose Carlos,

      Si puedes reclamarlos, de hecho es un delito, si ha recibido rentas y el inmueble ya estaba adjudicado al banco judicialmente,

      Un saludo

  71. Buenas tardes.

    Firmé un contrato a fecha 1 de mayo en el cuál figuraba que el piso estaba en perfectas condiciones y con todos los servicios, y ninguna de las dos cosas resulto ser cierta.
    En el piso habían hecho reformas y estaba todo lleno de polvo y suciedad, el retrete no traga agua y el piso no estaba dado de alta en el servicio del gas, por lo que entiendo que se ha incumplido el contrato por parte del arrendador.
    Le comuniqué mi deseo de irme de la vivienda y me instó a pagarle una indemnizacion, pactada en el contrato, y el pago del alquiler hasta el sexto mes.
    Quería saber si por su incumplimiento, estaría obligada a pagarle dicha indemnizacion (mensualidad por año restante del contrato) y a seguir manteniendo el piso hasta el sexto mes.

    Muchas gracias de antemano, un saludo.

  72. Buenos días

    En primer lugar, enhorabuena por su blog, me encanta!

    Mi pregunta es:

    Los inquilinos se han marchado dejando rentas impagadas y daños en la vivienda.

    La inmobiliaria se comprometió por contrato a iniciar las reclamaciones judiciales pertinentes en caso de impago. No obstante, no han iniciado ningún trámite y no van ha hacerlo.

    Que hay que hacer?
    gracias

  73. hola, en enero arrende una vivienda con parking incluido, la única característica que solicite a la inmobiliaria era que me encontrara una vivienda con una plaza de parking lo suficiente ancha para que entrara mi coche, ya que es de dimensiones anchas. en 2 ocasiones asistí a la vivienda para introducir el coche para asegurarme que quepa correctamente el coche en la plaza de parking. perfecto, una excelente plaza de alquiler, solo que la vivienda era mas cara de lo que al principio estaba buscando, pero para mi es muy importante que el coche este en parking. bien, 1500€/mes por la vivienda, entrego documentación, dinero etc.. es aquí donde viene mi problema: 1º semana que aparco el coche en la plaza de parkig, recibo la atención por parte de la presidenta de la comunidad, alertándome que estaba aparcando en una plaza de parking que no me correspondia, que por favor aparque en la plaza correcta. ¿ cual es mi asombro? que la plaza de parking que me pertocaba no cabe mas que un nissan micra, y no estoy exagerando. por lo que revise el contrato y no aparece por ninguna parte el numero de plaza que me pertoca. reclamo a la agencia y me dice que a sido un despiste, que a cualquiera les puede pasar y que no hay solución de encontrarme otra plaza de parking en la misma vivienda ya que todas están ocupadas, que una idea es que me cambie de coche o que aparque en la calle que siempre hay sitio. mi desesperación es critica, ya que cada semana los llamo para reclamar, al igual que por email y whatssap pero no me contestan nunca… ¿algo que podría hacer? gracias.

    1. Hola Raul,

      Puedes exigir el cumplimiento estricto del contrato y en caso de ser imposible, solicitar la resolución del contrato con indemnización de daños y perjuicios con devolución de todas las cantidades entregadas.

      Si quieres le echamos un vistazo en el correo info@abogadosparatodos.net y estudiamos el procedimiento judicial.

      Un saludo

  74. Hola, soy un inquilino que su arrendador no ha cumplido el contrato porque se comprometió por escrito que realizaría unas obras para tener otra habitación y no ha cumplido.
    Que puedo hacer en este caso.

    Gracias

    1. Hola Roberto,

      Puedes exigir el cumplimiento del contrato a través del juzgado de tu localidad.

      Si quieres mandarnos el contrato al correo info@abogadosparatodos.net para asegurarnos de que no exista ningún problema para instar el cumplimiento judicial.

      Un saludo

  75. Buenos días,
    Tengo una duda. Alquile mi vivienda a una pareja joven en Enero. Ellos se han separado y el ha abandonado la vivienda. Ella quiere seguir con el alquiler pero él me indica que ella no vive allí y que esta viviendo la hermana de ella y marido. Es decir, que han cedido el uso de mi vivienda. Ella me indica que no es así, que en la vivienda están los 3. La chica con la que firme el contrato, su hermana y el marido de la hermana.
    Me pagan las mensualidades aunque no cumplen los plazos de pago y tiene impagos en las facturas de la luz aunque las pagan antes de que se la corten.
    Que puedo hacer? Tendría derecho a cancelar el contrato? No tengo como demostrar que ella no vive allí y aunque tarde, me va pagando. En el contrato tengo especificado que no se puede ni ceder ni subcontratar la vivienda, pero como te digo es solo la palabra de el.
    Por otro lado siempre que he querido ir a hablar con ella para arreglar el contrato nunca esta. O esta de viaje o esta enferma….. no se ni si esta en el país, pero no tengo como comprobarlo.
    Gracias

    1. Buenas tardes,

      Francisco existe incumplimientos contractuales, tanto en los pagos de rentas como en las cantidades asimiladas en la renta.

      Estos motivos son suficientes para que instes el desahucio.

      Si quieres mandarnos el contrato para asegurarnos de todo hazlo al correo info@abogadosparatodos.net y te llevamos el procedimiento.

      Un saludo

  76. tengo un piso alquilado y la inquilina tiene un perro en su casa cosa que en el contrato pusimos que no podia tener animal de compañia, he contratado a un detective y hemos procedido a denunciar pronto saldrá el juicio y quisiera saber que posibilidades hay de que el juez la deshaucie, gracias

    1. Hola Alberto,

      Entiendo que debe prosperar dado que es un claro incumplimiento contractual.

      Un saludo

  77. Hola,

    Llevo seis meses en un piso alquilado por un período de un año, prorrogable. El dueño me ha dicho que quiere vender el piso y tiene por lo visto una compradora. Me ofrece un par de meses para irme y una indemnización económica. ¿Es eso correcto? ¿Puede obligarme a irme antes del año? ¿A cuanto debe ascender la indemnización?

    Gracias y un Saludo

    1. Hola Isabel,

      No tienes porque irte dado que tu contrato puede prorrogarse a tu voluntad hasta 3 años.

      Si decides acceder a irte puedes pedirle la cantidad equivalente a una mensualidad de renta por año dejado de cumplir.

      Un saludo

  78. Buenos días, desde Las Palmas de Gran Canaria, llevo 8 años en un local comercial con una actividad de comercio al por menor, el primer contrato se hizo por 5 años y se ha ido prorrogando hasta diciembre del pasado año. En enero se rehízo el contrato, ya que cambié de autónomo a sociedad limitada unipersonal, se firmó por un año prorrogable por acuerdo mutuo, en el se especifica que sería destinado para la «comercialización de apuestas deportivas».
    Cual es mi sorpresa que a los dos meses de la firma el propietario se retracta de lo escrito y no me permite la instalación de dicha actividad. Se le piden explicaciones sobre lo firmado y no entra en razones ni da explicaciones del porqué no deja realizar la actividad acordada, solo recibo un «por que no, el local es mío y no». ¿Qué debo hacer, puedo reclamar de alguna forma, rescindir el contrato o pedirle algún tipo de daño y perjuicio?. Desde la primera firma, cuando el contrato era de comercio minorista, al tomar posesión del local, se realizaron obras de adecuación del mismo y se entregó una fianza que 2 mensualidades, fianza que si refleja en el nuevo contrato. Lo que no sé es que hacer… me ha fastidiado el proyecto de negocio… ¿me podría dar una solución o un camino a seguir?, agradecido de antemano, espero una pronta respuesta. Un cordial saludo.

    1. Buenas tardes Daniel, preciosa tierra la tuya.

      Puedes pedir el estricto cumplimiento del contrato a través del Juez de primera instancia, y obligar al arrendador a cumplir lo pactado en sus términos.

      Y subsidiariamente para el caso de que no se pueda cumplir el contrato ( que entiendo que no es tu caso) de pueden pedir daños y perjuicios de todos los gastos que has invertido en el local, asi como lo ingresos que has dejado de percibir.

      Si te quieres poner en contacto con nosotros para estudiar el caso hazlo al info@abogadosparatodos.net y ya te llamamos.

      Un saludo

  79. Hola Buenos Dias., alquile un Piso Por contrato de un año llevo dos meses., al parecer por cuestión de trabajo en otro lugar ., tendré que dejar el Piso en Octubre así que llevaría 6 meses, y no el año por el que firme….tengo un mes de Fianza depositado., puedo dejar el Piso sin tener problemas posteriormente, que me recomienda

    saludos

    1. Buenas tardes Carlos,

      Tienes que mandarle un mes antes de la fecha prevista que te vas, un burofax diciéndole que de conformidad con el articulo 11 desistes del contrato cumplido 6 meses de contrato y que lo preavisas un mes antes.

      Si habéis pactado indemnización por desestimiento tuyo podría cobrar por tal concepto la mitad de la fianza, ya que vas a incumplir no un año completo sino medio año.

      Si no habéis pactado indemnización te tiene que devolver la fianza.

      Un saludo

    1. Buenos días Javier,

      Puedes pedir la rescisión del contrato por incumplimiento.

      En Madrid, el desahucio tarda unos cuatro meses y medio.

      Espero haberte sido de ayuda, si quieres ponerte en contacto con nosotros hazlo en info@abogadosparatodos.net

  80. Hola soy propietario de un piso en Madrid y los actuales inquilinos están subarrendando sin mi autorización, en el contrato esta una clausula donde no se puede subarrendar la vivienda, he visitado el piso y esta en buen estado por lo que no se que hacer, si esperar la nacionalización del contrato o finalizar el contrato, cuanto tiempo podría tardar el desahucio?

  81. Buenas tardes Eduardo,
    Te agradeceria me aclarases una duda que tengo, firme contrato de arrendamiento por 10 meses ya que los inquilinos son estudiantes, se les solicito un mes de fianza y un mes de garantia adicional , han pagado puntualmente y bien todos los meses a excepcion de este mes que me dicen que como tengo dos meses retenidos , no van a pagar la renta . En el contrato de arrendamiento tienen una clausula en la que se expecifica que si incumplen la clausula del pago de la renta se daria por rescindido el contrato de arrendamiento y yo como propietaria tomaria la posiesion de la vivienda en ese mismo momento , aparte de la clausula de que la fianza no es para pagar rentas no abonadas. Les he mandado burofax para rescindir el contrato por incumplimiento de pago de renta y dandoles un plazo para que o paguen o voy a recoger las llaves. Con esta clausula haria falta denuncia por impago o me puedo personas a por las llaves incluso si hace falta acompañada de la policia para que me hagan la devolucion.
    Saludos y muchas gracias

    1. En caso de que lo necesites podemos llevarte el desahucio mandando el contrato de arrendamiento a info@abogadosparatodos.net y le echamos un vistazo para asegurarnos que no vaya a haber ningún problema.

      Un saludo

    2. Paula solo los inquilinos de forma pacifica y en base a ese incumplimiento de contrato te pueden devolver la posesión del inmueble.

      En caso de negarse seria el juez de primera instancia del domicilio donde se ubique el inmueble.

      Tu entrada en la vivienda puede ser calificada de allanamiento de morada, del articulo 202 del código penal

      Un saludo

  82. Buenos días,
    soy propietario de un local comercial alquilado en el que se me debe media fianza y una mensualidad y tengo dos dudas:
    – ¿puedo solicitar el abono de las cantidades adeudadas y a la vez la resolución del contrato obteniendo ambas?
    – en caso de resolverse el contrato ¿podría posteriormente exigir indemnización por los años pendientes de contrato?

    Gracias por el trabajo tan estupendo que haces.

    1. Hola Fran.

      Respuesta afirmativa para ambas dudas.

      Como precisión, la indemnización puede ponderarla el juez (es difícil que te concedan todos los años que restan de contrato).

      En caso de que estés interesado en que te lleve yo el desahucio puedes mandarme el contrato de arrendamiento a info@abogadosparatodos.net y le echo un vistazo para asegurarme que no vaya a haber ningún problema.

  83. Hola Eduardo,
    Alquilé un apartamento por un periodo de dos meses, a la entrega de las llaves pagué el equivalente a un mes de alquiler y una fianza, todo esto sin ver el piso salvo fotografías en internet. Al llegar al apartamento, el aire acondicionado no funcionaba, no habia luz en el baño y el piso presentaba numerosos desperfectos como cortinas caidas y sillones en estado pesimo entre otras cosas. Se lo explique a la casera y le dije que me iba del apartamento ese mismo dia, ella no solo califico de excusas que me fuera y no quiere devolverme nada mas que la mitad del dinero y que le entregue la llave sin ver el inmueble antes ¿Puedo recuperar el resto de mi dinero? Tengo las fotos que aparecen del inmueble en internet y luego yo hice yo de los desperfectos que observe y constancia escrita de los intentos de negociacion.

    1. Buenos días Felix,

      Yo entiendo que es una reserva en la que no se ha estipulado, salvo que no sea asi, que perdieras las cantidades entregadas.

      Seria necesario que viéramos la documentación para darte una respuesta mas segura.

      Un abrazo

  84. hace seis meses alquile mi casa, en el contrato firmado por ambas partes, en una clausula dice que los electrodomesticos en caso de averia corren a cargo del arrendatario, asi como su sustitucion, se ha averiado el frigorifico, y el sin mas lo ha sustituido por uno nuevo no teniendo yo constancia por escrito de la averia ni de la sustitucion, me lo ha descontando unilateralmente de la mensualidad, mandandome en un wassap una presunta factura del frigorifico a nombre de una persona que no conozco, le he mandado un burofax diciendole que me pague la mensualidad, al margen de cualquier controversia, MI PREGUNTA es motivo de iniciar un desahucio por incumplimiento de contarto?.
    Muchas gracias. al margen que en los seis meses que lleva de inquilino se retrasa en los pagos.

    1. Buenos días Jose.

      Tal y como te comenté en otro comentario que me dejaste recientemente, tendría que ver el contrato para hacerme una idea global y ver si la cláusula que mencionas es inválida o no.

      Puedes enviármelo a info@abogadosparatodos.net

  85. Hola, vivo de alquiler con contrato de un año según ley de 2013. A los 3 años me preavisan para abandonar la vivienda con un mes de antelación. El dueño del piso no cumple con la normativa de eficiencia energética por lo que el contrato sería nulo. ¿puedo hacer algo para no tener que irme?

    1. Fran buenos días,

      Es complejo lo que planteas, dado que el contrato va a expirar en el plazo pactado y te ha realizado la preceptiva comunicación de su deseo de no prorrogar el contrato.

      Pedir la nulidad del contrato por no cumplir con la normativa de eficiencia energética tiene un altísimo índice de probabilidad de que no te lo estimen en los Juzgados, con los consiguientes gastos.

      Mi consejo es que si quieres mantenerte en la finca y has sido buen inquilino, es que negocies con el arrendador el motivo de que no quiere que continues en él.

      Un saludo

  86. Hola buenos días. Tengo contrato de alquiler desde diciembre de 2015, lo hice por un año y ahora lo he vuelto a renovar un año más. Cuando renovamos en diciembre pasado, figuraba en.una de las clausulas que el frigorífico sera cambiado,pero desafortunadamente no va a cambiarlo, según nos ha dicho. Quisiera saber si marchar a los seis meses por incumplimiento de contrato por parte del arrendador, lleva implícito devolución de la fianza.
    Gracias por su ayuda.
    Un saludo.

    1. Hola Marian.

      El incumplimiento del tema del frigorífico no es un incumlimiento esencial, es decir, no puedes irte por ese motivo.

      Sin embargo lo que si puedes es desistir tras el sexto mes de contrato, pero tendrás que hacerlo como dice la ley, es decir preavisnado 30 días antes e indemnizando con media mensualidad de renta (si lo dice el contrato).

      Si cumples esas condiciones entonces te tendrán que devolver la fianza íntegramente (menos los deterioros que haya en la vivienda). Y tu podrás reclamarle el perjuicio que hayas sufrido por lo del frigorífico.

  87. Alquilé mi piso por un contrato de seis meses a una pareja y como han tenido problemas entre ellos, uno de ellos deja el piso a los dos meses. De mutuo acuerdo llegamos los tres a un acuerdo en el que ella se hace cargo del coste íntegro del alquiler y de los gastos del mismo. Lo que ocurre es que el que se va, quiere que le dé la mitad de la fianza y yo no sé si hacer un anexo para que de alguna manera conste que ese contrato se rescinde y se hace cargo la otra persona del alquiler. El caso es que las llaves no las quiere entregar hasta que no se le pague la mitad de la fianza. y la inquilina que se queda dice que le tengo que cambiar la cerradura si no me devuelve las llaves. ¿Cómo puedo solucionarlo para no salir perjudicada como propietaria arrendadora? La inquilina dice que no sabe si estará todo el tiempo que resta del contrato. Yo les mandé un email con lo que se habló por teléfono para dejar constancia por escrito de los cambios. ¿Debería recibir por su parte firmado algún anexo? Cómo debo actuar con ambas partes que aparecen las dos en este contrato de alquiler

    1. Hola María.

      Si la inquilina quiere seguir en la vivienda debe aportar ella la media mensualidad de fianza que debes devolver al inquilino que se va.

  88. Alquile por habitaciones a tres chicos universitarios por diez meses. Pasados más de 5 meses uno de ellos decide marcharse porque según comenta «no se puede vivir allí» a causa de las molestias que generan los otros compañeros en el piso (ruidos, fiestas, falta de limpieza). Por ello deseo rescindir el contrato con estos molestos individuos puesto que incorpore dicha cláusula relativa a las molestias en el contrato. ¿Cuanto tiempo ha de pasar desde que les comunico que quiero que se vayan por no cumplir con el contrato (por molestar al resto de personas arrendadas) hasta que se vayan? Establecí expresamente un pago de una mensualidad por adelantado en caso de desperfectos, no cumplir con el contrato etc. Pero lo que quiero es q se vayan cuanto antes

    1. Hola Fernando.

      La ley no fija un plazo mínimo de espera.

      En realidad puedes poner la demanda en cualquier momento en caso de que no se vayan en un plazo razonable que les concedas (como quince días, por ejemplo).

  89. Hola, tengo menos del mes viviendo en un departamento rentado y a las dos semanas de renta el dueño me pide que me salga y yo firme contrato de 6 meses, quiero saber puedo hacer?

    1. Hola Marlene.

      Si la vivienda está en España, el arrendador no podrá exigirte el desalojo, pues podrás estar en la vivienda hasta la finalización del contrato (seis meses).

  90. Hola buenas,me fui de un piso de alquiler estaba con 3 compañeros, a la inmobiliaria le avise con un mes de antelacion,en cambio los del piso quieren que le pague el mes en el que no voi a estar,le avisa a mis compañeros el mismo dia que me fui,que me aconsejaid?

    1. Hola Dani.

      Habría que ver el contrato para contestar con exactitud, pero por ejemplo en contratos de vivienda habitual hay que preavisar 30 días antes, así que no parece muy descabellado lo que te están reclamando.

  91. Firme un contrato de un año junto con una compañera de piso, ahora ella se está llevando sus cosas sin avisarme e imagino q dejará el piso a final de este mes, yo me tendría q hacer cargo del contrato hasta el vencimiento de este ya que contamos con un aval, por mi parte y por parte del aval el casero está avisado de que no renovamos el contrato. Pero por parte de mi compañera no lo sé, lo que imagino es q va a dejar de pagar el piso y me gustaría saber que medidas legales puedo tomar en este caso ya que ella no está cumpliendo el contrato y tampoco me está avisando de que se va del piso. Como tendría q actuar yo en este caso?? Gracias

    1. Hola Keka.

      Si te ves perjudicada económicamente por lo que haga tu compañera podrás reclamarle esos perjuicios.

  92. Buenas tardes, mi arrendador nos ha hecho un contrato por un año de alquiler, si él necesita ocupar la casa, antes de que se cumpla ese año, que derecho tenemos nosotros? Nos puede desalojar sin más?

  93. el contrato dice que suba o bajo el alquiler igual apgare un dos porciento mas cada año, es como una clausula suelo pero en el contrato de alquiler
    esto es legal? puedo reclamar al propietario la devolucion de ese dos porciento?
    es una clausula abusiva?

    1. Hola Jose.

      Buena pregunta.

      Eso se lo dejo al juez.

      Yo ahí no me meto 😉

  94. Buenas tardes.
    Mi marido y yo alquilamos un piso con contrato de un año a partir de octubre. El propietario nos aviso que tenía un «chanchullo» con la luz y tenía contratado lo mínimo pero sin limitador de potencia. La casa funciona sólo con electricidad ya que no tiene gas. Al entrar solicitamos subida de potencia pero el propietario debía hacer un boletín nuevo que casi 5 meses después no ha hecho. Estamos a 9 grados dentro de casa y evidentemente hemos buscado otra cosa. Le hemos avisado con antelación pero dice que hay un contrato firmado y no nos devolverá la fianza. A nosotros nos parece que su obligación es tener la casa en condiciones de habitabilidad y esta muy lejos de tenerla en buenas condiciones. A esto le sumamos que la casa tiene una bodega, que no hemos alquilado, la usa el para hacer reuniones con amigos y familia y también descubrimos que sólo hay un contador y también le estamos pagando la luz de la.nevera y demás aparatos eléctricos que el tiene conectados abajo, de lo cual tampoco nos aviso…y como colmo, el piso lo.tiene sin declarar, la fianza no la ingresó en la cámara de comercio, y nos pidió que las transferencias fuesen hechas sin concepto de alquiler para no declararlo….son motivos suficientes para tener claro que es el propietario quien está incumpliendo el.contrato? Podemos irnos y tener derecho a que nos devuelva la.fianza? Muchísimas gracias de antemanos

    1. Hola Laura.

      Sólo con lo de la poca potencia ya tienes motivos para que ese contrato cese.

      Lo malo es que si no te devuelve la fianza tendrás que reclamarla judicialmente, pero lo tienes muy a favor.

      Lo mejor es mandarle un burofax para que se lo tome en serio.

  95. Hola buenos días,

    Vivo en un piso de alquiler que es de una comunidad de propietarios, en mi contrato dice que la persona de referencia es el presidente de la escalera pero cada vez que hay cambio de presidente a mi no se me comunica quien es el nuevo.

    Cada vez que tengo un problema en el piso tengo que andar picando a todas las puertas para saber con quién debo hablar, cuando consigo localizar al que corresponde siempre me deriva a una gestoría que es la que lleva el tema de escalera, pero si me dirijo a ellos directamente, simplemente no me contestan.

    Hace dos años por un problema que hubo la presidenta de la escalera me amenazó con que si seguía molestando al finalizar el contrato no me renovarían.

    En el contrato consta que el piso esta reformado y la instalación eléctrica nueva y es todo mentira, porque ahora estoy teniendo problemas con cableado por ser muy antiguo, confirmado primero por mi compañía de seguros al venir a atender una incidencia del día 7 y también por un eléctricista que enviaron ellos el día 13 después de mucho insistir.
    El problema es que estamos a día 20 y a mi todavía no se me ha comunicado nada, ni si se va a hacer algo o no. Y estoy con alargos por todo el piso para poder utilizar los aparatos de mas potencia.

    Mi contrato de alquiler se acaba en octubre y si me pongo pesada ya se lo que pasará. El problema es que ahora estoy en paro y aunque no tengo problema para pagar el alquiler si lo tendría para que me hicieran contrato nuevo en otro piso.

    No sé, se os ocurre algo que pudiera hacer al respecto? o existe alguna norma que me de algún derecho a que me tengan que renovar si el piso va a continuar en alquiler y yo no he faltado en el pago ni en nada?

    Gracias, un saludo

    1. Hola Sandra.

      No hay ninguna norma a la que puedas acogerte.

      Si no te quieren renovar tendrás que desalojar, pese a que hayas estado pagando correctamente la renta.

  96. Hola Eduardo;

    Soy arrendatario de un piso, y tengo un contrato de 3 años prorrogables a 5, de los cuales he cumplido 2 y medio aprox. Hace una semana recibi una carta del abogado de la empresa propietaria, diciendo que habian pruebas fehacientes que he estado sub-alquilando habitaciones, y que por lo tanto habia incumplido el contrato, pidiendome la resolucion de este. Es cierto que he realquilado, aunque verbalmente sí habiamos acordado estas practicas con la propietaria. Nunca he generado problemas de pago ni molestias, solo me he ayudado de pagar la renta con otros compañeros. En julio se cumplen los 3 años.. Mi idea es seguir por lo menos hasta entonces. A que me expongo, y que derechos tengo? Saludos y gracias!

    1. Hola Marc.

      Si efectivamente tienen pruebas pues el juez dará por finalizado el contrato y, probablemente, te condenará a pagar las costas. A eso es a lo que te expones si no desalojas ante la petición del arrendador.

  97. Hola!
    Tengo un contrato de arrendamiento desde el 30 de septiembre de 2016. El caso es que quiero irme del estudio antes de cumplir los 6 meses obligatorios por ley porque los vecinos de arriba hacen mucho ruido (un matrimonio, una niña de 9 años, un perro y un gato en 30m2). Están todo el día moviendo muebles, me despiertan por las noches porque dan golpes….hasta llegar al punto que he ido al médico para que me haga un informe por ansiedad y estrés y me ha recetado valium. Me tomo uno al dormir y duermo con tapones, pero sigo escuchando los golpes que me desvelan en mitad de la noche y por el día tampoco puedo estar tranquila. La casera me dice que ella no me va a rescindir el contrato, que tengo el «oído muy fino» que eso no es culpa suya. También tengo una peluquería abajo y oigo las conversaciones de la clientela. Sospecho que el estudio no está bien insonorizado. Por otra parte, en el contrato pone que me dan el estudio en «perfecto estado» y cuando entro veo que la cisterna del retrete no funciona (pierde agua), que las placas eléctricas para cocinar están mal y que salta el diferencial cuando las enciendo y que hay humedades y no puedo instalar unas cortinas. Me dijeron que me lo arreglaban y han pasado ya 3 meses y medio y sigo igual….puedo irme de ese piso antes de los 6 meses sin que tenga que indemnizar a la casera (el contrato es de un año) por incumplimiento de este contrato por sus parte?? o puedo irme teniendo un informe médico?? Estoy desesperada, ya no sé lo que hacer, no descanso bien y tengo que estar medicándome y muchas veces duermo en casa de amigos o en el trabajo para poder descansar algo…
    Me quedan dos meses y medio para cumplir los 6 meses mínimos estipulados por ley, pero no creo que sea capaz de aguantarlo, me voy a volver loca…¿qué puedo hacer? Tiene que haber alguna solución…

    ¡Gracias!

    1. Hola M. del Mar.

      Lo primero es la salud, así que vete de allí cuanto antes.

      Una vez que hayas encontrado un sitio mejor negocia con la dueña, y si no llegáis a un acuerdo mándale un burofax diciéndole que das por finalizado el contrato por no cumplir la vivienda las condiciones mínimas de habitabilidad.

      Pero aún así no te garantizo que un juez te diera la razón en caso de acudir a juicio, aunque el informe del médico te ayudaría mucho en ese juicio.

      Piensa que es la dueña la que tiene que demandarte si te vas sin indemnizarla, y no siempre la gente se lanza a demandar.

  98. Hola somos estudiantes y tenemos un piso alquilado hasta junio mi compañanara decide irse, ella se puede ir y dejarme sola sin buscar ningúna solución y con todos los gastos,puedo denunciala o reclamarle algo.?

    1. Hola Ana.

      Tendrás que ponerte de acuerdo con el dueño para ver si te permite pagar menos.

      Pero si te exige que sigas pagando lo mismo, está en su derecho. En ese caso, si no puedes hacer frente al pago, deberías dejar la vivienda.

      En cuanto a tu compañera, será el dueño quien pueda reclamarle por el incumplimiento de contrato.

  99. Hola Eduardo, me dirijo a usted para hacerle una consulta. Gracias de antemano.

    Alquilé una habitaciòn en un piso con 2 chicos más este mes de septiembre, el contrato comienza desde el 21 de septiembre ta julio con una fianza de 250euros.
    Llegados a hoy día, uno de mis compañeros y yo queremos marcharnos, debido a la falta de higiene del otro compañero y a los ruidos de unos vecinos a ciertas horas de la madrugada. En una de las clausulas del contrato se manifiesta «si decide marcharse antes de cumplirse la fecha de finalización del contrato no se devolverá fianza». Mi pregunta es si decidimos irnos a mediados de este mes de Enero, ¿el arrendatario nos puede exigir legalmente el pago de la renta? ¿què acciones legales puede tomar? ¿podemos marcharnos sin màs, avisando ?

    Un saludo, Javier

    1. Hola Javier.

      En mi opinión esa cláusula parece ser una claúsula que permite el desistimiento a vuestro favor, es decir, que podríais iros y el arrendador no os podría reclamar las rentas futuras, sino solo la fianza.

  100. Hola Eduardo:

    Mi consulta es bastante simple y es que estuve más de tres semanas sin agua caliente ni calefacción, por una chapuza en la caldera. Dudo que ellos estén de acuerdo en recibir menos en el pago del alquiler por ello, y yo renuncio a la idea de pagar la totalidad si no han cumplido el el mínimo de una casa en pleno invierno. ¿cómo les escribo, mediante un burofax y de forma legal, que no voy a pagar los días sin agua y calefacción?

    1. Hola Coral.

      Con un escrito sencillo exponiendo la situación y diciendo que vas a pagar menos es suficiente.

      Ahora habrá que ver si ellos están o no de acuerdo.

  101. Buenos días,

    En septiembre firmé el contrato de alquiler de un piso aunque la entrega de llaves no se hizo hasta el 17 de octubre. La noche que nos instalamos descibrimos que había moho en las paredes. Hemos reclamado a los propietarios que lo solucionen, y estan en ello, pero no han hecho ninguna actuación en el interior del inmueble y no se sabe cuando estará solucionada la situación.
    Esta semana he anunciado a los propietarios que queremos resolver el contrato e irnos a finales de mes; pero me piden el pago de los 6 primeros meses para dejarnos ir.

    Tengo derecho a irme a causa de este problema? Han realizado una actuación en la fachada, pero el moho persiste dentro del piso.
    Qué puedo hacer?

    1. Hola Roger.

      No hay una norm escrita para ese caso particular, por lo que en caso de que te vayas sin pagar esos seis meses y te denuncien, será el juez quien tenga que tomar la decisión.

  102. Hola soy cristian

    estoy viviendo en un apartamento el cual esta arrendado por medio de una inmobiliaria resulta que la inmobiliaria no a querido arreglar una serie de daños por humedad ya que se entra el agua por las tejas ya he intentado mandar correos solicitando la solución de la misma, por otra parte mi obligación del pago del canon es cumplido todo los meses. donde puedo poner una queja o demanda por esta situación para que ellos se pronuncien y arreglen esto.

    1. Hola Cristian.

      Puedes mandar un burofax diciendo lo que ocurre y dando un plazo para que te lo arreglen, anunciando que si no lo hacen en ese plazo tomarás medidas legales para que un juez de por finalizado el contrato.

  103. Buenas tardes.
    Realicé un contrato de alquiler de una vivienda por medio de una inmobiliaria al verla por internet para mi hija ya que se trasladó a estudiar. En el contrato se cita una dirección donde se escribe que es un primer piso. Al llegar a ocuparla, observo que dentro de la vivienda objeto del contrato existen tres estudios y que me querían entregar uno por el que yo no había abonado fianza, mensualidad y honorarios, puesto que la que yo había reservado estaba ocupada por otras personas. Tras un intercambio de impresiones y el bochorno sufrido , al final me entregan la que yo había visto por internet.
    Por otro lado, en el contrato se estipula que el abono de las mensualidades y gastos se realizará por transferencia bancaria a la inmobiliaria previa presentación de facturas de consumo.
    El arrendador se presenta en mi domicilio sin avisar.
    Un amigo de mi hija que estaba de visita se encuentra en mi casa y le exige el pago de luz y agua previa entrega de una hoja de cálculo donde pone unas cantidades que supuestamente corresponde a tres contadores de luz, aunque según la empresa suministradora, en esa vivienda solo se emite una factura. Además, dicha cantidad no corresponde con lo realmente consumido. Para más inri, le exige el abono de 35€ por pernoctar en mi casa. El joven, le abona todo por desconocimiento y sin recibir comprobante de tal transacción.
    Al enterarme, comunico de tal situación a la inmobiliaria, puesto que es con quien sigo manteniendo contacto. Les envío un escrito donde les informo de todo lo acontencido y que me devuelvan las cantidades indebidamente cobradas y pregunto si el 31 de octubre se entregaría la fianza en el caso de marcharme ya que por incumplimiento y la actitud del arrendador, estoy pensando marcharme. Me contestan que hable con el arrendador pero ellos siguen recibiendo las mensualidades.
    Llegado el 31 de octubre y no recibir respuesta sobre lo preguntado, continuo en mi vivienda.
    A lo largo del mes de noviembre, el arrendador se presenta en varias ocasiones más sin previo aviso.
    Recientemente recibo escrito donde el arrendador me dice que en el día de hoy debo entregar las llaves del piso por incumplimiento de contrato al no abonar la mensualidad de este mes y que abone los importes del consumo, cuando ha sido tanto él como la inmobiliaria como parte implicada los causantes de lo ocurrido. De hecho, la inmobiliaria se presenta en mi vivienda en el día de hoy para enseñarlo sin previo aviso y cuando yo no he comunicado que estoy conforme con la resolución del contrato.
    Me gustaría conocer qué pasos debo realizar.
    Muchas gracias y saludos.

    1. Hola Juan.

      Debes pagar las mensualidades de renta que adeudas, y los suministros de los que te presenten factura/recibo.

  104. Hola mi arrendatario no me a pagado cancele el contrato a traves de una carta notarial como puedo sacarlos lo mas rapido posible llevar dos meses y no me an pagado ni el mes de garantia el contrato es de un año o lo era en el contrato esta estipulado que por mes de uso despues de haber roto el vinculo se deve pagar el doble eso se puede aplicar ? Gracias

  105. Hola

    Mi arrendador me quiere demandar por incumplimiento del contrato, porqué dice que tenía que avisar con un mes de antelación que tenía que marcharme de la habitación, y quiere que le pague todo el mes de noviembre sin estar viviendo allí, yo tengo las llaves pero mañana quedé para devolverlas en el contrato dice que la fianza no se devuelve hasta finalizar el contrato y que dicha no podrá ser utilizada para pagar la fianza que pasaría si me denuncia se tendría que pagar todos los meses hasta que se cumpliese el contrato

    1. Hola Gisselle.

      Sin ver el contrato no puedo decirte nada, pero si el contrato dice que te puedes marchar avisando con un mes de antelación pues ese mes tendrías que pagarlo, aunque no estés en la habitación. Y si lo pagas pues el arrendador tendrá que devolverte la fianza si la habitación la has dejado correctamente.

  106. Hola Eduardo, esta información me ha sido de mucha utilidad pues tengo un problema y duda.

    Alquilé un habitación por un año y a los 2 meses la he dejado por motivos personales. El propietario y yo llegamos a un acuerdo; yo pagaba 1,5 meses y en paz. Por otro lado, antes de realizar este pago de 1,5 meses le hice revisar la habitación y firmarme por escrito que la habitación estaba bien, que me devolvería el depósito(equivale a 1 mes) y lo añadió al documento que anulaba el contrato. Ahora se niega a devolverme el depósito alegando desperfectos cuando la habitación ya ha sido revisada y confirmado su buen estado(por escrito y firmado).

    A más a más, varios servicios especificados en el contrato inicial no se me dieron, como negarme el uso del comedor(lo alquiló a una persona) o restringirme el uso de cocina y lavadora a 1 hora al día por ejemplo.

    Todo y lo dicho aún podría ir mas lejos y añadir que este hombre te vende una habitación con X precio y luego te dice que esa de la foto no es, que es otra y mas cara.

    Yo tengo copias originales con su firma de los contratos, grabaciones de audio y vídeo de mis conversaciones con el, guardo todos los whatapps y correos, fotos de la habitación durante la entrada y salida de la habitación con el periódico para verificar el día y conversaciones guardadas con otros inquilinos de la casa con el mismo problema o verificando lo dicho( ya he tenido malas experiencias).

    Esto me ha pasado en Holanda así que podrían aplicarse otras leyes pero por preguntar imagino que no pierdo nada. Debería denunciarlo y hacer la reclamación del deposito? debería ir mas allá y pedir que me devuelva el dinero de la cancelación acordada y el depósito por incumplimiento del contrato? O al ser en el extranjero me conviene mas olvidarlo.

    Muchas gracias y espero que pueda responderme Eduardo.

    1. Hola Mario.

      No conozco la legislación holandesa, pero aplicando el sentido común si reclamas la fianza deberá devolvértela, pues ha firmado que la habitación está en buen estado, por lo que no cabe ahora alegar que hay deterioros.

  107. Tengo un problema,tengo contrato por 1 año de alquiler y el dueño del piso es muy tonto ,yo pago el alquiler del 1 al 10, pero el contrato pone el día 7 y este 10 estaba a punto de ir a ingresarle el dinero,cuando me llegó un mensaje diciendo que como no había ingresado el día 15 pasaba a recoger sus llaves y yo por joder no fui ni he ido a ingresarle,pero lo haré,solo que por sus formas decidí eso y dijo que me sacaría,entonces nos amenazamos ambos,la cuestión es que el fue a la inmobiliaria a decir que quiere que abandone el piso , utilizando que en dos ocasiones yo llame a la policía x problemas con mi novio el cual ya lleva tiempo que se marchó de aquí,yo no tengo dinero para irme y quiero quedarme hasta que venza el contrato,que puedo hacer? , Espero pueda ayudarme,graciad!!

    1. Hola Silvana.

      Con los datos aue aportas te puedes quedar hasta que venza el contrato, pues no veo que haya ningún incumplimiento por tu parte, pero no te retrases más en el pago de la renta pues podría utilizar esto para ponerte duna demanda de desahucio.

  108. Buenas, el pasado 12 de septiembre, alquilé una habitación, con contrato, claro, a una universitaria; ahora el día 11 de octubre me dice que se va y deja la habitación.
    Ya le tocaba el pago del siguiente mes, aunque tengo un mes de fianza, pero al estar incumpliendo el contrato..que era por 9 meses por un tiempo máximo de 5 años.,
    Que puedo hacer?, de que forma debo actuar?
    Gracias de antemano.
    Atte. Juan Carlos Seminario P.

    1. Hola Juan Carlos.

      Puedes reclamarle los 9 meses de renta que no te ha pagado.

  109. Hola, le comento tenía alquilado un piso a una pareja, la duración del contrato era de 1 año prorrogable. El problema es que sin previo aviso se han marchado dejando algunos desperfectos, facturas de suministros sin pagar y el último mes tampoco me lo han pagado. Tras conseguir hablar con ellos me dijeron que me cobrase el mes que debían de la fianza pero que las facturas impagadas no se iban a hacer cargo ellos. Que paso debería seguir para reclamar las facturas y daños en el piso? y podría reclamar los 6 meses restantes o solo el mes que me adeudan a pesar de decir que me cobre con la fianza? en mi contrato solo pone la duración del mismo y que tienen obligación de cumplirlo pero no puse ninguna cláusula indemnizatoria. Gracias

    1. Las facturas puedes reclamarlas por proceso verbal, aunque primero deberías reclamárselas por burofax (si conoces el domicilio.

      Los daños por proceso ordinario, bastante más largo, complejo y caro.

  110. Buenos días.
    Tengo una cuestión con la que quizá me pueda ayudar. Firmé un contrato de alquiler de 10 meses en la ciudad en la que estudio. Sin embargo, recientemente me ha surgido la oportunidad para hacer unas prácticas de tres meses en el extranjero, coincidiendo con los tres últimos meses del contrato. Con esto necesito desesperadamente librarme de los tres últimos meses de contrato y me preguntaba si se podría hacer algo.
    Gracias por la atención.

    1. Hola Jose.

      Lo primero es contarle la situación al arrendador a ver si llegais a un acuerdo.

      Pero si no hay acuerdo tendrás que cumplir el contrato o, en su defecto, pagar las rentas hasta el final del mismo.

  111. Buenas tardes.
    Alquilé mi vivienda en agosto de 2015 a una familia islandesa, la cuál solo me dijeron que vivirian 4 personas en el inmueble (los datos de los 4 vienen en el contrado, como que solo ellos vivirian en la casa), ahora nos hemos enterado que llevan meses subarrendando la vivienda por temporadas (con fotos y anuncios por facebook ofreciendo la casa).
    Me gustaria saber que procedimiento debo seguir para rescindir el contrato y pedir una indenización y si les tengo que devolver la fianda. Una clausula del contrato expecifica que No se puede sobarrendar la vivienda ni parcial, ni total.
    Gracias, un saludo.

    1. Hola Marian.

      Habría que interponer una demanda para dar por finalizado el contrato por subarriendo inconsentido.

      Se trata de un «proceso ordinario» que no es tan rápido como el «proceso verbal» de desahucio por impago de rentas. Además es más caro.

  112. Hola, Mi consulta es la siguiente: Tengo un local comercial alquilado desde 2012 a una empresa con la que firmamos un contrato de 10 años, este mes no han pagado aun la renta y cual es nuestra sorpresa que nos dicen desde otra sucursal que esta en cuestión cerrada. Le podemos reclamar daños, ya que no nos avisado y ha sido por insistencia nuestra cuando nos hemos enterado de lo que ocurria? Gracias

    1. Hola M. Luisa.

      No entiendo bien lo de que está cerrada.

      Si te han dejado de pagar la renta puedes reclamarla judicialmente, o poner una demanda de desahucio por impago.

  113. Hola, he alquilado mi vivienda a condición de no tengan mascotas, entre otras. Ahora me entero que han metido un perro. Que puedo hacer? Les puedo echar? Gracias.

    1. Hola Roger.

      Tendrías que poner una demanda de desahucio, aunque es complicado si no tienes pruebas concluyentes de que hay un perro.

  114. Rescindido el contrato por no cumplir el arrendador el acuerdo
    Hola, firme un contrato que me hicieron firmar por obligación dos meses y medio antes de irme a vivir allí, pues el arrendador tenia que hacer unas obras. Quedamos que para irme a vivir tendría que hacer un nuevo baño en la parte superior de la casa, pues el baño esta en el patio como una casa antigua, pues no lo ha hecho, lo que ha hecho es cerrar la puerta del baño del patio y abrirla por el salón. Rescindi el contrato, me dijo que me devolveria el dinero, y cual es mi sopresa que ahora después de un mes de haber rescindido el contrato me dice que no me lo devuelve. Pregunto: si el arrendador incumple el acuerdo pactado en este caso el baño, puede quedarse con ese dinero?? Gracias.

  115. Hola Eduardo. Hemos alquilado un piso con un contrato de un año, prorrogables. Mi duda es, en el contrato no pone nada de que si se incumple no se devuelva la fianza, pero al ser el contrato de un año mi cuestión es que pasa si lo incumplimos en el mes 6. Te hago esta pregunta porque en el contrato no lo especifica y un señor de una agencia (lo hemos hecho a través de particular), nos estuvo comentando que los contratos de un año se pueden incumplir SOLO el mes 6, y me gustaría saber si eso es cierto. Un saludo y gracias!!

    1. Hola Rebecca.

      Los contratos de arrendamiento de vivienda habitual se pueden dar por finalizados por parte del inquilino en el sexto mes o en cualquier momento posterior.

      Eso si, el inquilino tendrá que avisar con treinta días de antelación, días que por supuesto deben ser pagados (incluso aunque decidas irte antes de que se cumplan esos 30 días de preaviso).

      Tendrás que indemnizar con media mensualidad de renta al arrendador solo en el caso de que tu contrato establezca que debes indemnizar en caso de desistimiento.

  116. Buenas tardes:

    Estoy rentando una casa a una familia pero ya tiene mas de un mes que no me paga la renta, pero no se quiere salir de casa (desalojar), que hago?

    Gracias

  117. Buenos dias
    Tengo un piso alquilado desde hace 6 meses y el inquilino me paga con retraso todos los meses a pesar de tener acordado los 6 primeros dias de cada mes .
    Tambien tenemos una clausula en el contrato de alquiler donde especifica que en caso de algun interesado en la compra de la casa , el inquilino se compromete a facilitar la operacion dejandonos acceder a la vivienda (con su presencia) pero a fecha de hoy se niega rotundamente a recibir cualquier visita avisando con anterioridad de 1 semana , alegando incluso que desconoce que la casa esta en venta , a pesar de haberlo firmado en el contrato .
    Podria solicitar finalizar el contrato por incumplimiento del mismo y recuperar en ese caso la vivienda ?

    1. Hola Juan.

      Tendrías aue mandarle un burofax anunciando que la vivienda está en venta, y después otro burofax Para citarle tal día a tal hora. Convendría que a la cita acudieses con un notario para que certifique si te deja entrar o no.

      En fin, como ves es una odisea, aunque se puede hacer.

      1. Agradezco su respuesta Sr. Fernández-Figares , en cuanto al retraso repetitivo del pago de la renta ? podria considerarse causa suficiente para poner fin al contrato o debo esperar a que finalice el mismo soportando esta situacion y que todos los meses le he requerido el pago dentro del tiempo acordado y no ha cumplido ?
        Juan Martín

        1. Si existe prueba de las fechas en las que te está pagando (caso de pagar por banco, por ejemplo) lo que tendrías que hacer es enviar burofax (con copia certificada y acuse de recibo) pidiendo que quieres que pague en la fecha acordada en el contrato.

          Si para cuando venza el plazo de pago de septiembre no te ha pagado, podrás interponer demanda de desahucio.

          Como no lleva deuda acumulada seguramente pagará lo que le pides en la demanda (enervará). Las consecuencias de la enervación son:

          – Podrá continuar en la vivienda.
          – Si vuelve a retrasarse en el futuro tendrás que poner una nueva demanda pero no podrá volver a enervar (es decir, le desahuciarán).
          – Será condenado a pagar las costas de la primera demanda (lo que tu te hayas gastado en abogado y procurador). Y si enerva y tienes que poner una segunda demanda también será condnado a pagar las costas.

          Por lo tanto, visto el incumplimiento, lo que te recomiendo es empezar a preparar bien tu estrategia, que pasa por enviar burofax.

          Por mi parte, si quieres que elabore y envíe el burofax, quedo a tu disposición en info@abogadosparatodos.net

  118. Hola. Firme un contrato de dos años, el contrato ha finalizado y yo cumpli con todas las pautas hasta el ultimo momento. Al finar deje deposito y en el contrato dice expresamente que al finalizar el mismo me devuelven el deposito perola dueña no me lo devolvio. Que debo hacer?

    1. Hola Gimena.

      Depende de qué dice el contrato, de si habeís firmado algún documento de finalización de contrato y en él se especifica algo, etc.

      Pero en fin,mla norma permite reclamar judicialmente el depósito o dianza si transcurre más de un mes desde que has devuelto la vivienda.

  119. Hola muy buenas! A travez de la.inmobiliaria me entero que mi propietario ha puesto la casa en venta. Quieren que venga a verla los compradores, el contrato es de 3 años, prorrogados en un año, y me cumple octubre de cada año. El propietario tendria que indenizarme? O me tendria que ir gracias

    1. Hola Enriqueta.

      Que el propietario quiera vender la casa no quiere decir que tengas que irte. Puedes seguir en la vivienda.

      De hecho, no estás obligada a enseñar la vivienda, por lo que la operación de venta se complica.

  120. Buenos días,

    Llevo más de cinco años en el actual piso.
    Des de hace dos, no me funciona el aire condicionado canalizado. La propiedad marea la perdiz y ahora vienen, ahora no encuentran el fallo, ahora lo encuentran y se debe hacer una obra importante pero no la aprueban.

    Qué puedo reclamar? lo único que se es que llevo dos años sin disfrutar de un servicio que el piso ya no me ofrece.

    Gracias y saludos,

    1. Hola Jesús.

      Lo que puedes reclamar judicialmente es que reponga el aire y si no lo hace pues deberías ser indemnizado.

  121. Buenas Tardes Eduardo,
    Necesitó su consejo, le agradezco de antemano su atención.Soy inquilina de un piso desde febrero de 2012, el propietario me acaba de enviar un burofax en el cual me hace saber que necesita el piso para uso propio, a falta de 5 meses de que se cumplan los 5 años.Nos concede 60 días para desalojar la vivienda. En el contrato de alquiler no está estipulado que puede hacerlo ,aunque sea por uso propio.Como debería actuar ? Contesto vía burofax que exigo el cumplimiento del contrato? O debería irme dentro de los 60 dias?
    Muchas Gracias y un saludo,
    Atentamente: Elena S.

    1. Hola Elena.

      Sin ver el contrato no te puedo dar seguridad en ki respuesta, pero si efectivamente el contrato no dice nada entonces tienes derecho a estar hasta la dinalización del quinto año, por lo que deberias contestarle por burofax en esos terminos.

  122. Hola,

    Tengo un contrato de alquiler firmado para una vivienda en la que íbamos a pasar las vacaciones pero resulta que el día de antes de entregarnos las llaves nos dicen que no nos pueden alquilar la vivienda. Total, que nos quedamos con las maletas hechas y sin vacaciones ya que a estas alturas ya no encontamos ninguna vivienda disponible.

    Nos dicen que nos devuelven la fianza pero quería saber si tenemos derecho a reclamar algún tipo de indemnización o algo.

    Muchas gracias,
    Un saludo

    1. Hola Marta.

      Tienes derecho a reclamar perjuicios, pero claro, debes reclamar judicialmente, con el coste y la incertidumbre que ello supone.

      Esa incertidumbre habría sido menor si el contrato hubiese establecido las consecuencias de lo que ha ocurrido.

  123. Hola Eduardo, soy propietario de una vivienda en la costa que tengo alquilada desde hace 6 años. La vivienda se entregó totalmente pintada y perfecto estado de revisión (prácticamente nunca fue habitada). Inicialmente se pacto una renta (750 euros) recogida en contrato. Esta renta se disminuyo (a 500 euros porque el inquilino se vio afectado por la crisis y accedi a disminuir la cuota a 500). La disminución fue por acuerdo verbal, aunque hay correos electrónicos enviados a las direcciones de contacto especificadas en el contrato pero son correos sin la formalidad adecuada. Tras la crisis y el paso de la situación de paro de mi inquilino he intentado con el inquilino volver a restaurar la cuota inicial pero se ha negado diciendo que no puede (personalmente veo que tiene otras prioridades porque va en un coche nuevo que cuesta unos 35.000 euros). ¿Se puede hacer algo por recuperar el nivel de renta inicial? La vivienda está cercana a la playa, a un campo de golf y el mercado actual está muy por encima, sobre todo en verano.En otro orden de cosas, ¿se le pueden repercutir gastos de mantenimiento? Creo que tras seis años hay cosas que ya son achacables a uso y desgaste. Como te digo la vivienda se entregó impecable y siempre que hay algo milagrosamente «ya estaba así desde el principio»…incluso en algunas ocasiones en base a esas deficiencias me ha suspendido temporalmente la cuota de la renta, sin avisar y desde el primer momento en el que comunica la incidencia Las dudas que tengo es si la rotura de un cristal o de un calentador de agua suponen perdida de habitabilidad total ¿Puede hacer el inquilino esto sin notificación previa?…me entero a posteriori y cuando le pregunto porqué hay una disminución en la cuota me lo comunica. Otro tema, por lo que veo el lo que dice la ley sobre la cancelación de un contrato no recoge el clausulado particular, yo tengo una clausula pactada con él inquilino por la cual se limita el número de inquilinos a cuatro personas y hay cinco viviendo. ¿Con cuanto tiempo debo notificárselo?

    Personalmente lo que quiero ya es que se vaya de la vivienda porque creo que está tomándome el pelo y quisiera que me comentaras como he de proceder tanto en la parte de notificación como en la parte de revisión de la vivienda…me temo que no me la va a entregar en las mismas condiciones que me la entregó sobre todo la pintura.

    1. Hola Luis.

      La mejor forma que tengo de ayudarte es que me encíes el contrato para analizarlo en cuanto a la duración, para ver si te puedes deshacer de ese inquilino lo antes posible.

      Un cristal roto debe pagarlo el inquilino si se rompió por su culp?

      En cuanto al calentador, debes pagarlo tu si no fue por un mal uso.

      En cuanto a la renta…vas a tener muy difícil poder volver a los 750€ al no haber quedado por escrito en su momento la posibilidad de colver a subir la renta al nivel inicial.

      Pintura…no hay obligacion de que te devuelva la vicienda pintada. Se que es un fastidio, sobre todo después de estar cobrando sólo 500€.

  124. Buenos dias,

    Mi problema es el siguiente: el pasado mes de julio, alquile mi vivienda. En el contrato no se recogio en ninguna clausula que no se pudieran tener animales y ahora la inquilina tiene un perro. La administradora de los piso, me dice que no hace nada mas que tener quejas de loss vecinos por el perro y porque mi inquilina ya ha discutido con varios vecinos. El perro hace sus necesidades en una patio de luz al cual se accede desde mi vivienda y la inquilina posteriormente lo limpia.
    He hablado con la inquilina y me dice que no va a dejar de tener su perro y que si la quieren denunciar que la denuncien.
    La administradora de los pisos me dice que si no se lleva al perro de la vivienda, me van a denunciar a mi. Además de que si sigue haciendo sus necesidades en el patio de luces que lo van a cerrar y que al coste de la obra tendré que hacer frente yo.
    Entonces me gustaría saber, si puedo echar a la inquilina porque creo que me va a causar problemas, si puedo oligarla a que no tenga perro, si la comunidad me puede denunciar a mi por tener la inquilina un perro y si me pueden obligar a pagar lo que cueste la obra de cerraje del patio.

    Muchisimas gracias

  125. Buenas noches, una pregunta. LLevamos 20 años viviendo en un edificio, nunca debemos renta y vamos al corriente y respetamos siempre al edificio y a los vecinos. El problema llego hace un tiempo cuando los vecinos del departamento de abajo llevaron a un perro muy ruidoso, perro grande espacio pequeño ya imaginara los resultados. Tuvimos problemas graves con ellos por lo mismo al calor del momento, se pidio la intervencion del administrador y se lavo las manos diciendo que lo envenenaramos, asi tal cual lo lee. Acudimos a control animal, al ministerio publico etc y al final supongo que por malos cuidados el perro murio, pero al final nos culparon a nosotros. Paso, y se quedo una gran tension que aun tenemos con ellos.

    Recientemente y como si nada hubiera pasado, trajeron a otro perro, aun es cachorro y aun no ladra pero lo estan maleducando como al anterior por lo que inferimos que los problemas regresaran de nuevo y de hecho ya los hay ya que se burlan como si «se hubieran salido con la suya» En el contrato se establece de manera literal que esta prohibido tener animales que molesten la tranquilidad de los demas inquilinos, mi pregunta es, ¿Hay manera de obligar a los dueños a que interfieran a nuestro favor para evitar problemas? Somos gente trabajadora que lo que menos quiere es llegar a casa y encontrar problemas y menos de esta naturaleza. No deseo hacernos las victimas no lo tome asi, mi madre se encuentra bajo tratamiento psiquiatrico documentado y por ello requerimos tranquilidad ademas de que creo que tenemos derecho a la misma. ¿Que opciones tenemos?

    Le mando saludos y que este teniendo excelente noche!

    1. Hola E. Carreto

      Es la Comunidad de Propietarios la que tendrá que tomar la decisión de elevar una protesta al propietario de dicha vivienda.

      Posteriormente podrá la comunidad de propietarios actuar contra el propietario, pidiendo incluso la finalización de la ocupación de la vivienda.

  126. Hola buen dia,
    Tengo una inquilina desde hace 3 meses y no habíamos hecho contrato escrito, solo de palabra. Finalmente le di un contrato y se niega a firmarlo. Me ha cambiando muchas de las condiciones y las ha puesto todas a su favor de manera unilateral y me genera desconfianza. Ya no deseo tenerla en mi propiedad. Puedo exigirle que se vaya dándole un plazo de pre aviso sin que esto me traiga compilaciones legales o económicas? Debo pagar una indemnización o algo asi?
    Muchas gracias de antemano por tu ayuda

    1. Hola María Laura.

      Si te está pagando lo pactado es complicado que puedas echarla de la vivienda.

      Hasta que el contrato cumpla tres años no podrás echarla si va pagando bien, excepto que quieras la vivienda para constituir en ella tu vivienda habitual, en cuyo caso «solo» tendrás que esperar un año.

  127. Hola buenas tardes.
    Alquile una vivienda hace un mes y a los tres dias me di cuenta que no se podía vivir gracias a que los vecinos aparcan sus motocicletas debajo de la ventana del piso.
    Le dije al propietario que en cuanto pudiese dejaba el piso.
    En el contrato no hay ninguna cláusula por la que le enga que pagar el año en contrato ni que perdería la fianza si se incumplía el contrato.
    Que me puede pasar legalmente si vamos a un juicio.
    Gracias.

    1. Hola Óscar.

      Si estamos hablando de un alquiler de un año o más podrás irte tras el sexto mes de contrato y además sin pagar indemnización (salvo que lo diga el contrato).

      Si te vas antes del sexto mes tendrás que pagar al propietario hasta el sexto mes.

  128. Buenos dias, tenemos un «confricto» con los vecinos de arriba. Por la noche mueven muebles ponen labadoras a las 3 de la madrugada, llamemos a la policia muchas veces, pero no hemos querido poner la denuncia porque sabemos que van malde dinero y cada dos dnuncias son 200 euros.
    Una noche a les 4 de la mañana pusieron musica a tope chillando riendose y nosotros mi pareja y yo con las ventanas cerradas se escuchaba como si estudieran dentro de la habitacion fueimos a la agencia donde oo tienen arquilado y nos dijo k era motivo de resicion de contrato porque es una clasula que ponia que no podian molestar. La agencia llamo a los inquilonos donde se suponen k solo son dos kien viven pero en verdad vinen mas y les echo la bronca diciendo que a la siguiente les tendria que hechar del piso. Hace poco llamemos a la agencia pork aun mueblen los muebles y justamente tiraron un mueble bastante gran por el ruido i carcajadas i n paraban y se lo hemos dicho a la agencia i nos dijo que claro que la chica no tienen donde ir y le sabia mal hecharla, perojo digo la agencia puede saltarse el contrato a la ligera ? I no hacer nada dando la primera vez su palabra. Llevamos 6 meses i no sabemos ja que hace ni mi pareja ni jo

  129. Hola, hice un contrato de alquiler en 2012,de un año prorrogable a cinco años. La propietaria vendió el suyo para irse a vivir y trabajar al extranjero pero no le ha ido bien y ahora a través de la immobiliaria me reclama que deje el piso para ir a vivir ella. La propietaria vino a verme y me dijo de palabra que me respetaría los cinco años y luego no me renovaría el contrato y ahora ha cambiado de opinión. Tengo derecho a pedir una indemnización por daños y perjuicios dado que no tenía previsto cambiarme de vivienda con todo el gasto económico que comporta ? Gracias.

    1. Hola Silvia.

      Tienes derecho a quedarte en la vivienda hasta el quinto año, excepto que en el contrato se especifique que la dueña puede pedirte la vivienda para habitarla ella.

      Por lo tanto si quieres no te vas. Pero podéis llegar a cualquier acuerdo beneficioso para ambas partes.

      La ley no marca indemnización en estos casos.

      1. Quisiera pedir una aclaración respecto a la consulta que hice. Tengo un contrato de alquiler desde 2012, por un año prorrogable a cinco años. Ahora la propietaria,dado que se vendió su piso y sus circusntancias han cambiado, me reclama la vivienda. En el contrato sí que se especifica que la propietaria tiene derecho si la necesita cómo vivienda habitual. Aún sí, y sabiendo que no tengo derecho a indemnización,quisiera saber si tengo derecho a negociar un mínimo de tiempo para encontrar otra vivienda, así cómo hacerle ver que a mí esto me supone un perjuicio económico que no tenía previsto con el fin de llegar a un acuerdo. Gracias.

        1. Hola Silvia.

          Dispones hasta el próximo cumpleaños del contrato para permanecer en la vivienda.

  130. Hola tengo un contrato de alquiler de tres años llevo viviendo ocho meses y el arrendatario via burofax me dice que tengo que dejar la vivienda porque su hija que vive en el extrangero viene a vivir ….puedo pedir indemnizacion??pues la casa estaba en estado muy deteriorado y llevo arreglandolasin faltar a mis recibos y con dos menores

    1. Hola Israel.

      ¿El contrato es de tres años, o es de un año prorrogable a tres???.

      El matiz es muy importante en este caso.

    1. No.

      Tienes que pagar la renta y, por otro lado, reclamar tus derechos.

      Si dejas de pagar la renta te expones a una demanda de desahucio por impago.

  131. He alquilado una vivienda y el propietario debe la comunidad a Causa de esto la administradora no le da los pases de la piscina comunitaria. Con lo cual no puedo acceder a la misma, que puedo hacer???

    1. Puedes reclamar perjuicios al arrendador o pedirle que rebaje la renta.

  132. Hola ,puede mi arrendador poner el piso en venta y venderlo teniendo un contrato firmado de alquiler mínimo de 3 años???y no llevo aún ni un año!!!

    1. Puede hacerlo.

      Sin embargo no estas obligada a dejar que los posibles compradores accedan a tu vivienda para ver el piso.

      1. hola buenos dias!

        mi esposo y yo encontramos una vivienda en renta hablamos con el dueño nos enseño la casa y demás todo muy bien, pero el nos comento de un contrato por alquiler del cual nos explico que firmaríamos por 1 año y hasta aval nos pidió la verdad ya no se me hizo muy buena idea pues nosotros no tenemos pensado quedarnos tanto tiempo, pues estamos gestionando el tramite de una casa propia la cual nos comentan que en un lapso de 3 a 4 meses nos entregarían mi pregunta es puede el dueño imponer el tiempo de renta o puede dejar el contrato por tiempo indefinido? y para que es el aval que el esta pidiendo?

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